DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo CCNO/16/2004 de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, que determina la conclusión del apoyo de los Juzgados Primero, Sexto, Octavo, Noveno, Decimotercero, Vigésimo Primero y Vigésimo Tercero de Distrito Itinerantes, a los Juzgados de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca; en el Estado de México, con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl; en el Estado de Chihuahua con sede en la ciudad del mismo nombre; en el Estado de Sonora, con residencia en Hermosillo; y de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal. La suspensión temporal de los referidos Juzgados de Distrito Itinerantes; así como las incidencias relativas al personal de dichos órganos jurisdiccionales federales   

Miércoles 22 de Diciembre 2004

ACUERDO CCNO/16/2004 de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, que determina la conclusión del apoyo de los Juzgados Primero, Sexto, Octavo, Noveno, Decimotercero, Vigésimo Primero y Vigésimo Tercero de Distrito Itinerantes, a los Juzgados de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca; en el Estado de México, con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl; en el Estado de Chihuahua con sede en la ciudad del mismo nombre; en el Estado de Sonora, con residencia en Hermosillo; y de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal. La suspensión temporal de los referidos Juzgados de Distrito Itinerantes; así como las incidencias relativas al personal de dichos órganos jurisdiccionales federales.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.

  ACUERDO CCNO/16/2004, DE LA COMISION DE CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE DETERMINA LA CONCLUSION DEL APOYO DE LOS JUZGADOS PRIMERO, SEXTO, OCTAVO, NOVENO, DECIMOTERCERO, VIGESIMO PRIMERO Y VIGESIMO TERCERO DE DISTRITO ITINERANTES, A LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MORELOS, CON RESIDENCIA EN CUERNAVACA; EN EL ESTADO DE MEXICO, CON RESIDENCIA EN CIUDAD NEZAHUALCOYOTL; EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA CON SEDE EN LA CIUDAD DEL MISMO NOMBRE; EN EL ESTADO DE SONORA, CON RESIDENCIA EN HERMOSILLO; Y DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL DISTRITO FEDERAL. LA SUSPENSION TEMPORAL DE LOS REFERIDOS JUZGADOS DE DISTRITO ITINERANTES; ASI COMO LAS INCIDENCIAS RELATIVAS AL PERSONAL DE DICHOS ORGANOS JURISDICCIONALES FEDERALES.

CONSIDERANDO

  PRIMERO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

  SEGUNDO.- El artículo 81 fracción XXIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los Juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, en términos de lo dispuesto en el artículo 65, fracción III del Acuerdo General 48/1998, del Pleno del propio Consejo;

  TERCERO.- Por Acuerdos Generales 57/2004, 63/2004 y 67/2004 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, se determinó el reinicio de funciones de dieciocho Juzgados de Distrito Itinerantes, para brindar apoyo a diversos Juzgados de Distrito en el Estado de Querétaro, con sede en la ciudad del mismo nombre; en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca; en el Estado de México, con sede en Ciudad Nezahualcóyotl; en el Estado de Chihuahua, con sede en la ciudad del mismo nombre; y en el Estado de Sonora, con residencia en Hermosillo;

  CUARTO.- Mediante Acuerdo CCNO/14/2004, la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, ordenó que los Juzgados Sexto, Octavo, Noveno y Decimoprimero de Distrito Itinerantes, a partir del veintitrés de noviembre de dos mil cuatro, concluyeran el apoyo ordenado en el Acuerdo General 57/2004 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, a diversos Juzgados de Distrito en el Estado de Querétaro; y que se apoyara a los Juzgados Primero de Distrito A , Primero de Distrito B , Cuarto de Distrito B y Quinto de Distrito B de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal, con la resolución de veinticinco asuntos cada uno, en un periodo comprendido del veinticuatro de noviembre al treinta y uno de diciembre de dos mil cuatro.

  QUINTO.- Mediante Acuerdo CCNO/15/2004, la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, determinó concluir el apoyo a los Juzgados de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal citados, y ordenó que del uno al treinta de enero de dos mil cinco, los Juzgados Sexto, Octavo, Noveno y Decimoprimero de Distrito Itinerantes, auxiliaran a los Juzgados Tercero de Distrito B , Cuarto de Distrito A , Quinto de Distrito A y Sexto de Distrito B de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal.

  Asimismo, en el acuerdo citado se fijó el veintiuno de enero de dos mil cinco, como fecha límite para que cada uno de los Juzgados de Distrito, remitieran veinte asuntos al área receptora de los Juzgados de Distrito Itinerantes. Lo anterior, para permitir que estos últimos, al finalizar el periodo de auxilio, con sentencia dictada, devolvieran todos los expedientes recibidos al órgano jurisdiccional de origen.

  SEXTO.- El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de catorce de julio de dos mil cuatro, aprobó el Acuerdo General 47/2004, mediante el cual se fijaron las bases del Primer Concurso de Oposición Libre para la Designación de Magistrados de Circuito Especializados en Materia Penal.

  SEPTIMO.- En diversa sesión de quince de noviembre de dos mil cuatro, el referido órgano colegiado, autorizó la lista de aspirantes vencedores en el Primer Concurso de Oposición Libre para la Designación de Magistrados de Circuito Especializados en Materia Penal, a quienes se nombró en dicho cargo.

  OCTAVO.- En atención a las necesidades del servicio, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal determinó la adscripción de algunos Jueces de Distrito Itinerantes a diversos órganos jurisdiccionales federales y, por ende, suspender temporalmente las funciones de los Juzgados Primero, Sexto, Octavo, Noveno, Decimotercero, Vigésimo Primero y Vigésimo Tercero de Distrito Itinerantes.

  Por lo anterior, es indispensable dictar las medidas para dar cumplimiento a lo ordenado y proveer lo necesario, con respecto al personal que labora en los Juzgados de Distrito Itinerantes que temporalmente suspenden funciones, en términos del Acuerdo General 8/2004 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.

  En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente

ACUERDO

  PRIMERO.- El catorce de enero de dos mil cinco, concluye el apoyo que brindan los Juzgados Primero, Decimotercero, Vigésimo Primero y Vigésimo Tercero de Distrito Itinerantes, a los Juzgados de Distrito referidos en los Acuerdos Generales 57/2004, 63/2004 y 67/2004 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.

  Antes del catorce de enero de dos mil cinco, e inclusive en esa propia fecha, los Juzgados de Distrito Itinerantes referidos deberán devolver a los juzgados de origen todos los expedientes que les fueron remitidos, con sentencia dictada.

  SEGUNDO.- Para que los Juzgados Primero, Decimotercero, Vigésimo Primero y Vigésimo Tercero de Distrito Itinerantes, cumplan lo ordenado en el segundo párrafo del punto de acuerdo anterior, a partir del cinco de enero de dos mil cinco, se les suspenderá el envío de expedientes ordenado en el punto octavo de los Acuerdos Generales 57/2004, 63/2004 y 67/2004.

  TERCERO.- Al finalizar las labores del día señalado en el punto de acuerdo primero, los Juzgados Primero, Decimotercero, Vigésimo Primero y Vigésimo Tercero de Distrito Itinerantes, suspenderán temporalmente sus funciones.

  CUARTO.- El treinta de enero de dos mil cinco, concluye el apoyo que brindan los Juzgados Sexto, Octavo y Noveno de Distrito Itinerantes a los Juzgados Tercero de Distrito B , Cuarto de Distrito A , Quinto de Distrito A y Sexto de Distrito B de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal.

  Antes del treinta de enero de dos mil cinco, e inclusive en esa propia fecha, los Juzgados de Distrito Itinerantes citados en el párrafo anterior, deberán devolver a los juzgados de origen todos los expedientes que les fueron remitidos, con sentencia dictada.

  QUINTO.- Al finalizar las labores del día señalado en el punto de acuerdo inmediato anterior, los Juzgados Sexto, Octavo y Noveno de Distrito Itinerantes, suspenderán temporalmente sus funciones.

  SEXTO.- Los titulares o los encargados del despacho de los Juzgados de Distrito Itinerantes, informarán oportunamente a la Unidad de Estadística y Planeación Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, respecto de los movimientos estadísticos originados con motivo de la entrega de expedientes.

  SEPTIMO.- Desde el día inmediato posterior a las fechas señaladas en los puntos de acuerdo primero y cuarto, el personal que labora en los Juzgados de Distrito que concluyen funciones, estará a disposición de la Dirección General de Recursos Humanos, la que los comisionará en los otros Juzgados de Distrito Itinerantes que continúan en funciones en los mismos Circuitos en que se ubica el órgano jurisdiccional en que laboraban. Lo anterior con el objetivo de que, con ese personal adicional, aumenten su productividad.

  OCTAVO.- Los libros de gobierno de los Juzgados de Distrito Itinerantes deberán ser resguardados por la Secretaría Técnica de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal.

  Los documentos anexos y demás material de los Juzgados de Distrito Itinerantes que suspenden temporalmente sus funciones, serán resguardados en los propios órganos jurisdiccionales con el auxilio de la Secretaría Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura Federal.

  NOVENO.- El Pleno y la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo, así como cualquier cuestión relacionada con la conclusión del apoyo de los juzgados de Distrito itinerantes.

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- Este acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.

  SEGUNDO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

  LA LICENCIADA GUADALUPE MARGARITA ORTIZ BLANCO, SECRETARIA EJECUTIVA DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/16/2004 de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, que determina la conclusión del apoyo de los Juzgados Primero, Sexto, Octavo, Noveno, Decimotercero, Vigésimo Primero y Vigésimo Tercero de Distrito Itinerantes, a los Juzgados de Distrito en el Estado de Morelos, con residencia en Cuernavaca; en el Estado de México, con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl; en el Estado de Chihuahua con sede en la ciudad del mismo nombre; en el Estado de Sonora, con residencia en Hermosillo; y de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal. La suspensión temporal de los referidos juzgados de Distrito itinerantes; así como las incidencias relativas al personal de dichos órganos jurisdiccionales federales, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el nueve de diciembre de dos mil cuatro, por los señores Consejeros: Presidente Adolfo O. Aragón Mendía, Constancio Carrasco Daza y María Teresa Herrera Tello.- México, Distrito Federal, a nueve de diciembre de dos mil cuatro.- Conste.- Rúbrica.


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