DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 54/2006 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que modifica el Acuerdo General 17/2006 del propio Pleno, por el que se crea el Comité de Inversión de Recursos Financieros del Consejo de la Judicatura Federal   

Viernes 11 de Agosto 2006

ACUERDO General 54/2006 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que modifica el Acuerdo General 17/2006 del propio Pleno, por el que se crea el Comité de Inversión de Recursos Financieros del Consejo de la Judicatura Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

  ACUERDO GENERAL 54/2006, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE MODIFICA EL ACUERDO GENERAL 17/2006 DEL PROPIO PLENO, POR EL QUE SE CREA EL COMITE DE INVERSION DE RECURSOS FINANCIEROS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL.

CONSIDERANDO

  PRIMERO.- En términos de los dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los órganos jurisdiccionales a su cargo, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

  SEGUNDO.- La fracción XVIII del artículo 81 de la citada Ley Orgánica, faculta al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para establecer la normatividad y los criterios tendentes a modernizar las estructuras orgánicas, los sistemas y los procedimientos administrativos internos que se requieren para lograr una eficiente administración del Poder Judicial de la Federación y la fracción XXX, del mismo numeral, para ejercer el presupuesto de egresos a su cargo;

  TERCERO.- De conformidad con el artículo 103 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Contraloría del Poder Judicial de la Federación tiene a su cargo las facultades de control e inspección del cumplimiento de las normas de funcionamiento administrativo que rijan a los órganos y servidores públicos a cargo del Consejo de la Judicatura Federal;

  CUARTO.- El Acuerdo General 48/1998 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, establece en su numeral 94 que la Contraloría del Poder Judicial de la Federación tiene, entre otras, las atribuciones siguientes:

  III.- Llevar a cabo el control y vigilancia del proceso presupuestal, así como verificar el cumplimiento de objetivos, metas, estrategias, líneas de acción y programas aprobados en el presupuesto de egresos del Consejo;

  IV. Vigilar el cumplimiento por parte de los órganos del Poder Judicial de la Federación, de las disposiciones en materia de planeación, programación, presupuestación, ingresos, egresos, financiamiento, depósito por terceros, inversión, patrimonio, fondos y valores;

  VII. Realizar las auditorías, revisiones y visitas de inspección que se requieran, a los órganos del Poder Judicial de la Federación;

  IX. Establecer los tipos de auditoría, para verificar que los sistemas, procedimientos, métodos de contabilidad, registro contable de los libros y documentos comprobatorios del ingreso y gasto público, y de la cuenta pública, permitan comprobar el ejercicio del gasto público y su congruencia con el presupuesto de egresos del Consejo;

  X. Formular las observaciones y recomendaciones derivadas de las auditorías, revisiones o visitas, para efectuar el seguimiento sobre el cumplimiento de las medidas correctivas que se hubieren acordado para su solventación;

  XVII. Realizar las investigaciones y auditorías correspondientes, si como resultado de las mismas, se detectan irregularidades;

  QUINTO.- Se modifica el mecanismo para convocar a los grupos financieros a las reuniones del Comité para facilitar la comunicación entre aquéllos y éste en forma directa con las propuestas de inversión que éstos hagan. Esta modificación propiciará mayor fluidez y oportunidad en la toma de decisiones.

  En consecuencia, con fundamento en los artículos constitucionales y legales antes invocados, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente

ACUERDO

  UNICO.- Se adicionan una fracción IX al artículo 2 y un artículo 11, recorriéndose los actuales artículos 11 a 15 para pasar a ser 12 a 16; y se modifica la fracción III del artículo 13, actualmente 14, todos del Acuerdo General 17/2006, para quedar en los términos siguientes:

  ?Artículo 2.- Para los efectos de este Acuerdo se entenderá por:

  I. a VIII.

  IX.- Contralor.- El Contralor del Poder Judicial de la Federación.

  

  Artículo 11.- El Contralor tendrá el carácter de supervisor permanente en las sesiones del Comité, con las facultades siguientes:

  I. Asistir obligatoriamente a las sesiones del Comité;

  II. Vigilar que el desarrollo de las sesiones del Comité, se lleve a cabo en estricto apego a las normas aplicables; y

  III. Informar a la Comisión de Administración, con la periodicidad que ésta indique, sobre el funcionamiento del Comité.

  

  Artículo 14.- La participación de los grupos financieros, se sujetará a lo siguiente:

  I. a II

  III. El Comité, cuando así lo estime conveniente, podrá invitar a los grupos financieros a las reuniones a las que convoque para analizar las propuestas de inversión que aquéllos le hagan y contar con toda la información necesaria para escoger a la o las opciones que ofrezcan mayores rendimientos; y

  IV

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

  TERCERO.- Se deroga cualquier disposición emitida por este Consejo de la Judicatura Federal que se oponga al presente acuerdo.

  CUARTO.- El texto de esta reforma deberá integrarse, de inmediato, al Acuerdo General 17/2006 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.

  EL MAESTRO EN DERECHO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 54/2006 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Modifica el Acuerdo General 17/2006 del Propio Pleno, por el que se Crea el Comité de Inversión de Recursos Financieros del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de dos de agosto de dos mil seis, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Mariano Azuela Güitrón, Luis María Aguilar Morales, Adolfo O. Aragón Mendía, Constancio Carrasco Daza, María Teresa Herrera Tello y Miguel A. Quirós Pérez.- México, Distrito Federal, a dos de agosto de dos mil seis.- Conste.- Rúbrica.


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