DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 36/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio del Primer y Segundo Tribunales Colegiados en Materia Civil y del Segundo Tribunal Unitario, todos del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Guanajuato; así como de los Juzgados Primero y Segundo de Distrito en el Estado de Guanajuato, con sede en la ciudad del mismo nombre   

Miércoles 24 de Octubre 2007

ACUERDO General 36/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio del Primer y Segundo Tribunales Colegiados en Materia Civil y del Segundo Tribunal Unitario, todos del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Guanajuato; así como de los Juzgados Primero y Segundo de Distrito en el Estado de Guanajuato, con sede en la ciudad del mismo nombre.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

  ACUERDO GENERAL 36/2007, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE DOMICILIO DEL PRIMER Y SEGUNDO TRIBUNALES COLEGIADOS EN MATERIA CIVIL Y DEL SEGUNDO TRIBUNAL UNITARIO, TODOS DEL DECIMOSEXTO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN GUANAJUATO, GUANAJUATO; ASI COMO DE LOS JUZGADOS PRIMERO Y SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE GUANAJUATO, CON SEDE EN LA CIUDAD DEL MISMO NOMBRE.

CONSIDERANDO

  PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

  SEGUNDO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito; con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

  TERCERO.- El artículo 17 constitucional consagra el derecho que toda persona tiene a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, lo cual hace necesario que los órganos jurisdiccionales se encuentren en condiciones físicas convenientes para garantizar la impartición de justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, como lo ordena el precepto constitucional invocado; por cuya razón, el Consejo de la Judicatura Federal estima conveniente realizar el cambio de domicilio del primer y segundo tribunales colegiados en materia civil y del segundo tribunal unitario, todos del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Guanajuato; así como de los juzgados primero y segundo de Distrito en el Estado de Guanajuato, con sede en la ciudad del mismo nombre.

  En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales señaladas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente

ACUERDO

  PRIMERO.- Se autoriza el cambio de domicilio del primer y segundo tribunales colegiados en materia civil y del segundo tribunal unitario, todos del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Guanajuato; así como de los juzgados primero y segundo de Distrito en el Estado de Guanajuato, con sede en la ciudad del mismo nombre.

  SEGUNDO.- El nuevo domicilio de los órganos jurisdiccionales en cita será el ubicado en carretera cuatro carriles, Guanajuato-Silao, Glorieta Santa Fe 5, colonia Yerbabuena, código postal 36251, Guanajuato, Guanajuato.

  TERCERO.- El primer y segundo tribunales colegiados en materia civil, y el segundo tribunal unitario, todos del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Guanajuato, iniciarán funciones en su nuevo domicilio el treinta de octubre del presente año; el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en la ciudad del mismo nombre, lo hará el seis de noviembre del año en curso; mientras que el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Guanajuato, con sede en la misma ciudad, comenzarán a funcionar en su nuevo domicilio el doce de noviembre de dos mil siete.

  CUARTO.- La Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Unitarios del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Guanajuato, iniciará funciones en el domicilio mencionado en el punto segundo de este acuerdo, el dieciséis de octubre de dos mil siete; la oficina de correspondencia común de los tribunales colegiados en materia civil del Circuito y sede referidos, iniciara funciones en el aludido domicilio el veintitrés de octubre del presente año; mientras que la oficina de correspondencia común de los juzgados de Distrito en el Estado de Guanajuato, con sede en la ciudad del mismo nombre, iniciará funciones en el citado domicilio el seis de noviembre del año en curso.

  QUINTO.- A partir de las fechas señaladas en el punto que antecede, toda la correspondencia, trámites y diligencias relacionados con los asuntos de la competencia de los órganos jurisdiccionales en cita, deberán dirigirse y realizarse en el domicilio precisado en el punto segundo de este acuerdo.

  SEXTO.- Los tribunales colegiados en materia civil y el Segundo Tribunal Unitario del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Guanajuato; así como los juzgados de Distrito en el Estado de Guanajuato, con sede en la mencionada ciudad, conservarán su actual denominación, competencia y jurisdicción territorial.

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.

  SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

  El LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 36/2007, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, Relativo al Cambio de Domicilio del Primer y Segundo Tribunales Colegiados en Materia Civil y del Segundo Tribunal Unitario, todos del Decimosexto Circuito, con Residencia en Guanajuato, Guanajuato; así como de los Juzgados Primero y Segundo de Distrito en el Estado de Guanajuato, con Sede en la Ciudad del Mismo Nombre, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de tres de octubre de dos mil siete, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Luis María Aguilar Morales, Elvia Díaz de León DHers, María Teresa Herrera Tello, Miguel A. Quirós Pérez y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a tres de octubre de dos mil siete.- Conste.- Rúbrica.


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