DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Aviso relativo a la suspensión del procedimiento de revisión ante el panel de la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades red delicious y sus mutaciones y golden delicious, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 0808.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia, investigación cuya reposición se realizó en cumplimiento a la sentencia dictada el 28 de octubre de 2003 por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en el Toca R.A.431/2003-5523, relativo al juicio de amparo 1183/2002 promovido por Northwest Fruit Exporters, con número de expediente MEX-USA-2006-1904-02

Jueves 17 de Abril 2008
AVISO relativo a la suspensión del procedimiento de revisión ante el panel de la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades red delicious y sus mutaciones y golden delicious, mercancía c
Sección Mexicana del Secretariado de los Tratados de Libre Comercio.
AVISO
La Sección Mexicana del Secretariado de los Tratados de Libre Comercio, constituida de conformidad con el artículo 2002 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, y establecida por el Acuerdo secretarial y su reforma, publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 19 de julio de 1996, 28 de abril de 1997 y 28 de diciembre de 2000, publica el presente Aviso de Suspensión de Revisión ante Panel:
Hoy, 4 de abril de 2008, la Sección Mexicana del Secretariado de los Tratados de Libre Comercio suspende el procedimiento de revisión ante Panel de la "Resolución Final de la Investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades red delicious y sus mutaciones y golden delicious, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 0808.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia, investigación cuya reposición se realizó en cumplimiento a la sentencia dictada el 28 de octubre de 2003 por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en el Toca R.A.431/2003-5523, relativo al juicio de amparo 1183/2002 promovido por Northwest Fruit Exporters", con número de expediente MEX-USA-2006-1904-02, que de conformidad con la Regla 81 de las Reglas de Procedimiento del Artículo 1904 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte y párrafo 9 del Anexo 1901.2 del mismo Tratado, se establece que el procedimiento ante el Panel será suspendido y dejarán de correr los plazos cuando un panelista esté incapacitado para cumplir con su encargo.
De acuerdo con la regla antes citada, la regla 19 de las Reglas de Procedimiento del Artículo 1904 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte y en específico con el Anexo 1901.2 (9) del mismo Tratado, el procedimiento se suspende a partir del día 4 de abril de 2008. Los nuevos plazos para la celebración de la Audiencia Pública y la emisión de la Decisión Final, se establecerán por el Panel una vez que concluya la suspensión de la revisión.
México, D.F., a 4 de abril de 2008.- El Secretario General de la Sección Mexicana del Secretariado de los Tratados de Libre Comercio, Rafael Serrano Figueroa.- Rúbrica.
 

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