DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo CCNO/1/2008, de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la prórroga del plazo de exclusión del turno de nuevos asuntos al Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, con residencia en Tlaxcala, Tlaxcala; así como de la modificación temporal de la jurisdicción territorial de los Tribunales Colegiados del Sexto Circuito, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla

Jueves 08 de Mayo 2008
ACUERDO CCNO/1/2008, de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la prórroga del plazo de exclusión del turno de nuevos asuntos al Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, con residencia en Tlaxca
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.
ACUERDO CCNO/1/2008, DE LA COMISION DE CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA PRORROGA DEL PLAZO DE EXCLUSION DEL TURNO DE NUEVOS ASUNTOS AL TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO OCTAVO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN TLAXCALA, TLAXCALA; ASI COMO DE LA MODIFICACION TEMPORAL DE LA JURISDICCION TERRITORIAL DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DEL SEXTO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN SAN ANDRES CHOLULA, PUEBLA.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO.- El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO.- El artículo 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 81, fracción IV y V de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, la especialización por materia de los tribunales colegiados, en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana, a propuesta de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, en términos del artículo 57, fracción I y II, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, publicado el tres de octubre de dos mil seis en el Diario Oficial de la Federación;
CUARTO.- El artículo 81, fracción XXIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, de conformidad con el artículo 57, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo;
QUINTO.- En términos de lo dispuesto por el artículo 72, fracción XXX, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, corresponde a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos del propio Consejo, proponer a la Comisión de Creación de Nuevos Organos las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo Circuito haya varios de ellos;
SEXTO.- Mediante Acuerdo General 8/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, publicado el veintiocho de febrero de dos mil ocho en el Diario Oficial de la Federación, se ordenó la exclusión del turno de nuevos asuntos a favor del Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, con residencia en Tlaxcala, Tlaxcala, así como la modificación temporal de la jurisdicción territorial de los tribunales colegiados del Sexto Circuito, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla. En el punto primero del referido acuerdo se ordenó que la medida comprendería del uno de marzo al cinco de mayo de dos mil ocho, lapso durante el cual los Tribunales Colegiados del Sexto Circuito, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, conocerían de dichos asuntos;
SEPTIMO.- La Comisión de Creación de Nuevos Organos al advertir que el número de asuntos radicados en el Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, con sede en Tlaxcala, Tlaxcala, continúa siendo alto y sin que por el momento sea posible emprender otras acciones sustantivas, estima necesario adoptar medidas conducentes a una administración pronta, completa y eficaz de la justicia federal, mediante el equilibrio de las cargas de trabajo en los órganos jurisdiccionales, razón por la cual considera conveniente prorrogar la exclusión del turno de nuevos asuntos a favor del tribunal colegiado referido y prolongar el apoyo temporal a éste en el trámite y resolución de asuntos por parte de los Tribunales Colegiados del Sexto Circuito.
A fin de facilitar a los justiciables del Estado de Tlaxcala el seguimiento de la situación que guardan sus expedientes, un extracto con carácter informativo de la lista diaria de acuerdos de los tribunales colegiados del Sexto Circuito, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, se podrá consultar en la página de Internet de la Dirección General de Estadística y Planeación Judicial del Consejo de la Judicatura Federal en la dirección: http://www.dgepj.cjf.gob.mx.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- Se prorroga el plazo de exclusión del turno de nuevos asuntos al Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, con sede en Tlaxcala, Tlaxcala, así como de la modificación temporal de la jurisdicción territorial de los Tribunales Colegiados del Sexto Circuito, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, establecido en el punto primero del Acuerdo General 8/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
El periodo de exclusión para el tribunal colegiado antes citado, comprenderá del seis de mayo al cuatro de junio de dos mil ocho; por ende, todos los asuntos nuevos presentados en la Oficialía de Partes del Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, con residencia en Tlaxcala, Tlaxcala, durante ese lapso y con excepción de los asuntos a que se refiere la fracción XI del artículo 95 de la Ley de Amparo que se originen en los juzgados de Distrito en el Estado de Tlaxcala, continuarán remitiéndose para su trámite y resolución a los Tribunales Colegiados del Sexto Circuito, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla.
 
SEGUNDO.- Al finalizar el periodo de exclusión del turno otorgado, los presidentes de los tribunales colegiados de que se trata deberán informar sobre los resultados obtenidos a la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal.
TERCERO.- El Pleno y la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo, así como cualquier cuestión relacionada con la conclusión anticipada o extensión del plazo previsto en el punto primero de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Este acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
LA LICENCIADA MARIA DE LOURDES MARGARITA GARCIA GALICIA, SECRETARIA EJECUTIVA DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/1/2008, de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la prórroga del plazo de exclusión del turno de nuevos asuntos al Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, con residencia en Tlaxcala, Tlaxcala; así como de la modificación temporal de la jurisdicción territorial de los Tribunales Colegiados del Sexto Circuito, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el veintiocho de abril de dos mil ocho, por los señores Consejeros: Presidente Jorge Moreno Collado, Elvia Díaz de León D'Hers e Indalfer Infante Gonzales.- México, Distrito Federal, a veintiocho de abril de dos mil ocho.- Conste.- Rúbrica.
 

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