DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Manual de Organización General de la Secretaría de Educación Pública (Continúa de la Primera Sección)

Lunes 16 de Junio 2008
Manual de Organización General de la Secretaría de Educación Pública (Continúa de la Segunda Sección)
(Viene de la página 71 de la Primera Sección)
1.2.4 Dirección General del Bachillerato
Misión
Proporcionar educación de buena calidad en el bachillerato general, que permita a los estudiantes su desarrollo y participación en la sociedad de su tiempo; así como promover la operación óptima de las instituciones educativas coordinadas por la Dirección General, basada en el compromiso, disciplina, honestidad, respeto y actitud de servicio.
Funciones
    Proponer normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, métodos, materiales didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje del bachillerato en sus diferentes modalidades, con excepción del que esté a cargo de otras unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría o de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como difundir los vigentes;
    Impulsar las reformas curriculares de los estudios de bachillerato que resulten necesarias para responder a los requerimientos de la sociedad, del conocimiento y del desarrollo sustentable;
    Promover la creación de redes de intercambio y cooperación académica entre las instituciones de educación a las que se refiere en las funciones de esta Dirección General, las que imparten niveles equivalentes, así como las de educación superior, a fin de articular su respectiva currícula dentro de un esquema de calidad;
    Celebrar convenios de coordinación y concertación para dar unidad a las actividades educativas, a las que se refiere en las funciones de esta Dirección General, en sus modalidades no escolarizada y mixta;
    Proponer, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, la incorporación del conocimiento y aplicación de las tecnologías de la información y la comunicación en los programas académicos y materiales pedagógicos correspondientes a la educación a la que se refiere en las funciones de esta Dirección General;
    Proponer programas y políticas para elevar la calidad en los servicios que se prestan en las instituciones educativas del nivel bachillerato;
    Organizar, operar, desarrollar, supervisar y evaluar, en coordinación con la Dirección General de Evaluación de Políticas, la educación a que se refiere en las funciones de esta Dirección General, que imparta la Secretaría;
    Verificar, en términos de la Ley General de Educación, que las normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, métodos, materiales didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje aprobados para la educación a la que se refiere en las funciones de esta Dirección General, se cumplan en los planteles de la Secretaría;
    Emitir opinión técnica sobre la factibilidad de establecer nuevos centros educativos dependientes de la Secretaría que impartan estudios de bachillerato;
    Formular disposiciones técnicas y administrativas para la organización, operación, desarrollo, supervisión y evaluación de la educación a la que se refiere en las funciones de esta Dirección General, difundir las aprobadas y verificar su cumplimiento;
    Diseñar y promover criterios y estándares nacionales de calidad y de pertinencia que permitan evaluar los conocimientos, habilidades, destrezas y competencias de los estudiantes de la educación a la que se refiere en las funciones de esta Dirección General;
    Diseñar y promover programas de actualización para los docentes que impartan la educación a la que se refiere en las funciones de esta Dirección General;
    Gestionar las aportaciones federales a las instituciones que impartan la educación a la que se refiere en las funciones de esta Dirección General;
 
    Proponer lineamientos conforme a los cuales puedan desarrollarse mecanismos de financiamiento para impulsar los planes de desarrollo para las escuelas y la modernización de la educación a que a la que se refiere en las funciones de esta Dirección General;
    Promover la celebración de convenios de vinculación entre escuelas que impartan la educación a la que se refiere en las funciones de esta Dirección General con los sectores social y privado;
    Estudiar y resolver las solicitudes para otorgar el reconocimiento de validez oficial a los estudios a los que se refiere en las funciones de esta Dirección General que se impartan en planteles particulares;
    Substanciar y resolver los procedimientos por los que se retire el reconocimiento de validez oficial de los estudios a los que se refiere en las funciones de esta Dirección General;
    Inspeccionar y vigilar, en términos de la Ley General de Educación, que las instituciones incorporadas a la Secretaría que impartan la educación a las que se refiere en las funciones de esta Dirección General, cumplan con las disposiciones legales aplicables y, en su caso, imponer las sanciones que procedan; y
    Otorgar revalidaciones y equivalencias de estudios para la educación a la que se refiere en las funciones de esta Dirección General, de conformidad con los lineamientos aplicables.
1.2.5 Dirección General de Centros de Formación para el Trabajo
Misión
Formar permanentemente a las personas para y en el trabajo, contribuyendo a su desarrollo humano e inserción en el mercado laboral, coadyuvando así al desarrollo social y económico del país a través de una estructura de servicios flexible, equitativa, de calidad y pertinente.
Funciones
    Proponer normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, métodos, materiales didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje de la educación que se imparta en los centros de formación para el trabajo de la Secretaría, en los institutos descentralizados estatales de formación para el trabajo y en los servicios que cuenten con reconocimiento de validez oficial de estudios, así como difundir los vigentes;
    Verificar que las normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, métodos, materiales didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje de la educación, a la que se refiere en las funciones de esta Dirección General, se cumplan en los planteles de la Secretaría;
    Formular disposiciones técnicas y administrativas para la organización, operación, desarrollo, supervisión y evaluación de la educación que se imparta en los planteles de formación para el trabajo de la Secretaría; difundir las aprobadas y verificar su cumplimiento;
    Proponer los lineamientos generales aplicables en toda la República para la definición de aquellos conocimientos, habilidades o destrezas susceptibles de certificación, así como el de los procedimientos de evaluación y certificación correspondientes que se determinarán conjuntamente con las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes;
    Organizar, operar, desarrollar, supervisar y evaluar, en coordinación con la Dirección General de Evaluación de Políticas, la educación impartida en los centros de formación para el trabajo de la Secretaría;
    Diseñar y desarrollar programas para la superación académica del personal que imparta formación para el trabajo;
    Establecer, en términos de la Ley General de Educación, los mecanismos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas para la mejor prestación de los servicios educativos de formación para el trabajo;
    Expedir certificados y otorgar constancias y diplomas a los capacitados por los servicios de formación para el trabajo, dependientes de la Secretaría;
    Estudiar y resolver las solicitudes para otorgar el reconocimiento de validez oficial a los estudios, a
los que se refiere en las funciones de esta Dirección General, que se impartan en planteles particulares;
    Substanciar y resolver los procedimientos por los que se retire el reconocimiento de validez oficial de los estudios a los que se refiere en las funciones de esta Dirección General;
    Inspeccionar y vigilar, en términos de la Ley General de Educación y de las demás disposiciones aplicables, que las instituciones incorporadas por la Secretaría que impartan la educación a la que se refiere en las funciones de esta Dirección General, cumplan con las disposiciones legales aplicables y, en su caso, substanciar los procedimientos e imponer las sanciones que correspondan;
    Definir normas y políticas en materia de equipamiento y mantenimiento de planteles, así como proponer las prioridades en construcción, conservación, uso y aprovechamiento de edificios, instalaciones, mobiliario y equipo;
    Dictaminar sobre la creación de planteles destinados a impartir la educación a la que se refiere en las funciones de esta Dirección General; y
    Proporcionar a los organismos descentralizados de los gobiernos de las entidades federativas que impartan educación análoga a la que se refiere en las funciones de esta Dirección General, la asistencia académica, técnica y pedagógica que acuerde la Secretaría.
1.3.1 Dirección General de Desarrollo Curricular
Misión
Ofrecer un curriculum de educación básica pertinente, flexible, viable y en permanente actualización, acorde con las demandas sociales y educativas de los niños y jóvenes mexicanos, que tome en cuenta la diversidad de alumnos, maestros y entidades, así como las condiciones del sistema educativo; enfocado hacia la adquisición de los conocimientos fundamentales y que les permita desarrollar las competencias necesarias para alcanzar una vida personal y familiar plena, ejercer una ciudadanía competente y comprometida, participar en el trabajo productivo y continuar aprendiendo a lo largo de la vida.
Funciones
    Elaborar las propuestas de planes y programas de estudio para la educación básica;
    Proponer estándares de calidad para el proceso pedagógico y los métodos o enfoques pedagógicos considerados como apropiados, así como para evaluar, en coordinación con el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, la Dirección General de Evaluación de Políticas y las demás unidades administrativas competentes de la Secretaría, el logro académico de los alumnos en los diversos niveles y modalidades aplicables a las escuelas de educación básica;
    Proponer cambios al currículum y a los métodos o enfoques pedagógicos en vigor, previa consulta con las unidades administrativas competentes de la Secretaría y las respectivas entidades especializadas;
    Proponer lineamientos y criterios pedagógicos que orienten los programas de estudio de educación inicial;
    Proponer, considerando la opinión de las autoridades educativas locales y en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría y las respectivas instancias especializadas, lineamientos para verificar la correcta aplicación de normas pedagógicas y estándares referidos a los planes y programas de estudio, así como los métodos aplicados en los planteles que imparten educación inicial, especial y básica;
    Proponer a la Dirección General de Materiales Educativos los contenidos de los libros de texto gratuitos, considerando la opinión de las autoridades educativas locales y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación;
    Establecer lineamientos y asesorar a las autoridades educativas locales para la elaboración de los contenidos regionales de los planes y programas de estudio, así como sobre la aplicación de métodos pedagógicos;
    Difundir, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, entre los
padres de familia y la sociedad, información que permita asegurar la comprensión de los propósitos de los planes, programas y enfoques de la educación básica;
    Proponer a la Dirección General de Desarrollo de la Gestión e Innovación Educativa y a las demás unidades administrativas competentes de la Secretaría, el desarrollo de proyectos experimentales en materia de contenidos para la educación básica;
    Llevar el registro de los planes y programas de estudio oficiales;
    Contribuir al desarrollo de las capacidades técnicas de equipos estatales para el desenvolvimiento de los contenidos regionales, y
    Desarrollar, en coordinación con las entidades y unidades administrativas competentes, programas y acciones para atender necesidades educativas de los grupos vulnerables.
1.3.2 Dirección General de Materiales Educativos
Misión
Contribuir a elevar la calidad de la Educación Básica a través de: propuestas innovadoras en los contenidos y métodos educativos, en las normas, criterios y estándares de calidad para la producción, selección, distribución y uso pedagógico de los materiales educativos y otros auxiliares didácticos, curriculares y complementarios impresos, audiovisuales, informáticos y multimedia para la aplicación de los planes y programas de estudio; y del diseño e implementación de procedimientos para el seguimiento y evaluación de los materiales educativos que apoyen los procesos de enseñanza y aprendizaje en los que participan profesores y alumnos de la educación inicial, especial y básica, en sus diferentes niveles y modalidades.
Funciones
    Diseñar, editar y mantener actualizados los libros de texto gratuitos, a partir de los contenidos generados por la Dirección General de Desarrollo Curricular, así como entregarlos a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos y autorizar la versión final para impresión y distribución;
    Proponer normas, criterios y estándares de calidad para la producción, selección, distribución y uso pedagógico de los materiales educativos y otros auxiliares didácticos, curriculares y complementarios para la educación inicial, especial y básica en sus diferentes niveles y modalidades, con objeto de apoyar el trabajo de los maestros y los alumnos; tomando en consideración los resultados de las evaluaciones educativas, las observaciones de las autoridades educativas locales, las escuelas y los sectores sociales involucrados en el desarrollo educativo;
    Elaborar, diseñar y mantener actualizados, en coordinación con la Dirección General de Formación Continua de Maestros en Servicio, materiales y auxiliares didácticos para la actualización y capacitación de docentes de educación inicial, especial y básica; tomando en cuenta los perfiles de los educandos, las características y el entorno geográfico, ambiental y de infraestructura de la región;
    Fomentar y asesorar en el proceso de elaboración de auxiliares didácticos de calidad, diseñados en el ámbito escolar a partir de la experiencia docente y adaptados a las condiciones específicas de los alumnos y de las escuelas;
    Impulsar la utilización de materiales y auxiliares didácticos propios de cada región que apoyen el aprovechamiento de los planes y programas de estudio de la educación inicial, especial y básica, que asimismo faciliten a los educandos la comprensión de sus orígenes históricos y de su entorno geográfico y ambiental;
    Diseñar y producir materiales y auxiliares didácticos en soportes audiovisuales, informáticos, multimedia y otros recursos tecnológicos con la finalidad de apoyar los planes y programas de estudio de la educación inicial, especial y básica en sus diferentes niveles y modalidades, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, organismos o entidades que correspondan;
    Proponer a la Dirección General de Desarrollo Curricular innovaciones a los contenidos y métodos educativos para la aplicación de los planes y programas de estudio de la educación inicial, especial y
básica, en sus diferentes niveles y modalidades;
    Asesorar a las autoridades educativas locales en la elaboración de materiales educativos regionales, así como en la aplicación de métodos pedagógicos para su adecuado aprovechamiento;
    Contribuir al desarrollo de capacidades técnicas de equipos estatales para la elaboración, selección, distribución, difusión y uso de materiales y auxiliares didácticos;
    Estudiar y resolver las solicitudes de autorización para el uso de libros de texto y otros materiales educativos destinados a la educación básica, en coordinación con la Dirección General de Desarrollo Curricular;
    Proponer lineamientos para la publicación de libros y ediciones periódicas de la Secretaría en materia de educación inicial, especial y básica en sus diferentes modalidades, así como para el intercambio de publicaciones educativas con otras instituciones;
    Establecer normas y criterios para la dotación regular de acervos a las bibliotecas de aula y las escolares de educación básica, así como formular recomendaciones sobre las condiciones de equipamiento e infraestructura necesaria para el uso correcto de los materiales educativos, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría;
    Proponer a la Dirección General de Desarrollo de la Gestión e Innovación Educativa y a las demás unidades administrativas competentes de la Secretaría, el desarrollo de proyectos experimentales respecto de materiales para la educación básica;
    Desarrollar, en coordinación con las entidades y unidades administrativas competentes, programas y acciones para atender necesidades educativas de los grupos vulnerables; y
    Diseñar y poner en operación procedimientos y métodos para dar seguimiento al uso de materiales de educación básica, con la finalidad de mantenerlos actualizados, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, las autoridades educativas locales, las escuelas y los sectores sociales involucrados en el desarrollo educativo.
1.3.3 Dirección General de Desarrollo de la Gestión e Innovación Educativa
Misión
Incidir en el diseño e implantación de la política educativa del sector, promoviendo el desarrollo de la gestión e innovación educativa orientada a la mejora continua de las escuelas de educación inicial, especial y básica; mediante la emisión de lineamientos para la creación de nuevos modelos de gestión institucional, de estándares de desempeño de las escuelas y la contribución al desarrollo de capacidades técnicas locales, en el marco del federalismo educativo.
Funciones
    Establecer los lineamientos para la planeación, seguimiento, evaluación y desarrollo de nuevos modelos de gestión institucional, centrados en la escuela, con la participación de las autoridades educativas locales, de los sectores sociales involucrados en la educación y de las escuelas de educación inicial, especial y básica, en sus diferentes niveles y modalidades;
    Fomentar, en coordinación con las autoridades educativas locales y las escuelas, la documentación y sistematización de prácticas exitosas y de las innovaciones educativas que se desarrollen en las escuelas de educación inicial, especial y básica, en sus diferentes niveles y modalidades;
    Proponer y actualizar, en coordinación con las autoridades educativas locales y las unidades administrativas competentes de la Secretaría, estándares de desempeño de las escuelas de educación inicial, especial y básica en todos sus niveles y modalidades;
    Impulsar procesos de auto-evaluación en las escuelas, en coordinación con el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, la Dirección General de Evaluación de Políticas y las demás unidades administrativas competentes de la Secretaría, las instancias especializadas, las autoridades locales y las escuelas;
 
    Fomentar, en coordinación con las autoridades educativas locales, así como con las instancias especializadas y unidades administrativas competentes de la Secretaría, el desarrollo y uso de la investigación y la evaluación para el mejoramiento de las escuelas de educación inicial, especial y básica, en sus diferentes niveles y modalidades;
    Contribuir, en coordinación con el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, la Dirección General de Planeación y Programación, las instancias especializadas y demás unidades administrativas competentes de la Secretaría, al desarrollo y funcionamiento del Sistema Nacional de Información, Estadística e Indicadores Educativos;
    Asesorar a las autoridades educativas locales en el establecimiento y seguimiento de prácticas innovadoras en la escuela;
    Contribuir, en coordinación con las autoridades educativas locales, a la formación académica y el desarrollo de las capacidades técnicas de asesores técnico-pedagógicos y equipos estatales, para capacitar a las autoridades escolares en el desarrollo de la gestión y la innovación en las escuelas;
    Promover el análisis de los programas de desarrollo nacional o regional de carácter cultural, de bienestar social, de desarrollo económico y de protección ambiental, con el fin de identificar las necesidades de la sociedad que sean susceptibles de atenderse a través del diseño o actualización de los planes y programas de estudio de educación especial y básica en sus diferentes niveles y modalidades;
    Desarrollar, en coordinación con las entidades y unidades administrativas competentes, programas y acciones para atender necesidades educativas de los grupos vulnerables;
    Recabar y evaluar información sobre la vigencia, contenidos y congruencia de planes y programas de estudios de educación inicial, especial y básica, a través de sondeos de opinión y otros mecanismos de consulta entre padres de familia, docentes, directivos de los planteles escolares, instituciones educativas, así como entre aquellos sectores involucrados en la educación, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría;
    Difundir, en coordinación con el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, la Dirección General de Evaluación de Políticas y las respectivas instancias especializadas, los resultados de evaluaciones e investigaciones practicadas en el contexto de la educación básica, así como impulsar la retroalimentación y el desarrollo de políticas educativas pertinentes a la educación inicial, especial y básica; y
    Promover, en colaboración con las unidades administrativas competentes de la Secretaría y las autoridades educativas locales, la generación de estándares de desempeño de directores de escuela, supervisores y asesores técnico-pedagógicos.
1.3.4 Dirección General de Educación Indígena
Misión
Avanzar hacia la transformación de la escuela pública mexicana, a través de un sistema de educación básica intercultural bilingüe que reduzca las inequidades y ofrezca a todas las niñas, niños y jóvenes indígenas la oportunidad de recibir una educación que les permita alcanzar logros escolares equivalentes a los del sistema regular, teniendo como punto de partida y fin el aula educativa.
Funciones
    Proponer normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, métodos, materiales y auxiliares didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje de la educación indígena, así como difundir los vigentes, cuidando que tengan una orientación intercultural y bilingüe que asegure la formación integral de los alumnos pertenecientes a los diferentes grupos étnicos, además de que protejan y promuevan el desarrollo de sus lenguas, costumbres, recursos y formas específicas de organización;
    Actualizar las normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, métodos, materiales y auxiliares didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje de la educación indígena;
    Verificar, con la participación de las autoridades educativas locales y en coordinación con las
unidades administrativas competentes de la Secretaría, el cumplimiento de las normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, métodos, materiales y auxiliares didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje aprobados para la enseñanza de la educación indígena;
    Aplicar con carácter experimental, en coordinación con la Dirección General de Desarrollo Curricular, normas pedagógicas, planes y programas de estudio, contenidos, métodos, materiales y auxiliares didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje de la educación indígena;
    Establecer mecanismos de coordinación con la Dirección General de Desarrollo Curricular, con objeto de que las innovaciones que se hayan incluido en los planes y programas de estudio de la educación indígena sean incorporados a los relativos para la formación de docentes y los programas para su capacitación y actualización;
    Establecer mecanismos de coordinación con las direcciones generales de Desarrollo Curricular y de Materiales Educativos, para adaptar e incorporar a la educación indígena los cambios e innovaciones de planes y programas de estudio, contenidos, métodos, materiales y auxiliares didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje que se lleven a cabo en la educación básica;
    Diseñar contenidos educativos, materiales y auxiliares didácticos para la elaboración de programas de radio y televisión acordes con la comunidad a la que se dirijan, en apoyo a los planes y programas de estudio de la educación indígena;
    Analizar y considerar las opiniones de las autoridades educativas locales y de los diversos sectores involucrados en la educación, expresadas a través del Consejo Nacional de Participación Social en la Educación, con el fin de incorporar aquellas que aporten elementos para modernizar y elevar la calidad de la educación indígena; y
    Realizar investigaciones para el desarrollo y la supervisión de las tareas de educación indígena, así como fomentar las que efectúen los sectores público y privado.
1.3.5 Dirección General de Formación Continua de Maestros en Servicio
Misión
Normar a nivel general los servicios de actualización permanente y capacitación para maestros de educación básica en servicio, de acuerdo al carácter nacional de la educación básica en México. Promover y garantizar en todas las entidades federativas, en coordinación con las autoridades educativas estatales, el desarrollo del Programa Nacional para la Actualización Permanente de los Maestros de Educación Básica en Servicio.
Funciones
    Proponer, en coordinación con la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación, normas y criterios académicos que regulen los programas nacionales de actualización, capacitación y superación profesional de los maestros en servicio de educación inicial, especial y básica, considerando la opinión de las autoridades educativas locales y la de los sectores sociales involucrados en la educación;
    Contribuir al diseño y participar en el desarrollo y operación de mecanismos de coordinación, con la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación y demás unidades administrativas competentes de la Secretaría, para procurar la articulación y congruencia entre los contenidos, planes y programas de la educación básica con los programas de educación normal y los de formación continua para maestros en servicio;
    Proponer, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría y entidades competentes, los perfiles profesionales y de desempeño que orienten el mejoramiento de la labor educativa de los docentes de la educación inicial, especial y básica en sus distintos niveles y modalidades;
    Proponer los criterios y procedimientos para la acreditación y validación de los estudios derivados de
los programas, proyectos y acciones de formación continua de maestros en servicio de educación inicial, especial y básica, en sus distintos niveles y modalidades, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría;
    Establecer estándares de desempeño institucional de los servicios estatales de formación continua, de los Centros de Maestros y demás unidades que llevan a cabo programas, proyectos y acciones de formación continua de maestros en servicio;
    Formular, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría y las instancias especializadas, propuestas para mejorar la labor que realizan los docentes de educación básica en sus distintos niveles y modalidades;
    Incorporar a los programas y acciones de formación continua de maestros en servicio, las innovaciones que se hayan incluido en los planes y programas de estudio y en los materiales y auxiliares didácticos para la educación inicial, especial y básica en sus distintos niveles y modalidades;
    Asesorar a las autoridades educativas estatales en lo relativo al contenido de los programas de formación continua para maestros en servicio de educación inicial, especial y básica, así como en el uso de apoyos didácticos y la aplicación de técnicas e instrumentos para la evaluación y acreditación de los mismos;
    Realizar, en coordinación con la Dirección General de Desarrollo de la Gestión e Innovación Educativa y otras unidades administrativas competentes de la Secretaría, proyectos experimentales que fortalezcan el trabajo colegiado y el desarrollo académico de los colectivos docentes de educación inicial, especial y básica en sus diferentes niveles y modalidades;
    Contribuir al desarrollo de capacidades técnicas de equipos estatales de especialistas en el diseño y desarrollo de programas de formación continua de maestros en servicio; y
    Desarrollar, en coordinación con las entidades y unidades administrativas competentes, programas y acciones para atender necesidades educativas de los grupos vulnerables.
1.4.1 Dirección General de Personal
Misión
Normar y brindar servicios en materia de administración de recursos humanos, a las unidades responsables del Sector, a fin de coadyuvar cualitativamente en la operación del Sistema Educativo.
Funciones
    Proponer normas para regular el sistema de administración y desarrollo del personal de la Secretaría, difundir las vigentes y vigilar su cumplimiento;
    Vigilar, en coordinación con la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la observancia de las Condiciones Generales de Trabajo y de las específicas correspondientes, así como del Reglamento de Escalafón y las normas de ingreso y promoción del personal;
    Proponer, conforme a las políticas y a las normas relativas, las estructuras y montos de las remuneraciones del personal de la Secretaría y del sector educativo e implementar los aprobados;
    Autorizar el diseño y forma de impartir los programas de capacitación y desarrollo para el personal de apoyo y asistencia a la educación de la Secretaría;
    Tramitar, registrar y controlar la admisión, baja y demás movimientos del personal de las áreas del Secretario, Oficial Mayor, Subsecretarías de Educación Superior y de Educación Básica, así como de la Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas;
 
    Realizar las liquidaciones de pago de servicios personales a las áreas del Secretario, Oficial Mayor, Subsecretarías de Educación Superior y de Educación Básica, así como de la Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas;
    Controlar y evaluar la operación del sistema de administración y desarrollo de personal;
    Intervenir y, en general, administrar las relaciones laborales entre la Secretaría y la organización sindical;
    Dar seguimiento a las acciones e incidencias propias de las relaciones laborales de la Secretaría con sus trabajadores;
    Establecer criterios, políticas generales y programas de prevención en materia laboral respecto de las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría;
    Vigilar, en coordinación con las demás unidades administrativas competentes, el cumplimiento de las disposiciones laborales y concertar las acciones necesarias para ello con la Dirección General de Asuntos Jurídicos;
    Dictaminar la vigencia o prescripción del derecho, del personal de la Secretaría, para efectuar el cobro de remuneraciones omitidas;
    Diseñar y difundir los procedimientos para el pago de remuneraciones y la aplicación de descuentos al personal de la Secretaría y, en su caso, verificar su cumplimiento;
    Instrumentar y supervisar los aspectos técnicos, administrativos, de control y de apoyo, para que la Subsecretaría de Educación Media Superior realice adecuadamente la operación del sistema de pago y, en su caso, aplicar las soluciones que se requieran para corregir las desviaciones y problemas que se presenten;
    Proporcionar apoyo y asesoría a las unidades administrativas y organismos desconcentrados de la Secretaría en materia de administración y desarrollo del personal;
    Coordinar la aplicación de los Sistemas de Estímulos y Recompensas previstos por la Ley de la materia y las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría; y
    Proponer un sistema de desempeño del personal basado en sus resultados y darle el seguimiento respectivo.
1.4.2 Dirección General de Administración Presupuestal y Recursos Financieros
Misión
Realizar las actividades requeridas para administrar el ejercicio del presupuesto, apegado a la Norma aplicable, permitiendo transparentar el gasto y asegurando la rendición de cuentas.
Funciones
    Analizar y, en su caso, determinar y tramitar las modificaciones presupuestales procedentes, excepto en los casos previstos en el Reglamento Interior de la SEP;
    Proporcionar a la Dirección General de Evaluación de Políticas y a la Dirección General de Planeación y Programación la información necesaria, incluyendo el número y tipo de modificaciones presupuestales realizadas, para evaluar la inversión de los recursos públicos de la Secretaría;
    Proponer la normativa de las actividades de la administración de recursos financieros cuya aplicación corresponda a las unidades administrativas de la Secretaría, a sus órganos desconcentrados y a las entidades coordinadas de manera sectorial; difundir las normas aprobadas y verificar su cumplimiento;
    Operar y controlar el ejercicio del presupuesto de egresos de la Secretaría;
 
    Establecer las normas y procedimientos para el manejo de recursos en efectivo;
    Establecer y difundir las normas y procedimientos a que deba sujetarse la contabilidad presupuestaria y patrimonial de la Secretaría, así como verificar su cumplimiento; consolidar y mantener actualizados los registros contables; elaborar los estados financieros, la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que se requieran en la materia;
    Conciliar y depurar las cuentas que rindan las oficinas pagadoras, las unidades administrativas de la Secretaría responsables del ejercicio presupuestal y la información que se deba rendir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a cualquier otra instancia competente;
    Verificar, de manera previa a su pago, que la documentación justificativa y comprobatoria del gasto se ajuste a las disposiciones que lo regulan;
    Conciliar los resultados de las cuentas bancarias abiertas para el pago de las remuneraciones al personal de la Secretaría;
    Autorizar el entero o aplicación, en su caso, de las cantidades retenidas al personal de la Secretaría en favor de dependencias, entidades paraestatales y, en general, terceros que acrediten derecho a su recepción;
    Presentar, para aprobación del Oficial Mayor, los oficios de liberación de inversión de la Secretaría y de sus órganos desconcentrados; y
    Asesorar a los titulares de las unidades responsables en asuntos relacionados con las materias contables y de administración presupuestal.
1.4.3 Dirección General de Innovación, Calidad y Organización
Misión
Garantizar que el sector educativo cuente con estructuras organizacionales pertinentes, ágiles y flexibles, a través de asesorías, estudios y evaluación de procesos que favorezcan una mejora continúa en la calidad de los servicios, así como desarrollar, difundir y aplicar instrumentos innovadores y de calidad que contribuyan a proporcionar mejores servicios al interior de la dependencia.
Funciones
    Proponer y aplicar las estrategias, los lineamientos y los criterios técnicos a que deberán sujetarse las unidades administrativas de la Secretaría, en relación con los programas de modernización, calidad total, mejora de procesos, desregulación, ahorro, transparencia y combate a la corrupción;
    Difundir entre las unidades administrativas de la Secretaría y en sus órganos desconcentrados, los programas, políticas y criterios técnicos en materia de calidad, innovación y modernización administrativa;
    Promover, coordinar y dar seguimiento a las acciones para la calidad total, mejora de procesos, desregulación, ahorro, transparencia y combate a la corrupción en la Secretaría y sus órganos desconcentrados, de conformidad con la normatividad aplicable;
    Promover que las unidades administrativas de la Secretaría establezcan, difundan y mejoren progresivamente estándares de calidad de los servicios que brindan;
    Contribuir a la implantación y observancia del código de ética de los servidores públicos de la Secretaría;
    Proponer e impulsar el establecimiento de prácticas administrativas que contribuyan a prevenir actos de corrupción;
    Verificar y evaluar la observancia de los programas, las políticas y los criterios técnicos en materia de innovación, calidad total, modernización, mejora de procesos, desregulación, ahorro, transparencia y combate a la corrupción en la Secretaría;
    Desarrollar investigaciones en materia de innovación y calidad para determinar las mejores prácticas aplicables en el ámbito de la Secretaría;
    Difundir los procesos de cambio exitosos entre las unidades administrativas que integran la
Secretaría, así como el marco metodológico utilizado en los mismos;
    Impulsar el proceso de mejora continua y coordinar los mecanismos y acciones que permitan captar la opinión de la ciudadanía sobre los programas y servicios a cargo de la Secretaría;
    Promover y desarrollar proyectos que generen recursos para financiar estrategias de innovación y calidad, de acuerdo con las normas aplicables;
    Proponer y dar seguimiento a un sistema de desempeño basado en resultados, en coordinación con la Dirección General de Personal;
    Formular y proponer lineamientos, normas, procedimientos e instrumentos técnicos para autorizar las modificaciones organizacionales de la Secretaría y de los órganos desconcentrados;
    Formular y proponer la metodología y los lineamientos administrativos y técnicos que se requieran para la elaboración, actualización y difusión de los manuales de organización específicos, de procedimientos y demás documentos administrativos relativos al mejor funcionamiento de la Secretaría, así como supervisar su aplicación adecuada;
    Formular y proponer al Oficial Mayor el establecimiento, modificación o derogación de los lineamientos, normas, procedimientos e instrumentos para regular los estudios, la verificación y evaluación de las estructuras organizacionales, puestos, procesos y servicios que sean competencia de la Secretaría;
    Proponer y dirigir los estudios y proyectos de desarrollo administrativo que se consideren estratégicos;
    Dictaminar y validar técnicamente las propuestas de modificación organizacional de las unidades administrativas, órganos desconcentrados y entidades coordinadas, así como, en su caso, gestionar su autorización;
    Llevar el registro de la estructura orgánica de la Secretaría y de los manuales de organización y de procedimientos autorizados;
    Integrar y difundir el Manual de Organización General de la Secretaría;
    Apoyar a los órganos desconcentrados de la Secretaría, así como a los planteles dependientes de ésta, en la elaboración y actualización permanente de sus manuales de organización y de procedimientos;
    Verificar y evaluar las estructuras organizacionales, puestos, procesos y servicios de los servidores públicos y unidades administrativas, incluidos los correspondientes al órgano interno de control en la Secretaría de Educación Pública; y
    Promover, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, la descentralización de los trámites y servicios hacia las entidades federativas.
1.4.4 Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Misión
Administrar con eficiencia, eficacia, imparcialidad, honradez, lealtad y legalidad los recursos económicos destinados a las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles, así como la contratación de obras públicas y servicios relacionados con las mismas que las unidades administrativas de la SEP requieran para el cabal cumplimiento a sus atribuciones y funciones.
Funciones
    Proponer normas para regular las actividades de administración de los recursos materiales y la prestación de servicios generales cuya aplicación corresponda a las unidades administrativas de la Secretaría, así como difundir las vigentes y verificar su cumplimiento;
    Analizar las solicitudes de compra, evaluar los programas y presupuesto de adquisiciones elaborados por las unidades administrativas de la Secretaría, además de verificar su correcta ejecución;
    Tramitar la adquisición de bienes y la contratación de los servicios de apoyo que requieran las unidades administrativas de la Secretaría;
    Participar en los subcomités de adquisiciones, arrendamientos y servicios que se creen en los
órganos desconcentrados de la Secretaría;
    Llevar el inventario de los bienes muebles de la Secretaría y el procedimiento que deba seguirse en lo relativo a su afectación y destino final;
    Llevar el registro de los bienes inmuebles asignados y destinados a la Secretaría;
    Propiciar, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría, la conservación, reparación, mantenimiento y adaptación del mobiliario, maquinaria, equipo e instrumental destinado a la labor educativa y administrativa;
    Prestar los servicios generales de correspondencia, archivo, almacén, aseo, intendencia, mantenimiento, taller de automotores, transportes, vigilancia y demás que requieran las unidades administrativas de la Secretaría, así como mantener asegurados sus bienes;
    Conservar, reparar, mantener y adaptar los edificios destinados a labores administrativas de la Secretaría;
    Supervisar el establecimiento y operación de los servicios de seguridad en las unidades administrativas de la Secretaría, así como proponer las medidas que resulten conducentes;
    Coordinar el establecimiento y operación de los programas de protección civil en las unidades administrativas de la Secretaría y asesorar en la materia a los planteles en que se imparte educación de los tipos medio superior y superior, así como a las entidades del sector educativo;
    Tramitar, en coordinación con la Dirección General de Asuntos Jurídicos, los contratos de obra, adquisiciones, arrendamientos y de prestación de servicios de la Secretaría, así como realizar los trámites necesarios ante las autoridades competentes y las instituciones respectivas para recuperar las garantías otorgadas por proveedores y contratistas; y
    Vigilar que las obras de construcción, reparación, adaptación o mantenimiento se realicen conforme a las especificaciones de los contratos y proyectos respectivos.
1.4.5 Dirección General de Tecnología de la Información
Misión
Brindar servicios de tecnología de la información, que satisfagan las necesidades y expectativas de las unidades responsables de la SEP y de los ciudadanos, para la mejora continua de la gestión y operación, a través de la sistematización de procesos y del uso de la infraestructura de cómputo y de telecomunicaciones.
Funciones
    Llevar a cabo el diseño y la programación de los sistemas de información que requieran las unidades administrativas de la Secretaría para la administración de los recursos humanos, financieros y materiales y, cuando se le solicite, respecto de otros servicios y proyectos específicos, así como elaborar y difundir las estadísticas relativas a dichos recursos;
    Formular y difundir las disposiciones técnicas y administrativas a las que deban ajustarse las unidades administrativas de la Secretaría para la organización, operación, mantenimiento, desarrollo, supervisión y evaluación de las áreas de procesamiento electrónico, así como verificar su cumplimiento;
    Formular y ejecutar los programas de mantenimiento, funcionamiento y evaluación de los bienes de tecnología de la información de la Secretaría;
    Proporcionar, a solicitud de las unidades administrativas de la Secretaría, los servicios de procesamiento electrónico de datos;
    Proporcionar el apoyo y la asesoría que se requiera en materia de tecnología de la información a las unidades administrativas de la Secretaría;
    Elaborar los estudios de viabilidad y emitir, en su caso, dictamen para la adquisición de los bienes y servicios informáticos requeridos por las unidades administrativas de la Secretaría;
    Proporcionar los medios tecnológicos para que las diversas áreas de la Secretaría establezcan bancos de información;
    Apoyar, asesorar y capacitar, en materia de tecnologías de la información, en los procesos de
nómina y pago de remuneraciones, al personal adscrito a las diferentes unidades administrativas de la Secretaría;
    Proporcionar apoyo en los procesos de nómina a las autoridades de las entidades federativas que lo soliciten, así como, acorde con su capacidad, a los órganos desconcentrados de la Secretaría;
    Capacitar al personal administrativo y a monitores para el personal docente de la Secretaría, en el uso de sistemas, equipos y herramientas propias de la tecnología de la información, en coordinación con las demás unidades administrativas competentes;
    Coordinar sus actividades con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que proporcionen servicios de procesamiento electrónico de datos, a efecto de intercambiar información y asesoría que facilite a la Secretaría un mejor cumplimiento de las atribuciones que tiene encomendadas; y
    Proponer las normas para regular la administración de los recursos de tecnología de la información de la Secretaría, bajo criterios de austeridad, modernización tecnológica, optimización, eficiencia y racionalidad.
1.5.1 Dirección General de Planeación y Programación
Misión
Programar los objetivos y metas, así como el anteproyecto de presupuesto de la Secretaría y del sector coordinado; elaborar el calendario escolar nacional y desarrollar el sistema de información estadística en materia educativa.
Funciones
    Desarrollar y coordinar las actividades de planeación y programación de la Secretaría para los diversos niveles, tipos y modalidades de educación, así como del sector educativo en su conjunto;
    Proponer lineamientos y coordinar la elaboración y actualización del Programa Sectorial de Educación, en los términos que establezcan la Ley de Planeación, la Ley General de Educación y el Plan Nacional de Desarrollo, en coordinación con las unidades administrativas competentes y con la participación de las autoridades de las entidades federativas, sectores sociales involucrados en la educación y la sociedad en general;
    Integrar, en coordinación con la Dirección General de Administración Presupuestal y Recursos Financieros, los anteproyectos de presupuesto global y del programa de inversión y obra pública del sector educativo, conjuntamente con las unidades administrativas de la Secretaría y las entidades paraestatales sectorizadas;
    Gestionar, ante las instancias competentes, la aprobación de los anteproyectos de presupuesto anual de la Secretaría y los de las entidades paraestatales agrupadas en el sector educativo que hayan sido autorizados por el Secretario;
    Apoyar y, cuando corresponda, coordinar la elaboración de programas institucionales, regionales, estatales y especiales del sector educativo, a solicitud de los interesados y por instrucciones del Secretario;
    Elaborar y, en su caso, conducir el desarrollo de estudios prospectivos que permitan anticipar los escenarios y las necesidades de desarrollo del sistema educativo nacional en sus diversos tipos, niveles y modalidades;
    Elaborar los informes oficiales que deba rendir el Secretario;
    Contribuir al desarrollo y coordinación de un sistema nacional de planeación integrado por las Subsecretarías, los órganos desconcentrados, instituciones y entidades paraestatales agrupadas en el sector educativo y realizar consultas periódicas con el Consejo Consultivo de Planeación y Política Educativa, el Consejo Nacional de Participación Social, el Consejo Nacional de Autoridades Educativas, el Consejo para el Seguimiento del Compromiso Social para la Calidad de la Educación y las entidades especializadas en evaluación educativa;
    Proponer criterios y prioridades para la orientación del gasto público en los diferentes tipos, niveles y
modalidades del servicio educativo;
    Llevar el registro nacional de instituciones pertenecientes al sistema educativo nacional;
    Establecer, de conformidad con las políticas que determine el Secretario, los lineamientos para la elaboración del programa de presupuesto anual del sector y las transferencias a las entidades federativas;
    Proponer normas generales para la elaboración del anteproyecto de presupuesto del sector educativo que incluyan el gasto en actividades, programas y proyectos educativos especiales y las transferencias a las entidades federativas, de conformidad con los lineamientos establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, las prioridades del sector educativo y las políticas que señale el Secretario;
    Analizar y proponer, en coordinación con la Dirección General de Administración Presupuestal y Recursos Financieros, la aplicación de las modificaciones que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público al presupuesto autorizado;
    Desarrollar, en coordinación con el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, la Dirección General de Evaluación de Políticas y demás unidades administrativas competentes, un Sistema Nacional de Información, Estadística e Indicadores Educativos relacionados con la planeación, programación y evaluación del sistema educativo;
    Promover el uso de los datos derivados del Sistema Nacional de Información, Estadística e Indicadores Educativos entre todos los actores que intervienen en la conformación de este sistema, así como entre la sociedad en general;
    Establecer coordinación con el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática y otras instancias especializadas, nacionales e internacionales, para la obtención y uso sistemático de la información estadística y censal que permita integrar el Sistema Nacional de Información, Estadística e Indicadores Educativos de manera congruente con las diversas fuentes de información estadística nacional;
    Establecer lineamientos y coordinar la difusión de información, estadística e indicadores del sector educativo; y
    Proponer el calendario escolar aplicable en toda la República para cada ciclo lectivo de la educación preescolar, primaria y secundaria, así como la normal y demás para la formación de maestros de educación básica.
1.5.2 Dirección General de Evaluación de Políticas
Misión
Contribuir al fortalecimiento de la cultura de evaluación y la mejora de la calidad de la educación, mediante la evaluación del cumplimiento e impacto de la política educativa, la conceptuación, desarrollo y, en su caso la aplicación, análisis y difusión de evaluaciones educativas, así como la participación en evaluaciones nacionales e internacionales con el fin de proporcionar información pertinente y oportuna a las autoridades educativas para la toma de decisiones y la rendición de cuentas a la sociedad.
Funciones
    Evaluar de manera sistemática y permanente, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría y las entidades especializadas competentes, el desarrollo del sistema educativo nacional, el cumplimiento de las políticas, objetivos, programas, proyectos, actividades y compromisos establecidos en el Programa Nacional de Educación, así como el impacto de los mismos;
    Desarrollar y coordinar con las unidades administrativas y las instancias especializadas competentes, mecanismos de evaluación de la calidad y eficacia del sistema educativo nacional;
    Evaluar la correcta inversión de recursos públicos que haga la Secretaría, así como los resultados de las políticas y actividades a los que hayan sido asignados y, en su caso, proponer las medidas correctivas conducentes;
 
    Proponer, en coordinación con las instancias competentes, la política nacional de evaluación educativa;
    Contribuir al desarrollo y coordinación del Sistema Nacional de Evaluación Educativa;
    Proponer, en coordinación con las instancias que correspondan, la política de participación nacional en los programas y estudios de carácter internacional orientados a la determinación y uso de información estadística y de indicadores educativos;
    Analizar, en coordinación con las autoridades educativas locales, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y las demás instancias especializadas y unidades administrativas competentes, los criterios para la evaluación de los programas educativos, los procedimientos e instrumentos necesarios a fin de obtener los parámetros que permitan valorar el rendimiento escolar individual, por materia, grado, nivel y tipo educativo, así como el correspondiente al desempeño docente, contribuyendo, en caso necesario, a su desarrollo y aplicación;
    Proponer, en coordinación con las entidades especializadas y las unidades administrativas competentes, los lineamientos generales de evaluación que las autoridades educativas locales deban realizar; y
    Proponer las políticas, prioridades, programas y medidas de acción de carácter estratégico que pudieran derivarse de la evaluación del desarrollo educativo nacional, incluyendo las relativas al financiamiento, la certificación y acreditación de la calidad y la búsqueda de alternativas de educación continua y no escolarizada.
1.5.3 Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación
Misión
Promover una administración escolar eficiente que apoye la labor educativa; facilitar la participación de los particulares en la prestación de los servicios educativos; el tránsito de los educandos en el sistema educativo nacional, mediante políticas que agilicen las resoluciones de la autoridad en materia de revalidación y equivalencia de estudios; la acreditación de los conocimientos adquiridos de manera autodidacta, por la experiencia laboral o con base en el régimen de certificación referido a la formación para el trabajo; así como el otorgamiento de becas".
Funciones
    Acreditar y certificar, en coordinación con las unidades administrativas, órganos desconcentrados, entidades paraestatales agrupadas en el sector de la Secretaría y autoridades educativas locales competentes, los conocimientos y aptitudes adquiridos a través del sistema educativo nacional, expidiendo, en su caso, los certificados, títulos o grados que procedan;
    Establecer y difundir las normas correspondientes al control escolar, así como a los conocimientos y aptitudes adquiridos a través del sistema educativo nacional, en coordinación con las unidades administrativas y entidades competentes, además de verificar su cumplimiento;
    Proponer procedimientos por medio de los cuales se expidan certificados, constancias, diplomas o títulos a quienes acrediten conocimientos terminales que correspondan a cierto nivel educativo o grado escolar, adquiridos en forma autodidacta o a través de la experiencia laboral;
    Proponer, en coordinación con las instancias correspondientes de la Secretaría, lineamientos para el régimen de certificación aplicable en toda la República, relativo a la formación para el trabajo que se determine de manera conjunta con las demás autoridades del Ejecutivo Federal competentes;
    Proponer y evaluar las políticas de la Secretaría en materia de autorización y reconocimiento de validez oficial de estudios, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría y las autoridades educativas locales;
    Estudiar y resolver las solicitudes para otorgar autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, a particulares para impartir educación en aquellos casos en que dicha atribución no esté
encomendada a otras unidades administrativas de la Secretaría;
    Substanciar el procedimiento y emitir las resoluciones que revoquen o retiren la autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios respecto de los casos señalados en la función anterior;
    Proponer las normas y criterios generales que regulen un sistema nacional de créditos, de revalidación y de equivalencias que facilite el tránsito de educandos de un tipo o modalidad educativo a otro;
    Otorgar revalidación y equivalencia de estudios cuando dicha atribución no esté encomendada a otras unidades administrativas de la Secretaría;
    Inspeccionar y vigilar, en términos de la Ley General de Educación, los servicios educativos que se realicen en los planteles particulares incorporados al sistema educativo nacional que estén gestionando su incorporación a éste o que, sin estar incorporados, deban cumplir las disposiciones de la propia Ley y, en su caso, imponer las sanciones procedentes, cuando dicha atribución no esté encomendada a otra unidad administrativa;
    Establecer los mecanismos operativos que garanticen el cumplimiento por parte de los particulares de los requisitos pedagógicos de los planes y programas de educación inicial, así como de las medidas que establece la Ley General de Educación para impartirlas;
    Proponer lineamientos generales conforme a los cuales, los particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios otorgados por la Secretaría deban proporcionar becas;
    Operar programas de becas oficiales cuando dicha atribución no esté encomendada a otra unidad administrativa de la Secretaría;
    Proponer, de conformidad con las unidades administrativas competentes, las bases de coordinación que deban suscribirse entre la Secretaría y otras dependencias de la Administración Pública Federal; para la formulación de los planes y programas de estudio de las instituciones educativas establecidas por el Poder Ejecutivo Federal, por conducto de dichas dependencias.
    Elaborar y mantener actualizada la estadística de las escuelas particulares que funcionen con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios otorgados por la Secretaría;
    Evaluar e interpretar las normas en materia de autorización y de reconocimiento de validez oficial de estudios, así como asesorar a las demás unidades administrativas de la Secretaría, a sus órganos desconcentrados, a organismos públicos descentralizados y a las autoridades educativas locales, en el cumplimiento de éstas;
    Evaluar e interpretar las normas en materia de revalidación y de equivalencia de estudios, así como asesorar a las demás unidades administrativas de la Secretaría, a sus órganos desconcentrados, a sus organismos públicos descentralizados y a las autoridades educativas locales, en el cumplimiento de éstas, y
    Evaluar la prestación del servicio educativo en las escuelas particulares que funcionen con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios otorgados por la Secretaría.
1.5.4 Dirección General de Televisión Educativa
Misión
Brindar opciones para que todas las personas en México puedan ejercer su derecho a la educación, a través de medios electrónicos, de manera puntual hacia aquellas regiones con mayor rezago educativo.
Funciones
    Proponer políticas y normas para promover planes, programas y proyectos orientados al desarrollo de la comunicación y la informática educativa, tendientes a la ampliación y el mejoramiento de los servicios educativos en los diferentes tipos, niveles y modalidades de la educación;
    Proponer y promover normas y políticas para el desarrollo de planes, programas y proyectos orientados al desarrollo de la educación a distancia, en coordinación con las unidades administrativas o entidades competentes;
 
    Participar en la gestión de recursos para el apoyo de entidades especializadas que operan en el campo de la comunicación y la informática educativa;
    Proponer políticas para la coordinación de programas y proyectos desarrollados por las unidades administrativas y las entidades especializadas competentes en el campo de la comunicación y la informática educativa;
    Proponer y promover, en coordinación con las unidades administrativas competentes, normas y políticas orientadas al desarrollo de planes, programas y proyectos para preservar, sistematizar y facilitar el aprovechamiento del acervo de materiales educativos de carácter audiovisual, producidos con recursos públicos para los distintos tipos, niveles y modalidades de la educación;
    Realizar investigaciones y evaluaciones, en coordinación con la Dirección General de Evaluación de Políticas, para contribuir al desarrollo de la comunicación y a la informática educativa en los distintos tipos, niveles y modalidades de la educación;
    Promover la capacitación de profesionales de la producción audiovisual en el uso de los medios audiovisuales para fines educativos;
    Promover y asesorar el desarrollo de programas y proyectos de capacitación de docentes para la aplicación de los recursos audiovisuales con que se cuente en los distintos tipos, niveles y modalidades educativos, en coordinación con las unidades administrativas competentes;
    Desarrollar, en coordinación con unidades administrativas de la Secretaría y entidades competentes, los programas, proyectos y actividades de producción audiovisual que le sean requeridos y, en su caso, brindar servicios de apoyo para el uso de los recursos audiovisuales de carácter educativo que de ellos se deriven;
    Administrar, supervisar el funcionamiento y asesorar en el mantenimiento y operación de la "Red Edusat", en coordinación con las unidades administrativas competentes, considerando la opinión de las autoridades educativas locales en materia de diseño, programación y transmisión de canales de televisión;
    Atender los requerimientos de televisión y audiovisuales que en materia educativa indique el Secretario;
    Atender y desarrollar las iniciativas que emprenda la Secretaría en materia de educación a distancia;
    Impulsar la aplicación de nuevas tecnologías y el aprovechamiento de material audiovisual en el sistema educativo nacional;
    Diseñar y establecer sistemas de distribución de producciones audiovisuales educativas;
    Asesorar a las unidades administrativas de la Secretaría y entidades agrupadas en el sector educativo, en el desarrollo de programas y proyectos de innovación en materia de comunicación educativa, así como en la aplicación de tecnologías audiovisuales; y
    Expedir licencias a los locutores, cronistas y comentaristas de la radio y televisión.
1.5.5 Coordinación Nacional de Carrera Magisterial
Misión
Instrumentar las acciones y estrategias que posibiliten al Organo de Gobierno del Programa, a las áreas involucradas en su operación, tanto internas como de las entidades federativas, contar con los elementos de apoyo que les permitan dar continuidad a la profesionalización y el óptimo desempeño de los docentes de educación básica, así como seguir mejorando sus condiciones sociales y de trabajo y en consecuencia se coadyuve a elevar la calidad de la educación.
Funciones
    Coordinar la participación de la Secretaría en el seno de la Comisión Nacional de Carrera Magisterial y orientar dicha participación a la consecución de los objetivos del Programa Nacional de Carrera Magisterial y al fortalecimiento de su operación, con estricto apego a la normatividad que lo rige;
    Elaborar y proponer, a la Comisión Nacional de Carrera Magisterial para su análisis y aprobación, en su caso, proyectos que fortalezcan el desarrollo y la normativa del Programa, así como la distribución
equitativa de los recursos asignados para la incorporación y promoción en cada etapa;
    Promover, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, la profesionalización de los docentes a través de cursos de actualización y capacitación, tanto en el ámbito federal como en las entidades federativas, así como el mejoramiento de los procedimientos de evaluación de la preparación profesional de los docentes y del aprovechamiento escolar de los alumnos;
    Comunicar a las autoridades educativas de las entidades federativas el monto autorizado por la Comisión Nacional para dar dictamen sobre las incorporaciones y promociones y verificar, en coordinación con las instancias responsables del Programa en cada entidad, que el recurso se aplique de conformidad con los lineamientos correspondientes;
    Solicitar a las autoridades educativas de las entidades federativas, la información necesaria para llevar a cabo los procesos de seguimiento y evaluación del Programa Nacional de Carrera Magisterial;
    Integrar y mantener actualizados los registros de los docentes inscritos, incorporados y promovidos en carrera magisterial;
    Desarrollar y mantener actualizados, con el apoyo de las unidades administrativas competentes de la Secretaría, los sistemas de información y administración para la planeación y programación de la carrera magisterial;
    Capacitar y asesorar a las Coordinaciones de Carrera Magisterial en las entidades federativas, difundir el marco normativo y los resultados del Programa e intercambiar la información que propicie su mejor desarrollo; y
    Coadyuvar con la Dirección General de Asuntos Jurídicos, en la substanciación de los procedimientos judiciales y administrativos que se susciten con motivo de las resoluciones que versen sobre incorporaciones o promociones en el Programa Nacional de Carrera Magisterial y, en general, controversias que se presenten en relación con la interpretación y cumplimiento de las normas que rigen dicho Programa.
1.5.6 Coordinación de Organos Desconcentrados y del Sector Paraestatal
Misión
Apoyar al titular de la Secretaría de Educación Pública en el desempeño de sus funciones, en su carácter de coordinador del sector, con el propósito de mantener la coordinación operativa y asegurar el cumplimiento de las prioridades, objetivos y metas del sector educativo en el país.
Funciones
    Auxiliar al Secretario en las acciones de coordinación de las entidades paraestatales agrupadas en el sector a cargo de la Secretaría, así como en las de los órganos desconcentrados adscritos directamente al propio Secretario;
    Participar, de conformidad con los lineamientos de la Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas, en la definición de las políticas de programación y presupuesto del sector paraestatal coordinado por la Secretaría;
    Proponer, en coordinación con la Dirección General de Planeación y Programación, el establecimiento de políticas de desarrollo para las entidades paraestatales agrupadas en el sector a cargo de la Secretaría;
    Proponer y desarrollar mecanismos para conocer la operación de las entidades paraestatales del sector educativo, con el fin de evaluar los resultados de su desempeño;
    Establecer, en coordinación con las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, los sistemas de información necesarios para proporcionar los datos que se demanden acerca de las entidades del sector paraestatal coordinado por la Secretaría;
    Participar, de conformidad con los procedimientos establecidos en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y en los instrumentos jurídicos correspondientes, con el carácter de secretario técnico o equivalente, en los órganos de gobierno de las entidades paraestatales y en los vinculados con la administración de los órganos desconcentrados;
 
    Desarrollar estudios y opinar sobre la forma y términos en que se deba incorporar o desincorporar entidades correspondientes al sector coordinado por la Secretaría, con apego a las disposiciones legales aplicables; y
    Proponer las modificaciones a la naturaleza jurídica de las entidades agrupadas en el sector paraestatal, en coordinación con los titulares de las respectivas entidades, así como realizar las gestiones correspondientes.
Organo Interno de Control
Al frente del Organo Interno de Control habrá un Titular, quien será designado en los términos del artículo 37, fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, quien en el ejercicio de sus atribuciones se auxiliará por los titulares de las áreas de quejas, de responsabilidades, de auditoría interna y de auditoría de control y evaluación y apoyo al buen gobierno, quienes serán designados en los mismos términos.
Organos Desconcentrados
1.0.8 Instituto Politécnico Nacional
Misión
El Instituto Politécnico Nacional es una institución educativa del Estado, laica y gratuita, rectora de la educación tecnológica pública en México, líder en la generación, aplicación, difusión y transferencia del conocimiento científico y tecnológico, creada para contribuir al desarrollo económico, social y político de la nación. Para lograrlo, su comunidad forma integralmente profesionales en los niveles medio superior, superior y de posgrado; realiza investigación y extiende a la sociedad sus resultados con calidad, responsabilidad, ética, tolerancia y compromiso social.
Funciones
    Planear, ejecutar y evaluar sistemáticamente sus actividades;
    Impartir educación de tipo medio superior, de licenciatura, maestría y doctorado, cursos de capacitación técnica y de actualización, especialización y superación académica, en sus modalidades escolar y extraescolar, así como establecer opciones terminales previas a la conclusión de cada tipo educativo;
    Establecer y desarrollar los medios y procedimientos que permitan a los estudiantes incorporarse a los programas de investigación científica y tecnológica;
    Organizar sus planes y programas de estudio mediante, la creación de una estructura académica flexible que permita al educando, en cualquier tiempo y nivel de estudios, incorporarse al sistema productivo del país;
    Revalidar y reconocer estudios y establecer equivalencias en relación con los tipos educativos que imparta;
    Expedir constancias, certificados de estudio y otorgar diplomas, títulos profesionales y grados académicos;
    Prestar servicios de asesoría a los sectores público, social y privado, así como a los estados y municipios que lo soliciten, en la elaboración y desarrollo de planes y programas de investigación científica y tecnológica para la capacitación del personal de dichos sectores y entidades, así como para la solución de problemas específicos relacionados con los mismos y a los problemas concretos de la actividad tecnológica en lo general;
    Promover la creación de industrias y servicios que lo vinculen al sistema nacional de producción y le permitan coadyuvar al desarrollo de la comunidad;
    Participar en la constitución de asociaciones, sociedades y patronatos que tengan por objeto impulsar el desarrollo de sus actividades y coordinar a personas físicas o morales que contribuyan a la realización de las finalidades del Instituto;
    Programar y promover las actividades culturales, recreativas y deportivas que coadyuven al desarrollo armónico de la personalidad del educando, así como aquellas de interés para la comunidad
politécnica y para la sociedad en general;
    Patrocinar y organizar la realización de congresos, asambleas, reuniones, competencias, concursos y otros eventos de carácter educativo, científico, tecnológico, cultural y deportivo;
    Promover y editar obras que contribuyan a la difusión de la cultura y del conocimiento científico y tecnológico;
    Estimular a su personal para que participe en la elaboración de material didáctico, libros de texto y obras técnicas, científicas y culturales;
    Capacitar y procurar el mejoramiento profesional de su personal docente, técnico y administrativo;
    Establecer y utilizar sus propios medios de comunicación masiva y, mediante convenios especiales, los del Estado y de los particulares, para la extensión de sus servicios educativos, de difusión de la cultura y de información;
    Promover el intercambio científico, tecnológico y cultural con instituciones educativas y organismos nacionales, extranjeros e internacionales;
    Establecer comunicación permanente con sus egresados y promover su participación en las actividades del Instituto, para afirmar su vinculación con la comunidad politécnica;
    Organizar el servicio social que deben prestar sus alumnos y pasantes, mediante el establecimiento de un sistema integral y permanente, con programas unidisciplinarios y multidisciplinarios;
    Contribuir por medio del servicio social al mejoramiento de los ejidos, comunidades agrarias y zonas marginadas, así como mantener en forma permanente una brigada interdisciplinaria de servicio social que le permita coadyuvar en el auxilio a la población de las regiones declaradas zonas de desastre;
    Otorgar becas y otros medios de apoyo a estudiantes de escasos recursos económicos que cumplan con los requisitos de escolaridad y procedimientos acordados por el Consejo General Consultivo;
    Otorgar estímulos y recompensas a su personal de acuerdo con las disposiciones aplicables;
    Premiar a los estudiantes distinguidos del Instituto que obtengan los más altos promedios de calificaciones, además de promover y estimular a las asociaciones culturales, deportivas, técnicas y científicas que formen.
1.0.9 Consejo Nacional para la Cultura y las Artes
Misión
Acrecentar la equidad y la igualdad de oportunidades de desarrollo cultural a partir de la preservación y difusión del patrimonio cultural, en toda la variedad de sus manifestaciones tangibles e intangibles, pasadas y contemporáneas, así como a través del estímulo e impulso a la educación, a la creación y a la difusión de actividades artísticas y culturales, poniéndolas así al alcance de todos los mexicanos.
Funciones
    Promover y difundir la cultura y las artes;
    Ejercer, conforme a las disposiciones legales aplicables, las atribuciones que corresponden a la Secretaría de Educación Pública en materia de promoción y difusión de la cultura y las artes;
    Coordinar, conforme a las disposiciones legales aplicables, las acciones de las unidades administrativas e instituciones públicas que desempeñan actividades en las materias señaladas en la función, inclusive a través de medios audiovisuales de comunicación;
    Dar congruencia al funcionamiento y asegurar la coordinación de las entidades paraestatales que realicen funciones de promoción y difusión de la cultura y las artes, inclusive a través de medios audiovisuales de comunicación, agrupadas o que se agrupen en la subdivisión de cultura de la Secretaría de Educación Pública;
    Organizar la educación artística, bibliotecas públicas, museos, exposiciones artísticas y otros eventos de interés cultural;
    Establecer criterios culturales en la producción cinematográfica, de radio y televisión y en la industria
editorial;
    Fomentar las relaciones de orden cultural y artístico con los países extranjeros, en coordinación en la Secretaría de Relaciones Exteriores y decidir, o en su caso opinar, sobre el otorgamiento de becas para realizar investigaciones o estudios en estas materias;
    Planear, dirigir y coordinar las tareas relacionadas en las lenguas y culturas indígenas, fomentar la investigación en estas áreas y promover las tradiciones y el arte popular; y
    Diseñar y promover la política editorial en el subsector cultura y proponer directrices en relación con las publicaciones y programas educativos y culturales para televisión;
1.0.10 Instituto Nacional de Antropología e Historia
Misión
El Instituto Nacional de Antropología e Historia investiga, conserva y difunde el patrimonio arqueológico, antropológico, histórico y paleontológico, para impulsar el desarrollo humano integral y la consolidación de la soberanía nacional mediante el fortalecimiento de la diversidad cultural y las memorias de la sociedad.
Funciones
    Aplicar las leyes, reglamentos, decretos y acuerdos en las materias de su competencia, en los términos del artículo 3o. de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos;
    Efectuar investigaciones científicas que interesen a la Arqueología e Historia de México, a la Antropología y Etnografía de la población del país;
    Otorgar los permisos y dirigir las labores de restauración y conservación de monumentos arqueológicos e históricos que efectúen las autoridades de los estados y municipios, en los términos del artículo 7o. de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos;
    Proponer a la autoridad competente, la expedición de reglamentos que contengan normas generales y técnicas para la conservación y restauración de zonas y monumentos arqueológicos, históricos y paleontológicos, los cuales deberán ser aplicados en forma coordinada con los gobiernos estatales y municipales;
    Proponer al Secretario de Educación Pública la celebración de acuerdos de coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, tendientes a la mejor protección y conservación del patrimonio histórico, arqueológico y paleontológico de la nación y del carácter típico y tradicional de las ciudades y poblaciones;
    Promover, conjuntamente con los gobiernos de los estados y los municipios, la elaboración de manuales y cartillas de protección del patrimonio arqueológico, histórico y paleontológico, en su ámbito territorial, que adecuen los lineamientos nacionales de conservación y restauración a las condiciones concretas del estado y del municipio;
    Efectuar investigaciones científicas en las disciplinas antropológicas, históricas y paleontológicas, de índole teórica o aplicadas a la solución de problemas de la población del país y a la conservación y uso social del patrimonio respectivo;
    Realizar exploraciones y excavaciones con fines científicos y de conservación de las zonas y monumentos arqueológicos e históricos y de restos paleontológicos del país;
    Identificar, investigar, recuperar, rescatar, proteger, restaurar, rehabilitar, vigilar y custodiar, en los términos prescritos por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, los respectivos monumentos y zonas, así como los bienes muebles asociados a ellos;
    Investigar, identificar, recuperar y proteger las tradiciones, las historias orales y los usos, como herencia viva de la capacidad creadora y de la sensibilidad de todos los pueblos y grupos sociales del país;
 
    Proponer al ejecutivo federal las declaratorias de zonas y monumentos arqueológicos e históricos y de restos paleontológicos, sin perjuicio de la facultad del ejecutivo para expedirlas directamente;
    Llevar el registro público de las zonas y monumentos arqueológicos e históricos y de los restos paleontológicos;
    Establecer, organizar, mantener, administrar y desarrollar museos, archivos y bibliotecas especializadas en los campos de su competencia;
    Formular y difundir el catálogo del patrimonio histórico nacional, tanto de los bienes que son del dominio de la nación, como de los que pertenecen a particulares;
    Formular y difundir el catálogo de las zonas y monumentos arqueológicos e históricos y la carta arqueológica de la República;
    Publicar obras relacionadas con las materias de su competencia y participar en la difusión y divulgación de los bienes y valores que constituyen el acervo cultural de la nación, haciéndolos accesibles a la comunidad y promoviendo el respeto y uso social del patrimonio cultural;
    Impulsar, previo acuerdo del Secretario de Educación Pública, la formación de Consejos consultivos estatales para la protección y conservación del patrimonio arqueológico, histórico y paleontológico, conformados por instancias estatales y municipales, así como por representantes de organizaciones sociales, académicas y culturales que se interesen en la defensa de este patrimonio;
    Impartir enseñanza en las áreas de Antropología e Historia, conservación, restauración y museografía, en los niveles de técnico-profesional, profesional, de postgrado y de extensión educativa, así como acreditar estudios para la expedición de los títulos y grados correspondientes;
    Autorizar, controlar, vigilar y evaluar, en los términos de la legislación aplicable, las acciones de exploración y estudio que realicen en el territorio nacional misiones científicas extranjeras; y
    Realizar, de acuerdo con la Secretaría de Relaciones Exteriores, los trámites necesarios para obtener la devolución de los bienes arqueológicos o históricos que estén en el extranjero.
1.0.11 Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura
Misión
Preservar y difundir el patrimonio artístico nacional, difundir y promover la creación de las artes e impulsar la educación e investigación artística, con la participación de los tres niveles de gobierno y de la sociedad y con la finalidad de mejorar la calidad de vida de los mexicanos.
Funciones
    El cultivo, fomento, estímulo, creación e investigación de las bellas artes en las ramas de: la música, las artes plásticas, las artes dramáticas, la danza, las bellas letras en todos sus géneros y la arquitectura;
    La organización y desarrollo de la educación profesional en todas las ramas de las Bellas Artes, de la educación artística y literaria comprendida en la educación general que se imparte en los establecimientos de enseñanza preescolar, primaria, de segunda enseñanza y normal. Para su coordinación, planeación, organización y funcionamiento se creará un Consejo Técnico Pedagógico como órgano del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, que bajo la presidencia de su director se integrara con representantes de las dependencias técnicas correspondientes de la Secretaría de Educación Pública y con representantes de las dependencias también técnicas del propio Instituto;
    El fomento, la organización y la difusión de las Bellas Artes, inclusive las bellas letras, por todos los medios posibles y orientada esta última hacia el público en general y en especial hacia las clases populares y la población escolar; y
    El estudio y fomento de la televisión aplicada a la realización, en lo conducente, de las finalidades del
Instituto.
1.0.12 Radio Educación
Misión
Producir y transmitir programas radiofónicos, con el propósito de coadyuvar en el desarrollo educativo, cultural y cívico del público que sintoniza las frecuencias que opera la emisora, así como preservar el acervo sonoro de la institución e impulsar la creación de nuevas propuestas radiofónicas.
Funciones
    Operar las emisoras XEEP y XEPPM que corresponden respectivamente a las bandas de amplitud modulada y onda corta, de cuyos permisos es titular la Secretaría de Educación Pública, así como las demás frecuencias que se le asignen;
    Diseñar, producir, evaluar y difundir la programación de sus contenidos de, acuerdo a su plan de trabajo y a la normatividad vigente en la materia;
    Integrar y administrar la Fonoteca de Radio Educación;
    Proveer asistencia técnica y de producción radiofónica a las emisoras no lucrativas del país que así lo soliciten;
    Difundir programas de información y análisis;
    Promover la investigación científica y técnica en materia de radiodifusión.
1.0.13 Administración Federal de Servicios Educativos en el D.F.
Misión
Proporcionar de manera profesional y eficiente, servicios educativos de calidad en los niveles básico y normal en el Distrito Federal.
Funciones
    Ejercer las atribuciones que, conforme a la Ley General de Educación y demás disposiciones aplicables, corresponden a la Secretaría de Educación Pública en materia de prestación de servicios de educación inicial, preescolar, básica - incluyendo la indígena -, especial, así como la normal y las demás para la formación de maestros de educación básica, en el ámbito del Distrito Federal, salvo aquellas que las disposiciones legales o reglamentarias atribuyan expresamente al Titular de la Dependencia;
    Revalidar y otorgar equivalencias de estudios de educación básica, normal y demás para la formación de maestros de educación básica;
    Otorgar, negar y revocar autorización a los particulares para impartir la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás relativas a la formación de maestros de educación básica;
    Imponer, en su caso, las sanciones a que se refiere el Capítulo VIII de la Ley General de Educación; y
    Administrar el personal, así como los recursos materiales y presupuestarios que se le asignen.
1.0.14 Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte
Misión
Atender y resolver los recursos de apelación, arbitraje y amigable composición, presentados por los miembros del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte (SINADE) en contra de actos u omisiones de autoridades, organismos y entidades deportivas que lesionen sus derechos y prerrogativas.
Funciones
 
    Conocer y resolver, mediante el recurso de apelación, sobre las impugnaciones planteadas por cualesquiera de los miembros del SINADE en contra de actos, omisiones, decisiones, acuerdos o resoluciones emitidos por las autoridades, entidades y organismos deportivos que afecten los derechos, prerrogativas o estímulos establecidos a favor del recurrente en la Ley o en los reglamentos que de ella emanen.
    Intervenir como árbitro para dirimir las controversias que se susciten o puedan suscitarse como consecuencia de la promoción, organización y desarrollo de actividades deportivas y entre los deportistas o demás participantes en éstas, independientemente de que las partes pertenezcan o no al SINADE;
    Conceder la suspensión provisional y, en su caso definitiva, del acto impugnado, siempre y cuando no exista riesgo grave al orden público o disciplina deportiva de que se trate;
    Cuando el impugnante no sea autoridad, entidad u organismo deportivo, la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte (CAAD) podrá efectuar la suplencia en la deficiencia de la queja; y
    Imponer correcciones disciplinarias y medidas de apremio a todas aquellas personas físicas o morales, organismos y entidades deportivas por conducto de sus titulares que se nieguen a acatar o que no acaten en sus términos los acuerdos, decisiones, laudos y resoluciones emitidos por la propia Comisión.
1.1.6 Instituto Nacional del Derecho de Autor
Misión
Inscribir obras y contratos, otorgar reservas de derechos al uso exclusivo y salvaguardas a través de su registro para coadyuvar a evitar la piratería, promover la protección y el respeto al derecho de autor en el ámbito nacional e internacional, en los términos que establece la Ley Federal del Derecho de Autor. Otorgar números ISBN (International Standard Book Numbering) que permitan integrar un registro de editores de libros, de publicaciones periódicas, así como de las publicaciones a las que asignen los números para conocer la producción editorial nacional.
Funciones
    Proteger y fomentar el derecho de autor;
    Promover la creación de obras literarias y artísticas;
    Llevar el Registro Público del Derecho de Autor;
    Mantener actualizado su acervo histórico; y
    Promover la cooperación internacional y el intercambio con instituciones encargadas del registro y protección del derecho de autor y derechos conexos.
1.1.7 Universidad Pedagógica Nacional
Misión
La Universidad Pedagógica Nacional es una institución pública de educación superior con carácter de organismo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, que ofrece servicios de educación, nivelación y actualización profesional a egresados del nivel medio superior y profesores en servicio, a través de la oferta educativa en las modalidades escolarizada y no escolarizada, con el propósito de formar profesionales de la educación que contribuyan a la solución de los problemas del Sistema Educativo Nacional, mediante el dominio de las concepciones pedagógicas actuales.
Funciones
   Docencia de tipo superior;
   Investigación científica en materia educativa y disciplinas afines, y
   Difusión de conocimientos relacionados con la educación y la cultura en general.
En México, D.F., a 25 de febrero de 2008.- La Secretaria de Educación Pública, Josefina Eugenia Vázquez Mota.- Rúbrica.
 
 
 
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