DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo CCNO/12/2002 de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la prórroga del plazo de exclusión del turno de nuevos asuntos al Decimoprimer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, con residencia en el Distrito Federal   

Lunes 04 de Marzo 2002

PODER JUDICIAL

CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

ACUERDO CCNO/12/2002 de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la prórroga del plazo de exclusión del turno de nuevos asuntos al Decimoprimer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, con residencia en el Distrito Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.

ACUERDO CCNO/12/2002, DE LA COMISION DE CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA PRORROGA DEL PLAZO DE EXCLUSION DEL TURNO DE NUEVOS ASUNTOS AL DECIMOPRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL.

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO.- Que en términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción ll, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral; con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

TERCERO.- Que el artículo 17 constitucional establece, entre otras disposiciones, que los tribunales estarán expeditos para impartir justicia en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa, imparcial y gratuita;

CUARTO.- Que el artículo 81, fracción XXIV, de la citada Ley Orgánica, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos, las cuales fueron delegadas a la Comisión de Creación de Nuevos Organos, mediante el Acuerdo General 48/1998, del Pleno del propio Consejo;

QUINTO.- Que mediante el Acuerdo General 86/2001, relativo a la denominación, residencia, competencia, fecha de inicio de funcionamiento y jurisdicción territorial del Decimotercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, del Decimocuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y del Decimoquinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, con residencia en el Distrito Federal; así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del mencionado Circuito, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, excluyó del turno de nuevos asuntos, entre otros, al Decimoprimer Tribunal Colegiado de la materia y residencia mencionadas, hasta el veintiocho de febrero del dos mil dos;

SEXTO.- Que la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, realizó el análisis de las estadísticas correspondientes a los asuntos que actualmente se tramitan en los Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Primer Circuito, con residencia en el Distrito Federal.

Con base en lo anterior, la Comisión de Creación de Nuevos Organos, advierte que el número de asuntos radicados en el Decimoprimer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Circuito y sede mencionadas; exceden notoriamente a los existentes en los demás Tribunales Colegiados de la misma materia y Circuito; por lo que es necesario adoptar medidas que permitan la administración pronta, completa y eficaz de la justicia federal, mediante el equilibrio de las cargas de trabajo en los órganos jurisdiccionales, razón por la que se considera conveniente prorrogar el plazo de exclusión del turno de nuevos asuntos al tribunal colegiado citado en primer término.

En consecuencia, con fundamento en los preceptos constitucionales y legales invocados, así como en los Acuerdos Generales citados, la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente

ACUERDO

PRIMERO.- Se prorroga el plazo de exclusión de turno de nuevos asuntos al Decimoprimer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, con residencia en el Distrito Federal, por el lapso de un mes, al establecido en el punto QUINTO del Acuerdo General 86/2001.

El período de exclusión señalado comprenderá del uno al treinta y uno de marzo de dos mil dos; por ende, los nuevos asuntos que se reciban en ese lapso en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Primer Circuito, serán del conocimiento exclusivo del Primer, Segundo, Tercer, Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo, Noveno, Décimo, Decimosegundo, Decimotercer, Decimocuarto y Decimoquinto Tribunales Colegiados de la materia y Circuito mencionados; con excepción de aquellos que estén relacionados con los que se encuentren en trámite en el Octavo y Decimoprimer Tribunales Colegiados de la materia y sede aludidos, en cuyo supuesto se turnarán a estos últimos, con el propósito de evitar el pronunciamiento de resoluciones contradictorias; y las demás excepciones que procedan conforme a lo dispuesto en el Acuerdo General 50/2001, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.

SEGUNDO.- Una vez transcurrido el plazo señalado en el punto anterior, los nuevos asuntos se distribuirán entre los quince Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Primer Circuito; con las salvedades apuntadas, conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos.

TERCERO.- Al finalizar la prórroga otorgada, el presidente del tribunal excluido deberá informar sobre la productividad que se haya tenido a la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, la cual resolverá cualquier cuestión administrativa que se suscite con motivo de la aplicación e interpretación del presente acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Este acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.

SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

EL LICENCIADO CESAR THOME GONZALEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/12/2002, de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, Relativo a la Prórroga del Plazo de Exclusión del Turno de Nuevos Asuntos al Decimoprimer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, con residencia en el Distrito Federal, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el veintiséis de febrero de dos mil dos, por los señores Consejeros: Presidente José Guadalupe Torres Morales y Manuel Barquín Alvarez.- México, Distrito Federal, a veintiséis de febrero de dos mil dos.- Conste.- Rúbrica.


 DIARIO OFICIAL Lunes 4 de marzo de 2002


Lunes 4 de marzo de 2002 DIARIO OFICIAL 



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