NOTA aclaratoria a la Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Baleros y Refacciones, S.A. de C.V., publicada el 8 de julio de 2004.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Petroquímica Escolín, S.A. de C.V.- Area de Responsabilidades.- Expediente OIC/PAS/020/2003.- Oficio CI/01/146/2004.
Asunto: Nota aclaratoria.
NOTA ACLARATORIA A LA CIRCULAR OIC/PAS/020/2003, POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA BALEROS Y REFACCIONES, S.A. DE C.V., PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 8 DE JULIO DE 2004.
Con fecha 8 de julio de 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Oficio Circular número OIC/PAS/020/2003, misma que al rubro y en su primer párrafo dice textualmente: Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las Entidades Federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Baleros y Refacciones, S.A. de C.V. ; sin embargo, la denominación correcta de la empresa sancionada es Baleros y Refacciones de Tampico, S.A. de C.V., tal como se aprecia en el cuerpo de la Circular de mérito, por tanto, todas las referencias que se hicieron en la referida Circular que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de julio de 2004, como Baleros y Refacciones, S.A. de C.V., deben entenderse hechas a la empresa Baleros y Refacciones de Tampico, S.A. de C.V., sin existir variación alguna en la substancia de la resolución, por medio de la cual se sanciona a la empresa que nos ocupa.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Coatzacoalcos, Ver., a 9 de julio de 2004.- El Titular del Area Responsabilidades, Luis Guillermo Pineda Bernal.- Rúbrica.
DIARIO OFICIAL Viernes 23 de julio de 2004
Viernes 23 de julio de 2004 DIARIO OFICIAL
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