DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo CCNO/20/2002 de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la prórroga del plazo de exclusión del turno de asuntos nuevos al Segundo y Tercer Tribunales Colegiados del Decimoséptimo Circuito, con residencia en Chihuahua, Chihuahua; así como a la exclusión temporal del turno de asuntos nuevos al Primer Tribunal Colegiado del mencionado circuito y sede   

Miércoles 05 de Junio 2002

ACUERDO CCNO/20/2002 de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la prórroga del plazo de exclusión del turno de asuntos nuevos al Segundo y Tercer Tribunales Colegiados del Decimoséptimo Circuito, con residencia en Chihuahua, Chihuahua; así como a la exclusión temporal del turno de asuntos nuevos al Primer Tribunal Colegiado del mencionado circuito y sede.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.

ACUERDO CCNO/20/2002, DE LA COMISION DE CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA PRORROGA DEL PLAZO DE EXCLUSION DEL TURNO DE ASUNTOS NUEVOS AL SEGUNDO Y TERCER TRIBUNALES COLEGIADOS DEL DECIMOSEPTIMO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN CHIHUAHUA, CHIHUAHUA; ASI COMO A LA EXCLUSION TEMPORAL DEL TURNO DE ASUNTOS NUEVOS AL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL MENCIONADO CIRCUITO Y SEDE.

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO.- Que en términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción ll, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral; con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

TERCERO.- Que el artículo 17 constitucional establece, entre otras disposiciones, que los tribunales estarán expeditos para impartir justicia en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa, imparcial y gratuita;

CUARTO.- Que el artículo 81, fracción XXIV, de la citada Ley Orgánica, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos, las cuales fueron delegadas en la Comisión de Creación de Nuevos Organos, mediante el Acuerdo General 48/1998, del Pleno del propio Consejo;

QUINTO.- Que mediante Acuerdo CCNO/15/2002, de la Comisión de referencia relativo a la prórroga del plazo de exclusión del turno de nuevos asuntos al Segundo y Tercer Tribunales Colegiados del Decimoséptimo Circuito, con residencia en Chihuahua, Chihuahua, se señaló que el periodo de exclusión comprendería del uno de abril al treinta y uno de mayo de dos mil dos;

SEXTO.- Que los magistrados del Primer, Segundo y Tercer Tribunales Colegiados del Decimoséptimo Circuito, con sede en Chihuahua, Chihuahua, solicitaron, por una parte, que se prorrogara la exclusión del turno de asuntos nuevos otorgada en el citado Acuerdo CCNO/15/2002, y por otra, se excluyera del turno de asuntos nuevos al Primer Tribunal Colegiado del Circuito y residencia aludidos; con motivo de lo anterior, la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos, realizó el análisis de las estadísticas correspondientes a los asuntos que actualmente se tramitan en los cuatro Tribunales Colegiados del Decimoséptimo Circuito, con residencia en la mencionada ciudad;

SEPTIMO.- Que la Comisión de Creación de Nuevos Organos advierte que el número de asuntos radicados en el Primer, Segundo y Tercer Tribunales Colegiados del Decimoséptimo Circuito, con residencia en Chihuahua, Chihuahua, excede notoriamente a los existentes en el Quinto Tribunal Colegiado del Circuito y sede mencionados; por lo que es necesario adoptar medidas que permitan la administración pronta, completa y eficaz de la justicia federal, mediante el equilibrio de las cargas de trabajo en Tribunales Colegiados que residen en Chihuahua, razón por la que se considera conveniente prorrogar la exclusión del turno de nuevos asuntos al Segundo y Tercer Tribunales Colegiados del Decimoséptimo Circuito, con residencia en Chihuahua, así como excluir temporalmente de ese turno al Primer Tribunal Colegiado del Circuito y sede señalados.

En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente

ACUERDO

PRIMERO.- Se prorroga el plazo de exclusión del turno de asuntos nuevos establecido en el punto Primero del Acuerdo CCNO/15/2002 de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, para el Segundo y Tercer Tribunales Colegiados del Decimoséptimo Circuito, con residencia en Chihuahua, Chihuahua, por un lapso de quince días; asimismo, se excluye temporalmente del turno de asuntos nuevos al Primer Tribunal Colegiado del Circuito y sede señalados, por un término de quince días.

Los periodos de prórroga y exclusión aludidos comprenderán del uno al quince de junio de dos mil dos; por ende, los asuntos nuevos que se reciban en el lapso indicado en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados del Decimoséptimo Circuito, con residencia en Chihuahua, Chihuahua, serán del conocimiento del Quinto Tribunal Colegiado del citado Circuito; con excepción de aquellos que estén relacionados con los que se encuentren en trámite en el Primer, Segundo y Tercer Tribunales Colegiados del Circuito y residencia aludidos, en cuyo supuesto se turnarán a estos últimos, con el propósito de evitar el pronunciamiento de resoluciones contradictorias, y las demás excepciones que procedan conforme a lo dispuesto en el Acuerdo General 23/2002, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.

SEGUNDO.- Una vez transcurrido el plazo señalado en el punto de acuerdo anterior, los nuevos asuntos se distribuirán entre los cuatro Tribunales Colegiados del Decimoséptimo Circuito, con residencia en Chihuahua, Chihuahua, con las salvedades apuntadas, conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos.

TERCERO.- Al finalizar la prórroga y exclusión otorgadas, los presidentes de los tribunales excluidos deberán informar sobre los resultados obtenidos a la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, la cual resolverá cualquier cuestión administrativa que se suscite con motivo de la aplicación del presente acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Este acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.

SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

EL LICENCIADO CESAR THOME GONZALEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/20/2002, de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la Prórroga del Plazo de Exclusión del Turno de Nuevos Asuntos al Segundo y Tercer Tribunales Colegiados del Decimoséptimo Circuito, con residencia en Chihuahua, Chihuahua; así como la Exclusión Temporal del turno de nuevos asuntos al Primer Tribunal Colegiado del mencionado Circuito y sede, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada extraordinaria celebrada el treinta de mayo de dos mil dos, por los señores Consejeros: Presidente José Guadalupe Torres Morales y Manuel Barquín Alvarez.- México, Distrito Federal, a treinta de mayo de dos mil dos.- Conste.- Rúbrica.


(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 5 de junio de 2002


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