DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Nota aclaratoria al Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, publicado el 14 de junio de 2002   

Lunes 29 de Julio 2002

NOTA aclaratoria al Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, publicado el 14 de junio de 2002.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.

NOTA ACLARATORIA AL ESTATUTO ORGANICO DEL INSTITUTO PARA LA PROTECCION AL AHORRO BANCARIO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 14 DE JUNIO DE 2002. (R.- 162875)

En la Primera Sección, página 85, segundo renglón del párrafo XII del artículo 33, dice:

Realizar la contratación, en colaboración con el titular de la Dirección General Jurídica de Protección al Ahorro, de servicios relacionados con las actividades y operaciones mencionadas en la fracción anterior.

Debe decir:

Realizar la contratación, en colaboración con el titular de la Dirección General Jurídica de Protección al Ahorro, de servicios relacionados con las actividades y operaciones de tesorería y programación financiera.

En la Primera Sección, página 85, primer renglón del artículo 34, dice:

ARTICULO 34.- Corresponde a la Dirección General de Activos Corporativos el ejercicio de las siguientes atribuciones: . . .

Debe decir:

ARTICULO 34.- Corresponde a la Dirección General de Bienes Corporativos el ejercicio de las siguientes atribuciones: . . .

México, D.F., a 3 de julio de 2002.- El Secretario Ejecutivo, Julio César Méndez Rubio.- Rúbrica.- El Secretario de la Junta de Gobierno, Luis García Vallarta Zepeda.- Rúbrica.

(R.- 164830)


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