DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Resolución por la que se da cumplimiento a la sentencia de la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, de fecha 27 de septiembre de 2001, relativa al juicio fiscal promovido por Contactos Universales Incorporados, S.A. de C.V., con relación a la resolución por la cual se resuelve el recurso de revocación interpuesto por dicha empresa, en contra de la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de papel bond cortado, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 4823.59.99 de la entonces Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia, publicada el 28 de octubre de 1998   

Martes 03 de Diciembre 2002

Resolución por la que se da cumplimiento a la sentencia de la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, de fecha 27 de septiembre de 2001, relativa al juicio fiscal promovido por Contactos Universales Incorporados, S.A. de C.V., con relación a la resolución por la cual se resuelve el recurso de revocación interpuesto por dicha empresa, en contra de la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de papel bond cortado, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 4823.59.99 de la entonces Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia, publicada el 28 de octubre de 1998.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

  RESOLUCION POR LA QUE SE DA CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DE LA SEGUNDA SECCION DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, DE FECHA 27 DE SEPTIEMBRE DE 2001, RELATIVA AL JUICIO FISCAL PROMOVIDO POR CONTACTOS UNIVERSALES INCORPORADOS, S.A. DE C.V., CON RELACION A LA RESOLUCION POR LA CUAL SE RESUELVE EL RECURSO DE REVOCACION INTERPUESTO POR DICHA EMPRESA, EN CONTRA DE LA RESOLUCION FINAL DE LA INVESTIGACION ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE PAPEL BOND CORTADO, MERCANCIA CLASIFICADA EN LA FRACCION ARANCELARIA 4823.59.99 DE LA ENTONCES TARIFA DE LA LEY DEL IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACION, ORIGINARIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE OCTUBRE DE 1998.

  En cumplimiento a la sentencia de la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, relativa al juicio fiscal número 3378/99-06-01-4/47/00-s2-07-01, promovido por la empresa Contactos Universales Incorporados, S.A. de C.V., la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en adelante la Secretaría, emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

  Resolución definitiva

  1. El 28 de octubre de 1998, la Secretaría publicó en el Diario Oficial de la Federación, en lo sucesivo DOF, la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de papel bond cortado, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 4823.59.99 de la entonces Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia, imponiendo diversas cuotas compensatorias.

  Juicio de nulidad

  2. Como resultado del juicio fiscal presentado por Contactos Universales, S.A. de C.V., en lo sucesivo Contactos Universales, el 27 de septiembre de 2001, la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa dictó sentencia a favor de dicha empresa. Esta sentencia quedó firme el 24 de junio de 2002 al desecharse el recurso de revocación interpuesto por la Secretaría.

CONSIDERANDO

  Competencia

  3. La Secretaría de Economía es competente para emitir la presente Resolución conforme a lo dispuesto en los artículos 16 y 34 fracciones V y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 fracción VII de la Ley de Comercio Exterior; 1, 2, 3, 4, 6 y 14 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y 239 del Código Fiscal de la Federación.

  Cumplimiento de la ejecutoria

  4. Con base en los hechos que se derivan de los resultandos mencionados con anterioridad, y en estricto cumplimiento de la ejecutoria a que se refiere el punto 2 de esta Resolución, la Secretaría procede a emitir la siguiente:

RESOLUCION

  5. Se deja sin efectos únicamente para la empresa importadora Contactos Universales Incorporados, S.A. de C.V., la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de papel bond cortado, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 4823.59.99 de la entonces Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia, así como la resolución por la que se resuelve el recurso administrativo de revocación interpuesto por la empresa Contactos Universales Incorporados, S.A. de C.V., contra la resolución final mencionada anteriormente, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 1998 y el 16 de junio de 1999, respectivamente.

  6. Hágase del conocimiento de la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el cumplimiento de la ejecutoria pronunciada el 27 de septiembre de 2001, relativa al juicio fiscal número 3378/99-06-01-4/47/00-s2-07-01.

  7. Comuníquese esta Resolución a la Administración General de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para los efectos legales correspondientes.

  8. Notifíquese esta Resolución a la empresa Contactos Universales Incorporados, S.A. de C.V.

  9. Archívese como caso total y definitivamente concluido.

  10. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  México, D.F., a 22 de noviembre de 2002.- El Secretario de Economía, Luis Ernesto Derbez Bautista.- Rúbrica.


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