DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Decreto por el que se reforman las fracciones V y VI del Artículo 1068 del Código de Comercio   

Miércoles 26 de Abril 2006

DECRETO por el que se reforman las fracciones V y VI del Artículo 1068 del Código de Comercio.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

  VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

  Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

  "EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:

SE REFORMAN LAS FRACCIONES V Y VI DEL ARTÍCULO 1068 DEL CODIGO DE COMERCIO.

  Artículo Único.- Se reforman las fracciones V y VI del artículo 1068 del Código de Comercio, para quedar como sigue:

  Artículo 1068.-....

  ......

  I. a IV. ...

  V. Por correo certificado, y

  VI. Por telégrafo certificado.

TRANSITORIO

  Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  México, D.F., a 16 de marzo de 2006.- Dip. Marcela González Salas P., Presidenta.- Sen. Enrique Jackson Ramírez, Presidente.- Dip. Patricia Garduño Morales, Secretaria.- Sen. Micaela Aguilar González, Secretaria.- Rúbricas."

  En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinte días del mes de abril de dos mil seis.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Carlos María Abascal Carranza.- Rúbrica.


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