DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Nota Aclaratoria al Acuerdo por el que se regula el otorgamiento del premio Genaro Estrada y el Consejo Consultivo del Acervo Histórico Diplomático de la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicado el 2 de marzo de 2006   

Jueves 25 de Mayo 2006

NOTA Aclaratoria al Acuerdo por el que se regula el otorgamiento del premio Genaro Estrada y el Consejo Consultivo del Acervo Histórico Diplomático de la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicado el 2 de marzo de 2006.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.

NOTA ACLARATORIA AL ACUERDO POR EL QUE SE REGULA EL OTORGAMIENTO DEL PREMIO GENARO ESTRADA Y EL CONSEJO CONSULTIVO DEL ACERVO HISTORICO DIPLOMATICO DE LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 2 DE MARZO DE 2006.

El artículo tercero dice:

V. El jurado estará compuesto por los cinco consejeros titulares del Acervo Histórico Diplomático, a que se refiere el artículo tercero fracción III del presente Acuerdo, la decisión se adoptará por mayoría de votos, su fallo será inapelable y, en caso de así considerarlo el jurado, el premio podrá declararse desierto, y

Debe decir:

V. El jurado estará compuesto por los cinco consejeros titulares del Acervo Histórico Diplomático, a que se refiere el artículo quinto, fracción III del presente Acuerdo, la decisión se adoptará por mayoría de votos, su fallo será inapelable y, en caso de así considerarlo el jurado, el premio podrá declararse desierto, y

El artículo cuarto dice:

El Consejo Consultivo del Acervo Histórico Diplomático de la Secretaría tiene como propósito dar asesoría académica a los trabajos de dicho Acervo, por lo que se integrará por personalidades del mundo académico, quienes que con sus sugerencias y recomendaciones contribuirán a ampliar la visión y el alcance de sus investigaciones y publicaciones, así como apoyarán los trabajos que llevan a cabo los archivos, la biblioteca y la fototeca que forman parte del referido Acervo.

Debe decir:

El Consejo Consultivo del Acervo Histórico Diplomático de la Secretaría tiene como propósito dar asesoría académica a los trabajos de dicho Acervo, por lo que se integrará por personalidades del mundo académico, quienes con sus sugerencias y recomendaciones contribuirán a ampliar la visión y el alcance de sus investigaciones y publicaciones, así como apoyar los trabajos que llevan a cabo los archivos, la biblioteca y la fototeca que forman parte del referido Acervo.

El artículo quinto dice:

IV. La Presidencia del Consejo Consultivo podrá invitar a otras personas con conocimiento del tema, que quedarán excluidas del artículo séptimo fracción V.

Debe decir:

IV. La Presidencia del Consejo Consultivo podrá invitar a otras personas con conocimiento del tema, que quedarán excluidas del artículo sexto, fracción IV.

Dado en Tlatelolco, D.F., a los diecisiete días del mes de mayo de dos mil seis.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Luis Ernesto Derbez Bautista.- Rúbrica.


(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 25 de mayo de 2006


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