DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo del Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, por el que se expide el Manual de Organización General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado   

Viernes 26 de Mayo 2006

ACUERDO del Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, por el que se expide el Manual de Organización General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.-Dirección General.

  ACUERDO DEL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, POR EL QUE SE EXPIDE EL MANUAL DE ORGANIZACION GENERAL DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.

  ENRIQUE MORENO CUETO, Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con fundamento en los artículos 163 fracción VI de la Ley del ISSSTE y 21 fracción VII del Estatuto Orgánico del propio Instituto, y

CONSIDERANDO

  Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 establece como una de sus estrategias básicas, impulsar una mejora regulatoria interna en la Administración Pública Federal que facilite la actividad gubernamental y garantice la aplicación de controles indispensables. Así también, establecer programas de mejora continúa en los procesos, organización y desempeño de las instituciones y de los servidores públicos, con objeto de hacer esfuerzos integrales y coordinados para la transparencia y el combate a la corrupción.

  Que por Acuerdo del Director General de fecha 22 de abril de 2003, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio del mismo año, fue creado el Comité de Mejora Regulatoria Interna (COMERI), como Organo Colegiado Institucional que tiene por objeto actualizar el Marco Jurídico Administrativo que regula la operación y funcionamiento del Instituto.

  Que por acuerdo COMERI/S4/02/ABRIL/2004, emitido por el Comité de Mejora Regulatoria Interna, se estableció que los manuales de organización de las áreas a nivel central se deberán registrar parcialmente, con la idea de que al final se libere un solo documento.

  Que con fecha 7 de mayo de 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de la Junta Directiva número 27.1288.2004, mediante el cual se aprobaron adecuaciones a la estructura básica de organización del Instituto, así como reformas, adiciones y derogaciones de diversas disposiciones del Estatuto Orgánico de este Instituto de Seguridad Social, en cuyo artículo tercero transitorio se ordena la expedición de los manuales de Organización y de Procedimientos a que se refiere dicho Acuerdo.

  Que con motivo de las citadas reformas, el Director General del Instituto ha autorizado los acuerdos de expedición de los Manuales de Organización Específicos de las Subdirecciones Generales Jurídica y de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales; de las Coordinaciones Generales de Comunicación Social, de Transformación y Desarrollo Institucional, de Administración, de Desarrollo Delegacional, así como del Fondo de la Vivienda, del Sistema de Agencias Turísticas TURISSSTE, del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias y del Organo Interno de Control en el ISSSTE, publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 1 de febrero de 2005, 26 de mayo de 2005, 17 de junio de 2004, 16 de febrero de 2005, 6 de septiembre de 2005, 4 de octubre de 2004, 23 de diciembre de 2003, 19 de noviembre de 2003, 24 de octubre de 2003 y el 24 de febrero de 2006, respectivamente.

  Que la Subdirección de Personal, con fundamento en la Guía de Servicios emitida por el titular de la Unidad de Servicio Civil de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para registrar, dar seguimiento y supervisar las modificaciones a las estructuras orgánicas ocupacionales, que bajo la responsabilidad del Oficial Mayor de la Dependencia o su equivalente en las Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal hayan sido aprobadas, expedida el 2 de mayo de 2001, cotejó la estructura orgánica registrada de las unidades centrales y desconcentradas, contenidas en este Manual.

  Que en razón de lo anterior, con la colaboración de las áreas involucradas, se elaboró el Manual de Organización General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, mismo que fue revisado y dictaminado por la Coordinación General de Transformación y Desarrollo Institucional y por la Subdirección General Jurídica, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

  ARTICULO PRIMERO.- Se expide el Manual de Organización General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

  ARTICULO SEGUNDO.- El Manual indicado en el artículo anterior, formará parte de la normatividad vigente y deberá incluirse en el Prontuario Normativo Institucional del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y, por lo tanto, será de observancia obligatoria.

  ARTICULO TERCERO.- La Subdirección General Jurídica, con la colaboración de la Coordinación General de Comunicación Social, deberá dar la publicidad necesaria al Manual que se expide a través del presente Acuerdo, entre los servidores públicos de las unidades administrativas centrales y desconcentradas del Instituto, a fin de garantizar su debida aplicación y cumplimiento.

  ARTICULO CUARTO.- La Subdirección de lo Consultivo, dependiente de la Subdirección General Jurídica, realizará los trámites correspondientes para que el contenido de dicho instrumento sea publicado electrónicamente, a más tardar, durante los diez días siguientes a la publicación en el Diario Oficial de la Federación del presente Acuerdo, en la dirección electrónica http://www.issste.gob.mx, en el Portal Servicios Institucionales Vía Internet (ISSSTEnet), dentro de la Normateca Electrónica Institucional.

  ARTICULO QUINTO.- El Manual de referencia será objeto de un proceso continuo y permanente de actualización, por lo cual, toda propuesta de reforma, adición o derogación que se pretenda realizar a su contenido, deberá ser previamente analizada por las Unidades Administrativas Centrales y Desconcentradas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para que en caso de proceder, la valide y someta a la consideración de la Coordinación General de Transformación y Desarrollo Institucional y de la Subdirección General Jurídica, para su revisión, dictaminación y registro correspondiente.

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- El Manual a que se refiere este Acuerdo, entrará en vigor al día siguiente de la publicación del presente en el Diario Oficial de la Federación.

  SEGUNDO.- El Manual que se expide estará a disposición de los interesados para su consulta en forma impresa en la Subdirección de lo Consultivo de la Subdirección General Jurídica y en medios magnéticos u ópticos en la Normateca Electrónica Institucional.

  TERCERO.- Se abroga del Manual de Organización General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, aprobado por Acuerdo de la Dirección General del ISSSTE, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de diciembre de 1999, a excepción de los apartados correspondientes a las Subdirecciones Generales Médica y de Finanzas, que actualmente se encuentran en proceso de autorización.

  Así como cualquier otra disposición del mismo nivel que se oponga al Manual que se expide mediante este Acuerdo.

  México, D.F., a 22 de mayo de 2006.- El Director General, Enrique Moreno Cueto.- Rúbrica.

  (R.- 231040)


(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 26 de mayo de 2006


Viernes 26 de mayo de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 



En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor.