Resolución por la que se modifican las Disposiciones de Carácter General aplicables a las instituciones de crédito (Continúa de la Segunda Sección)
(Viene de la Segunda Sección)
| Reporte Regulatorio de Calificación de Créditos Comerciales | |||||||||||||||||
| Subreporte: Riesgo Crediticio y Reservas de la Cartera Comercial | |||||||||||||||||
| R04 D 0451 | |||||||||||||||||
| Subreporte: Riesgo Crediticio y Reservas de la Cartera Comercial | |||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizadas en pesos | |||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||
| 3. Composición de las reservas preventivas totales (método individualizado) | |||||||||||||||||
| Composición de las Reservas Preventivas | Saldo Actual de las Reservas | Saldo de las Reservas (trimestre anterior) | Variación | ||||||||||||||
| A-1 | |||||||||||||||||
| A-2 | |||||||||||||||||
| B-1 | |||||||||||||||||
| B-2 | |||||||||||||||||
| B-3 | |||||||||||||||||
| C-1 | |||||||||||||||||
| C-2 | |||||||||||||||||
| D | |||||||||||||||||
| E | |||||||||||||||||
| Total Constituido | |||||||||||||||||
| 4. Composición de las reservas preventivas totales (método no individualizado) | |||||||||||||||||
| Composición de las Reservas Preventivas | Saldo Actual de las Reservas | Saldo de las Reservas (trimestre anterior) | Variación | ||||||||||||||
| A-1 | |||||||||||||||||
| A-2 | |||||||||||||||||
| B-1 | |||||||||||||||||
| B-2 | |||||||||||||||||
| B-3 | |||||||||||||||||
| C-1 | |||||||||||||||||
| C-2 | |||||||||||||||||
| D | |||||||||||||||||
| E | |||||||||||||||||
| Total Constituido | |||||||||||||||||
| 5. Montos clave del desempeño de la calidad de los créditos comerciales | |||||||||||||||||
| Concepto | Saldo Trimestre Actual | Saldo Trimestre Anterior | Variación | ||||||||||||||
| Reservas preventivas (totales) | |||||||||||||||||
| Reservas para créditos vigentes | |||||||||||||||||
| Reservas para créditos vencidos | |||||||||||||||||
| Castigos netos | |||||||||||||||||
| Monto de créditos vigentes | |||||||||||||||||
| Monto de créditos vencidos | |||||||||||||||||
| Cartera vencida (0-29 días) | |||||||||||||||||
| Cartera vencida (30-59 días) | |||||||||||||||||
| Cartera vencida (60-89 días) | |||||||||||||||||
| Cartera vencida (90-179 días) | |||||||||||||||||
| Cartera vencida (180-365 días) | |||||||||||||||||
| Cartera vencida (>365 días) | |||||||||||||||||
| Monto de cuentas con incumplimiento | |||||||||||||||||
| Cartera con incumplimiento (0-29 días) | |||||||||||||||||
| Cartera con incumplimiento (30-59 días) | |||||||||||||||||
| Cartera con incumplimiento (60-89 días) | |||||||||||||||||
| BANCA COMERCIAL | |||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Calificación de Créditos Comerciales | ||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Riesgo Crediticio y Reservas de la Cartera Comercial de los Fideicomisos en Udis | ||||||||||||||||||||||
| R04 D 0452 | ||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Riesgo Crediticio y Reservas de la Cartera Comercial de los Fideicomisos en Udis | ||||||||||||||||||||||
| Incluye: Udis valorizadas en pesos | ||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||||||||||||||||
| 1. Composición de la cartera conforme a la calificación mediante el método individualizado | ||||||||||||||||||||||
| Calificaciones de Riesgo del Deudor | Saldo Actual | Saldo Anterior | Variación +/- | Migraciones Mejoras: Saldo | Migraciones Descensos: Saldo | Nuevas Calificaciones de Riesgo: Saldo | Créditos Cancelados: Saldo | |||||||||||||||
| A-1 | ||||||||||||||||||||||
| A-2 | ||||||||||||||||||||||
| B-1 | ||||||||||||||||||||||
| B-2 | ||||||||||||||||||||||
| B-3 | ||||||||||||||||||||||
| C-1 | ||||||||||||||||||||||
| C-2 | ||||||||||||||||||||||
| D | ||||||||||||||||||||||
| E | ||||||||||||||||||||||
| Calificaciones de Riesgo por Operaciones Crediticias | Saldo Actual | Saldo Anterior | Variación +/- | Migraciones Mejoras: Saldo | Migraciones Descensos: Saldo | Nuevas calificaciones de Riesgo: Saldo | Créditos Cancelados: Saldo | |||||||||||||||
| A-1 | ||||||||||||||||||||||
| A-2 | ||||||||||||||||||||||
| B-1 | ||||||||||||||||||||||
| B-2 | ||||||||||||||||||||||
| B-3 | ||||||||||||||||||||||
| C-1 | ||||||||||||||||||||||
| C-2 | ||||||||||||||||||||||
| D | ||||||||||||||||||||||
| E | ||||||||||||||||||||||
| Calificación de Riesgo por Operaciones Crediticias | Migración a Pérdida (durante el trimestre) Saldo Llevado a E | Migración a Pérdida (del 1 de enero a la fecha) Saldo Llevado a E | ||||||||||||||||||||
| A-1 | ||||||||||||||||||||||
| A-2 | ||||||||||||||||||||||
| B-1 | ||||||||||||||||||||||
| B-2 | ||||||||||||||||||||||
| B-3 | ||||||||||||||||||||||
| C-1 | ||||||||||||||||||||||
| C-2 | ||||||||||||||||||||||
| D | ||||||||||||||||||||||
| 2. Composición de la calificación mediante el método no individualizado | ||||||||||||||||||||||
| Calificaciones de Riesgo por Operaciones Crediticias | Saldo Actual | Saldo Anterior | Variación +/- | Migraciones Mejoras: Saldo | Migraciones Descensos: Saldo | Nuevas Calificaciones de Riesgo: Saldo | Créditos Cancelados: Saldo | |||||||||||||||
| A-1 | ||||||||||||||||||||||
| A-2 | ||||||||||||||||||||||
| B-1 | ||||||||||||||||||||||
| B-2 | ||||||||||||||||||||||
| B-3 | ||||||||||||||||||||||
| C-1 | ||||||||||||||||||||||
| C-2 | ||||||||||||||||||||||
| D | ||||||||||||||||||||||
| E | ||||||||||||||||||||||
| Nota: Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | ||||||||||||||||||||||
| BANCA COMERCIAL | ||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Calificación de Créditos Comerciales | ||||||||||
| Subreporte: Riesgo Crediticio y Reservas de la Cartera Comercial de los Fideicomisos en UDIS | ||||||||||
| R04 D 0452 | ||||||||||
| Subreporte: Riesgo Crediticio y Reservas de la Cartera Comercial de los Fideicomisos en UDIS | ||||||||||
| Incluye: Udis valorizadas en pesos | ||||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||||
| 3. Composición de las reservas preventivas totales (método individualizado) | ||||||||||
| Composición de las Reservas Preventivas | Saldo Actual de las Reservas | Saldo de las Reservas (trimestre anterior) | Variación | |||||||
| A-1 | ||||||||||
| A-2 | ||||||||||
| B-1 | ||||||||||
| B-2 | ||||||||||
| B-3 | ||||||||||
| C-1 | ||||||||||
| C-2 | ||||||||||
| D | ||||||||||
| E | ||||||||||
| Total Constituido | ||||||||||
| 4. Composición de las reservas preventivas totales (método no individualizado) | ||||||||||
| Composición de las Reservas Preventivas | Saldo Actual de las Reservas | Saldo de las Reservas (trimestre anterior) | Variación | |||||||
| A-1 | ||||||||||
| A-2 | ||||||||||
| B-1 | ||||||||||
| B-2 | ||||||||||
| B-3 | ||||||||||
| C-1 | ||||||||||
| C-2 | ||||||||||
| D | ||||||||||
| E | ||||||||||
| Total Constituido | ||||||||||
| 5. Montos clave del desempeño de la calidad de los créditos comerciales | ||||||||||
| Concepto | Saldo Trimestre Actual | Saldo Trimestre Anterior | Variación | |||||||
| Reservas preventivas (totales) | ||||||||||
| Reservas para créditos vigentes | ||||||||||
| Reservas para créditos vencidos | ||||||||||
| Castigos netos | ||||||||||
| Monto de créditos vigentes | ||||||||||
| Monto de créditos vencidos | ||||||||||
| Cartera vencida (0-29 días) | ||||||||||
| Cartera vencida (30-59 días) | ||||||||||
| Cartera vencida (60-89 días) | ||||||||||
| Cartera vencida (90-179 días) | ||||||||||
| Cartera vencida (180-365 días) | ||||||||||
| Cartera vencida (>365 días) | ||||||||||
| Monto de cuentas con incumplimiento | ||||||||||
| Cartera con incumplimiento (0-29 días) | ||||||||||
| Cartera con incumplimiento (30-59 días) | ||||||||||
| Cartera con incumplimiento (60-89 días) | ||||||||||
| BANCA COMERCIAL | ||||||||||
RO4 CARTERA DE CREDITO
RO4 E REPORTE REGULATORIO DE CARTERA DE CREDITO
(DESAGREGADO DE DISOLUCION DE OPERACIONES CREDITICIAS)
INSTRUCCIONES DE LLENADO
El reporte regulatorio de Cartera de Crédito (Desagregado de Disolución de Operaciones Crediticias) se integra de un solo subreporte.
La frecuencia de elaboración y presentación de este reporte debe ser mensual.
SUBREPORTE
| RO4 E 0461 | Desagregado de Disolución de Operaciones Crediticias En este subreporte se solicita la forma de disolución de cada operación que haya sido liquidada, renovada, reestructurada, etc. en el periodo y que por lo tanto dejó de reportarse en el subreporte R04 C 0441 Desagregado de Créditos Comerciales o que las condiciones establecidas previamente en dicho reporte cambiaron y por lo tanto, cambió el número de crédito. |
Para el llenado del reporte regulatorio de Cartera de Crédito (Desagregado de Disolución de Operaciones Crediticias) es necesario tener en consideración los aspectos siguientes:
Los datos que se refieran a saldos y montos, se deben presentar en moneda nacional, Udis valorizadas en pesos y moneda extranjera valorizada en pesos, utilizando el tipo de cambio indicado en los criterios contables vigentes. Dichos montos y saldos, deben presentarse en pesos redondeados, sin decimales, sin comas, sin puntos y con cifras positivas, por ejemplo: $20,585.70 sería 20586.
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte regulatorio de Cartera de Crédito (Desagregado de Disolución de Operaciones Crediticias) se llevará a cabo por medio del formato siguiente:
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 | Columna 5 | Columna 6 |
| Periodo | Clave de la Entidad | Subreporte | Número de Secuencia | Nombre del Deudor | Número del Deudor |
| Columna 7 | Columna 8 | Columna 9 | Columna 10 | Columna 11 | Columna 12 |
| R.F.C. | Número del Crédito | Responsabilidad Total a la Fecha de Disolución | Principal a la Fecha de Disolución | Intereses a la Fecha de Disolución | Liquidación en Efectivo (Monto) |
| Columna 13 | Columna 14 | Columna 15 | Columna 16 | Columna 17 | Columna 18 |
| Activo Recibido Como Dación en Pago | Dación en Pago (Monto) | Activo Recibido en Adjudicación | Adjudicación (Monto) | Nuevo Número del Crédito por Reestructura | Principal Reestructurado (Monto) |
| Columna 19 | Columna 20 | Columna 21 | Columna 22 | Columna 23 | Columna 24 |
| Intereses Refinanciados o Capitalizados (Monto) | Nuevo Número del Crédito por Renovación | Renovación (Monto) | Quita (Monto) | Castigo (Monto) | Otra Forma de Disolución (monto) |
| Columna 25 | Columna 26 | ||||
| Monto de Disolución | Comité o Funcionario que Autorizó la Operación |
DESCRIPCION DEL FORMATO
A continuación se describen las columnas que integran el formato de captura:
| COLUMNA | DESCRIPCION |
| Columna 1 | PERIODO Se debe anotar el periodo al que corresponde la información de acuerdo al formato: AAAAMM. Esta columna se captura al momento en que se accesa al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI), por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 2 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 3 | SUBREPORTE Se debe anotar la clave del subreporte de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 4 | NUMERO DE SECUENCIA Se debe asignar un número de secuencia a cada uno de los créditos reportados (este número secuencial deberá iniciarse en cada periodo). |
| Columna 5 | NOMBRE DEL DEUDOR Se debe anotar el nombre completo del deudor o acreditado, tal cual está registrado ante las autoridades fiscales. Para los créditos otorgados antes de junio de 2001 y que el nombre del deudor no se tenga completo en los sistemas, las instituciones podrán enviarlo tal y como lo tienen. Deberán modificar los nombres paulatinamente. No obstante, todos los créditos otorgados a partir de junio de 2001 deberán cumplir con el formato establecido para el nombre. Instrucciones adicionales PERSONAS FISICAS El nombre deberá iniciar por apellido paterno, materno y nombres sin abreviaciones y sin guiones, entre apellido y apellido, apellido y nombres deberá haber un solo espacio. No deberán incluir ningún tipo de títulos como Licenciado, Don, Señor, Viuda, etc. Ejemplo: PEREZ ORTEGA VICTOR GABRIEL PERSONAS MORALES Se debe anotar el nombre completo y el tipo de sociedad abreviado, en mayúsculas, sin comas y sin puntos. Ejemplo: COMERCIAL MEXICANA SA DE CV Para los casos en los que el deudor sea un fideicomiso, se deberá anotar el nombre del fiduciario y la fecha de inicio del fideicomiso. (número de fideicomiso) Ejemplo: Bancomer BMRXXXXXX Nota: Este campo debe reportarse exactamente igual que como se reportó en el subreporte R04 C (Desagregado de Créditos Comerciales). |
| Columna 6 | NUMERO DEL DEUDOR Se debe anotar el número del deudor de acuerdo a los sistemas internos de la institución. Instrucciones adicionales El número se debe anotar sin guiones y sin espacios. Este número debe ser único para cada deudor y presentarse de manera idéntica cada vez que se reporte el mismo deudor. En caso de existir cambios en el formato del número, la institución deberá avisar a la CNBV. Nota: Este campo debe reportarse exactamente igual que como se reportó en el subreporte R04 C (Desagregado de Créditos Comerciales). |
| Columna 7 | RFC Se debe anotar el Registro Federal de Contribuyentes del acreditado, incluyendo la homoclave. Instrucciones adicionales Se debe reportar el RFC completo, letras en mayúsculas, sin guiones y sin espacios, lo deben a empezar a llenar a partir del lado izquierdo. Para los créditos otorgados antes del primero de junio del 2001 que no se tenga la homoclave, se podrá reportar el RFC sin homoclave. Para los casos en que no se tenga el RFC (clientes extranjeros, fideicomisos, grupos agropecuarios o clientes antiguos de los que no se tiene RFC en el sistema) se deberá construir una clave con el mismo número de campos que tiene el RFC. A continuación se describe la forma de construir la clave para cada uno de los tipos de acreditados de los que no se tiene RFC: Para clientes extranjeros (persona moral o física): 1. Las letras EXT 2. Los últimos seis dígitos del número del deudor Para fideicomisos: 1. Las tres letras de identificación del banco que actúa como fiduciario 2. Fecha de constitución del fideicomiso 3. Consecutivo Para grupos agropecuarios: 1. Las letras AGR 2. Los últimos seis dígitos del número del deudor Para clientes antiguos de los que no se tenga RFC: 1. Las letras ANT 2. Los últimos seis dígitos del número del deudor Nota: Este campo debe reportarse exactamente igual que como se reportó en el subreporte R04 C (Desagregado de Créditos Comerciales). |
| Columna 8 | NUMERO DEL CREDITO Se debe anotar el número del crédito de acuerdo a los sistemas internos de la institución. Instrucciones adicionales El número se debe anotar sin guiones y sin espacios. Este número debe ser único para cada crédito y presentarse de manera idéntica cada vez que se reporte el mismo crédito. En caso de existir cambios en el formato del número, la institución deberá avisar a la CNBV. Nota: Este campo debe reportarse exactamente igual que como se reportó en el subreporte R04 C (Desagregado de Créditos Comerciales). |
| Columna 9 | Responsabilidad total a la Fecha de DisoluciOn Se debe anotar el saldo de la responsabilidad total que tenía el crédito en la fecha de disolución. |
| Columna 10 | Principal a la Fecha de DisoluciOn Se debe anotar el saldo que tenía el crédito en la fecha de disolución. |
| Columna 11 | Intereses a la Fecha de DISOLUCION Se debe anotar el saldo de los intereses que tenía el crédito en la fecha de disolución. |
| Columna 12 | LiquidaciOn en efectivo (monto) Se debe anotar el monto por el cual se llevó a cabo la disolución, a través del pago en efectivo. Instrucciones adicionales Las definiciones de los principales conceptos se encuentran establecidas en el Anexo R04 E 1. |
| Columna 13 | Activo recibido como daciOn en pago Se debe anotar el tipo de activo que se recibió como dación en pago de acuerdo con el catálogo disponible en el SITI. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Tipos de Activo. |
| Columna 14 | DaciOn en pago (monto) Se debe anotar el monto por el cual se llevó a cabo la disolución, mediante dación en pago. Instrucciones adicionales Las definiciones de los principales conceptos se encuentran establecidas en el Anexo R04 E 1. |
| Columna 15 | Activo recibido en ADJUDICACION Se debe anotar el tipo de activo que se recibió a través de adjudicación de acuerdo con el catálogo disponible en el SITI. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Tipos de Activo. |
| Columna 16 | adjudicación (monto) Se debe anotar el monto por el cual se llevó a cabo la disolución, mediante adjudicación. Instrucciones adicionales Las definiciones de los principales conceptos se encuentran establecidas en el Anexo R04 E 1. |
| Columna 17 | Nuevo nUmero del CrEdito por reestructura Se debe anotar el nuevo número del crédito de la operación, de acuerdo a los sistemas internos de la institución. Instrucciones adicionales El número se debe anotar sin guiones y sin espacios. Este número debe ser único para cada crédito y presentarse de manera idéntica cada vez que se reporte el mismo crédito. En caso de existir cambios en el formato del número, la institución deberá avisar a la CNBV. Esta columna sólo se habilitará si la forma de disolución es mediante reestructuración. Las definiciones de los principales conceptos se encuentran establecidas en el Anexo R04 E 1. |
| Columna 18 | PRINCIPAL REESTRUCTURADO (MONTO) Se debe anotar el saldo del principal del crédito a la fecha de reestructuración. Instrucciones adicionales Esta columna sólo se habilitará si la forma de disolución es mediante reestructuración. |
| Columna 19 | Intereses Refinanciados o Capitalizados (monto) Se debe anotar el saldo de los intereses refinanciados o capitalizados acumulados a la fecha de reestructuración. Instrucciones adicionales Esta columna sólo se habilitará si la forma de disolución es mediante reestructuración. |
| Columna 20 | Nuevo nUmero del CrEdito por renovaciOn Se debe anotar el nuevo número del crédito de la operación de acuerdo a los sistemas internos de la institución. Instrucciones adicionales El número se debe anotar sin guiones y sin espacios. Este número debe ser único para cada crédito y presentarse de manera idéntica cada vez que se reporte el mismo crédito. En caso de existir cambios en el formato del número, la institución deberá avisar a la CNBV. Esta columna sólo se habilitará si la forma de disolución es mediante renovación. |
| Columna 21 | renovaciOn (monto) Se debe anotar el monto por el cual se llevó a cabo la disolución, mediante renovación. Instrucciones adicionales Las definiciones de los principales conceptos se encuentran establecidas en el Anexo R04 E 1. |
| Columna 22 | QUITA (monto) Se debe anotar el monto por el cual se llevó a cabo la disolución, a través de una quita, condonación o bonificación. Instrucciones adicionales Las definiciones de los principales conceptos se encuentran establecidas en el Anexo R04 E 1. |
| Columna 23 | CASTIGO (monto) Se debe anotar el monto por el cual se llevará a cabo la disolución con la aplicación de un castigo. Instrucciones adicionales Las definiciones de los principales conceptos se encuentran establecidas en el Anexo R04 E 1. |
| Columna 24 | oTRA FORMA DE DISOLUCION (monto) Se debe anotar el monto por el cual se llevó a cabo la disolución, mediante otras formas distintas a las establecidas anteriormente. |
| Columna 25 | MONTO DE DISOLUCION Se debe anotar el monto de la sumatoria de las formas de disolución (columnas 12+14+16+18+19+21+22+23+24), el cual deberá ser igual a la responsabilidad total a la fecha de disolución. |
| Columna 26 | NOMBRE DEL COMITE O DEL FUNCIONARIO QUE AUTORIZO LA OPERACION Se debe anotar el nombre del comité o del funcionario que autorizó la operación. |
ANEXO RO4 E 1
CONCEPTOS
Los principales conceptos del reporte regulatorio de Cartera de Crédito (Desagregado de Disolución de Operaciones Crediticias) se definen en la tabla siguiente:
| CONCEPTO | DEFINICION |
| Liquidación en efectivo | Es la disolución total o parcial de un crédito mediante la entrega de efectivo. |
| Dación en pago | Es la disolución parcial o total de un crédito mediante la entrega de bienes muebles o inmuebles con consentimiento del deudor. |
| Adjudicación | Es la disolución total o parcial de un crédito mediante la entrega de bienes muebles o inmuebles por resolución judicial. |
| Reestructuración | Es aquella operación que se deriva de cualquiera de las siguientes situaciones: a) ampliación de garantías que amparan el crédito de que se trate, o bien, b) modificaciones a las condiciones originales del crédito o al esquema de pagos, entre las cuales se encuentran: cambio de la tasa de interés establecida para el plazo remanente del crédito; cambio del plazo, o cambio de moneda o unidad de cuenta, o concesión de un plazo de espera respecto del cumplimiento de las obligaciones de pago conforme a los términos originales del crédito, salvo que dicha concesión se otorgue al vencimiento del crédito, en cuyo caso se tratará de una renovación. |
| Renovación | Es aquella operación en la que se prorroga el plazo del crédito durante o al vencimiento del mismo, o bien, éste se liquida en cualquier momento con el producto proveniente de otro crédito contratado con la misma institución, en la que sea parte el mismo deudor u otra persona que por sus nexos patrimoniales constituyen riesgos comunes. |
| Quitas, condonaciones, bonificaciones y descuentos sobre la cartera | Se refieren al monto perdonado del pago del crédito en forma parcial o total, se registrará con cargo a la estimación preventiva para riesgos crediticios. En caso de que el importe de éstas exceda el saldo de la estimación asociada al crédito, previamente se deberán constituir estimaciones hasta por el monto de la diferencia. |
| Castigo | Es la cancelación del crédito cuando existe evidencia de que se han agotado las gestiones formales de cobro o determinado la imposibilidad práctica de recuperación del crédito. |
R04 CARTERA DE CREDITO
R04 F REPORTE REGULATORIO DE CARTERA DE CREDITO
(DESAGREGADO DE GRUPOS ECONOMICOS)
INSTRUCCIONES DE LLENADO
El reporte regulatorio de Cartera de Crédito (Desagregado de Grupos Económicos) se integra de un solo subreporte.
La frecuencia de elaboración y presentación de este reporte debe ser semestral.
SUBREPORTE
| R04 F 0471 | Desagregado de Grupos Económicos En este subreporte se solicita información relativa a los grupos de personas físicas y morales, que por sus nexos patrimoniales o de responsabilidad, constituyen riesgos comunes. Lo anterior, de acuerdo a la Ley de Instituciones de Crédito, artículo 51, fracción II y a lo establecido en el artículo 52 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito. Cabe señalar que el envío de este reporte, es con el objeto de actualizar el catálogo de Grupos Económicos disponible en el Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información, y de esta manera incluir a aquellas personas que no se encuentren en dicho catálogo. |
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte regulatorio de Cartera de Crédito (Desagregado de Grupos Económicos) se llevará a cabo por medio del formato siguiente:
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 | Columna 5 |
| Periodo | Clave de la Entidad | Subreporte | Número de Secuencia | Clave del Grupo Económico |
| Columna 6 | Columna 7 | Columna 8 | Columna 9 | Columna 10 |
| Nombre del Integrante del Grupo Económico | RFC del Integrante del Grupo Económico | Tipo de Persona | Tipo de Relación | Actividad Económica |
DESCRIPCION DEL FORMATO
A continuación se definen las columnas que integran al formato de captura.
| COLUMNA | DESCRIPCION |
| Columna 1 | PERIODO Se debe anotar el periodo de acuerdo al formato: AAAAMM Esta columna se captura al momento en que se accesa al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI), por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 2 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 3 | SUBREPORTE Se debe anotar la clave del subreporte de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 4 | NUMERO DE SECUENCIA Se debe asignar un número de secuencia a cada uno de los registros reportados (este número secuencial deberá iniciarse en cada periodo). |
| Columna 5 | CLAVE DEL GRUPO ECONOMICO Se debe anotar la clave del grupo económico de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 6 | NOMBRE DEL INTEGRANTE DEL GRUPO ECONOMICO Se debe anotar el nombre completo del acreditado, tal cual está registrado ante las autoridades fiscales. Instrucciones adicionales PERSONAS FISICAS El nombre deberá iniciar por apellido paterno, materno y nombres, en mayúsculas, sin abreviaciones y sin guiones, entre apellido y apellido, apellido y nombres deberá haber un solo espacio. No deberán incluir ningún tipo de títulos como Licenciado, Don, Señor, Viuda, etc. Ejemplo: PEREZ ORTEGA VICTOR GABRIEL PERSONAS MORALES Se debe anotar el nombre completo y el tipo de sociedad abreviado, en mayúsculas, sin comas y puntos. Ejemplo: COMERCIAL MEXICANA SA DE CV El nombre se debe presentar de manera idéntica cada vez que se reporte el mismo acreditado. |
| Columna 7 | RFC DEL INTERGRANTE DEL GRUPO ECONOMICO Se debe anotar el Registro Federal de Contribuyentes, incluyendo la homoclave. Instrucciones adicionales Se debe reportar el RFC completo, letras en mayúsculas, sin guiones y sin espacios, lo deben a empezar a llenar a partir del lado izquierdo. Para los integrantes anteriores al primero de junio del 2001 que no se tenga la homoclave, se podrá reportar el RFC sin homoclave. Para los casos en que no se tenga el RFC (integrantes extranjeros o antiguos) se deberá construir una clave con el mismo número de campos que tiene el RFC. A continuación se describe la forma de construir la clave para cada uno de los tipos de integrante de los que no se tiene RFC: Para deudores extranjeros (persona moral o física): 1. Las letras EXT 2. Los últimos seis dígitos del número de cliente que le asigne la entidad de acuerdo a los sistemas de la misma. Para integrantes antiguos de los que no se tenga RFC: 1. Las letras ANT 2. Los últimos seis dígitos del número de cliente que le asigne la entidad de acuerdo a los sistemas de la misma. Esta clave se debe presentar de manera idéntica cada vez que se reporte al mismo acreditado. |
| Columna 8 | TIPO DE PERSONA Se debe anotar la clave del tipo de persona de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Se identificará el tipo de persona como Física o Moral. |
| Columna 9 | TIPO DE RELACION Se debe anotar la clave del tipo de relación que existe entre el integrante y el grupo económico, cuando representen un riesgo común, de conformidad con las con lo establecido en las Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito. La clave indicada en este campo será de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 10 | ACTIVIDAD ECONOMICA Se debe anotar la clave de la rama de la actividad económica preponderante del integrante, es decir, de la cual obtiene la mayor parte de su ingreso, de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
R04 CARTERA DE CREDITO
R04 G REPORTE REGULATORIO DE MATRICES DE MIGRACION DE CARTERA
INSTRUCCIONES DE LLENADO
El reporte regulatorio de Matrices Migración de Cartera se integra por 4 subreportes y sólo aplica para instituciones de banca de desarrollo.
Para elaborar este formulario deberán utilizarse los resultados de la calificación de los créditos comerciales, al consumo y a la vivienda, de conformidad con las metodologías que para cada caso haya emitido la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
La frecuencia de elaboración y presentación de este reporte debe ser trimestral.
SUBREPORTE
| R04G 0481 R04G 0482 R04G 0483 R04G 0484 | Matrices de Migración de Cartera Comercial Matrices de Migración de Cartera de Consumo Matrices de Migración de Cartera de Vivienda Matrices de Migración de Cartera Total En el caso de la matriz de migración por número de créditos, deberá registrarse sobre la diagonal principal el número de créditos que estando en cierta calificación al cierre del trimestre inmediato anterior, conservaron dicha calificación al final del último trimestre. En el resto de la matriz deberá registrarse, en la celda correspondiente, el número de créditos que cambiaron de calificación entre un trimestre y otro. No se tomarán en cuenta aquellos créditos que durante el trimestre fueron liquidados, ni los nuevos créditos otorgados durante ese plazo. Una vez construida la matriz de migración por número de créditos, de conformidad con el párrafo anterior, la matriz de migración por montos se obtiene sumando los saldos de cartera de todos los créditos ubicados en cada casilla, con cifras al último trimestre. Por lo que se refiere a las matrices para la cartera total, éstas se obtendrán sumando las casillas equivalentes de las matrices de migración de los créditos comerciales, al consumo y a la vivienda. Para los fines de estas sumas, las matrices de la cartera comercial primero deberán ser redimensionadas agregando las filas y columnas correspondientes a las calificaciones A1 y A2 en una sola fila y columna identificada con A, las filas y columnas correspondientes a B1, B2 y B3 en una sola fila y columna identificada con B y las filas y columnas correspondientes a C1 y C2 en una sola fila y columna identificada con C. Este formulario deberá entregarse con periodicidad trimestral, para los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, dentro de los 30 días naturales siguientes del cierre del mes al que corresponda la información y con cifras al mes de diciembre, dentro de los 60 días siguientes al cierre del ejercicio respectivo. |
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte regulatorio de Matrices Migración de Cartera se llevará a cabo por medio del formato siguiente:
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 |
| Periodo | Clave de la Entidad | Concepto | Subreporte |
| Columna 5 | Columna 6 | Columna 7 | Columna 8 |
| Matriz de Migración | Tipo de Calificación | Tipo de Saldo | Dato |
DESCRIPCION DEL FORMATO DE CAPTURA
A continuación se describen las columnas que integran al formato de captura.
| COLUMNA | DESCRIPCION |
| Columna 1 | PERIODO Se debe anotar el periodo de acuerdo al formato: AAAAMM. Esta columna se captura al momento en que se accesa al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI), por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 2 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 3 | CONCEPTO Se debe anotar la clave del concepto al que corresponde la información, de acuerdo al catálogo de claves de concepto disponible en el SITI. |
| Columna 4 | SUBREPORTE Se debe anotar la clave del subreporte de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 5 | MATRIZ DE MIGRACION Se debe anotar la clave de la matriz de migración a la que corresponda la información proporcionada, de acuerdo con las claves disponibles en el SITI. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Matrices de Migración. |
| Columna 6 | TIPO DE CALIFICACION Se debe anotar el tipo de calificación dependiendo del riesgo, de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Tipo de Calificación. |
| Columna 7 | TIPO DE SALDO Se debe anotar el tipo de saldo o de partida de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Tipo de Saldo para Migración de Cartera. |
| Columna 8 | DATO Esta columna debe contener la información que cumple con las características descritas en las columnas anteriores. Instrucciones generales Los datos deben presentarse con el formato siguiente: Saldos: Se deben presentar en pesos, incluye moneda nacional, Udis valorizadas en pesos y moneda extranjera valorizada en pesos. Los saldos y número de créditos deben presentarse en cifras redondeadas, sin decimales, sin comas y sin puntos. Por ejemplo: si la cifra fuera 50,839.45 por redondeo sería 50839 o en el caso de 20,585.70 sería 20586. |
| Reporte Regulatorio de Migración de Cartera | |||||||||||||||||||
| Subreporte: Matrices de Migración de Cartera Comercial | |||||||||||||||||||
| R04 G 0481 | |||||||||||||||||||
| Subreporte: Matrices de Migración de Cartera Comercial | |||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extanjera valorizadas en pesos | |||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||||
| 1) Migraciones por número de créditos 1/ | |||||||||||||||||||
| Calificación del trimestre inmediato anterior | Calificación del último trimestre | ||||||||||||||||||
| A1 | A2 | B1 | B2 | B3 | C1 | C2 | D | E | Total | ||||||||||
| A1 | |||||||||||||||||||
| A2 | |||||||||||||||||||
| B1 | |||||||||||||||||||
| B2 | |||||||||||||||||||
| B3 | |||||||||||||||||||
| C1 | |||||||||||||||||||
| C2 | |||||||||||||||||||
| D | |||||||||||||||||||
| E | |||||||||||||||||||
| Total | |||||||||||||||||||
| 2) Migraciones por monto 2/ | |||||||||||||||||||
| Calificación del trimestre inmediato anterior | Calificación del último trimestre | ||||||||||||||||||
| A1 | A2 | B1 | B2 | B3 | C1 | C2 | D | E | Total | ||||||||||
| A1 | |||||||||||||||||||
| A2 | |||||||||||||||||||
| B1 | |||||||||||||||||||
| B2 | |||||||||||||||||||
| B3 | |||||||||||||||||||
| C1 | |||||||||||||||||||
| C2 | |||||||||||||||||||
| D | |||||||||||||||||||
| E | |||||||||||||||||||
| Total | |||||||||||||||||||
| Notas: | |||||||||||||||||||
| 1/ Sobre la diagonal principal deberá registrarse el número de créditos que estando en cierta calificación en el trimestre inmediato anterior, conservaron dicha calificación durante el trimestre de análisis. En las demás celdas, deberá registrarse el número de créditos que cambiaron de calificación durante el trimestre. No se tomarán en cuenta aquellos créditos que durante el trimestre fueron liquidados, ni los nuevos créditos otorgados en dicho trimestre. | |||||||||||||||||||
| 2/ Una vez construida la matriz de migración por número de créditos conforme al cuadro 1, la matriz de migración por monto se obtiene sumando los saldos de cartera de todos los créditos ubicados en cada casilla, con cifras al último trimestre. | |||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Migración de Cartera | |||||||||||
| Subreporte: Matrices de Migración de Cartera de Consumo | |||||||||||
| R04 G 0482 | |||||||||||
| Subreporte: Matrices de Migración de Cartera de Consumo | |||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extanjera valorizadas en pesos | |||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||
| 1) Migraciones por número de créditos 1/ | |||||||||||
| Calificación del trimestre inmediato anterior | Calificación del último trimestre | ||||||||||
| A | B | C | D | E | Total | ||||||
| A | |||||||||||
| B | |||||||||||
| C | |||||||||||
| D | |||||||||||
| E | |||||||||||
| Total | |||||||||||
| 2) Migraciones por monto 2/ | |||||||||||
| Calificación del trimestre inmediato anterior | Calificación del último trimestre | ||||||||||
| A | B | C | D | E | Total | ||||||
| A | |||||||||||
| B | |||||||||||
| C | |||||||||||
| D | |||||||||||
| E | |||||||||||
| Total | |||||||||||
| Notas: | |||||||||||
| 1/ Sobre la diagonal principal deberá registrarse el número de créditos que estando en cierta calificación en el trimestre inmediato anterior, conservaron dicha calificación durante el trimestre de análisis. En las demás celdas, deberá registrarse el número de créditos que cambiaron de calificación durante el trimestre. No se tomarán en cuenta aquellos créditos que durante el trimestre fueron liquidados, ni los nuevos créditos otorgados en dicho trimestre. | |||||||||||
| 2/ Una vez construida la matriz de migración por número de créditos conforme al cuadro 1, la matriz de migración por monto se obtiene sumando los saldos de cartera de todos los créditos ubicados en cada casilla, con cifras al último trimestre. | |||||||||||
| Reporte Regulatorio de Migración de Cartera | ||||||
| Subreporte: Matrices de Migración de Cartera de Vivienda | ||||||
| R04 G 0483 | ||||||
| Subreporte: Matrices de Migración de Cartera de Vivienda | ||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extanjera valorizadas en pesos | ||||||
| Cifras en pesos | ||||||
| 1) Migraciones por número de créditos 1/ | ||||||
| Calificación del trimestre inmediato anterior | Calificación del último trimestre | |||||
| A | B | C | D | E | Total | |
| A | ||||||
| B | ||||||
| C | ||||||
| D | ||||||
| E | ||||||
| Total | ||||||
| 2) Migraciones por monto 2/ | ||||||
| Calificación del trimestre inmediato anterior | Calificación del último trimestre | |||||
| A | B | C | D | E | Total | |
| A | ||||||
| B | ||||||
| C | ||||||
| D | ||||||
| E | ||||||
| Total | ||||||
| Notas: | ||||||
| 1/ Sobre la diagonal principal deberá registrarse el número de créditos que estando en cierta calificación en el trimestre inmediato anterior, conservaron dicha calificación durante el trimestre de análisis. En las demás celdas, deberá registrarse el número de créditos que cambiaron de calificación durante el trimestre. No se tomarán en cuenta aquellos créditos que durante el trimestre fueron liquidados, ni los nuevos créditos otorgados en dicho trimestre. | ||||||
| 2/ Una vez construida la matriz de migración por número de créditos conforme al cuadro 1, la matriz de migración por monto se obtiene sumando los saldos de cartera de todos los créditos ubicados en cada casilla, con cifras al último trimestre. | ||||||
| Reporte Regulatorio de Migración de Cartera | ||||||||||||
| Subreporte: Matrices de Migración de Cartera Total | ||||||||||||
| R04 G 0484 | ||||||||||||
| Subreporte: Matrices de Migración de Cartera Total */ | ||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extanjera valorizadas en pesos | ||||||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||||||
| 1) Migraciones por número de créditos 1/ | ||||||||||||
| Calificación del trimestre inmediato anterior | Calificación del último trimestre | |||||||||||
| A | B | C | D | E | Total | |||||||
| A | ||||||||||||
| B | ||||||||||||
| C | ||||||||||||
| D | ||||||||||||
| E | ||||||||||||
| Total | ||||||||||||
| 2) Migraciones por monto 2/ | ||||||||||||
| Calificación del trimestre inmediato anterior | Calificación del último trimestre | |||||||||||
| A | B | C | D | E | Total | |||||||
| A | ||||||||||||
| B | ||||||||||||
| C | ||||||||||||
| D | ||||||||||||
| E | ||||||||||||
| Total | ||||||||||||
| Notas: | ||||||||||||
| */ Se obtiene sumando las casillas equivalentes de las matrices de migración de los créditos comerciales, al consumo y a la vivienda. Para realizar las sumas, en el caso de la cartera comercial primero deberán agregarse las filas y columnas correspondientes a A1 y A2 en una sola fila y columna identificada con A, las filas y columnas correspondientes a B1, B2 y B3 en una sola fila y columna identificada con B y las filas y columnas correspondientes a C1 y C2 en una sola fila y columna identificada con C. | ||||||||||||
| 1/ Sobre la diagonal principal deberá registrarse el número de créditos que estando en cierta calificación en el trimestre inmediato anterior, conservaron dicha calificación durante el trimestre de análisis. En las demás celdas, deberá registrarse el número de créditos que cambiaron de calificación durante el trimestre. No se tomarán en cuenta aquellos créditos que durante el trimestre fueron liquidados, ni los nuevos créditos otorgados en dicho trimestre. | ||||||||||||
| 2/ Una vez construida la matriz de migración por número de créditos conforme al cuadro 1, la matriz de migración por monto se obtiene sumando los saldos de cartera de todos los créditos ubicados en cada casilla, con cifras al último trimestre. | ||||||||||||
R05 OTRAS CUENTAS POR COBRAR
R05 A REPORTE REGULATORIO DE OTRAS CUENTAS POR COBRAR
INSTRUCCIONES DE LLENADO
El reporte regulatorio de Otras Cuentas por Cobrar se integra por un solo subreporte.
La frecuencia de elaboración y presentación de este reporte debe ser mensual.
El reporte regulatorio de Otras Cuentas por Cobrar sólo aplica para instituciones de banca comercial.
SUBREPORTE
| R05 A 0511 | Otras Cuentas por Cobrar En este subreporte se solicitan saldos al cierre de mes en moneda nacional, moneda extranjera valorizada en pesos y Udis valorizadas en pesos de los conceptos referentes a otras cuentas por cobrar desagregados por tipo de deudor (identificado o no identificado), antigüedad y estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro. La suma de los saldos agrupados por antigüedad debe ser igual al total de la cuenta por cobrar en cada rubro, para la agrupación por antigüedad se debe considerar el periodo comprendido entre el origen de la operación y el periodo reportado. |
Este reporte regulatorio solicita las cifras de la institución de crédito sin consolidar, incluye moneda nacional, Udis valorizadas en pesos y moneda extranjera valorizada en pesos. Por lo que los saldos totales presentados en este reporte, deben coincidir con los saldos de los rubros y conceptos correspondientes del reporte regulatorio R01 Catálogo Mínimo.
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte regulatorio de Otras Cuentas por Cobrar se llevará a cabo por medio del formato siguiente:
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 |
| Periodo | Clave de la Entidad | Concepto | Subreporte |
| Columna 5 | Columna 6 | Columna 7 | |
| Tipo de Saldo | Importe Estimado y Antigüedad de Saldos | Dato |
DESCRIPCION DEL FORMATO
A continuación se describen las columnas que integran al formato de captura:
| COLUMNA | DESCRIPCION |
| Columna 1 | PERIODO Se debe anotar el periodo de acuerdo al formato: AAAAMM Esta columna se captura al momento en que se accesa al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI), por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 2 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 3 | CONCEPTO Se debe anotar la clave del concepto al que corresponde la información de acuerdo con las claves disponibles en el SITI. Las definiciones de los principales conceptos se encuentran establecidas en el anexo R05 A 1. |
| Columna 4 | SUBREPORTE Se debe anotar la clave del subreporte de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 5 | TIPO DE SALDO Se debe anotar la clave del tipo de saldo de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 6 | IMPORTE ESTIMADO Y ANTIGÜEDAD DE SALDOS Se debe anotar la clave del importe estimado y antigüedad de saldos de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 7 | DATO Esta columna debe contener la información que cumple con las características descritas en las columnas anteriores. Instrucciones generales Los datos deben presentarse con el formato siguiente: Saldos: Se deben presentar en moneda nacional, Udis valorizadas en pesos y moneda extranjera valorizada en pesos. Además, en pesos redondeados, sin decimales, sin comas y sin puntos. Estos saldos siempre deberán registrarse con cifras positivas, excepto en los casos siguientes: Cuentas complementarias de activo (estimaciones), En los casos antes mencionados los saldos deberán registrarse con signo negativo. Por ejemplo: Deudores Diversos por $50,839.45 sería 50839 y Estimación por Irrecuperabilidad o Difícil Cobro por $20,585.70 sería -20586. |
Anexo R05 A 1
CONCEPTOS
Los principales conceptos del reporte regulatorio de Otras Cuentas por Cobrar se definen en la siguiente tabla:
| CONCEPTO | DEFINICION |
| Cuentas por cobrar | Son los derechos exigibles originados por ventas, servicios prestados, otorgamiento de préstamos o cualquier otro concepto análogo. |
| Derechos de cobro | Se refiere a los derechos de cobro adquiridos por la institución, excepto aquellos créditos que cumplan con las condiciones siguientes, en cuyo caso se apegarán a las reglas establecidas en el Criterio Contable referente a la Cartera de Crédito: Que no se encuentren en los supuestos previstos en el Criterio Contable de Cartera de Crédito, para ser considerados como cartera vencida. Que se pueda identificar el precio pagado por cada documento que en su caso componga el portafolio. Que cuente con los elementos e información que le permitan aplicar la regulación que en materia de crédito emita la CNBV. Los cobros o recuperaciones que se realicen se aplicarán contra la cuenta por cobrar hasta agotar su saldo. |
| Deudores por liquidación de operaciones | Se refiere a las cuentas por cobrar derivadas de operaciones que, de acuerdo a lo pactado en el contrato, no fueron liquidadas a su vencimiento. Las operaciones aquí mencionadas, se refieren a: Compraventa de divisas Inversiones en valores Reportos Préstamo de valores Instrumentos financieros derivados |
| Premios, comisiones y derechos por cobrar sobre operaciones vigentes no crediticias | Se refiere a los premios, comisiones y derechos pendientes de cobro, por operaciones distintas a las relacionadas con el otorgamiento de créditos. |
| Partidas asociadas a operaciones crediticias | Se refiere a partidas pendientes de cobro provenientes de operaciones crediticias que no se han integrado al saldo del crédito, tales como, comisiones por créditos, IVA por cobrar sobre operaciones crediticias y gastos de juicio. |
| Saldos a favor de impuestos e impuestos acreditables | Se refiere a los derechos que se tienen por impuestos acreditables (ISR, IVA, etc.) y saldos a favor. |
| Préstamos y otros adeudos del personal | Se refiere a los créditos otorgados a funcionarios y empleados de la institución de crédito, así como a otros adeudos no especificados del personal. |
| Deudores en trámite de regularización o liquidación | Se refiere a las operaciones a eliminar por orden de la CNBV por constituir violaciones a normas legales vigentes. |
| Rentas por cobrar. | Se refiere a rentas pendientes de cobro provenientes de operaciones de arrendamiento operativo. |
| Otros deudores. | Se refiere a derechos que se tengan con otros deudores, por conceptos como los siguientes: Siniestros Gastos a comprobar de funcionarios y empleados Depósitos en garantía Comisiones por cobrar derivadas del otorgamiento de garantías Deudores por garantías ejercidas Otros adeudos |
| Estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro. | Se refiere a la estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro, por concepto de derechos de cobro y deudores diversos. |
| Reporte Regulatorio de Otras Cuentas por Cobrar | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Otras Cuentas por Cobrar | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| R05 A 0511 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Otras Cuentas por Cobrar | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizadas en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Concepto | Total (1) | Moneda Nacional y Udis (2) | Moneda Extranjera (3) | Deudor Identificado | Estimaciones creadas en el mes (8) | Deudor No Identificado | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Antigüedad | Antigüedad | Estimaciones creadas en el mes (12) | Estimación por Irrecuperabilidad o Difícil Cobro Acumulada (13) | Total (4+5+6+7+9+10+ 11+13 ) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Hasta 30 días (4) | Mayor a 30 y hasta 60 días (5) | Mayor a 60 y hasta 90 días (6) | Mayor a 90 días (7) | Hasta 30 días (9) | Mayor a 30 y hasta 60 días (10) | Mayor a 60 días (11) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras Cuentas por Cobrar 1/ | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Derechos de Cobro | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Derechos fiduciarios | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros derechos de cobro | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deudores Diversos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deudores por liquidación de operaciones | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Compraventa de divisas | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Inversiones en valores | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Reportos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de valores | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Instrumentos financieros derivados | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Premios, comisiones y derechos por cobrar sobre operaciones vigentes no crediticias | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Premios por cobrar | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Comisiones por cobrar | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Derechos por cobrar | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Partidas asociadas a operaciones crediticias | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Comisiones por créditos comerciales | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Comisiones por actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Comisiones por entidades financieras | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Comisiones por entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por créditos al gobierno federal o con su garantía | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por créditos a estados y municipios o con su garantía | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por créditos a organismos descentralizados o desconcentrados sin garantía del Gobierno Federal, estados o municipios | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Comisiones por créditos de consumo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Comisiones por créditos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Gastos de juicio | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| IVA por cobrar sobre operaciones crediticias | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Saldos a favor de impuestos e impuestos acreditables | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos y otros adeudos del personal | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Capital | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses capitalizados | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses devengados no cobrados | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros adeudos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deudores en trámite de regularización o liquidación | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Rentas por cobrar | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros deudores | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Siniestros | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Gastos a comprobar de funcionarios y empleados | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos en garantía | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Comisiones por cobrar derivadas del otorgamiento de garantías | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deudores por garantías ejercidas | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros adeudos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Derechos de cobro | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Derechos fiduciarios | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros derechos de cobro | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas por cobrar | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Nota: | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 1/ Otras cuentas por cobrar = derechos de cobro + deudores diversos + estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
R06 BIENES ADJUDICADOS
R06 A REPORTE REGULATORIO DE BIENES ADJUDICADOS
INSTRUCCIONES DE LLENADO
El reporte regulatorio de Bienes Adjudicados se integra de un solo subreporte.
La frecuencia de elaboración y presentación de este reporte debe ser mensual.
SUBREPORTE
| R06 A 0611 | Bienes Adjudicados En este subreporte se solicitan los movimientos realizados durante el mes con los bienes adjudicados o recibidos mediante dación en pago. El reporte pide el saldo final del mes anterior, el valor de los bienes adjudicados que ingresaron en el periodo, el valor de los créditos asociados a dichas adjudicaciones y la diferencia resultante entre el valor del bien adjudicado y valor del crédito neto de estimaciones. Adicionalmente se solicitan los bienes traspasados para uso de la institución, los movimientos del mes en la estimación por arrendamiento de inmuebles adjudicados, estimación por pérdida de valor de los bienes adjudicados y la información sobre los bienes vendidos en el periodo (valor neto de adjudicación, precio de venta y utilidad o pérdida). |
Este reporte regulatorio solicita las cifras de la institución de crédito sin consolidar, incluye moneda nacional, Udis valorizadas en pesos y moneda extranjera valorizada en pesos. Por lo que los saldos al final del mes presentados en este reporte, deben coincidir con los saldos de los rubros y conceptos correspondientes del reporte regulatorio R01 Catálogo Mínimo.
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte regulatorio de Bienes Adjudicados se llevará a cabo por medio del formato siguiente:
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 |
| Periodo | Clave de la Entidad | Concepto | Subreporte |
| Columna 5 | Columna 6 | Columna 7 | |
| Tipo de Saldo | Tipo de Valor | Dato |
DESCRIPCION DEL FORMATO
A continuación se describen las columnas que integran el formato de captura:
| COLUMNA | DESCRIPCION |
| Columna 1 | PERIODO Se debe anotar el periodo de acuerdo al formato: AAAAMM Esta columna se captura al momento en que se accesa al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI), por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 2 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 3 | CONCEPTO Se debe anotar la clave del concepto al que corresponde la información de acuerdo con las claves disponibles en el SITI. Las definiciones de los principales conceptos se encuentran en el Anexo R06 A 1. |
| Columna 4 | SUBREPORTE Se debe anotar la clave del subreporte de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 5 | TIPO DE SALDO Se debe anotar la clave del tipo de saldo de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 6 | TIPO DE VALOR Se debe anotar la clave del tipo de valor de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 7 | DATO Esta columna debe contener la información que cumple con las características descritas en las columnas anteriores. Instrucciones generales Los datos deben presentarse con el formato siguiente: Saldos: Se deben presentar en moneda nacional, Udis valorizadas en pesos y moneda extranjera valorizada en pesos. Además, en pesos redondeados, sin decimales, sin comas y sin puntos. Estos saldos siempre deberán registrarse con cifras positivas, excepto en los casos como son: las estimaciones, la pérdida en la venta del bien adjudicado, o en el caso de que la diferencia resultante sea negativa, entre otros. Por ejemplo: Bienes Muebles por $50,839.45 sería 50839 y Estimación por Pérdida de Valor de Bienes Adjudicados por $20,585.70 sería -20586. |
ANEXO R06 A 1
CONCEPTOS
Los principales conceptos del reporte regulatorio de Bienes Adjudicados se definen en la siguiente tabla:
| CONCEPTO | DEFINICION |
| Bienes adjudicados | Se refiere a los bienes muebles (equipo, valores, derechos, cartera de crédito, entre otros) e inmuebles que como consecuencia de una cuenta, derecho o partida incobrable, la institución: adquiera mediante adjudicación judicial, o reciba mediante dación en pago. |
| Bienes muebles, valores y derechos adjudicados | Este concepto debe incluir todos los bienes muebles adjudicados que tenga la institución por los que no se haya pactado una venta. |
| Muebles adjudicados restringidos | Este concepto se refiere a los bienes muebles adjudicados, por los cuales la institución haya celebrado un contrato de promesa de venta o de compraventa con reserva de dominio, en los que al no cumplirse cabalmente las condiciones establecidas en dicho contrato, no ha sido posible la transferencia de la propiedad. |
| Inmuebles adjudicados | Este concepto debe incluir todos los bienes inmuebles adjudicados por los que no se haya pactado una venta. |
| Inmuebles adjudicados restringidos | Este concepto se refiere a los bienes inmuebles adjudicados, por los cuales la institución haya celebrado un contrato de promesa de venta o de compraventa con reserva de dominio, en los que al no cumplirse cabalmente las condiciones establecidas en dicho contrato, no ha sido posible la transferencia de la propiedad. |
| Estimación por arrendamiento de inmuebles adjudicados | Se deberá identificar y cuantificar, la estimación relacionada con los inmuebles adjudicados que han sido otorgados en arrendamiento. |
| Estimación por pérdida de valor de bienes adjudicados | Este concepto se refiere a la estimación que reconozca las potenciales pérdidas de valor por el paso del tiempo de los bienes adjudicados. Esto de acuerdo a los procedimientos establecidos en las disposiciones de carácter general aplicables a la metodología de la calificación de la cartera crediticia de las instituciones de crédito. |
| Incremento por actualización de bienes adjudicados | Se refiere al reconocimiento de los efectos de la inflación, y de esta manera considerar la actualización en el valor de los bienes adjudicados. |
ANEXO R06 A 1
DEFINICIONES ADICIONALES
En la siguiente tabla se definen los principales Tipos de Saldo que integran el reporte regulatorio de Bienes Adjudicados:
| CONCEPTO | DEFINICION |
| Saldo final del mes anterior | En esta columna se debe registrar el saldo final en el periodo inmediato anterior al que está reportando, de los bienes adjudicados que la institución haya registrado en los conceptos de balance del reporte R01 Catálogo mínimo. |
| Bienes adjudicados en el mes | Esta columna se refiere únicamente a los bienes adjudicados que recibió la institución en el mes al que corresponda la información. La columna se divide en: Valor de adjudicación.- De la fecha de registro: 1. Los bienes recibidos mediante adjudicación judicial deberán registrarse en la fecha en que cause ejecutoria el auto aprobatorio del remate mediante el cual se decretó la adjudicación. 2. Los bienes recibidos mediante dación en pago se registrarán en la fecha en que se firme la escritura de dación, o en la que se haya dado formalidad a la entrega o transmisión de la propiedad del bien. Del valor de registro: 1. El valor de registro de los bienes adjudicados en libros, es igual a su costo o valor neto de realización, el que sea menor. 2. El valor de registro de los bienes adjudicados restringidos será el valor en libros disminuido de los cobros recibidos a cuenta de estos bienes. Valor del crédito.- Corresponde al valor del activo que dio origen a la adjudicación, neto de estimaciones. En la fecha en que se registre en la contabilidad un bien adjudicado, el saldo del crédito que dio origen a la adjudicación, así como la estimación que en su caso tenga constituida, deberán darse de baja de la cartera de crédito de la institución. Diferencia Resultante.- Corresponde a la diferencia que resulte entre el valor del activo adjudicado y el valor del activo que dio origen a la adjudicación neto de estimaciones. Del registro en conceptos de balance o de resultados: 1. Cuando el valor del activo que dio origen a la adjudicación, neto de estimaciones, sea superior al valor del bien adjudicado, la diferencia se reconocerá en los resultados del ejercicio en el rubro de otros gastos. (En tal caso, los datos deberán ser enviados con signo negativo, para fines de este reporte). Cuando el valor del activo que dio origen a la adjudicación neto de estimaciones fuese inferior al valor del bien adjudicado, el valor de este último deberá ajustarse al valor neto del activo. (En tal caso, los datos deberán ser enviados con signo positivo, para fines de este reporte). |
| Traspaso de bienes adjudicados para uso de la institución | En esta columna se debe registrar, el monto de los bienes adjudicados que la Institución traspase, durante el periodo, al rubro de Inmuebles, mobiliario y equipo, para uso propio. |
| Venta del bien | En esta columna se deben registrar los bienes adjudicados que la institución haya vendido en el mes. La columna se divide en: Valor neto de los bienes adjudicados.- corresponde al valor en libros neto de estimaciones. Precio de venta del bien adjudicado. Utilidad o pérdida en la venta.- es el resultado de restar el valor de la operación menos el valor neto de los bienes adjudicados. |
| Valor de los bienes adjudicados objeto del traspaso entre categorías | En esta columna, se deben registrar los cambios o movimientos en el mes, entre las diferentes categorías de los bienes adjudicados, como son: bienes adjudicados por los que no se haya pactado una venta, bienes adjudicados restringidos, y bienes otorgados en arrendamiento. Lo anterior en caso de que en un mes un bien se encuentre registrado como adjudicado y al siguiente mes se tenga registrado como prometido en venta y viceversa; o bien los bines adjudicados sean otorgados en arrendamiento. |
| Reporte Regulatorio Bienes Adjudicados | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Bienes Adjudicados | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| R06 A 0611 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Bienes Adjudicados | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizadas en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Concepto | Saldo Final del Mes Anterior (1) | Bienes Adjudicados en el Mes | Valor de los Bienes Adjudicados Asignados para uso de la Institución (3) | Movimiento del Mes en la Estimación por Arrendamiento de Inmuebles Adjudicados | Estimación Acumulada por Arrendamiento de Inmuebles Adjudicados | Movimiento del Mes en la Estimación por Pérdida de Valor de Bienes Adjudicados (5) | Estimación Acumulada por Pérdida de Valor de Bienes Adjudicados | Incremento por Actualización de Bienes Adjudicados (6) | Venta del Bien | Valor de los Bienes Adjudicados Objeto del Traspaso entre Categorías | Saldo Final del Mes Actual (sin columnas de estimaciones) (A)=(1)+(2)-(3)-(7) | Saldo Final del Mes Actual (neto de estimacione) (B)=(A)-(4)-(5)+(6) | |||||||||||||||||||||
| Valor de Adjudicación (2) | Valor del Crédito (neto de estimaciones) | Diferencia Resultante | (Ingresos - Costos) (4) | Valor Neto de los Bienes Adjudicados (7) | Precio de Venta | Utilidad o Pérdida en la Venta | |||||||||||||||||||||||||||
| Bienes Adjudicados 1/ | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| 1. Bienes muebles, valores y derechos adjudicados | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes muebles | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Valores | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acciones | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos de deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos de deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Derechos | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| 2. Muebles adjudicados restringidos | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| 3. Inmuebles adjudicados | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Inmuebles adjudicados otorgados en arrendamiento puro | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Inmuebles adjudicados otorgados en arrendamiento con opción de compra | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros inmuebles adjudicados o recibidos mediante dación en pago | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| 4. Inmuebles adjudicados restringidos | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| 5. Estimación por arrendamiento de inmuebles adjudicados | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| 6. Estimación por pérdida de valor de bienes adjudicados | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| 7. Incremento por actualización de bienes adjudicados | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Notas: | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| 1/ Bienes Adjudicados = 1+2+3+4+5+6+7 | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| (A) Los saldos finales de mes de esta columna, deben coincidir con los saldos de los rubros y conceptos correspondientes del reporte regulatorio R01 Catálogo Mínimo | |||||||||||||||||||||||||||||||||
| Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | |||||||||||||||||||||||||||||||||
R07 IMPUESTOS DIFERIDOS
R07 A REPORTE REGULATORIO DE IMPUESTOS DIFERIDOS
INSTRUCCIONES DE LLENADO
El reporte regulatorio de Impuestos Diferidos se compone de 1 subreporte, que sólo aplica para instituciones de banca comercial.
La frecuencia de elaboración y presentación de este reporte debe ser mensual.
SUBREPORTE
| R07 A 0711 | Impuestos Diferidos El objetivo de este subreporte es mostrar, los principales conceptos por los que la institución generó impuestos diferidos, así como identificar por tipo de impuesto, lo siguiente: la base de cálculo utilizada, el saldo final del mes anterior, los movimientos del mes por incrementos, actualizaciones y materializaciones contra resultados y/o contra capital, así como el saldo final del periodo. |
Este reporte regulatorio solicita las cifras de la institución de crédito sin consolidar, por lo que los saldos a fin de mes, deben coincidir con los saldos totales de los rubros y conceptos correspondientes del reporte regulatorio R01 Catálogo Mínimo.
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte regulatorio de Impuestos Diferidos se llevará a cabo por medio del formato siguiente:
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 |
| Periodo | Clave de la Entidad | Concepto | Subreporte |
| Columna 5 | Columna 6 | Columna 7 | Columna 8 |
| Tipo de Impuesto | Tipo de Saldo | Tipo de Movimiento | Dato |
Nota:
En caso de que se tengan impuestos diferidos de PTU sobre pérdidas fiscales, la institución deberá enviar a la CNBV, la resolución judicial particular en la que se le confirme que podrá homologar la base de cálculo de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades con la base de cálculo del Impuesto Sobre la Renta.
DESCRIPCION DEL FORMATO
A continuación se describen las columnas que integran el formato de captura:
| COLUMNA | DEFINICION |
| Columna 1 | PERIODO Se debe anotar el periodo de acuerdo al formato: AAAAMM Esta columna se captura al momento en que se accesa al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI), por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 2 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 3 | CONCEPTO Se anotará la clave del concepto al que corresponda la información de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Las definiciones de los principales conceptos se encuentran en el Anexo R07 A 1. |
| Columna 4 | SUBREPORTE Se debe anotar la clave del subreporte de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 5 | TIPO DE IMPUESTO Se debe anotar la clave del tipo de impuesto de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 6 | TIPO DE SALDO Se debe anotar la clave del tipo de saldo de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 7 | TIPO DE MOVIMIENTO Se debe anotar la clave del tipo de movimiento de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 8 | DATO Esta columna debe contener la información que cumple con las características descritas en las columnas anteriores. Instrucciones generales Los datos deben presentarse con el formato siguiente: Saldos y montos: Se deben presentar en pesos, incluye moneda nacional, Udis valorizadas en pesos y moneda extranjera valorizada en pesos. Además, en pesos redondeados, sin decimales, sin comas y sin puntos; y con el signo que corresponda a la naturaleza del concepto Por ejemplo: si el dato fuera $50,839.45 se debería reportar 50839 o si fuera $20,585.70 sería 20586. |
ANEXO R07 A 1
CONCEPTOS
Los principales conceptos del reporte regulatorio de Impuestos Diferidos se definen en las siguientes tablas:
1. PARTIDAS A FAVOR
| CONCEPTO | DEFINICION |
| Impuestos diferidos por pérdidas en valuación a valor razonable | Se refiere a los impuestos diferidos a favor que se originan por la pérdida no realizada derivada de la valuación razonable de las inversiones en valores, de operaciones de reporto, de préstamo de valores y con instrumentos financieros derivados. En el caso de la valuación a valor razonable de las inversiones en valores, tanto los títulos para negociar como los disponibles para la venta pueden generar impuestos diferidos por este concepto. |
| Impuestos diferidos provenientes de la cartera de crédito | Este concepto agrupa la totalidad de los impuestos diferidos a favor derivados de diferencias temporales en la cartera de créditos entre los criterios contables y fiscales. Estos impuestos son: Exceso de provisiones contables sobre el límite fiscal deducible: Son los diferidos que se generan cuando las provisiones contables creadas durante el ejercicio rebasan el límite fiscal deducible del 2.5% sobre la Cartera Total Promedio. Actualización del exceso de provisiones: Debido a que el exceso de provisiones sobre el límite fiscal puede deducirse en los siguientes ejercicios, es necesario actualizarlo con el objeto de reflejar la verdadera condición del rubro. Los impuestos diferidos derivados de dicha actualización, deben identificarse por separado y no mezclarse con los derivados del exceso como tal. Otros derivados de operaciones de crédito: Se refiere a aquellos impuestos que se generan por operaciones de crédito distintas a la creación de provisiones y al momento de acumulación de intereses. |
| Impuestos diferidos provenientes de deudores diversos | Son aquellos impuestos diferidos que se generan cuando parte del rubro de deudores diversos es estimado por exceder los límites del periodo de cobro estipulados en los criterios contables. Sin embargo, fiscalmente no se han reunido todos los requisitos de deducibilidad, por lo que se crea un impuesto diferido a favor. |
| Impuestos diferidos por provisiones no deducibles | Se refiere a los impuestos diferidos que se generan por la creación de provisiones distintas a las provisiones para riesgos crediticios. Dichas provisiones representan un gasto en el estado de resultados, pero fiscalmente no pueden deducirse sino hasta que se utilicen, por lo que surge un impuesto diferido a favor que representa el beneficio fiscal futuro de deducir esas provisiones en los siguientes ejercicios. |
| Impuestos diferidos por pérdidas fiscales | Este concepto se compone de los impuestos diferidos por pérdidas fiscales de ejercicios anteriores y de los impuestos diferidos por pérdidas fiscales en venta de acciones, así como de sus correspondientes actualizaciones: Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores: Son los diferidos que surgen cuando durante un ejercicio, las deducciones autorizadas son mayores a los ingresos acumulables para efectos fiscales. La pérdida fiscal resultante puede amortizarse en ejercicios futuros contra las utilidades fiscales de los próximos 10 ejercicios. Pérdidas fiscales por venta de acciones: Se refiere a los impuestos diferidos derivados de las pérdidas fiscales en venta de acciones que se realicen en un ejercicio. Dichas pérdidas pueden amortizarse contra las utilidades en venta de otras acciones que se generen en los siguientes 5 ejercicios. |
| Impuestos diferidos provenientes de bienes adjudicados | Los impuestos diferidos provenientes de bienes adjudicados, pueden generarse por diferencias temporales en la creación de provisiones con el objeto de reconocer las potenciales pérdidas de valor por el paso del tiempo de los bienes adjudicados judicial o extrajudicialmente o recibidos en dación en pago, así como los derechos de cobro y las inversiones en valores que se hayan recibido como bienes adjudicados o recibidos en dación en pago. |
| Créditos fiscales no usados | Se refiere a aquellos créditos fiscales otorgados a la institución y que no fueron utilizados, pudiéndose usar en ejercicios posteriores. |
| Impuestos diferidos provenientes de otras diferencias temporales | Cualquier impuesto diferido a favor que por sus características no esté comprendido en las clasificaciones anteriores. |
2. PARTIDAS A CARGO
| CONCEPTO | DEFINICION |
| Impuestos diferidos por utilidad en valuación a valor razonable | Se refiere a los impuestos diferidos a cargo que se originan por la utilidad no realizada derivada de la valuación razonable de las inversiones en valores, operaciones de reporto, de préstamo de valores y con instrumentos financieros derivados. En el caso de la valuación a valor razonable de inversiones en valores, tanto los títulos para negociar como los disponibles para la venta pueden generar impuestos diferidos por este concepto. |
| Impuestos diferidos provenientes de la cartera de crédito | Este concepto agrupa la totalidad de los impuestos diferidos a cargo derivados de diferencias temporales en la cartera de crédito entre los criterios contables y fiscales. Estos impuestos son: Por acumulación de intereses: Se refiere a los impuestos diferidos que se crean cuando el momento del reconocimiento de los intereses para efectos contables es distinto al momento de acumulación para efectos fiscales. Otros: Se refiere a aquellos impuestos que se generan por operaciones de crédito distintas a la creación de provisiones. |
| Impuestos diferidos provenientes de bienes adjudicados (deducción anticipada hasta 1996) | Son aquellos impuestos diferidos que se generaron cuando los bancos optaron por la deducción anticipada de los bienes recibidos con anterioridad a 1996. Al deducir anticipadamente los bienes recibidos, la base fiscal futura para el cálculo de impuestos se vuelve mayor a la base contable, por lo que se genera un impuesto diferido para reflejar la obligación futura del pago de impuestos. |
| Impuestos diferidos por otras diferencias temporales | Cualquier impuesto diferido a cargo que por sus características no esté comprendido en las clasificaciones anteriores. |
Para efectos de este reporte regulatorio, las tasas para el cálculo de los impuestos diferidos serán las vigentes en el momento de reportar la información.
Reporte Regulatorio de Impuestos Diferidos
Subreporte: Impuestos Diferidos
R07 A 0711
Subreporte: Impuestos Diferidos
Incluye: Moneda Nacional, Udis y Moneda extranjera valorizadas en pesos
Cifras en pesos
| Movimientos del Mes contra Resultados | Movimientos del Mes contra Capital | Saldo Final | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Base de cálculo | Saldo Inicial | Incrementos | Materialización | Movimiento Neto | Incrementos | Actualización vs. Exceso o Insuficiencia | Materialización | Movimiento Neto | Impuesto Diferido | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ISR | PTU | ISR | PTU | TOTAL | ISR | PTU | ISR | PTU | ISR | PTU | ISR | PTU | ISR PTU ISR PTU ISR PTU ISR PTU TOTAL | |||||||||||||||||||||||||||||||
| (1) | (2) | (3) | (4) | (5) | (6) | (7) | (8)=(4)-(6) | (9)=(5)-(7) | (10) | (11) | (12) | (13) (14) (15) (16)=(10)+(12)-(14) (17)=(11)+(13)-(15) (18)=(1)+(8)+(16) (19)=(2)+(9)+(17) (20)=(18)+(19) | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Total de Impuestos Diferidos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Partidas a Favor | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Pérdidas en valuación a valor razonable | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por valores, reportos y préstamos de valores | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por derivados |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Provenientes de la cartera de crédito: | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Exceso de provisiones contables sobre el límite fiscal deducible | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros derivados de operaciones de crédito |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Provisiones no deducibles |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Provenientes de deudores diversos |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Provenientes de bienes adjudicados |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras provisiones no deducibles |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por pérdidas fiscales: |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De ejercicios anteriores de hasta 5 años de antigüedad |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De ejercicios anteriores de 6 años de antigüedad |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De ejercicios anteriores de 7 años de antigüedad |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De ejercicios anteriores de 8 años de antigüedad |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De ejercicios anteriores de 9 años de antigüedad |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De ejercicios anteriores de 10 años de antigüedad |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por venta de acciones |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos fiscales no usados |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras diferencias temporales |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Partidas a Cargo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Utilidad en valuación a valor razonable | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por valores, reportos y préstamos de valores | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por derivados |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Provenientes de la cartera de crédito: |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por diferencia en el momento de la acumulación de intereses |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Planes de ayuda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Provenientes de bienes adjudicados: |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deducción anticipada hasta 1996 |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras diferencias temporales |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Nota: Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada.
BANCA COMERCIAL
R08 CAPTACION
R08 A REPORTE REGULATORIO DE CAPTACION
INSTRUCCIONES DE LLENADO
El reporte regulatorio de Captación se integra de 3 subreportes para Banca Comercial y 5 para Banca de Desarrollo, referentes a los saldos e intereses de la captación de la institución. La información solicitada en los subreportes, también se requiere que se identifique por moneda: moneda nacional y Udis valorizadas en pesos, moneda extranjera y moneda extranjera valorizada en pesos.
Los lineamientos generales para este reporte se encuentran unificados, y los casos especiales así como los formatos de los subreportes se encuentran identificados por sector. Los subreportes que no tengan ninguna indicación aplican para ambos sectores.
Por lo anterior, el reporte se ha dividido en banca comercial y banca de desarrollo.
La frecuencia de elaboración y presentación de este reporte debe ser mensual.
SUBREPORTES
| R08 A 0811 | Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos En este subreporte se solicitan los saldos de captación a fin de mes. Dichos saldos se encuentran divididos en saldo total, principal e intereses devengados no pagados. El subreporte debe presentarse en moneda nacional y Udis valorizadas en pesos, y en moneda extranjera valorizada en pesos. |
| R08 A 0813 | Saldos, Intereses y Comisiones por Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Costo Este subreporte solicita información estratificada por costo sobre el saldo a fin de mes y sobre el saldo diario promedio del mes, además, el monto de intereses y comisiones del mes que se devengan y que forman parte del margen financiero. Este subreporte debe presentarse en moneda nacional y Udis valorizadas en pesos, moneda extranjera valorizada en dólares de EUA y moneda extranjera valorizada en pesos. |
| R08 A-0815 | Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Plazos al Vencimiento En este subreporte se solicitan los saldos de captación a fin de mes estratificados por plazos al vencimiento. Este subreporte debe presentarse en moneda nacional y Udis valorizadas en pesos, y en moneda extranjera valorizada en pesos. Sólo aplica para instituciones de banca de desarrollo. |
| R08 A-0816 | Depósitos de Exigibilidad Inmediata y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Montos En este subreporte se solicitan los saldos de captación a fin de mes estratificados por montos, y el número de cuentas o contratos correspondientes. Este subreporte debe presentarse en moneda nacional y Udis valorizadas en pesos, y en moneda extranjera valorizada en dólares de EUA. Sólo aplica para instituciones de banca de desarrollo. |
| R08 A 0818 | Captación Relacionada, Estratificada por Costo En este subreporte se solicitan los saldos a fin de mes, de la captación relacionada y estratificada por costo. Este subreporte debe presentarse en moneda nacional y moneda extranjera valorizada en pesos. Sólo aplica para instituciones de banca comercial. |
| R08 A-0819 | Captación Integral, Estratificada por Montos En este subreporte se solicitan los saldos a fin de mes estratificados por monto, de los conceptos de la captación integral. Además, los saldos deben presentarse en moneda nacional y Udis valorizadas en pesos, en moneda extranjera valorizada en pesos, y el saldo total que suma las monedas mencionadas. Sólo aplica para instituciones de banca de desarrollo. |
Este reporte regulatorio solicita las cifras de la institución de crédito sin consolidar, por lo que los saldos a fin de mes, deben coincidir con los saldos de los rubros y conceptos correspondientes del reporte regulatorio R01 Catálogo Mínimo, por tipo de moneda, es decir, en moneda nacional y Udis valorizadas en pesos y moneda extranjera valorizada en pesos.
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte regulatorio de Captación se llevará a cabo por medio del formato siguiente:
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 | Columna 5 | Columna 6 |
| Periodo | Clave de la Entidad | Concepto | Subreporte | Moneda | Tipo de Saldo |
| Columna 7 | Columna 8 | Columna 9 | Columna 10 | ||
| Dato | TIIE | CPP | LIBOR |
DESCRIPCION DEL FORMATO DE CAPTURA
A continuación se describen las columnas que integran el formato de captura:
| COLUMNA | DESCRIPCION |
| Columna 1 | PERIODO Se debe anotar el periodo de acuerdo al formato: AAAAMM Esta columna se captura al momento en que se accesa al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI), por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 2 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 3 | CONCEPTO Se debe anotar la clave del concepto al que corresponde la información de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Las definiciones de los principales conceptos se encuentran en el Anexo R08 A 1 |
| Columna 4 | SUBREPORTE Se debe anotar la clave del subreporte de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 5 | MONEDA Se debe anotar la clave de la moneda en la que se está reportando la información de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 6 | TIPO DE SALDO Se debe anotar la clave del tipo de saldo que se está reportando de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 7 | DATO Esta columna debe contener la información que cumple con las características descritas en las columnas anteriores. Instrucciones generales Los datos deben presentarse con el formato siguiente: Saldos, Montos y Número de cuentas o contratos: Se deben presentar las cifras en unidades, positivas, redondeadas, sin decimales, sin comas y sin puntos. Por ejemplo: Depósitos de exigibilidad inmediata por $50,839.45 sería 50839 y Depósitos a plazo por $20,585.70 sería 20586. |
| Columna 8 | TIIE Se debe anotar el valor de la TIIE a 28 días (publicada en el Diario Oficial de la Federación por el Banco de México de manera mensual), utilizada en este reporte regulatorio. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales La tasa solicitada en esta columna, se debe presentar con 4 decimales redondeados, en base 100 y sin el signo %. Ejemplo: 37.5792% sería 37.5792. |
| Columna 9 | CPP Se debe anotar el valor del CPP-Udis (publicado en el Diario Oficial de la Federación por el Banco de México de manera mensual), utilizado en este reporte regulatorio. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales La tasa solicitada en esta columna, se debe presentar con 4 decimales redondeados, en base 100 y sin el signo %. Ejemplo: 37.5792% sería 37.5792. |
| Columna 10 | LIBOR Se debe anotar el valor de la LIBOR a 30 días utilizada en este reporte regulatorio. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales La tasa solicitada en esta columna, se debe presentar con 4 decimales redondeados, en base 100 y sin el signo %. Ejemplo: 37.5792% sería 37.5792. |
ANEXO R08 A 1
CONCEPTOS
Los principales conceptos del reporte regulatorio de Captación se definen en la siguiente tabla:
| CONCEPTO | DEFINICION |
| Depósitos de exigibilidad inmediata | La captación de exigibilidad inmediata agrupa todos los depósitos en los cuales el depositante pueda exigir y disponer de sus recursos en cualquier momento. Dentro de este concepto se incluyen las cuentas de cheques tradicionales y cheques certificados, depósitos de nómina, depósitos de ahorro, depósitos en cuenta corriente y cualquier otro producto que cumpla con las características descritas. Los depósitos de otros bancos así como de otras instituciones financieras, realizados a través de instrumentos de captación que cumplan con la característica de exigibilidad inmediata deben registrarse dentro de este concepto y no dentro de la captación interbancaria. La captación de exigibilidad inmediata se divide en: Con intereses: depósitos de exigibilidad inmediata que devenguen intereses a cargo para la institución. Sin intereses: depósitos de exigibilidad inmediata que no generen intereses a cargo para la institución. |
| Depósitos a plazo | La captación a plazo es aquella que se conforma de depósitos que deben permanecer en el banco por un periodo de tiempo igual o mayor a un día, antes de estar disponibles para su retiro. Dentro de estos depósitos se incluyen los certificados de depósito retirables en días preestablecidos, depósitos a plazo fijo, aceptaciones bancarias, pagarés con rendimiento liquidable al vencimiento y cualquier otro instrumento a plazo que cumpla con estas características. Los depósitos a plazo se divide en: Del público en general: Se refiere a toda la captación a plazo que se capta por medio de sucursales, servicios de mensajería, etc. Es decir los depósitos a plazo que no son captados a través del mercado de dinero con otros intermediarios financieros, tesorerías de empresas y de entidades gubernamentales. Mercado de dinero: Se refiere a todos los depósitos a plazo que se realizan con otros intermediarios financieros, así como con tesorerías de empresas y de entidades gubernamentales. Fondos Especiales: Se refiere a todos los pasivos a cargo de la banca de desarrollo por concepto de las aportaciones efectuadas a los beneficiarios de dichos fondos. Sólo aplica para instituciones de banca de desarrollo. |
| Bonos bancarios | Los bonos bancarios son emisiones públicas y masivas de papel de deuda distintas de las obligaciones subordinadas. |
| Préstamos interbancarios y de otros organismos | Los préstamos interbancarios y de otros organismos, se desglosan en: De exigibilidad inmediata De corto plazo (cuyo plazo por vencer sea menor o igual a un año) De largo plazo (cuyo plazo por vencer sea mayor a un año) Las líneas de crédito ejercidas y el pasivo que se genere en las operaciones de cesión de cartera de crédito sin transferencia de propiedad, se presentarán dentro de este rubro. Los préstamos interbancarios que reciba la institución a un plazo menor o igual a 3 días hábiles se presentarán como parte del rubro de exigibilidad inmediata, en tanto que los mayores a 3 días hábiles se agruparán como de corto o lago plazo según corresponda. |
| Préstamos de exigibilidad inmediata | Se refiere a los préstamos interbancarios de exigibilidad inmediata, pactados a un plazo menor o igual a tres días hábiles, se le conoce como call-money. |
| Préstamos de Banco de México | Dentro de este concepto se incluyen todos los préstamos que Banco de México haya realizado a las instituciones de banca comercial y de banca de desarrollo. Los préstamos de Banco de México se clasifican según su fuente en: crédito directo y subastas de TIIE y otros préstamos. |
| Préstamos de instituciones de banca comercial | Los préstamos de instituciones de banca comercial se dividen en: Préstamos con destino específico.- Estos préstamos se refieren a las líneas de crédito de comercio exterior. Préstamos sin destino específico.- Estos préstamos se refieren a préstamos directos que están documentados y tienen un plazo mayor a tres días. Dentro de este rubro deberán ser incluidos los préstamos provenientes de bancos extranjeros. |
| Préstamos de instituciones de banca de desarrollo | Los préstamos de banca de desarrollo se clasifican según su fuente. |
| Préstamos de fideicomisos públicos | Son los préstamos obtenidos por la institución, de los fideicomisos públicos instituidos por el Gobierno Federal para el fomento económico. |
| Préstamos de otros organismos | Se refiere a los préstamos provenientes de otros organismos nacionales o extranjeros, y que no se refieren a los obtenidos de la banca comercial, ni de banca de desarrollo, y tampoco de fideicomisos públicos, y de ningún concepto especificado en el reporte regulatorio. |
| Préstamos como agente del Gobierno Federal | Son los préstamos obtenidos por la institución de banca de desarrollo, cuando actúan, a través de un mandato, por cuenta y orden del Gobierno Federal y como prestatario ante los organismos financieros internacionales y las instituciones financieras internacionales, y como intermediario entre éstos y las dependencias y entidades, derivado de la ejecución de programas y proyectos financiados con crédito externo. Sólo aplica para instituciones de banca de desarrollo. |
| Préstamos del Gobierno Federal | Se refiere a los préstamos que recibe la institución de banca de desarrollo, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Sólo aplica para instituciones de banca de desarrollo. |
| Reporte Regulatorio de Captación | |||||||||||||
| Subreporte: Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos | |||||||||||||
| R08 A 0811 | |||||||||||||
| Subreporte: Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos | |||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional y Udis valorizadas en pesos | |||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||
| C o n c e p t o | Principal | Intereses Devengados No Pagados | Total | ||||||||||
| (A) | (B) | (C) = (A) + (B) | |||||||||||
| T o t a l (1+2) | |||||||||||||
| 1. Captación Tradicional | |||||||||||||
| Depósitos de Exigibilidad Inmediata | |||||||||||||
| Sin Intereses | |||||||||||||
| Con Intereses | |||||||||||||
| Depósitos a Plazo | |||||||||||||
| Del Público en General | |||||||||||||
| Mercado de Dinero | |||||||||||||
| Fondos Especiales | |||||||||||||
| Fondo de ahorro | |||||||||||||
| Fondo de trabajo | |||||||||||||
| Fonde de garantía | |||||||||||||
| Bonos Bancarios | |||||||||||||
| 2. Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos | |||||||||||||
| De Exigibilidad Inmediata (Call Money) | |||||||||||||
| De Corto Plazo | |||||||||||||
| Préstamos de Banco de México | |||||||||||||
| Crédito Directo | |||||||||||||
| Subastas de TIIE | |||||||||||||
| Otros | |||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca Comercial | |||||||||||||
| Con Destino Específico 1/ | |||||||||||||
| Sin Destino Específico 2/ | |||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | |||||||||||||
| Bancomext | |||||||||||||
| Banjercito | |||||||||||||
| Banobras | |||||||||||||
| Bansefi | |||||||||||||
| Hipotecaria | |||||||||||||
| Nafin | |||||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | |||||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | |||||||||||||
| Préstamos como Agente del Gobierno Federal | |||||||||||||
| Préstamos del Gobierno Federal | |||||||||||||
| De Largo plazo | |||||||||||||
| Préstamos de Banco de México | |||||||||||||
| Crédito Directo | |||||||||||||
| Subastas de TIIE | |||||||||||||
| Otros | |||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca Comercial | |||||||||||||
| Con Destino Específico 1/ | |||||||||||||
| Sin Destino Específico 2/ | |||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | |||||||||||||
| Bancomext | |||||||||||||
| Banjercito | |||||||||||||
| Banobras | |||||||||||||
| Bansefi | |||||||||||||
| Hipotecaria | |||||||||||||
| Nafin | |||||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | |||||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | |||||||||||||
| Préstamos como Agente del Gobierno Federal | |||||||||||||
| Préstamos del Gobierno Federal | |||||||||||||
| Notas: | |||||||||||||
| 1/ | Los préstamos con destino específico se refieren a las líneas de crédito de comercio exterior. | ||||||||||||
| 2/ | Los préstamos sin destino específico se refieren a préstamos directos que están documentados. No incluye Call Money. | ||||||||||||
| Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | |||||||||||||
| BANCA DE DESARROLLO | |||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Captación | |||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos | |||||||||||||||||||||||||||
| R08 A 0811 | |||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos | |||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda extranjera valorizada en pesos | |||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Principal | Intereses Devengados No Pagados | Total | ||||||||||||||||||||||||
| (A) | (B) | (C) = (A) + (B) | |||||||||||||||||||||||||
| T o t a l (1+2) | |||||||||||||||||||||||||||
| 1. Captación Tradicional | |||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos de Exigibilidad Inmediata | |||||||||||||||||||||||||||
| Sin Intereses | |||||||||||||||||||||||||||
| Con Intereses | |||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos a Plazo | |||||||||||||||||||||||||||
| Del Público en General | |||||||||||||||||||||||||||
| Mercado de Dinero | |||||||||||||||||||||||||||
| Fondos Especiales | |||||||||||||||||||||||||||
| Fondo de ahorro | |||||||||||||||||||||||||||
| Fondo de trabajo | |||||||||||||||||||||||||||
| Fondo de garantía | |||||||||||||||||||||||||||
| Bonos Bancarios | |||||||||||||||||||||||||||
| 2. Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos | |||||||||||||||||||||||||||
| De Exigibilidad Inmediata (Call Money) | |||||||||||||||||||||||||||
| De Corto Plazo | |||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Banco de México | |||||||||||||||||||||||||||
| Crédito Directo | |||||||||||||||||||||||||||
| Subastas de TIIE | |||||||||||||||||||||||||||
| Otros | |||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca Comercial | |||||||||||||||||||||||||||
| Con Destino Específico 1/ | |||||||||||||||||||||||||||
| Sin Destino Específico 2/ | |||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | |||||||||||||||||||||||||||
| Bancomext | |||||||||||||||||||||||||||
| Banjercito | |||||||||||||||||||||||||||
| Banobras | |||||||||||||||||||||||||||
| Bansefi | |||||||||||||||||||||||||||
| Hipotecaria | |||||||||||||||||||||||||||
| Nafin | |||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | |||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | |||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos como Agente del Gobierno Federal | |||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos del Gobierno Federal | |||||||||||||||||||||||||||
| De Largo Plazo | |||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Banco de México | |||||||||||||||||||||||||||
| Crédito Directo | |||||||||||||||||||||||||||
| Subastas de TIIE | |||||||||||||||||||||||||||
| Otros | |||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca Comercial | |||||||||||||||||||||||||||
| Con Destino Específico 1/ | |||||||||||||||||||||||||||
| Sin Destino Específico 2/ | |||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | |||||||||||||||||||||||||||
| Bancomext | |||||||||||||||||||||||||||
| Banjercito | |||||||||||||||||||||||||||
| Banobras | |||||||||||||||||||||||||||
| Bansefi | |||||||||||||||||||||||||||
| Hipotecaria | |||||||||||||||||||||||||||
| Nafin | |||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | |||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | |||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos como Agente del Gobierno Federal | |||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos del Gobierno Federal | |||||||||||||||||||||||||||
| Notas: | |||||||||||||||||||||||||||
| 1/ | Los préstamos con destino específico se refieren a las líneas de crédito de comercio exterior. | ||||||||||||||||||||||||||
| 2/ | Los préstamos sin destino específico se refieren a préstamos directos que están documentados. No incluye Call Money. | ||||||||||||||||||||||||||
| Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | |||||||||||||||||||||||||||
| BANCA DE DESARROLLO | |||||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Captación | |||||||||||||||||
| Subreporte: Saldos, Intereses y Comisiones por Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Costo | |||||||||||||||||
| R08 A 0813 | |||||||||||||||||
| Subreporte: Saldos, Intereses y Comisiones por Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Costo | |||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional y Udis valorizadas en pesos | |||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||
| Saldos | Costos | ||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Al Cierre de Mes | Promedio Diario (1) | Intereses del mes (2) | Comisiones del mes (3) | |||||||||||||
| T o t a l (1+2) | |||||||||||||||||
| 1. Captación Tradicional | |||||||||||||||||
| Depósitos de Exigibilidad Inmediata | |||||||||||||||||
| Sin Intereses | |||||||||||||||||
| Con Intereses | |||||||||||||||||
| Costo Bajo 1/ | |||||||||||||||||
| Costo Medio 2/ | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto 3/ | |||||||||||||||||
| Costo Alto 4/ | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto 5/ | |||||||||||||||||
| Depósitos a Plazo | |||||||||||||||||
| Del Público en General | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| Mercado de Dinero | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| Fondos Especiales | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| Bonos Bancarios | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| 2. Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos | |||||||||||||||||
| De Exigibilidad Inmediata (Call Money) | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| De Corto Plazo | |||||||||||||||||
| Préstamos de Banco de México | |||||||||||||||||
| Crédito Directo | |||||||||||||||||
| Subastas de TIIE | |||||||||||||||||
| Otros | |||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca Comercial | |||||||||||||||||
| Con Destino Específico 6/ | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| Sin Destino Específico 7/ | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| Préstamos como Agente del Gobierno Federal | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| Préstamos del Gobierno Federal | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| De Largo Plazo | |||||||||||||||||
| Préstamos de Banco de México | |||||||||||||||||
| Crédito Directo | |||||||||||||||||
| Subastas de TIIE | |||||||||||||||||
| Otros | |||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca Comercial | |||||||||||||||||
| Con Destino Específico 6/ | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| Sin Destino Específico 7/ | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| Préstamos como Agente del Gobierno Federal | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| Préstamos del Gobierno Federal | |||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||
| (1) La columna "Promedio Diario" se refiere a los saldos diarios acumulados en el mes entre el número de días naturales del mismo. | |||||||||||||||||
| (2) Los "Intereses del mes", se refieren a los intereses pagados en el mes. | |||||||||||||||||
| (3) "Comisiones" se refiere a aquellas que forman parte del margen financiero y son ajustes al rendimiento. | |||||||||||||||||
| Notas: MN | |||||||||||||||||
| 1/ | Costo bajo <= 30% de TIIE | ||||||||||||||||
| 2/ | Costo medio > 30% y <= 55% de TIIE | ||||||||||||||||
| 3/ | Costo medio alto > 55% y <= 75% de TIIE | ||||||||||||||||
| 4/ | Costo alto > 75% y <= 85% de TIIE | ||||||||||||||||
| 5/ | Costo muy alto > 85% de TIIE | ||||||||||||||||
| Notas: Udis | |||||||||||||||||
| CCPT en Udis = CCP + Costo interbancario en Udis | |||||||||||||||||
| 1/ | Costo bajo <= 30% de CCPT en Udis | ||||||||||||||||
| 2/ | Costo medio > 30% y <= 55% de CCPT en Udis | ||||||||||||||||
| 3/ | Costo medio alto > 55% y <= 75% de CCPT en Udis | ||||||||||||||||
| 4/ | Costo alto > 75% y <= 85% de CCPT en Udis | ||||||||||||||||
| 5/ | Costo muy alto > 85% de CCPT en Udis | ||||||||||||||||
| 6/ | Los préstamos con destino específico se refieren a las líneas de crédito de comercio exterior. | ||||||||||||||||
| 7/ | Los préstamos sin destino específico se refieren a préstamos directos que están documentados. No deben confundirse con Call Money. | ||||||||||||||||
| Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | |||||||||||||||||
| BANCA DE DESARROLLO | |||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Captación | |||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Saldos, Intereses y Comisiones por Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Costo | |||||||||||||||||||||||||||||
| R08 A 0813 | |||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Saldos, Intereses y Comisiones por Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Costo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda extranjera valorizada en dólares de E.U.A. y Moneda extranjera valorizada en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en dólares y pesos | |||||||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Saldos | Costos | |||||||||||||||||||||||||||
| Al Cierre de Mes | Promedio Diario (1) | Intereses del mes (2) | Comisiones del mes (3) | ||||||||||||||||||||||||||
| Moneda Extranjera Valorizada en Dólares | Moneda Extranjera Valorizada en Pesos | Moneda Extranjera Valorizada en Dólares | Moneda Extranjera Valorizada en Pesos | Moneda Extranjera Valorizada en Dólares | Moneda Extranjera Valorizada en Pesos | Moneda Extranjera Valorizada en Dólares | Moneda Extranjera Valorizada en Pesos | ||||||||||||||||||||||
| T o t a l (1+2) | |||||||||||||||||||||||||||||
| 1. Captación Tradicional | |||||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos de Exigibilidad Inmediata | |||||||||||||||||||||||||||||
| Sin Intereses | |||||||||||||||||||||||||||||
| Con Intereses | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo 1/ | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio 2/ | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto 3/ | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto 4/ | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto 5/ | |||||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos a Plazo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Del Público en General | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Mercado de Dinero | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Fondos Especiales | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Bonos Bancarios | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| 2. Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos | |||||||||||||||||||||||||||||
| De Exigibilidad Inmediata (Call Money) | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| De Corto Plazo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Banco de México | |||||||||||||||||||||||||||||
| Crédito Directo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Subastas de TIIE | |||||||||||||||||||||||||||||
| Otros | |||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca Comercial | |||||||||||||||||||||||||||||
| Con Destino Específico 6/ | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Sin Destino Específico 7/ | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos como Agente del Gobierno Federal | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos del Gobierno Federal | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| De Largo Plazo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Banco de México | |||||||||||||||||||||||||||||
| Crédito Directo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Subastas de TIIE | |||||||||||||||||||||||||||||
| Otros | |||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca Comercial | |||||||||||||||||||||||||||||
| Con Destino Específico 6/ | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Sin Destino Específico 7/ | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de otros organismos | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos como Agente del Gobierno Federal | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos del Gobierno Federal | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||
| (1) La columna "Promedio Diario" se refiere a los saldos diarios acumulados en el mes entre el número de días naturales del mismo. | |||||||||||||||||||||||||||||
| (2) Los "Intereses del mes", se refieren a los intereses pagados en el mes. | |||||||||||||||||||||||||||||
| (3) "Comisiones" se refiere a aquellas que forman parte del margen financiero y son ajustes al rendimiento. | |||||||||||||||||||||||||||||
| Notas: | |||||||||||||||||||||||||||||
| 1/ | Costo bajo <= 30% de LIBOR | ||||||||||||||||||||||||||||
| 2/ | Costo medio > 30% y <= 55% de LIBOR | ||||||||||||||||||||||||||||
| 3/ | Costo medio alto > 55% y <= 75% de LIBOR | ||||||||||||||||||||||||||||
| 4/ | Costo alto > 75% y <= 85% de LIBOR | ||||||||||||||||||||||||||||
| 5/ | Costo muy alto > 85% de LIBOR | ||||||||||||||||||||||||||||
| 6/ | Los préstamos con destino específico se refieren a las líneas de crédito de comercio exterior | ||||||||||||||||||||||||||||
| 7/ | Los préstamos sin destino específico se refieren a préstamos directos que están documentados. No deben confundirse con Call Money. | ||||||||||||||||||||||||||||
| Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | |||||||||||||||||||||||||||||
| BANCA DE DESARROLLO | |||||||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Captación | ||||||||
| Subreporte: Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Plazos al Vencimiento | ||||||||
| R08 A 0815 | ||||||||
| Subreporte: Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Plazos al Vencimiento | ||||||||
| Incluye: Moneda nacional y Udis valorizadas en pesos | ||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||
| C o n c e p t o | Total | |||||||
| Préstamos de la Banca de Desarrollo y de Otros Organismos | ||||||||
| Préstamo de Instituciones de Banca de Desarrollo | ||||||||
| Plazo al Vencimiento: | ||||||||
| De 1 a 6 días | ||||||||
| De 7 a 13 días | ||||||||
| De 14 a 30 días | ||||||||
| De 31 a 90 días | ||||||||
| De 91 a 180 días | ||||||||
| De 181 a 365 días | ||||||||
| Mayor a 365 días | ||||||||
| Préstamo de Fideicomisos Públicos | ||||||||
| Plazo al Vencimiento: | ||||||||
| De 1 a 6 días | ||||||||
| De 7 a 13 días | ||||||||
| De 14 a 30 días | ||||||||
| De 31 a 90 días | ||||||||
| De 91 a 180 días | ||||||||
| De 181 a 365 días | ||||||||
| Mayor a 365 días | ||||||||
| Préstamo de Otros Organismos | ||||||||
| Plazo al Vencimiento: | ||||||||
| De 1 a 6 días | ||||||||
| De 7 a 13 días | ||||||||
| De 14 a 30 días | ||||||||
| De 31 a 90 días | ||||||||
| De 91 a 180 días | ||||||||
| De 181 a 365 días | ||||||||
| Mayor a 365 días | ||||||||
| Préstamos como Agente del Gobierno Federal | ||||||||
| Plazo al Vencimiento: | ||||||||
| De 1 a 6 días | ||||||||
| De 7 a 13 días | ||||||||
| De 14 a 30 días | ||||||||
| De 31 a 90 días | ||||||||
| De 91 a 180 días | ||||||||
| De 181 a 365 días | ||||||||
| Mayor a 365 días | ||||||||
| Préstamos del Gobierno Federal | ||||||||
| Plazo al Vencimiento: | ||||||||
| De 1 a 6 días | ||||||||
| De 7 a 13 días | ||||||||
| De 14 a 30 días | ||||||||
| De 31 a 90 días | ||||||||
| De 91 a 180 días | ||||||||
| De 181 a 365 días | ||||||||
| Mayor a 365 días | ||||||||
| Nota: Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | ||||||||
| BANCA DE DESARROLLO | ||||||||
| Reporte Regulatorio de Captación | ||||||||
| Subreporte: Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Plazos al Vencimiento | ||||||||
| R08 A 0815 | ||||||||
| Subreporte: Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Plazos al Vencimiento | ||||||||
| Incluye: Moneda extranjera valorizada en pesos | ||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||
| C o n c e p t o | Total | |||||||
| Préstamos de la Banca de Desarrollo y de Otros Organismos | ||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | ||||||||
| Plazo al Vencimiento: | ||||||||
| De 1 a 6 días | ||||||||
| De 7 a 13 días | ||||||||
| De 14 a 30 días | ||||||||
| De 31 a 90 días | ||||||||
| De 91 a 180 días | ||||||||
| De 181 a 365 días | ||||||||
| Mayor a 365 días | ||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | ||||||||
| Plazo al Vencimiento: | ||||||||
| De 1 a 6 días | ||||||||
| De 7 a 13 días | ||||||||
| De 14 a 30 días | ||||||||
| De 31 a 90 días | ||||||||
| De 91 a 180 días | ||||||||
| De 181 a 365 días | ||||||||
| Mayor a 365 días | ||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | ||||||||
| Plazo al Vencimiento: | ||||||||
| De 1 a 6 días | ||||||||
| De 7 a 13 días | ||||||||
| De 14 a 30 días | ||||||||
| De 31 a 90 días | ||||||||
| De 91 a 180 días | ||||||||
| De 181 a 365 días | ||||||||
| Mayor a 365 días | ||||||||
| Préstamos como Agente del Gobierno Federal | ||||||||
| Plazo al Vencimiento: | ||||||||
| De 1 a 6 días | ||||||||
| De 7 a 13 días | ||||||||
| De 14 a 30 días | ||||||||
| De 31 a 90 días | ||||||||
| De 91 a 180 días | ||||||||
| De 181 a 365 días | ||||||||
| Mayor a 365 días | ||||||||
| Préstamos del Gobierno Federal | ||||||||
| Plazo al Vencimiento: | ||||||||
| De 1 a 6 días | ||||||||
| De 7 a 13 días | ||||||||
| De 14 a 30 días | ||||||||
| De 31 a 90 días | ||||||||
| De 91 a 180 días | ||||||||
| De 181 a 365 días | ||||||||
| Mayor a 365 días | ||||||||
| Nota: Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | ||||||||
| BANCA DE DESARROLLO | ||||||||
| Reporte Regulatorio de Captación | |||||||||||
| Subreporte: Depósitos de Exigibilidad Inmediata y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Montos | |||||||||||
| R08 A 0816 | |||||||||||
| Subreporte: Depósitos de Exigibilidad Inmediata y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Montos | |||||||||||
| Incluye: Moneda nacional y Udis valorizadas en pesos | |||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||
| C o n c e p t o | Número de cuentas o contratos | Total | |||||||||
| T o t a l (1+2) | |||||||||||
| 1. Depósitos de Exigibilidad Inmediata | |||||||||||
| Sin Intereses | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 9,000 udis | |||||||||||
| De 9,001 udis a 18,000 udis | |||||||||||
| De 18,001 udis a 36,000 udis | |||||||||||
| De 36,001 udis a 90,000 udis | |||||||||||
| Mayor a 90,000 udis | |||||||||||
| Con Intereses | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 9,000 udis | |||||||||||
| De 9,001 udis a 18,000 udis | |||||||||||
| De 18,001 udis a 36,000 udis | |||||||||||
| De 36,001 udis a 90,000 udis | |||||||||||
| Mayor a 90,000 udis | |||||||||||
| 2. Préstamos de la Banca de Desarrollo y de Otros Organismos | |||||||||||
| De Corto Plazo | |||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 36,000,000 udis | |||||||||||
| De 36,000,001 udis a 180,000,000 udis | |||||||||||
| De 180,000,001 udis a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Mayor a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 36,000,000 udis | |||||||||||
| De 36,000,001 udis a 180,000,000 udis | |||||||||||
| De 180,000,001 udis a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Mayor a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 36,000,000 udis | |||||||||||
| De 36,000,001 udis a 180,000,000 udis | |||||||||||
| De 180,000,001 udis a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Mayor a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Préstamos como Agente del Gobierno Federal | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 36,000,000 udis | |||||||||||
| De 36,000,001 udis a 180,000,000 udis | |||||||||||
| De 180,000,001 udis a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Mayor a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Préstamos del Gobierno Federal | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 36,000,000 udis | |||||||||||
| De 36,000,001 udis a 180,000,000 udis | |||||||||||
| De 180,000,001 udis a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Mayor a 360,000,000 udis | |||||||||||
| De Largo Plazo | |||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 36,000,000 udis | |||||||||||
| De 36,000,001 udis a 180,000,000 udis | |||||||||||
| De 180,000,001 udis a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Mayor a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 36,000,000 udis | |||||||||||
| De 36,000,001 udis a 180,000,000 udis | |||||||||||
| De 180,000,001 udis a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Mayor a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 36,000,000 udis | |||||||||||
| De 36,000,001 udis a 180,000,000 udis | |||||||||||
| De 180,000,001 udis a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Mayor a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Préstamos como Agente del Gobierno Federal | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 36,000,000 udis | |||||||||||
| De 36,000,001 udis a 180,000,000 udis | |||||||||||
| De 180,000,001 udis a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Mayor a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Préstamos del Gobierno Federal | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 36,000,000 udis | |||||||||||
| De 36,000,001 udis a 180,000,000 udis | |||||||||||
| De 180,000,001 udis a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Mayor a 360,000,000 udis | |||||||||||
| Nota: Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | |||||||||||
| BANCA DE DESARROLLO | |||||||||||
| Reporte Regulatorio de Captación | |||||||||||
| Subreporte: Depósitos de Exigibilidad Inmediata y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Montos | |||||||||||
| R08 A 0816 | |||||||||||
| Subreporte: Depósitos de Exigibilidad Inmediata y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Montos | |||||||||||
| Incluye: Moneda extranjera valorizada en dólares de E.U.A. | |||||||||||
| Cifras en dólares | |||||||||||
| C o n c e p t o | Número de cuentas o contratos | Total | |||||||||
| T o t a l (1+2) | |||||||||||
| 1. Depósitos de Exigibilidad Inmediata | |||||||||||
| Sin Intereses | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 2,500 usd | |||||||||||
| De 2,500 usd a 5,000 usd | |||||||||||
| De 5,001 usd a 10,000 usd | |||||||||||
| De 10,001 usd a 25,000 usd | |||||||||||
| Mayor a 25,000 usd | |||||||||||
| Con Intereses | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 2,500 usd | |||||||||||
| De 2,500 usd a 5,000 usd | |||||||||||
| De 5,001 usd a 10,000 usd | |||||||||||
| De 10,001 usd a 25,000 usd | |||||||||||
| Mayor a 25,000 usd | |||||||||||
| 2. Préstamos de la Banca de Desarrollo y de Otros Organismos | |||||||||||
| De Corto Plazo | |||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 10,000,000 usd | |||||||||||
| De 10,000,001 usd a 50,000,000 usd | |||||||||||
| De 50,000,001 usd a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Mayor a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 10,000,000 usd | |||||||||||
| De 10,000,001 usd a 50,000,000 usd | |||||||||||
| De 50,000,001 usd a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Mayor a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 10,000,000 usd | |||||||||||
| De 10,000,001 usd a 50,000,000 usd | |||||||||||
| De 50,000,001 usd a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Mayor a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Préstamos como Agente del Gobierno Federal | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 10,000,000 usd | |||||||||||
| De 10,000,001 usd a 50,000,000 usd | |||||||||||
| De 50,000,001 usd a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Mayor a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Préstamos del Gobierno Federal | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 10,000,000 usd | |||||||||||
| De 10,000,001 usd a 50,000,000 usd | |||||||||||
| De 50,000,001 usd a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Mayor a 100,000,000 usd | |||||||||||
| De Largo Plazo | |||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 10,000,000 usd | |||||||||||
| De 10,000,001 usd a 50,000,000 usd | |||||||||||
| De 50,000,001 usd a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Mayor a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 10,000,000 usd | |||||||||||
| De 10,000,001 usd a 50,000,000 usd | |||||||||||
| De 50,000,001 usd a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Mayor a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 10,000,000 usd | |||||||||||
| De 10,000,001 usd a 50,000,000 usd | |||||||||||
| De 50,000,001 usd a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Mayor a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Préstamos como Agente del Gobierno Federal | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 10,000,000 usd | |||||||||||
| De 10,000,001 usd a 50,000,000 usd | |||||||||||
| De 50,000,001 usd a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Mayor a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Préstamos del Gobierno Federal | |||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||
| Hasta 10,000,000 usd | |||||||||||
| De 10,000,001 usd a 50,000,000 usd | |||||||||||
| De 50,000,001 usd a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Mayor a 100,000,000 usd | |||||||||||
| Nota: Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | |||||||||||
| BANCA DE DESARROLLO | |||||||||||
| Reporte Regulatorio de Captación | |||||||||||||||
| Subreporte: Captación Integral, Estratificada por Montos | |||||||||||||||
| R08 A 0819 | |||||||||||||||
| Subreporte: Captación Integral, Estratificada por Montos | |||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizadas en pesos | |||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||
| C o n c e p t o | I m p o r t e s | ||||||||||||||
| M.N. Y Udis | M.E.VAL | TOTAL | |||||||||||||
| T o t a l (1+2+3+4) | |||||||||||||||
| Captación de Balance (1+2) | |||||||||||||||
| 1. Captación Tradicional | |||||||||||||||
| Depósitos de Exigibilidad Inmediata | |||||||||||||||
| Sin Intereses | |||||||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||||||
| Hasta 9,000 udis | |||||||||||||||
| De 9,001 udis a 18,000 udis | |||||||||||||||
| De 18,001 udis a 36,000 udis | |||||||||||||||
| De 36,001 udis a 90,000 udis | |||||||||||||||
| Mayor a 90,000 udis | |||||||||||||||
| Con Intereses | |||||||||||||||
| Rango de Depósitos: | |||||||||||||||
| Hasta 9,000 udis | |||||||||||||||
| De 9,001 udis a 18,000 udis | |||||||||||||||
| De 18,001 udis a 36,000 udis | |||||||||||||||
| De 36,001 udis a 90,000 udis | |||||||||||||||
| Mayor a 90,000 udis | |||||||||||||||
| 2.- Obligaciones Subordinadas | |||||||||||||||
| Captación Fuera de Balance (3+4) | |||||||||||||||
| 3.- Mercado de Dinero | |||||||||||||||
| Operaciones de Banca de Inversión por Cuenta de Terceros (Directos) | |||||||||||||||
| Hasta 9,000 udis | |||||||||||||||
| De 9,001 udis a 18,000 udis | |||||||||||||||
| De 18,001 udis a 36,000 udis | |||||||||||||||
| De 36,001 udis a 90,000 udis | |||||||||||||||
| De 90,001 udis a 180,000 udis | |||||||||||||||
| De 180,001 udis a 360,000 udis | |||||||||||||||
| Mayor a 360,000 udis | |||||||||||||||
| Operaciones de Banca de Inversión por Cuenta de Terceros (Reportos) | |||||||||||||||
| Hasta 9,000 udis | |||||||||||||||
| De 9,001 udis a 18,000 udis | |||||||||||||||
| De 18,001 udis a 36,000 udis | |||||||||||||||
| De 36,001 udis a 90,000 udis | |||||||||||||||
| De 90,001 udis a 180,000 udis | |||||||||||||||
| De 180,001 udis a 360,000 udis | |||||||||||||||
| Mayor a 360,000 udis | |||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||
| Operaciones de Banca de Inversión Interbancarias (1) | |||||||||||||||
| 4.- Sociedades de Inversión | |||||||||||||||
| Hasta 9,000 udis | |||||||||||||||
| De 9,001 udis a 18,000 udis | |||||||||||||||
| De 18,001 udis a 36,000 udis | |||||||||||||||
| De 36,001 udis a 90,000 udis | |||||||||||||||
| De 90,001 udis a 180,000 udis | |||||||||||||||
| De 180,001 udis a 360,000 udis | |||||||||||||||
| Mayor a 360,000 udis | |||||||||||||||
| (1) Papel reportado con Instituciones de Crédito y Casas de Bolsa. | |||||||||||||||
| Nota: Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | |||||||||||||||
| BANCA DE DESARROLLO | |||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Captación | |||||||||||||||||||
| Subreporte: Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos | |||||||||||||||||||
| R08 A 0811 | |||||||||||||||||||
| Subreporte: Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos | |||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional y Udis valorizadas en pesos | |||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Principal | Intereses Devengados No Pagados | Total | ||||||||||||||||
| (A) | (B) | (C) = (A) + (B) | |||||||||||||||||
| T o t a l (1+2) | |||||||||||||||||||
| 1. Captación Tradicional | |||||||||||||||||||
| Depósitos de Exigibilidad Inmediata | |||||||||||||||||||
| Sin Intereses | |||||||||||||||||||
| Con Intereses | |||||||||||||||||||
| Depósitos a Plazo | |||||||||||||||||||
| Del Público en General | |||||||||||||||||||
| Mercado de Dinero | |||||||||||||||||||
| Bonos Bancarios | |||||||||||||||||||
| 2. Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos | |||||||||||||||||||
| De Exigibilidad Inmediata (Call Money) | |||||||||||||||||||
| De Corto Plazo | |||||||||||||||||||
| Préstamos de Banco de México | |||||||||||||||||||
| Crédito Directo | |||||||||||||||||||
| Subastas de TIIE | |||||||||||||||||||
| Otros | |||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca Comercial | |||||||||||||||||||
| Con Destino Específico 1/ | |||||||||||||||||||
| Sin Destino Específico 2/ | |||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | |||||||||||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | |||||||||||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | |||||||||||||||||||
| De Largo Plazo | |||||||||||||||||||
| Préstamos de Banco de México | |||||||||||||||||||
| Crédito Directo | |||||||||||||||||||
| Subastas de TIIE | |||||||||||||||||||
| Otros | |||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca Comercial | |||||||||||||||||||
| Con Destino Específico 1/ | |||||||||||||||||||
| Sin Destino Específico 2/ | |||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | |||||||||||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | |||||||||||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | |||||||||||||||||||
| Notas: | |||||||||||||||||||
| 1/ | Los préstamos con destino específico se refieren a las líneas de crédito de comercio exterior. | ||||||||||||||||||
| 2/ | Los préstamos sin destino específico se refieren a préstamos directos que están documentados, no incluye Call Money. | ||||||||||||||||||
| Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | |||||||||||||||||||
| BANCA COMERCIAL | |||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Captación | ||||||||||||||||||
| Subreporte: Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos | ||||||||||||||||||
| R08 A 0811 | ||||||||||||||||||
| Subreporte: Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos | ||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda extranjera valorizada en pesos | ||||||||||||||||||
| Cifras en pesos. | ||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Principal | Intereses Devengados No Pagados | Total | |||||||||||||||
| (A) | (B) | (C) = (A) + (B) | ||||||||||||||||
| T o t a l (1+2) | ||||||||||||||||||
| 1. Captación Tradicional | ||||||||||||||||||
| Depósitos de Exigibilidad Inmediata | ||||||||||||||||||
| Sin Intereses | ||||||||||||||||||
| Con Intereses | ||||||||||||||||||
| Depósitos a Plazo | ||||||||||||||||||
| Del Público en General | ||||||||||||||||||
| Mercado de Dinero | ||||||||||||||||||
| Bonos Bancarios | ||||||||||||||||||
| 2. Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos | ||||||||||||||||||
| De Exigibilidad Inmediata (Call Money) | ||||||||||||||||||
| De Corto Plazo | ||||||||||||||||||
| Préstamos de Banco de México | ||||||||||||||||||
| Crédito Directo | ||||||||||||||||||
| Subastas de TIIE | ||||||||||||||||||
| Otros | ||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca Comercial | ||||||||||||||||||
| Con Destino Específico 1/ | ||||||||||||||||||
| Sin Destino Específico 2/ | ||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | ||||||||||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | ||||||||||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | ||||||||||||||||||
| De Largo Plazo | ||||||||||||||||||
| Préstamos de Banco de México | ||||||||||||||||||
| Crédito Directo | ||||||||||||||||||
| Subastas de TIIE | ||||||||||||||||||
| Otros | ||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca Comercial | ||||||||||||||||||
| Con Destino Específico 1/ | ||||||||||||||||||
| Sin Destino Específico 2/ | ||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | ||||||||||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | ||||||||||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | ||||||||||||||||||
| Notas: | ||||||||||||||||||
| 1/ | Los préstamos con destino específico se refieren a las líneas de crédito de comercio exterior. | |||||||||||||||||
| 2/ | Los préstamos sin destino específico se refieren a préstamos directos que están documentados, no incluye Call Money. | |||||||||||||||||
| Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | ||||||||||||||||||
| BANCA COMERCIAL | ||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Captación | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Saldos, Intereses y Comisiones por Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Costo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| R08 A 0813 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Saldos, Intereses y Comisiones por Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Costo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional y Udis valorizadas en pesos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Saldos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Al Cierre de Mes | Promedio Diario (1) | Intereses del mes (2) | Comisiones del mes (3) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| T o t a l (1+2) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 1. Captación Tradicional | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos de Exigibilidad Inmediata | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Sin Intereses | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Con Intereses | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo 1/ | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio 2/ | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto 3/ | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto 4/ | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto 5/ | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos a Plazo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Del Público en General | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Mercado de Dinero | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bonos Bancarios | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 2. Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De Exigibilidad Inmediata (Call Money) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De Corto Plazo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Banco de México | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Crédito Directo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subastas de TIIE | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca Comercial | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Con Destino Específico 6/ | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Sin Destino Específico 7/ | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De Largo Plazo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Banco de México | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Crédito Directo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subastas de TIIE | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca Comercial | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Con Destino Específico 6/ | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Sin Destino Específico 7/ | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| (1) La columna "Promedio Diario" se refiere a los saldos diarios acumulados en el mes entre el número de días naturales del mismo. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| (2) Los "Intereses del mes", se refieren a los intereses pagados en el mes. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| (3) "Comisiones" se refiere a aquellas que forman parte del margen financiero y son ajustes al rendimiento. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Notas: MN | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 1/ | Costo bajo <= 30% de TIIE | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 2/ | Costo medio > 30% y <= 55% de TIIE | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 3/ | Costo medio alto > 55% y <= 75% de TIIE | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 4/ | Costo alto > 75% y <= 85% de TIIE | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 5/ | Costo muy alto > 85% de TIIE | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Notas: Udis | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| CCPT en Udis = CCP + Costo interbancario en Udis | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 1/ | Costo bajo <= 30% de CCPT en Udis | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 2/ | Costo medio > 30% y <= 55% de CCPT en Udis | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 3/ | Costo medio alto > 55% y <= 75% de CCPT en Udis | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 4/ | Costo alto > 75% y <= 85% de CCPT en Udis | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 5/ | Costo muy alto > 85% de CCPT en Udis | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 6/ | Los préstamos con destino específico se refieren a las líneas de crédito de comercio exterior | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 7/ | Los préstamos sin destino específico se refieren a préstamos directos que están documentados, no incluye Call Money. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| BANCA COMERCIAL | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Captación | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Saldos, Intereses y Comisiones por Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Costo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| R08 A 0813 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Saldos, Intereses y Comisiones por Captación Tradicional y Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos, Estratificados por Costo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda extranjera valorizada en dólares de E.U.A. y Moneda extranjera valorizada en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en dólares y pesos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Saldos | Costos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Al Cierre de Mes | Promedio Diario (1) | Intereses del mes (2) | Comisiones del mes (3) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Moneda Extranjera Valorizada en Dólares | Moneda Extranjera Valorizada en Pesos | Moneda Extranjera Valorizada en Dólares | Moneda Extranjera Valorizada en Pesos | Moneda Extranjera Valorizada en Dólares | Moneda Extranjera Valorizada en Pesos | Moneda Extranjera Valorizada en Dólares | Moneda Extranjera Valorizada en Pesos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| T o t a l (1+2) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 1. Captación Tradicional | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos de Exigibilidad Inmediata | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Sin Intereses | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Con Intereses | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo 1/ | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio 2/ | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto 3/ | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto 4/ | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto 5/ | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos a Plazo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Del Público en General | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Mercado de Dinero | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bonos Bancarios | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 2. Préstamos Interbancarios y de Otros Organismos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De Exigibilidad Inmediata (Call Money) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De Corto Plazo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Banco de México | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Crédito Directo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subastas de TIIE | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca Comercial | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Con Destino Específico 6/ | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Sin Destino Específico 7/ | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De Largo Plazo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Banco de México | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Crédito Directo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subastas de TIIE | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca Comercial | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Con Destino Específico 6/ | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Sin Destino Específico 7/ | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Instituciones de Banca de Desarrollo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Fideicomisos Públicos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Otros Organismos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Bajo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Medio Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo Muy Alto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| (1) La columna "Promedio Diario" se refiere a los saldos diarios acumulados en el mes entre el número de días naturales del mismo. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| (2) Los "Intereses del mes", se refieren a los intereses pagados en el mes. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| (3) "Comisiones" se refiere a aquellas que forman parte del margen financiero y son ajustes al rendimiento. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Notas: | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 1/ | Costo bajo <= 30% de LIBOR | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 2/ | Costo medio > 30% y <= 55% de LIBOR | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 3/ | Costo medio alto > 55% y <= 75% de LIBOR | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 4/ | Costo alto > 75% y <= 85% de LIBOR | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 5/ | Costo muy alto > 85% de LIBOR | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 6/ | Los préstamos con destino específico se refieren a las líneas de crédito de comercio exterior. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| 7/ | Los préstamos sin destino específico se refieren a préstamos directos que están documentados. No deben confundirse con Call Money. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| BANCA COMERCIAL | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Captación | |||||||
| Subreporte: Captación Relacionada, Estratificada por Costo | |||||||
| R08 A 0818 | |||||||
| Subreporte: Captación Relacionada, Estratificada por Costo | |||||||
| Incluye: Moneda nacional | |||||||
| Cifras en pesos | |||||||
| C o n c e p t o | Total | ||||||
| 1. Depósitos de Exigibilidad Inmediata | |||||||
| Sin Intereses | |||||||
| Con Intereses | |||||||
| Costo Bajo 1/ | |||||||
| Costo Medio 2/ | |||||||
| Costo Medio Alto 3/ | |||||||
| Costo Alto 4/ | |||||||
| Costo Muy Alto 5/ | |||||||
| Notas MN: | |||||||
| 1/ | Costo bajo <= 30% de TIIE | ||||||
| 2/ | Costo medio > 30% y <= 55% de TIIE | ||||||
| 3/ | Costo medio alto > 55% y <= 75% de TIIE | ||||||
| 4/ | Costo alto > 75% y <= 85% de TIIE | ||||||
| 5/ | Costo muy alto > 85% de TIIE | ||||||
| Notas Udis | |||||||
| CCPT en Udis = CCP + Costo interbancario en Udis | |||||||
| 1/ | Costo bajo <= 30% de CCPT en Udis | ||||||
| 2/ | Costo medio > 30% y <= 55% de CCPT en Udis | ||||||
| 3/ | Costo medio alto > 55% y <= 75% de CCPT en Udis | ||||||
| 4/ | Costo alto > 75% y <= 85% de CCPT en Udis | ||||||
| 5/ | Costo muy alto > 85% de CCPT en Udis | ||||||
| Se debe considerar como relacionada la captación con los mismos criterios que se consideran para efecto de los créditos relacionados es decir los que se señalan en el artículo 73 de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC). | |||||||
| BANCA COMERCIAL | |||||||
| Reporte Regulatorio de Captación | ||||||||||
| Subreporte: Captación Relacionada, Estratificada por Costo | ||||||||||
| R08 A 0818 | ||||||||||
| Subreporte: Captación Relacionada, Estratificada por Costo | ||||||||||
| Incluye: Moneda extranjera valorizada en pesos | ||||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||||
| C o n c e p t o | Total | |||||||||
| 1. Depósitos de Exigibilidad Inmediata | ||||||||||
| Sin Intereses | ||||||||||
| Con Intereses | ||||||||||
| Costo Bajo 1/ | ||||||||||
| Costo Medio 2/ | ||||||||||
| Costo Medio Alto 3/ | ||||||||||
| Costo Alto 4/ | ||||||||||
| Costo Muy Alto 5/ | ||||||||||
| Notas: | ||||||||||
| 1/ | Costo bajo <= 30% de LIBOR | |||||||||
| 2/ | Costo medio > 30% y <= 55% de LIBOR | |||||||||
| 3/ | Costo medio alto > 55% y <= 75% de LIBOR | |||||||||
| 4/ | Costo alto > 75% y <= 85% de LIBOR | |||||||||
| 5/ | Costo muy alto > 85% de LIBOR | |||||||||
| Se debe considerar como relacionada la captación con los mismos criterios que se consideran para efecto de los créditos relacionados, es decir los que se señalan en el artículo 73 de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC). | ||||||||||
| BANCA COMERCIAL | ||||||||||
R09 OTROS GASTOS
R09 B REPORTE REGULATORIO DE OTROS GASTOS
(DESAGREGADO DE GASTOS POR DETERIORO Y QUEBRANTOS)
INSTRUCCIONES DE LLENADO
El reporte regulatorio de Otros Gastos (Desagregado de Gastos por Deterioro y Quebrantos) se integra de un solo subreporte.
La frecuencia de elaboración y presentación de este reporte debe ser trimestral.
SUBREPORTE
| RO9 B 0921 | Desagregado de Gastos por Deterioro y Quebrantos En este subreporte se solicita la descripción de las operaciones registradas en los rubros correspondientes a: Deterioro y Quebrantos del reporte regulatorio R01 Catálogo Mínimo, operación por operación, así como el nombre del comité y fecha en que fueron autorizadas. Sólo deberán registrarse las operaciones correspondientes al trimestre reportado. |
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte regulatorio de Otros Gastos (Desagregado de Gastos por Deterioro y Quebrantos) se llevará a cabo por medio del formato siguiente:
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 | Columna 5 |
| Periodo | Clave de la Entidad | Subreporte | Número de Secuencia | Nombre del Comité o Funcionario que Autorizó la Operación |
| Columna 6 | Columna 7 | Columna 8 | Columna 9 | |
| Fecha en que se Autorizó la Operación | Tipo de Operación | Dato | Comentarios |
Nota:
Se deberán enviar operación por operación, aquellas partidas superiores a 5 millones de pesos.
Las que sean menores a 5 millones de pesos se enviarán agrupadas de acuerdo al tipo de operación que les dio origen. En la columna 4 deberán registrar la leyenda AGRUPACION y en la columna 5 anotarán la última fecha en que se realizó la agrupación
DESCRIPCION DEL FORMATO
A continuación se describen las columnas que integran el formato de captura:
| COLUMNA | DESCRIPCION |
| Columna 1 | PERIODO Se debe anotar el periodo al que corresponde la información de acuerdo al formato: AAAAMM. Esta columna se captura al momento en que se accesa al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI), por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 2 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 3 | SUBREPORTE Se debe anotar la clave del subreporte de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 4 | NUMERO DE SECUENCIA Se debe asignar un número de secuencia a cada uno de los registros reportados (este número secuencial deberá iniciarse en cada periodo). |
| Columna 5 | NOMBRE DEL COMITE O DEL FUNCIONARIO QUE AUTORIZO LA OPERACION Se debe anotar el nombre del comité o del funcionario que autorizó la operación. Instrucciones adicionales PERSONAS FISICAS El nombre deberá iniciar por apellido paterno, materno y nombres, en mayúsculas, sin abreviaciones, sin guiones, y sólo con un espacio entre apellido y apellido, y entre apellido y nombres. No deberán incluir ningún tipo de títulos como Licenciado, Don, Señor, Viuda, etc. Ejemplo: PEREZ ORTEGA VICTOR GABRIEL Los nombres enviados en este campo deberán presentarse de manera idéntica cada vez que se reporte el mismo comité o funcionario que autorizó la operación. |
| Columna 6 | FECHA EN QUE SE AUTORIZO LA OPERACION Se debe anotar la fecha en que se autorizó la operación de acuerdo al formato: AAAAMMDD. |
| Columna 7 | TIPO DE OPERACION Se debe anotar la clave del tipo de operación de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Tipo de Operación. |
| Columna 8 | DATO Esta columna debe contener la información que cumple con las características descritas en las columnas anteriores. Instrucciones generales Los datos deben presentarse con el formato siguiente: Montos: Se deben presentar en pesos, incluye moneda nacional, Udis valorizadas en pesos y moneda extranjera valorizada en pesos. Además, en pesos redondeados, sin decimales, sin comas y sin puntos; y con el signo que corresponda a la naturaleza del concepto. Por ejemplo: si el dato fuera $50,839.45 se debe reportar 50839 o si fuera $20,585.70 sería 20586. |
| Columna 9 | COMENTARIOS Se debe anotar el motivo por el cual se esta llevando a cabo el castigo o el quebranto. |
R10 RECLASIFICACIONES
R10 A REPORTE REGULATORIO DE RECLASIFICACIONES
INSTRUCCIONES DE LLENADO
El reporte regulatorio de Reclasificaciones se integra de 2 subreportes.
La frecuencia de elaboración y presentación de este reporte debe ser mensual.
En el reporte existen conceptos que sólo aplican a las instituciones de banca comercial, éstos se encuentran señalados con BC, y existen conceptos que sólo aplican a las instituciones de banca de desarrollo, éstos se encuentran señalados con BD. Los conceptos que aplican por igual a ambos sectores no se encuentran señalados.
SUBREPORTES
| R10 A 1011 | Reclasificaciones en el Balance General En este subreporte se solicitan saldos al cierre del periodo, de los conceptos del Catálogo Mínimo, así como los respectivos ajustes y/o reclasificaciones realizados para fines de presentación de los rubros del Balance General de la institución sin consolidar subsidiarias ni fideicomisos en Udis. Los saldos finales, después de los ajustes, reclasificaciones y/o compensaciones, deben coincidir con las cifras expresadas en el Balance General sin consolidar subsidiarias y entregado oficialmente en documento impreso a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). |
| R10 A 1012 | Reclasificaciones en el Estado de Resultados En este subreporte se solicitan saldos al sierre del periodo, de los conceptos del Catálogo Mínimo, así como los respectivos ajustes y/o reclasificaciones realizados para fines de presentación de los rubros del Estado de Resultados de la institución, sin consolidar subsidiarias ni fideicomisos en Udis. Los saldos finales, después de los ajustes y/o reclasificaciones, deben coincidir con las cifras expresadas en el Estado de Resultados sin consolidar subsidiarias y entregado oficialmente en documento impreso a la CNBV. |
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte regulatorio de Reclasificaciones se llevará a cabo por medio del formato siguiente:
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 |
| Periodo | Clave de la Entidad | Concepto | Subreporte |
| Columna 5 | Columna 6 | Columna 7 | |
| Tipo de Saldo | Tipo de Movimiento | Dato |
DESCRIPCION DEL FORMATO DE CAPTURA
A continuación se describen las columnas que integran al formato de captura.
| COLUMNA | DESCRIPCION |
| Columna 1 | PERIODO Se debe anotar el periodo de acuerdo al formato: AAAAMM. Esta columna se captura al momento en que se accesa al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI), por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 2 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 3 | CONCEPTO Se debe anotar la clave del concepto al que corresponde la información de acuerdo con las claves disponibles en el SITI. Sobre las reclasificaciones ver Anexo R10 A 1 de este reporte regulatorio. |
| Columna 4 | SUBREPORTE Se debe anotar la clave del subreporte de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 5 | TIPO DE SALDO Se debe anotar la clave del tipo de saldo de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 6 | TIPO DE MOVIMIENTO Se debe anotar la clave del tipo de movimiento de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 7 | DATO Esta columna debe contener la información que cumple con las características descritas en las columnas anteriores. Instrucciones adicionales Los datos deben presentarse con el formato siguiente: Saldos: Se deben presentar en moneda nacional, Udis valorizadas en pesos y moneda extranjera valorizada en pesos. Además, en pesos redondeados, sin decimales, sin comas y sin puntos. Estos saldos siempre deberán registrarse con cifras positivas, excepto en los casos siguientes: Cuentas complementarias de activo (estimaciones), Cuentas de capital que restan o disminuyen al Capital Contable (pérdidas de ejercicios anteriores, decrementos en la valuación, etc.), y Cuentas de resultados que pueden operar con utilidad o pérdida en el mismo concepto, sólo cuando se trate de pérdida (pérdidas en la valuación, pérdida por posición monetaria, etc.). En los casos antes mencionados los saldos deberán registrarse con signo negativo. Por ejemplo: Estimación Preventiva para Riesgos Crediticios por $20,585.70 sería 20586, Deudores Diversos por $50,839.45 sería 50839 y Estimación por Irrecuperabilidad o Difícil Cobro por $20,585.70 sería -20586, Capital Social por $100,000.00 sería 100000, Pérdidas de Ejercicios Anteriores por $12,458.85 sería -12459. |
Anexo R10 A 1
CONCEPTOS
Sobre las reclasificaciones del reporte regulatorio de Reclasificaciones se definen en la tabla siguiente:
| CONCEPTO | DEFINICION |
| Derechos de cobro adquiridos | Los derechos de cobro adquiridos por la entidad se reconocerán en los conceptos de balance dentro del rubro de otras cuentas por cobrar, en el reporte regulatorio R01 Catálogo Mínimo. Para efectos de presentación, los derechos de cobro se reclasifican netos de su estimación, dentro del rubro: Total cartera de crédito (neto), identificados en un renglón por separado. |
| Reporte Regulatorio de Reclasificaciones | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Reclasificaciones en el Balance General | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| R10 A 1011 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Reclasificaciones en el Balance General. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Saldo Catálogo Mínimo | Derramas de Derivados con Fines de Negociación | Derramas de Derivados con Fines de Cobertura | Ajustes por Operaciones Discontinuadas | Otras Compensaciones | Estado Financiero del Banco sin Consolidar | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| (B) = (A+1+2+3+4) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Debe | Haber | Debe | Haber | Debe | Haber | Debe | Haber | |||||||||||||||||||||||||||||||
| (A) | (1) | (2) | (3) | (4) | M.N. Y Udis | M.E. | Total (B) | |||||||||||||||||||||||||||||||
|
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Activo |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Disponibilidades | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Caja |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bancos |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos en Banco de México |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos en otras entidades financieras |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Divisas a entregar |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras disponibilidades | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Documentos de cobro inmediato |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Metales preciosos amonedados |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras disponibilidades |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Disponibilidades restringidas o dadas en garantía | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Banco de México |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos interbancarios (Call Money) |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cuentas de margen |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Divisas a recibir |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras disponibilidades restringidas o dadas en garantía |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Inversiones en valores | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar sin restricción |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por entregar |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por entregar |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por entregar |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acciones |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar restringidos o dados en garantía |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| A recibir |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| A recibir |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| A recibir |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acciones |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta sin restricción |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por entregar |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por entregar |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por entregar |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acciones |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta restringidos o dados en garantía |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| A recibir |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| A recibir |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| A recibir |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acciones |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento sin restricción |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por entregar |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por entregar |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por entregar |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento restringidos o dados en garantía |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| A recibir |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| A recibir |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En posición |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| A recibir |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Reclasificaciones | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Reclasificaciones en el Balance General | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| R10 A 1011 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Reclasificaciones en el Balance General. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Saldo Catálogo Mínimo | Derramas de Derivados con Fines de Negociación | Derramas de Derivados con Fines de Cobertura | Ajustes por Operaciones Discontinuadas | Otras Compensaciones | Estado Financiero del Banco sin Consolidar | |||||||||||||||||||||||||||||||
| (B) = (A+1+2+3+4) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Debe | Haber | Debe | Haber | Debe | Haber | Debe | Haber | ||||||||||||||||||||||||||||||
| (A) | (1) | (2) | (3) | (4) | M.N. Y Udis | M.E. | Total (B) | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con valores y derivadas (saldo deudor) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de reporto (saldo deudor) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deudores por reporto |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos a recibir por reporto |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por reporto |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Efectivo |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acciones |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral (saldo deudor) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de préstamo de valores (saldo deudor) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Valores a recibir por préstamo de valores |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acciones |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por préstamo de valores |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Efectivo |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acciones |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con instrumentos financieros derivados (saldo deudor) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Futuros a recibir |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Negociación |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cobertura |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Contratos adelantados a recibir |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Negociación |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cobertura |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Opciones |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Negociación |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cobertura |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Swaps |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Negociación |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cobertura |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Paquetes de instrumentos derivados |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Negociación |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cobertura |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Total cartera de crédito neto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito neta | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vigente |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Tarjeta de crédito |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Personales |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ABCD |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de arrendamiento capitalizable |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros créditos de consumo |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Media y residencial |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De interés social |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vencida |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos comerciales |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos de consumo |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Tarjeta de crédito |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Personales |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ABCD |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de arrendamiento capitalizable |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros créditos de consumo |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos a la vivienda |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Media y residencial |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De interés social |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios derivada de la calificación |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones contingentes y avales |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios adicional |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Para cobertura de riesgo sobre cartera de vivienda vencida |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| BC | Por sobretasa en bonos gubernamentales. Esquema de descuentos en los pagos oportunos y anticipados |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por riesgos operativos (buró de crédito) |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por intereses devengados sobre créditos vencidos |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Ordenada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Reconocida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Derechos de cobro adquiridos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Reclasificaciones | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Reclasificaciones en el Balance General | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| R10 A 1011 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Reclasificaciones en el Balance General. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Saldo Catálogo Mínimo | Derramas de Derivados con Fines de Negociación | Derramas de Derivados con Fines de Cobertura | Ajustes por Operaciones Discontinuadas | Otras Compensaciones | Estado Financiero del Banco sin Consolidar | |||||||||||||||||||||||||||||||
| (B) = (A+1+2+3+4) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Debe | Haber | Debe | Haber | Debe | Haber | Debe | Haber | ||||||||||||||||||||||||||||||
| (A) | (1) | (2) | (3) | (4) | M.N. Y Udis | M.E. | Total (B) | ||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas por cobrar | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Derechos de cobro | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Derechos fiduciarios |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros derechos de cobro |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deudores diversos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deudores por liquidación de operaciones |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Compraventa de divisas |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Inversiones en valores |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Reportos |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamo de valores |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Instrumentos financieros derivados |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Premios, comisiones y derechos por cobrar sobre operaciones vigentes no crediticias |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Partidas asociadas a operaciones crediticias |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Saldos a favor de impuestos e impuestos acreditables |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos y otros adeudos del personal |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| BC | Deudores en trámite de regularización o liquidación |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Rentas por cobrar |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros deudores |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes adjudicados | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Inmuebles, mobiliario y equipo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Inversiones permanentes en acciones | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuestos diferidos (a favor) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido (a favor) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida (a favor) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros activos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cargos diferidos, pagos anticipados e intangibles | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cargos diferidos |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Pagos anticipados |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intangibles |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros activos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Activos del plan para cubrir obligaciones laborales al retiro |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros activos |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Pasivo |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Captación tradicional | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos de exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Sin interés |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Con interés |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| BC | Provenientes de recaudación de contribuciones |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos a plazo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Del público en general |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Mercado de dinero |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| BD | Fondos especiales |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bonos bancarios | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos interbancarios y de otros organismos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De corto plazo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Banco de México |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de instituciones de banca comercial |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de instituciones de banca de desarrollo |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de fideicomisos públicos |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de otros organismos |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| BD | Préstamos como agente del gobierno federal |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| BD | Préstamos del gobierno federal |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De largo plazo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de Banco de México |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de instituciones de banca comercial |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de instituciones de banca de desarrollo |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de fideicomisos públicos |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos de otros organismos |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| BD | Préstamos como agente del gobierno federal |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| BD | Préstamos del gobierno federal |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con valores y derivadas (saldo acreedor) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de reporto (saldo acreedor) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acreedores por reporto |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos a entregar por reporto |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por reporto |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Efectivo |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acciones |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Reclasificaciones | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Reclasificaciones en el Balance General | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| R10 A 1011 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Reclasificaciones en el Balance General. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Saldo Catálogo Mínimo | Derramas de Derivados con Fines de Negociación | Derramas de Derivados con Fines de Cobertura | Ajustes por Operaciones Discontinuadas | Otras Compensaciones | Estado Financiero del Banco sin Consolidar | |||||||||||||||||||||||||||||||
| (B) = (A+1+2+3+4) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Debe | Haber | Debe | Haber | Debe | Haber | Debe | Haber | ||||||||||||||||||||||||||||||
| (A) | (1) | (2) | (3) | (4) | M.N. Y Udis | M.E. | Total (B) | ||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral (saldo acreedor) |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de préstamo de valores (saldo acreedor) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Valores a entregar por préstamo de valores |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acciones |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por préstamo de valores |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Efectivo |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acciones |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con instrumentos financieros derivados (saldo acreedor) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Futuros a entregar |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Negociación |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cobertura |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Contratos adelantados a entregar |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Negociación |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cobertura |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Opciones |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Negociación |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cobertura |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Swaps |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Negociación |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cobertura |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Paquetes de instrumentos derivados |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Negociación |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cobertura |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas por pagar | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades por pagar |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta por pagar |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta (pagos provisionales) |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta (cálculo real) |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuesto al activo |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en la utilidades por pagar |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de formalizar por su órgano de gobierno | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acreedores diversos y otras cuentas por pagar | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Pasivos derivados de la prestación de servicios bancarios |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cheques de caja |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cheques certificados |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cartas de crédito |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Giros por pagar |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Aceptaciones por cuenta de clientes |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Ordenes de pago |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Avales |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Custodia o administración de bienes |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Recaudación de aportaciones de seguridad social |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros pasivos derivados de la prestación de servicios bancarios |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acreedores por liquidación de operaciones |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Compraventa de divisas |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Inversiones en valores |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Reportos |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamo de valores |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Instrumentos financieros derivados |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Comisiones por pagar sobre operaciones vigentes |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Pasivo por arrendamiento capitalizable |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acreedores por adquisición de activos |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| BC | Dividendos por pagar |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acreedores por servicio de mantenimiento |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuesto al valor agregado |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros impuestos y derechos por pagar |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuestos y aportaciones de seguridad social retenidos por enterar |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Provisión para obligaciones laborales al retiro |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Pasivo adicional por obligaciones laborales al retiro |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Provisiones para obligaciones diversas |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros acreedores diversos |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Obligaciones subordinadas en circulación | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuestos diferidos (a cargo) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido (a cargo) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida (a cargo) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos diferidos y cobros anticipados | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos diferidos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Comisiones por el otorgamiento inicial del crédito |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Premios por amortizar |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Ingreso financiero por devengar en contratos de arrendamiento capitalizable |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros ingresos por aplicar |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Diferencial por amortizar en adquisiciones de cartera de crédito |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Prima por amortizar por colocación de deuda |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Flujos de efectivo para ajustar el valor razonable de derivados |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros créditos diferidos |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cobros anticipados | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses cobrados por anticipado |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Comisiones cobradas por anticipado |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Rentas cobradas por anticipado |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cobros anticipados de bienes prometidos en venta o con reserva de dominio |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Ingresos por aplicar derivados de programas de apoyo a deudores |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros cobros anticipados |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Reclasificaciones | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Reclasificaciones en el Balance General | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| R10 A 1011 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Reclasificaciones en el Balance General. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Saldo Catálogo Mínimo | Derramas de Derivados con Fines de Negociación | Derramas de Derivados con Fines de Cobertura | Ajustes por Operaciones Discontinuadas | Otras Compensaciones | Estado Financiero del Banco sin Consolidar | |||||||||||||||||||||||||||||||
| (B) = (A+1+2+3+4) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Debe | Haber | Debe | Haber | Debe | Haber | Debe | Haber | ||||||||||||||||||||||||||||||
| (A) | (1) | (2) | (3) | (4) | M.N. Y Udis | M.E. | Total (B) | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Capital contable | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Capital contribuido | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Capital social | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Capital social no exhibido | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del capital social pagado | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Aportaciones para futuros aumentos de capital acordadas por su órgano de gobierno | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de las aportaciones para futuros aumentos de capital acordadas por su órgano de gobierno | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Prima en venta de acciones | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de la prima en venta de acciones | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Obligaciones subordinadas en circulación | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de obligaciones subordinadas en circulación | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Donativos |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de donativos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Capital ganado | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Reservas de capital | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Reserva legal |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras reservas |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de reservas de capital | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado de ejercicios anteriores | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por aplicar |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por cambios contables y corrección de errores |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado de ejercicios anteriores | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Valuación |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Efecto de impuestos diferidos |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por valuación de títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por conversión de operaciones extranjeras | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por tenencia de activos no monetarios | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por valuación de activo fijo |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por valuación de inversiones permanentes en acciones |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por tenencia de activos no monetarios | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Ajustes por obligaciones laborales al retiro | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado neto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cuentas de orden | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Avales otorgados | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Activos y pasivos contingentes | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Compromisos crediticios | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes en fideicomiso o mandato | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Fideicomisos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| De garantía, inversión o administración |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Fideicomisos Udis |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| BC | Esquema de rentas fideicomiso inmobiliario |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| BC | Esquema de rentas vehículo de cobro |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Mandatos |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| BD | Agente financiero del gobierno federal | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes en custodia o en administración | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes en custodia | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos emitidos por la institución |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Instrumentos financieros con valor razonable |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes muebles y otros instrumentos financieros sin valor razonable |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes muebles e inmuebles |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes en administración | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Garantías recibidas por la institución | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En operaciones de crédito |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| En operaciones con valores y derivadas |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras garantías recibidas |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de banca de inversión por cuenta de terceros | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Efectivo |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Instrumentos financieros | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras inversiones por cuenta de terceros | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses devengados no cobrados derivados de cartera de crédito vencida | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos a recibir por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Menos: |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acreedores por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos a entregar por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Menos: |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deudores por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Valores a recibir por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Menos: |
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| Bienes a entregar en garantía por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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| Valores a entregar por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Menos: |
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| Bienes a recibir en garantía por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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| Otras cuentas de registro | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Reclasificaciones | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Reclasificaciones en el Estado de Resultados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| R10 A 1012 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Reclasificaciones en el Estado de Resultados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Saldos Catálogo Mínimo | Derramas de Derivados con Fines de Negociación | Derramas de Derivados con Fines de Cobertura | Ajustes por Operaciones Discontinuadas | Otras Compensaciones | Estado Financiero del Banco sin Consolidar | ||||||||||||||||||||||||||
| (B) = (A+1+2+3+4) | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Debe | Haber | Debe | Haber | Debe | Haber | Debe | Haber | |||||||||||||||||||||||||
| (A) | (1) | (2) | (3) | (4) | M.N. Y Udis | M.E. | Total (B) | |||||||||||||||||||||||||
| Ingresos por intereses | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses de disponibilidades | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bancos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Disponibilidades restringidas o dadas en garantía | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a favor provenientes de inversiones en valores | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por títulos para negociar | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por títulos disponibles para la venta | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por títulos conservados a vencimiento | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a favor en operaciones de reporto y préstamos de valores | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En títulos a recibir por reporto | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En bienes a recibir en garantía por reporto | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En valores a recibir por préstamo | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En bienes a recibir en garantía por préstamo | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses de cartera de crédito vigente | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses de cartera de crédito vencida | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos comerciales | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos de consumo | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos a la vivienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Comisiones por el otorgamiento inicial del crédito | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Premios a favor | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En operaciones de reporto | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En operaciones de préstamo de valores | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Primas por colocación de deuda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Utilidad por valorización | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Utilidad en cambios por valorización | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Valorización de instrumentos indizados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Valorización de partidas en Udis | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de ingresos por intereses | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Gastos por intereses | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses por depósitos de exigibilidad inmediata | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses por depósitos a plazo | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses por bonos bancarios | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses por préstamos interbancarios y de otros organismos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses por obligaciones subordinadas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Provenientes de obligaciones subordinadas de conversión obligatoria a capital | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Provenientes de obligaciones subordinadas de conversión voluntaria a capital | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Provenientes de obligaciones subordinadas no convertibles | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a cargo en operaciones de reporto y préstamos de valores | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En títulos a entregar por reporto | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En bienes a entregar en garantía por reporto | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En valores a entregar por préstamo | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En bienes a entregar en garantía por préstamo | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Premios a cargo | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En operaciones de reporto | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En operaciones de préstamo de valores | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Sobreprecio pagado en inversiones en valores | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Descuentos por colocación de deuda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Pérdida por valorización | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Pérdida en cambios por valorización | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Valorización de instrumentos indizados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Valorización de partidas en Udis | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de gastos por intereses | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria neto (margen financiero) | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que generan margen financiero (saldo deudor) | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que generan margen financiero (saldo acreedor) | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por posición monetaria neto (margen financiero) | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Margen financiero | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios derivada de la calificación | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios adicional | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de estimación preventiva para riesgos crediticios | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Margen financiero ajustado por riesgos crediticios | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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| Reporte Regulatorio de Reclasificaciones | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Reclasificaciones en el Estado de Resultados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| R10 A 1012 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Reclasificaciones en el Estado de Resultados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Saldos Catálogo Mínimo | Derramas de Derivados con Fines de Negociación | Derramas de Derivados con Fines de Cobertura | Ajustes por Operaciones Discontinuadas | Otras Compensaciones | Estado Financiero del Banco sin Consolidar | ||||||||||||||||||||||||||
| (B) = (A+1+2+3+4) | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Debe | Haber | Debe | Haber | Debe | Haber | Debe | Haber | |||||||||||||||||||||||||
| (A) | (1) | (2) | (3) | (4) | M.N. Y Udis | M.E. | Total (B) | |||||||||||||||||||||||||
| Comisiones y tarifas cobradas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de crédito | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Tarjeta de crédito | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Personales | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| ABCD | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de arrendamiento | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros créditos de consumo | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Avales | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cartas de crédito sin refinanciamiento | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Aceptaciones por cuenta de terceros | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Compraventa de valores | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Apertura de cuenta | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Manejo de cuenta | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Actividades fiduciarias | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Transferencia de fondos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Giros bancarios | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cheques de caja | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cheques certificados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cheques de viajero | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Custodia o administración de bienes | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Alquiler de cajas de seguridad | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Servicios de banca electrónica | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras comisiones y tarifas cobradas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de comisiones y tarifas cobradas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Comisiones y tarifas pagadas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bancos corresponsales | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Transferencia de fondos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Compraventa de valores | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos recibidos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Colocación de deuda | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras comisiones y tarifas pagadas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de comisiones y tarifas pagadas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por intermediación | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación a valor razonable | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos a recibir en operaciones de reporto | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos a entregar en operaciones de reporto | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Valores a recibir en garantía por reporto | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Valores a entregar en garantía por reporto | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Valores a recibir por préstamo de valores | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Valores a entregar por préstamo de valores | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Valores a recibir en garantía por préstamo de valores | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Valores a entregar en garantía por préstamo de valores | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Instrumentos financieros derivados con fines de negociación | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Instrumentos financieros derivados con fines de cobertura | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Posición primaria atribuible al riesgo cubierto | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Decremento o revaluación de títulos conservados a vencimiento | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Flujos de efectivo para ajustar el valor razonable de derivados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de divisas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de metales | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Dividendos en efectivo | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de valores e instrumentos financieros derivados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Instrumentos financieros derivados con fines de negociación | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Instrumentos financieros derivados con fines de cobertura | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de divisas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de metales | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por intermediación | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Ingresos (egresos) totales de la operación | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Gastos de administración y promoción | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado de la operación | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros productos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Recuperaciones | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuestos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Derechos de cobro | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras recuperaciones | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros productos y beneficios | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Ingresos por adquisición de cartera de crédito | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Utilidad en venta de inmuebles, mobiliario y equipo | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Utilidad en venta de bienes adjudicados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Utilidad por valuación de bienes adjudicados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cancelación de excedentes de estimación preventiva para riesgos crediticios | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cancelación de la estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cancelación de otras cuentas de pasivo | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses a favor provenientes de préstamos a funcionarios y empleados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Ingresos por arrendamiento | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros productos y beneficios |
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| Reporte Regulatorio de Reclasificaciones | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Reclasificaciones en el Estado de Resultados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| R10 A 1012 | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Reclasificaciones en el Estado de Resultados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Saldos Catálogo Mínimo | Derramas de Derivados con Fines de Negociación | Derramas de Derivados con Fines de Cobertura | Ajustes por Operaciones Discontinuadas | Otras Compensaciones | Estado Financiero del Banco sin Consolidar | ||||||||||||||||||||||||||
| (B) = (A+1+2+3+4) | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Debe | Haber | Debe | Haber | Debe | Haber | Debe | Haber | |||||||||||||||||||||||||
| (A) | (1) | (2) | (3) | (4) | M.N. Y Udis | M.E. | Total (B) | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado cambiario y por posición monetaria originados por partidas no relacionadas con el margen financiero (saldo acreedor) | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria originado por partidas no relacionadas con el margen financiero (saldo acreedor) | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valorización de posiciones no relacionadas con el margen financiero (saldo acreedor) | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de otros productos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros gastos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Afectaciones a la estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Estimación por pérdida de valor de bienes adjudicados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deterioro | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por baja de valor de bienes inmuebles | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Crédito mercantil | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por baja de valor en otros activos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Quebrantos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por faltante en sucursales | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Fraudes | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Siniestros | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros quebrantos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras pérdidas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Gastos por adquisición de cartera de crédito | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En venta de inmuebles, mobiliario y equipo | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En venta de bienes adjudicados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por valuación de bienes adjudicados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En emisión de títulos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En custodia o administración de bienes | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| En operaciones de fideicomiso | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras pérdidas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Costo financiero por arrendamiento capitalizable | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses a cargo en financiamiento para adquisición de activos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado cambiario y por posición monetaria originados por partidas no relacionadas con el margen financiero (saldo deudor) | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria originado por partidas no relacionadas con el margen financiero (saldo deudor) | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valorización de posiciones no relacionadas con el margen financiero (saldo deudor) | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de otros gastos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de ISR y PTU | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuestos sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades causados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta causado | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuesto al activo causado | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades causada | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades causados | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuestos sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades diferidos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades diferidos | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de participación en subsidiarias y asociadas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Participación en el resultado de subsidiarias y asociadas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado del ejercicio de subsidiarias y asociadas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Dividendos provenientes de inversiones permanentes valuadas a costo | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Ajustes asociados a las inversiones permanentes valuadas a costo | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de participación en el resultado de subsidiarias y asociadas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de operaciones discontinuadas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| BD | Subsidios | |||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones discontinuadas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones discontinuadas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de operaciones discontinuadas | ||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado neto | ||||||||||||||||||||||||||||||||
R12 CONSOLIDACION
R12 A REPORTE REGULATORIO DE CONSOLIDACION
INSTRUCCIONES DE LLENADO
El reporte regulatorio de Consolidación se integra de 10 subreportes para Banca Comercial y 4 para Banca de Desarrollo, referentes a las operaciones que deben llevarse a cabo para poder consolidar la información financiera de la institución con sus subsidiarias y los fideicomisos en Udis. Los subreportes que no tengan ninguna indicación aplican para ambos sectores.
La frecuencia de elaboración y presentación de este reporte debe ser trimestral, con excepción de los subreportes de consolidación del Balance General y del Estado de Resultados de la institución con fideicomisos en Udis, los cuales deben elaborarse de manera mensual.
En el reporte existen conceptos que sólo aplican a las instituciones de banca comercial, éstos se encuentran señalados con BC, y existen conceptos que sólo aplican a las instituciones de banca de desarrollo, éstos se encuentran señalados con BD. Los conceptos que aplican por igual a ambos sectores no se encuentran señalados.
SUBREPORTES
| R12 A 1213 * | Conversión del Balance General de Operaciones Extranjeras Integradas Se refiere a los ajustes que deben llevarse a cabo para consolidar el Balance General de aquellas subsidiarias, asociadas o sucursales, de la institución cuyas actividades se llevan a cabo en el extranjero y que: Registran sus operaciones en una moneda diferente al peso. Mantienen una relación de interdependencia financiera y operativa con la entidad que informa. Pueden no registrar sus operaciones con apego a los Criterios Contables para Instituciones de Crédito. El Balance General de una operación extranjera integrada debe ser convertido usando las normas y procedimientos de la entidad que consolida. Bajo este método, se convierten a pesos los saldos del balance de la siguiente manera: Partidas monetarias Þ Tipo de cambio de cierre Partidas no monetarias Þ Tipo de cambio histórico El efecto por conversión resultante se deberá incluir dentro de los rubros Ingresos o gastos por intereses o Resultado cambiario y por posición monetaria originados por partidas no relacionadas con el margen financiero. Una vez convertidos los saldos a pesos, se remiden de acuerdo a los Criterios Contables para Instituciones de Crédito con objeto de homologar el Balance General. Este subreporte sólo aplica para instituciones de banca comercial. | |
| R12 A 1214 * | Conversión del Estado de Resultados de Operaciones Extranjeras Integradas Se refiere a los ajustes que deben llevarse a cabo para consolidar el Estado de Resultados de aquellas subsidiarias establecidas en el extranjero que: Registran sus operaciones en una moneda diferente al peso. Mantienen una relación de interdependencia financiera y operativa con la entidad que informa. Pueden no registrar sus operaciones con apego a los Criterios Contables para Instituciones de Crédito. El Estado de Resultados de una operación extranjera integrada debe ser convertido basándose en las normas y procedimiento de la entidad que consolida. Bajo este método, se convierten a pesos los saldos del Estado de Resultados de la siguiente manera: Partidas de resultados Þ Tipo de cambio promedio ponderado El efecto por conversión resultante se deberá incluir dentro de los rubros Ingresos o gastos por intereses o Resultado cambiario y por posición monetaria originados por partidas no relacionadas con el margen financiero. Una vez convertidos los saldos a pesos, se remiden de acuerdo a los Criterios Contables para Instituciones de Crédito con objeto de homologar el Estado de Resultados. Este subreporte sólo aplica para instituciones de banca comercial. | |
| R12 A 1215 * | Conversión del Balance General de Entidades Extranjeras Se refiere a los ajustes que deben llevarse a cabo para consolidar el Balance General de aquellas subsidiarias asociadas o sucursales de la institución cuyas actividades se llevan a cabo en el extranjero que: Registran sus operaciones en una moneda diferente al peso. Operan de forma independiente la parte financiera y operativa de la entidad que consolida. Pueden no registrar sus operaciones con apego a los Criterios Contables para Instituciones de Crédito. Cuando la entidad extranjera no utilice los mismos métodos de reexpresión o prepare su información financiera sobre bases distintas a los Criterios Contables para Instituciones de Crédito, deberán remedirse los saldos antes de convertir el balance para su consolidación. La conversión a pesos de los saldos remedidos del balance se hará tomando el tipo de cambio aplicable a los Estados Financieros. El efecto por conversión resultante deberá ser clasificado en una cuenta de capital bajo el rubro de Resultado por conversión de operaciones extranjeras. Este subreporte sólo aplica para instituciones de banca comercial. | |
| R12 A 1216 * | Conversión del Estado de Resultados de Entidades Extranjeras Se refiere a los ajustes que deben llevarse a cabo para consolidar el Estado de Resultados de aquellas subsidiarias establecidas en el extranjero que: Registran sus operaciones en una moneda diferente al peso. Operan de forma independiente la parte financiera y operativa de la entidad que consolida. Pueden no registrar sus operaciones con apego a los Criterios Contables para Instituciones de Crédito. Cuando la entidad extranjera no utilice los mismos métodos de reexpresión o prepare su información financiera sobre bases distintas de los Criterios Contables para Instituciones de Crédito, deberán remedirse los saldos antes de convertir el Estado de Resultados para su consolidación. La conversión a pesos de los saldos remedidos del Estado de Resultados se hará tomando el tipo de cambio aplicable a los estados financieros. El efecto por conversión resultante deberá ser clasificado en una cuenta de capital bajo el rubro de Resultado por conversión de operaciones extranjeras. Este subreporte sólo aplica para instituciones de banca comercial. | |
| R12 A 1217 | Consolidación del Balance General de la Institución de Crédito con Fideicomisos en Udis Se refiere a las eliminaciones que deben realizarse para integrar la información financiera de la institución con la información relativa a los fideicomisos en Udis. El subreporte presenta el Balance General de la institución y de los fideicomisos, la suma desglosada de los dos y las eliminaciones. | |
| R12 A 1218 | Consolidación del Estado de Resultados de la Institución de Crédito con Fideicomisos en Udis Se refiere a las eliminaciones que deben realizarse para integrar la información financiera de la institución con la información relativa a los fideicomisos en Udis. El subreporte presenta el Estado de Resultados de la institución y de los fideicomisos, la suma desglosada de los dos balances y las eliminaciones. | |
| R12 A 1219 | Consolidación del Balance General de la Institución de Crédito con sus Subsidiarias Se refiere a las eliminaciones que deben realizarse a fin de consolidar la información de la Institución y de sus fideicomisos en Udis, con la información de todas sus subsidiarias. El subreporte presenta el Balance General de la institución con fideicomisos en Udis, la suma de los balances generales de las subsidiarias, la suma desglosada de los dos balances y las eliminaciones. | |
| R12 A 1220 | Consolidación del Estado de Resultados de la Institución de Crédito con sus Subsidiarias Se refiere a las eliminaciones que deben realizarse a fin de consolidar la información de la institución y de sus fideicomisos en Udis con la información de todas sus subsidiarias. El subreporte presenta el Estado de Resultados de la institución con fideicomisos en Udis, la suma de los Estados de Resultados de las subsidiarias, la suma desglosada de los dos estados de resultados y las eliminaciones. | |
| R12 A 1221 | Balance General de sus Subsidiarias Este subreporte, se refiere a la presentación y suma del Balance General de cada una las subsidiarias que consolide la institución, una vez que sus saldos han sido convertidos a moneda nacional y/o remedidos para efectos de comparabilidad. En este subreporte en particular, deberán capturarse como saldos iniciales, los saldos relacionados con cada una de las subsidiarias; en donde el número de subsidiarias deberá corresponder al número especificado en la carátula de este reporte regulatorio. El saldo final de este subreporte, corresponderá a la suma de todos los saldos de las subsidiarias consolidadas y cuyos saldos fueron capturados como saldos iniciales. Este subreporte sólo aplica para instituciones de banca comercial. | |
| R12 A 1222 | Estado de Resultados de sus Subsidiarias Este subreporte, se refiere a la presentación y suma del Estado de Resultados de cada una las subsidiarias que consolide la institución, una vez que sus saldos han sido convertidos a moneda nacional y/o remedidos para efectos de comparabilidad. En este subreporte en particular, deberán capturarse como saldos iniciales, los saldos relacionados con cada una de las subsidiarias; en donde el número de subsidiarias deberá corresponder al número especificado en la carátula de este reporte regulatorio. El saldo final de este subreporte, corresponderá a la suma de todos los saldos de las subsidiarias consolidadas y cuyos saldos fueron capturados como saldos iniciales. Este subreporte sólo aplica para instituciones de banca comercial. | |
* Si la información corresponde a una subsidiaria que reporta en moneda extranjera, únicamente deberá utilizarse alguno de los dos subreportes de conversión, dependiendo del método de conversión aplicable.
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte regulatorio de Consolidación se llevará a cabo por medio del formato siguiente:
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 | Columna 5 |
| Periodo | Clave de la Entidad | Número de Subsidiarias | Clave de la Subsidiaria | Concepto |
| Columna 6 | Columna 7 | Columna 8 | Columna 9 | |
| Subreporte | Tipo de Saldo | Tipo de Movimiento | Dato |
DESCRIPCION DEL FORMATO DE CAPTURA
A continuación se describen las columnas que integran al formato de captura:
| COLUMNA | DESCRIPCION |
| Columna 1 | PERIODO Se debe anotar el periodo de acuerdo al formato: AAAAMM Esta columna se captura al momento en que se accesa al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI), por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 2 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 3 | NUMERO DE SUBSIDIARIAS Se debe anotar el número de subsidiarias a consolidar de acuerdo con el catálogo de instituciones disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 4 | CLAVE DE LA SUBSIDIARIA Se debe anotar la clave de la subsidiaria de que se trate de acuerdo con el catálogo de instituciones disponible en el SITI. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 5 | CONCEPTO Se debe anotar la clave del concepto al que corresponde la información de acuerdo con las claves disponibles en el SITI. |
| Columna 6 | SUBREPORTE Se debe anotar la clave del subreporte de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 7 | TIPO DE SALDO Se debe anotar la clave del tipo de saldo de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Instrucciones adicionales El tipo de saldo de la operación depende del tipo de subreporte de que se trate. |
| Columna 8 | TIPO DE MOVIMIENTO Se debe anotar la clave del tipo de movimiento de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 9 | DATO Esta columna debe contener la información que cumple con las características descritas en las columnas anteriores. Instrucciones adicionales Los datos deben presentarse con el formato siguiente: Saldos, Ingresos, Costos y Gastos: Se deben presentar en pesos, incluye moneda nacional, Udis valorizadas en pesos y moneda extranjera valorizada en pesos. Además, en pesos redondeados, sin decimales, sin comas y sin puntos. Estos saldos siempre deberán registrarse con cifras positivas, excepto en los casos siguientes: Cuentas complementarias de activo (estimaciones), Cuentas de capital que restan o disminuyen al Capital Contable (pérdidas de ejercicios anteriores, decrementos en la valuación, etc.), y Cuentas de resultados que pueden operar con utilidad o pérdida en el mismo concepto, sólo cuando se trate de pérdida (pérdidas en la valuación, pérdida por posición monetaria, etc.). En los casos antes mencionados los saldos deberán registrarse con signo negativo. Por ejemplo: Estimación Preventiva para Riesgos Crediticios por $20,585.70 sería 20586, Cuentas por Cobrar por $50,839.45 sería 50839 y Estimación por Irrecuperabilidad o Difícil Cobro por $20,585.70 sería -20586, Capital Social por $100,000.00 sería 100000, Pérdidas de Ejercicios Anteriores por $12,458.85 sería -12459. |
| Reporte Regulatorio de Consolidación | |||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Conversión del Balance General de Operaciones Extranjeras Integradas | |||||||||||||||||||||||||
| R12 A1213 | |||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Conversión del Balance General de Operaciones Extranjeras Integradas | |||||||||||||||||||||||||
| Subsidiaria establecida en el extranjero | |||||||||||||||||||||||||
| Ajustes por Actualización 1/ | |||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Saldos en la Moneda de Origen | Saldos en Dólares de los EEUUAA | Saldos en Pesos | Debe | Haber | Saldos Ajustados por Actualización | |||||||||||||||||||
| Activo | |||||||||||||||||||||||||
| Disponibilidades | |||||||||||||||||||||||||
| Inversiones en valores | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar sin restricción | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar restringidos o dados en garantía | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta sin restricción | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta restringidos o dados en garantía | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento sin restricción | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento restringidos o dados en garantía | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con valores y derivadas | |||||||||||||||||||||||||
| Saldos deudores en operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||||
| Saldos deudores en operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con instrumentos financieros derivados | |||||||||||||||||||||||||
| Total cartera de crédito neto | |||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito neta | |||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vigente | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | |||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vencida | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos comerciales | |||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos de consumo | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||||
| Derechos de cobro adquiridos | |||||||||||||||||||||||||
| Estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro | |||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas por cobrar | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes adjudicados | |||||||||||||||||||||||||
| Inmuebles, mobiliario y equipo | |||||||||||||||||||||||||
| Inversiones permanentes en acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Impuestos diferidos (a favor) | |||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido (a favor) | |||||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida (a favor) | |||||||||||||||||||||||||
| Otros activos | |||||||||||||||||||||||||
| Cargos diferidos, pagos anticipados e intangibles | |||||||||||||||||||||||||
| Otros activos | |||||||||||||||||||||||||
| BANCA COMERCIAL | |||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Consolidación | |||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Conversión del Balance General de Operaciones Extranjeras Integradas | |||||||||||||||||||||||||
| R12 A1213 | |||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Conversión del Balance General de Operaciones Extranjeras Integradas | |||||||||||||||||||||||||
| Subsidiaria establecida en el extranjero | |||||||||||||||||||||||||
| Ajustes por Actualización 1/ | |||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Saldos en la Moneda de Origen | Saldos en Dólares de los EEUUA | Saldos en Pesos | Debe | Haber | Saldos Ajustados por Actualización | |||||||||||||||||||
| Pasivo | |||||||||||||||||||||||||
| Captación tradicional | |||||||||||||||||||||||||
| Depósitos de exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||||
| Sin interés | |||||||||||||||||||||||||
| Con interés | |||||||||||||||||||||||||
| Provenientes de recaudación de contribuciones | |||||||||||||||||||||||||
| Depósitos a plazo | |||||||||||||||||||||||||
| Del público en general | |||||||||||||||||||||||||
| Mercado de dinero | |||||||||||||||||||||||||
| Bonos bancarios | |||||||||||||||||||||||||
| Préstamos interbancarios y de otros organismos | |||||||||||||||||||||||||
| De exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||||
| De corto plazo | |||||||||||||||||||||||||
| De largo plazo | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con valores y derivadas | |||||||||||||||||||||||||
| Saldos acreedores en operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||||
| Saldos acreedores en operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con instrumentos financieros derivados | |||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas por pagar | |||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades por pagar | |||||||||||||||||||||||||
| Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de formalizar por su órgano de gobierno | |||||||||||||||||||||||||
| Acreedores diversos y otras cuentas por pagar | |||||||||||||||||||||||||
| Obligaciones subordinadas en circulación | |||||||||||||||||||||||||
| Impuestos diferidos (a cargo) | |||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido (a cargo) | |||||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida (a cargo) | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos diferidos y cobros anticipados | |||||||||||||||||||||||||
| Capital contable | |||||||||||||||||||||||||
| Capital mayoritario | |||||||||||||||||||||||||
| Capital contribuido | |||||||||||||||||||||||||
| Capital social | |||||||||||||||||||||||||
| Capital social no exhibido | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del capital social pagado | |||||||||||||||||||||||||
| Aportaciones para futuros aumentos de capital acordadas por su órgano de gobierno | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de las aportaciones para futuros aumentos de capital acordadas por su órgano de gobierno | |||||||||||||||||||||||||
| Prima en venta de acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de la prima en venta de acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Obligaciones subordinadas en circulación | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de las obligaciones subordinadas en circulación | |||||||||||||||||||||||||
| Donativos | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de los donativos | |||||||||||||||||||||||||
| Capital ganado | |||||||||||||||||||||||||
| Reservas de capital | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de reservas de capital | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado de ejercicios anteriores | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por aplicar | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por cambios contables y corrección de errores | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de resultados de ejercicios anteriores | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||||
| Valuación | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria | |||||||||||||||||||||||||
| Efecto de impuestos diferidos | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por valuación de títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por conversión de operaciones extranjeras | |||||||||||||||||||||||||
| Exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por tenencia de activos no monetarios | |||||||||||||||||||||||||
| Por valuación de activo fijo | |||||||||||||||||||||||||
| Por valuación de inversiones permanentes en acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por tenencia de activos no monetarios | |||||||||||||||||||||||||
| Ajustes por obligaciones laborales al retiro | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado neto mayoritario | |||||||||||||||||||||||||
| Interés minoritario | |||||||||||||||||||||||||
| Cuentas de orden | |||||||||||||||||||||||||
| Avales otorgados | |||||||||||||||||||||||||
| Activos y pasivos contingentes | |||||||||||||||||||||||||
| Compromisos crediticios | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes en fideicomiso o mandato | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes en custodia o en administración | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de banca de inversión por cuenta de terceros | |||||||||||||||||||||||||
| Intereses devengados no cobrados derivados de cartera de crédito vencida | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos a recibir por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||
| Acreedores por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos a entregar por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||
| Deudores por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Valores a recibir por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Valores a entregar por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas de registro | |||||||||||||||||||||||||
| Notas: | |||||||||||||||||||||||||
| 1/ El procedimiento de ajustes se debe apegar a lo establecido en los criterios contables. | |||||||||||||||||||||||||
| Este reporte sólo aplica para subsidiarias establecidas en el extranjero. | |||||||||||||||||||||||||
| Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | |||||||||||||||||||||||||
| BANCA COMERCIAL | |||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Consolidación | |||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Conversión del Estado de Resultados de Operaciones Extranjeras Integradas | |||||||||||||||||||||||
| R12 A 1214 | |||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Conversión del Estado de Resultados de Operaciones Extranjeras Integradas | |||||||||||||||||||||||
| Subsidiaria establecida en el extranjero | |||||||||||||||||||||||
| Ajustes por Actualización | |||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Saldos en la Moneda de Origen | Saldos en Dólares de los EEUUAA | Saldos en Pesos | Debe | Haber | Saldos Ajustados por Actualización | |||||||||||||||||
| Ingresos por intereses | |||||||||||||||||||||||
| Intereses de disponibilidades | |||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a favor provenientes de inversiones en valores | |||||||||||||||||||||||
| Por títulos para negociar | |||||||||||||||||||||||
| Por títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||
| Por títulos conservados a vencimiento | |||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a favor en operaciones de reporto y préstamos de valores | |||||||||||||||||||||||
| En títulos a recibir por reporto | |||||||||||||||||||||||
| En bienes a recibir en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||
| En valores a recibir por préstamo | |||||||||||||||||||||||
| En bienes a recibir en garantía por préstamo | |||||||||||||||||||||||
| Intereses de cartera de crédito vigente | |||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | |||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | |||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||
| Intereses de cartera de crédito vencida | |||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos comerciales | |||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos de consumo | |||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||
| Comisiones por el otorgamiento inicial del crédito | |||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | |||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | |||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||
| Premios a favor | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||
| Primas por colocación de deuda | |||||||||||||||||||||||
| Utilidad por valorización | |||||||||||||||||||||||
| Utilidad en cambios por valorización | |||||||||||||||||||||||
| Valorización de instrumentos indizados | |||||||||||||||||||||||
| Valorización de partidas en Udis | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de ingresos por intereses | |||||||||||||||||||||||
| Gastos por intereses | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por depósitos de exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por depósitos a plazo | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por bonos bancarios | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por préstamos interbancarios y de otros organismos | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por obligaciones subordinadas | |||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a cargo en operaciones de reporto y préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||
| En títulos a entregar por reporto | |||||||||||||||||||||||
| En bienes a entregar en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||
| En valores a entregar por préstamo | |||||||||||||||||||||||
| En bienes a entregar en garantía por préstamo | |||||||||||||||||||||||
| Premios a cargo | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||
| Sobreprecio pagado en inversiones en valores | |||||||||||||||||||||||
| Descuentos por colocación de deuda | |||||||||||||||||||||||
| Pérdida por valorización | |||||||||||||||||||||||
| Pérdida en cambios por valorización | |||||||||||||||||||||||
| Valorización de instrumentos indizados | |||||||||||||||||||||||
| Valorización de partidas en Udis | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de gastos por intereses | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria neto (margen financiero) | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que generan margen financiero (saldo deudor) | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que generan margen financiero (saldo acreedor) | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por posición monetaria neto (margen financiero) | |||||||||||||||||||||||
| Margen financiero | |||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios derivada de la calificación | |||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios adicional | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de estimación preventiva para riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||
| Margen financiero ajustado por riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||
| Comisiones y tarifas cobradas | |||||||||||||||||||||||
| Comisiones y tarifas pagadas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por intermediación | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación a valor razonable | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de divisas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de metales | |||||||||||||||||||||||
| Dividendos en efectivo | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de valores e instrumentos financieros derivados | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de divisas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de metales | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por intermediación | |||||||||||||||||||||||
| Ingresos (egresos) totales de la operación | |||||||||||||||||||||||
| Gastos de administración y promoción | |||||||||||||||||||||||
| Resultado de la operación | |||||||||||||||||||||||
| Otros productos | |||||||||||||||||||||||
| Otros gastos | |||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de ISR y PTU | |||||||||||||||||||||||
| Impuestos sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades causados | |||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta causado | |||||||||||||||||||||||
| Impuesto al activo causado | |||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades causada | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades causados | |||||||||||||||||||||||
| Impuestos sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades diferidos | |||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido | |||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades diferidos | |||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de participación en subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||
| Participación en el resultado de subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado del ejercicio de subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||
| Dividendos provenientes de inversiones permanentes valuadas a costo | |||||||||||||||||||||||
| Ajustes asociados a las inversiones permanentes valuadas a costo | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de participación en el resultado de subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||
| Operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||
| Operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado neto | |||||||||||||||||||||||
| Interés minoritario | |||||||||||||||||||||||
| Resultado neto mayoritario | |||||||||||||||||||||||
| Notas: | |||||||||||||||||||||||
| Este reporte sólo aplica para subsidiarias establecidas en el extranjero | |||||||||||||||||||||||
| BANCA COMERCIAL | |||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Consolidación | |||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Conversión del Balance General de Entidades Extranjeras | |||||||||||||||||||||||||
| R12 A 1215 | |||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Conversión del Balance General de Entidades Extranjeras | |||||||||||||||||||||||||
| Subsidiaria establecida en el extranjero | |||||||||||||||||||||||||
| Ajustes 1/ | |||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Saldos en la Moneda de Origen | Debe | Haber | Saldos Remedidos en la Moneda de Origen | Saldos en Dólares de los EEUUAA | Saldos en Pesos | |||||||||||||||||||
| Activo total | |||||||||||||||||||||||||
| Disponibilidades | |||||||||||||||||||||||||
| Inversiones en valores | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar sin restricción | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar restringidos o dados en garantía | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta sin restricción | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta restringidos o dados en garantía | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento sin restricción | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento restringidos o dados en garantía | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con valores y derivadas | |||||||||||||||||||||||||
| Saldos deudores en operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||||
| Saldos deudores en operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con instrumentos financieros derivados | |||||||||||||||||||||||||
| Total cartera de crédito neto | |||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito neta | |||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vigente | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | |||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vencida | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos comerciales | |||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos de consumo | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||||
| Derechos de cobro adquiridos | |||||||||||||||||||||||||
| Estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro | |||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas por cobrar | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes adjudicados | |||||||||||||||||||||||||
| Inmuebles, mobiliario y equipo | |||||||||||||||||||||||||
| Inversiones permanentes en acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Impuestos diferidos (a favor) | |||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido (a favor) | |||||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida (a favor) | |||||||||||||||||||||||||
| Otros activos | |||||||||||||||||||||||||
| Cargos diferidos, pagos anticipados e intangibles | |||||||||||||||||||||||||
| Otros activos | |||||||||||||||||||||||||
| BANCA COMERCIAL | |||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Consolidación | |||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Conversión del Balance General de Entidades Extranjeras | |||||||||||||||||||||||||
| R12 A 1215 | |||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Conversión del Balance General de Entidades Extranjeras | |||||||||||||||||||||||||
| Subsidiaria establecida en el extranjero | |||||||||||||||||||||||||
| Ajustes 1/ | |||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Saldos en la Moneda de Origen | Debe | Haber | Saldos Remedidos en la Moneda de Origen | Saldos en Dólares de los EEUUA | Saldos en Pesos | |||||||||||||||||||
| Pasivo total | |||||||||||||||||||||||||
| Captación tradicional | |||||||||||||||||||||||||
| Depósitos de exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||||
| Sin interés | |||||||||||||||||||||||||
| Con interés | |||||||||||||||||||||||||
| Provenientes de recaudación de contribuciones | |||||||||||||||||||||||||
| Depósitos a plazo | |||||||||||||||||||||||||
| Del público en general | |||||||||||||||||||||||||
| Mercado de dinero | |||||||||||||||||||||||||
| Bonos bancarios | |||||||||||||||||||||||||
| Préstamos interbancarios y de otros organismos | |||||||||||||||||||||||||
| De exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||||
| De corto plazo | |||||||||||||||||||||||||
| De largo plazo | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con valores y derivadas | |||||||||||||||||||||||||
| Saldos acreedores en operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||||
| Saldos acreedores en operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con instrumentos financieros derivados | |||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas por pagar | |||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades por pagar | |||||||||||||||||||||||||
| Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de formalizar por su órgano de gobierno | |||||||||||||||||||||||||
| Acreedores diversos y otras cuentas por pagar | |||||||||||||||||||||||||
| Obligaciones subordinadas en circulación | |||||||||||||||||||||||||
| Impuestos diferidos (a cargo) | |||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido (a cargo) | |||||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida (a cargo) | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos diferidos y cobros anticipados | |||||||||||||||||||||||||
| Capital contable | |||||||||||||||||||||||||
| Capital mayoritario | |||||||||||||||||||||||||
| Capital contribuido | |||||||||||||||||||||||||
| Capital social | |||||||||||||||||||||||||
| Capital social no exhibido | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del capital social pagado | |||||||||||||||||||||||||
| Aportaciones para futuros aumentos de capital acordados por su órgano de gobierno | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de las aportaciones para futuros aumentos de capital acordadas por su órgano de gobierno | |||||||||||||||||||||||||
| Prima en venta de acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de la prima en venta de acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Obligaciones subordinadas en circulación | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de las obligaciones subordinadas en circulación | |||||||||||||||||||||||||
| Donativos | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de los donativos | |||||||||||||||||||||||||
| Capital ganado | |||||||||||||||||||||||||
| Reservas de capital | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de reservas de capital | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado de ejercicios anteriores | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por aplicar | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por cambios contables y corrección de errores | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de resultados de ejercicios anteriores | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||||
| Valuación | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria | |||||||||||||||||||||||||
| Efecto de impuestos diferidos | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por valuación de títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por conversión de operaciones extranjeras | |||||||||||||||||||||||||
| Exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por tenencia de activos no monetarios | |||||||||||||||||||||||||
| Por valuación de activo fijo | |||||||||||||||||||||||||
| Por valuación de inversiones permanentes en acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por tenencia de activos no monetarios | |||||||||||||||||||||||||
| Ajustes por obligaciones laborales al retiro | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado neto mayoritario | |||||||||||||||||||||||||
| Interés minoritario | |||||||||||||||||||||||||
| Cuentas de orden | |||||||||||||||||||||||||
| Avales otorgados | |||||||||||||||||||||||||
| Activos y pasivos contingentes | |||||||||||||||||||||||||
| Compromisos crediticios | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes en fideicomiso o mandato | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes en custodia o en administración | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de banca de inversión por cuenta de terceros | |||||||||||||||||||||||||
| Intereses devengados no cobrados derivados de cartera de crédito vencida | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos a recibir por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||
| Acreedores por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos a entregar por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||
| Deudores por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Valores a recibir por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Valores a entregar por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas de registro | |||||||||||||||||||||||||
| Notas: | |||||||||||||||||||||||||
| 1/ El procedimiento de ajustes se debe apegar a lo establecido en los criterios contables. | |||||||||||||||||||||||||
| Este reporte sólo aplica para subsidiarias establecidas en el extranjero. | |||||||||||||||||||||||||
| BANCA COMERCIAL | |||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Consolidación | |||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Conversión del Estado de Resultados de Entidades Extranjeras | |||||||||||||||||||||||||
| R12 A 1216 | |||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Conversión del Estado de Resultados de Entidades Extranjeras | |||||||||||||||||||||||||
| Subsidiaria establecida en el extranjero | |||||||||||||||||||||||||
| Ajustes | |||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Saldos en la Moneda de Origen | Debe | Haber | Saldos Remedidos en la Moneda de Origen | Saldos en Dólares de los EEUUAA | Saldos en Pesos | |||||||||||||||||||
| Ingresos por intereses | |||||||||||||||||||||||||
| Intereses de disponibilidades | |||||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a favor provenientes de inversiones en valores | |||||||||||||||||||||||||
| Por títulos para negociar | |||||||||||||||||||||||||
| Por títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||||
| Por títulos conservados a vencimiento | |||||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a favor en operaciones de reporto y préstamos de valores | |||||||||||||||||||||||||
| En títulos a recibir por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| En bienes a recibir en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||||
| En valores a recibir por préstamo | |||||||||||||||||||||||||
| En bienes a recibir en garantía por préstamo | |||||||||||||||||||||||||
| Intereses de cartera de crédito vigente | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | |||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||||
| Intereses de cartera de crédito vencida | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos comerciales | |||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos de consumo | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||||
| Comisiones por el otorgamiento inicial del crédito | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||||
| Premios a favor | |||||||||||||||||||||||||
| En operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||||
| En operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Primas por colocación de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Utilidad por valorización | |||||||||||||||||||||||||
| Utilidad en cambios por valorización | |||||||||||||||||||||||||
| Valorización de instrumentos indizados | |||||||||||||||||||||||||
| Valorización de partidas en Udis | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de ingresos por intereses | |||||||||||||||||||||||||
| Gastos por intereses | |||||||||||||||||||||||||
| Intereses por depósitos de exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||||
| Intereses por depósitos a plazo | |||||||||||||||||||||||||
| Intereses por bonos bancarios | |||||||||||||||||||||||||
| Intereses por préstamos interbancarios y de otros organismos | |||||||||||||||||||||||||
| Intereses por obligaciones subordinadas | |||||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a cargo en operaciones de reporto y préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| En títulos a entregar por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| En bienes a entregar en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||||
| En valores a entregar por préstamo | |||||||||||||||||||||||||
| En bienes a entregar en garantía por préstamo | |||||||||||||||||||||||||
| Premios a cargo | |||||||||||||||||||||||||
| En operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||||
| En operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Sobreprecio pagado en inversiones en valores | |||||||||||||||||||||||||
| Descuentos por colocación de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Pérdida por valorización | |||||||||||||||||||||||||
| Pérdida en cambios por valorización | |||||||||||||||||||||||||
| Valorización de instrumentos indizados | |||||||||||||||||||||||||
| Valorización de partidas en Udis | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de gastos por intereses | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria neto (margen financiero) | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que generan margen financiero (saldo deudor) | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que generan margen financiero (saldo acreedor) | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por posición monetaria neto (margen financiero) | |||||||||||||||||||||||||
| Margen financiero | |||||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios derivada de la calificación | |||||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios adicional | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de estimación preventiva para riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||||
| Margen financiero ajustado por riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||||
| Comisiones y tarifas cobradas | |||||||||||||||||||||||||
| Comisiones y tarifas pagadas | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por intermediación | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación a valor razonable | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de divisas | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de metales | |||||||||||||||||||||||||
| Dividendos en efectivo | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de valores e instrumentos financieros derivados | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de divisas | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de metales | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por intermediación | |||||||||||||||||||||||||
| Ingresos (egresos) totales de la operación | |||||||||||||||||||||||||
| Gastos de administración y promoción | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado de la operación | |||||||||||||||||||||||||
| Otros productos | |||||||||||||||||||||||||
| Otros gastos | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de ISR y PTU | |||||||||||||||||||||||||
| Impuestos sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades causados | |||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta causado | |||||||||||||||||||||||||
| Impuesto al activo causado | |||||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades causada | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades causados | |||||||||||||||||||||||||
| Impuestos sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades diferidos | |||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido | |||||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades diferidos | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de participación en subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||||
| Participación en el resultado de subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado del ejercicio de subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||||
| Dividendos provenientes de inversiones permanentes valuadas a costo | |||||||||||||||||||||||||
| Ajustes asociados a las inversiones permanentes valuadas a costo | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de participación en el resultado de subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado neto | |||||||||||||||||||||||||
| Interés minoritario | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado neto mayoritario | |||||||||||||||||||||||||
| Notas: | |||||||||||||||||||||||||
| Este reporte sólo aplica para subsidiarias establecidas en el extranjero | |||||||||||||||||||||||||
| BANCA COMERCIAL | |||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Consolidación | |||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Consolidación del Balance General de la Institución de Crédito con Fideicomisos en Udis | |||||||||||||||||||||||||
| R12 A 1217 | |||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Consolidación del Balance General de la Institución de Crédito con Fideicomisos en Udis | |||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | |||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||||||||||
| Eliminaciones | |||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Estado Financiero del Banco sin Consolidar | Estado Financiero de los Fideicomisos Udis | Sumatoria de los Estados Financieros del Banco y Fideicomisos Udis | Debe | Haber | Estado Financiero del Banco Consolidado con Fideicomisos Udis | |||||||||||||||||||
| (1) | (2) | (3) = (1+2) | (4) | (5) | (6) = (3+4-5) | ||||||||||||||||||||
| Activo total | |||||||||||||||||||||||||
| Disponibilidades | |||||||||||||||||||||||||
| Inversiones en valores | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar sin restricción | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar restringidos o dados en garantía | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta sin restricción | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta restringidos o dados en garantía | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento sin restricción | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento restringidos o dados en garantía | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con valores y derivadas | |||||||||||||||||||||||||
| Saldos deudores en operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||||
| Saldos deudores en operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con instrumentos financieros derivados | |||||||||||||||||||||||||
| Total cartera de crédito neto | |||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito neta | |||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vigente | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | |||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vencida | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos comerciales | |||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos de consumo | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||||
| Derechos de cobro adquiridos | |||||||||||||||||||||||||
| Estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro | |||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas por cobrar | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes adjudicados | |||||||||||||||||||||||||
| Inmuebles, mobiliario y equipo | |||||||||||||||||||||||||
| Inversiones permanentes en acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Impuestos diferidos (a favor) | |||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido (a favor) | |||||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida (a favor) | |||||||||||||||||||||||||
| Otros activos | |||||||||||||||||||||||||
| Cargos diferidos, pagos anticipados e intangibles | |||||||||||||||||||||||||
| Otros activos | |||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Consolidación | |||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Consolidación del Balance General de la Institución de Crédito con Fideicomisos en Udis | |||||||||||||||||||||||||
| R12 A 1217 | |||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Consolidación del Balance General de la Institución de Crédito con Fideicomisos en Udis | |||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | |||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||||||||||
| Eliminaciones | |||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Estado Financiero del Banco sin Consolidar | Estado Financiero de los Fideicomisos Udis | Sumatoria de los Estados Financieros del Banco y Fideicomisos Udis | Debe | Haber | Estado Financiero del Banco Consolidado con Fideicomisos Udis | |||||||||||||||||||
| (1) | (2) | (3) = (1+2) | (4) | (5) | (6) = (3+4-5) | ||||||||||||||||||||
| Pasivo total | |||||||||||||||||||||||||
| Captación tradicional | |||||||||||||||||||||||||
| Depósitos de exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||||
| Sin interés | |||||||||||||||||||||||||
| Con interés | |||||||||||||||||||||||||
| BC | Provenientes de recaudación de contribuciones | ||||||||||||||||||||||||
| Depósitos a plazo | |||||||||||||||||||||||||
| Del público en general | |||||||||||||||||||||||||
| Mercado de dinero | |||||||||||||||||||||||||
| BD | Fondos especiales | ||||||||||||||||||||||||
| Bonos bancarios | |||||||||||||||||||||||||
| Préstamos interbancarios y de otros organismos | |||||||||||||||||||||||||
| De exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||||
| De corto plazo | |||||||||||||||||||||||||
| De largo plazo | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con valores y derivadas | |||||||||||||||||||||||||
| Saldos acreedores en operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||||
| Saldos acreedores en operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con instrumentos financieros derivados | |||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas por pagar | |||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades por pagar | |||||||||||||||||||||||||
| Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de formalizar por su órgano de gobierno | |||||||||||||||||||||||||
| Acreedores diversos y otras cuentas por pagar | |||||||||||||||||||||||||
| Obligaciones subordinadas en circulación | |||||||||||||||||||||||||
| Impuestos diferidos (a cargo) | |||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido (a cargo) | |||||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida (a cargo) | |||||||||||||||||||||||||
| Créditos diferidos y cobros anticipados | |||||||||||||||||||||||||
| Capital contable | |||||||||||||||||||||||||
| Capital mayoritario | |||||||||||||||||||||||||
| Capital contribuido | |||||||||||||||||||||||||
| Capital social | |||||||||||||||||||||||||
| Capital social no exhibido | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del capital social pagado | |||||||||||||||||||||||||
| Aportaciones para futuros aumentos de capital acordados por su órgano de gobierno | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de las aportaciones para futuros aumentos de capital acordadas por su órgano de gobierno | |||||||||||||||||||||||||
| Prima en venta de acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de la prima en venta de acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Obligaciones subordinadas en circulación | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de las obligaciones subordinadas en circulación | |||||||||||||||||||||||||
| Donativos | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de los donativos | |||||||||||||||||||||||||
| Capital ganado | |||||||||||||||||||||||||
| Reservas de capital | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de reservas de capital | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado de ejercicios anteriores | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por aplicar | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por cambios contables y corrección de errores | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de resultados de ejercicios anteriores | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||||
| Valuación | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria | |||||||||||||||||||||||||
| Efecto de impuestos diferidos | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por valuación de títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por conversión de operaciones extranjeras | |||||||||||||||||||||||||
| Exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado por tenencia de activos no monetarios | |||||||||||||||||||||||||
| Por valuación de activo fijo | |||||||||||||||||||||||||
| Por valuación de inversiones permanentes en acciones | |||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por tenencia de activos no monetarios | |||||||||||||||||||||||||
| Ajustes por obligaciones laborales al retiro | |||||||||||||||||||||||||
| Resultado neto mayoritario | |||||||||||||||||||||||||
| Interés minoritario | |||||||||||||||||||||||||
| Cuentas de orden | |||||||||||||||||||||||||
| Avales otorgados | |||||||||||||||||||||||||
| Activos y pasivos contingentes | |||||||||||||||||||||||||
| Compromisos crediticios | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes en fideicomiso o mandato | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes en custodia o en administración | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de banca de inversión por cuenta de terceros | |||||||||||||||||||||||||
| Intereses devengados no cobrados derivados de cartera de crédito vencida | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos a recibir por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||
| Acreedores por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Títulos a entregar por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||
| Deudores por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Valores a recibir por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Valores a entregar por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas de registro | |||||||||||||||||||||||||
| Notas: | |||||||||||||||||||||||||
| 1/ El saldo de esta columna se calcula sumando el monto de la columna debe y restando el monto de la columna haber a los rubros de naturaleza deudora, y sumando el monto de la columna haber y restando el monto de la columna debe a los rubros de naturaleza acreedora. | |||||||||||||||||||||||||
| Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | |||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Consolidación | |||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Consolidación del Estado de Resultados de la Institución de Crédito con Fideicomisos en Udis | |||||||||||||||||||||||
| R12 A 1218 | |||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Consolidación del Estado de Resultados de la Institución de Crédito con Fideicomisos en Udis | |||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | |||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||||||||
| Eliminaciones | |||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Estado Financiero del Banco sin Consolidar | Estado Financiero de los Fideicomisos Udis | Sumatoria de los Estados Financieros del Banco y Fideicomisos Udis | Debe | Haber | Estado Financiero del Banco Consolidado con Fideicomisos Udis | |||||||||||||||||
| (1) | (2) | (3) = (1+2) | (4) | (5) | (6) = (3+4-5) | ||||||||||||||||||
| Ingresos por intereses | |||||||||||||||||||||||
| Intereses de disponibilidades | |||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a favor provenientes de inversiones en valores | |||||||||||||||||||||||
| Por títulos para negociar | |||||||||||||||||||||||
| Por títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||
| Por títulos conservados a vencimiento | |||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a favor en operaciones de reporto y préstamos de valores | |||||||||||||||||||||||
| En títulos a recibir por reporto | |||||||||||||||||||||||
| En bienes a recibir en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||
| En valores a recibir por préstamo | |||||||||||||||||||||||
| En bienes a recibir en garantía por préstamo | |||||||||||||||||||||||
| Intereses de cartera de crédito vigente | |||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | |||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | |||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||
| Intereses de cartera de crédito vencida | |||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos comerciales | |||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos de consumo | |||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||
| Comisiones por el otorgamiento inicial del crédito | |||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | |||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | |||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||
| Premios a favor | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||
| Primas por colocación de deuda | |||||||||||||||||||||||
| Utilidad por valorización | |||||||||||||||||||||||
| Utilidad en cambios por valorización | |||||||||||||||||||||||
| Valorización de instrumentos indizados | |||||||||||||||||||||||
| Valorización de partidas en Udis | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de ingresos por intereses | |||||||||||||||||||||||
| Gastos por intereses | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por depósitos de exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por depósitos a plazo | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por bonos bancarios | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por préstamos interbancarios y de otros organismos | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por obligaciones subordinadas | |||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a cargo en operaciones de reporto y préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||
| En títulos a entregar por reporto | |||||||||||||||||||||||
| En bienes a entregar en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||
| En valores a entregar por préstamo | |||||||||||||||||||||||
| En bienes a entregar en garantía por préstamo | |||||||||||||||||||||||
| Premios a cargo | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||
| Sobreprecio pagado en inversiones en valores | |||||||||||||||||||||||
| Descuentos por colocación de deuda | |||||||||||||||||||||||
| Pérdida por valorización | |||||||||||||||||||||||
| Pérdida en cambios por valorización | |||||||||||||||||||||||
| Valorización de instrumentos indizados | |||||||||||||||||||||||
| Valorización de partidas en Udis | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de gastos por intereses | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria neto (margen financiero) | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que generan margen financiero (saldo deudor) | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que generan margen financiero (saldo acreedor) | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por posición monetaria neto (margen financiero) | |||||||||||||||||||||||
| Margen financiero | |||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios derivada de la calificación | |||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios adicional | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de estimación preventiva para riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||
| Margen financiero ajustado por riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||
| Comisiones y tarifas cobradas | |||||||||||||||||||||||
| Comisiones y tarifas pagadas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por intermediación | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación a valor razonable | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de divisas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de metales | |||||||||||||||||||||||
| Dividendos en efectivo | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de valores e instrumentos financieros derivados | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de divisas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de metales | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por intermediación | |||||||||||||||||||||||
| Ingresos (egresos) totales de la operación | |||||||||||||||||||||||
| Gastos de administración y promoción | |||||||||||||||||||||||
| Resultado de la operación | |||||||||||||||||||||||
| Otros productos | |||||||||||||||||||||||
| Otros gastos | |||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de ISR y PTU | |||||||||||||||||||||||
| Impuestos sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades causados | |||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta causado | |||||||||||||||||||||||
| Impuesto al activo causado | |||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades causada | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades causados | |||||||||||||||||||||||
| Impuestos sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades diferidos | |||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido | |||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades diferidos | |||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de participación en subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||
| Participación en el resultado de subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado del ejercicio de subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||
| Dividendos provenientes de inversiones permanentes valuadas a costo | |||||||||||||||||||||||
| Ajustes asociados a las inversiones permanentes valuadas a costo | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de participación en el resultado de subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||
| BD | Subsidios | ||||||||||||||||||||||
| Operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||
| Operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado neto | |||||||||||||||||||||||
| Interés minoritario | |||||||||||||||||||||||
| Resultado neto mayoritario | |||||||||||||||||||||||
| Notas: | |||||||||||||||||||||||
| 1/ El saldo de esta columna se calcula sumando el monto de la columna debe y restando el monto de la columna haber a los rubros de naturaleza deudora, y sumando el monto de la columna haber y restando el monto de la columna debe a los rubros de naturaleza acreedora. | |||||||||||||||||||||||
| Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | |||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Consolidación | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Consolidación del Balance General de la Institución de Crédito con sus Subsidiarias | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| R12 A 1219 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Consolidación del Balance General de la Institución de Crédito con sus Subsidiarias | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Eliminaciones | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Estado Financiero del Banco Consolidado con Fideicomisos Udis | Sumatoria de los Estados Financieros de las Subsidiarias | Sumatoria de los Estados Financieros del Banco y las Subsidiarias | Debe | Haber | Estado Financiero del Banco Consolidado con Udis y Subsidiarias | ||||||||||||||||||||||||||||||
| (1) | (2) | (3) = (1+2) | (4) | (5) | (6) = (3+4-5) | |||||||||||||||||||||||||||||||
| Activo total | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Disponibilidades | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Inversiones en valores | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar sin restricción | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar restringidos o dados en garantía | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta sin restricción | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta restringidos o dados en garantía | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento sin restricción | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento restringidos o dados en garantía | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con valores y derivadas | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Saldos deudores en operaciones de reporto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Saldos deudores en operaciones de préstamo de valores | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con instrumentos financieros derivados | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Total cartera de crédito neto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito neta | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vigente | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vencida | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos comerciales | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos de consumo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos a la vivienda | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Derechos de cobro adquiridos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas por cobrar | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes adjudicados | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Inmuebles, mobiliario y equipo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Inversiones permanentes en acciones | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuestos diferidos (a favor) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido (a favor) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida (a favor) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros activos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cargos diferidos, pagos anticipados e intangibles | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros activos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Consolidación | |||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Consolidación del Balance General de la Institución de Crédito con sus Subsidiarias | |||||||||||||||||||||||||||||
| R12 A 1219 | |||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Consolidación del Balance General de la Institución de Crédito con sus Subsidiarias | |||||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||
| Eliminaciones | |||||||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Estado Financiero del Banco Consolidado con Fideicomisos Udis | Sumatoria de los Estados Financieros de las Subsidiarias | Sumatoria de los Estados Financieros del Banco y las Subsidiarias | Debe | Haber | Estado Financiero del Banco Consolidado con Udis y Subsidiarias | |||||||||||||||||||||||
| (1) | (2) | (3) = (1+2) | (4) | (5) | (6) = (3+4-5) | ||||||||||||||||||||||||
| Pasivo total | |||||||||||||||||||||||||||||
| Captación tradicional | |||||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos de exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||||||||
| Sin interés | |||||||||||||||||||||||||||||
| Con interés | |||||||||||||||||||||||||||||
| BC | Provenientes de recaudación de contribuciones | ||||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos a plazo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Del público en general | |||||||||||||||||||||||||||||
| Mercado de dinero | |||||||||||||||||||||||||||||
| BD | Fondos especiales | ||||||||||||||||||||||||||||
| Bonos bancarios | |||||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos interbancarios y de otros organismos | |||||||||||||||||||||||||||||
| De exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||||||||
| De corto plazo | |||||||||||||||||||||||||||||
| De largo plazo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con valores y derivadas | |||||||||||||||||||||||||||||
| Saldos acreedores en operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||||||||
| Saldos acreedores en operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con instrumentos financieros derivados | |||||||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas por pagar | |||||||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades por pagar | |||||||||||||||||||||||||||||
| Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de formalizar por su órgano de gobierno | |||||||||||||||||||||||||||||
| Acreedores diversos y otras cuentas por pagar | |||||||||||||||||||||||||||||
| Obligaciones subordinadas en circulación | |||||||||||||||||||||||||||||
| Impuestos diferidos (a cargo) | |||||||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido (a cargo) | |||||||||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida (a cargo) | |||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos diferidos y cobros anticipados | |||||||||||||||||||||||||||||
| Capital contable | |||||||||||||||||||||||||||||
| Capital mayoritario | |||||||||||||||||||||||||||||
| Capital contribuido | |||||||||||||||||||||||||||||
| Capital social | |||||||||||||||||||||||||||||
| Capital social no exhibido | |||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del capital social pagado | |||||||||||||||||||||||||||||
| Aportaciones para futuros aumentos de capital acordados por su órgano de gobierno | |||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de las aportaciones para futuros aumentos de capital acordadas por su órgano de gobierno | |||||||||||||||||||||||||||||
| Prima en venta de acciones | |||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de la prima en venta de acciones | |||||||||||||||||||||||||||||
| Obligaciones subordinadas en circulación | |||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de las obligaciones subordinadas en circulación | |||||||||||||||||||||||||||||
| Donativos | |||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de los donativos | |||||||||||||||||||||||||||||
| Capital ganado | |||||||||||||||||||||||||||||
| Reservas de capital | |||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de reservas de capital | |||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado de ejercicios anteriores | |||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por aplicar | |||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por cambios contables y corrección de errores | |||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de resultados de ejercicios anteriores | |||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||||||||
| Valuación | |||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria | |||||||||||||||||||||||||||||
| Efecto de impuestos diferidos | |||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por valuación de títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por conversión de operaciones extranjeras | |||||||||||||||||||||||||||||
| Exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable | |||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable | |||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por tenencia de activos no monetarios | |||||||||||||||||||||||||||||
| Por valuación de activo fijo | |||||||||||||||||||||||||||||
| Por valuación de inversiones permanentes en acciones | |||||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por tenencia de activos no monetarios | |||||||||||||||||||||||||||||
| Ajustes por obligaciones laborales al retiro | |||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado neto mayoritario | |||||||||||||||||||||||||||||
| Interés minoritario | |||||||||||||||||||||||||||||
| Cuentas de orden | |||||||||||||||||||||||||||||
| Avales otorgados | |||||||||||||||||||||||||||||
| Activos y pasivos contingentes | |||||||||||||||||||||||||||||
| Compromisos crediticios | |||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes en fideicomiso o mandato | |||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes en custodia o en administración | |||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de banca de inversión por cuenta de terceros | |||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses devengados no cobrados derivados de cartera de crédito vencida | |||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos a recibir por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||||||
| Acreedores por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos a entregar por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||||||
| Deudores por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||||||
| Valores a recibir por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||||||
| Valores a entregar por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas de registro | |||||||||||||||||||||||||||||
| Notas: | |||||||||||||||||||||||||||||
| 1/ El saldo de esta columna se calcula sumando el monto de la columna debe y restando el monto de la columna haber a los rubros de naturaleza deudora, y sumando el monto de la columna haber y restando el monto de la columna debe a los rubros de naturaleza acreedora. | |||||||||||||||||||||||||||||
| Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | |||||||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Consolidación | |||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Consolidación del Estado de Resultados de la Institución de Crédito con sus Subsidiarias | |||||||||||||||||||||||
| R12 A 1220 | |||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Consolidación del Estado de Resultados de la Institución de Crédito con sus Subsidiarias | |||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | |||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||||||||
| Eliminaciones | |||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Estado Financiero del Banco Consolidado con Fideicomisos Udis | Sumatoria de los Estados Financieros de las Subsidiarias | Sumatoria de los Estados Financieros del Banco y las Subsidiarias | Debe | Haber | Estado Financiero del Banco Consolidado con Udis y Subsidiarias | |||||||||||||||||
| (1) | (2) | (3) = (1+2) | (4) | (5) | (6) = (3+4-5) | ||||||||||||||||||
| Ingresos por intereses | |||||||||||||||||||||||
| Intereses de disponibilidades | |||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a favor provenientes de inversiones en valores | |||||||||||||||||||||||
| Por títulos para negociar | |||||||||||||||||||||||
| Por títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||
| Por títulos conservados a vencimiento | |||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a favor en operaciones de reporto y préstamos de valores | |||||||||||||||||||||||
| En títulos a recibir por reporto | |||||||||||||||||||||||
| En bienes a recibir en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||
| En valores a recibir por préstamo | |||||||||||||||||||||||
| En bienes a recibir en garantía por préstamo | |||||||||||||||||||||||
| Intereses de cartera de crédito vigente | |||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | |||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | |||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||
| Intereses de cartera de crédito vencida | |||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos comerciales | |||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos de consumo | |||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||
| Comisiones por el otorgamiento inicial del crédito | |||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | |||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | |||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||
| Premios a favor | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||
| Primas por colocación de deuda | |||||||||||||||||||||||
| Utilidad por valorización | |||||||||||||||||||||||
| Utilidad en cambios por valorización | |||||||||||||||||||||||
| Valorización de instrumentos indizados | |||||||||||||||||||||||
| Valorización de partidas en Udis | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de ingresos por intereses | |||||||||||||||||||||||
| Gastos por intereses | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por depósitos de exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por depósitos a plazo | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por bonos bancarios | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por préstamos interbancarios y de otros organismos | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por obligaciones subordinadas | |||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a cargo en operaciones de reporto y préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||
| En títulos a entregar por reporto | |||||||||||||||||||||||
| En bienes a entregar en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||
| En valores a entregar por préstamo | |||||||||||||||||||||||
| En bienes a entregar en garantía por préstamo | |||||||||||||||||||||||
| Premios a cargo | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||
| Sobreprecio pagado en inversiones en valores | |||||||||||||||||||||||
| Descuentos por colocación de deuda | |||||||||||||||||||||||
| Pérdida por valorización | |||||||||||||||||||||||
| Pérdida en cambios por valorización | |||||||||||||||||||||||
| Valorización de instrumentos indizados | |||||||||||||||||||||||
| Valorización de partidas en Udis | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de gastos por intereses | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria neto (margen financiero) | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que generan margen financiero (saldo deudor) | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que generan margen financiero (saldo acreedor) | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por posición monetaria neto (margen financiero) | |||||||||||||||||||||||
| Margen financiero | |||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios derivada de la calificación | |||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios adicional | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de estimación preventiva para riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||
| Margen financiero ajustado por riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||
| Comisiones y tarifas cobradas | |||||||||||||||||||||||
| Comisiones y tarifas pagadas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por intermediación | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación a valor razonable | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de divisas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de metales | |||||||||||||||||||||||
| Dividendos en efectivo | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de valores e instrumentos financieros derivados | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de divisas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de metales | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por intermediación | |||||||||||||||||||||||
| Ingresos (egresos) totales de la operación | |||||||||||||||||||||||
| Gastos de administración y promoción | |||||||||||||||||||||||
| Resultado de la operación | |||||||||||||||||||||||
| Otros productos | |||||||||||||||||||||||
| Otros gastos | |||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de ISR y PTU | |||||||||||||||||||||||
| Impuestos sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades causados | |||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta causado | |||||||||||||||||||||||
| Impuesto al activo causado | |||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades causada | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades causados | |||||||||||||||||||||||
| Impuestos sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades diferidos | |||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido | |||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades diferidos | |||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de participación en subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||
| Participación en el resultado de subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado del ejercicio de subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||
| Dividendos provenientes de inversiones permanentes valuadas a costo | |||||||||||||||||||||||
| Ajustes asociados a las inversiones permanentes valuadas a costo | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de participación en el resultado de subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||
| BD | Subsidios | ||||||||||||||||||||||
| Operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||
| Operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado neto | |||||||||||||||||||||||
| Interés minoritario | |||||||||||||||||||||||
| Resultado neto mayoritario | |||||||||||||||||||||||
| Notas: | |||||||||||||||||||||||
| 1/ El saldo de esta columna se calcula sumando el monto de la columna debe y restando el monto de la columna haber a los rubros de naturaleza deudora, y sumando el monto de la columna haber y restando el monto de la columna debe a los rubros de naturaleza acreedora. | |||||||||||||||||||||||
| Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | |||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Consolidación | ||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Balance General de sus Subsidiarias | ||||||||||||||||||||||||
| R12 A 1221 | ||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Balance General de sus Subsidiarias 1/ | ||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | ||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Estado Financiero de la Subsidiaria 1 | Estado Financiero de la Subsidiaria 2 | Estado Financiero de la Subsidiaria 3 | Estado Financiero de la Subsidiaria 4 | Estado Financiero de la Subsidiaria 5 | Sumatoria de los Estados Financieros de las Subsidiarias | ||||||||||||||||||
| (1) | (2) | (3) | (4) | (5) | (1+2+3+4+5) | |||||||||||||||||||
| Activo total | ||||||||||||||||||||||||
| Disponibilidades | ||||||||||||||||||||||||
| Inversiones en valores | ||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar | ||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar sin restricción | ||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar restringidos o dados en garantía | ||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta | ||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta sin restricción | ||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta restringidos o dados en garantía | ||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento | ||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento sin restricción | ||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento restringidos o dados en garantía | ||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con valores y derivadas | ||||||||||||||||||||||||
| Saldos deudores en operaciones de reporto | ||||||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral | ||||||||||||||||||||||||
| Saldos deudores en operaciones de préstamo de valores | ||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con instrumentos financieros derivados | ||||||||||||||||||||||||
| Total cartera de crédito neto | ||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito neta | ||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vigente | ||||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | ||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | ||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | ||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | ||||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | ||||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | ||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vencida | ||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos comerciales | ||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | ||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | ||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | ||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos de consumo | ||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos a la vivienda | ||||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios | ||||||||||||||||||||||||
| Derechos de cobro adquiridos | ||||||||||||||||||||||||
| Estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro | ||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas por cobrar | ||||||||||||||||||||||||
| Bienes adjudicados | ||||||||||||||||||||||||
| Inmuebles, mobiliario y equipo | ||||||||||||||||||||||||
| Inversiones permanentes en acciones | ||||||||||||||||||||||||
| Impuestos diferidos (a favor) | ||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido (a favor) | ||||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida (a favor) | ||||||||||||||||||||||||
| Otros activos | ||||||||||||||||||||||||
| Cargos diferidos, pagos anticipados e intangibles | ||||||||||||||||||||||||
| Otros activos | ||||||||||||||||||||||||
| BANCA COMERCIAL | ||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Consolidación | ||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Balance General de sus Subsidiarias | ||||||||||||||||||||||||||
| R12 A 1221 | ||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Balance General de sus Subsidiarias 1/ | ||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | ||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Estado Financiero de la Subsidiaria 1 | Estado Financiero de la Subsidiaria 2 | Estado Financiero de la Subsidiaria 3 | Estado Financiero de la Subsidiaria 4 | Estado Financiero de la Subsidiaria 5 | Sumatoria de los Estados Financieros de las Subsidiarias | ||||||||||||||||||||
| (1) | (2) | (3) | (4) | (5) | (1+2+3+4+5) | |||||||||||||||||||||
| Pasivo total | ||||||||||||||||||||||||||
| Captación tradicional | ||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos de exigibilidad inmediata | ||||||||||||||||||||||||||
| Sin interés | ||||||||||||||||||||||||||
| Con interés | ||||||||||||||||||||||||||
| Provenientes de recaudación de contribuciones | ||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos a plazo | ||||||||||||||||||||||||||
| Del público en general | ||||||||||||||||||||||||||
| Mercado de dinero | ||||||||||||||||||||||||||
| Bonos bancarios | ||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos interbancarios y de otros organismos | ||||||||||||||||||||||||||
| De exigibilidad inmediata | ||||||||||||||||||||||||||
| De corto plazo | ||||||||||||||||||||||||||
| De largo plazo | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con valores y derivadas | ||||||||||||||||||||||||||
| Saldos acreedores en operaciones de reporto | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral | ||||||||||||||||||||||||||
| Saldos acreedores en operaciones de préstamo de valores | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con instrumentos financieros derivados | ||||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas por pagar | ||||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades por pagar | ||||||||||||||||||||||||||
| Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de formalizar por su órgano de gobierno | ||||||||||||||||||||||||||
| Acreedores diversos y otras cuentas por pagar | ||||||||||||||||||||||||||
| Obligaciones subordinadas en circulación | ||||||||||||||||||||||||||
| Impuestos diferidos (a cargo) | ||||||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido (a cargo) | ||||||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida (a cargo) | ||||||||||||||||||||||||||
| Créditos diferidos y cobros anticipados | ||||||||||||||||||||||||||
| Capital contable | ||||||||||||||||||||||||||
| Capital mayoritario | ||||||||||||||||||||||||||
| Capital contribuido | ||||||||||||||||||||||||||
| Capital social | ||||||||||||||||||||||||||
| Capital social no exhibido | ||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del capital social pagado | ||||||||||||||||||||||||||
| Aportaciones para futuros aumentos de capital acordados por su órgano de gobierno | ||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de las aportaciones para futuros aumentos de capital acordadas por su órgano de gobierno | ||||||||||||||||||||||||||
| Prima en venta de acciones | ||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de la prima en venta de acciones | ||||||||||||||||||||||||||
| Obligaciones subordinadas en circulación | ||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de las obligaciones subordinadas en circulación | ||||||||||||||||||||||||||
| Donativos | ||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de los donativos | ||||||||||||||||||||||||||
| Capital ganado | ||||||||||||||||||||||||||
| Reservas de capital | ||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de reservas de capital | ||||||||||||||||||||||||||
| Resultado de ejercicios anteriores | ||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por aplicar | ||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por cambios contables y corrección de errores | ||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de resultados de ejercicios anteriores | ||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta | ||||||||||||||||||||||||||
| Valuación | ||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria | ||||||||||||||||||||||||||
| Efecto de impuestos diferidos | ||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por valuación de títulos disponibles para la venta | ||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo | ||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo | ||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por conversión de operaciones extranjeras | ||||||||||||||||||||||||||
| Exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable | ||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable | ||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por tenencia de activos no monetarios | ||||||||||||||||||||||||||
| Por valuación de activo fijo | ||||||||||||||||||||||||||
| Por valuación de inversiones permanentes en acciones | ||||||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por tenencia de activos no monetarios | ||||||||||||||||||||||||||
| Ajustes por obligaciones laborales al retiro | ||||||||||||||||||||||||||
| Resultado neto mayoritario | ||||||||||||||||||||||||||
| Interés minoritario | ||||||||||||||||||||||||||
| Cuentas de orden | ||||||||||||||||||||||||||
| Avales otorgados | ||||||||||||||||||||||||||
| Activos y pasivos contingentes | ||||||||||||||||||||||||||
| Compromisos crediticios | ||||||||||||||||||||||||||
| Bienes en fideicomiso o mandato | ||||||||||||||||||||||||||
| Bienes en custodia o en administración | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de banca de inversión por cuenta de terceros | ||||||||||||||||||||||||||
| Intereses devengados no cobrados derivados de cartera de crédito vencida | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de reporto | ||||||||||||||||||||||||||
| Títulos a recibir por reporto | ||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por reporto | ||||||||||||||||||||||||||
| Menos: | ||||||||||||||||||||||||||
| Acreedores por reporto | ||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por reporto | ||||||||||||||||||||||||||
| Títulos a entregar por reporto | ||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por reporto | ||||||||||||||||||||||||||
| Menos: | ||||||||||||||||||||||||||
| Deudores por reporto | ||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por reporto | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de préstamo de valores | ||||||||||||||||||||||||||
| Valores a recibir por préstamo de valores | ||||||||||||||||||||||||||
| Menos: | ||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por préstamo de valores | ||||||||||||||||||||||||||
| Valores a entregar por préstamo de valores | ||||||||||||||||||||||||||
| Menos: | ||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por préstamo de valores | ||||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas de registro | ||||||||||||||||||||||||||
| Notas: | ||||||||||||||||||||||||||
| 1/ | En este reporte deben aparecer únicamente los Estados Financieros de las Subsidiarias consolidables. | |||||||||||||||||||||||||
| Debe haber tantas columnas como subsidiarias consolidables existan. | ||||||||||||||||||||||||||
| BANCA COMERCIAL | ||||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Consolidación | |||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Estado de Resultados de sus subsidiarias | |||||||||||||||||||||||
| R12 A 1222 | |||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Estado de Resultados de sus subsidiarias | |||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | |||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||||||||
| C o n c e p t o | Estado Financiero de la Subsidiaria 1 | Estado Financiero de la Subsidiaria 2 | Estado Financiero de la Subsidiaria 3 | Estado Financiero de la Subsidiaria 4 | Estado Financiero de la Subsidiaria 5 | Sumatoria de los Estados Financieros de las Subsidiarias | |||||||||||||||||
| (1) | (2) | (3) | (4) | (5) | (1+2+3+4+5) | ||||||||||||||||||
| Ingresos por intereses | |||||||||||||||||||||||
| Intereses de disponibilidades | |||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a favor provenientes de inversiones en valores | |||||||||||||||||||||||
| Por títulos para negociar | |||||||||||||||||||||||
| Por títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||
| Por títulos conservados a vencimiento | |||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a favor en operaciones de reporto y préstamos de valores | |||||||||||||||||||||||
| En títulos a recibir por reporto | |||||||||||||||||||||||
| En bienes a recibir en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||
| En valores a recibir por préstamo | |||||||||||||||||||||||
| En bienes a recibir en garantía por préstamo | |||||||||||||||||||||||
| Intereses de cartera de crédito vigente | |||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | |||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | |||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||
| Intereses de cartera de crédito vencida | |||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos comerciales | |||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos de consumo | |||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||
| Comisiones por el otorgamiento inicial del crédito | |||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | |||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | |||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||
| Premios a favor | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||
| Primas por colocación de deuda | |||||||||||||||||||||||
| Utilidad por valorización | |||||||||||||||||||||||
| Utilidad en cambios por valorización | |||||||||||||||||||||||
| Valorización de instrumentos indizados | |||||||||||||||||||||||
| Valorización de partidas en Udis | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de ingresos por intereses | |||||||||||||||||||||||
| Gastos por intereses | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por depósitos de exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por depósitos a plazo | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por bonos bancarios | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por préstamos interbancarios y de otros organismos | |||||||||||||||||||||||
| Intereses por obligaciones subordinadas | |||||||||||||||||||||||
| Intereses y rendimientos a cargo en operaciones de reporto y préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||
| En títulos a entregar por reporto | |||||||||||||||||||||||
| En bienes a entregar en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||
| En valores a entregar por préstamo | |||||||||||||||||||||||
| En bienes a entregar en garantía por préstamo | |||||||||||||||||||||||
| Premios a cargo | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones que representan un préstamo con colateral | |||||||||||||||||||||||
| En operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||
| Sobreprecio pagado en inversiones en valores | |||||||||||||||||||||||
| Descuentos por colocación de deuda | |||||||||||||||||||||||
| Pérdida por valorización | |||||||||||||||||||||||
| Pérdida en cambios por valorización | |||||||||||||||||||||||
| Valorización de instrumentos indizados | |||||||||||||||||||||||
| Valorización de partidas en Udis | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de gastos por intereses | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria neto (margen financiero) | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que generan margen financiero (saldo deudor) | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por posición monetaria proveniente de posiciones que generan margen financiero (saldo acreedor) | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por posición monetaria neto (margen financiero) | |||||||||||||||||||||||
| Margen financiero | |||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios derivada de la calificación | |||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios adicional | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de estimación preventiva para riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||
| Margen financiero ajustado por riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||
| Comisiones y tarifas cobradas | |||||||||||||||||||||||
| Comisiones y tarifas pagadas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por intermediación | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación a valor razonable | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de divisas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de metales | |||||||||||||||||||||||
| Dividendos en efectivo | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de valores e instrumentos financieros derivados | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de divisas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado por compraventa de metales | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización del resultado por intermediación | |||||||||||||||||||||||
| Ingresos (egresos) totales de la operación | |||||||||||||||||||||||
| Gastos de administración y promoción | |||||||||||||||||||||||
| Resultado de la operación | |||||||||||||||||||||||
| Otros productos | |||||||||||||||||||||||
| Otros gastos | |||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de ISR y PTU | |||||||||||||||||||||||
| Impuestos sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades causados | |||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta causado | |||||||||||||||||||||||
| Impuesto al activo causado | |||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades causada | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades causados | |||||||||||||||||||||||
| Impuestos sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades diferidos | |||||||||||||||||||||||
| Impuesto sobre la renta diferido | |||||||||||||||||||||||
| Participación de los trabajadores en las utilidades diferida | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades diferidos | |||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de participación en subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||
| Participación en el resultado de subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado del ejercicio de subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||
| Dividendos provenientes de inversiones permanentes valuadas a costo | |||||||||||||||||||||||
| Ajustes asociados a las inversiones permanentes valuadas a costo | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de participación en el resultado de subsidiarias y asociadas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado antes de operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||
| Operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||
| Operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||
| Incremento por actualización de operaciones discontinuadas | |||||||||||||||||||||||
| Resultado neto | |||||||||||||||||||||||
| Interés minoritario | |||||||||||||||||||||||
| Resultado neto mayoritario | |||||||||||||||||||||||
| Notas: | |||||||||||||||||||||||
| 1/ En este reporte deben aparecer únicamente los Estados Financieros de las Subsidiarias consolidables. | |||||||||||||||||||||||
| Debe haber tantas columnas como subsidiarias consolidables existan. | |||||||||||||||||||||||
| BANCA COMERCIAL | |||||||||||||||||||||||
R12 CONSOLIDACION
R12 B REPORTE REGULATORIO DE CONSOLIDACION
(DESAGREGADO DE INVERSIONES PERMANENTES EN ACCIONES)
INSTRUCCIONES DE LLENADO
El reporte regulatorio de Consolidación (Desagregado de Inversiones Permanentes en Acciones) se compone de 1 subreporte, sobre los movimientos de las inversiones de la institución en sus subsidiarias.
La frecuencia de elaboración y presentación de este reporte debe ser trimestral.
SUBREPORTE
| R12 B 1230 | Desagregado de Inversiones Permanentes en Acciones. El objetivo de este subreporte es distinguir los diferentes tipos de inversiones de carácter permanente realizadas por la institución, mostrando el porcentaje de participación que posee la institución en las empresas objeto de la inversión, los saldos iniciales, los movimientos del periodo derivados del reconocimiento del método de participación, de la actualización de saldos y/o del reparto de dividendos, así como los saldos finales y el resultado por tenencia de activos no monetarios originado por estas inversiones expresados en moneda nacional. |
Para el llenado del reporte regulatorio de Consolidación (Desagregado de Inversiones Permanentes en Acciones) es necesario tener en consideración los aspectos siguientes:
Los datos que se refieran a saldos y montos, se deben presentar en moneda nacional, Udis valorizadas en pesos y moneda extranjera valorizada en pesos, utilizando el tipo de cambio indicado en los criterios contables vigentes. Dichos montos y saldos, deben presentarse en pesos redondeados, sin decimales, sin comas, sin puntos y con cifras positivas. Por ejemplo: $20,585.70 sería 20586.
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte regulatorio de Consolidación (Desagregado de Inversiones Permanentes en Acciones) se llevará a cabo por medio del formato siguiente:
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 | Columna 5 |
| Periodo | Clave de la Entidad | Concepto | Subreporte | Número de Secuencia |
| Columna 6 | Columna 7 | Columna 8 | Columna 9 | Columna 10 |
| Nombre de la Empresa | Tipo de Actividad | Saldo Inicial | Efecto del Método de Participación del Periodo en Resultados | Efecto del Método de Participación del Periodo en Capital |
| Columna 11 | Columna 12 | Columna 13 | Columna 14 | Columna 15 |
| Actualización del Trimestre | Dividendos | Castigos | Aportaciones Adicionales | Reducciones de Capital |
| Columna 16 | Columna 17 | Columna 18 | Columna 19 | Columna 20 |
| Saldo Final | Porcentaje de Participación en la Subsidiaria | Retanm por Inversiones Permanentes Saldo Inicial | Retanm por Inversiones Permanentes Movimiento del Trimestre | Retanm por Inversiones Permanentes Saldo Final |
DESCRIPCION DEL FORMATO DE CAPTURA
A continuación se describen las columnas que integran el formato de captura:
| COLUMNA | DESCRIPCION |
| Columna 1 | PERIODO Se debe anotar el periodo de acuerdo al formato: AAAAMM Esta columna se captura al momento en que se accesa al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI), por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 2 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 3 | CONCEPTO Se anotará la clave del concepto al que corresponda la información de acuerdo con el catálogo disponible en el SITI. Las definiciones de los principales conceptos se encuentran en el Anexo R12 B 1. |
| Columna 4 | SUBREPORTE Se debe anotar la clave del subreporte de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 5 | NUMERO DE SECUENCIA Se debe asignar un número de secuencia a cada uno de los registros reportados (este número secuencial deberá iniciarse en cada periodo). |
| Columna 6 | NOMBRE DE LA EMPRESA Se debe anotar el nombre completo de la empresa, objeto de la inversión, tal cual está registrada ante las autoridades fiscales. Instrucciones adicionales Se debe anotar el nombre completo y el tipo de sociedad abreviado, en mayúsculas, sin comas y sin puntos. Ejemplo: COMERCIAL MEXICANA SA DE CV El nombre se debe presentar de manera idéntica cada vez que se reporte la misma empresa. |
| Columna 7 | TIPO DE ACTIVIDAD Se debe anotar la rama de la actividad económica preponderante de la empresa a la que pertenecen las acciones en propiedad de la institución, es decir, de la cuál obtiene la mayor parte de su ingreso, de acuerdo con las claves disponibles en el SITI. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Actividad Económica. |
| Columna 8 | SALDO INICIAL Se anotará el saldo inicial del periodo. En caso que se tengan inversiones permanentes denominadas en moneda extranjera o Udis el saldo inicial debe presentarse valorizado en pesos al cierre del trimestre actual aunque no sea igual al saldo final del trimestre anterior. |
| Columna 9 | EFECTO DEL MEtodo de ParticipaciOn del PERIODO en resultados Se anotará el monto generado por el método de participación del periodo en resultados. En caso que se tengan inversiones permanentes denominadas en moneda extranjera o Udis el efecto en resultados debe presentarse valorizado en pesos al cierre del trimestre actual. |
| Columna 10 | EFECTO DEL MEtodo de ParticipaciOn del PERIODO en capital Se anotará el monto generado por el método de participación del periodo en capital. En caso que se tengan inversiones permanentes denominadas en moneda extranjera o Udis el efecto en capital debe presentarse valorizado en pesos al cierre del trimestre actual. |
| Columna 11 | ActualizaciOn del trimestre Se anotará el monto de la actualización del trimestre. Se deberá incluir tanto la actualización por índices como el decremento en caso de que el valor de realización sea consistentemente menor al costo actualizado. |
| Columna 12 | DIVIDENDOS Se anotará el monto de dividendos, generado por las inversiones permanentes en acciones durante el periodo. |
| Columna 13 | CASTIGOS Se anotará el monto de los castigos del periodo. |
| Columna 14 | APORTACIONES ADICIONALES Se anotará el monto de las aportaciones adicionales realizadas en el periodo. |
| Columna 15 | REDUCCION DE CAPITAL Se anotará el monto de las reducciones de capital realizadas en el periodo. |
| Columna 16 | SALDO FINAL Se anotará el resultado del saldo inicial + el método de participación del periodo en resultados + el método de participación del periodo en capital + la actualización del trimestre dividendos castigos + aportaciones adicionales - reducciones de capital. |
| Columna 17 | PORCENTAJE DE PARTICIPACION EN LA SUBSIDIARIA Se debe anotar el porcentaje de participación en la subsidiaria a la fecha del reporte. Instrucciones adicionales El porcentaje se debe presentar sin el signo %, con 2 decimales redondeados y en base 100. Ejemplo: 37.57% sería 37.57 |
| Columna 18 | RETANM POR INVERSIONES PERMANENTES SALDO INICIAL Se anotará el monto del Retanm por las inversiones permanentes al inicio del periodo. |
| Columna 19 | RETANM POR INVERSIONES PERMANENTES MOVIMIENTO DEL TRIMESTRE Se anotará el monto del Retanm generado por las inversiones permanentes durante el trimestre, el total de movimientos deberá traspasarse al capital contable en la cuenta correspondiente a Retanm. |
| Columna 20 | RETANM POR INVERSIONES PERMANENTES SALDO FINAL Se anotará el monto del Retanm por las inversiones permanentes al final del periodo. |
ANEXO R12 B 1
CONCEPTOS
Los principales conceptos del reporte regulatorio de Consolidación (Desagregado de Inversiones Permanentes en Acciones) se definen en la tabla siguiente:
| CONCEPTO | DEFINICION |
| Inversiones permanentes en acciones | Para efectos de este subreporte, se entiende por inversiones permanentes en acciones, aquéllas efectuadas en títulos representativos del capital social de otras empresas con la intención de mantenerlas por un plazo indefinido. Generalmente estas inversiones se realizan para ejercer control o tener injerencia sobre otras empresas; aunque puede haber otras razones para realizar este tipo de inversiones. |
| Subsidiaria | Es la empresa que es controlada por otra conocida como controladora. Para efectos de este reporte regulatorio se dividen en: Pertenecientes al sector financiero No pertenecientes al sector financiero |
| Asociada | Es una compañía en la cual la tenedora tiene influencia significativa en su administración, pero sin llegar a tener el control de la misma. Para efectos de este reporte regulatorio se dividen en: Pertenecientes al sector financiero No pertenecientes al sector financiero |
| Otras | Se refiere a aquellas acciones de carácter permanente en las que el institución no tiene ni control ni influencia significativa. Para efectos de este reporte regulatorio se dividen en: Pertenecientes al sector financiero No pertenecientes al sector financiero |
R13 ESTADOS FINANCIEROS
R13 A REPORTE REGULATORIO DE ESTADOS FINANCIEROS
INSTRUCCIONES DE LLENADO
En el presente reporte se deberá proporcionar información de los rubros que conformen los Estados de Variaciones en el Capital Contable y de Cambios en la Situación Financiera.
Las cifras de este reporte deberán ser idénticas a las expresadas en los Estados Financieros rubricados por los funcionarios responsables y entregados oficialmente a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
El reporte regulatorio de Estados Financieros se integra de 2 subreportes.
La frecuencia de elaboración y presentación de este reporte debe ser trimestral.
SUBREPORTES
| R13 A 1311 | Estado de Variaciones en el Capital Contable En este subreporte se solicitan los saldos en pesos constantes, de todos los conceptos del Capital Contable de la institución al inicio del trimestre, mostrando los movimientos ocurridos en el periodo, así como los saldos del capital contable al cierre del trimestre. En donde los movimientos del periodo, se refieren a los incrementos o decrementos del capital contable, originados por las decisiones de los accionistas y al reconocimiento de la utilidad integral. |
| R13 A 1312 | Estado de Cambios en la Situación Financiera En este subreporte se solicitan los montos en pesos constantes, de los cambios ocurridos en la estructura financiera de la institución. Dichos cambios, se refieren a las diferencias entre los distintos rubros del balance general inicial y final del trimestre que se está reportando, clasificadas de acuerdo a los recursos generados o utilizados por los conceptos siguientes: por la operación, por actividades de financiamiento y por actividades de inversión; asimismo, deberá reflejarse el aumento o disminución de efectivo y equivalentes, en el trimestre. |
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte regulatorio de Estados Financieros se llevará a cabo por medio del formato siguiente:
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 | Columna 5 | Columna 6 |
| Periodo | Clave de la Entidad | Concepto | Subreporte | Tipo de Saldo | Dato |
DESCRIPCION DEL FORMATO DE CAPTURA
A continuación se describen las columnas que integran al formato de captura.
| COLUMNA | DESCRIPCION |
| Columna 1 | PERIODO Se debe anotar el periodo de acuerdo al formato: AAAAMM Esta columna se captura al momento en que se accesa al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI), por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 2 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 3 | CONCEPTO Se debe anotar la clave del concepto al que corresponde la información de acuerdo con las claves establecidas en el SITI. En concordancia con lo que establecen los Criterios Contables, los conceptos que aparecen en los estados financieros se muestran de manera enunciativa más no limitativa. La apertura de un mayor número de conceptos, con el fin de proporcionar una presentación más detallada de la información, deberá ser solicitada a la Supervisión en Jefe de Información de la CNBV. Las definiciones de los principales conceptos se encuentran establecidas en el Anexo R13 A 1 del presente reporte. |
| Columna 4 | SUBREPORTE Se debe anotar la clave del subreporte de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 5 | TIPO DE SALDO Se debe anotar la clave del tipo de saldo de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Este campo únicamente aplica para conceptos relacionados con el Estado de Variaciones en el Capital Contable. En concordancia con lo que establecen los Criterios Contables, los conceptos que aparecen en los estados financieros se muestran de manera enunciativa más no limitativa. La apertura de un mayor número de conceptos en el catálogo de Tipo de Saldo, con el fin de proporcionar una presentación más detallada de la información, deberá ser solicitada a la Supervisión en Jefe de Información de la CNBV. Las definiciones de los principales conceptos se encuentran establecidas en el Anexo R13 A 1 del presente reporte. |
| Columna 6 | DATO Esta columna debe contener la información que cumple con las características descritas en las columnas anteriores. Instrucciones adicionales Los datos deben presentarse con el formato siguiente: Saldos: Se deben presentar en pesos, incluye moneda nacional, Udis valorizadas en pesos y moneda extranjera valorizada en pesos. Además, en pesos redondeados, sin decimales, sin comas y sin puntos. Estos saldos/montos siempre deberán registrarse con cifras positivas excepto en los casos siguientes: Cuentas de capital que restan o disminuyen al Capital Contable (pérdidas de ejercicios anteriores, decrementos en la valuación, etc.), y Cuentas de resultados que pueden operar con utilidad o pérdida en el mismo concepto, sólo cuando se trate de pérdida (pérdidas en la valuación). En los casos antes mencionados los saldos deberán registrarse con signo negativo. Por ejemplo: Capital Social por $100,000.00 sería 100000, Pérdidas de Ejercicios Anteriores por $12,458.85 sería -12459. |
Anexo R13 A 1
CONCEPTOS
Los principales conceptos del reporte regulatorio de Estados Financieros se definen en la tabla siguiente:
| CONCEPTO | DEFINICION | ||
| Capital social | Se refiere a los títulos que han sido emitidos a favor de los accionistas o socios como evidencia de su participación en la entidad. | ||
| Capital social no exhibido | Se refiere al monto de las acciones suscritas no exhibidas por los socios o accionistas | ||
| Aportaciones para futuros aumentos de capital acordados por su Organo de Gobierno | Se refiere al monto correspondiente a los anticipos de los socios o accionistas para futuros aumentos al capital social de la entidad, siempre y cuando exista resolución de la asamblea de socios o accionistas o del Organo de Gobierno, que serán aplicados como parte del capital social en el futuro. | ||
| Prima en venta de acciones | Se refiere a la diferencia en exceso entre el pago de las acciones suscritas y el valor nominal de las mismas o su valor teórico. | ||
| Reservas de capital | Se refiere a la Reserva legal y a otras reservas. Este rubro no debe incluir prima en venta de acciones. | ||
| Resultado de ejercicios anteriores | Se refiere a las utilidades o pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores. | ||
| Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta | El resultado por valuación de títulos disponibles para la venta, se conforma de los siguientes conceptos: - Por valuación.- corresponde a la diferencia que resulta entre el valor razonable y el último valor en libros de títulos disponibles para la venta en la fecha de valuación. - Por posición monetaria.- corresponde al efecto de actualización al aplicar la Udi sobre las inversiones en títulos disponibles para la venta. - Por efecto de impuestos diferidos.- corresponde a los efectos de ISR y PTU por diferencias temporales sobre inversiones en títulos disponibles para la venta. | ||
| Resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo | Se refiere a la porción efectiva de las ganancias o pérdidas obtenidas de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo. | ||
| Resultado por conversión de operaciones extranjeras | Se refiere al ajuste por conversión de entidades extranjeras con las que se tenga una relación de interdependencia financiera y operativa, de acuerdo con las normas información financiera (NIF). | ||
| Exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable | Se refiere a la variación en el patrimonio de los accionistas derivado de la diferencia en la actualización de los activos no monetarios con los pasivos no monetarios y el capital contable (la actualización del capital incluye el REPOMO y la actualización de resultados). | ||
| Resultado por tenencia de activos no monetarios | El resultado por tenencia de activos no monetarios, se conforma por los siguientes conceptos: - Por valuación de inversiones permanentes en acciones.- Es la diferencia entre el saldo final de la inversión permanente valuada a través del método de participación y el monto que resulte de aplicar el factor de actualización del periodo al saldo de la inversión permanente al inicio de dicho periodo, más el importe actualizado correspondiente al resultado neto del ejercicio sobre el cual tenga participación la entidad. - Por valuación de activos fijos.- Representa la variación en el valor de los activos no monetarios, representados por los activos fijos, por encima o por debajo de la inflación. | ||
| Ajustes por obligaciones laborales al retiro | Se refiere a los ajustes aplicados dentro del capital contable correspondientes a las obligaciones de pago a los trabajadores o sus beneficiarios al término del vínculo laboral. | ||
| Resultado neto | Corresponde al resultado por operaciones continuas incrementado o disminuido, según corresponda por las operaciones discontinuadas | ||
| Interés minoritario | Cuando se trate del capital contable consolidado, el interés minoritario representa la porción minoritaria del capital, es decir, la parte del capital contable de las subsidiarias consolidadas que es atribuible a accionistas o propietarios ajenos a la entidad controladora. | ||
| Movimientos inherentes a las decisiones de los accionistas | Dentro de este concepto se encuentran aquellos directamente relacionados con las decisiones que a través de asambleas de accionistas, toman los mismos respecto a su inversión en la entidad. | ||
| Movimientos inherentes al reconocimiento de la utilidad integral | Se refieren a los incrementos o disminuciones durante el periodo, derivados de transacciones, otros eventos y circunstancias, provenientes de fuentes no vinculadas con las decisiones de los accionistas. El propósito de reportar este tipo de movimientos, es mostrar las variaciones en el capital contable que resultan de transacciones reconocidas, separándolas de otros eventos económicos ajenos a las decisiones de los accionistas. | ||
| Actividades de operación | Son aquellas transacciones no clasificadas como de inversión o de financiamiento, que por lo general involucran a las operaciones principales de la entidad. | ||
| Actividades de financiamiento | Son aquellas transacciones que la entidad lleva a cabo con el propósito de obtener recursos de largo plazo, tales como la suscripción de capital u obligaciones subordinadas. | ||
| Actividades de inversión | Son aquellas transacciones que realiza la entidad, las cuales afectan su inversión en activos, principalmente las que se refieren a los activos fijos y a las acciones de empresas con carácter permanente. | ||
| Equivalentes de efectivo | Son aquellas partidas que se consideren disponibilidades de conformidad con los Criterios Contables para las Instituciones de Crédito, emitidos por la CNBV.en el criterio B-1 Disponibilidades. Por generación o uso de recursos deberá entenderse el cambio en pesos constantes en las diferentes partidas del balance general, que deriva del efectivo o incide en el mismo. En el caso de partidas monetarias, este cambio comprende la variación en pesos nominales, más o menos su efecto monetario. Asimismo, se entiende por pesos constantes aquellos con poder adquisitivo relativo a la fecha del balance general, es decir, al último periodo en el caso de estados financieros comparativos. | ||
Reporte Regulatorio de Estados Financieros
Subreporte: Estado de Variaciones en el Capital Contable
R13 A 1311
Subreporte: Estado de Variaciones en el Capital Contable
Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos
Cifras en pesos
NOMBRE DE LA INSTITUCION
DOMICILIO
ESTADO DE VARIACION EN EL CAPITAL CONTABLE DEL____DE________________AL___DE__________DE___
Expresados en moneda de poder adquisitivo de_____de_____
(Cifras en pesos)
| CONCEPTO | Capital contribuido | Capital ganado | Interés minoritario | Total capital contable | ||||||||||||||||||||||||||
| Capital social | Capital social no exhibido | Incremento por actualización del capital social pagado | Aportaciones para futuros aumentos de capital acordadas por su Organo de Gobierno | Incremento por actualización de las aportaciones para futuros aumentos de capital acordadas por su Organo de Gobierno | Prima en venta por acciones | Incremento por actualización de la prima en venta en acciones | Obligaciones subordinadas en circulación | Incremento por actualización de obligaciones subordinadas en circulación | Donativos | Incremento por actualización de donativos | Reservas de capital | Incremento por actualización de reservas de capital | Resultado de ejercicios anteriores | Incremento por actualización de resultado de ejercicios anteriores | Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta | Incremento por actualización del resultado por valuación de títulos disponibles para la venta | Resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo | Incremento por actualización del resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo | Resultado por conversión de operaciones extranjeras | Exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable | Incremento por actualización del exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable | Resultado por tenencia de activos no monetarios (por valuación de activos fijos) | Resultado por tenencia de activos no monetarios (por valuación de inversiones permanentes en acciones) | Incremento por actualización del resultado por tenencia de activos no monetarios | Ajustes por obligaciones laborales al retiro | Resultado neto | ||||
| Saldo inicial al __ de __________ de ____ | ||||||||||||||||||||||||||||||
| MOVIMIENTOS INHERENTES A LAS DECISIONES DE LOS PROPIETARIOS | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Suscripción de acciones | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Capitalización de utilidades | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Constitución de reservas | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Traspaso del resultado neto a resultado de ejercicios anteriores | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Pago de dividendos | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Total de movimientos inherentes a las decisiones de los propietarios | ||||||||||||||||||||||||||||||
| MOVIMIENTOS INHERENTES AL RECONOCIMIENTO DE LA UTILIDAD INTEGRAL | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado neto | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por conversión de operaciones extranjeras | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por tenencia de activos no monetarios | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Ajustes por obligaciones laborales al retiro | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Total de movimientos inherentes al reconocimiento de la utilidad integral | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Saldo final al __ de __________ de ____ | ||||||||||||||||||||||||||||||
Nota: En concordancia con lo que establecen los criterios contables, los conceptos que aparecen en el presente estado se muestran de manera enunciativa más no limitativa. La apertura de un mayor número de conceptos con el fin de proporcionar una presentación más detallada de la información, deberá ser solicitada a la Supervisión en Jefe de Información de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
| Reporte Regulatorio de Estados Financieros | |||||
| Subreporte: Estado de Cambios en la Situación Financiera | |||||
| R13 A 1312 | |||||
| Subreporte: Estado de Cambios en la Situación Financiera | |||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | |||||
| Cifras en pesos | |||||
| NOMBRE DE LA INSTITUCION | |||||
| DOMICILIO | |||||
| ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA | |||||
| DEL ______DE_____AL_____DE_____DE_____ | |||||
| Expresados en moneda de poder adquisitivo de _____de_____ | |||||
| (Cifras en pesos) | |||||
| Actividades de operación | |||||
| Resultado neto | |||||
| Partidas aplicadas a resultados que no generaron o requirieron la utilización de recursos: | |||||
| Resultados por valuación a valor razonable | |||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios | |||||
| Depreciación y amortización | |||||
| Impuestos diferidos | |||||
| Provisiones para obligaciones diversas | |||||
| Interés minoritario | |||||
| Participación en el resultado de subsidiarias y asociadas no consolidadas | |||||
| Otras partidas aplicadas a resultados que no generaron o requirieron la utilización de recursos | |||||
| Total partidas aplicadas a resultados que no generaron o requirieron la utilización de recursos | |||||
| Aumento o disminución de partidas relacionadas con la operación: | |||||
| Disminución o aumento en la captación tradicional | |||||
| Disminución o aumento de cartera de crédito | |||||
| Disminución o aumento por operaciones de inversiones en valores (1) | |||||
| Disminución o aumento por operaciones con reportos (1) | |||||
| Disminución o aumento por préstamos de valores (1) | |||||
| Disminución o aumento por operaciones con instrumentos financieros derivados (1) | |||||
| Préstamos interbancarios y de otros organismos | |||||
| Amortización de préstamos interbancarios y de otros organismos | |||||
| Otros aumentos o disminuciones de partidas relacionadas con la operación | |||||
| Total Aumento o disminución de partidas relacionadas con la operación | |||||
| Recursos generados o utilizados por la operación | |||||
| Actividades de financiamiento | |||||
| Emisión de obligaciones subordinadas | |||||
| Amortización de obligaciones subordinadas | |||||
| Pago de dividendos en efectivo | |||||
| Aportaciones o reembolsos de capital social | |||||
| Disminución o aumento en otras actividades de financiamiento | |||||
| Recursos generados o utilizados en actividades de financiamiento | |||||
| Actividades de inversión | |||||
| Adquisición o venta de inmuebles, mobiliario y equipo | |||||
| Adquisición o venta de inversiones permanentes en acciones | |||||
| Disminución o aumento en cargos y créditos diferidos | |||||
| Bienes adjudicados | |||||
| Venta de bienes adjudicados | |||||
| Disminución o aumento en otras actividades de inversión | |||||
| Recursos generados o utilizados en actividades de inversión | |||||
| Disminución o aumento de efectivo y equivalentes | |||||
| Efectivo y equivalentes al principio del periodo | |||||
| Efectivo y equivalentes al final del periodo | |||||
| (1) No se deberá incluir la valuación a valor razonable de las partidas relativas. | |||||
| Nota: En concordancia con lo que establecen los criterios contables, los conceptos que aparecen en el presente estado se muestran de manera enunciativa más no limitativa. La apertura de un mayor número de conceptos con el fin de proporcionar una presentación más detallada de la información, deberá ser solicitada a la Supervisión en Jefe de Información de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. | |||||
R13 ESTADOS FINANCIEROS
R13 B REPORTE REGULATORIO DE ESTADOS FINANCIEROS
INSTRUCCIONES DE LLENADO
En el presente reporte se deberá proporcionar información de los rubros que conformen el Balance General y el Estado de Resultados.
Las cifras de este reporte deberán ser idénticas a las expresadas en los Estados Financieros rubricados por los funcionarios responsables y entregados oficialmente a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
El reporte regulatorio de Estados Financieros se integra de 2 subreportes.
La frecuencia de elaboración y presentación de este reporte debe ser mensual.
SUBREPORTES
| R13 B 1321 | Balance General En este subreporte se solicitan los saldos totales al cierre del periodo de los diferentes conceptos que integran el Balance General de la Institución de Crédito. Los saldos se encuentran clasificados en activos, pasivos, capital contable y cuentas de orden. |
| R13 B 1322 | Estado de Resultados En este subreporte se solicita la información relevante sobre las operaciones realizadas por la institución durante el periodo que se reporta. La información se encuentra clasificada en ingresos, costos y gastos, y la utilidad o pérdida resultante en el periodo. |
Para los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, la información de estos subreportes deberá presentarse consolidada con sus subsidiarias, en los demás meses solamente se proporcionará la información consolidada con fideicomisos en Udis.
En el reporte existen conceptos que sólo aplican a las instituciones de banca comercial, éstos se encuentran señalados con BC, y existen conceptos que sólo aplican a las instituciones de banca de desarrollo, éstos se encuentran señalados con BD. Los conceptos que aplican por igual a ambos sectores no se encuentran señalados.
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte regulatorio de Estados Financieros se llevará a cabo por medio del formato siguiente.
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 | Columna 5 |
| Periodo | Clave de la Entidad | Concepto | Subreporte | Dato |
DESCRIPCION DEL FORMATO DE CAPTURA
A continuación se describen las columnas que integran al formato de captura.
| COLUMNA | DESCRIPCION |
| Columna 1 | PERIODO Se debe anotar el periodo de acuerdo al formato: AAAAMM Esta columna se captura al momento en que se accesa al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI), por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 2 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo de instituciones disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 3 | CONCEPTO Se debe anotar la clave del concepto al que corresponde la información de acuerdo con las claves establecidas en el SITI. En concordancia con lo que establecen los Criterios Contables, los conceptos que aparecen en los estados financieros se muestran de manera enunciativa más no limitativa. La apertura de un mayor número de conceptos en el catálogo disponible en el SITI, con el fin de proporcionar una presentación más detallada de la información, deberá ser solicitada a la Supervisión en Jefe de Información de la CNBV. Las definiciones de los principales conceptos se encuentran en el Anexo R13 B 1 de este reporte regulatorio. |
| Columna 4 | SUBREPORTE Se debe anotar la clave del subreporte de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 5 | DATO Esta columna debe contener la información que cumple con las características descritas en las columnas anteriores. Instrucciones adicionales Los datos deben presentarse con el formato siguiente: Saldos: Se deben presentar en pesos, incluye moneda nacional, Udis valorizadas en pesos y moneda extranjera valorizada en pesos. Además, en pesos redondeados, sin decimales, sin comas y sin puntos. Estos saldos siempre deberán registrarse con cifras positivas, excepto en los casos siguientes: Cuentas complementarias de activo (estimaciones), Cuentas de capital que restan o disminuyen al Capital Contable (pérdidas de ejercicios anteriores, decrementos en la valuación, etc.), y Cuentas de resultados que pueden operar con utilidad o pérdida en el mismo concepto, sólo cuando se trate de pérdida (pérdida por posición monetaria). En los casos antes mencionados los saldos deberán registrarse con signo negativo. Por ejemplo: Estimación Preventiva para Riesgos Crediticios por $20,585.70 sería 20586, Cuentas por Cobrar por $50,839.45 sería 50839 y Estimación por Irrecuperabilidad o Difícil Cobro por $20,585.70 sería -20586, Capital Social por $100,000.00 sería 100000, Pérdidas de Ejercicios Anteriores por $12,458.85 sería -12459. |
ANEXO R13 B 1
CONCEPTOS
Los principales conceptos del reporte regulatorio de Estados Financieros se definen en la tabla siguiente:
| CONCEPTO | DEFINICION | |
| Disponibilidades | Representan los recursos disponibles para la operación de la entidad, tales como: caja, billetes y monedas, depósitos en Banco de México depósitos en entidades financieras efectuados en el país o en el extranjero, incluyendo las operaciones de préstamos interbancarios pactadas a un plazo menor o igual a 3 días hábiles, la compra de divisas que se liquiden a más tardar dentro de los 2 días hábiles siguientes a su concertación, así como por otras disponibilidades, tales como corresponsales, documentos de cobro inmediato y metales preciosos amonedados. En caso de que exista sobregiro en cuentas de cheques reportado en el estado de cuenta emitido por la institución de crédito correspondiente, el monto del sobregiro debe presentarse en el rubro de otras cuentas por pagar, aún cuando se mantengan otras cuentas de cheques con la misma institución de crédito. También formará parte de este rubro el saldo de la inversión en valores de los fideicomisos denominados en Udis, que surja del exceso de liquidez en dichos fideicomisos al momento de efectuar su consolidación con las cifras de la entidad. | |
| Inversiones en valores | Representa los activos constituidos por: acciones, obligaciones, bonos, certificados, pagarés, y demás títulos y documentos que se emiten en serie o en masa y que la entidad mantiene en posición propia; los cuales deberán clasificarse en títulos para negociar, títulos disponible para la venta, o bien, títulos conservados a vencimiento. | |
| Operaciones con valores y derivadas (parte activa) | Se refiere a los saldos deudores provenientes de operaciones de reporto, de operaciones que representen un préstamo con colateral, de préstamo de valores y con instrumentos financieros derivados. | |
| Operaciones de reporto | Se refiere a las operaciones en las que la entidad puede tomar la posición de reportada o reportadora, en la que cede/adquiere, respectivamente, la propiedad de valores, por medio de una operación de reporto, a cambio del precio pactado/al precio pactado, respectivamente, con la obligación de readquirirlos/de regresarlos, respectivamente, al término de la operación al precio al vencimiento. | |
| Activos financieros como colateral | Es la garantía constituida para el pago de las contraprestaciones pactadas, con activos financieros, como son: todos aquellos bienes, tales como efectivo, valores, cartera o títulos de crédito, así como el derecho para recibir efectivo o valores en propiedad. | |
| Operaciones de préstamo de valores | Se refiere a las operaciones en las que la entidad puede tomar la posición denominada prestamista, la cual transfiere la propiedad de ciertos valores a otra entidad denominada prestataria. En donde esta última, debe garantizar la operación. | |
| Operaciones con instrumentos financieros derivados | Se refiere a los instrumentos financieros, que por tipo, se clasifican en: Futuros, Contratos adelantados, Opciones, Swaps y Paquetes de instrumentos derivados. A su vez, estos instrumentos se agrupan en, para cobertura o para negociación. | |
| Créditos comerciales | Se refiere a los créditos directos o contingentes, incluyendo créditos puente denominados en moneda nacional, extranjera o en unidades de inversión, así como los intereses que generen, otorgados a personas morales o personas físicas con actividad empresarial y destinados a su giro comercial o financiero; incluyendo los otorgados a entidades financieras distintos de los de préstamos interbancarios menores a 3 días hábiles, las operaciones de factoraje y de arrendamiento capitalizable que sean celebradas con dichas personas morales o físicas; los créditos otorgados a fiduciarios que actúen al amparo de fideicomisos y los esquemas de crédito comúnmente conocidos como estructurados en los que exista una afectación patrimonial que permita evaluar individualmente el riesgo asociado al esquema. Asimismo, quedarán comprendidos los créditos concedidos a entidades federativas, municipios y sus organismos descentralizados, así como aquéllos a cargo del Gobierno Federal o con garantía expresa de la Federación, registrados ante la Dirección General de Crédito Público de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Banco de México. | |
| Créditos al consumo | Se incluirán los créditos directos, incluyendo los de liquidez que no cuenten con garantía de inmuebles, denominados en moneda nacional, extranjera o en unidades de inversión, así como los intereses que generen, otorgados a personas físicas, derivados de operaciones de tarjeta de crédito, de créditos personales, de créditos para la adquisición de bienes de consumo duradero y las operaciones de arrendamiento capitalizable que sean celebradas con personas físicas; incluyendo aquellos créditos otorgados para tales efectos a los ex-empleados de la entidad. | |
| Créditos a la vivienda | A los créditos directos denominados en moneda nacional, extranjera o en unidades de inversión, así como los intereses que generen, otorgados a personas físicas y destinados a la adquisición, construcción, remodelación o mejoramiento de la vivienda sin propósito de especulación comercial; incluyendo aquellos créditos de liquidez garantizados por la vivienda del acreditado, y los otorgados para tales efectos a los ex-empleados de la entidad. No se incluyen en esta categoría los créditos puente concedidos a promotores de vivienda. Tampoco forman parte de este grupo los créditos para la construcción de naves industriales y oficinas, aún y cuando los adeudos estén garantizados con dichos bienes inmuebles, debiéndose considerar como créditos comerciales. | |
| Derechos de cobro adquiridos | Los derechos de cobro que adquiera la entidad se reconocerán en el rubro de otras cuentas por cobrar. Para efectos de presentación, los derechos de cobro se agruparán en el balance general netos de su estimación, dentro del rubro de, total de cartera de crédito (neto), identificados en un renglón por separado. | |
| Otras cuentas por cobrar (neto) | Se refiere a las cuentas por cobrar no comprendidas en la cartera de crédito; deducidas en su caso, de la estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro. | |
| Inversiones permanentes en acciones | Incluye inversiones en subsidiarias y asociadas, nacionales o extranjeras. | |
| Otros activos | Se refiere a otros activos tales como, pagos anticipados, crédito mercantil, activos intangibles y cargos diferidos, con excepción de los impuestos diferidos. Los saldos relativos a las inversiones en planes para cubrir obligaciones laborales para el retiro, forman parte de este rubro. | |
| Depósitos de exigibilidad inmediata | Estos incluyen a las cuentas de cheques, cuentas de ahorro y a los depósitos en cuenta corriente, entre otros. | |
| Depósitos a plazo | Incluyen, entre otros, a los certificados de depósito retirables en días preestablecidos, aceptaciones bancarias y pagarés con rendimiento liquidable al vencimiento, los que a su vez se deberán desglosar en depósitos a plazo del público en general y depósitos captados a través de operaciones en el mercado de dinero, realizadas con otros intermediarios financieros, así como con tesorerías de empresas y de entidades gubernamentales. Se exceptúan a los bonos bancarios. | |
| Préstamos interbancarios y de otros organismos | Las líneas de crédito ejercidas y el pasivo que se genere en las operaciones de cesión de cartera de crédito sin transferencia de propiedad, se presentarán dentro de este rubro. Los préstamos interbancarios que reciba la entidad a un plazo menor o igual a 3 días hábiles, se presentarán como parte del rubro de exigibilidad inmediata, en tanto que los mayores a 3 días hábiles se agruparán como de corto o largo plazo, según corresponda. | |
| Operaciones con valores y derivadas (parte pasiva) | Se refiere a los saldos acreedores que se originen de operaciones por cuenta propia de reporto, de operaciones que representen un préstamo con colateral, de préstamo de valores y con instrumentos financieros derivados. | |
| Otras cuentas por pagar | Formarán parte de este rubro el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) por pagar, las aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de formalizar por su órgano de gobierno, los acreedores diversos y otras cuentas por pagar, incluyendo los sobregiros en cuentas de cheques que de conformidad con lo establecido en el criterio B-1 Disponibilidades deban presentarse como un pasivo. | |
| Créditos diferidos y cobros anticipados | Este rubro estará integrado por los créditos diferidos, tales como los flujos de efectivo recibidos para ajustar a valor razonable de un instrumento financiero derivado, así como por los cobros anticipados de intereses, comisiones y aquellos que se reciban a cuenta de los bienes prometidos en venta o con reserva de dominio, entre otros. | |
| Margen financiero | Deberá estar conformado por la diferencia entre los ingresos por intereses y los gastos por intereses, incrementados o deducidos por el resultado por posición monetaria neto relacionado con partidas del margen financiero. | |
| Ingresos por intereses | Se consideran como ingresos por intereses, los rendimientos generados por la cartera de crédito, contractualmente denominados intereses, así como por los premios e intereses de otras operaciones financieras propias de la entidad, tales como depósitos en entidades financieras, operaciones de préstamos interbancarios pactados a un plazo menor o igual a 3 días hábiles, inversiones en valores, operaciones de reporto y préstamo de valores, así como el descuento recibido en títulos de deuda que liquiden intereses periódicamente y las primas por colocación de deuda. También se consideran ingresos por intereses, las comisiones derivadas del otorgamiento inicial de créditos. De igual manera se consideran como ingresos por intereses, los ajustes por valorización derivados de activos denominados en Udis o en algún otro índice general de precios, así como la utilidad en cambios, siempre y cuando dichas partidas provengan de posiciones relacionadas con ingresos o gastos que formen parte del margen financiero. Los intereses cobrados relativos a créditos previamente catalogados como cartera vencida, cuya acumulación se efectúe conforme a su cobro, de conformidad con el criterio B-6 Cartera de crédito de los Criterios Contables para Instituciones de Crédito, forman parte de este rubro. En este rubro también se incluyen los ingresos por intereses que genere la cartera de crédito de los fideicomisos denominados en Udis, al momento de efectuar su consolidación con las cifras de la entidad. | |
| Gastos por intereses | Se consideran gastos por intereses, los premios, descuentos e intereses derivados de la captación tradicional, préstamos interbancarios y de otros organismos, operaciones de reporto y de préstamo de valores, y de las obligaciones subordinadas clasificadas como pasivo, así como el sobreprecio pagado en títulos de deuda que liquiden intereses periódicamente. Igualmente se consideran gastos por intereses, los ajustes por valorización derivados de partidas denominadas en Udis o en algún otro índice general de precios, así como la pérdida en cambios, siempre y cuando dichos conceptos provengan de posiciones relacionadas con gastos o ingresos que formen parte del margen financiero. | |
| Resultado por posición monetaria neto (margen financiero) | El resultado por posición monetaria neto, será el que se origine de partidas cuyos ingresos o gastos formen parte del margen financiero. No se considerará en este rubro el resultado por posición monetaria originado por partidas que sean registradas en el capital contable de la entidad, ya que dicho resultado debe ser presentado en el rubro del capital correspondiente. | |
| Margen financiero ajustado por riesgos crediticios | Corresponde al margen financiero deducido por los importes relativos a los movimientos de la estimación preventiva para riesgos crediticios en un periodo determinado. Se consideran como parte de este apartado, las aportaciones en efectivo para la constitución de provisiones correspondientes a los fideicomisos denominados en Udis. | |
| Ingresos (egresos) totales de la operación | Corresponde al margen financiero ajustado por riesgos crediticios, incrementado o disminuido por los ingresos (egresos) de la operación distintos a los ingresos por intereses que se hayan incluido dentro del margen financiero. Se consideran como ingresos (egresos) de la operación, a las comisiones y tarifas generadas por operaciones distintas a las que se relacionan con el otorgamiento inicial de créditos, préstamos recibidos, colocación de deuda bancaria y por la prestación de servicios entre otros, de manejo, transferencia, custodia o administración de recursos y por el otorgamiento de avales. También forma parte de este rubro, cualquier tipo de comisión relacionada con el uso o emisión de tarjetas de crédito, ya sea directamente como las comisiones por apertura, aniversario, consultas o emisión del plástico, o de manera indirecta como las cobradas a establecimientos afiliados. Asimismo, se considera como ingreso (egreso) de la operación al resultado por intermediación, entendiéndose por este último a los siguientes conceptos: a) Resultado por valuación a valor razonable de valores, títulos a recibir o a entregar en operaciones de reporto, valores a recibir o a entregar en operaciones de préstamo, valores a recibir en garantía o a entregar en garantía por operaciones de reporto, o de préstamo de valores, así como de instrumentos financieros derivados; y el resultado por valuación de la posición primaria atribuible al riesgo cubierto en el caso de una cobertura de valor razonable, así como el resultado por valuación de divisas y metales preciosos amonedados; b) Dividendos en efectivo de títulos accionarios; c) Resultado por compraventa de valores, divisas y metales preciosos amonedados; d) Reconocimiento del decremento en el valor de títulos y la revaluación de los títulos previamente castigados; e) El resultado por cancelación de los activos y pasivos financieros provenientes de los instrumentos financieros derivados, incluyendo el resultado por compraventa de dichos instrumentos, y f) La amortización del cargo o del crédito diferido, generados por los flujos de efectivo para ajustar el valor razonable de los instrumentos financieros derivados al inicio de la operación. | |
| Resultado de la operación | Corresponde a los ingresos (egresos) totales de la operación, disminuidos por los gastos de administración y promoción de la entidad. Dentro de los gastos de administración y promoción, deberán incluirse todo tipo de remuneraciones y prestaciones otorgadas al personal y consejeros de la entidad, honorarios, rentas, gastos de promoción, aportaciones al Instituto de Protección al Ahorro Bancario, gastos en tecnología, gastos no deducibles, depreciaciones y amortizaciones, el costo neto del periodo derivado de obligaciones laborales al retiro, así como los impuestos y derechos distintos al ISR, al Impuesto al Activo (IMPAC) y a la PTU. | |
| Resultado antes de ISR y PTU | Será el resultado de la operación, incorporando los conceptos de ingresos y gastos no ordinarios a que hace referencia la NIF A-5 de las NIF. Se deberán revelar las partidas más importantes que integren dichos rubros, destacando entre otras, las siguientes: Ajuste al valor de bienes adjudicados; Resultado en venta de activos fijos o bienes adjudicados; Incremento a la estimación por irrecuperabilidad o difícil cobro asociado a cuentas de deudores diversos de conformidad con el criterio A-2 Aplicación de reglas particulares, así como la cancelación de acreedores diversos, e Intereses a favor provenientes de préstamos a empleados. En adición a las partidas anteriormente señaladas, los resultados en cambios y por posición monetaria generados por partidas no relacionadas con el margen financiero de la entidad, se presentarán dentro del rubro de otros productos u otros gastos, según corresponda. Tratándose del resultado por posición monetaria proveniente de partidas de impuestos diferidos susceptibles de actualización, se presentará en el mismo rubro en el cual se reconozca la actualización de dichas partidas. | |
| Resultado antes de participación en subsidiarias y asociadas | Es el resultado antes de ISR y PTU, disminuido por el efecto de los gastos por ISR y PTU causados en el periodo, incrementado o disminuido, según sea el caso, por los efectos del ISR y PTU diferidos generados o materializados en el periodo. En caso de que la entidad determine que el activo reconocido por el IMPAC disminuirá de valor, dicha reducción se reconocerá como parte del resultado antes de participación en subsidiarias y asociadas. | |
| Resultado antes de operaciones discontinuadas | Corresponde al resultado obtenido al adicionar el efecto de la aplicación del método de participación en las inversiones permanentes en acciones, al resultado antes de participación de subsidiarias y asociadas En este rubro también se incluirán el ingreso por dividendos derivado de inversiones permanentes en acciones donde no se tiene control ni influencia significativa, cuya valuación es a costo, así como los ajustes asociados a esas inversiones. | |
| Resultado neto | Corresponde al resultado del apartado anterior incrementado o disminuido, según corresponda, por las operaciones discontinuadas. | |
| Interés minoritario | Cuando se presente el estado de resultados consolidado, la porción del resultado neto de las subsidiarias consolidadas que es atribuible a accionistas o propietarios ajenos a la entidad controladora, se presentará como interés minoritario. | |
| Reporte Regulatorio de Estados Financieros | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Balance General | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| R13 B 1321 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Balance General | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| NOMBRE DE LA INSTITUCION | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| DOMICILIO | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| BALANCE GENERAL AL ___ DE ______ DE___ | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Expresados en moneda de poder adquisitivo de _____de_____ | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| (Cifras en pesos) | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| A C T I V O | P A S I V O | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| DISPONIBILIDADES | CAPTACION TRADICIONAL | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos de exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| INVERSIONES EN VALORES | Depósitos a plazo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar | Del público en general | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta | Mercado de dinero | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento | BD | Fondos especiales | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bonos bancarios | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| OPERACIONES CON VALORES Y DERIVADAS | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Saldos deudores en operaciones de reporto | PRESTAMOS INTERBANCARIOS Y DE OTROS ORGANISMOS | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral | De exigibilidad inmediata | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Saldos deudores en operaciones de préstamo de valores | De corto plazo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con instrumentos financieros derivados | De largo plazo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TOTAL DE CARTERA DE CREDITO (NETO) | OPERACIONES CON VALORES Y DERIVADAS | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Saldos acreedores en operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| CARTERA DE CREDITO (NETA) | Operaciones que representan un préstamo con colateral | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Saldos acreedores en operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| CARTERA DE CREDITO VIGENTE | Operaciones con instrumentos financieros derivados | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | OTRAS CUENTAS POR PAGAR | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | ISR y PTU por pagar | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | Aportaciones para futuros aumentos de capital pendientes de formalizar por su órgano de gobierno | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | Acreedores diversos y otras cuentas por pagar | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| OBLIGACIONES SUBORDINADAS EN CIRCULACION | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| CARTERA DE CREDITO VENCIDA | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos comerciales | IMPUESTOS DIFERIDOS (NETO) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | CREDITOS DIFERIDOS Y COBROS ANTICIPADOS | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos de consumo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos a la vivienda | CAPITAL CONTABLE | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ( - ) MENOS: | CAPITAL CONTRIBUIDO | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ESTIMACION PREVENTIVA PARA RIESGOS CREDITICIOS | Capital social | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Aportaciones para futuros aumentos de capital acordados por su órgano de gobierno | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Prima en venta de acciones | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| DERECHOS DE COBRO ADQUIRIDOS | Obligaciones subordinadas en circulación | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Donativos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ( - ) MENOS: | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ESTIMACION POR IRRECUPERABILIDAD O DIFICIL COBRO | CAPITAL GANADO | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Reservas de capital | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| OTRAS CUENTAS POR COBRAR (NETO) | Resultado de ejercicios anteriores | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| BIENES ADJUDICADOS (NETO) | Resultado por valuación de instrumentos de cobertura de flujos de efectivo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por conversión de operaciones extranjeras | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| INMUEBLES, MOBILIARIO Y EQUIPO (NETO) | Exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado por tenencia de activos no monetarios | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| INVERSIONES PERMANENTES EN ACCIONES | Por valuación de activo fijo | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Por valuación de inversiones permanentes en acciones | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| IMPUESTOS DIFERIDOS (NETO) | Ajustes por obligaciones laborales al retiro | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Resultado neto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| OTROS ACTIVOS | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Cargos diferidos, pagos anticipados e intangibles | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros activos | INTERES MINORITARIO | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| CUENTAS DE ORDEN | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Avales otorgados | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Activos y pasivos contingentes | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Compromisos crediticios | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes en fideicomiso o mandato | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Fideicomisos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Mandatos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| BD | Agente financiero del gobierno federal | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes en custodia o administración | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de banca de inversión por cuenta de terceros | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Intereses devengados no cobrados derivados de cartera de crédito vencida | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos a recibir por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Acreedores por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Títulos a entregar por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Deudores por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por reporto | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones de préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Valores a recibir por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a entregar en garantía por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Valores a entregar por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Menos: | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Bienes a recibir en garantía por préstamo de valores | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Otras cuentas de registro | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Nota: En concordancia con lo que establecen los criterios contables, los conceptos que aparecen en el presente estado se muestran de manera enunciativa más no limitativa. La apertura de un mayor número de conceptos con el fin de proporcionar una presentación más detallada de la información, deberá ser solicitada a la Supervisión en Jefe de Información de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Estados Financieros | |||||||||
| Subreporte: Estado de Resultados | |||||||||
| R13 B 1322 | |||||||||
| Subreporte: Estado de Resultados | |||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizada en pesos | |||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||
| NOMBRE DE LA INSTITUCION | |||||||||
| DOMICILIO | |||||||||
| ESTADO DE RESULTADOS | |||||||||
| DEL_____AL_____DE_____ | |||||||||
| Expresados en moneda de poder adquisitivo de _____de_____ | |||||||||
| (Cifras en pesos) | |||||||||
| Ingresos por intereses | |||||||||
| Gastos por intereses | |||||||||
| Resultado por posición monetaria neto (margen financiero) | |||||||||
| MARGEN FINANCIERO | |||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios | |||||||||
| MARGEN FINANCIERO AJUSTADO POR RIESGOS CREDITICIOS | |||||||||
| Comisiones y tarifas cobradas | |||||||||
| Comisiones y tarifas pagadas | |||||||||
| Resultado por intermediación | |||||||||
| INGRESOS (EGRESOS) TOTALES DE LA OPERACION | |||||||||
| Gastos de administración y promoción | |||||||||
| RESULTADO DE LA OPERACION | |||||||||
| Otros productos | |||||||||
| Otros gastos | |||||||||
| RESULTADO ANTES DE ISR y PTU | |||||||||
| Impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades causados | |||||||||
| Impuesto sobre la renta y participación de los trabajadores en las utilidades diferidos | |||||||||
| RESULTADO ANTES DE PARTICIPACION EN SUBSIDIARIAS Y ASOCIADAS | |||||||||
| Participación en el resultado de subsidiarias y asociadas | |||||||||
| RESULTADO ANTES DE OPERACIONES DISCONTINUADAS | |||||||||
| BD Subsidios | |||||||||
| Operaciones discontinuadas | |||||||||
| RESULTADO NETO | |||||||||
| INTERES MINORITARIO | |||||||||
| RESULTADO NETO MAYORITARIO | |||||||||
| Nota: En concordancia con lo que establecen los criterios contables, los conceptos que aparecen en el presente estado se muestran de manera enunciativa más no limitativa. La apertura de un mayor número de conceptos con el fin de proporcionar una presentación más detallada de la información, deberá ser solicitada a la Supervisión en Jefe de Información de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. | |||||||||
R14 INFORMACION CUALITATIVA
R14 A REPORTE REGULATORIO DE INFORMACION CUALITATIVA
(DESAGREGADO DE LA INTEGRACION ACCIONARIA PARA INSTITUCIONES DE BANCA COMERCIAL E INTEGRACION DEL CAPITAL PARA INSTITUCIONES BANCA DE DESARROLLO)
INSTRUCCIONES DE LLENADO
El reporte regulatorio de Información Cualitativa se integra de tres subreportes.
La frecuencia de elaboración y presentación de los subreportes R14 A 1411 y R14 A 1415 debe ser semestral, y la del R14 A 1412 trimestral.
Los lineamientos generales se encuentran unificados para Banca Comercial y Banca de Desarrollo, sin embargo, los casos especiales así como los formatos de los subreportes se encuentran identificados por sector.
SUBREPORTE
| R14 A 1411 | Integración Accionaria (Instituciones de Banca Comercial) En este subreporte se solicita el agente colocador, el nombre del accionista, la relación que tiene con la institución de crédito y el número de acciones por serie. Integración del Capital (Instituciones de Banca de Desarrollo) En este subreporte se solicita el nombre del tenedor de los certificados de aportación patrimonial y el número de los citados certificados por serie. La periodicidad de estos subreportes es semestral. |
| R14 A 1412 | Funcionarios, Empleados, Jubilados, Personal por Honorarios y Sucursales En este subreporte se solicita el número de funcionarios, empleados, jubilados y personal por honorarios, así como, el número de sucursales. Esta información deberá ser proporcionada para cada uno de los meses que conforman el trimestre reportado. La periodicidad de este subreporte es trimestral. Sólo aplica para instituciones de banca de desarrollo. |
| R14 A 1415 | Total de Acciones en Circulación En este subreporte se solicita el número total de acciones que la Institución tiene en circulación, por tipo de serie. La periodicidad de este subreporte es semestral. |
Para el llenado del reporte regulatorio de Información Cualitativa (Desagregado de la Integración Accionaria) es necesario tener en consideración los aspectos siguientes:
Los datos proporcionados en este reporte, como son: número de acciones y número de personal, deben presentarse en unidades, sin comas y sin puntos, por ejemplo: 50,839 sería 50839.
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte regulatorio de Información Cualitativa se llevará a cabo por medio del formato siguiente:
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 | Columna 5 | Columna 6 |
| Periodo | Clave de la Entidad | Concepto | Subreporte | Número de Secuencia | Periodos del Trimestre |
| Columna 7 | Columna 8 | Columna 9 | Columna 10 | Columna 11 | |
| Agente Colocador | Nombre del Accionista o Tenedor | Relación del Accionista con la Entidad | Tipo de Serie de las Acciones | Dato |
DESCRIPCION DEL FORMATO
A continuación se describen las columnas que integran el formato de captura:
| COLUMNA | DESCRIPCION |
| Columna 1 | PERIODO Se debe anotar el periodo de acuerdo al formato: AAAAMM Esta columna se captura al momento en que se accesa al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI), por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 2 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 3 | CONCEPTO Se debe anotar la clave del concepto al que corresponde la información de acuerdo con las claves disponibles en el SITI. Instrucciones adicionales Este campo sólo aplica para el subreporte R14 A 1412. Sólo aplica para instituciones de Banca de Desarrollo. |
| Columna 4 | SUBREPORTE Se debe anotar la clave del subreporte de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 5 | NUMERO DE SECUENCIA Se debe asignar un número de secuencia a cada uno de los registros reportados (este número secuencial deberá iniciarse en cada periodo y por cada subreporte). Instrucciones adicionales Esta columna sólo aplica para el subreporte R14 A 1411 Integración accionaria o del capital, y R014 A 1415 Total de acciones en circulación. Para el subreporte R14 A 1412 esta columna se deberá enviar en cero. |
| Columna 6 | PERIODOS DEL TRIMESTRE Se debe indicar la clave del mes al que corresponde la información que se está reportando. Instrucciones adicionales Este campo sólo aplica para el subreporte R14 A 1412, cuya periodicidad es trimestral, pero se debe proporcionar la información de cada uno de los meses que conforman el trimestre reportado. Sólo aplica para instituciones de Banca de Desarrollo. |
| Columna 7 | AGENTE COLOCADOR Se debe anotar el nombre del agente colocador. Instrucciones adicionales El agente colocador, es aquél que realiza operaciones de correduría, de comisión u otras tendientes a poner en contacto la oferta y demanda de valores. Esta columna sólo aplica para el subreporte R14 A 1411 y sólo para instituciones de Banca Comercial. |
| Columna 8 | NOMBRE DEL ACCIONISTA O TENEDOR Se debe anotar el nombre del accionista o del tenedor de los certificados de aportación patrimonial, según sea el caso. Instrucciones adicionales PERSONAS FISICAS El nombre deberá iniciar por apellido paterno, materno y nombres, en mayúsculas, sin abreviaciones, sin guiones, y sólo con un espacio entre apellido y apellido, y entre apellido y nombre(s). No deberán incluir ningún tipo de títulos como Licenciado, Don, Señor, Viuda, etc. Ejemplo: PEREZ ORTEGA VICTOR GABRIEL Personas Morales Se debe anotar el nombre completo y el tipo de sociedad abreviado, en mayúsculas, sin comas y sin puntos. Ejemplo: COMERCIAL MEXICANA SA DE CV El nombre se debe presentar de manera idéntica cada vez que se reporte el mismo accionista o tenedor. En el caso de que el accionista no sea identificado, deberá anotarse NO IDENTIFICADO para cada serie accionaria que posea, siempre en mayúsculas. Esta columna sólo aplica para el subreporte R14 A 1411 |
| Columna 9 | RELACION DEL ACCIONISTA CON LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la relación del accionista con la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Instrucciones adicionales Para los accionistas no identificados deberá anotarse la clave correspondiente a la descripción "No relacionado" de acuerdo al catálogo. Esta columna sólo aplica para el subreporte R14 A 1411 y sólo para instituciones de Banca Comercial. |
| Columna 10 | TIPO DE SERIE DE LAS ACCIONES Este campo sólo aplica para los subreportes R14 A 1411 y R14 A 1415. Para el subreporte R14 A 1411: Se reportará un renglón por cada tipo de acción o certificado de aportación patrimonial, según sea el caso, que posean los accionistas o tenedores de los títulos. De acuerdo a lo que establece la Ley de Instituciones de Crédito vigente: Para las instituciones de banca comercial la emisión de las acciones serie L, podrán representar hasta el 40% del capital social ordinario, previa autorización de la CNBV. Tratándose de las acciones serie F, deberán representar cuando menos el 51% del capital social, mientras que el 49% restante podrá integrarse indistinta o conjuntamente por acciones serie F y B. Para las instituciones de banca de desarrollo, los certificados de aportación patrimonial de la serie A, representan el 66% y sólo pueden ser suscritas por el Gobierno Federal, y los de la serie B representan el restante 34%. Para este subreporte, se indicarán las claves según el catálogo disponible en el SITI, correspondientes al tipo de la serie que se esté reportando. Para el subreporte R14 A 1415: Se reportará un renglón para indicar cada total de acciones, que la institución tenga en circulación, por tipo de serie. Se utilizarán las claves del catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 11 | DATO Esta columna debe contener la información que cumple con las características descritas en las columnas anteriores. Esta columna aplica para los tres subreportes: R14 A 1411, R14 A 1412 y R14 A 1415. |
| Reporte Regulatorio de Información Cualitativa | |||||||||||||
| Subreporte: Integración Accionaria o Capital | |||||||||||||
| Subreporte: Integración Accionaria o del Capital | R14 A 1411 | ||||||||||||
| Cifras en unidades | |||||||||||||
| Agente Colocador | Nombre del Accionista o Tenedor | Relación del Accionista o Tenedor con el Banco 1/ | Número de acciones o CAP´S por serie 2/ | Suma | % de la Tenencia Accionaria o CAP´S Respecto al Total de las Acciones en Circulación | ||||||||
| A | B | O | L | F | |||||||||
| (1) | (2) | (3) | (4) | (5) | (6) = (1+2+3+4+5) | ||||||||
| Accionista o Tenedor 1 | |||||||||||||
| Accionista o Tenedor 2 | |||||||||||||
| Accionista o Tenedor 3 | |||||||||||||
| Accionista o Tenedor X | |||||||||||||
| Total de acciones del reporte 2/ | |||||||||||||
| Total de acciones o CAP´S en circulación 4/ | 100% | ||||||||||||
| 1/ Se deberá anotar la clave según el catálogo disponible, del tipo de relación del accionista con el banco. | |||||||||||||
| 2/ CAP´S: Certificados de aportación patrimmonial. | |||||||||||||
| 3/ Anotar el número total de las acciones por tipo de serie registradas en este reporte (suma vertical). | |||||||||||||
| 4/ Anotar el número total de las acciones por tipo de serie en circulación. | |||||||||||||
| Notas: | |||||||||||||
| 1) | En este reporte se deben incluir todos los accionistas que representen al menos el 0.1% de la tenencia accionaria de la institución de banca comercial. | ||||||||||||
| En este reporte se deben incluir todos los tenedores que representen al menos el 1% de la tenencia de títulos de capital de la institución de banca de desarrollo. | |||||||||||||
| 2) | Reportar cada una de las cuentas que integran la tenencia accionaria de los individuos independientemente de si se encuentra diluida en más de un Intermediario Financiero. | ||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Información Cualitativa | |||||||
| Subreporte: Funcionarios, Empleados, Jubilados, Honorarios y Sucursales | |||||||
| R14 A 1412 | |||||||
| Subreporte: Funcionarios, empleados, jubilados, honorarios y sucursales | |||||||
| Cifras en unidades | |||||||
| Concepto | |||||||
| Mes 1 | Mes 2 | Mes 3 | |||||
| Funcionarios | |||||||
| Empleados | |||||||
| Jubilados | |||||||
| Personal por honorarios | |||||||
| Sucursales | |||||||
| BANCA DE DESARROLLO | |||||||
R15 OPERACIONES BANCARIAS POR INTERNET
R15 A REPORTE REGULATORIO DE OPERACIONES BANCARIAS POR INTERNET
INSTRUCCIONES DE LLENADO
El reporte regulatorio de Operaciones Bancarias por Internet se integra de un subreporte y sólo aplica para las instituciones de banca comercial.
La frecuencia de elaboración y presentación de este reporte debe ser trimestral.
SUBREPORTES
| R15 A 1511 | Estratificación de Operaciones Bancarias por Internet para Personas Físicas y Personas Morales En este subreporte se solicitan para los meses del trimestre, el número y monto de las operaciones realizadas por Internet, así como el número de clientes que realizaron dichas operaciones. |
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte regulatorio de Operaciones Bancarias por Internet se llevará a cabo por medio del siguiente formato:
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 |
| Periodo | Clave de la Entidad | Concepto | Subreporte |
| Columna 5 | Columna 6 | Columna 7 | Columna 8 |
| Tipo de Información | Persona | Mes | Dato |
DESCRIPCION DEL FORMATO
A continuación se describen las columnas que integran el formato de captura:
| COLUMNA | DESCRIPCION |
| Columna 1 | PERIODO Se debe anotar el periodo de acuerdo al formato: AAAAMM. Esta columna se captura al momento en que se accesa al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI), por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 2 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 3 | CONCEPTO Se debe anotar el concepto al que pertenece la información de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 4 | SUBREPORTE Se debe anotar la clave del subreporte de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 5 | TIPO DE INFORMACION Se debe anotar la clave del tipo de información de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 6 | PERSONA Se debe anotar la clave del tipo de persona de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Se identificará el tipo de persona como Física o Moral. |
| Columna 7 | MES Se debe anotar el mes al que pertenece la información de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 8 | DATO Esta columna debe contener la información que cumple con las características descritas en las columnas anteriores. Instrucciones generales Los datos deben presentarse con el formato siguiente: Montos: Los montos deberán presentarse en pesos, incluye moneda nacional, Udis y moneda extranjera valorizadas en pesos. Números: Los números deben presentarse en unidades Los datos solicitados deben reportarse en cifras redondeadas, sin decimales, sin comas y sin puntos. Por ejemplo: si el dato fuera $50,839.45 se debe reportar 50839 o si fuera $20,585.70 sería 20586. |
| Reporte Regulatorio de Operaciones Bancarias por Internet | ||||||||||||||
| Subreporte: Estratificación de Operaciones Bancarias por Internet de Personas Físicas | ||||||||||||||
| R15A 1511 | ||||||||||||||
| Subreporte: Estratificación de Operaciones Bancarias por Internet Personas Físicas | ||||||||||||||
| Cifras en pesos y número en unidades | ||||||||||||||
| Número de operaciones realizadas 1/ | Monto total de operaciones realizadas (pesos) 2/ | Número de clientes que operaron 3/ | ||||||||||||
| Producto | Mes 1 | Mes 2 | Mes 3 | Mes 1 | Mes 2 | Mes 3 | Mes 1 | Mes 2 | Mes 3 | |||||
| CONSULTAS | ||||||||||||||
| Consulta de Saldos | ||||||||||||||
| Cheques | ||||||||||||||
| Fondos de inversión | ||||||||||||||
| Inversiones (vista y plazo) | ||||||||||||||
| Tarjeta de crédito | ||||||||||||||
| Créditos contratados con el banco | ||||||||||||||
| Consulta de Movimientos | ||||||||||||||
| Cheques | ||||||||||||||
| Fondos de inversión | ||||||||||||||
| Inversiones (vista y plazo) | ||||||||||||||
| Tarjeta de crédito | ||||||||||||||
| Créditos contratados con el banco | ||||||||||||||
| Otras Consultas | ||||||||||||||
| MOVIMIENTOS | ||||||||||||||
| Pagos | ||||||||||||||
| Servicios públicos (luz, agua) | ||||||||||||||
| Telefonía privada y televisión | ||||||||||||||
| Impuestos | ||||||||||||||
| Ordenes de pago | ||||||||||||||
| Tarjetas de crédito emitidas por el banco | ||||||||||||||
| Otras tarjetas | ||||||||||||||
| Créditos contratados con el banco | ||||||||||||||
| Transferencias | ||||||||||||||
| Traspasos entre cuentas propias | ||||||||||||||
| Traspasos a cuentas de terceros | ||||||||||||||
| Traspasos a otros bancos | ||||||||||||||
| Inversiones | ||||||||||||||
| Inversiones (vista y plazo) | ||||||||||||||
| Compraventa de acciones de fondos de inversión | ||||||||||||||
| Compraventa de divisas | ||||||||||||||
| Otros Movimientos | ||||||||||||||
| OTROS | ||||||||||||||
| Protección de cheques | ||||||||||||||
| Solicitud de chequeras | ||||||||||||||
| Cambio de clave de acceso para operar por Internet | ||||||||||||||
| Estados de cuenta | ||||||||||||||
| Otros | ||||||||||||||
| 1/ Indique el número total de operaciones que realizaron sus clientes para el producto correspondiente durante el periodo indicado. | ||||||||||||||
| 2/ Indique el monto total operado por sus clientes para el producto correspondiente durante el periodo indicado. Este concepto no aplica para consulta de saldos y consulta de movimientos. | ||||||||||||||
| 3/ Se refiere al número de clientes que realizaron al menos una operación por Internet en el periodo citado. | ||||||||||||||
| Nota: Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | ||||||||||||||
| BANCA COMERCIAL | ||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Operaciones Bancarias por Internet | ||||||||||||||
| Subreporte: Estratificación de Operaciones Bancarias por Internet de Personas Morales | ||||||||||||||
| R15A 1511 | ||||||||||||||
| Subreporte: Estratificación de Operaciones Bancarias por Internet Personas Morales - Banca Empresarial | ||||||||||||||
| Cifras en pesos y número en unidades | ||||||||||||||
| Número de operaciones realizadas 1/ | Monto total de operaciones realizadas (pesos) 2/ | Número de clientes que operaron 3/ | ||||||||||||
| Producto | Mes 1 | Mes 2 | Mes 3 | Mes 1 | Mes 2 | Mes 3 | Mes 1 | Mes 2 | Mes 3 | |||||
| CONSULTAS | ||||||||||||||
| Consulta de Saldos | ||||||||||||||
| Cheques | ||||||||||||||
| Fondos de inversión | ||||||||||||||
| Inversiones (vista y plazo) | ||||||||||||||
| Tarjeta de crédito | ||||||||||||||
| Créditos contratados con el banco | ||||||||||||||
| Consulta de Movimientos | ||||||||||||||
| Cheques | ||||||||||||||
| Fondos de inversión | ||||||||||||||
| Inversiones (vista y plazo) | ||||||||||||||
| Tarjeta de crédito | ||||||||||||||
| Créditos contratados con el banco | ||||||||||||||
| Otras Consultas | ||||||||||||||
| MOVIMIENTOS | ||||||||||||||
| Pagos | ||||||||||||||
| Servicios públicos (luz, agua) | ||||||||||||||
| Telefonía privada y televisión | ||||||||||||||
| Proveedores | ||||||||||||||
| Impuestos | ||||||||||||||
| Ordenes de pago y cartas de crédito | ||||||||||||||
| Tarjetas de crédito emitidas por el banco | ||||||||||||||
| Otras tarjetas | ||||||||||||||
| Créditos contratados con el banco | ||||||||||||||
| Transferencias | ||||||||||||||
| Traspasos entre cuentas propias | ||||||||||||||
| Traspasos a cuentas de terceros | ||||||||||||||
| Traspasos a otros bancos | ||||||||||||||
| Pago de nómina | ||||||||||||||
| Cobranza o recepción de pagos | ||||||||||||||
| Inversiones | ||||||||||||||
| Inversiones (vista y plazo) | ||||||||||||||
| Compraventa de acciones de fondos de inversión | ||||||||||||||
| Compraventa de divisas | ||||||||||||||
| Otros Movimientos | ||||||||||||||
| OTROS | ||||||||||||||
| Protección de cheques | ||||||||||||||
| Solicitud de chequeras | ||||||||||||||
| Cambio de clave de acceso para operar por Internet | ||||||||||||||
| Estados de cuenta | ||||||||||||||
| Otros | ||||||||||||||
| 1/ Indique el número total de operaciones que realizaron sus clientes para el producto correspondiente durante el periodo indicado. | ||||||||||||||
| 2/ Indique el monto total operado por sus clientes para el producto correspondiente durante el periodo indicado. Este concepto no aplica para consulta de saldos y consulta de movimientos. | ||||||||||||||
| 3/ Se refiere al número de clientes que realizaron al menos una operación por Internet en el periodo citado. | ||||||||||||||
| Nota: Las celdas sombreadas representan celdas invalidadas para las cuales no aplica la información solicitada. | ||||||||||||||
| BANCA COMERCIAL | ||||||||||||||
R16 RIESGOS
R16 A REPORTE REGULATORIO DE RIESGOS
INSTRUCCIONES DE LLENADO
El reporte regulatorio de Riesgos se integra de 2 subreportes que sólo aplican para instituciones de Banca de Desarrollo.
La información proporcionada por las instituciones para los reportes regulatorios de Riesgos, deberá ser generada a partir de los procedimientos, modelos, metodologías, enfoques o sistemas autorizados por el Comité de Administración Integral de Riesgos. La recepción de dicha información por parte de esta Comisión, no significa una autorización explícita o implícita de los modelos internos utilizados por las instituciones, y tampoco prejuzga sobre la bondad de los procedimientos o la calidad de las cifras.
Se entiende que en todos los casos, las instituciones utilizarán principios apegados a las sanas prácticas bancarias existentes en el mercado.
Los reportes regulatorios que se contienen en esta sección, consideran las posiciones de riesgo más importantes asumidas por las instituciones. No obstante, no se exime a dichas entidades de la responsabilidad de administrar integralmente todos los riesgos a los que se encuentran expuestas, considerando para tal efecto, su identificación, medición, vigilancia, límites, controles, reportes y revelación.
La frecuencia de elaboración y presentación de este reporte regulatorio debe ser mensual.
SUBREPORTE
| R16 A 1611 | Brechas de Repreciación | |
| Para el llenado de este subreporte, deberán utilizarse los saldos al cierre de mes del reporte regulatorio R01 A 0111 Catálogo Mínimo, con cifras en moneda nacional, Udis valorizadas a pesos y moneda extranjera valorizada en pesos. | 1 | |
| En este subreporte no deberán incluirse las operaciones realizadas por la institución en su carácter de agente financiero del Gobierno Federal. | 2 | |
| Los diferentes saldos al cierre de mes a los que se refiere el numeral 1, deberán desglosarse por banda de repreciación, según los siguientes criterios. | 3 | |
| Deberán separarse las operaciones que están expuestas a movimientos en las tasas de interés, de aquellas que son insensibles. En el caso de transacciones insensibles, los saldos se registrarán en la última columna del formulario. | 4 | |
| Tratándose de operaciones a tasa fija, se considerará el número de días naturales que haya entre el último día del mes que se esté computando y la fecha de vencimiento del título o contrato, o en su caso, la del instrumento subyacente. Para el caso de instrumentos de deuda con cupones a tasa fija, el plazo del instrumento será sustituido por la Duración de los mismos. | 5 | |
| En operaciones con tasa revisable, o cuyo rendimiento esté referido a alguna tasa de interés nominal, se considerará para cada título o contrato el número de días naturales que haya entre el último día del mes que se esté computando y la fecha de revisión o de ajuste de la tasa o, en su caso, la de vencimiento cuando ésta sea anterior a aquella. | 6 | |
| Tratándose de estimaciones preventivas derivadas de la calificación, así como de estimaciones adicionales referentes a las disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito, y aquellas estimaciones ordenadas por la Comisión y otras, los saldos tendrán que computarse con signo negativo. Los saldos de las citadas estimaciones se registrarán en la banda de reprecio que corresponda a la cartera que les dio origen. | 7 | |
| Este formulario deberá entregarse con periodicidad mensual, dentro del mes inmediato siguiente al de su fecha. | 8 |
| R16 A 1612 | Brechas de Vencimiento | |
| Para el llenado de este subreporte, deberán utilizarse los saldos al cierre de mes del reporte regulatorio R01 A 0111 Catálogo Mínimo, con cifras en moneda nacional, Udis valorizadas a pesos y moneda extranjera valorizada en pesos. | 9 | |
| En este subreporte no deberán incluirse las operaciones realizadas por la institución en su carácter de agente financiero del Gobierno Federal. | 10 | |
| Los diferentes saldos al cierre de mes a los que se refiere el numeral 9, deberán desglosarse por banda de vencimiento, según los siguientes criterios. | 11 | |
| Tratándose de operaciones a tasa fija, se considerará el número de días naturales que haya entre el último día del mes que se esté computando y la fecha de vencimiento del título o contrato, o en su caso, la del instrumento subyacente. | 12 | |
| En operaciones con tasa revisable, o cuyo rendimiento esté referido a alguna tasa de interés nominal, se considerará para cada título o contrato el número de días naturales que haya entre el último día del mes que se esté computando y la fecha de vencimiento del título o contrato. | 13 | |
| Tratándose de estimaciones preventivas derivadas de la calificación, así como de estimaciones adicionales referentes a las disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito, y aquellas estimaciones ordenadas por la Comisión y otras, los saldos tendrán que computarse con signo negativo. Los saldos de las citadas estimaciones se registrarán en la banda de reprecio que corresponda a la cartera que les dio origen. | 14 | |
| A discreción de la institución, el saldo de las disponibilidades y depósitos de exigibilidad inmediata, podrán registrarse en la banda de 1 a 7 días. | 15 | |
| Las acciones clasificadas como inversiones en valores, podrán colocarse en la banda de 1 a 7 días o de 8 a 31 días, de acuerdo con los criterios que al respecto defina la institución tomando en cuenta la facilidad de realización de los títulos en el mercado. | 16 | |
| En el caso de otras cuentas por cobrar netas de sus estimaciones y otras cuentas por pagar que involucren alguna tasa, deberán ubicarse en la banda correspondiente según lo establecido en los párrafos 12 y 13, y las que no involucren tasa en la banda de vencimiento. | 17 | |
| Tratándose de fondos especiales, los saldos habrán de registrarse en la banda correspondiente de acuerdo con las políticas de cada institución, así como con la mecánica operativa de dichos fondos. | 18 | |
| Por lo que se refiere a los otros activos y pasivos que no tengan vencimiento definido, los saldos deberán colocarse en la última columna. | 19 | |
| Este formulario deberá entregarse con periodicidad mensual, dentro del mes inmediato siguiente al de su fecha. | 20 |
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte regulatorio de Riesgos se llevará a cabo por medio del formato siguiente:
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 | Columna 5 |
| Periodo | Clave de la Entidad | Concepto | Subreporte | Moneda |
| Columna 6 | Columna 7 | |||
| Tipo de Saldo | Dato |
DESCRIPCION DEL FORMATO
A continuación se definen las columnas que integran al formato de captura.
| COLUMNA | DESCRIPCION |
| Columna 1 | PERIODO Se anotará el periodo de acuerdo al formato: AAAAMM Esta columna se captura al momento en que se accesa al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI), por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 2 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 3 | CONCEPTO Se debe anotar la clave del concepto al que corresponde la información de acuerdo con las claves disponibles en el SITI. |
| Columna 4 | SUBREPORTE Se debe anotar la clave del subreporte de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 5 | MONEDA Se debe anotar la clave de la moneda de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 6 | TIPO DE SALDO Se debe anotar la clave del tipo de saldo de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 7 | DATO Esta columna debe contener la información que cumple con las características descritas en las columnas anteriores. Instrucciones generales Los datos deben presentarse con el formato siguiente: Saldos: Se deben presentar en moneda nacional, Udis valorizadas en pesos y moneda extranjera valorizada en pesos, según la información solicitada en cada subreporte. Se deben presentar las cifras en unidades, redondeadas, sin decimales, sin comas y sin puntos. Estos saldos siempre deberán registrarse con cifras positivas, excepto en los casos siguientes: Cuentas complementarias de activo (estimaciones), En los casos antes mencionados los saldos deberán registrarse con signo negativo. Por ejemplo: Disponibilidades por $50,839.45 sería 50839 y Estimación preventiva para riesgos crediticios por $20,585.70 sería -20586. |
| Reporte Regulatorio de Riesgos | |||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Brechas de Repreciación | |||||||||||||||||||||||||||
| R16 A 1611 | |||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Brechas de Repreciación | |||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda Nacional y Udis Valorizadas a Pesos | |||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | |||||||||||||||||||||||||||
| Tipo de Activo y Pasivo | Saldos al cierre de mes | 1 a 7 días | 8 a 31 días | 32 a 92 días | 93 a 184 días | 185 a 366 días | 367 a 731 días | 732 a 1,096 días | 1,097 a 1,461 días | 1,462 a 1,827 días | 1,828 a 2,557 días | 2,558 a 3,653 días | 3,654 a 5,479 días | 5,480 a 7,305 días | 7,306 días o más | Saldos no sensibles | |||||||||||
| Disponibilidades | |||||||||||||||||||||||||||
| Inversiones en valores | |||||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar | |||||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar sin restricción | |||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||||
| Acciones | |||||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar restringidos o dados en garantía | |||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||||
| Acciones | |||||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta | |||||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta sin restricción | |||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||||
| Acciones | |||||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta restringidos o dados en garantía | |||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||||
| Acciones | |||||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento | |||||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento sin restricción | |||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento restringidos o dados en garantía | |||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con reportos (Partes Activas) | |||||||||||||||||||||||||||
| Deudores por reporto | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||||
| Títulos a recibir por reporto | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral (saldo deudor) | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||||
| Valores a recibir en operaciones de préstamo | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito neta | |||||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vigente | |||||||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | |||||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | |||||||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vencida | |||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos comerciales | |||||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | |||||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | |||||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | |||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos de consumo | |||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos a la vivienda | |||||||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios | |||||||||||||||||||||||||||
| Suma Activos | |||||||||||||||||||||||||||
| Captación tradicional | |||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos de exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||||||
| Sin interés | |||||||||||||||||||||||||||
| Con interés | |||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos a plazo | |||||||||||||||||||||||||||
| Del público en general | |||||||||||||||||||||||||||
| Mercado de dinero | |||||||||||||||||||||||||||
| Fondos especiales | |||||||||||||||||||||||||||
| Bonos bancarios | |||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos interbancarios y de otros organismos | |||||||||||||||||||||||||||
| De exigibilidad inmediata | |||||||||||||||||||||||||||
| De corto plazo | |||||||||||||||||||||||||||
| De largo plazo | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con reportos (Partes Pasivas) | |||||||||||||||||||||||||||
| Acreedores por reporto | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||||
| Títulos a entregar por reporto | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral (saldo acreedor) | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||||
| Valores a entregar en operaciones de préstamo | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | |||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | |||||||||||||||||||||||||||
| Suma Pasivos | |||||||||||||||||||||||||||
| Brecha Activo - Pasivo | |||||||||||||||||||||||||||
| Brecha acumulada | |||||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Riesgos | ||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Brechas de Repreciación | ||||||||||||||||||||||||||
| R16 A 1611 | ||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Brechas de Repreciación | ||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda extranjera valorizada en pesos | ||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||||||||||||||||||||
| Tipo de Activo y Pasivo | Saldos al cierre de mes | 1 a 7 días | 8 a 31 días | 32 a 92 días | 93 a 184 días | 185 a 366 días | 367 a 731 días | 732 a 1,096 días | 1,097 a 1,461 días | 1,462 a 1,827 días | 1,828 a 2,557 días | 2,558 a 3,653 días | 3,654 a 5,479 días | 5,480 a 7,305 días | 7,306 días o más | Saldos no sensibles | ||||||||||
| Disponibilidades | ||||||||||||||||||||||||||
| Inversiones en valores | ||||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar | ||||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar sin restricción | ||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar restringidos o dados en garantía | ||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta | ||||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta sin restricción | ||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta restringidos o dados en garantía | ||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento | ||||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento sin restricción | ||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento restringidos o dados en garantía | ||||||||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con reportos (Partes Activas) | ||||||||||||||||||||||||||
| Deudores por reporto | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||
| Títulos a recibir por reporto | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral (saldo deudor) | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||
| Valores a recibir en operaciones de préstamo | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito neta | ||||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vigente | ||||||||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | ||||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | ||||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | ||||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | ||||||||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | ||||||||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | ||||||||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vencida | ||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos comerciales | ||||||||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | ||||||||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | ||||||||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | ||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos de consumo | ||||||||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos a la vivienda | ||||||||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios | ||||||||||||||||||||||||||
| Suma Activos | ||||||||||||||||||||||||||
| Captación tradicional | ||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos de exigibilidad inmediata | ||||||||||||||||||||||||||
| Sin interés | ||||||||||||||||||||||||||
| Con interés | ||||||||||||||||||||||||||
| Depósitos a plazo | ||||||||||||||||||||||||||
| Del público en general | ||||||||||||||||||||||||||
| Mercado de dinero | ||||||||||||||||||||||||||
| Fondos especiales | ||||||||||||||||||||||||||
| Bonos bancarios | ||||||||||||||||||||||||||
| Préstamos interbancarios y de otros organismos | ||||||||||||||||||||||||||
| De exigibilidad inmediata | ||||||||||||||||||||||||||
| De corto plazo | ||||||||||||||||||||||||||
| De largo plazo | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con reportos (Partes Pasivas) | ||||||||||||||||||||||||||
| Acreedores por reporto | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||
| Títulos a entregar por reporto | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral (saldo acreedor) | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||
| Valores a entregar en operaciones de préstamo | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||||||||
| Suma Pasivos | ||||||||||||||||||||||||||
| Brecha Activo - Pasivo | ||||||||||||||||||||||||||
| Brecha acumulada | ||||||||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Riesgos | ||||||||||||||||||||
| Subreporte: Brechas de Vencimiento | ||||||||||||||||||||
| R16 A 1612 | ||||||||||||||||||||
| Subreporte: Brechas de Vencimiento | ||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda Nacional y Udis Valorizadas a Pesos | ||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||||||||||||||
| Tipo de Activo y Pasivo | Saldos al cierre de mes | 1 a 7 días | 8 a 31 días | 32 a 92 días | 93 a 184 días | 185 a 366 días | 367 a 731 días | 732 a 1,096 días | 1,097 a 1,461 días | 1,462 a 1,827 días | 1,828 a 2,557 días | 2,558 a 3,653 días | 3,654 a 5,479 días | 5,480 a 7,305 días | 7,306 días o más | |||||
| Disponibilidades | ||||||||||||||||||||
| Inversiones en valores | ||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar | ||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar sin restricción | ||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar restringidos o dados en garantía | ||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta | ||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta sin restricción | ||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta restringidos o dados en garantía | ||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento | ||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento sin restricción | ||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento restringidos o dados en garantía | ||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con reportos (Partes Activas) | ||||||||||||||||||||
| Deudores por reporto | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Títulos a recibir por reporto | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral (saldo deudor) | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Valores a recibir en operaciones de préstamo | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con instrumentos financieros derivados (saldo deudor) | ||||||||||||||||||||
| Futuros a recibir | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Contratos adelantados a recibir | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Opciones | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Swaps | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Paquetes de instrumentos derivados | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito neta | ||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vigente | ||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | ||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | ||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | ||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | ||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | ||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | ||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vencida | ||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos comerciales | ||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | ||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | ||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | ||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos de consumo | ||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos a la vivienda | ||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios | ||||||||||||||||||||
| Otras cuentas por cobrar | ||||||||||||||||||||
| Otros activos | ||||||||||||||||||||
| Suma Activos | ||||||||||||||||||||
| Captación tradicional | ||||||||||||||||||||
| Depósitos de exigibilidad inmediata | ||||||||||||||||||||
| Sin interés | ||||||||||||||||||||
| Con interés | ||||||||||||||||||||
| Depósitos a plazo | ||||||||||||||||||||
| Del público en general | ||||||||||||||||||||
| Mercado de dinero | ||||||||||||||||||||
| Fondos especiales | ||||||||||||||||||||
| Bonos bancarios | ||||||||||||||||||||
| Préstamos interbancarios y de otros organismos | ||||||||||||||||||||
| De exigibilidad inmediata | ||||||||||||||||||||
| De corto plazo | ||||||||||||||||||||
| De largo plazo | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con reportos (Partes Pasivas) | ||||||||||||||||||||
| Acreedores por reporto | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Títulos por entregar por reporto | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral (saldo acreedor) | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Valores a entregar en operaciones de préstamo | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con instrumentos financieros derivados (saldo acreedor) | ||||||||||||||||||||
| Futuros a entregar | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Contratos adelantados a entregar | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Opciones | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Swaps | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Paquetes de instrumentos derivados | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Obligaciones subordinadas en circulación | ||||||||||||||||||||
| Otras cuentas por pagar | ||||||||||||||||||||
| Otros pasivos | ||||||||||||||||||||
| Suma Pasivos | ||||||||||||||||||||
| Brecha Activo - Pasivo | ||||||||||||||||||||
| Brecha acumulada | ||||||||||||||||||||
| Reporte Regulatorio de Riesgos | ||||||||||||||||||||
| Subreporte: Brechas de Vencimiento | ||||||||||||||||||||
| R16 A 1612 | ||||||||||||||||||||
| Subreporte: Brechas de Vencimiento | ||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda extranjera valorizada en pesos | ||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||||||||||||||
| Tipo de Activo y Pasivo | Saldos al cierre de mes | 1 a 7 días | 8 a 31 días | 32 a 92 días | 93 a 184 días | 185 a 366 días | 367 a 731 días | 732 a 1,096 días | 1,097 a 1,461 días | 1,462 a 1,827 días | 1,828 a 2,557 días | 2,558 a 3,653 días | 3,654 a 5,479 días | 5,480 a 7,305 días | 7,306 días o más | |||||
| Disponibilidades | ||||||||||||||||||||
| Inversiones en valores | ||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar | ||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar sin restricción | ||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||
| Títulos para negociar restringidos o dados en garantía | ||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta | ||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta sin restricción | ||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||
| Títulos disponibles para la venta restringidos o dados en garantía | ||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Acciones | ||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento | ||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento sin restricción | ||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Títulos conservados a vencimiento restringidos o dados en garantía | ||||||||||||||||||||
| Deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con reportos (Partes Activas) | ||||||||||||||||||||
| Deudores por reporto | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Títulos por recibir por reporto | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral (saldo deudor) | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Valores a recibir en operaciones de préstamo | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con instrumentos financieros derivados (saldo deudor) | ||||||||||||||||||||
| Futuros a recibir | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Contratos adelantados a recibir | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Opciones | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Swaps | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Paquetes de instrumentos derivados | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito neta | ||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vigente | ||||||||||||||||||||
| Créditos comerciales | ||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | ||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | ||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | ||||||||||||||||||||
| Créditos de consumo | ||||||||||||||||||||
| Créditos a la vivienda | ||||||||||||||||||||
| Cartera de crédito vencida | ||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos comerciales | ||||||||||||||||||||
| Actividad empresarial o comercial | ||||||||||||||||||||
| Entidades financieras | ||||||||||||||||||||
| Entidades gubernamentales | ||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos de consumo | ||||||||||||||||||||
| Créditos vencidos a la vivienda | ||||||||||||||||||||
| Estimación preventiva para riesgos crediticios | ||||||||||||||||||||
| Otras cuentas por cobrar | ||||||||||||||||||||
| Otros activos | ||||||||||||||||||||
| Suma Activos | ||||||||||||||||||||
| Captación tradicional | ||||||||||||||||||||
| Depósitos de exigibilidad inmediata | ||||||||||||||||||||
| Sin interés | ||||||||||||||||||||
| Con interés | ||||||||||||||||||||
| Depósitos a plazo | ||||||||||||||||||||
| Del público en general | ||||||||||||||||||||
| Mercado de dinero | ||||||||||||||||||||
| Fondos especiales | ||||||||||||||||||||
| Bonos bancarios | ||||||||||||||||||||
| Préstamos interbancarios y de otros organismos | ||||||||||||||||||||
| De exigibilidad inmediata | ||||||||||||||||||||
| De corto plazo | ||||||||||||||||||||
| De largo plazo | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con reportos (Partes Pasivas) | ||||||||||||||||||||
| Acreedores por reporto | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Títulos por entregar por reporto | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Operaciones que representan un préstamo con colateral (saldo acreedor) | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Valores a entregar en operaciones de préstamo | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda gubernamental | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con deuda bancaria | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con otros títulos de deuda | ||||||||||||||||||||
| Operaciones con instrumentos financieros derivados (saldo acreedor) | ||||||||||||||||||||
| Futuros a entregar | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Contratos adelantados a entregar | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Opciones | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Swaps | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Paquetes de instrumentos derivados | ||||||||||||||||||||
| Negociación | ||||||||||||||||||||
| Cobertura | ||||||||||||||||||||
| Obligaciones subordinadas en circulación | ||||||||||||||||||||
| Otras cuentas por pagar | ||||||||||||||||||||
| Otros pasivos | ||||||||||||||||||||
| Suma Pasivos | ||||||||||||||||||||
| Brecha Activo - Pasivo | ||||||||||||||||||||
| Brecha acumulada | ||||||||||||||||||||
R16 PORTAFOLIO GLOBAL DE JUICIOS
R16 B REPORTE REGULATORIO DE PORTAFOLIO GLOBAL DE JUICIOS
INSTRUCCIONES DE LLENADO
El reporte regulatorio de Portafolio Global de Juicios sólo aplican para instituciones de banca de desarrollo y se integra por 1 subreporte.
La frecuencia de elaboración y presentación de este reporte debe ser trimestral.
SUBREPORTE
| R16 B 1621 | Portafolio Global de Juicios Para el llenado del presente subreporte, las instituciones deberán organizar los diferentes tipos de juicios por ella promovidos o en su contra, identificando su estado según se encuentren pendientes de resolución al cierre del trimestre al que esté referido el formulario, o los juicios resueltos durante el trimestre en cuestión, ya sea de manera favorable, desfavorable o por acuerdo entre las partes. Para dichos estados, deberá reportase el número de casos, los importes involucrados (considerando tanto el importe en litigio como los gastos de juicio y otros), y en forma específica para los casos resueltos, el periodo promedio en días desde el inicio del proceso hasta su resolución, ponderado por los importes involucrados. Este formulario deberá entregarse con periodicidad trimestral, para los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, dentro del mes inmediato siguiente al de su fecha. |
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte regulatorio de Portafolio Global de Juicios se llevará a cabo por medio del formato siguiente:
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 | Columna 5 |
| Periodo | Clave de la Entidad | Concepto | Subreporte | Juicio |
| Columna 6 | Columna 7 | Columna 8 | Columna 9 | |
| Casos | Tipo de Caso | Tipo de Dato | Dato |
DESCRIPCION DEL FORMATO
A continuación se definen las columnas que integran al formato de captura.
| COLUMNA | DESCRIPCION |
| Columna 1 | PERIODO Se anotará el periodo de acuerdo al formato: AAAAMM Esta columna se captura al momento en que se accesa al Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI), por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. |
| Columna 2 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Institución de Crédito de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Esta columna se captura al momento en que se accesa al SITI, por lo que no se registra como una columna adicional en el envío de información. Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Instituciones. |
| Columna 3 | CONCEPTO Se debe anotar la clave del concepto al que corresponde la información de acuerdo con las claves disponibles en el SITI. |
| Columna 4 | SUBREPORTE Se debe anotar la clave del subreporte de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 5 | JUICIO Se debe anotar la clave del juicio de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 6 | CASOS Se debe anotar la clave del caso de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 7 | TIPO DE CASO Se debe anotar la clave del tipo de caso de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 8 | TIPO DE DATO Se debe anotar la clave del tipo de dato de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 9 | DATO Esta columna debe contener la información que cumple con las características descritas en las columnas anteriores. Instrucciones generales Los datos deben presentarse con el formato siguiente: Saldos: Se deben presentar en moneda nacional, Udis valorizadas en pesos y moneda extranjera valorizada en pesos. Además, en pesos redondeados, sin decimales, sin comas y sin puntos. Por ejemplo: $50,839.45 sería 50839. |
| Reporte Portafolio Global de Juicios | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Portafolio Global de Juicios | ||||||||||||||||||||||||||||||
| R16 B 1621 | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Subreporte: Portafolios Global de Juicios | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Incluye: Moneda nacional, Udis y Moneda extranjera valorizadas en pesos | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Cifras en pesos | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Tipo de Juicio | Juicios promovidos por la institución | Juicios en contra de la institución | ||||||||||||||||||||||||||||
| Casos pendientes de resolución al cierre del trimestre que se reporta según etapa del proceso | Casos resueltos durante el trimestre que se reporta | Casos pendientes de resolución al cierre del trimestre que se reporta según etapa del proceso | Casos resueltos durante el trimestre que se reporta | |||||||||||||||||||||||||||
| Número de casos | Importe de los casos | Resoluciones Favorables | Resoluciones Desfavorables | Casos resueltos por arreglo entre las partes | Número de casos | Importe de los casos | Resoluciones Favorables | Resoluciones Desfavorables | Casos resueltos por arreglo entre las partes | |||||||||||||||||||||
| Por Iniciar Gestión Jurídica | Proceso Gestio-nados Jurídi-camente | Total de Casos | Por Iniciar Gestión Jurídica | Proceso Gestio-nados Jurídi-camente | Total de Casos | Número de casos | Importe de los casos | Periodo promedio en días desde el inicio del proceso | Número de casos | Importe de los casos | Periodo promedio en días desde el inicio del proceso | Número de casos | Importe de los casos | Periodo promedio en días desde el inicio del proceso | Por Iniciar Gestión Jurídica | Proceso Gestio-nados Jurídi-camente | Total de Casos | Por Iniciar Gestión Jurídica | Proceso Gestio-nados Jurídi-camente | Total de Casos | Número de casos | Importe de los casos | Periodo promedio en días desde el inicio del proceso | Número de casos | Importe de los casos | Periodo promedio en días desde el inicio del proceso | Número de casos | Importe de los casos | Periodo promedio en días desde el inicio del proceso | |
| Total de juicios | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Mercantil | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Simple c/ gtía./fid/prend. | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Quirografario | ||||||||||||||||||||||||||||||
| ABCD autotransporte | ||||||||||||||||||||||||||||||
| ABCD diversos | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Prendarios | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Refaccionarios | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Habilitación o avio | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Reclamación de Cheque | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Fondo de Ahorro | ||||||||||||||||||||||||||||||
| FOVI | ||||||||||||||||||||||||||||||
| FOVI II | ||||||||||||||||||||||||||||||
| ABCD por Tarjeta | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Vivienda | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Vivienda Udis | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Civil, Fiscal y Administrativo | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Crédito Fiscal | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Cheques sin fondos | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Civil | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Pago de honorarios | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Reclamaciones de pago de cheques | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Sobregiro de cuentas de cheques | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Actos de autoridad | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Penal | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Abuso de confianza | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Bancario | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Bancario y de Mercado de Valores | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Defraudación fiscal | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Despojo | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Ejercicio abusivo de funciones | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Falsificación de documentos | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Fraude | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Lavado de dinero | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Peculado | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Robo con Violencia | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Laboral | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Prima de Antigüedad | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Ajuste de Pensión | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Canastilla | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Horas Extras | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Indemnización institucional | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Reparto de utilidades | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Reinstalación y Salarios | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Otros | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Agrarios | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Reversión de tierras | ||||||||||||||||||||||||||||||
| Restitución de tierras | ||||||||||||||||||||||||||||||
R17 A
REPORTE REGULATORIO DE DESIGNACIONES Y BAJA DE PERSONAL
INSTRUCCIONES DE LLENADO
El reporte regulatorio de Designaciones y baja de personal se integra de 2 subreportes y sólo aplica para las instituciones de banca de desarrollo.
Las instituciones entregarán este reporte en el evento que se designen o bien, se remuevan a los servidores públicos que ocupen cargos con las dos jerarquías administrativas inmediatas inferiores a la del director general y los que, de conformidad con su reglamento orgánico, deban cumplir con los requisitos que al efecto establece el artículo 43, de la Ley de Instituciones de Crédito, así como respecto de los delegados fiduciarios y demás servidores públicos que tengan otorgado poder para obligar con su firma a la institución.
Los mencionados reportes deberán ser enviados a la Vicepresidencia Jurídica de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, sita en Insurgentes Sur 1971, Torre Norte, piso 11, Colonia Guadalupe Inn de esta Ciudad, dentro de los cinco días posteriores a la designación, renuncia o remoción de la persona de que se trate. En todo caso, las instituciones de banca de desarrollo deberán manifestar expresamente que los servidores públicos designados cumplen con los requisitos y condiciones establecidos en la legislación aplicable.
En la designación de los servidores públicos señalados en la presente disposición, las instituciones de banca de desarrollo podrán prudencialmente aplicar, en su caso y, en lo conducente, las Reglas generales para la integración de expedientes que contengan la información que acredite el cumplimiento de los requisitos que deben satisfacer las personas que desempeñen empleos, cargos o comisiones en entidades financieras, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 1 de marzo de 2002.
SUBREPORTES
| R17 A 1711 | Reporte de designación Informe de la designación de los servidores públicos de la institución que ocupen cargos con las dos jerarquías administrativas inferiores a la del Director General, Delegados Fiduciarios y demás servidores públicos que puedan obligar con su firma a la institución y aquellos que, de conformidad con su reglamento orgánico deban cumplir con los requisitos que al efecto determine el articulo 43 en relación con el 24 de la Ley de Instituciones de Crédito. |
| R17 A 1712 | Reporte de baja de personal Informe de baja de los servidores públicos de la institución que ocupen cargos con las dos jerarquías administrativas inferiores a la del Director General, Delegados Fiduciarios y demás servidores públicos que puedan obligar con su firma a la institución y aquellos que, de conformidad con su reglamento orgánico, deban cumplir con los requisitos que al efecto determine el artículo 43 en relación con el 24 de la Ley de Instituciones de Crédito. |
R17 A 1711
REPORTE DE DESIGNACION
INFORME DE LA DESIGNACION DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA INSTITUCION QUE OCUPEN CARGOS CON LAS DOS JERARQUIAS ADMINISTRATIVAS INFERIORES A LA DEL DIRECTOR GENERAL, DELEGADOS FIDUCIARIOS Y DEMAS SERVIDORES PUBLICOS QUE PUEDAN OBLIGAR CON SU FIRMA A LA INSTITUCION Y AQUELLOS QUE, DE CONFORMIDAD CON SU REGLAMENTO ORGANICO DEBAN CUMPLIR CON LOS REQUISITOS QUE AL EFECTO DETERMINE EL ARTICULO 43 EN RELACION CON EL 24 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO
| NOMBRE DE LA INSTITUCION DE BANCA DE DESARROLLO QUE PRESENTA LA INFORMACION | 1. FOTOGRAFIA | |||||
| 2. APELLIDO PATERNO | APELLIDO MATERNO | NOMBRE(S) | ||||
| 3. NOMBRAMIENTO (EMPLEO, CARGO O COMISION) Directivo (Especificar nivel y área) ______ Delegados fiduciarios ______ Servidores que obliguen con su firma a la Institución (Especificar nivel y área) ____ | 4. FECHA DE DESIGNACION Fecha de designación: _____________________ Fecha de inicio de gestión: _________________ Fecha de contratación: ____________________ | |||||
| 5. OFICINA EN DONDE DESEMPEÑA EL EMPLEO, CARGO O COMISION (Domicilio completo) | ||||||
| DATOS PERSONALES: | ||||||
| 6. R.F.C (CON HOMOCLAVE) | 7. CURP | 8. FECHA DE NACIMIENTO Y EDAD | ||||
| 9. DOMICILIO PARTICULAR (Calle, N°, Colonia, Ciudad, Entidad Federativa y Código postal) | 10. TELEFONO PARTICULAR (Correo electrónico) | |||||
| 11. ESTADO CIVIL | 12. NOMBRE DE SOLTERO DEL CONYUGE | 13. REGIMEN MATRIMONIAL | ||||
| 14. NACIONALIDAD MEXICANA POR NACIMIENTO ________ POR NATURALIZACION ___________ | 15. NACIONALIDAD EXTRANJERA INDICAR __________ CALIDAD MIGRATORIA _____________ | |||||
| CALIDAD Y CAPACIDAD TECNICA: | ||||||
| 16. GRADO MAXIMO DE ESTUDIOS | 17. PROFESION | 18. INSTITUCION EDUCATIVA | ||||
| 19. ESTUDIOS REALIZADOS
| |||||
| 20. EXPERIENCIA PROFESIONAL (DETALLAR LOS ULTIMOS 5 AÑOS, INICIANDO POR EMPLEO O ACTIVIDAD ACTUAL) | |||||
| EMPRESA Y PUESTO | DESDE Mes Año | HASTA Mes Año | BREVE DESCRIPCION DE FUNCIONES | ||
| 1. 2. 3. | |||||
| 21. HISTORIAL CREDITICIO 1. Adeudos vencidos SI ____ No _____ 2. Ha generado quebrantos a terceros SI____ No______ 3. Conductas abusivas en reestructuración de créditos SI _____ No_____ OBSERVACIONES | |||||
| 22. HONORABILIDAD. 1. Condenado por sentencia irrevocable por delito doloso SI___ No_____ 2. Inhabilitado o suspendido para ejercer el comercio o un servicio público SI ____ No_____ 3. Litigios pendientes en contra de la Institución, subsidiarias y asociadas SI _____ No _____ 4. Esta sujeto a proceso penal SI_____ No _____ 5. Declarado en concurso civil o mercantil SI____ No_____ 6. Vínculos comerciales o de negocio con la Institución, subsidiarias y asociadas SI____ No____ 7. Vínculos comerciales o de negocio con consejeros o directivos de la Institución, subsidiaras y asociadas SI____ No_____ 8. Vínculos de parentesco con consejeros o directivos de la Institución, subsidiarias y asociadas SI____ No____ OBSERVACIONES | |||||
LA INSTITUCION DE BANCA DE DESARROLLO MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE EL SERVIDOR PUBLICO CUMPLE CON LOS REQUISITOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 43 EN RELACION CON EL 24 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO Y EN LA PRESENTE CIRCULAR.
_______________________________________________________________ NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA DESIGNADA
_______________________________________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA INSTITUCION DE BANCA DE DESARROLLO
R17 A 1712
REPORTE DE BAJA DE PERSONAL
INFORME DE BAJA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA INSTITUCION QUE OCUPEN CARGOS CON LAS DOS JERARQUIAS ADMINISTRATIVAS INFERIORES A LA DEL DIRECTOR GENERAL, DELEGADOS FIDUCIARIOS Y DEMAS SERVIDORES PUBLICOS QUE PUEDAN OBLIGAR CON SU FIRMA A LA INSTITUCION Y AQUELLOS QUE, DE CONFORMIDAD CON SU REGLAMENTO ORGANICO, DEBAN CUMPLIR CON LOS REQUISITOS QUE AL EFECTO DETERMINE EL ARTICULO 43 EN RELACION CON EL 24 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO
| NOMBRE DE LA INSTITUCION DE BANCA DE DESARROLLO | 1.- FOTOGRAFIA | |||
| 2. APELLIDO PATERNO | APELLIDO MATERNO | NOMBRE(S) | ||
| 3. NOMBRAMIENTO (EMPLEO, CARGO O COMISION EN EL QUE SE DA DE BAJA) Directivo (Especificar nivel y área) ______ Delegados fiduciarios ______ Servidores que obliguen con su firma a la Institución (Especificar nivel y área) ____ | 4. FECHA EN QUE DEJO DE PRESTAR SUS SERVICIOS DIA/MES/AÑO | |||
| 5. CAUSA POR LA QUE DEJO DE PRESTAR SUS SERVICIOS RENUNCIA ____________________________ REMOCION ____________________________ OTROS _____________________________ (especificar) | ||||
| 6. COMENTARIOS ADICIONALES | ||||
______________________________________________
NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA QUE SE DA DE BAJA
_______________________________________________________________
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA INSTITUCION DE BANCA DE DESARROLLO
ANEXO 38
REPORTE DE INFORMACION POR LOCALIDAD
INSTRUCCIONES DE LLENADO
En el presente instructivo se describen las características del registro de la información contenida en el Reporte de Información por Localidad, requerido por la Comisión.
FORMATO DE CAPTURA
El llenado del reporte de Información por Localidad se llevará a cabo por medio del formato siguiente:
| Columna 1 | Columna 2 | Columna 3 | Columna 4 | Columna 5 |
| Tipo Sector | Tipo de Saldo | Periodo | Clave de la Entidad | Localidad Banxico |
| Columna 6 | Columna 7 | |||
| Rubro | Saldo |
DESCRIPCION DEL FORMATO DE CAPTURA
A continuación se describen las columnas que integran al formato de captura.
| COLUMNA | DESCRIPCION |
| Columna 1 | TIPO SECTOR Se debe anotar la clave del tipo de sector de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 2 | TIPO DE SALDO Se debe anotar la clave del tipo de saldo de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 3 | PERIODO Se debe anotar el año y mes a que se refiere la información de acuerdo al formato: AAAAMM. |
| Columna 4 | CLAVE DE LA ENTIDAD Se debe anotar la clave de la Entidad de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. |
| Columna 5 | LOCALIDAD BANXICO Contendrá la clave de la localidad a la que pertenecen los saldos de los rubros, Instrucciones adicionales En esta columna se utiliza el catálogo llamado: Catálogo de Localidades. |
| Columna 6 | RUBRO Se debe anotar la clave del rubro al que pertenece la información de acuerdo al catálogo disponible en el SITI. Ver Instrucciones adicionales |
| Columna 7 | SALDO Esta columna debe contener la información que cumple con las características descritas en las columnas anteriores. Instrucciones adicionales Los saldos de las cuentas deberán presentarse en moneda nacional y en moneda extranjera según corresponda. Además, en cifras redondeadas, sin decimales, sin comas y sin puntos. Por ejemplo: $50,839.45 sería 50839 |
Instrucciones Adicionales:
CATALOGO DE RUBROS
A.- INFORMACION POR LOCALIDAD.- SALDOS A FIN DE MES.
(Rubros válidos del 01 al 29)
| Clave del Rubro | Nombre del Rubro | Cuentas que forman el Rubro |
| 01 | Número de Sucursales (1) | |
| 02 | Número de Personal | |
| 03 | Número de Contratos de Ctas. de Cheques | 2101 |
| 04 | Número de Contratos de Ctas. de Ahorro | 2102 |
| 05 | Número de Contratos de Depósito a Plazo | 2103 + 2104 + 2109 |
| 06 | Número de Contratos de Tarjetas de Crédito | 1312-02 |
| MONEDA NACIONAL | Clave del Rubro | Nombre del Rubro | Cuentas que Forman el Rubro | Pesos |
| 07 | Cheques | 2101 + 2302 | ||
| 08 | Ahorro | 2102 | ||
| 09 | Dep. Ret. en Días Preestab. | 2103 | ||
| 10 | Depósitos a Plazo Fijo | 2104 + 2108 + 2161 (*) | ||
| 11 | Bonos Bancarios en Circulación | 2106 | ||
| 12 | Pagarés | 2109 | ||
| 13 | Obligaciones Subordinadas | 2121 | ||
| 14 | Aceptaciones Bancarias | 2133 + 2157 (*) + 2305 | ||
| 15 | Depósitos Vista en Cuenta Corriente con Interés | 2136 | ||
| 16 | SUMA | Rubros 07 al 15 |
| MONEDA EXTRANJERA | Clave del Rubro | Nombre del Rubro | Cuentas que Forman el Rubro | Dólares (EE.UU.A.) |
| 17 | Depósitos a la Vista | 2101 + 2124 + 2127 + 2129 + 2131 + 2134 +2140 + 2302 | ||
| 18 | Ahorro | 2102 | ||
| 19 | Depósitos a Plazo | 2103 + 2104 + 2106 + 2108 + 2113 + 2120 + 2130 + 2132 + 2138 | ||
| 20 | Valores y Títulos en Circulación en el extranjero (*) | 2156 | ||
| 21 | Aceptaciones Bancarias | 2305 | ||
| 22 | SUMA | Rubros 17 al 21 |
| MONEDA NACIONAL | Clave del Rubro | Nombre del Rubro | Cuentas que Forman el Rubro | Pesos |
| 23 | Acreedores por Reporto de Valores Gubernament. | 2409 | ||
| 24 | Acreedores por Reporto de Títulos Bancarios | 2411 | ||
| 25 | Acreedores por Reporto de Títulos Propios | 2413 | ||
| 26 | Otros Fideicomisos Abiertos (*) | 6216 | ||
| 27 | Fideicomisos Cerrados (*) | 6217 (2) | ||
| 28 | Administración de Títulos y Valores en Venta Directa (*) | 6224 | ||
| 29 | Sociedades de Inversión Bancaria (*) | 6225 (3) |
NOTAS: (1) Comprende todas las oficinas que prestan servicios al público.
(2) Reportar solo lo que corresponde a Títulos y valores de renta fija.
(3) Reportar exclusivamente lo que corresponde a Sociedades de Inversión de Renta Fija, así como la parte fija de las Sociedades Comunes.
(*) Aplicación exclusiva para las Instituciones a las que se les autorizaron las cuentas correspondientes.
Reporte de Información por Localidad
B.- INFORMACION POR LOCALIDAD.- SALDOS PROMEDIO DIARIO MENSUAL
(Rubros válidos del 07 al 29)
| MONEDA NACIONAL | Clave del Rubro | Nombre del Rubro | Cuentas que Forman el Rubro | Pesos |
| 07 | Cheques | 2101 + 2302 | ||
| 08 | Ahorro | 2102 | ||
| 09 | Dep. Ret. en Días Preestab. | 2103 | ||
| 10 | Depósitos a Plazo Fijo | 2104 + 2108 + 2161 (*) | ||
| 11 | Bonos Bancarios en Circulación | 2106 | ||
| 12 | Pagarés | 2109 | ||
| 13 | Obligaciones Subordinadas | 2121 | ||
| 14 | Aceptaciones Bancarias | 2133 + 2157 (*) + 2305 | ||
| 15 | Depósitos Vista en Cuenta Corriente con Interés | 2136 | ||
| 16 | SUMA | Rubros 07 al 15 |
| MONEDA EXTRANJERA | Clave del Rubro | Nombre del Rubro | Cuentas que Forman el Rubro | Dólares (EE.UU.A.) |
| 17 | Depósitos a la Vista | 2101 + 2124 + 2127 + 2129 + 2131 + 2134 +2140 + 2302 | ||
| 18 | Ahorro | 2102 | ||
| 19 | Depósitos a Plazo | 2103 + 2104 + 2106 + 2108 + 2113 + 2120 + 2130 + 2132 + 2138 | ||
| 20 | Valores y Títulos en Circulación en el extranjero (*) | 2156 | ||
| 21 | Aceptaciones Bancarias | 2305 | ||
| 22 | SUMA | Rubros 17 al 21 |
| MONEDA NACIONAL | Clave del Rubro | Nombre del rubro | Cuentas que forman el Rubro | Pesos |
| 23 | Acreedores por Reporto de Valores Gubernamentales. | 2409 | ||
| 24 | Acreedores por Reporto de Títulos Bancarios | 2411 | ||
| 25 | Acreedores por Reporto de Títulos Propios | 2413 | ||
| 26 | Otros Fideicomisos Abiertos (*) | 6216 | ||
| 27 | Fideicomisos Cerrados (*) | 6217 (1) | ||
| 28 | Administración de Títulos y Valores en Venta Directa (*) | 6224 | ||
| 29 | Sociedades de Inversión Bancaria (*) | 6225 (2) |
NOTAS: (1) Reportar sólo lo que corresponde a títulos y valores de renta fija
(2) Reportar exclusivamente lo que corresponde a Sociedades de Inversión de Renta Fija, así como la parte fija de las Sociedades Comunes.
(*) Aplicación exclusiva para las Instituciones a las que se les autorizaron las cuentas correspondientes.
_______________________________
(Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección)
18 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 17
26 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
26 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 21
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 21
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 21
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 27
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 27
26 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
32 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
32 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 31
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 31
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 31
56 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 55
64 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 63
92 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
92 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 93
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 93
92 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
102 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
102 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 101
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 101
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 101
106 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
106 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 107
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 107
106 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
108 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
108 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 109
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 109
110 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 111
120 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
120 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 121
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 121
120 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
130 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
130 (Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 12 de enero de 2007
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 129
Viernes 12 de enero de 2007 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) 129
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