DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Modificación a las Disposiciones en materia de austeridad y disciplina presupuestaria del Consejo de la Judicatura Federal para el ejercicio fiscal dos mil siete   

Viernes 30 de Marzo 2007

Modificación a las Disposiciones en materia de austeridad y disciplina presupuestaria del Consejo de la Judicatura Federal para el ejercicio fiscal dos mil siete.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

  MODIFICACION A LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL SIETE.

  El Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, modifica las Disposiciones en Materia de Austeridad y Disciplina Presupuestaria del Consejo de la Judicatura Federal para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Siete, para quedar en los términos siguientes

ANTECEDENTES

1. El Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiocho de diciembre de dos mil seis, establece lo siguiente:

?Artículo 15.- Los Poderes Legislativo y Judicial, así como los entes autónomos, deberán implantar medidas, en lo conducente, equivalentes a las aplicables en las dependencias y entidades, respecto a la reducción del gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo y del presupuesto regularizable de servicios personales, para lo cual publicarán en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el último día hábil de febrero sus respectivos lineamientos y el monto correspondiente a la meta de ahorro; asimismo, reportarán las medidas que hayan adoptado y los montos de ahorros obtenidos en los Informes Trimestrales. Dichos reportes serán considerados por la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados en el proceso de análisis y aprobación de las erogaciones correspondientes al Presupuesto de Egresos para el siguiente ejercicio fiscal. Los ahorros generados durante el ejercicio fiscal, podrán destinarse a los programas prioritarios del ejecutor de gasto que los genere, de conformidad con el artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, siempre y cuando no se destine a gasto corriente ni implique la creación de plazas o la contratación de personal por honorarios, y sin aumentar el presupuesto regularizable de los subsecuentes ejercicios fiscales en el concepto de gasto correspondiente.

  Los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como los entes autónomos deberán tomar las siguientes medidas en adición a lo señalado en este artículo:

I. Abstenerse de contraer obligaciones en materia de servicios personales que rebasen el presupuesto autorizado;

II. En la contratación de bienes, servicios y obras públicas deberán establecer acciones para generar ahorros, y

III. Las oficialías mayores o equivalentes deberán sujetarse al manual único de procesos administrativos que emitan las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública y, en el caso de los Poderes Legislativo y Judicial, así como los entes autónomos, los que emitan sus respectivos órganos competentes. Lo anterior, con el fin de simplificar los trámites en la gestión de los recursos humanos, materiales y financieros.

2. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria señala:

?Artículo 61.-Los ejecutores de gasto, en el ejercicio de sus respectivos presupuestos, deberán tomar medidas para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo, sin afectar el cumplimiento de las metas de los programas aprobados en el Presupuesto de Egresos.

Los ahorros generados como resultado de la aplicación de dichas medidas deberán destinarse, en los términos de las disposiciones generales aplicables, a los programas prioritarios del ejecutor de gasto que los genere.

3. El Acuerdo General 66/2006 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta el proceso presupuestario en el Consejo, en su artículo 1 establece lo siguiente:

?Los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de este Acuerdo General deberán observar que la administración de los recursos se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género.

CONSIDERANDO

  PRIMERO.- Que es necesario que los recursos públicos a cargo de la federación se ejerzan con criterios de eficiencia y transparencia;

  SEGUNDO.- Que en el marco de la austeridad en el ejercicio de los recursos públicos; de los principios federales que prevé nuestra Constitución y de la corresponsabilidad de los tres Poderes de la Unión, resulta pertinente que el Consejo de la Judicatura Federal como parte integrante del Poder Judicial de la Federación, implemente las presentes disposiciones;

  TERCERO.- Que los recursos que se obtendrán a partir de las medidas planteadas permitirán obtener un ahorro de $511000,000.00 (Quinientos once millones de pesos 00/100 M.N.), los cuales serán destinados a financiar programas prioritarios que representen un considerable beneficio social y a cumplir con compromisos adquiridos con anterioridad;

  CUARTO.- Que el Consejo de la Judicatura Federal convencido de la necesidad de generar ahorros producto de la aplicación de medidas de austeridad y disciplina presupuestaria, dará seguimiento puntual a su cumplimiento;

  QUINTO.- Que en apego a la normatividad señalada y dando cumplimiento al artículo 15 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2007, se publica la siguiente

  MODIFICACION A LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007.

  SERVICIOS PERSONALES

¡ Las contrataciones de servidores públicos se sujetarán estrictamente a las plazas autorizadas por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, al Manual de Percepciones y Prestaciones y al Presupuesto autorizado por la Cámara de Diputados.

¡ La propuesta de creación de nuevas de plazas será autorizada por la Comisión de Administración y estará sujeta a la disponibilidad de los recursos autorizados en el presupuesto asignado para servicios personales al Consejo de la Judicatura Federal, por la Cámara de Diputados, por lo que se limitará su creación, debiendo contar con la opinión de disponibilidad presupuestal emitida por la Secretaría Ejecutiva de Finanzas a través de la Dirección General de Programación y Presupuesto.

¡ En términos de lo previsto en el artículo 22, párrafo segundo, del Decreto del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2007 se publicará en el Diario Oficial de la Federación, con la mayor precisión posible, el manual que regule las percepciones y prestaciones para los servidores públicos al servicio del Consejo de la Judicatura Federal, incluyendo la estructura ocupacional con la desagregación de su plantilla total.

¡ Las jornadas de tiempo extraordinario se reducirán al mínimo indispensable, su autorización dependerá de la disponibilidad presupuestaria y su pago se efectuará con apego a lo previsto en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

¡ Las plazas temporales en las áreas administrativas se cancelarán al término de su vigencia y solamente podrán ser renovadas con autorización de la Comisión de Administración.

¡ Se revisarán las condiciones de las pólizas de seguros, a efecto de abatir su costo.

¡ Se integra un comité conformado por las Secretarías Ejecutivas de Finanzas; de Administración; y de Obra, Recursos Materiales y Servicios Generales; la Contraloría del Poder Judicial de la Federación y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Consejo, con la finalidad de que a más tardar el último día hábil del mes de marzo del presente ejercicio, se presente al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, el resultado de un estudio de aprovechamiento de recursos humanos que determine, si es el caso, cancelar plazas en aquellas áreas administrativas que permitan nuevos procesos, las modificaciones a la forma de contratar obra y la adquisición de bienes, suministros y servicios, con absoluto respeto a los derechos laborales respectivos.

  MATERIALES Y SUMINISTROS, SERVICIOS GENERALES, BIENES MUEBLES E INMUEBLES Y OBRA PUBLICA.

¡ Se ajustarán los programas de adquisición de bienes y se identificarán las existencias en almacén que tienen baja rotación y que puedan ser suministrados a las áreas del Consejo.

¡ Se ajustará el programa de obra pública a la continuación de las obras en proceso, sujetándose la contratación de nuevas obras a la autorización expresa del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, incluyendo lo relativo a la contratación de pólizas de mantenimiento menor y obras de mantenimiento mayor de las instalaciones del Consejo, salvo en casos urgentes o ineludibles, las que deberán contar con la aprobación del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal con previa opinión de la Secretaría Ejecutiva de Finanzas.

¡ Se revisarán los programas de contratación de prestación de servicios, con el objeto de obtener mejores condiciones de precio, oportunidad, calidad y financiamiento, y concretándose a realizar las contrataciones estrictamente necesarias para el cumplimiento de los programas y metas autorizadas.

¡ Se promoverá, en su caso, la contratación consolidada de materiales y suministros, mobiliario y demás bienes, así como servicios, incluyendo telecomunicaciones, con el objeto de generar ahorros en dichas contrataciones a nivel del Poder Judicial de la Federación.

  PUBLICACIONES

¡ La difusión de la imagen institucional se realizará únicamente en términos del Decreto del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007, utilizando los espacios oficiales y los medios que éste señala. Las publicaciones en medios impresos se harán de manera racional optimizando los recursos presupuestales autorizados.

  BECAS Y CAPACITACION

¡ Se ajustará el programa de capacitación con orientación exclusiva a la formación profesional y/o actualización de los servidores públicos, en materias que estén directamente relacionadas con el ejercicio de sus funciones, estableciendo convenios con instituciones públicas y/o privadas de educación superior, aprovechando las instalaciones propias de las instituciones o del Consejo.

¡ Se revisarán las políticas de otorgamiento de becas y cursos de capacitación, a efecto de que únicamente se otorguen las directamente relacionadas con el ejercicio de las funciones, verificando que el impacto de éstas en las labores del Consejo de la Judicatura Federal sea al máximo posible.

¡ Los años sabáticos a jueces de Distrito y magistrados de Circuito, se autorizarán por el Pleno Consejo de la Judicatura Federal, condicionado a la existencia de disponibilidad presupuestal.

  EDIFICIOS Y LOCALES

¡ Se evitará en lo posible, la contratación de nuevos arrendamientos, buscando la optimización de espacios en los inmuebles del Consejo.

  MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION

¡ Sólo se adquirirá el mobiliario y equipo de administración necesario, dando prioridad a las necesidades para las nuevas instalaciones.

¡ Se adquirirá mobiliario y equipo de administración de reposición, sólo para aquellos casos en que no sea posible atender con mobiliario rehabilitado.

  VEHICULOS

¡ La asignación de los vehículos a las unidades administrativas se sujetará a los requerimientos mínimos de éstas. El reemplazo de vehículos sólo podrá realizarse cuando los existentes se encuentren siniestrados y la compañía aseguradora haya cubierto la indemnización por ello; cuando el costo de mantenimiento sea superior a los servicios señalados en los manuales de mantenimiento de los fabricantes o los costos de reparación sean superiores al 35% del valor del bien; o cuando los vehículos tengan una antigüedad mínima de cuatro años, a solicitud del interesado.

  TELEFONIA CELULAR Y RADIOLOCALIZACION

¡ Se mantienen las cuotas establecidas para el uso de telefonía celular, quedando a cargo de los usuarios el pago por los excedentes a las cuotas establecidas.

  VESTUARIO Y PRENDAS DE PROTECCION CIVIL

¡ Se reducirá al mínimo indispensable la dotación anual de vestuario y prendas de protección.

  GASTOS DE ORDEN SOCIAL

¡ Las erogaciones por concepto de gastos de orden social, así como por congresos, convenciones, ferias, festivales, exposiciones, espectáculos culturales, conferencias, seminarios de trabajo y demás eventos de naturaleza similar, deberán restringirse a aquellos casos que cumplan con las disposiciones normativas establecidas para este tipo de erogaciones y que justifiquen fehacientemente su vinculación en el cumplimiento de las metas que persigue el Consejo en el desarrollo de sus funciones sustantivas.

¡ Se ajustará el programa de actividades culturales, revisando la racionalidad del gasto.

  VIATICOS Y PASAJES NACIONALES E INTERNACIONALES

¡ Los pasajes nacionales e internacionales para servidores públicos en el desempeño de comisiones y funciones oficiales y viáticos nacionales, se reducirán al mínimo indispensable y se buscará la celebración de convenios tanto con aerolíneas, como hoteles, con la finalidad de contar con descuentos o tarifas preferenciales, con base en el uso de los servicios.

  SERVICIO DE FOTOCOPIADO

¡ Se implementarán medidas restrictivas para este servicio y se instrumentará un mayor control en el uso de fotocopiadoras.

  SERVICIO DE TELEFONIA BASICA

¡ Se establecerán acciones para generar ahorros en el consumo de este servicio, promoviendo entre el personal la necesidad de reducir las llamadas personales.

¡ Se promoverá el uso de los medios electrónicos del Consejo, para la comunicación en el área metropolitana y hacia el interior de la República.

  SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA Y AGUA POTABLE

¡ Se buscarán mecanismos para reducir el consumo de energía eléctrica y agua potable.

  HONORARIOS, ASESORIA, CONSULTORIA, ESTUDIOS E INVESTIGACIONES

¡ La contratación de este tipo de servicio se reducirá al mínimo indispensable, por lo que deberán contar con autorización de la Comisión de Administración, previa opinión de la Secretaría Ejecutiva de Finanzas; con excepción de peritajes que sean autorizados por la Comisión de Administración.

  MATERIALES Y UTILES DE OFICINA

¡ Se establecerán medidas para abatir costos de papelería, a través del uso de la tecnología (correo electrónico certificado) con la finalidad de disminuir los consumibles, principalmente en papelería, hojas membretadas, uso de diskettes, reciclaje de papel, por otros medios de almacenamiento de información.

¡ Se establecerán consumos estándar con la finalidad de contar con una referencia de consumo normal y necesario.

  MATERIALES Y UTILES PARA EL PROCESO EN EQUIPOS Y BIENES INFORMATICOS

¡ Se verificarán las necesidades reales del personal que requiere equipos y bienes informáticos, a efecto de racionalizar las adquisiciones de los mismos.

¡ En el caso de software, se considerarán tanto soluciones comerciales de licencia restringida, como software libre o código abierto, para lo cual se deberá evaluar aquella opción que represente las mejores condiciones en cuanto a uso, costo, beneficio, riesgo e impacto.

¡ Según las funciones de cada área, se priorizará y en su caso se reducirá el uso y pago de las diversas licencias de software.

  SIMPLIFICACION ADMINISTRATIVA

¡ Se simplificarán trámites y normas a efecto de hacer más ágil y transparente la gestión en materia de recursos humanos, materiales y financieros, con el propósito de abatir los costos de los procesos administrativos relacionados con tales recursos.

¡ Se realizará el diagnóstico organizacional, operacional y de aprovechamiento de recursos humanos, para evitar la duplicidad de funciones, o bien la concentración de atribuciones en un solo órgano.

  SERVICIOS DE COMEDOR Y GASTOS DE ALIMENTACION

¡ Se limitará el servicio de comedor exclusivamente a eventos que lleven a cabo los Consejeros.

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- La presente modificación a las disposiciones en materia de austeridad y disciplina presupuestaria entrarán en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  SEGUNDO.- Publíquense la presente modificación en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

  TERCERO.- Lo no previsto y la interpretación de las presentes Disposiciones en Materia de Austeridad y Disciplina Presupuestaria del Consejo de la Judicatura Federal para el Ejercicio Fiscal Dos mil Siete, será resuelto por el Pleno del propio Consejo.

  El LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que esta Modificación a las Disposiciones en Materia de Austeridad y Disciplina Presupuestaria del Consejo de la Judicatura Federal para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Siete, fueron aprobadas por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de veintiuno de marzo de dos mil siete, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Luis María Aguilar Morales, Elvia Díaz de León DHers, María Teresa Herrera Tello, Miguel A. Quirós Pérez y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a veintiuno de marzo de dos mil siete.- Conste.- Rúbrica.


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