CONVOCATORIA al Primer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Jueces de Distrito Especializados en materia Penal y en materia Administrativa, así como para la designación de Jueces de Distrito de Competencia Mixta, es decir, que comprende todas las materias del conocimiento de los Juzgados de Distrito, ordenada por el Acuerdo General 48/2005 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, aprobado el nueve de noviembre de dos mil cinco.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.
CONVOCATORIA AL PRIMER CONCURSO INTERNO DE OPOSICION PARA LA DESIGNACION DE JUECES DE DISTRITO ESPECIALIZADOS EN MATERIA PENAL Y EN MATERIA ADMINISTRATIVA, ASI COMO PARA LA DESIGNACION DE JUECES DE DISTRITO DE COMPETENCIA MIXTA, ES DECIR, QUE COMPRENDE TODAS LAS MATERIAS DEL CONOCIMIENTO DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO, ORDENADA POR EL ACUERDO GENERAL 48/2005 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, APROBADO EL NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CINCO.
El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17, 94, párrafo segundo, 97 y 100, párrafos primero, séptimo y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68, 81, fracción II, 105, 108, 112, 114, 116 y 117 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en términos de los lineamientos contenidos en el Acuerdo General 48/2005 del propio Pleno, que fija las bases para el Primer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Jueces de Distrito Especializados en materia Penal y en materia Administrativa, así como para la Designación de Jueces de Distrito de competencia mixta, es decir, que comprende todas las materias del conocimiento de los Juzgados de Distrito, emite la siguiente
CONVOCATORIA
PRIMERO.- TIPO DE CONCURSO Y NUMERO DE PLAZAS SUJETAS A EL.- El concurso será interno de oposición para cubrir diez plazas en Juzgados de Distrito en materia penal, diez en Juzgados de Distrito en materia administrativa y quince en Juzgados de Distrito que conocen de todas las materias.
SEGUNDO.- PARTICIPANTES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR.- En el concurso podrán participar los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación que reúnan los siguientes requisitos:
1) Que al día de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación cumplan los requisitos establecidos en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación para ocupar el cargo de Juez de Distrito; y,
2) Que tengan una antigüedad mínima de siete años de carrera judicial en cuando menos dos de las categorías a las que se refieren las fracciones III a la X del artículo 110 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
En el concurso podrán participar los Secretarios Técnicos del Consejo de la Judicatura Federal que se encuentren en la hipótesis que prevé el Acuerdo General 28/2004 del Pleno del Consejo, siempre y cuando reúnan los requisitos anteriores.
TERCERO.- LUGAR, PLAZO Y DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA INSCRIPCION.- Durante los días hábiles comprendidos del veintinueve de noviembre al catorce de diciembre de dos mil cinco, de las nueve a las quince y de las dieciséis a las dieciocho horas, los interesados en participar en el Primer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Jueces de Distrito Especializados en materia Penal y en materia Administrativa, así como para la Designación de Jueces de Distrito de competencia mixta, es decir, que comprende todas las materias del conocimiento de los Juzgados de Distrito, deberán presentar los siguientes documentos:
1) Formato de información curricular que estará a disposición de los interesados en la página de Internet del Instituto de la Judicatura Federal (http://www.ijf.cjf.gob.mx);
2) Copia certificada del acta de nacimiento, del título y de la cédula profesionales, expedidos por las autoridades competentes;
3) Constancia expedida por la Dirección General de Recursos Humanos del Consejo de la Judicatura Federal o por la correspondiente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el ámbito de su respectiva competencia, que acredite la antigüedad del interesado en el Poder Judicial de la Federación, las categorías desempeñadas en él, así como el período en que se desempeñó en cada una de ellas;
4) Escrito en el que, bajo protesta de decir verdad, manifiesten encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos, no haber sido condenados por delito intencional con sanción privativa de libertad mayor de un año y que cuentan exclusivamente con la nacionalidad mexicana; así como si se les ha seguido algún procedimiento administrativo de responsabilidad y cuál ha sido el resultado;
5) Certificación expedida por la Dirección General de Recursos Humanos del Consejo o la correspondiente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que se exprese que a la fecha de la segunda publicación de la convocatoria en el diario de mayor circulación que al efecto se elija, no existe queja administrativa o denuncia en las que se le haya sancionado por la comisión de una falta catalogada como grave;
6) Escrito en el que se autorice al Consejo de la Judicatura Federal para que, en caso necesario, lleve a cabo investigaciones para corroborar por los medios que juzgue conveniente la información a que se refieren los incisos anteriores.
Los documentos mencionados deberán presentarse en la sede central del Instituto de la Judicatura Federal, ubicada en calle Sidar y Rovirosa 236, colonia Del Parque, delegación Venustiano Carranza, código postal 15960, México, Distrito Federal.
CUARTO.- FORMA DE PUBLICACION DE LA LISTA DE LOS ASPIRANTES ADMITIDOS AL CONCURSO.- El Instituto elaborará la lista de las personas que cumplan con los requisitos exigidos para participar en el concurso y la enviará a la Comisión de Carrera Judicial, la que, a su vez, la hará del conocimiento del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
La lista de los participantes admitidos al concurso se publicará en el Diario Oficial de la Federación y en un diario de circulación nacional, dándose a la primera de las publicaciones efectos de notificación para todos ellos.
QUINTO.- FORMA EN QUE SE IDENTIFICARAN LOS ASPIRANTES.- Durante el desarrollo de cada una de las etapas del concurso los aspirantes podrán identificarse con cualquiera de los siguientes documentos que deberán exhibir necesariamente en original: cédula profesional, credencial del Poder Judicial de la Federación, pasaporte o credencial para votar. En cualquiera de estos casos el documento deberá estar vigente. En caso de no identificarse con alguno de estos documentos no podrán participar en la etapa correspondiente.
SEXTO.- ETAPAS DEL CONCURSO, FORMAS DE EVALUACION Y REGLAS RELATIVAS A LOS COMITES Y JURADOS.- El concurso constará de las siguientes etapas:
1a. Etapa.- Cuestionario Escrito.
Esta etapa del concurso a que se refiere el artículo 114, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, consistirá en la resolución de un cuestionario escrito que, de acuerdo con lo que establece el artículo 116 de la ley citada, será elaborado por el Comité a que se refiere este último artículo, y se integrará, en términos del Reglamento correspondiente, por un Consejero que lo presidirá, un Juez de Distrito ratificado y un miembro del Comité Académico del Instituto de la Judicatura Federal que tenga la categoría de Juez de Distrito.
El examen constará de preguntas que formulará el Comité Técnico, que versarán sobre materias que se relacionen con la función de la plaza para la que se concursa y será mantenido en absoluto sigilo.
Con el fin de identificar la plaza para la que concursan, los aspirantes deberán mencionar en el formato de información curricular la materia elegida para ser sometidos al concurso, que puede ser la Penal o la Administrativa, o bien, indicar que eligen una plaza en Juzgado de Distrito que conoce de todas las materias, pero sólo podrán optar por una de ellas. En el caso de que un aspirante manifieste dos o más materias se considerará su participación en la que haya mencionado en primer lugar.
El Instituto de la Judicatura Federal aplicará y evaluará en forma automatizada el cuestionario de esta etapa y comunicará los resultados a la Comisión de Carrera Judicial, quien los revisará y, en su caso, aprobará. La calificación mínima para pasar a la siguiente etapa será de ochenta puntos.
Conforme con lo ordenado en la fracción II, párrafo segundo, del artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, podrán pasar a la siguiente etapa hasta cinco personas por cada una de las vacantes sujetas a concurso.
La lista de los aspirantes admitidos a la segunda etapa se publicará en los estrados de la sede central del Instituto, en cada una de sus extensiones, en el Diario Oficial de la Federación y en un diario de circulación nacional. La publicación en el Diario Oficial de la Federación tendrá efectos de notificación para todos los participantes.
Dentro del improrrogable plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al en que se hubiera publicado en el Diario Oficial de la Federación la lista de los aspirantes admitidos a la segunda etapa, cualquier persona podrá formular por escrito, de manera fundada y respetuosa, las observaciones u objeciones que estime pertinentes en relación con los integrantes de la lista, las cuales se podrán presentar en la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, ubicada en el piso 7 del edificio situado en avenida Insurgentes Sur 2417, colonia San Angel, delegación Alvaro Obregón, código postal 01000, México, Distrito Federal, apoyándolas, con su caso, en las pruebas documentales que se tengan, todo lo cual será tratado en forma confidencial y se dará cuenta con ello a la Comisión de Carrera Judicial.
2a. Etapa.- Caso Práctico y Examen Oral.
Caso Práctico.
El Comité Técnico a que se refiere el artículo 116 de la Ley Orgánica seleccionará y elaborará el caso práctico que se aplicará en la segunda etapa.
Los participantes en el concurso elaborarán el proyecto correspondiente, precisamente, en la materia que hayan elegido para concursar cuando se trate de la materia Penal y de la materia Administrativa. En el caso de los aspirantes que hubiesen optado por una plaza en Juzgado de Distrito que conoce de todas las materias, la materia en la que elaborarán el proyecto de sentencia será la que resulte del sorteo correspondiente.
Para la formulación del proyecto de sentencia los participantes podrán consultar, únicamente, el material que les proporcione el Instituto de la Judicatura Federal. No podrán llevar de su parte ningún material de consulta.
Esta etapa se llevará a cabo en la fecha que al efecto señale la Comisión de Carrera Judicial, la que se dará a conocer oportunamente a los interesados.
La calificación de los casos prácticos estará a cargo del Comité Técnico, de conformidad con el artículo 116 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Para asignar la calificación el Comité considerará, esencialmente:
1.- La aptitud del aspirante para solucionar problemas jurídicos; y
2.- La aptitud del aspirante para redactar resoluciones judiciales.
La evaluación de la sentencia elaborada por los participantes tendrá un valor máximo de setenta por ciento de la calificación final. El resultado de esta evaluación se promediará con el obtenido en el examen oral a que se refiere el artículo 114, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
El Comité citará sólo a los aspirantes que hubiesen obtenido en la elaboración del proyecto de sentencia por lo menos ochenta puntos.
Terminada esta fase del concurso, a los aspirantes se les practicará estudio de personalidad, el cual será elaborado por profesionales especializados del área correspondiente de la Dirección General de Recursos Humanos del Consejo o de la Universidad Nacional Autónoma de México, conforme con las pruebas internacionalmente reconocidas para ese objeto, que será coordinado por el Instituto de la Judicatura Federal y cuyo resultado se guardará en sobre cerrado para su evaluación por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
El estudio en materia de personalidad tendrá como objetivo conocer las cualidades, los valores y las virtudes de los aspirantes, particularmente los relativos a la excelencia, contenidos en el Código de Etica del Poder Judicial de la Federación, a fin de garantizar que en el ejercicio de la función jurisdiccional la designación recaiga en personas en las que se sumen la ética, la confianza y la calidad técnica en beneficio de la impartición de la justicia federal.
Los concursantes a quienes se les practique el estudio de personalidad deberán, asimismo, asistir a los seminarios que organice el Instituto de la Judicatura Federal, relacionados con los criterios que establece el artículo 100 de la Constitución Federal y 105 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para la carrera judicial.
Examen Oral.
En esta fase se integrarán tantos Jurados como sean necesarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 117 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, los cuales se conformarán por un Consejero que lo presidirá, un Juez de Distrito ratificado y una persona designada por el Instituto de la Judicatura Federal de entre los miembros de su Comité Académico.
El examen oral se desarrollará mediante la exposición que realice el aspirante y la respuesta que dé a las preguntas que le formule el Jurado.
Para tal efecto, el Comité Técnico elaborará tarjetas en las que se contengan temas jurídicos específicos que tendrán relación con el caso práctico resuelto y con las cuestiones relativas a la función de Juez de Distrito. El sustentante elegirá al azar una de esas tarjetas y hará una exposición sobre el tema que le corresponda. Posteriormente, cada uno de los integrantes del Jurado formulará preguntas al sustentante sobre el tema desarrollado o realizará las que estime pertinentes que tengan que ver con la función jurisdiccional. Los participantes en esta fase serán examinados por riguroso orden alfabético.
El examen se llevará a cabo en el lugar, días y horarios que señale la Comisión de Carrera Judicial, los que oportunamente se harán del conocimiento, por escrito, de los participantes.
Al finalizar el examen oral se llevará a cabo la evaluación correspondiente por el Jurado o Jurados designados, quienes promediarán las calificaciones otorgadas por cada uno de los tres sinodales. En la evaluación se tomará en cuenta el desarrollo del tema por parte del sustentante, la congruencia en su argumentación, así como el acierto en las respuestas a las interpelaciones que se le formulen y su grado de dificultad. El resultado de la evaluación del examen oral tendrá un valor máximo del treinta por ciento de la calificación final.
SEPTIMO.- La calificación final del concurso se expresará en puntos, dentro de una escala de cero a cien y se integrará con los valores siguientes: caso práctico, setenta por ciento; examen oral, treinta por ciento.
El Instituto de la Judicatura Federal concentrará las calificaciones y las entregará a la Comisión de Carrera Judicial.
En ningún caso podrá ser designado un concursante que haya obtenido una calificación inferior a ochenta puntos.
Cuando el número de aspirantes con calificación final de ochenta puntos o más rebase el número de plazas sujetas a concurso, la Comisión de Carrera Judicial, con fundamento en el artículo 114, fracción III, párrafo segundo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para efectos de desempate, ponderará los cursos que haya realizado e impartido el sustentante en el Instituto de la Judicatura Federal, particularmente los que se refieran a las materias que comprende este concurso especializado (penal y administrativa) y en las otras materias, así como otros cursos de actualización y especialización en esas materias que los concursantes hayan acreditado e impartido en otras instituciones; el resultado del estudio de personalidad, el grado académico y la antigüedad en la carrera judicial.
La Comisión de Carrera Judicial elaborará la lista de triunfadores y la someterá al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para su aprobación, tomando en cuenta todos los elementos recabados en el concurso que han quedado descritos en estas bases.
El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, si lo considera pertinente, citará a los participantes que hayan obtenido como mínimo ochenta puntos de calificación.
El resultado se publicará en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, en los estrados de la sede central del Instituto y sus extensiones, así como en un diario de circulación nacional, asignándose a la primera de las publicaciones el carácter de notificación para todos los participantes.
OCTAVO.- FACULTAD DE REVISAR Y VERIFICAR LA AUTENTICIDAD DE LA DOCUMENTACION.- El Consejo de la Judicatura Federal tendrá en todo momento la facultad de revisar la documentación generada en el concurso, así como de verificar su autenticidad.
NOVENO.- PROHIBICION DE REALIZAR GESTIONES PERSONALES.- Durante el desarrollo del concurso los participantes deberán abstenerse de realizar gestión personal alguna, relacionada con el concurso a que se refiere este acuerdo, ante los miembros del Consejo de la Judicatura Federal, del Instituto de la Judicatura Federal o ante los Comités y Jurados que intervengan en el concurso.
DECIMO.- ADSCRIPCION.- Los vencedores designados serán adscritos por el Consejo de la Judicatura Federal en términos del artículo 119 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de acuerdo con las necesidades del servicio y con las posibilidades presupuestales del propio Consejo, en los tiempos en que el Pleno lo considere oportuno.
DECIMO PRIMERO.- INSTANCIAS FACULTADAS PARA RESOLVER LAS CIRCUNSTANCIAS NO PREVISTAS.- Las circunstancias no previstas en la ley, en el acuerdo general o en esta convocatoria, serán resueltas por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, la Comisión de Carrera Judicial, el Comité Técnico y los Jurados del concurso, según su ámbito de competencia.
DECIMO SEGUNDO.- La inscripción al concurso implicará que los interesados consienten las bases de la presente convocatoria.
TRANSITORIO
UNICO.- Publíquese la presente Convocatoria por una vez en el Diario Oficial de la Federación y por dos veces en uno de los diarios de mayor circulación nacional, con un intervalo de cinco días hábiles entre cada publicación, en cumplimiento de lo ordenado por el artículo 114, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
LA LICENCIADA GUADALUPE MARGARITA ORTIZ BLANCO, SECRETARIA EJECUTIVA DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS, CERTIFICA: Que esta Convocatoria al Primer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Jueces de Distrito Especializados en materia Penal y en materia Administrativa, así como para la Designación de Jueces de Distrito de competencia mixta, es decir, que comprende todas las materias del conocimiento de los Juzgados de Distrito, ordenada por el Acuerdo General 48/2005 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, aprobado el nueve de noviembre de dos mil cinco, fue aprobada por la Comisión de Carrera Judicial en sesión de quince de noviembre de dos mil cinco, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Luis María Aguilar Morales, Adolfo O. Aragón Mendía y Constancio Carrasco Daza.- México, Distrito Federal, a quince de noviembre de dos mil cinco.- Conste.- Rúbrica.
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 18 de noviembre de 2005
Viernes 18 de noviembre de 2005 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
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