DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Modificaciones a las disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2006 en los que las administradoras de fondos para el retiro, sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro y empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones   

Miércoles 01 de Febrero 2006

MODIFICACIONES a las disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2006 en los que las administradoras de fondos para el retiro, sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro y empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones.  
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

  MODIFICACIONES A LAS DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL QUE SEÑALAN LOS DIAS DEL AÑO 2006 EN LOS QUE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, DEBERAN CERRAR SUS PUERTAS Y SUSPENDER OPERACIONES.

  El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en los artículos 12 fracciones I, II, VIII y XVI, 90 fracción XI y 94 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, 26 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional y 74 de la Ley Federal del Trabajo, y

CONSIDERANDO

  Que el 17 de enero de 2006 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, que establece los días de descanso obligatorio;

  Que se hace necesario adecuar las disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2006 en los que las Administradoras de Fondos para el Retiro, Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro y Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones, ha tenido a bien expedir las siguientes:

MODIFICACIONES A LAS DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL QUE SEÑALAN LOS DIAS DEL AÑO 2006 EN LOS QUE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR, DEBERAN CERRAR SUS PUERTAS Y SUSPENDER OPERACIONES

  UNICA.- Se modifican la primera y segunda de las disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2006 en los que las Administradoras de Fondos para el Retiro, Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro y Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 15 de diciembre de 2005, para quedar en los siguientes términos:

  ?PRIMERA.- Las Administradoras de Fondos para el Retiro, Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro y Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, establecidas en cualquier parte de la República Mexicana, deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones, además de los días sábados y domingos, los siguientes días: el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; 21 de marzo; 13 de abril; 14 de abril; 1 de mayo; 20 de noviembre; 1 de diciembre; 12 de diciembre y 25 de diciembre del año 2006.

  SEGUNDA.- La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, suspenderá sus labores, además de los días sábados y domingos, los días: 21 de marzo; 13 de abril; 14 de abril; 1 de mayo; 5 de mayo; 2 de noviembre; 20 de noviembre; 1 de diciembre, así como el 25 de diciembre del año 2006 y los demás días que señale el calendario oficial a que se refiere el artículo 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.?

TRANSITORIAS

  PRIMERA.- La presente modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  México, D.F., a 26 de enero de 2006.- El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, Mario Gabriel Budebo.- Rúbrica.

     

    En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
    El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor.