NOTA Aclaratoria al Anexo Unico del Acuerdo número 290/2005 del H. Consejo Técnico, por el que se aprueban los plazos máximos de resolución y vigencia de ésta, así como los datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar, respectivamente, a los trámites que aplica el Instituto Mexicano del Seguro Social, a través de la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, cuando dicha información no esté prevista en la Ley del Seguro Social, sus reglamentos y disposiciones aplicables de manera supletoria, publicado el 10 de febrero de 2006.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social.- Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social.- Coordinación de Mejora Continua de Procesos Recaudatorios.
NOTA ACLARATORIA O AVISO MODIFICATORIO
De conformidad con la publicación del Acuerdo 290/2005, del H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, por el que se aprueban los plazos máximos de resolución y la vigencia de ésta, así como los datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar, respectivamente, a los trámites que aplica este Instituto, a través de la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, se da a conocer esta Nota Aclaratoria al Anexo Unico, con sus modificaciones que forma parte del Acuerdo 290/2005 señalado, dejando sin efectos el Anexo Unico publicado en la fecha arriba indicada.
México D.F., a 17 de febrero de 2006.- El Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, José Antonio Alvarado Ramírez.- Rúbrica.
ANEXO UNICO
Anexo Unico por el que se establecen los plazos máximos de resolución y vigencia de ésta, así como de los datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar respectivamente, a los trámites que aplica el Instituto Mexicano del Seguro Social, a través de la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 69-M y 69-O de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
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