Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 1/2008, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, POR EL QUE SE REFORMA EL DIVERSO ACUERDO GENERAL 24/2004, QUE FIJA LAS BASES PARA LA DESINCORPORACION DE TODA CLASE DE BIENES MUEBLES EN EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo; de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 68 y 81, fracciones II y XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones, así como establecer la normativa y los criterios para modernizar las estructuras orgánicas, los sistemas y procedimientos administrativos internos, así como los de servicios al público;
SEGUNDO.- Por Acuerdo General 24/2004, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de abril de dos mil cuatro, se fijaron las bases para la desincorporación de toda clase de bienes muebles en el propio Consejo;
TERCERO.- Ante la imposibilidad de que la norma general pueda prever y comprender en sus disposiciones todas las hipótesis fácticas que implican su aplicación, y atendiendo a que la administración del Poder Judicial de la Federación debe ser de tal manera dinámica que permita a las diferentes áreas del Consejo de la Judicatura Federal cumplir en forma eficaz con las facultades y obligaciones encomendadas, se hace necesario regular lo referente a la temporalidad para la adquisición de vehículos de apoyo propiedad del Consejo de la Judicatura Federal, que tuvieran asignados para su servicio los servidores públicos, determinando que después de cuatro años de uso podrán ser comprados por éstos, o bien, tratándose de los consejeros, al término de su encargo, por cualquier causa.
En consecuencia, con fundamento en los artículos constitucionales y legales invocados, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
UNICO.- Se reforma el artículo 33, inciso a), fracción I, párrafo segundo, del Acuerdo General 24/2004, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Fija las Bases para la Desincorporación de Toda Clase de Bienes Muebles en el Consejo de la Judicatura Federal, para quedar como sigue:
"Artículo 33.- DE LAS VENTAS INTERNAS.- Las Areas Operativas ...
a) Invitaciones:
I. Los bienes muebles ...
Los vehículos de apoyo podrán ser enajenados directamente a los servidores públicos que los hayan tenido asignados, después de por lo menos cuatro años de uso, o bien, tratándose de aquéllos asignados a los consejeros de la Judicatura Federal, al término de su encargo, por cualquier causa, siempre que el vehículo haya sido adquirido al menos un año antes de la fecha de separación. Para tal efecto, se concede un plazo máximo de cinco días hábiles, a partir del ofrecimiento formal al asignatario, para que manifieste si se encuentra interesado en su adquisición, de acuerdo a la fórmula de valuación a que se refiere el artículo 34, fracción I, de este Acuerdo General.
II. ..."
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- El texto de esta reforma deberá integrarse de inmediato al Acuerdo General 24/2004, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Fija las Bases para la Desincorporación de Toda Clase de Bienes Muebles en el Consejo de la Judicatura Federal.
TERCERO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 1/2008, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se Reforma el Diverso Acuerdo General 24/2004, que Fija las Bases para la Desincorporación de Toda Clase de Bienes Muebles en el Consejo de la Judicatura Federal, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de veintitrés de enero de dos mil ocho, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Luis María Aguilar Morales, Elvia Díaz de León D'Hers, María Teresa Herrera Tello, Indalfer Infante Gonzales, Jorge Moreno Collado y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a treinta de enero de dos mil ocho.- Conste.- Rúbrica.
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