DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 64/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, con residencia en la ciudad del mismo nombre y de la oficina de correspondencia común de los Juzgados de Distrito en la entidad y sede indicadas

Martes 28 de Octubre 2008
ACUERDO General 64/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, con residencia en la ciudad del mismo nombre y de la oficina de correspondencia común de los
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 64/2008, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE DOMICILIO DEL JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TLAXCALA, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DEL MISMO NOMBRE Y DE LA OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMUN DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN LA ENTIDAD Y SEDE INDICADAS.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
TERCERO.- El artículo 17 constitucional consagra el derecho que toda persona tiene a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, lo cual hace necesario que los órganos jurisdiccionales se encuentren en condiciones físicas convenientes para garantizar la impartición de justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, como lo ordena el precepto constitucional invocado; por cuya razón, el Consejo de la Judicatura Federal estima conveniente realizar el cambio de domicilio del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, con residencia en la ciudad del mismo nombre y de la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en la entidad y sede indicadas.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales señaladas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- Se autoriza el cambio de domicilio del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, con residencia en la ciudad del mismo nombre y de la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de la entidad y sede indicadas.
SEGUNDO.- El nuevo domicilio del órgano jurisdiccional y oficina de correspondencia común en cita será el ubicado en Segunda Privada de Cedros número 9, colonia San Buenaventura Atempan, código postal 90010, Tlaxcala, Tlaxcala.
TERCERO.- El Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, con residencia en la ciudad del mismo nombre y la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en la entidad y sede indicadas, reiniciarán funciones en su nuevo domicilio el veintisiete de octubre del presente año la referida oficina de correspondencia común y el veintiocho del mismo mes y año el mencionado juzgado de Distrito.
CUARTO.- A partir de las fechas señaladas en el punto que antecede, toda la correspondencia, trámites y diligencias relacionados con los asuntos de la competencia del órgano jurisdiccional y oficina de correspondencia común en cita, deberán dirigirse y realizarse en el domicilio precisado en el punto segundo de este acuerdo.
QUINTO.- El Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, con residencia en la ciudad del mismo nombre y la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en la entidad y sede indicadas, conservarán su actual denominación, competencia y jurisdicción territorial.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 64/2008, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, Relativo al Cambio de Domicilio del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, con Residencia en la Ciudad del Mismo Nombre y de la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en la Entidad y Sede Indicadas, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de quince de octubre de dos mil ocho, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Luis María Aguilar Morales, Elvia Díaz de León D'Hers, María Teresa Herrera Tello, Indalfer Infante Gonzales, Jorge Moreno Collado y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a veintisiete de octubre de dos mil ocho.- Conste.- Rúbrica.
 

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