NOTA aclaratoria a la Circular 353/11/OIC/2006, mediante la cual se hace del conocimiento de las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, fideicomisos en los que el fideicomitente sea el Gobierno Federal o una entidad paraestatal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Woods Muebles para Oficina, S.A., publicada el 26 de mayo de 2006.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública.
CIRCULAR 614/11/OIC/2006
NOTA ACLARATORIA A LA CIRCULAR 353/11/OIC/2006, PUBLICADA EL VIERNES 26 DE MAYO DE 2006, MEDIANTE LA CUAL SE HACE DEL CONOCIMIENTO DE LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, FIDEICOMISOS EN LOS QUE EL FIDEICOMITENTE SEA EL GOBIERNO FEDERAL O UNA ENTIDAD PARAESTATAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA WOODS MUEBLES PARA OFICINA, S.A.
Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes.
A fin de cumplimentar debidamente la sanción de tres meses impuesta a la empresa Woods Muebles para Oficina, S.A., mediante resolución contenida en el oficio número 11/OIC/RS/0427/2006 del veintitrés de febrero de dos mil seis, hecha del conocimiento a través de la Circular 007/11/OIC/RS/2006, publicada en el Diario Oficial de la Federación el diecisiete de marzo de dos mil seis, se hace la aclaración que el plazo correcto de inhabilitación debe ser de dos meses diecinueve días y no de dos meses cuatro días, como se señaló en el segundo párrafo, renglón nueve, de la Circular 353/11/OIC/RS/2006, en tal virtud se hace de su conocimiento que dicha empresa no puede participar en la presentación de propuestas, celebración de contratos y/o pedidos con las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, fideicomisos en los que el fideicomitente sea el Gobierno Federal o una entidad paraestatal, así como a las entidades federativas, relativos a adquisiciones, arrendamientos y servicios, con cargo total o parcial a fondos federales, por el plazo de quince días en adición a lo señalado en la Circular de referencia, suspensión que correrá a partir del día siguiente de la publicación de la presente aclaratoria en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, Distrito Federal, a dos de agosto de dos mil seis.- El Titular del Organo Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública, Rubén Lau Rojo.- Rúbrica.
|
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición. El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor. |