ACUERDO CCNO/6/2006 de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión temporal del turno de nuevos asuntos al Primer Tribunal Unitario del Séptimo Circuito, con residencia en Boca del Río, Veracruz.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.
ACUERDO CCNO/6/2006, DE LA COMISION DE CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA EXCLUSION TEMPORAL DEL TURNO DE NUEVOS ASUNTOS AL PRIMER TRIBUNAL UNITARIO DEL SEPTIMO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN BOCA DEL RIO, VERACRUZ.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO.- El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO.- El artículo 81, fracción XXIV, de la citada Ley Orgánica, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, mediante el artículo 65, fracción III, del Acuerdo General 48/1998, del Pleno del propio Consejo;
CUARTO.- En términos de lo dispuesto por el artículo 12, fracción XXIX, del Acuerdo General 5/2000, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, corresponde a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos del propio Consejo, proponer a la Comisión de Creación de Nuevos Organos las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo Circuito haya varios de ellos;
QUINTO.- Mediante Acuerdo General 40/2006, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, se ordenó el inicio de funciones del Segundo Tribunal Unitario del Séptimo Circuito, con sede en Boca del Río, Veracruz. En el punto cuarto del referido acuerdo se excluyó del turno de nuevos asuntos al Primer Tribunal Unitario del Séptimo Circuito, con residencia en Boca del Río, Veracruz, durante el período comprendido del uno de agosto al cuatro de septiembre de dos mil seis, lapso durante el cual el Segundo Tribunal Unitario del Circuito y sede indicados, conocería de los mismos;
SEXTO.- La Comisión de Creación de Nuevos Organos advierte que el número de asuntos radicados en el Primer Tribunal Unitario del Séptimo Circuito, con sede en Boca del Río, Veracruz, excede a los del Segundo Tribunal Unitario del Circuito y residencia mencionados, por lo que es necesario adoptar medidas conducentes a una administración pronta, completa y eficaz de la justicia federal, mediante el equilibrio de las cargas de trabajo en los órganos jurisdiccionales, razón por la que se considera conveniente excluir del turno de nuevos asuntos al tribunal unitario citado en primer término.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- Se excluye del turno de nuevos asuntos al Primer Tribunal Unitario del Séptimo Circuito, en el periodo comprendido del once de septiembre al cinco de noviembre de dos mil seis, por ende, los asuntos nuevos presentados en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Unitarios del Séptimo Circuito, con residencia en Boca del Río, Veracruz, durante ese período serán del conocimiento del Segundo Tribunal Unitario del Circuito y sede aludidos, con excepción de aquellos asuntos que tengan relación con los que se encuentran en el primer tribunal unitario del Circuito y residencia aludidos; en cuyo caso se turnarán a ese órgano jurisdiccional, con el propósito de aprovechar el conocimiento previo y evitar el pronunciamiento de resoluciones contradictorias, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo General 23/2002 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
SEGUNDO.- Al finalizar el periodo de exclusión otorgado, los titulares de los tribunales unitarios de que se trata deberán informar sobre los resultados obtenidos a la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal.
TERCERO.- El Pleno y la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo, así como cualquier cuestión relacionada con la conclusión anticipada o extensión del plazo previsto en el punto primero de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Este acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
LA LICENCIADA GUADALUPE MARGARITA ORTIZ BLANCO, SECRETARIA EJECUTIVA DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/6/2006, de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión temporal del turno de nuevos asuntos al Primer Tribunal Unitario del Séptimo Circuito, con residencia en Boca del Río, Veracruz, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada extraordinaria celebrada el seis de septiembre de dos mil seis, por los señores Consejeros: Presidente Adolfo O. Aragón Mendía, Elvia Díaz de León DHers y María Teresa Herrera Tello.- México, Distrito Federal, a seis de septiembre de dos mil seis.- Conste.- Rúbrica.
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