DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 57/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de la exclusión del turno de asuntos urgentes de los Juzgados de Distrito en el Estado de Tabasco, con residencia en Villahermosa; así como de la modificación temporal de la jurisdicción territorial de los Juzgados de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Coatzacoalcos, ordenada en el diverso Acuerdo General 49/2007   

Lunes 03 de Diciembre 2007

ACUERDO General 57/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de la exclusión del turno de asuntos urgentes de los Juzgados de Distrito en el Estado de Tabasco, con residencia en Villahermosa; así como de la modificación temporal de la jurisdicción territorial de los Juzgados de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Coatzacoalcos, ordenada en el diverso Acuerdo General 49/2007.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

  ACUERDO GENERAL 57/2007, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA CONCLUSION DE LA EXCLUSION DEL TURNO DE ASUNTOS URGENTES DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TABASCO, CON RESIDENCIA EN VILLAHERMOSA; ASI COMO DE LA MODIFICACION TEMPORAL DE LA JURISDICCION TERRITORIAL DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN EL ESTADO DE VERACRUZ, CON RESIDENCIA EN COATZACOALCOS, ORDENADA EN EL DIVERSO ACUERDO GENERAL 49/2007.

CONSIDERANDO

  PRIMERO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

  SEGUNDO.- El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;

  TERCERO.- El artículo 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 81, fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número de circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana, así como fijar sus límites territoriales a propuesta de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, en términos del artículo 57, fracción I, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo;

  CUARTO.- El artículo 81, fracción XXIV, de la citada Ley Orgánica, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, mediante el artículo 57, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo;

  QUINTO.- La fracción VI del artículo 57, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, establece que a propuesta de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, el Pleno aprobará los proyectos de acuerdo, por medio de los cuales se suspenda el turno de asuntos a determinado órgano jurisdiccional, por causas excepcionales.

  En términos de lo dispuesto por el artículo 72, fracción XXX, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, corresponde a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos del propio Consejo, proponer a la Comisión de Creación de Nuevos Organos las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos;

  SEXTO.- El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, mediante Acuerdo General 49/2007, ordenó la exclusión de asuntos urgentes, de manera indefinida, a los juzgados de Distrito en el Estado de Tabasco, con residencia en Villahermosa; así como de la modificación temporal de la jurisdicción territorial de los juzgados de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Coatzacoalcos. Lo anterior con motivo de las inundaciones que azotaron recientemente a la ciudad primeramente mencionada;

  SEPTIMO.- En virtud del informe elaborado por los titulares de los órganos jurisdiccionales federales, con residencia en Villahermosa, Tabasco, en el que comunican el estado en que se encuentran sus instalaciones y las condiciones de volver a la funcionalidad en la zona, señalan que los juzgados segundo, tercero y cuarto de Distrito en esa localidad, se encuentran con la posibilidad de reanudar la recepción de asuntos urgentes, evitando con ello el traslado de los justiciables a la ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, en términos del acuerdo aludido en el punto anterior; en consecuencia se estima conveniente adoptar medidas conducentes a normalizar, de forma parcial, el reinicio de funciones en ese distrito judicial.

  En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente

ACUERDO

  PRIMERO.- A partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, concluye la exclusión de turno de asuntos de carácter urgente ordenada en el punto Segundo del Acuerdo General 49/2007, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.

  SEGUNDO.- En la fecha precisada en el punto que antecede, los juzgados de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Coatzacoalcos y los juzgados de Distrito en el Estado de Tabasco, con residencia en Villahermosa, recobrarán su jurisdicción de origen establecida en el Acuerdo General 57/2006.

  TERCERO.- En la fecha precisada en el punto primero que antecede, los juzgados segundo, tercero y cuarto de Distrito en el Estado de Tabasco, con residencia en Villahermosa, reiniciarán funciones únicamente para la recepción de asuntos urgentes, conforme al siguiente rol de turno, en horas y días inhábiles, del cuatro al nueve de diciembre estará de turno el juzgado segundo de Distrito; del diez al dieciséis de diciembre estará de turno el juzgado tercero de Distrito; del diecisiete al veintitrés de diciembre lo estará el juzgado cuarto de Distrito; y así sucesivamente.

  Se excluye del turno de asuntos al Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tabasco, con residencia en Villahermosa, de forma indefinida, hasta en tanto sus instalaciones reúnan las condiciones para reanudar labores con normalidad.

  CUARTO.- A partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Tabasco, con residencia en Villahermosa, reanudará funciones únicamente para la recepción y turno de los asuntos de carácter urgente, presentados en horas y días hábiles, y a partir del diez de diciembre reanudará la recepción de todo tipo de asuntos, conforme a lo dispuesto por el Acuerdo General 13/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, antes citado.

  El domicilio provisional de la referida oficina de correspondencia común será el ubicado en Avenida Malecón licenciado Carlos Alberto Madrazo Becerra, número 729, colonia Centro, código postal 86000, Villahermosa, Tabasco.

  QUINTO.- A partir del diez de diciembre de dos mil siete, se reanuda la actividad total en los juzgados de Distrito en el Estado de Tabasco, con residencia en Villahermosa, por lo que se continuará el cómputo de los plazos para las actuaciones judiciales que quedaron suspendidos a partir del día veintinueve de octubre del año en curso, al no haber existido despacho en los citados órganos jurisdiccionales, con excepción del juzgado primero de Distrito, en tanto este último esté en condiciones de reanudar su funcionamiento.

  SEXTO.- Los Juzgados de Distrito del Estado de Veracruz, con residencia en Coatzacoalcos, que conforme al Acuerdo General 49/2007, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, hayan recibido asuntos urgentes de la competencia original de los juzgados de Distrito con sede en Villahermosa, Tabasco, una vez concluidos los trámites urgentes que correspondan, deberán remitirlos para su reparto aleatorio a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Tabasco, con residencia en Villahermosa, de conformidad con los mecanismos de seguridad que para su traslado establezca la Secretaría Ejecutiva de Obra, Recursos Materiales y Servicios Generales del propio Consejo.

  Tratándose de los juicios de amparo, los juzgados de Distrito en Coatzacoalcos deberán continuar con su trámite hasta su conclusión.

  De lo anterior se informará a la Dirección General de Estadística y Planeación Judicial del Consejo de la Judicatura Federal.

  SEPTIMO.- El Pleno y las Comisiones de Creación de Nuevos Organos y de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo.

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- Este acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  SEGUNDO.- La Dirección General de Estadística y Planeación Judicial determinará en el ámbito de su competencia lo relativo al personal y funcionamiento de la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Tabasco, con residencia en Villahermosa.

  TERCERO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.

  EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 57/2007, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, Relativo a la Conclusión de la Exclusión del Turno de Asuntos Urgentes de los Juzgados de Distrito en el Estado de Tabasco, con Residencia en Villahermosa; así como de la Modificación Temporal de la Jurisdicción Territorial de los Juzgados de Distrito en el Estado de Veracruz, con Residencia en Coatzacoalcos, ordenada en el Diverso Acuerdo General 49/2007, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de veintiocho de noviembre de dos mil siete, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Luis María Aguilar Morales, Elvia Díaz de León DHers, María Teresa Herrera Tello, Indalfer Infante Gonzales, Miguel A. Quirós Pérez y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a veintiocho de noviembre de dos mil siete.- Conste.- Rúbrica.


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