ACUERDO CCNO/7/2007 de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la prórroga del plazo de exclusión del turno de nuevos asuntos al Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, con residencia en Tepic, Nayarit, así como de la modificación temporal de la jurisdicción territorial de los Tribunales Colegiados del Decimosegundo Circuito, con residencia en Mazatlán, Sinaloa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.
ACUERDO CCNO/7/2007, DE LA COMISION DE CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA PRORROGA DEL PLAZO DE EXCLUSION DEL TURNO DE NUEVOS ASUNTOS AL TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CUARTO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN TEPIC, NAYARIT, ASI COMO DE LA MODIFICACION TEMPORAL DE LA JURISDICCION TERRITORIAL DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DEL DECIMOSEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN MAZATLAN, SINALOA.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO.- El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO.- El artículo 81, fracción XXIV, de la citada Ley Orgánica, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, de conformidad con lo ordenado en el artículo 57, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
CUARTO.- En términos de lo dispuesto por el artículo 72, fracción XXX, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, corresponde a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos, proponer a la Comisión de Creación de Nuevos Organos las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo Circuito haya varios de ellos;
QUINTO.- Mediante Acuerdo General 32/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, publicado el catorce de septiembre de dos mil siete en el Diario Oficial de la Federación, se ordenó la exclusión del turno de nuevos asuntos del Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, con residencia en Tepic, Nayarit y la modificación temporal de la jurisdicción territorial de los Tribunales Colegiados del Decimosegundo Circuito, con residencia en Mazatlán, Sinaloa. En el punto primero del referido acuerdo se ordenó que la medida comprendería del diecisiete de septiembre al treinta de noviembre de dos mil siete, lapso durante el cual los Tribunales Colegiados del Decimosegundo Circuito, con residencia en Mazatlán, Sinaloa, conocerían de dichos asuntos;
SEXTO.- Las restricciones presupuestales por las que atraviesa el Poder Judicial de la Federación obligan a eficientar al máximo la toma de decisiones mediante la administración integral de los recursos humanos y materiales con que se cuentan, por lo que en las condiciones antes referidas el establecimiento de medidas temporales de apoyo entre órganos jurisdiccionales federales de circuitos judiciales vecinos resultan alternativas necesarias para continuar garantizando con oportunidad el adecuado desempeño de la administración de justicia federal en todo el país y prevenir, en tanto pueden adoptarse otras medidas definitivas, se susciten situaciones más graves en perjuicio de los justiciables;
SEPTIMO.- La Comisión de Creación de Nuevos Organos al advertir que el número de asuntos radicados en el Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, con sede en Tepic, Nayarit, continúa siendo alto y sin que por el momento sea posible emprender otras acciones sustantivas, estima necesario adoptar medidas conducentes a una administración pronta, completa y eficaz de la justicia federal, mediante el equilibrio de las cargas de trabajo en los órganos jurisdiccionales, razón por la que considera conveniente prorrogar la exclusión del turno de nuevos asuntos al Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito y prolongar el apoyo temporal a éste en el trámite y resolución de asuntos por parte de los Tribunales Colegiados del Decimosegundo Circuito.
A fin de facilitar a los justiciables del Estado de Nayarit el seguimiento de la situación que guardan sus expedientes, se hace de su conocimiento que un extracto con carácter informativo de la lista diaria de acuerdos de los Tribunales Colegiados del Decimosegundo Circuito, con residencia en Mazatlán, Sinaloa, se puede consultar en la página internet de la Dirección General de Estadística y Planeación Judicial del Consejo de la Judicatura Federal en la dirección: http://www.dgepj.cjf.gob.mx.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- Se prorroga el plazo de exclusión del turno de nuevos asuntos al Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, con sede en Tepic, Nayarit, así como de la modificación temporal de la jurisdicción territorial de los Tribunales Colegiados del Decimosegundo Circuito, con residencia en Mazatlán, Sinaloa, establecido en el punto primero del Acuerdo General 32/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
El periodo de exclusión para el tribunal colegiado antes citado, comprenderá del uno de diciembre de dos mil siete al veintinueve de febrero de dos mil ocho; por ende, todos los asuntos nuevos presentados en la Oficialía de Partes del Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, con residencia en Tepic, Nayarit, durante ese lapso y con excepción de los asuntos a que se refiere la fracción XI del artículo 95 de la Ley de Amparo que se originen en los juzgados de Distrito en el Estado de Nayarit, continuarán remitiéndose para su trámite y resolución a los cuatro Tribunales Colegiados del Decimosegundo Circuito, con residencia en Mazatlán, Sinaloa.
SEGUNDO.- Al finalizar el periodo de exclusión otorgado, los presidentes de los tribunales colegiados de que se trata deberán informar sobre los resultados obtenidos a la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal.
El presidente del Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, con sede en Tepic, Nayarit, presentará de forma mensual a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos un informe sobre la productividad lograda.
TERCERO.- El Pleno y la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo, así como cualquier cuestión relacionada con la conclusión anticipada o extensión del plazo previsto en el punto primero de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Este acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
LA LICENCIADA MARIA DE LOURDES MARGARITA GARCIA GALICIA, SECRETARIA EJECUTIVA DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/7/2007, de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la prórroga del plazo de exclusión del turno de nuevos asuntos al Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, con residencia en Tepic, Nayarit, así como de la modificación temporal de la jurisdicción territorial de los Tribunales Colegiados del Decimosegundo Circuito, con residencia en Mazatlán, Sinaloa, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el veintidós de noviembre de dos mil siete, por los señores Consejeros: Presidente Miguel A. Quirós Pérez, Indalfer Infante Gonzales y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a veintidós de noviembre de dos mil siete.- Conste.- Rúbrica.
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