Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, POR EL QUE SE REFORMA EL ARTICULO 57 DEL DIVERSO ACUERDO GENERAL QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; asimismo, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. La estructura orgánica de un organismo como el Consejo de la Judicatura Federal, requiere de las constantes transformaciones que adecuen su funcionamiento a las necesidades operativas impuestas por la realidad, para lograr la mayor eficacia en las acciones que despliega el propio Consejo en el objetivo de otorgar las mejores condiciones para que los órganos jurisdiccionales a su cargo, puedan impartir la Justicia Federal con las cualidades de profesionalismo, excelencia, imparcialidad, objetividad e independencia que exige la norma constitucional;
TERCERO. Atendiendo al apremio que implica la ubicación de los órganos jurisdiccionales federales en locales dignos y decorosos para la prestación del servicio a los justiciables, se hace necesario que los cambios de domicilio, por necesidades del servicio, de juzgados de Distrito y tribunales de Circuito en toda la República, y para efectos de dar mayor agilidad a dichos movimientos, se considera necesario que la Comisión de Creación de Nuevos Organos, previa propuesta de la Secretaría Ejecutiva de Obra, Recursos Materiales y Servicios Generales, autorice las acciones para la adecuada y pronta instalación, así como la reubicación de éstos, únicamente dando aviso de ello a la Comisión de Administración.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales señaladas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, expide el siguiente
ACUERDO
UNICO. Se reforma la fracción VIII del artículo 57 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, para quedar como sigue:
"Artículo 57.- Son atribuciones de la Comisión de Creación de Nuevos Organos:
I a VII. ...
VIII. Acordar las acciones tendentes a la adecuada y pronta instalación y cambio de domicilio de los órganos jurisdiccionales, entendido este último, como el cambio de ubicación del órgano jurisdiccional dentro de la misma ciudad o localidad en que se encuentra; para lo cual se dará aviso a la Comisión de Administración.
IX. a XIII."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
TERCERO. La Secretaría Ejecutiva de Vigilancia, Información y Evaluación deberá integrar de inmediato el texto de esta reforma, al Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO
DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se Reforma el Artículo 57 del Diverso Acuerdo General que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del Propio Consejo, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de diecinueve de noviembre de dos mil ocho, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Luis María Aguilar Morales, Elvia Díaz de León D'Hers, María Teresa Herrera Tello, Jorge Moreno Collado y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a cuatro de diciembre de dos mil ocho.- Conste.- Rúbrica.
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