DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 14/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Acuerdo General 24/2004 del propio Organo Colegiado, que fija las bases para la desincorporación de toda clase de bienes muebles en el Consejo de la Judicatura Federal

Lunes 13 de Abril 2009
ACUERDO General 14/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Acuerdo General 24/2004 del propio Organo Colegiado, que fija las bases para la desincorporación de toda clase de bienes
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 14/2009, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ACUERDO GENERAL 24/2004 DEL PROPIO ORGANO COLEGIADO, QUE FIJA LAS BASES PARA LA DESINCORPORACION DE TODA CLASE DE BIENES MUEBLES EN EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracciones II y XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones, así como establecer la normativa y los criterios para modernizar las estructuras orgánicas, los sistemas y procedimientos administrativos internos, así como los de servicios al público;
SEGUNDO.- Por Acuerdo General 24/2004, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de abril de dos mil cuatro, se fijaron las bases para la desincorporación de toda clase de bienes muebles en el propio Consejo;
TERCERO.- Ante la imposibilidad de que la norma general pueda prever y comprender en sus disposiciones todas las hipótesis fácticas que implican su aplicación, y atendiendo a que la administración del Poder Judicial de la Federación debe ser de tal manera dinámica que permita a las diferentes áreas del Consejo de la Judicatura Federal cumplir en forma eficaz con las facultades y obligaciones encomendadas, se hace necesario establecer la posibilidad de desincorporar los equipos de cómputo portátiles y de escritorio asignados a los consejeros de la Judicatura Federal, mediante su venta directamente a éstos al término de su encargo, por cualquier causa; o bien, su reasignación, cuando el consejero al que hubiera estado asignado concluya su mandato, y continúe en diversa función como servidor público del Poder Judicial de la Federación.
En consecuencia, con fundamento en los artículos constitucionales y legales invocados, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
UNICO.- Se reforma el artículo 3, fracciones II y III; y se adicionan los artículos 3, con una fracción IV, 4 con un párrafo segundo, recorriéndose en su orden los actuales párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto, para pasar a ser tercero, cuarto, quinto y sexto, 33, inciso a), fracción I, con un tercer párrafo del Acuerdo General 24/2004, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Fija las Bases para la Desincorporación de Toda Clase de Bienes Muebles en el Consejo de la Judicatura Federal, para quedar como sigue:
"Artículo 3.- ...
I.     ...
 
II.     Cuando los bienes muebles por su estado físico, derivado de accidentes, deterioro acelerado o terminación de su vida útil, no resulten útiles, funcionales o que no se requieran para el servicio al cual se les destinó o sea inconveniente seguirlos utilizando;
III.    También deberán desincorporarse aquellos bienes muebles que hayan sido robados, extraviados o dañados por siniestros, accidentes o deterioro acelerado; y
IV.   Tratándose de vehículos de apoyo y equipos de cómputo portátiles y de escritorio asignados los consejeros de la Judicatura Federal, podrán desincorporarse al término de su encargo.
Artículo 4.- REASIGNACION, REHABILITACION O REAPROVECHAMIENTO. ...
Los equipos de cómputo portátiles y de escritorio asignados a los consejeros de la Judicatura Federal, que al término de su encargo continúen como servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, podrán ser reasignados directamente a éstos.
...
Artículo 33.- DE LAS VENTAS INTERNAS.- Las Areas Operativas ...
a)    Invitaciones:
I.    Los bienes muebles ...
      Los vehículos de apoyo ...
      Los equipos de cómputo portátiles y de escritorio asignados a los consejeros de la Judicatura Federal podrán ser enajenados directamente a éstos al término de su encargo, por cualquier causa. Para tal efecto, se concede un plazo máximo de cinco días hábiles, a partir del ofrecimiento formal al asignatario, para que manifieste si se encuentra interesado en su adquisición.
II.  a IV. ...
b)    Subasta
I.  a III. ...
      Si quedasen vehículos ...
      Agotado este último procedimiento, ..."
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
TERCERO.- La Secretaría Ejecutiva de Vigilancia, Información y Evaluación, deberá integrar de inmediato, el texto de esta reforma, al Acuerdo General 24/2004, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Fija las Bases para la Desincorporación de Toda Clase de Bienes Muebles en el Consejo de la Judicatura Federal.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO
DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 14/2009, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se Reforman y Adicionan Diversas Disposiciones del Acuerdo General 24/2004 del Propio Organo Colegiado, que Fija las Bases para la Desincorporación de toda Clase de Bienes Muebles en el Consejo de la Judicatura Federal, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de once de marzo de dos mil nueve, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Luis María Aguilar Morales, Juan Carlos Cruz Razo, María Teresa Herrera Tello, Jorge Moreno Collado y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a primero de abril de dos mil nueve.- Conste.- Rúbrica.
 

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