DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Oficio Circular que modifica el similar de fecha 21 de enero de 2009, por el que se expiden los manuales, formatos y medios a través de los cuales las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deben remitir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el inventario actualizado de los bienes con que cuenten y las copias de las pólizas correspondientes a sus programas de aseguramiento, conforme el primer párrafo del artículo quinto transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009

Viernes 08 de Mayo 2009
OFICIO Circular que modifica el similar de fecha 21 de enero de 2009, por el que se expiden los manuales, formatos y medios a través de los cuales las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deben remitir a la Secretaría de Hacienda
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social.- Oficio Circular.
CC. Titulares de las dependencias y entidades
de la Administración Pública Federal
Con fundamento en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Quinto Transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009; 32, fracción XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; los Lineamientos para la contratación de seguros sobre bienes patrimoniales, a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 1994; los Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en los procedimientos de contratación de seguros de bienes patrimoniales y de personas, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 1997; los Lineamientos relativos a la contratación de seguros sobre bienes patrimoniales y de personas que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 24 de octubre de 2003, así como el Oficio Circular por el que se expiden los manuales, formatos y medios a través de los cuales las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deben remitir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el inventario actualizado de los bienes con que cuenten y las copias de las pólizas correspondientes a sus Programas de Aseguramiento, conforme al primer párrafo del artículo quinto transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, y
CONSIDERANDO
Que con motivo de las diferentes medidas adoptadas por el Gobierno Federal en materia de salud y educativa, las dependencias y entidades han otorgado facilidades a su personal para no asistir a laborar ante la alerta sanitaria y situaciones de emergencia que de ella derivan, y
Que siendo necesario homologar las determinaciones administrativas a cargo de esta Unidad con las medidas citadas, he tenido a bien expedir el siguiente:
OFICIO CIRCULAR QUE MODIFICA EL SIMILAR DE FECHA 21 DE ENERO DE 2009, POR EL QUE SE
EXPIDEN LOS MANUALES, FORMATOS Y MEDIOS A TRAVES DE LOS CUALES LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL DEBEN REMITIR A LA SECRETARIA DE
HACIENDA Y CREDITO PUBLICO EL INVENTARIO ACTUALIZADO DE LOS BIENES CON QUE
CUENTEN Y LAS COPIAS DE LAS POLIZAS CORRESPONDIENTES A SUS PROGRAMAS DE
ASEGURAMIENTO, CONFORME EL PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO QUINTO TRANSITORIO DEL
DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009
Artículo Unico.- Se modifica el Artículo Primero del Oficio Circular por el que se expiden los manuales, formatos y medios a través de los cuales las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deben remitir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el inventario actualizado de los bienes con que cuenten y las copias de las pólizas correspondientes a sus Programas de Aseguramiento, conforme el primer párrafo del artículo quinto transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, en los siguientes términos:
"Artículo Primero.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán remitir, a más tardar el 31 de mayo de 2009, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la información relativa al inventario actualizado de los bienes con que cuenten, mediante la utilización de los manuales, formatos y medios electrónicos a que se refiere el presente Oficio Circular. En aquellos casos en que los bienes de alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal sufran modificaciones en fecha posterior a su entrega, se deberá remitir la actualización correspondiente de manera inmediata.
Adicionalmente, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal certificarán que la
información reportada se encuentra actualizada, para lo cual deberán enviar escrito dirigido a la Unidad de Seguros, Pensiones y de Seguridad Social de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a más tardar el último día hábil de los meses de junio y diciembre del año en curso."
Atentamente
México, D.F., a 29 de abril de 2009.- El Titular de la Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social, Manuel Lobato Osorio.- Rúbrica.
 

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