Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 15/2009, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, POR EL QUE SE ADICIONA EL DIVERSO ACUERDO GENERAL 57/2006, RELATIVO A LA DETERMINACION DEL NUMERO Y LIMITES TERRITORIALES DE LOS CIRCUITOS EN QUE SE DIVIDE LA REPUBLICA MEXICANA; Y AL NUMERO, A LA JURISDICCION TERRITORIAL Y ESPECIALIZACION POR MATERIA DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS Y UNITARIOS DE CIRCUITO Y DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO, A FIN DE INCORPORAR EL NUEVO MUNICIPIO DE TULUM, QUINTANA ROO, AL DISTRITO JUDICIAL DE CANCUN EN EL VIGESIMO SEPTIMO CIRCUITO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción ll, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
TERCERO. La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación señala en sus artículos 81, fracciones IV, V, VI, y 144, párrafo segundo, que corresponde al Consejo de la Judicatura Federal determinar el número y límites territoriales de los Circuitos en que se divida el territorio de la República Mexicana, así como el número y, en su caso, especialización por materia de los tribunales colegiados, tribunales unitarios y juzgados de Distrito en cada uno de dichos Circuitos;
CUARTO. En ejercicio de la atribución anterior, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expidió el Acuerdo General 57/2006, Relativo a la Determinación del Número y Límites Territoriales de los Circuitos en que se Divide la República Mexicana; y al Número, a la Jurisdicción Territorial y Especialización por Materia de los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y de los Juzgados de Distrito, publicado en el Diario Oficial de la Federación el cuatro de septiembre de dos mil seis;
QUINTO. La Honorable XII Legislatura Constitucional del Estado de Quintana Roo, mediante Decreto 008 publicado el diecinueve de mayo de dos mil ocho en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa, reformó y adicionó diversos artículos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, acordando la creación del Municipio de Tulum y disponiendo, en su artículo tercero transitorio, reformado por el diverso Decreto 16 publicado el nueve de junio de dos mil ocho, que las autoridades constitucionales del ayuntamiento electo se instalarían en ceremonia pública y solemne el uno de abril de dos mil nueve.
En consecuencia, a fin de dar seguridad jurídica a la población de esa entidad federativa, resulta necesario actualizar el referido Acuerdo General 57/2006 a fin de incorporar a dicho ordenamiento la mención del nuevo municipio de Tulum y precisar lo conducente respecto a la competencia territorial que sobre este deben ejercer los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación;
SEXTO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión celebrada el quince de abril de dos mil nueve, aprobó el estudio relativo a la modificación del Acuerdo General 57/2006, para la incorporación del nuevo municipio de Tulum, Quintana Roo, al Distrito Judicial de Cancún, en el Vigésimo Séptimo Circuito.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
UNICO. Se adiciona el punto CUARTO, apartado XXVII.- VIGESIMO SEPTIMO CIRCUITO, párrafo segundo, del Acuerdo General 57/2006, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, Relativo a la Determinación del Número y Límites Territoriales de los Circuitos en que se Divide la República Mexicana; y al Número, a la Jurisdicción Territorial y Especialización por Materia de los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y de los Juzgados de Distrito, a fin de incorporar la mención del municipio de Tulum, Quintana Roo, para quedar como sigue:
"CUARTO.-...
I. a XXVI...
XXVII.- VIGESIMO SEPTIMO CIRCUITO:
...
Los juzgados de Distrito en el Estado de Quintana Roo, con residencia en Cancún, ejercerán jurisdicción territorial en el distrito judicial conformado por los municipios de: Benito Juárez, Cozumel, Isla Mujeres, Lázaro Cárdenas, Solidaridad y Tulum."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
TERCERO. La Secretaría Ejecutiva de Vigilancia, Información y Evaluación, deberá integrar de inmediato, el texto de esta reforma, al Acuerdo General 57/2006, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, Relativo a la Determinación del Número y Límites Territoriales de los Circuitos en que se Divide la República Mexicana; y al Número, a la Jurisdicción Territorial y Especialización por Materia de los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y de los Juzgados de Distrito.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 15/2009, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se Adiciona el Diverso Acuerdo General 57/2006, Relativo a la Determinación del Número y Límites Territoriales de los Circuitos en que se Divide la República Mexicana; y al Número, a la Jurisdicción Territorial y Especialización por Materia de los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y de los Juzgados de Distrito, a fin de incorporar el Nuevo Municipio de Tulum, Quintana Roo, al Distrito Judicial de Cancún en el Vigésimo Séptimo Circuito, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de quince de abril de dos mil nueve, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Luis María Aguilar Morales, Juan Carlos Cruz Razo, María Teresa Herrera Tello, César Alejandro Jáuregui Robles, Jorge Moreno Collado y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a siete de mayo de dos mil nueve.- Conste.- Rúbrica.
|
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición. El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor. |