Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA EL ARTICULO 105 Y LAS FRACCIONES I, II, III, V y VI DEL ARTICULO 106, DEL DIVERSO ACUERDO GENERAL QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;
SEGUNDO.- Asimismo, de conformidad con el artículo 81, fracciones II y XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal tiene la facultad de expedir los reglamentos interiores en materia administrativa, todos aquellos acuerdos generales que sean necesarios para el adecuado ejercicio de sus atribuciones y establecer la normativa y los criterios para modernizar las estructuras orgánicas, los sistemas y procedimientos administrativos internos;
TERCERO.- El nueve de agosto de dos mil seis, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó el Acuerdo General que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el tres de octubre del mismo año y vigente a partir del día dieciséis siguiente. En dicho Acuerdo General se establecen las distintas áreas que componen la estructura del Consejo y se determinan sus atribuciones de forma particularizada, entre otras, las de la Dirección General de Gestión Administrativa, encargada de atender los requerimientos de apoyo logístico de los funcionarios del Consejo;
CUARTO.- Por cuestiones logísticas y funcionales, resulta necesario ampliar las atribuciones que tiene a su cargo esa Dirección General, para incorporar las labores de apoyo a los Consejeros de la Judicatura Federal en las visitas que, en cumplimiento de las diversas actividades que tienen encomendadas, llevan a cabo a los distintos órganos jurisdiccionales que componen al Poder Judicial de la Federación; asimismo, se requiere asignarle expresamente las funciones de trámite de documentación diplomática que sea necesaria para el desempeño de las comisiones de los Consejeros; encomendarle la función de traslado de documentos oficiales y confidenciales cuando así lo soliciten los Consejeros, y atribuirle la realización de otras actividades auxiliares que le requiera la Presidencia del Consejo.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales antes señaladas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
UNICO.- Se reforman el artículo 105 y las fracciones I, II, III, V y VI del artículo 106, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, para quedar como sigue:
"Artículo 105.- La Dirección General de Gestión Administrativa será la encargada de atender los requerimientos de atención y apoyo a los Consejeros o a las personas que éstos determinen.
Artículo 106.- El titular de la Dirección General de Gestión Administrativa tendrá las siguientes atribuciones:
I. Realizar las acciones encaminadas a la atención de los Consejeros o de las personas que éstos determinen, en sus compromisos y trámites con los sectores público, social y privado;
II. Brindar el apoyo logístico necesario a los Consejeros durante las visitas que les corresponda realizar a los órganos jurisdiccionales de los Circuitos en que se divide el Poder Judicial de la Federación, con el auxilio de la Dirección General de Administración Regional; así como otorgar, cuando lo soliciten los propios Consejeros, la asistencia y traslado que requieran en sus comisiones y eventos;
III. Auxiliar y proporcionar apoyo a los Consejeros en los trámites administrativos y legales ante toda
clase de autoridades, instituciones públicas y privadas, particulares y unidades administrativas del Consejo; así como brindar asistencia a los Consejeros en el trámite de toda la documentación necesaria para los viajes de comisión en las oficinas diplomáticas y ante la Secretaría de Relaciones Exteriores;
IV. ...
V. Proporcionar a los Consejeros la información, orientación, formatos e instructivos que sean necesarios para efectuar trámites administrativos y legales, así como el traslado de documentos oficiales y confidenciales, cuando así lo soliciten;
VI. Realizar actividades auxiliares para la Presidencia, y dar cuenta al Presidente de todos los asuntos que le hayan sido turnados o que el Presidente le haya encomendado;
VII. ..."
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
TERCERO.- La Secretaría Ejecutiva de Vigilancia, Información y Evaluación, deberá integrar de inmediato el texto de esta reforma, al Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reforma el Artículo 105 y las Fracciones I, II, III, V y VI del Artículo 106, del Diverso Acuerdo General que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, fue aprobado por el Pleno del Consejo, en sesión ordinaria de primero de julio de dos mil nueve, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Luis María Aguilar Morales, Juan Carlos Cruz Razo, César Alejandro Jáuregui Robles, Jorge Moreno Collado y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a cuatro de agosto de dos mil nueve.- Conste.- Rúbrica.
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