DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Anexo 1-A de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada el 7 de agosto de 2009

Miércoles 12 de Agosto 2009
ANEXO 1-A de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada el 7 de agosto de 2009
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Modificación al Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009
"Trámites Fiscales"
Contenido
 
I.     Definiciones
II.    Trámites
Código Fiscal de la Federación
1/CFF a 4/CFF...............................................................................................................
5/CFF      Solicitud de devolución de saldos a favor del ISR.
6/CFF      Solicitud de devolución de saldos a favor del IVA.
7/CFF      Solicitud de devolución de saldos a favor del IMPAC.
8/CFF      Solicitud de devolución de saldos a favor IEPS (Crédito Diesel e IEPS Alcohol)
9/CFF      Solicitud de devolución de pago de lo indebido.
10/CFF     Solicitud de devolución de saldos a favor del IETU.
11/CFF     Solicitud de devolución de saldos a favor del IDE.
12/CFF     Solicitud de devolución de saldos a favor, Grandes Contribuyentes.
13/CFF     Aviso de compensación de saldos a favor del ISR.
14/CFF     Aviso de compensación de saldos a favor del IVA.
15/CFF     Aviso de compensación de saldos a favor del IMPAC.
16/CFF     Aviso de compensación de saldos a favor del IEPS.
17/CFF     Aviso de compensación de otras contribuciones.
18/CFF     Aviso de compensación de saldos a favor del IETU.
19/CFF     Aviso de compensación de saldos a favor del IDE.
20/CFF     Aviso de compensación de saldos a favor del ISR, Grandes Contribuyentes.
21/CFF     Aviso de compensación de saldos a favor del IVA, Grandes Contribuyentes.
22/CFF     Aviso de compensación de saldos a favor del IMPAC, Grandes Contribuyentes.
23/CFF     Aviso de compensación de saldos a favor del IEPS, Grandes Contribuyentes.
24/CFF     Aviso de compensación de otras contribuciones, Grandes Contribuyentes.
25/CFF a 62/CFF............................................................................................................
63/CFF     Aviso para presentar dictamen por enajenación de acciones, los avisos para presentar dictamen fiscal, y las cartas de presentación, la declaratoria formulada con motivo de devolución de IVA
64/CFF a 70/CFF ...........................................................................................................
71/CFF     Solicitud de autorización para pagar adeudos en parcialidades o diferido
72/CFF a 74/CFF ...........................................................................................................
75/CFF     Obtención del certificado de FIEL.
76/CFF a 92/CFF ...........................................................................................................
93/CFF     Se deroga
94/CFF     Aclaración de requerimientos de obligaciones omitidas (declaraciones)
95/CFF     Aclaración de requerimientos por no presentar solicitud de inscripción o los avisos al RFC o por presentarlos fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales
96/CFF     Aclaración de requerimientos por presentar declaraciones con errores u omisiones de datos
97/CFF     Aclaración sobre créditos fiscales. Adeudo por error aritmético en declaraciones
98/CFF     Aclaración sobre créditos fiscales. Cheque recibido en tiempo y no pagado
99/CFF     Aclaración sobre créditos fiscales. Multas impuestas por las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente
100/CFF   Aclaración sobre créditos fiscales. Por actualización y recargos en créditos fiscales
101/CFF   Aclaración sobre créditos fiscales. Requerimiento de pago total por incumplimiento en el pago en parcialidades
102/CFF a 110/CFF.........................................................................................................
111/CFF   Obtención de la Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC).
 
Impuesto sobre la renta
1/ISR a 32/ISR       .........................................................................................................
33/ISR.     Solicitud de autorización para disminuir pagos provisionales
 
Impuesto al valor agregado
1/IVA a 3/IVA        .........................................................................................................
 
Impuesto especial sobre producción y servicios
1/IEPS a 23/IEPS   .........................................................................................................
24/IEPS    Solicitud de Inscripción al padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas ante el RFC
25/IEPS a 27/IEPS  .........................................................................................................
 
Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos
1/ISTUV               .........................................................................................................
 
Impuesto sobre automóviles nuevos
1/ISAN a 3/ISAN    .........................................................................................................
 
Ley de Ingresos de la Federación
1/LIF a 2/LIF         .........................................................................................................
 
Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se
indican, publicado en el DOF el 30 de octubre de 2003 y modificado mediante Decretos
publicados en el DOF el 12 de enero de 2005, 12 de mayo y 28 de noviembre de 2006
1/DEC a 8/DEC      .........................................................................................................
 
Impuesto empresarial a tasa única
1/IETU a 2/IETU     .........................................................................................................
 
Código Fiscal de la Federación
5/CFF  Solicitud de devolución de saldos a favor del ISR.
 
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas o personas morales.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que correspondan al domicilio fiscal del mismo.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor.
Requisitos:
Ver Tabla 1
Disposiciones jurídicas aplicables:
Art. 22 CFF, Reglas II.2.2.1., II.2.2.6. RMF
 
Tabla 1
Solicitud de devolución de saldos a favor de ISR (Declaración del ejercicio) (Personas M y F)
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS FISICAS 137
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO PROPIO 134
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO DE SUS INTEGRANTES 135
TODOS LOS DEMAS 133
ASALARIADOS
SERVICIOS PROFESIONALES
ARRENDADOR
ACTIVIDAD EMPRESARIAL
ENAJENACION DE BIENES
OTROS INGRESOS
1
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
2
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
4
Original o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
X
X
X
X
X
X
5
Para los casos de declaraciones y pagos del ejercicio 2001 y anteriores:
·    Fotocopia de la declaración del ejercicio normal y/o complementaria(as) donde manifieste el saldo a favor, presentada ante institución bancaria autorizada.
Tratándose de declaraciones provisionales o del ejercicio, presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
6
Original y fotocopia de los comprobantes de impuesto acreditable, retenido o pagado: (constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios en los que consten las retenciones de ISR; comprobantes de impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración Formato 1-A.
Nota:
Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
7
Escrito de opción cuando no se esté obligado a la presentación de la declaración anual con firma autógrafa y sello de recibido por el patrón.
 
 
 
X
 
 
 
 
 
8
Escrito en el que se manifieste la proporción de su participación en la copropiedad y nombre del representante común así como la hoja de trabajo que muestre el cálculo realizado para autodeterminarse la parte que le corresponde de los ingresos por Copropiedad. (Sólo para ejercicio 2002 o cuando derivado del programa de devoluciones automáticas haya resultado con la inconsistencia No. 73).
 
 
 
 
 
X
X
X
X
9
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por Sucursal Bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
10
Las personas morales deben contar con certificado digital de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
 
Notas: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso. Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Solicitud de devolución de saldos a favor de ISR (Declaración del ejercicio) (Personas M. y F.)
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS FISICAS 137
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO PROPIO 134
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO DE SUS INTEGRANTES 135
TODOS LOS DEMAS 133
ASALARIADOS
SERVICIOS PROFESIONALES
ARRENDADOR
ACTIVIDAD EMPRESARIAL
ENAJENACION DE BIENES
OTROS INGRESOS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos, o la solicitud de devolución se haya presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
3
Comprobantes de deducciones personales, cuando sean en exceso o discrepantes con los ingresos o cuando derivado del Programa de Devoluciones automáticas sea requerida su presentación en la ALSC.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
4
Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
X
X
X
X
X
X
5
Papel de trabajo o escrito en el que aclare la integración del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio y en su caso, fotocopia de los pagos provisionales correspondientes.
X
X
X
 
X
X
X
 
X
6
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
X
X
X
 
 
X
X
 
 
7
Para contribuyentes del sector agropecuario: Escrito en el que aclare la determinación de los ingresos exentos, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
 
 
 
X
 
 
8
Escrito en el que se manifieste "bajo protesta de decir verdad" el motivo por el cual no manifestó cantidad en el cuadro correspondiente al IMPAC en la declaración del ejercicio de que se trate, estando obligado.
X
X
X
 
 
X
X
 
 
9
En caso de que el retenedor no haya presentado la declaración informativa, comprobar la relación laboral y/o comercial con la presentación de:
·    Recibo de nómina.
·    Estados de cuenta bancarios con los depósitos por concepto de pago de nómina.
·    Recibos de arrendamiento.
·    Recibos de honorarios.
·    Estados de cuenta bancarios, con las retenciones.
·    Constancia de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidios para el empleo y para la nivelación del ingreso.
 
 
 
X
X
X
 
X
X
10
Escrito en el que se detalle la determinación del ingreso acumulable y no acumulable, por existir diferencias con el determinado por la autoridad.
 
 
 
X
 
 
 
X
 
11
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
12
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
 
X
X
X
X
X
13
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
14
Hoja de trabajo que muestre el cálculo realizado y la tasa aplicada para autodeterminarse el ISR por enajenación de bienes, conforme a lo dispuesto en el artículo 147 de la Ley del ISR, cuando derivado del programa de devoluciones automáticas haya resultado la inconsistencia No. 91.
 
 
 
 
 
 
 
X
 
15
Hoja de trabajo que muestre el cálculo realizado y la forma en que efectuó la acumulación de los ingresos por dividendos para autodeterminarse el ISR, cuando derivado del programa de devoluciones automáticas haya resultado con inconsistencia No. 94.*
 
 
 
 
 
 
 
 
X
16
Comprobantes fiscales que amparen las deducciones autorizadas correspondientes a los ingresos obtenidos, cuando derivado del programa de devoluciones automáticas haya resultado.
 
 
 
 
X
X
X
X
X
 
Notas: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor. *Aplica cuando el contribuyente obtenga ingresos por dividendos.
 
6/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor del IVA.
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del mismo.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor.
Requisitos:
Ver Tabla 2
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 22 CFF, Reglas II.2.2.1., II.2.2.2, II.2.2.6., II.5.1.6. II.5.2.1. RMF
 
Tabla 2
Solicitud de devolución de saldos a favor de IVA
No.
DOCUMENTO
CONVENCIONAL
CON DECLARATORIA DE CPR
ALTEX
111
CERTIFICADA
IMMEX116
IMMEX
118
IVA
113
ALTEX
115
CERTIFICADA
IMMEX 117
IMMEX
119
IVA
114
1
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
X
X
X
X
X
X
2
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
X
X
X
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada (para cotejo) y fotocopia del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
X
X
X
X
X
4
Original o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
X
X
X
X
X
5
Original y fotocopia de los comprobantes de impuesto retenido, o pagado (constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios, etc.).
Nota:
Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
X
X
X
X
 
 
 
 
6
Tratándose de solicitudes de devolución del ejercicio 2002, con saldos pendientes de acreditar de ejercicios anteriores, fotocopia de las declaraciones provisionales y del ejercicio (normales y complementarias) del ejercicio fiscal cuyo saldo a favor se acumuló.
X
X
X
X
X
X
X
X
7
Tratándose de declaraciones presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia, deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria.
X
X
X
X
X
X
X
X
8
La información en Unidad de Memoria Extraíble (USB) o disco de 3½ con la relación de proveedores, prestadores de servicios o arrendadores que representen el 80% del valor de sus operaciones y/o la relación de la totalidad de sus operaciones de comercio exterior, se recibirá únicamente para ser capturada en el subsistema.
X
X
X
X
 
 
 
 
9
En su caso, Declaratoria de contador público registrado; tratándose de ejercicios respecto de los cuales se haya presentado Dictamen o haya vencido el plazo para la presentación del mismo, deberá indicar en la Declaratoria la fecha de presentación y folio de aceptación del dictamen correspondiente al mismo ejercicio.
 
 
 
 
X
X
X
X
10
Papeles de trabajo (duplicado), en los cuales demuestre cómo determinó el importe del IVA a reintegrar o incrementar derivado del ajuste, cuando haya elegido la mecánica establecida en el Artículo 4o. De la Ley del IVA. (Aplica para saldos a favor de periodos 2005 en adelante), cuando en el anexo No. 1 del formato 32 y 41 se indiquen importes en los renglones "c" (del recuadro IVA ACREDITABLE DEL PERIODO) y "f" (del recuadro SALDO A FAVOR DE IVA DETERMINADO EN EL PERIODO).
X
X
X
X
X
X
X
X
11
Tratándose de contribuyentes que proporcionen el suministro de agua para uso doméstico, que hayan obtenido la devolución de saldos a favor del IVA deberán presentar la forma oficial 75 "Aviso de destino del saldo a favor de IVA".
X
X
X
X
X
X
X
X
12
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por Sucursal Bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
X
X
X
X
X
X
13
Las personas morales deben contar con certificado digital de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00.
X
X
X
X
X
X
X
X
Notas:    No se deberá considerar como obligatorio el anexar al trámite como parte de los comprobantes de impuesto pagado, las facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o prestadores de servicios y de comercio exterior, los cuales sólo podrán solicitarse mediante requerimiento de información adicional.
             Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o del representante legal, en su caso.
             Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que el personal receptor deberá devolverlos al contribuyente.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
 
Solicitud de devolución de saldos a favor de IVA
No.
DOCUMENTO
CONVENCIONAL
CON DECLARATORIA DE CPR
ALTEX
111
CERTIFICADA
IMMEX 116
IMMEX
118
IVA
113
ALTEX
115
CERTIFICADA
IMMEX 117
IMMEX
119
IVA
114
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o la solicitud de devolución o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
X
X
3
Escrito en el que se indique la determinación del monto de pagos provisionales (2002 y anteriores) manifestados en la declaración del ejercicio, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
X
X
4
Escrito en el que se indique la determinación del monto del saldo a favor pendiente de acreditar de cada uno de los ejercicios anteriores que hayan sido acumulados en el periodo por el que solicita devolución, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
X
X
5
Escrito en el que aclare la diferencia en el saldo a favor manifestado en la declaración y el solicitado, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
X
X
6
Escrito en el que se indique la determinación del monto de IVA acreditable, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
X
X
7
Datos de las operaciones de los proveedores, arrendadores y prestadores de servicios y/o operaciones de comercio exterior que representan el 80% del IVA acreditable de conformidad con el artículo 4o. del la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
 
 
 
 
X
X
X
X
8
Por lo que se refiere a la aclaración de las operaciones del IVA acreditado en el periodo, deberá proporcionar:
Copia de los comprobantes fiscales que acrediten la realización de la operación; forma en que realizó la operación con el proveedor, prestador de servicios o arrendador, señalando si fue a crédito o de contado; forma de pago, indicando si el pago se realizó en efectivo, cheque, transferencia, etc.; comprobante del pago efectuado a sus proveedores, prestadores de servicios y/o arrendadores.
X
X
X
X
 
 
 
 
9
En caso de que la actividad preponderante no se lleve a cabo en el domicilio fiscal señalado en el RFC, escrito libre en el que indique "bajo protesta de decir verdad" el domicilio en el que realiza la actividad y, en su caso, fotocopia del aviso de apertura de establecimiento.
X
X
X
X
X
X
X
X
10
En caso de que el contribuyente no se encuentre relacionado en el Padrón de Empresas Altamente Exportadoras proporcionado por la Secretaría de Economía, escrito libre en el que aclare su situación respecto del Registro de Empresa Altamente Exportadora con que presuntamente cuenta.
X
 
 
 
X
 
 
 
11
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
X
X
X
X
X
X
12
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
X
X
X
X
Notas:    Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor, excepto en el caso de facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o prestadores de servicios y de comercio exterior, los cuales deberán presentarse en fotocopia únicamente.
 
7/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor del IMPAC.
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales que determinen en el ejercicio que el ISR es mayor al IMPAC causado.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del mismo.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Cuando se haya presentado la declaración del ejercicio.
Requisitos:
Ver Tabla 3
Disposiciones jurídicas aplicables:
Art. 22 CFF, Reglas II.2.2.1., II.2.2.6. RMF
Tabla 3
Solicitud de devolución de saldos a favor del IMPAC
No.
DOCUMENTO
IMPAC
IMPAC POR
RECUPERA
R 142
P.M. REGIMEN
SIMPLIFICADO 144
TODOS LOS
DEMAS 141
1
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
X
2
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
4
Original o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
5
Para los casos de declaraciones y pagos del ejercicio 2001 y anteriores:
·       Fotocopia de la declaración del ejercicio normal y/o complementaria(as) donde manifieste el saldo a favor, presentada ante institución bancaria autorizada.
X
X
 
6
Original y fotocopia de los comprobantes de impuesto retenido, (constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios en los que consten las retenciones de ISR; comprobantes de impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración formato 1-A.
Nota:  Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
X
X
 
7
Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, fotocopia de la declaración normal y complementaria(s) presentadas ante institución bancaria autorizada, en su caso, donde manifiesta el ISR del ejercicio cuyo importe es mayor al Impuesto al Activo correspondiente al mismo ejercicio.
 
 
X
8
Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 o anteriores, fotocopia de la(s) declaración (es) normal y complementaria(s), en su caso, donde se deriva el Impuesto al Activo a recuperar.
 
 
X
9
Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, fotocopia de los pagos provisionales normales y complementarios correspondientes a los ejercicios por los que se pagó IMPAC a recuperar.
 
 
X
10
Tratándose de declaraciones del ejercicio, presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia, deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria.
X
X
X
11
En caso de aplicación de algún estímulo, reducción o acreditamiento, hoja de trabajo pormenorizada de su determinación, actualización y aplicación, debiendo indicar el fundamento legal aplicado.
X
X
 
12
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por Sucursal Bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
 
13
Las personas morales deben contar con certificado digital de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00.
X
X
X
 
Notas: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o del representante legal, en su caso.
          Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
 
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Solicitud de devolución de saldos a favor del IMPAC
No.
DOCUMENTO
IMPAC
IMPAC POR
RECUPERAR
142
P.M. REGIMEN
SIMPLIFICADO
144
TODOS
LOS
DEMAS
141
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o la solicitud de devolución y sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
3
Papel de trabajo y/o escrito en el que se aclare la integración del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio, en materia de ISR, cuando se acredite el saldo a favor de ISR contra IMPAC.
X
X
X
4
En su caso, escrito o papel de trabajo de la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencia con lo determinado por la autoridad.
X
X
X
5
Escrito libre en el que aclare respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
6
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
7
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
X
 
Notas: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o del representante legal, en su caso. Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que el personal receptor deberá devolverlos al contribuyente.
 
8/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor IEPS (Crédito Diesel e IEPS Alcohol).
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas que soliciten la devolución del IEPS cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de veinte veces el salario mínimo general (elevado al año) correspondiente al área geográfica del contribuyente.
Personas morales cuyos ingresos no excedan de veinte veces el salario mínimo general (elevado al año) correspondiente al área geográfica del contribuyente por cada socio o asociado sin exceder de doscientas veces el salario mínimo.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del mismo.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
En forma trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero.
Requisitos:
Ver Tablas 4 y 5
Disposiciones jurídicas aplicables:
Art. 22, 22-A CFF, Reglas II.2.2.1., II.2.2.6. RMF
 
Tabla 4
Solicitud de devolución de saldos a favor de IEPS Diesel 123
No.
DOCUMENTO
1
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
2
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
4
Original o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
5
Fotocopias de declaraciones del ejercicio inmediato anterior o escrito libre en el que manifiesten que sus ingresos en el ejercicio inmediato anterior no excedieron de los montos manifestados en artículo 16 de la LIF, para personas físicas y morales, según se trate, así como la forma en que están cumpliendo con sus obligaciones fiscales de conformidad con las Secciones I o II del Capítulo II del Título IV de la LISR para personas físicas o del Capítulo VII del Título II de la misma Ley para personas morales.
6
Original y fotocopia de las facturas con las que acredite la propiedad, copropiedad o tratándose de legítima posesión, las documentales que acrediten la misma, como pueden ser, de manera enunciativa, escritura pública, contratos de arrendamiento o de usufructo, entre otros del bien en el que se utilice el diesel. Sólo cuando se trate de la primera solicitud del ejercicio o se trate de nuevas adquisiciones efectuadas durante el ejercicio.
7
Original y copia de la Tarjeta SAGARPA/CURP vigente, que les expidió la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con la que se demuestra su inscripción al Padrón de Usuarios de Diesel Agropecuario una vez que haya acreditado ente las citadas autoridades agrarias la unidad de producción que explota y donde utiliza el bien que requiere del diesel.
8
Original y fotocopia de las facturas en las que conste el precio de adquisición de diesel, las cuales deberán reunir los requisitos de los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. (Sin que sea necesario que contengan desglosado expresamente y por separado el IEPS por diesel trasladado cuando se adquiera en estaciones de servicio).
9
Contar con certificado digital de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente en todos los casos.
10
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal Bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
 
Notas: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
          Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que el personal receptor deberá devolverlos al contribuyente.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Solicitud de devolución de saldos a favor de IEPS Diesel 123
No.
DOCUMENTO
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o la solicitud de devolución o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
3
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
4
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
 
Nota:  Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
Tabla 5
 
Solicitud de devolución de saldos a favor de IEPS Alcohol 124
No.
DOCUMENTO
1
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
2
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentado, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
4
Original o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
5
Escrito en el que se manifieste los acreditamientos efectuados
6
Las personas morales deben contar con certificado digital de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00.
7
Copia de las facturas en las que conste el precio de adquisición del alcohol o alcohol desnaturalizado, según sea el caso.
8
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario, emitido por sucursal Bancaria el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
Notas: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
          Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Solicitud de devolución de saldos a favor de IEPS Alcohol 124
No.
DOCUMENTO
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o la solicitud se haya presentado con errores u omisiones.
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
3
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
4
Escrito en el que aclare la determinación del monto de pagos provisionales manifestado en la declaración del ejercicio.
5
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
6
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
7
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
8
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
 
Notas: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
 
          Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
 
9/CFF Solicitud de devolución de pago de lo indebido.
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que pagaron cantidades indebidamente.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del mismo.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Cuando se dé el supuesto señalado en el rubro de descripción del trámite.
Requisitos:
Ver Tabla 6
Disposiciones jurídicas aplicables:
Art. 22, 22-A CFF, Reglas II.2.2.1., II.2.2.6. RMF
 
Tabla 6
Solicitud de devolución de saldos a favor de Pago de lo Indebido
Trámite 191
No.
DOCUMENTO
RESOLUCION
ADMINISTRATIVA O
SENTENCIA JUDICIAL
OTROS
1
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
2
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
4
Original o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
5
En caso de declaraciones (provisionales o del ejercicio) correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, fotocopia de la declaración normal y/o complementaria(as) correspondiente(s) donde haya efectuado el pago.
X
X
6
Tratándose de declaraciones presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia, formato con sello original de la institución bancaria receptora.
X
X
7
Escrito libre con firma autógrafa del contribuyente o representante legal, en el que exponga claramente el motivo de su solicitud señalando el fundamento legal en el que basa su petición y papeles de trabajo donde se muestre el origen del importe que solicita en devolución.
 
X
8
Tratándose de derechos, productos o aprovechamientos, original del escrito denominado "Oficio para la solicitud de devolución por servicio no prestado o proporcionado parcialmente" expedido por la Dependencia, por medio del cual se indicará que, "el usuario efectuó un pago mayor al requerido o que el servicio o trámite no fue proporcionado o fue proporcionado parcialmente", oficializado con el sello de la institución.
 
X
9
En caso de liberación de créditos: Original y fotocopia de la resolución administrativa o judicial.
X
 
10
Tratándose de Impuestos al Comercio Exterior, deberá aportar lo siguiente:
Ø  Original o copia certificada por la Aduana correspondiente, así como fotocopia de los Pedimentos de Importación y Pedimentos de Rectificación.
Ø  Fotocopia de los Certificados de Origen.
Ø  En su caso, señalar al amparo de qué Tratado fueron importados los bienes o bajo qué programa autorizado.
 
X
11
Tratándose del impuesto recaudado por concepto de los Depósitos en Efectivo, deberá aportar lo siguiente:
Ø  Constancia de recaudación del IDE con la que se acredite la recaudación indebida o en exceso.
Ø  Escrito emitido por la institución del sistema financiero al contribuyente, en el que se identifique la cantidad recaudada indebidamente o en exceso por concepto de IDE.
 
X
12
Fotocopia de las declaraciones normales y complementarias del ejercicio presentadas antes y después de la sentencia o resolución administrativa en las que conste el pago indebido, en su caso.
X
 
13
Original y fotocopia de resolución administrativa o judicial que se encuentre firme, de la que se desprenda el derecho a devolver.
X
 
14
Fotocopia de los pagos provisionales normales y complementarios presentados antes y después de la sentencia o resolución administrativa en los que conste el pago indebido, en su caso.
X
 
15
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por Sucursal Bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
16
Tratándose de derechos, productos y aprovechamientos original del formato 5 "Declaración General de Pago de Derechos" ó 16 "Declaración General de Pago de Productos y Aprovechamientos" cuando el pago se haya efectuado a través de estos formatos o copia del recibo bancario cuando se haya efectuado el pago electrónico.
 
X
17
Las personas morales deben contar con certificado digital de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00.
X
X
Nota:  Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que el personal receptor deberá devolverlos al contribuyente.
          Para efectos del impuesto a los Depósitos en efectivo, será obligatoria la presentación de los documentos señalados en los números 1, 2, 3,
4, 11, 15 y 17.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Solicitud de devolución de saldos a favor de Pago de lo Indebido
Trámite 191
No
DOCUMENTO
RESOLUCION
ADMINISTRATIVA O
SENTENCIA JUDICIAL
OTROS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o se hubieran presentado con errores u omisiones.
X
X
2
Los datos, informes, papeles de trabajo o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
3
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
4
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
5
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
 
Notas: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
          Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que el personal receptor deberá devolverlos al contribuyente.
 
10/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor del IETU.
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del mismo.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor.
Requisitos:
Ver Tabla 7
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 22 CFF, Reglas II.2.2.1., II.2.2.6. RMF
 
 
Tabla 7
Solicitud de saldos a favor en el Impuesto Empresarial a Tasa Unica
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS
156
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
153
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE
SUS
INTEGRANTES
154
TODOS
LOS
DEMAS
152
1
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
X
X
2
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
X
4
Original o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
X
5
Escrito o papel de trabajo en el que se manifieste los acreditamientos y/o compensación que se hubieren efectuado.
X
X
X
X
6
Las personas morales deben contar con certificado digital de FIEL vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00.
X
X
X
X
7
Encabezado del Estado del Cuenta Bancario emitido por sucursal Bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
X
X
Notas:    Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
             Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Solicitud de devolución de saldos a favor en el Impuesto Empresarial a Tasa Unica
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS
156
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
153
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE
SUS
INTEGRANTES
154
TODOS
LOS
DEMAS
152
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos, o la solicitud se haya presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
3
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
4
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la determinación del monto de pagos provisionales manifestado en la declaración del ejercicio.
X
X
X
X
5
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
X
6
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
X
X
7
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
8
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
 
Notas:    Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
             Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
 
11/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor del IDE.
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor del IDE.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del mismo.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor.
Requisitos:
Ver Tabla 8
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 22 CFF, Art. 8 Ley del IDE, Reglas II.2.2.1., II.2.2.6. RMF
 
 
Tabla 8
Solicitud de devolución del Impuesto a los Depósitos en Efectivo
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS
172
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
158
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE
SUS
INTEGRANTES
159
TODOS
LOS
DEMAS
157
1
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
X
X
2
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentado, original o copia certificada del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve, anexando fotocopia para cotejo.
X
X
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, deberá exhibir original o copia certificada del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción, anexando fotocopia para cotejo.
X
X
X
X
4
Exhibir original o copia certificada de la identificación oficial del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular o Pasaporte vigente o Cédula Profesional), anexando fotocopia para cotejo.
X
X
X
X
5
Recibos o constancias donde se demuestre el entero del impuesto, expedido por la Institución Bancaria que recaudó el impuesto.
X
X
X
X
6
Tratándose de personas no obligadas a dictaminar estados financieros, presentarán Dictamen de contador público registrado del saldo a favor que solicitan en el mes.
 
 
X
X
7
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal Bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
X
X
8
Las personas morales deben contar con certificado digital de FIEL vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00.
X
X
X
X
Notas: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
          Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
 
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Solicitud de devolución del Impuesto a los Depósitos en Efectivo
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS FISICAS
172
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
158
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE
SUS
INTEGRANTES
159
TODOS
LOS
DEMAS
157
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos, o la solicitud de devolución se haya presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
3
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
X
5
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
X
X
6
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
7
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
 
Notas:    Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
             Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
12/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor, Grandes Contribuyentes.
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales.
¿Dónde lo presento?
Directamente en las ventanillas de la Administración General de Grandes Contribuyentes.
¿Qué documentos obtengo?
Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo lo presento?
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor.
Requisitos:
Solicitud de devoluciones de saldos a favor del ISR (Declaración del ejercicio)
GRANDES CONTRIBUYENTES
No.
DOCUMENTO
Empresas
de Grupo
Demás
contribuyentes
1
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
2
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentado, original o copia certificada (para cotejo) y copia del documento (Escritura constitutiva o poder notarial) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, deberá anexar original o copia certificada (para cotejo) y copia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
4
Original (para cotejo) y copia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (credencial de elector o pasaporte vigente).
X
X
5
Copia de la declaración normal y complementaria(s) del ejercicio de que se trate, donde manifieste el saldo a favor y copia de los pagos provisionales normales y complementarios acreditados o bien, referencia de la presentación electrónica o en vía Internet de la declaración del ejercicio y de los pagos provisionales efectuados. (Copia del acuse de aceptación emitido por el SAT, el cual debe contar con el sello digital)
X
X
6
Copia de las declaraciones normal y complementaria de todas las controladas correspondientes al ejercicio en que manifestó el saldo a favor la sociedad controladora o bien, referencia de la presentación electrónica o vía Internet de la declaración del ejercicio y de los pagos provisionales efectuados. (Copia del acuse de aceptación emitido por el SAT, el cual debe contar con el sello digital)
X
 
7
Copia del aviso de compensación con sello legible de recepción por parte de la autoridad, cuando el impuesto se haya cubierto a través de la figura de compensación.
X
X
Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
X
X
 
la Ley del ISR vigente en 1999 o 2002, respectivamente.
X
 
10
Relación de las empresas que integran el grupo que consolida fiscalmente, cuando la devolución corresponda a un impuesto consolidado.
X
 
11
Tratándose de ISR consolidado, hojas de trabajo pormenorizadas de la determinación del resultado fiscal consolidado, así como del valor del activo consolidado en términos del Artículo 13 de la Ley del Impuesto al Activo, señalando el porcentaje de participación accionaria y consolidable, en su caso.
X
 
12
Cuando se trate de ISR consolidado, hoja de trabajo de la integración del impuesto retenido en forma mensual por cada controlada y la controladora, y el monto acreditado en la consolidación, anotando el porcentaje de participación accionaria y consolidable, en su caso. En inversiones en moneda extranjera deberá indicar el tipo de cambio aplicable.
X
 
13
Tratándose de ISR consolidado, hoja de trabajo de la integración de los pagos provisionales efectuados en forma mensual por cada controlada y la controladora, y el monto acreditado a la consolidación, anotando el porcentaje de participación accionaria y consolidable, en su caso.
X
 
14
En caso de aplicación de algún estímulo, reducción o acreditamiento, aportar hoja de trabajo pormenorizada de su determinación, actualización y aplicación, debiendo indicar las disposiciones jurídicas aplicables.
X
X
15
Tratándose de ISR consolidado, deberá aportar en caso de haber aplicado lo establecido en la fracción VIII inciso g) del Artículo Quinto Transitorio de la Ley del ISR vigente en 1999 o el Artículo Segundo Transitorio fracción XXXI de la Ley del ISR vigente en 2002, hoja de trabajo en la que indique el importe y el año de dónde proviene la pérdida fiscal aplicada.
X
 
16
Tratándose de la solicitud de un remanente después de compensaciones o de devoluciones, deberá acompañar copia de los avisos de compensación; así como hoja de trabajo pormenorizada de su determinación, actualización y aplicación o de las resoluciones a través de las que se autorizó la devolución parcial, según sea el caso.
X
X
17
Escrito libre con firma autógrafa del contribuyente o el representante legal, mediante el cual exponga claramente motivo o circunstancias por las cuales se originó el saldo a favor solicitado.
X
X
18
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
19
Acuse del certificado digital de la Firma Electrónica (FIEL) vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00
X
X
 
Nota:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
ISR (Declaración del ejercicio)
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
GRANDES CONTRIBUYENTES
No.
DOCUMENTO
EMPRESAS
DE GRUPO
DEMAS
CONTRIBUYENTES
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos, o la solicitud de devolución se haya presentado con errores u omisiones.
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
3
Número de cuenta bancaria (CLABE), cuando el contribuyente se encuentre obligado a manifestarla y no lo hubiere hecho.
X
X
4
Papel de trabajo o escrito en el que aclare la integración del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio y en su caso, copia de los pagos provisionales correspondientes.
X
X
5
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
X
X
6
Escrito en el que se manifieste "bajo protesta de decir verdad" el motivo por el cual no manifestó cantidad en el cuadro correspondiente al IMPAC en la declaración del ejercicio de que se trate, estando obligado.
X
X
7
Tratándose de un establecimiento permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
 
X
detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
9
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclaraciones respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
10
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
 
Nota:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
 
 
Solicitud de devolución de saldos a favor del IMPAC
Grandes Contribuyentes
No.
DOCUMENTACION
IMPAC
IMPAC POR
RECUPERAR
1
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
2
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentado, original o copia certificada (para cotejo) y copia del documento (Escritura constitutiva o poder notarial) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, deberá anexar original o copia certificada (para cotejo) y copia del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
4
Original (para cotejo) y copia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de elector o pasaporte vigente).
X
X
5
Copia de la declaración normal y complementaria(s) del ejercicio de que se trate en las que manifieste el saldo a favor y copia de los pagos provisionales normales y complementarios acreditados o bien, referencia de la presentación electrónica o vía Internet de la declaración del ejercicio y de los pagos provisionales efectuados (Copia del acuse de aceptación emitido por el SAT, el cual debe contar con el sello digital).
X
 
6
Original (para cotejo) y copia de los comprobantes de impuesto retenido, (Constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios en los que consten las retenciones de ISR; comprobantes de impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración formato 1-A.
Nota:
Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
X
X
7
Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, copia de los pagos provisionales normales y complementarios correspondientes a los ejercicios en los que se pagó el IMPAC a recuperar.
 
X
8
Tratándose de declaraciones del ejercicio, presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la copia, deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria (para cotejo).
X
X
9
Tratándose de IMPAC consolidado, deberá aportar una relación de las empresas que integran el grupo.
X
X
10
Copias de las declaraciones normal y complementaria de todas las empresas controladas correspondientes al ejercicio en que manifestó el saldo a favor la sociedad controladora.
X
X
 
 
11
En caso de haber cubierto el impuesto a través de la figura de compensación deberá aportar copia del aviso de compensación con sello legible de recepción por parte de la autoridad.
X
X
12
Tratándose de impuestos acreditados, retenidos o pagados, deberá aportar los comprobantes de constancias de retenciones, comprobantes de pago, etc.
Cuando los comprobantes de impuesto acreditable, retenido o pagado, se expresen en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles
X
X
13
Tratándose de IMPAC por Recuperar consolidado deberá aportar copia de las declaraciones normal y complementaria de todas las sociedades controladas correspondientes al ejercicio en que el ISR consolidado excedió al IMPAC consolidado.
 
X
14
Asimismo, tratándose de la solicitud de una sociedad controladora del IMPAC por Recuperar pagado por una sociedad controlada deberá aportar copia de las declaraciones normal y complementaria de todas las sociedades controladas correspondientes al ejercicio en que el ISR consolidado excedió al IMPAC consolidado.
 
X
15
Tratándose de IMPAC por Recuperar consolidado deberá aportar copia de las declaraciones normal y complementaria de todas las sociedades controladas del ejercicio fiscal del cual deriva el IMPAC consolidado a Recuperar.
 
X
16
En caso del IMPAC consolidado por recuperar deberá aportar copia de los pagos provisionales normales y complementarios de todas las sociedades controladas correspondientes a los ejercicios por los que se pagó el IMPAC a recuperar.
 
X
17
Sólo en caso de que el IMPAC consolidado que pretende recuperar haya sido cubierto con impuesto retenido deberá aportar original (para cotejo) y copia de los comprobantes de impuesto retenido, (Constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios en los que consten las retenciones de ISR; comprobantes de impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración formato 1-A.
Nota:
Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
 
X
18
Tratándose de IMPAC consolidado y siendo la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentado, deberá aportar copia del Aviso presentado ante la Administración Central Jurídica de Grandes Contribuyentes mediante el cual ejerció la opción prevista en el penúltimo párrafo del Artículo 57-E o en su caso, en el penúltimo párrafo del Artículo 68 de la Ley del ISR vigente en 1999 o 2002, respectivamente.
X
X
 
 
19
Tratándose de IMPAC consolidado, deberá aportar hojas de trabajo pormenorizadas de la determinación del resultado fiscal consolidado así como del valor del activo consolidado en términos del artículo 13 de la LIA, señalando el porcentaje de participación accionaria y consolidable en su caso, tanto del ejercicio en que pagó el IMPAC como de aquel en que se generó el excedente del ISR.
X
X
20
Tratándose de IMPAC consolidado, deberá aportar hoja de trabajo de la integración de los pagos provisionales realizados mensualmente por cada controlada y la controladora, y el monto acreditado a la consolidación, anotando el porcentaje de participación accionaria y consolidable, en su caso.
X
X
21
Tratándose de IMPAC consolidado, aportar hoja de trabajo de la integración del impuesto retenido en forma mensual por cada controlada y la controladora, y el monto acreditado a la consolidación anotando el porcentaje de participación accionaria y consolidable, en su caso. En el caso de inversiones en moneda extranjera deberá indicar el tipo de cambio aplicable.
X
X
22
En caso de aplicación de algún estímulo, reducción o acreditamiento, hoja de trabajo pormenorizada de su determinación, actualización y aplicación, debiendo indicar las disposiciones jurídicas aplicables.
X
 
23
Tratándose de la solicitud de devolución de un remanente después de compensaciones o de devoluciones, deberá acompañar copia de los avisos de compensación así como hoja de trabajo pormenorizada de su determinación, actualización y aplicación o de las resoluciones a través de las que se le efectuó la devolución correspondiente, según sea el caso.
X
X
24
En caso de haber aplicado lo establecido en la fracción VIII inciso g) del Artículo Quinto Transitorio de la Ley del ISR vigente en 1999 o el Artículo Segundo Transitorio fracción XXXI de la Ley del ISR vigente en 2002, deberá aportar hoja de trabajo en la que indique el importe y el año de donde proviene la pérdida fiscal aplicada.
X
X
motivo o circunstancias por las cuales se originó el saldo a favor solicitado.
X
X
26
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
27
Acuse del certificado digital de la Firma Electrónica (FIEL) vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00
X
X
 
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Solicitud de devolución de saldos a favor del IMPAC
Grandes Contribuyentes
No.
DOCUMENTOS
IMPAC
IMPAC POR
RECUPERAR
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o la solicitud de devolución y sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
3
Número de cuenta bancaria (CLABE), cuando el contribuyente se encuentre obligado a manifestarla y no lo hubiere hecho.
X
X
ión del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio, en materia de ISR, cuando se acredite el saldo a favor de ISR contra IMPAC.
X
X
5
En su caso, escrito o papel de trabajo de la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencia con lo determinado por la autoridad.
X
X
6
Escrito libre en el que aclare respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
7
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
8
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
 
Nota:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o del representante legal, en su caso.
Solicitud de devolución de saldos a favor del IVA
Grandes Contribuyentes
No.
DOCUMENTO
ALTEX
ALTEX CON
DECLARATORIA
DE CPR
CONVENCIONAL
CON
DECLARATORIA
DE CPR
1
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
X
X
2
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentado, original o copia certificada (para cotejo) y copia del documento (Escritura constitutiva o poder notarial) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, deberá anexar original o copia certificada (para cotejo) y copia del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
X
pasaporte vigente).
X
X
X
X
5
Original (para cotejo) y copia de los comprobantes de impuesto retenido, o pagado (Constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original, estados de cuenta bancarios, etc.)
Nota:
Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
X
X
X
X
6
Tratándose de solicitudes de devolución del ejercicio 2002, con saldos pendientes de acreditar de ejercicios anteriores, copia de las declaraciones provisionales y del ejercicio (normales y complementarias) del ejercicio fiscal cuyo saldo a favor se acumuló.
X
X
X
X
7
Copia de la declaración normal y complementaria(s) del período de que se trate, en la que se manifieste el saldo a favor solicitado o bien, referencia de la presentación electrónica o vía Internet de las mismas (Copia del acuse de aceptación emitido por el SAT, el cual debe contar con el sello digital).
X
X
X
X
 
 
8
Tratándose de declaraciones presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la copia, deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria para cotejo.
X
X
X
X
9
Dispositivo magnético con la relación de proveedores, prestadores de servicios o arrendadores que representen el 80% del valor de sus operaciones o la relación de la totalidad de sus operaciones de comercio exterior.
 
X
 
X
indicar en la Declaratoria la fecha de presentación y folio de aceptación del dictamen correspondiente al mismo ejercicio.
 
X
 
X
11
Papeles de trabajo (Por duplicado), en los cuales demuestre cómo determinó el importe del IVA a reintegrar o incrementar derivado del ajuste, cuando haya elegido la mecánica establecida en el Artículo 4o. de la Ley del IVA. (aplica para saldos a favor de periodos 2005 en adelante), cuando en el anexo No. 1 del formato 32 y 41 se indiquen importes en los renglones "c" (del recuadro IVA ACREDITABLE DEL PERIODO) y "f" (del recuadro SALDO A FAVOR DE IVA DETERMINADO EN EL PERIODO).
X
X
X
X
12
Tratándose de contribuyentes que proporcionen el suministro de agua para uso doméstico, que hayan obtenido la devolución de saldos a favor del IVA deberán presentar la forma oficial 75 "Aviso de destino del saldo a favor de IVA".
X
X
X
X
13
Escrito libre con firma autógrafa del contribuyente o el representante legal, mediante el cual exponga claramente motivo o circunstancias por las cuales se originó el saldo a favor solicitado.
X
X
X
X
14
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
X
X
físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00
X
X
X
X
 
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Solicitud de devolución de saldos a favor del IVA
Grandes Contribuyentes
No.
DOCUMENTO
ALTEX
ALTEX CON
DECLARATORIA
DE CPR
CONVENCIONAL
CON
DECLARATORIA
DE CPR
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o la solicitud de devolución o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
 
 
X
X
3
Número de cuenta bancaria (CLABE), cuando el contribuyente se encuentre obligado a manifestarla y no lo hubiere hecho.
X
X
X
X
4
Escrito en el que se indique la determinación del monto de pagos provisionales (2002 y anteriores) manifestados en la declaración del ejercicio, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
X
X
X
X
devolución, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
X
X
X
X
6
Escrito en el que aclare las diferencias en el saldo a favor manifestado en la declaración y el solicitado, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
X
X
X
X
7
Escrito en el que se indique la determinación del monto de IVA acreditable, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
X
X
X
X
8
Datos de las operaciones de los proveedores, arrendadores y prestadores de servicios o operaciones de comercio exterior que representan el 80% del IVA acreditable de conformidad con el artículo 4 de la Ley del IVA.
X
 
X
 
 
 
9
Tratándose de proveedores, arrendadores y prestadores de servicios que se encuentren no registrados, o no localizados en la base de datos del RFC, escrito mediante el cual aclare la forma y lugar en que realizó estas operaciones, acompañado de la documentación correspondiente.
 
 
X
X
10
En caso de que la actividad preponderante no se lleve a cabo en el domicilio fiscal señalado en el RFC, escrito libre en el que indique "bajo protesta de decir verdad" el domicilio en el que realiza la actividad y, en su caso, copia del aviso de apertura de establecimiento.
X
X
X
X
Secretaría de Economía, escrito libre en el que aclare su situación respecto del Registro de Empresa Altamente Exportadora con que presuntamente cuenta.
X
X
 
 
12
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
X
X
13
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
14
Tratándose de saldos a favor de períodos correspondientes al ejercicio 2005 y posteriores, deberá presentar el formato "Determinación del Saldo a Favor de IVA" que proporciona la autoridad; éste requisito estará vigente, hasta en tanto no entre en vigor el nuevo Anexo 1 de la forma fiscal 32 y 41.
 
X
X
X
de navieras, las facturas más significativas que amparen cada modalidad de los servicios prestados.
 
 
X
X
 
Nota:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
Solicitud de devolución de Pago de lo Indebido
Grandes Contribuyentes
No.
DOCUMENTO
RESOLUCION
ADMINISTRATIVA O
SENTENCIA JUDICIAL
OTROS
1
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
2
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentado, original o copia certificada (para cotejo) y copia del documento (Escritura constitutiva o poder notarial) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, deberá anexar original o copia certificada (para cotejo) y copia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
4
Original (para cotejo) y copia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de elector o pasaporte vigente).
X
X
contar con el sello digital).
X
X
6
Tratándose de declaraciones presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la copia, formato con sello original de la institución bancaria receptora (para cotejo).
X
X
7
Escrito libre con firma autógrafa del contribuyente o representante legal, en el que exponga claramente el motivo de su solicitud señalando las disposiciones jurídicas aplicables en el que basa su petición y papeles de trabajo donde se muestre el origen del importe que solicita en devolución.
X
X
8
Tratándose de derechos, aprovechamientos o productos, certificación expedida por la Dependencia, de que el uso o aprovechamiento no se realizó o el servicio no fue proporcionado o se proporcionó parcialmente.
 
X
9
En caso de liberación de créditos: Original (para cotejo) y copia de la resolución administrativa o judicial.
 
X
10
En caso de sentencias, original (para cotejo) y copia de resolución administrativa o judicial que se encuentre firme, de la que se desprenda el derecho a devolver.
X
 
11
En caso de haber cubierto el impuesto del que deriva el pago indebido a través de la figura de compensación de saldos a favor deberá aportar copia del aviso de compensación con sello legible de recepción por parte de la autoridad.
X
X
 
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Solicitud de devolución de Pago de lo Indebido
Grandes Contribuyentes
No.
DOCUMENTO
GRANDES CONTRIBUYENTES
RESOLUCION
ADMINISTRATIVA O
SENTENCIA JUDICIAL
OTROS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o la solicitud de devolución, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
2
Los datos, informes, papeles de trabajo o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
3
Número de cuenta bancaria (CLABE), cuando el contribuyente se encuentre obligado a manifestarla y no lo hubiere hecho.
X
X
4
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
5
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
6
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
7
Escrito libre en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, si ha promovido o obtenido alguna confirmación de criterio o autorización emitida por autoridad competente en la que base su petición de pago de lo indebido o bien si habiéndola interpuesto y el resultado no fue favorable a sus intereses, haya interpuesto algún medio de defensa en contra de la misma.
 
X
 
Nota:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 22, 22-A CFF, Reglas II.2.2.1., II.2.2.6. RMF
 
13/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del ISR.
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC de conformidad con el domicilio fiscal del contribuyente.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC.
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del
RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
Requisitos:
Ver Tabla 9
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.2.7. RMF
 
Tabla 9
Aviso de compensación de saldos a favor de Impuesto Sobre la Renta Personas Físicas y Morales
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS 236
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO PROPIO
233
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE SUS
INTEGRANTES 234
TODOS LOS
DEMAS 232
1
Forma fiscal 41 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
X
X
2
Tratándose de la primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada, y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
X
4
Original o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
X
5
Si realizó la compensación de saldos a favor bajo el esquema de "Compensación Universal" a que se refiere la regla 2.2.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004, deberá registrar en la parte inferior de la forma fiscal 41 "Aviso de Compensación", a máquina o de manera impresa, la siguiente leyenda:
"Se presentó declaración de corrección de datos de compensación contra (IVA de Actos accidentales o IEPS Retenido, según se trate), en términos de la regla 2.2.7, con fecha (dd-mm-aaaa) y con número de operación____________".
X
X
X
X
6
Tratándose de declaraciones en las que se manifieste el saldo a favor correspondiente al ejercicio 2001 o anteriores, fotocopia de la declaración del ejercicio normal y/o complementaria presentada ante institución bancaria autorizada.
X
X
X
X
7
Tratándose de declaraciones provisionales o del ejercicio, presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia, deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria.
X
X
X
X
8
Original y fotocopia de los comprobantes de impuesto acreditable retenido o pagado, (constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios en los que consten las retenciones de ISR; comprobantes de impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración Formato 1-A.
Nota: Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 de Código Federal de Procedimientos Civiles.
X
X
X
X
9
Escrito en el que se manifieste la proporción de su participación en la copropiedad y nombre del representante común (Solo para ejercicio 2002).
X
X
X
X
10
Tratándose de remanentes se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
X
X
X
X
11
En los casos de avisos complementarios por modificaciones en el propio formato, saldo a favor, importe compensado, tipo de impuesto o fecha de las declaraciones en las que se manifiesta el saldo a favor o se aplica la compensación, deberá observar las siguientes consideraciones:
 
 
 
 
 
a)  Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y el período de ésta corresponde al ejercicio 2002 y posteriores, se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
X
X
X
X
 
b)  Si el aviso complementario es derivado de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y el período de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el aviso de compensación por duplicado acompañado de la declaración complementaria que corresponda.
X
X
X
X
 
c)   Si el aviso complementario se origina con motivo de modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la compensación y el período de ésta corresponde al ejercicio 2002 en adelante, se presentará el formato 41 con los datos que en el propio formato se indican.
X
X
X
X
 
d)  Si el aviso complementario es motivado por modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la compensación y el período de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el formato 41 acompañado de la declaración complementaria respectiva.
X
X
X
X
 
e)  Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en los datos del formato 41 presentado originalmente, únicamente entregará el Aviso de compensación con los datos que en el propio formato se indican.
X
X
X
X
 
f)   Adicionalmente a los documentos referenciados con anterioridad, el aviso complementario se acompañará de los documentos que se establecen en el trámite 6, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
X
X
X
X
 
Notas: Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compensó" del formato 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la Regla II.2.15.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
          Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
 
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Aviso de compensación de saldos a favor de Impuesto Sobre la Renta Personas Físicas y Morales
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS 236
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO 233
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE SUS
INTEGRANTES 234
TODOS LOS
DEMAS 232
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o el aviso se haya presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
3
Comprobantes de deducciones personales, cuando sean en exceso o discrepantes con los ingresos.
X
X
X
X
4
Escrito en el que aclare la determinación del monto de pagos provisionales manifestado en la declaración del ejercicio y, en su caso, copia de los pagos provisionales correspondientes.
X
X
X
X
5
Escrito en el que aclare la cifra manifestada en la declaración respecto del acreditamiento del saldo a favor del ISR contra el IMPAC, por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
6
Para contribuyentes del sector agropecuario: Escrito en el que aclare la determinación de los ingresos exentos, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
7
Escrito en el que se manifieste "bajo protesta de decir verdad" el motivo por el cual no manifestó cantidad en el cuadro correspondiente al IMPAC en la declaración del ejercicio de que se trate, estando obligado.
X
X
X
X
8
En caso de que el retenedor no haya presentado la declaración informativa, comprobar la relación laboral y/o comercial con la presentación de:
·   Estados de cuenta bancarios con los depósitos por concepto de pago de horarios o arrendamiento.
·   Recibos de arrendamiento.
·   Recibos de honorarios.
·   Estados de cuenta bancarios, con las retenciones.
X
X
X
X
9
Escrito en el que se detalle la determinación del ingreso acumulable y no acumulable, por existir diferencias con el determinado por la autoridad.
X
X
X
X
10
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
X
11
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
X
X
12
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
13
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
 
Nota:  Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
 
          Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
14/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IVA.
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC.
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
 
Requisitos:
Ver Tabla 10
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.2.7. RMF
 
Tabla 10
Aviso de compensación de saldos a favor de IVA 211
No.
DOCUMENTO
1
Forma fiscal 41 por duplicado y sus anexos correspondientes.
2
Tratándose de la primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
4
Original o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
5
Si realizó la compensación de saldos a favor bajo el esquema de "Compensación Universal" a que se refiere la regla 2.2.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004, deberá registrar en la parte inferior de la forma fiscal 41 "Aviso de Compensación", a máquina o de manera impresa, la siguiente leyenda:
"Se presentó declaración de corrección de datos de compensación contra (IVA de Actos accidentales o IEPS Retenido, según se trate), en términos de la regla 2.2.7, con fecha (dd-mm-aaaa) y con número de operación ____________".
6
Original y fotocopia de los comprobantes de impuesto retenido o pagado (constancias de retenciones con firma autógrafa y en su caso, sello original, estados de cuenta bancarios, etc.).
7
Tratándose de avisos de compensación con saldos a favor del ejercicio 2002, con saldos pendientes de acreditar de ejercicios anteriores, fotocopia de las declaraciones provisionales y del ejercicio (normal y complementario) del ejercicio fiscal cuyo saldo a favor se acumuló.
8
Tratándose de declaraciones presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia, deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria.
9
La información en Unidad de Memoria Extraíble (USB) o disco de 3 ½ con la relación de proveedores, prestadores de servicios o arrendadores que representen el 80% del valor de sus operaciones y/o la relación de la totalidad de sus operaciones de comercio exterior, se recibirá únicamente para ser capturada en el subsistema.
10
Papeles de trabajo (Por duplicado), en los cuales demuestre cómo determinó el importe del IVA a reintegrar o incrementar derivado del ajuste, cuando haya elegido la mecánica establecida en el Artículo 4o. de la Ley del IVA (Aplica cuando en el anexo No. 1 del formato 32 y 41 se indiquen importes en los renglones "c", del recuadro IVA ACREDITABLE DEL PERIODO y "f" del recuadro SALDO A FAVOR DE IVA DETERMINADO EN EL PERIODO).
11
Tratándose de remanentes solo se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
12
En los casos de avisos complementarios por modificaciones en el propio formato, saldo a favor, importe compensado, tipo de impuesto o fecha de las declaraciones en las que se manifiesta el saldo a favor o se aplica la compensación, deberá observar las siguientes consideraciones:
 
a)   Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y el período de ésta corresponde al ejercicio 2002 y posteriores, presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
 
b)   Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y el período de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el aviso de compensación por duplicado acompañado de la declaración complementaria que corresponda.
 
c)   Si el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la compensación y el período de ésta corresponde al ejercicio 2002 en adelante, únicamente presentará el formato 41 con los datos que en el propio formato se indican.
 
d)   Si el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la compensación y el período de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el formato 41 acompañado de la declaración complementaria respectiva.
 
e)   Tratándose de saldos a favor correspondientes al ejercicio 2002 con saldos pendientes de acreditar de ejercicios anteriores, en el supuesto de que el aviso complementario se presente como consecuencia de correcciones en las declaraciones provisionales o del ejercicio cuyo saldo a favor se acumuló, fotocopia de las declaraciones normales y complementarias presentadas ante institución de crédito autorizada, adicionalmente a lo establecido en el inciso a) del presente punto.
 
f)    Si el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en los datos del formato 41 presentado originalmente, únicamente presentará el Aviso de compensación con los datos que en el propio formato se indican.
 
g)   Adicionalmente a los documentos referenciados con anterioridad, el aviso complementario se acompañará de los documentos que se establecen en el trámite 6, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
Notas:    Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compensó" del formato 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la Regla II.2.15.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
             Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
             No se deberá considerar como obligatorio el anexar al trámite como parte de los comprobantes de pago, las facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o prestadores de servicios y de comercio exterior, los cuales sólo podrán solicitarse mediante requerimiento de información adicional.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Aviso de compensación de saldos a favor de IVA 211
No.
DOCUMENTO
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o el aviso de compensación, o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
3
Escrito en el que se indique la determinación del monto de pagos provisionales (2002 y anteriores) manifestados en la declaración del ejercicio, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
4
Escrito en el que se indique la determinación del monto del saldo a favor pendiente de acreditar de cada uno de los ejercicios anteriores que hayan sido acumulados en el periodo del saldo a favor, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
5
Escrito en el que aclare la diferencia en el saldo a favor manifestado en la declaración y el compensado, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
6
Escrito en el que se indique la determinación del monto de IVA Acreditable, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
7
Datos de las operaciones de los proveedores, arrendadores y prestadores de servicios y/o operaciones de comercio exterior que representan el 80% del IVA acreditable de conformidad con el artículo 4° del la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
8
Tratándose de proveedores, arrendadores y prestadores de servicios que se encuentren no Registrados o no localizados en la base de datos del RFC, escrito mediante el cual aclare la forma y lugar en que realizó estas operaciones, acompañado de la documentación correspondiente.
9
Tratándose de saldos a favor de períodos correspondientes al ejercicio 2005 y posteriores, hasta en tanto no entre en vigor el nuevo Anexo 1 de la forma fiscal 32 y 41, deberá presentar el formato "Determinación del Saldo a Favor de IVA".
10
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
11
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
Notas:    Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
             Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
15/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IMPAC.
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC, que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC.
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
 
Requisitos:
Ver Tabla 11
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.2.7. RMF
 
Tabla 11
Aviso de compensación de saldos a favor del IMPAC e IMPAC por Recuperar
No.
DOCUMENTO
IMPAC
IMPAC POR
RECUPERAR
242
P.M. REGIMEN
SIMPLIFICADO
244
TODOS
LOS
DEMAS
241
1
Forma fiscal 41 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
X
2
Tratándose de la primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada, y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
4
Original o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
5
Si realizó la compensación de saldos a favor bajo el esquema de "Compensación Universal" a que se refiere la regla 2.2.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004, deberá registrar en la parte inferior de la forma fiscal 41 "Aviso de Compensación", a máquina o de manera impresa, la siguiente leyenda:
"Se presentó declaración de corrección de datos de compensación contra (IVA de Actos accidentales o IEPS Retenido, según se trate), en términos de la regla 2.2.7, con fecha (dd-mm-aaaa) y con número de operación____________".
X
X
 
6
Tratándose de declaraciones en las que se manifieste el saldo a favor correspondiente al ejercicio 2001 o anteriores, fotocopia de la declaración del ejercicio normal y/o complementaria presentada ante institución bancaria autorizada.
X
X
 
7
Tratándose de declaraciones presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia, deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria.
X
X
X
8
Original y fotocopia de los comprobantes de impuesto retenido, (constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios en los que consten las retenciones de ISR; comprobantes de impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración Formato 1-A.
X
X
 
9
Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, fotocopia de la declaración normal y complementaria(s) presentadas ante institución bancaria autorizada, en su caso, donde manifiesta el ISR del ejercicio cuyo importe es mayor al Impuesto al Activo correspondiente al mismo ejercicio.
 
 
X
10
Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 o anteriores, fotocopia de la(s) declaración (es) normal y complementaria(s), en su caso, donde se deriva el Impuesto al Activo a recuperar.
 
 
X
11
Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, fotocopia de los pagos provisionales normales y complementarios correspondientes a los ejercicios por los que se pagó IMPAC a recuperar.
 
 
X
12
Tratándose de remanentes solo se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
X
X
X
13
En los casos de avisos complementarios por modificaciones en el propio formato, saldo a favor, importe compensado, tipo de impuesto o fecha de las declaraciones en las que se manifiesta el saldo a favor o se aplica la compensación, deberá observar las siguientes consideraciones:
 
 
 
 
a)   Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y el período de ésta corresponde al ejercicio 2002 y posteriores, se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
X
X
 
 
b)   Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y el período de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, se presentará el aviso de compensación por duplicado acompañado de la declaración complementaria que corresponda.
X
X
 
 
c)   Si el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la compensación y el período de ésta corresponde al ejercicio 2002 en adelante, se presentará el formato 41 con los datos que en el propio formato se indican.
X
X
X
 
d)   Si el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la compensación y el período de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el formato 41 acompañado de la declaración complementaria respectiva y en el caso de Impuesto al Activo por Recuperar, el Anexo 2 del formato 32 y 41.
X
X
X
 
e)   Tratándose del Impuesto al Activo por Recuperar, si el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la declaración del ejercicio en que el ISR es mayor que el Impuesto al Activo, presentará el formato 41 por duplicado, acompañado de la declaración complementaria que corresponda, y en su caso del anexo 2 del formato 32 y 41.
 
 
X
 
f)    Tratándose del Impuesto al Activo por Recuperar, si el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en las declaraciones provisionales o del ejercicio en que se pagó Impuesto al Activo, presentará el formato 41 por duplicado, acompañado de la declaración complementaria que corresponda, y en su caso del anexo 2 del formato 32 y 41.
 
 
X
 
g)   Adicionalmente a los documentos referenciados con anterioridad, el aviso complementario se acompañará de los documentos que se establecen en el trámite 6, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
X
X
X
 
h)   Si el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en los datos del formato 41 presentado originalmente, únicamente presentará el Aviso de compensación con los datos que en el propio formato se indican.
X
X
X
 
Notas:    Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compensó" del formato 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la Regla II.2.15.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
             Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Aviso de compensación de saldos a favor del IMPAC e IMPAC por Recuperar
No.
DOCUMENTO
IMPAC
IMPAC POR
RECUPERAR
242
P.M. REGIMEN
SIMPLIFICADO
244
TODOS LOS
DEMAS 241
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o el formato 41 y/o sus anexos se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
3
Escrito en el que se indique la determinación del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio, en materia de ISR, cuando se acredite el saldo a favor de ISR contra IMPAC.
X
X
X
4
En su caso, cédulas de trabajo de la determinación, actualización y aplicación de Reducciones y/o Acreditamientos Adicionales o de Otros estímulos o acreditamientos.
X
X
 
5
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
6
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
7
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
X
 
Notas:    Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
             Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
 
16/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IEPS.
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente del contribuyente.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC.
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
 
Requisitos:
Ver Tabla 12
Disposiciones jurídicas aplicables :
Art. 23 CFF, Regla II.2.2.7. RMF
 
Tabla 12
Aviso de compensación de saldos a favor de IEPS
No.
DOCUMENTO
BEBIDAS
ALCOHOLICAS
223
CERVEZA
224
BEBIDAS
REFRESCANTES
224
ALCOHOL, ALCOHOL
DESNATURALIZADO
Y MIELES
INCRISTALIZABLES
222
TABACOS
LABRADOS 226
REFRESCOS Y
SUS
CONCENTRADOS
227
1
Forma fiscal 41 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
X
X
X
X
2
Tratándose de la primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
X
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
X
X
X
4
Original o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
X
X
X
5
Original y fotocopia de los comprobantes de impuesto acreditable, retenido o pagado, constancias de retenciones, comprobantes de pago (con sello original y/o firma autógrafa), estados de cuenta bancarios, etc.
X
X
X
X
X
X
6
Tratándose de saldos a favor manifestados en pagos provisionales correspondientes a los ejercicios de 2001 y anteriores, fotocopia de los mismos.
X
X
X
X
X
X
7
Tratándose de declaraciones presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia, deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria.
X
X
X
X
X
X
8
Tratándose de remanentes solo se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
X
X
X
X
X
X
9
En los casos de avisos complementarios por modificaciones en el propio formato, saldo a favor, importe compensado, tipo de impuesto o fecha de las declaraciones en las que se manifiesta el saldo a favor o se aplica la compensación, deberá observar las siguientes consideraciones:
 
 
 
 
 
 
 
a)   Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y el período de ésta corresponde al ejercicio 2002 y posteriores, solo presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
X
X
X
X
X
X
 
b)   Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y el período de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el aviso de compensación por duplicado acompañado de la declaración complementaria que corresponda.
X
X
X
X
X
X
 
c)   Si el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la compensación y el período de ésta corresponde al ejercicio 2002 en adelante, únicamente presentará el formato 41 con los datos que en el propio formato se indican.
X
X
X
X
X
X
 
d)   Si el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la compensación y el período de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el formato 41 acompañado de la declaración complementaria respectiva.
X
X
X
X
X
X
 
e)   Si el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en los datos del formato 41 presentado originalmente, únicamente presentará el Aviso de compensación con los datos que en el propio formato se indican.
X
X
X
X
X
X
 
f)    Adicionalmente a los documentos referenciados con anterioridad, el aviso complementario se acompañará de los documentos que se establecen en el trámite 6, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
X
X
X
X
X
X
 
Notas:    Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compensó" del formato 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la Regla II.2.15.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
             Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
 
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Aviso de compensación de saldos a favor de IEPS
No.
DOCUMENTO
BEBIDAS
ALCOHOLICAS
223
CERVEZA
224
BEBIDAS
REFRESCANTES
225
ALCOHOL,
ALCOHOL
DESNATURALIZADO
Y MIELES
INCRISTALIZABLES
222
TABACOS
LABRADOS
226
REFRESCOS Y SUS
CONCENTRADOS
227
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o el aviso se haya presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
3
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
4
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
X
X
5
Datos y comprobantes de las operaciones de las que deriva el IEPS Acreditable.
X
X
X
X
X
X
6
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
X
X
X
X
 
Notas:    Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
             Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
 
17/CFF Aviso de compensación de otras contribuciones.
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC.
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
 
Requisitos:
Ver Tabla 13
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.2.7. RMF
 
Tabla 13
 
Aviso de compensación de saldos a favor de Otras Contribuciones 291
No.
DOCUMENTO
1
Forma fiscal 41 por duplicado y sus anexos correspondientes.
2
Tratándose de la primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
4
Original copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
5
Original y fotocopia de los comprobantes de impuesto acreditable retenido o pagado, constancias de retenciones, comprobantes de pago (con sello original y/o firma autógrafa), estados de cuenta bancarios, etc.
6
Si realizó la compensación de saldos a favor bajo el esquema de "Compensación Universal" a que se refiere la regla 2.2.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004, deberá registrar en la parte inferior de la forma fiscal 41 "Aviso de Compensación", a máquina o de manera impresa, la siguiente leyenda:
 
"Se presentó declaración de corrección de datos de compensación contra (IVA de Actos accidentales o IEPS Retenido, según se trate), en términos de la regla 2.2.7, con fecha (dd-mm-aaaa) y con número de operación____________".
7
Tratándose de declaraciones en las que se manifieste el saldo a favor correspondiente al ejercicio 2001 o anteriores, fotocopia de la declaración normal y/o complementaria presentada ante institución bancaria autorizada.
8
Tratándose de declaraciones presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia, deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria.
9
Fotocopia de la resolución administrativa o judicial que se encuentre firme de la que se desprenda el derecho a compensar.
10
En caso de liberación de créditos: original y fotocopia de la resolución administrativa o judicial.
11
En los casos de avisos complementarios por modificaciones en el propio formato, saldo a favor, importe compensado, tipo de impuesto o fecha de las declaraciones en las que se manifiesta el saldo a favor o se aplica la compensación, deberá observar las siguientes consideraciones:
 
a)   Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y el período de ésta corresponde al ejercicio 2002 y posteriores, presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
 
b) Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y el período de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el aviso de compensación por duplicado acompañado de la declaración complementaria que corresponda.
 
§ Si el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la compensación y el período de ésta corresponde al ejercicio 2002 en adelante, presentará el formato 41 con los datos que en el propio formato se indican.
 
d)   Si el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la compensación y el período de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el formato 41 acompañado de la declaración complementaria respectiva.
 
§ Si el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en los datos del formato 41 presentado originalmente, únicamente presentará el Aviso de compensación con los datos que en el propio formato se indican.
 
§ Adicionalmente a los documentos referenciados con anterioridad, el aviso complementario se acompañará de los documentos que se establecen en el trámite 6, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
12
Tratándose de remanentes se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
 
Notas: Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compensó" del formato 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la Regla II.2.15.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
          Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
 
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Aviso de compensación de saldos a favor de Otras Contribuciones 291
No.
DOCUMENTO
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o el aviso se haya presentado con errores u omisiones.
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
3
Escrito en el que se indique la determinación del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
4
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
5
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
6
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
 
Notas:    Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
             Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
 
18/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IETU.
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC.
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
 
Requisitos:
Ver Tabla 14
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.2.7. RMF
 
 
Tabla 14
 
Aviso de compensación de saldos a favor en el Impuesto Empresarial a Tasa Unica
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS
256
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
253
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE SUS
INTEGRANTES
254
TODOS
LOS
DEMAS
252
1
Forma fiscal 41 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
X
X
2
Tratándose de la primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada, y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
X
4
Original o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
X
5
Escrito o papel de trabajo en el que se manifieste los acreditamientos efectuados.
X
X
X
X
6
En los casos de avisos complementarios por modificaciones en el propio formato, saldo a favor, importe compensado, tipo de impuesto o fecha de las declaraciones en las que se manifiesta el saldo a favor o se aplica la compensación, deberá observar las siguientes consideraciones:
 
 
 
 
 
a) Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, solo presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
X
X
X
X
 
b) Si el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la compensación, únicamente presentará el formato 41 con los datos que en el propio formato se indican.
X
X
X
X
 
c) Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en los datos del formato 41 presentado originalmente, únicamente entregará el Aviso de compensación con los datos que en el propio formato se indican.
X
X
X
X
 
d) Adicionalmente, el aviso complementario se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo servicios y de trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
X
X
X
X
 
Notas:  Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
          Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Aviso de compensación de saldos a favor en el Impuesto Empresarial a Tasa Unica
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS
256
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
253
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE
SUS
INTEGRANTES
254
TODOS
LOS
DEMAS
252
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o el aviso se haya presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
3
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad
X
X
X
X
4
Escrito en el que aclare la determinación del monto de pagos provisionales manifestado en la declaración del ejercicio.
X
X
X
X
5
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
X
6
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
X
X
7
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
8
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
 
Nota:   Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
          Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
19/CFFAviso de compensación de saldos a favor del IDE.
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC.
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
 
Requisitos:
Ver Tabla 15
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Art. 8 Ley del IDE, Regla II.2.2.7. RMF
 
Tabla 15
Aviso de compensación del Impuesto a los Depósitos en Efectivo
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS
261
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
258
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE
SUS
INTEGRANTES
259
TODOS
LOS
DEMAS
257
1
Forma fiscal 41 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
X
X
2
Tratándose de la primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentado, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada, y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
X
4
Original o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
X
5
Constancia de recaudación del IDE.
X
X
X
X
6
Tratándose de remanentes se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
X
X
X
X
7
En los casos de avisos complementarios por modificaciones en el propio formato, saldo a favor, importe compensado, tipo de impuesto o fecha de las declaraciones en las que se manifiesta el saldo a favor o se aplica la compensación, deberá observar las siguientes consideraciones:
X
X
X
X
 
a)     Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, solo presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
X
X
X
X
 
b)     Si el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la compensación, únicamente presentará el formato 41 con los datos que en el propio formato se indican.
X
X
X
X
 
c)     Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en los datos del formato 41 presentado originalmente, únicamente entregará el Aviso de compensación con los datos que en el propio formato se indican.
X
X
X
X
 
d)     Adicionalmente, el aviso complementario se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación
X
X
X
X
Nota:   Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor. Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso
 
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
 
Aviso de compensación del Impuesto a los Depósitos en Efectivo
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS
261
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
258
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE
SUS
INTEGRANTES
259
TODOS
LOS
DEMAS
257
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o el aviso se haya presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
3
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
X
5
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
X
X
6
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
7
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
 
Nota:      Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
             Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
20/CFF. Aviso de compensación de saldos a favor del ISR de Grandes Contribuyentes
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales.
¿Dónde se presenta?
Previa cita en la Administración Local de Servicios al Contribuyente (ALSC) autorizada. que corresponda dependiendo de la circunscripción a la que pertenezca el domicilio fiscal conforme al siguiente cuadro:
ALSC
Circunscripción
Guadalajara
Ubicada en:
Av. Américas No. 1221, Torre "A" Col. Circunvalación Américas, C.P. 44630, Guadalajara, Jal.
Colima,
Jalisco,
Nayarit,
Michoacán.
Veracruz
Ubicada en:
Módulo Marina Mercante, Calle Marina Mercante Antiguo Edificio de la Aduana s/n Entre Miguel Lerdo de Tejada y Benito Juárez, Col. Centro C.P. 91700, Veracruz, Ver.
Campeche,
Chiapas,
Oaxaca,
Quintana Roo,
Tabasco,
Veracruz,
Yucatán
Monterrey
Ubicada en:
Pino Suarez 790 Sur esq. Padre Mier, Col. Centro, C.P. 64000, Monterrey, Nuevo León.
Coahuila,
Durango,
Nuevo León,
Tamaulipas,
Zacatecas
Hermosillo
Ubicada en:
Centro de Gobierno; Blvd. Paseo Del Río Sonora
Esq. Galeana Sur PB. Edif. Hermosillo, Col. Villa de Seris, C.P. 83280, Hermosillo, Sonora.
Baja California,
Baja California Sur,
Chihuahua,
Sinaloa,
Sonora
Celaya
Ubicada en:
Rubén M. Campos s/n Fracc. Zona de Oro 1, C.P. 38020, Celaya, Guanajuato.
Guanajuato,
Aguascalientes,
Querétaro,
San Luis Potosí.
 
Los contribuyentes de las circunscripciones del Distrito Federal, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Puebla y Tlaxcala, presentarán sus avisos de compensación directamente en las ventanillas de la Administración General de Grandes Contribuyentes en Avenida Hidalgo Núm. 77, Módulo III planta baja, Col. Guerrero, Delegación. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México D.F.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
Requisitos:
Aviso de Compensación de saldos a favor del ISR
Grandes Contribuyentes
1
Forma fiscal 41 por duplicado y sus anexos correspondientes.
2
Tratándose de la primera vez que solicita compensación o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentado, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
4
Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
5
Si realizó la compensación de saldos a favor bajo el esquema de "Compensación Universal" a que se refiere la regla 2.2.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004, deberá registrar en la parte inferior de la forma fiscal 41 "Aviso de Compensación", a máquina o de manera impresa, la siguiente leyenda:
"Se presentó declaración de corrección de datos de compensación contra (IVA de Actos accidentales o IEPS Retenido, según se trate), en términos de la regla 2.2.7, con fecha (dd-mm-aaaa) y con número de operación____________".
6
Tratándose de declaraciones en las que se manifieste el saldo a favor correspondiente al ejercicio 2001 o anteriores, fotocopia de la declaración del ejercicio normal y/o complementaria presentada ante institución bancaria autorizada.
7
Tratándose de declaraciones provisionales o del ejercicio, presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia, deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria.
 
 
8
Original y fotocopia de los comprobantes de impuesto acreditable retenido o pagado, (constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios en los que consten las retenciones de ISR; comprobantes de impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración Formato 1-A.
Nota: Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 de Código Federal de Procedimientos Civiles.
9
Escrito en el que se manifieste la proporción de su participación en la copropiedad y nombre del representante común (Solo para ejercicio 2002).
que el propio formato solicita.
11
En los casos de avisos complementarios por modificaciones en el propio formato, saldo a favor, importe compensado, tipo de impuesto o fecha de las declaraciones en las que se manifiesta el saldo a favor o se aplica la compensación, deberá observar las siguientes consideraciones:
 
a)    Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y el periodo de ésta corresponde al ejercicio 2002 y posteriores, se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita
 
b)    Si el aviso complementario es derivado de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y el periodo de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el aviso de compensación por duplicado acompañado de la declaración complementaria que corresponda.
 
c)     Si el aviso complementario se origina con motivo de modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la compensación y el periodo de ésta corresponde al ejercicio 2002 en adelante, se presentará el formato 41 con los datos que en el propio formato se indican.
 
d)    Si el aviso complementario es motivado por modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la compensación y el periodo de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el formato 41 acompañado de la declaración complementaria respectiva.
 
e)    Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en los datos del formato 41 presentado originalmente, únicamente entregará el Aviso de compensación con los datos que en el propio formato se indican.
 
f)     Adicionalmente a los documentos referenciados con anterioridad, el aviso complementario se acompañará de los documentos que se establecen en este trámite, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
 
Notas:   Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compensó" de la forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la fracción V de la Regla II.2.15.1 vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
            Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Aviso de Compensación de saldos a favor del ISR
Grandes Contribuyentes
No.
DOCUMENTO
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o el aviso se haya presentado con errores u omisiones.
autoridad.
3
Comprobantes de deducciones personales, cuando sean en exceso o discrepantes con los ingresos.
4
Escrito en el que aclare la determinación del monto de pagos provisionales manifestado en la declaración del ejercicio y, en su caso, copia de los pagos provisionales correspondientes.
5
Escrito en el que aclare la cifra manifestada en la declaración respecto del acreditamiento del saldo a favor del ISR contra el IMPAC, por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
6
Para contribuyentes del sector agropecuario: Escrito en el que aclare la determinación de los ingresos exentos, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
7
Escrito en el que se manifieste "bajo protesta de decir verdad" el motivo por el cual no manifestó cantidad en el cuadro correspondiente al IMPAC en la declaración del ejercicio de que se trate, estando obligado.
8
En caso de que el retenedor no haya presentado la declaración informativa, comprobar la relación laboral y/o comercial con la presentación de:
·      Estados de cuenta bancarios con los depósitos por concepto de pago de horarios o arrendamiento.
·      Recibos de arrendamiento.
·      Recibos de honorarios.
·      Estados de cuenta bancarios, con las retenciones.
9
Escrito en el que se detalle la determinación del ingreso acumulable y no acumulable, por existir diferencias con el determinado por la autoridad.
10
Tratándose de un establecimiento permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de tratados internacionales.
11
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
12
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
13
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
 
Nota:  Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
         Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.2.7. RMF
 
21/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del IVA, Grandes Contribuyentes.
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales.
¿Dónde se presenta?
·     En la Administración Local de Servicios al Contribuyente (ALSC) autorizada. que corresponda dependiendo de la circunscripción a la que pertenezca el domicilio fiscal conforme al siguiente cuadro:
ALSC
Circunscripción
Guadalajara
Ubicada en:
Av. Américas No. 1221 Torre "A"
Col. Circunvalación Américas, C.P. 44630, Guadalajara, Jal.
Colima,
Jalisco,
Nayarit,
Michoacán.
Veracruz
Ubicada en:
Módulo Marina Mercante, Calle Marina Mercante Antiguo Edificio de la Aduana s/n Entre Miguel Lerdo de Tejada y Benito Juárez, Col. Centro, C.P. 91700, Veracruz, Ver.
Campeche,
Chiapas,
Oaxaca,
Quintana Roo,
Tabasco,
Veracruz,
Yucatán
Monterrey
Ubicada en:
Pino Suarez 790 Sur esq. Padre Mier,
Col. Centro, C.P.64000, Monterrey, Nuevo León
Coahuila,
Durango,
Nuevo León,
Tamaulipas,
Zacatecas
Hermosillo
Ubicada en:
Centro de Gobierno; Blvd. Paseo Del Río Sonora
Esq., Galeana Sur P.B. Edif. Hermosillo, Col. Villa de Seris, C.P. 83280, Hermosillo Sonora.
Baja California,
Baja California Sur,
Chihuahua,
Sinaloa,
Sonora
Celaya
Ubicada en:
Rubén M. Campos s/n Fracc. Zona de Oro 1, C.P. 38020, Celaya Guanajuato.
Guanajuato,
Aguascalientes,
Querétaro,
San Luis Potosí.
 
Los contribuyentes de las circunscripciones del Distrito Federal, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Puebla y Tlaxcala, presentarán sus avisos de compensación directamente en las ventanillas de la Administración General de Grandes Contribuyentes en Avenida Hidalgo Núm. 77, Módulo III planta baja, Col. Guerrero, Delegación. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
 
Requisitos:
Grandes Contribuyentes
No.
DOCUMENTO
1
Forma fiscal 41 por duplicado y sus anexos correspondientes.
2
Tratándose de la primera vez que solicita compensación o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y copia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, deberá anexar original o copia certificada y copia del acta de asamblea protocolizada o poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
4
Original y copia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de elector, certificado de matricula consular, pasaporte vigente o cédula profesional).
5
Si realizó la compensación de saldos a favor bajo el esquema de "Compensación Universal" a que se refiere la regla 2.2.7 para 2004, deberá registrar en la parte inferior de la forma fiscal 41 "Aviso de Compensación", a máquina o de manera impresa, la siguiente leyenda:
"Se presentó declaración de corrección de datos de compensación contra (IVA de Actos accidentales o IEPS Retenido, según se trate), en términos de la regla 2.2.7, con fecha (dd-mm-aaaa) y con número de operación ____________".
6
Original y copia de los comprobantes de impuesto retenido o pagado (constancias de retenciones con firma autógrafa y en su caso, sello original, estados de cuenta bancarios, etc.).
7
Tratándose de avisos de compensación con saldos a favor del ejercicio 2002, con saldos pendientes de acreditar de ejercicios anteriores, copia de las declaraciones provisionales y del ejercicio (normales y complementarias) del ejercicio fiscal cuyo saldo a favor se acumuló.
8
Tratándose de declaraciones presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la copia, deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria
9
Dispositivo magnético con la relación de proveedores, prestadores de servicios o arrendadores que representen el 80% del valor de sus operaciones y/o la relación de la totalidad de operaciones de comercio exterior.
10
Papeles de trabajo (duplicado), en los cuales demuestre cómo determinó el importe del IVA a reintegrar o incrementar derivado del ajuste, cuando haya elegido la mecánica establecida en el Artículo 4o. de la Ley del IVA (Aplica cuando en el anexo No. 1 del formato 32 y 41 se indiquen importes en los renglones "c", del recuadro IVA ACREDITABLE DEL PERIODO y "f" del recuadro SALDO A FAVOR DE IVA DETERMINADO EN EL PERIODO).
11
Tratándose de remanentes solo se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
saldo a favor o se aplica la compensación, deberá observar las siguientes consideraciones:
 
 
 
a)    Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y el periodo de ésta corresponde al ejercicio 2002 y posteriores, presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
 
b)    Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y el periodo de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el aviso de compensación por duplicado acompañado de la declaración complementaria que corresponda
.
c)     Si el aviso complementario se presenta con motivo de modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la compensación y el periodo de ésta corresponde al ejercicio 2002 en adelante, únicamente presentará el formato 41 con los datos que en el propio formato se indican.

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