DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Circular S-22.17.3 mediante la cual se dan a conocer a las personas y entidades relacionadas con la contratación de las rentas vitalicias y de los seguros de sobrevivencia previstos en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, las metodologías de cálculo para la determinación del monto constitutivo de los seguros de pensiones derivados de la Ley del Seguro Social, en lo relativo a la metodología para el cálculo del monto por concepto de pagos prescritos y vencidos a la fecha de cálculo de los seguros de invalidez y vida, riesgos de trabajo, y para las rentas vitalicias de los beneficiarios de los seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

Viernes 14 de Agosto 2009
CIRCULAR S-22
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
CIRCULAR S-22.17.3
Asunto: METODOLOGIAS DE CALCULO.- Se dan a conocer las metodologías de cálculo para la determinación del monto constitutivo de los seguros de pensiones derivados de la Ley del Seguro Social, en lo relativo a la metodología para el cálculo del monto por concepto de Pagos Prescritos y Vencidos a la fecha de cálculo de los seguros de Invalidez y Vida, Riesgos de Trabajo, y para las rentas vitalicias de los beneficiarios de los seguros de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.
A las personas y entidades relacionadas
con la contratación de las rentas vitalicias
y de los seguros de sobrevivencia previstos
en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, los procedimientos relativos al cálculo del monto constitutivo para la contratación de las rentas vitalicias y de los seguros de sobrevivencia, estará a cargo de un comité integrado por miembros designados por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, quien lo presidirá, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
En virtud de lo anterior, el referido Comité, en su XI sesión del 16 de junio de 2009, ratificó la aprobación dada a las metodologías de cálculo para la determinación del monto constitutivo de los seguros de pensiones derivados de la Ley del Seguro Social, en lo relativo a la metodología para el cálculo del monto por concepto de Pagos Prescritos y Vencidos a la fecha de cálculo de los seguros de Invalidez y Vida, Riesgos de Trabajo, y para las rentas vitalicias de los beneficiarios de los seguros de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.
En consideración de lo antes expuesto, de conformidad con lo establecido en los artículos 81 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, 108, fracciones IV y XII, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, y 1o. del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, se dan a conocer las metodologías de cálculo para la determinación del monto constitutivo de los seguros de pensiones derivados de la Ley del Seguro Social, en lo relativo a la metodología para el cálculo del monto por concepto de Pagos Prescritos y Vencidos a la fecha de cálculo de los seguros de Invalidez y Vida, Riesgos de Trabajo, y para las rentas vitalicias de los beneficiarios de los seguros de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (Anexo 1).
 
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 13 de agosto de 2009.- El Presidente de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Manuel S. Aguilera Verduzco.- Rúbrica.
ANEXO 1
Metodología para el cálculo del monto por concepto de Pagos Prescitos y Vencidos a la Fecha de Cálculo de
los Seguros de Invalidez y Vida, Riesgos de Trabajo y para las rentas Vitalicias de los beneficiarios de los
Seguros de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
Ley del Seguro Social
 
METODOLOGIA PARA EL CALCULO DEL MONTO POR CONCEPTO DE PAGOS PRESCRITOS Y
VENCIDOS A LA FECHA DE CALCULO DE LOS SEGUROS DE INVALIDEZ Y VIDA, RIESGOS DE
TRABAJO Y PARA LAS RENTAS VITALICIAS DE LOS BENEFICIARIOS DE LOS SEGUROS DE
RETIRO, CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
(INCLUYE INCREMENTO A LA PENSION PARA INVALIDEZ Y VIDA Y RIESGOS DE TRABAJO)
 
Indice
Sección 1
I.- Definiciones
II.- De los pagos prescritos y vencidos
III.- Cálculo de PP y PV
IV.- Del cálculo de Sk
Sección 2 Seguro de Invalidez y Vida
Cálculo de las Rf,j
I. Seguro de Vida
a) Viudo(a) y huérfanos
b) Viudo(a) sin huérfanos
c) Huérfanos de padre y madre
d) Huérfanos con padre (madre) sin derecho a pensión
e) n huérfanos con padre o madre sin derecho a pensión (huérfanos sencillos) y m huérfanos de padre y madre (huérfanos dobles)
f) Viudo(a) y n huérfanos con padre o madre (huérfanos sencillos) y m huérfanos de padre y madre (huérfanos dobles).
g) Ascendientes
II.- Seguro de Invalidez
a) Inválido(a) con hijos y cónyuge
b) Inválido(a) con cónyuge sin hijos
c) Inválido(a) con hijos sin cónyuge
d) Inválido(a) con ascendientes
e) Inválido(a) sin hijos, cónyuge ni ascendientes
III.- Seguro de Sobrevivencia
Sección 3 Seguro de Riesgos de Trabajo
Cálculo de las Rf,j
I. Seguro de Vida
a) Viudo(a) y huérfanos
b) Viudo(a) sin huérfanos
c) Huérfanos de padre y madre
d) Huérfanos con padre (madre) sin derecho a pensión
e) n huérfanos con padre o madre sin derecho a pensión (huérfanos parciales) y m huérfanos de padre y madre (huérfanos totales)
f) Viudo(a) y n huérfanos con padre o madre (huérfanos sencillos) y m huérfanos de padre y madre (huérfanos dobles).
g) Ascendientes
 
II.- Seguro de Incapacidad
 
 

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