DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Circular S-22.17.5 mediante la cual se dan a conocer a las personas y entidades relacionadas con la contratación de las rentas vitalicias y de los seguros de sobrevivencia previstos en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, las metodologías de cálculo para la determinación del monto constitutivo de los seguros de pensiones derivados de la Ley del Seguro Social, en lo relativo a la determinación del monto constitutivo originado por cambios en el estatus del grupo familiar de los seguros de invalidez y vida, y riesgos de trabajo

Viernes 14 de Agosto 2009
CIRCULAR S-22
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
CIRCULAR S-22.17.5
Asunto: METODOLOGIAS DE CALCULO.- Se dan a conocer las metodologías de cálculo para la determinación del monto constitutivo de los seguros de pensiones derivados de la Ley del Seguro Social, en lo relativo a la determinación del monto constitutivo originado por cambios en el estatus del Grupo Familiar de los seguros de Invalidez y Vida, y Riesgos de Trabajo.
A las personas y entidades relacionadas
con la contratación de las rentas vitalicias
y de los seguros de sobrevivencia previstos
en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, los procedimientos relativos al cálculo del monto constitutivo para la contratación de las rentas vitalicias y de los seguros de sobrevivencia, estará a cargo de un comité integrado por miembros designados por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, quien lo presidirá, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
En virtud de lo anterior, el referido Comité, en su XI sesión del 16 de junio de 2009, ratificó la aprobación dada a las metodologías de cálculo para la determinación del monto constitutivo de los seguros de pensiones derivados de la Ley del Seguro Social, en lo relativo a la determinación del monto constitutivo originado por cambios en el estatus del Grupo Familiar de los seguros de Invalidez y Vida, y Riesgos de Trabajo.
En consideración de lo antes expuesto, de conformidad con lo establecido en los artículos 81 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, 108, fracciones IV y XII, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, y 1o. del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, se dan a conocer las metodologías de cálculo para la determinación del monto constitutivo de los seguros de pensiones derivados de la Ley del Seguro Social, en lo relativo a las notas técnicas para la determinación del monto constitutivo originado por cambios en el estatus del Grupo Familiar de los seguros de Invalidez y Vida, y Riesgos de Trabajo (Anexo 1).
Atentamente
 
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 13 de agosto de 2009.- El Presidente de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Manuel S. Aguilera Verduzco.- Rúbrica.
ANEXO 1
Notas técnicas para la determinación del monto constitutivo originado por cambios en el estatus del grupo
familiar de los seguros de Invalidez y Vida y Riesgos de Trabajo
Ley del Seguro Social
 
NOTA TECNICA PARA LA DETERMINACION DEL MONTO ORIGINADO POR CAMBIOS EN EL ESTATUS DEL
GRUPO FAMILIAR DE LAS PENSIONES DERIVADAS DEL SEGURO DE INVALIDEZ Y VIDA.
LEY DEL IMSS
 
Nota Técnica para el cálculo de la diferencia en el Monto Constitutivo originado por cambios en el
estatus del grupo familiar
Indice
Sección 1
Definiciones
Sección 2
I. Seguro de Vida
a) Viudo(a) y huérfanos
b) Viudo(a) sin huérfanos
c) Huérfanos de padre y madre
d) Huérfanos con padre (madre) sin derecho a pensión
e) n huérfanos con padre o madre sin derecho a pensión (huérfanos sencillos) y m huérfanos de padre y madre (huérfanos dobles)
f) Viudo(a) y n huérfanos con padre o madre (huérfanos sencillos) y m huérfanos de padre y madre (huérfanos dobles)
g) Ascendientes
II.- Seguro de invalidez para huérfanos
III.- Finiquito para huérfanos
IV.- Prima neta del seguro de vida
V.- Reserva Exacta del seguro de vida para el estatus u del Grupo Familiar
VI.- Diferencial de Prima en el momento t+p/k por cambio en el estatus del Grupo Familiar
Sección 3
I.- Seguro de Invalidez
a) Inválido(a) con hijos y cónyuge
b) Inválido(a) con cónyuge sin hijos
c) Inválido(a) con hijos sin cónyuge
d) Inválido(a) con ascendientes
e) Inválido(a) sin hijos, cónyuge ni ascendientes
II.- Seguro de invalidez para hijos
III.- Prima neta del seguro de invalidez
IV.- Reserva Exacta del seguro de vida para el estatus u del Grupo Familiar
V.- Diferencial de Prima en el momento t+p/k por cambio en el estatus del Grupo Familiar
Sección 4
I.- Seguro de Sobrevivencia
a) Inválido(a) con hijos y cónyuge
b) Inválido(a) con cónyuge sin hijos
c) Inválido(a) con hijos huérfanos de padre o madre
 
d) Inválido(a) con hijos con padre (madre) sin derecho a pensión
e) Inválido(a) con ascendientes
II.- Seguro de invalidez para hijos
III.- Finiquito para hijos
IV.- Prima neta del seguro de sobrevivencia
V.- Reserva Exacta del seguro de sobrevivencia para el estatus u del Grupo Familiar
VI.- Diferencial de Prima en el momento t+p/k por cambio en el estatus del Grupo Familiar
 
 
NOTA TÉCNICA PARA LA DETERMINACIÓN DEL MONTO ORIGINADO POR CAMBIOS EN EL ESTATUS DEL
GRUPO FAMILIAR DE LAS PENSIONES DERIVADAS DEL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO.
LEY DEL IMSS
 
Nota Técnica para la el cálculo de la diferencia en el Monto Constitutivo originado por cambios en el
estatus del grupo familiar
Indice
Sección 1
Definiciones
Sección 2
I.- Seguro de Vida
a) Viudo(a) y huérfanos
b) Viudo(a) sin huérfanos
c) Huérfanos de padre y madre
d) Huérfanos con padre (madre) sin derecho a pensión
e) n huérfanos con padre o madre sin derecho a pensión (huérfanos sencillos) y m huérfanos de padre y madre (huérfanos dobles)
f) Viudo(a) y n huérfanos con padre o madre (huérfanos sencillos) y m huérfanos de padre y madre (huérfanos dobles)
g) Ascendientes
II.- Seguro de incapacidad para huérfanos
III.- Finiquito para huérfanos
IV.- Prima neta del seguro de vida
V.- Reserva Exacta del seguro de vida para el estatus u del Grupo Familiar
VI.- Diferencial de Prima en el momento t+p/k por cambio en el estatus del Grupo Familiar
Sección 3
I.- Prima neta del seguro de incapacidad
II.- Reserva Exacta del seguro de incapacidad para el estatus u del Grupo Familiar
III.- Diferencial de Prima en el momento t+p/k por cambio en el estatus del Grupo Familiar
Sección 4
I.- Seguro de Sobrevivencia
a) Incapacitado (a) con hijos y cónyuge
b) Incapacitado (a) con cónyuge sin hijos
c) Incapacitado (a) con hijos huérfanos de padre o madre
d) Incapacitado (a) con hijos con padre (madre) sin derecho a pensión
e) Incapacitado (a) con ascendientes
II.- Seguro de invalidez para hijos
 
III.- Finiquito para hijos
IV.- Prima neta del seguro de sobrevivencia
V.- Reserva Exacta del seguro de sobrevivencia para el estatus u del Grupo Familiar
VI.- Diferencial de Prima en el momento t+p/k por cambio en el estatus del Grupo Familiar
 
 

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