DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 41/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el artículo 38 del diverso Acuerdo General 53/2006, que establece los lineamientos para el arrendamiento y adquisición de inmuebles en el Consejo de la Judicatura Federal, así como el artículo 77, fracción XVI, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo

Jueves 17 de Septiembre 2009
ACUERDO General 41/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el artículo 38 del diverso Acuerdo General 53/2006, que establece los lineamientos para el arrendamiento y adquisición de inmuebles en el Consejo de la Judicatura Federal
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 41/2009, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA EL ARTICULO 38 DEL DIVERSO ACUERDO GENERAL 53/2006, QUE ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS PARA EL ARRENDAMIENTO Y ADQUISICION DE INMUEBLES EN EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, ASI COMO EL ARTICULO 77, FRACCION XVI, DEL ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO.- Que el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que se realicen, deberán asegurar las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes a fin de acreditar la economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado;
TERCERO.- Que la fracción XVII del artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación faculta al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para emitir las bases, mediante acuerdos generales, para que las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realice el Poder Judicial de la Federación, a excepción de la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de su presupuesto de egresos, se ajuste a los criterios contemplados en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
CUARTO.- Que la Ley General de Bienes Nacionales, publicada en el Diario Oficial de la Federación de veinte de mayo de dos mil cuatro, estableció en su artículo 23, las facultades del Poder Judicial de la Federación para implementar un sistema de administración inmobiliaria que le permita la administración eficaz y el óptimo aprovechamiento de los inmuebles, así como designar a los responsables inmobiliarios correspondientes, quienes tendrán las funciones previstas en la normatividad que se emita en materia de administración de inmuebles;
QUINTO.- Que con fecha diez de julio de dos mil seis, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expidió el Acuerdo General 53/2006, que Establece los Lineamientos para el Arrendamiento y Adquisición de Inmuebles en el Consejo de la Judicatura Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el once de agosto de dos mil seis. Dicho Acuerdo, tiene como propósito regular los procedimientos y demás acciones relacionadas con la adquisición, aprovechamiento, conservación, mantenimiento, inventario, enajenación y desincorporación de los inmuebles federales al servicio del Poder Judicial de la Federación, así como las instancias responsables de cumplir y hacer cumplir las disposiciones conducentes en la materia;
SEXTO.- Que con fecha dieciséis de octubre de dos mil seis, entró en vigor el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, en cuyo artículo 77 se establecen las atribuciones del titular de la Secretaría Ejecutiva de Obra, Recursos Materiales y Servicios Generales;
SEPTIMO.- Que de la instrumentación de los Acuerdos Generales citados, se advierte la necesidad de reformar el texto de los artículos 38, del primero y 77, fracción XVI, del segundo, a fin de precisar las instancias competentes para la asignación temporal de espacios de los inmuebles sujetos a la Administración del Consejo, a través de las unidades administrativas facultadas para ello.
En consecuencia, con fundamento en los artículos constitucionales y legales invocados, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- Se reforma el artículo 38 del Acuerdo General 53/2006, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Establece los Lineamientos para el Arrendamiento y Adquisición de Inmuebles en el Consejo de la Judicatura Federal, para quedar como sigue:
"ARTICULO 38.- Instancias competentes. Corresponderá al Secretario Ejecutivo de Obra, Recursos Materiales y Servicios Generales, otorgar la autorización para la asignación temporal de espacios, que sometan a su consideración, el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales, tratándose de inmuebles ubicados en el Distrito Federal y zona metropolitana, y el Director General de Administración Regional, para los inmuebles ubicados en el interior de la República, quienes, previamente a la propuesta que formulen, deberán verificar que, con su otorgamiento, no se afecte el interés público, ni del Poder Judicial de la Federación.
En los Lineamientos para la Asignación Temporal de Espacios que apruebe la Comisión de Administración, se establecerá la obligación del Secretario Ejecutivo de Obra, Recursos Materiales y Servicios Generales, de presentarle informes periódicos sobre las autorizaciones otorgadas."
SEGUNDO.- Se reforma el artículo 77, fracción XVI, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, para quedar como sigue:
"ARTICULO 77.- El titular de la Secretaría Ejecutiva de Obra, Recursos Materiales y Servicios Generales tendrá las siguientes atribuciones:
I. a XV. ...
XVI. Administrar los inmuebles, así como, cuando resulte procedente, otorgar las autorizaciones que sometan a su consideración el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales, tratándose de inmuebles ubicados en el Distrito Federal y zona metropolitana, y el Director General de Administración Regional, para los inmuebles ubicados en el interior de la República, respecto de la asignación temporal de espacios y suscribir dichas autorizaciones, en su caso;
..."
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y, para su mayor difusión, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
TERCERO.- La Secretaría Ejecutiva de Vigilancia, Información y Evaluación, deberá integrar de inmediato el texto de estas reformas, al Acuerdo General 53/2006, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Establece los Lineamientos para el Arrendamiento y Adquisición de Inmuebles en el Consejo de la Judicatura Federal y al Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, respectivamente.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 41/2009, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reforma el Artículo 38 del Diverso Acuerdo General 53/2006, que Establece los Lineamientos para el Arrendamiento y Adquisición de Inmuebles en el Consejo de la Judicatura Federal, así como el Artículo 77, Fracción XVI, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, fue aprobado por el Pleno del Consejo, en sesión ordinaria de veintiséis de agosto de dos mil nueve, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Luis María Aguilar Morales, Juan Carlos Cruz Razo, María Teresa Herrera Tello, César Alejandro Jáuregui Robles, Jorge Moreno Collado y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a ocho de septiembre de dos mil nueve.- Conste.- Rúbrica.
 

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