DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 40/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el considerando séptimo y el artículo tercero del diverso Acuerdo General 77/2006, que establece el Sistema de Registro y Control de Guardias de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito

Miércoles 23 de Septiembre 2009
ACUERDO General 40/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el considerando séptimo y el artículo tercero del diverso Acuerdo General 77/2006, que establece el Sistema de Registro y Control de Guardias de los Tribunales de Circuit
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 40/2009, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA EL CONSIDERANDO SEPTIMO Y EL ARTICULO TERCERO DEL DIVERSO ACUERDO GENERAL 77/2006, QUE ESTABLECE EL SISTEMA DE REGISTRO Y CONTROL DE GUARDIAS DE LOS TRIBUNALES DE CIRCUITO Y JUZGADOS DE DISTRITO.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- En términos de lo dispuesto por los artículo 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado cumplimiento de sus funciones;
SEGUNDO.- El Consejo de la Judicatura Federal ha expedido diversos acuerdos generales que constituyen el marco normativo que regula el ejercicio de sus atribuciones, entre otros, el Acuerdo General 77/2006, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Establece el Sistema de Registro y Control de Guardias de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito;
TERCERO.- El Acuerdo General de referencia, establece en su considerando séptimo la conveniencia de que, mediante el aprovechamiento de las tecnologías de información, se implemente un Sistema de Registro y Control de Guardias de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, que opere en la Red de Comunicaciones del Poder Judicial de la Federación, de tal forma que, además de los avisos que se fijan en los locales de los órganos jurisdiccionales, a través de la Intranet también se hagan del conocimiento de los tribunales y juzgados federales, los datos que permitan identificar y localizar al secretario de guardia que estará encargado de la recepción de las promociones y asuntos indicados, fuera del horario de labores;
CUARTO.- Tomando en cuenta que la incorporación del uso de recursos tecnológicos ha facilitado la comunicación y seguimiento de los asuntos, tanto por parte de los órganos jurisdiccionales como del lado de los justiciables, resulta de gran relevancia hacer llegar a quien así lo requiera, la información disponible que obre en la Institución y que les permita agilizar la entrega de promociones de notoria urgencia, siendo el caso específico, el de la información concerniente al personal que se encuentre de guardia en los órganos jurisdiccionales.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales indicadas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
UNICO.- Se reforman el considerando SEPTIMO y el artículo TERCERO del Acuerdo General 77/2006, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Establece el Sistema de Registro y Control de Guardias de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, para quedar como sigue:
"CONSIDERANDO
SEPTIMO.- En razón de lo expuesto se estima conveniente que, mediante el aprovechamiento de las tecnologías de información, se implemente un Sistema de Registro y Control de Guardias de los Tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, que opere a través de Intranet e Internet, de tal forma que, además de los avisos que se fijan en los locales de los órganos jurisdiccionales, también se hagan del conocimiento de los tribunales y juzgados federales, así como de la población en general por medios electrónicos, los datos que permitan identificar y localizar al secretario de guardia que estará encargado de la recepción de las promociones y asuntos indicados, fuera del horario de labores;
...
ACUERDO
TERCERO.- La información contenida en el Sistema de Registro y Control de Guardias, podrá ser utilizada por los servidores públicos de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito; así como por las diversas áreas que conforman el Consejo de la Judicatura Federal y la población en general.
..."
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
TERCERO.- La Secretaría Ejecutiva de Vigilancia, Información y Evaluación, deberá integrar de inmediato el texto de esta reforma, al Acuerdo General 77/2006, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Establece el Sistema de Registro y Control de Guardias de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 40/2009, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reforma el Considerando Séptimo y el Artículo Tercero del Diverso Acuerdo General 77/2006, que Establece el Sistema de Registro y Control de Guardias de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de diecinueve de agosto de dos mil nueve, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Luis María Aguilar Morales, María Teresa Herrera Tello, César Alejandro Jáuregui Robles y Jorge Moreno Collado.- México, Distrito Federal, a once de septiembre de dos mil nueve.- Conste.- Rúbrica.
 

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