DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Decreto por el que se abroga la Ley que determina que respecto de los Impuestos de Importación y Exportación sólo son procedentes las exenciones consignadas en la Ley Aduanal

Viernes 18 de Junio 2010
DECRETO por el que se abroga la Ley que determina que respecto de los Impuestos de Importación y Exportación sólo son procedentes las exenciones consignadas en la Ley Aduanal
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE ABROGA LA LEY QUE DETERMINA QUE RESPECTO DE LOS IMPUESTOS DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN SÓLO SON PROCEDENTES LAS EXENCIONES CONSIGNADAS EN LA LEY ADUANAL.
Artículo Único.- Se abroga la Ley que determina que respecto de los Impuestos de Importación y Exportación sólo son procedentes las exenciones consignadas en la Ley Aduanal.
TRANSITORIO
Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 28 de abril de 2010.- Dip. Francisco Javier Ramirez Acuña, Presidente.- Sen. Carlos Navarrete Ruiz, Presidente.- Dip. Georgina Trujillo Zentella, Secretaria.- Sen. Adrián Rivera Pérez, Secretario.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a catorce de junio de dos mil diez.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Lic. Fernando Francisco Gómez Mont Urueta.- Rúbrica.
 

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