Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.
ACUERDO CCNO/7/2011, DE LA COMISION DE CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA PRORROGA DE LA EXCLUSION DEL TURNO DE NUEVOS ASUNTOS AL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN TOLUCA, ESTADO DE MEXICO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO. El artículo 81, fracción XXIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, de conformidad con el artículo 57, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo;
CUARTO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de dieciocho de mayo de dos mil once, acordó excluir por el término de tres meses al Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, con residencia en Toluca, Estado de México. Lo anterior, con el objetivo de que dicho órgano afronte el rezago de asuntos pendientes de resolver.
Derivado de lo anterior, el veintitrés de mayo de dos mil once, la Comisión de Creación de Nuevos Organos, emitió el Acuerdo CCNO/6/2011, en el cual, sustancialmente, se ordenó excluir al órgano colegiado indicado, por el periodo comprendido del uno de junio al treinta de agosto de dos mil once.
QUINTO. Del análisis de los resultados estadísticos recientes de los Tribunales Colegiados en Materia Penal del Segundo Circuito, con residencia en Toluca, Estado de México, se considera necesario prorrogar la exclusión indicada.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales señaladas, la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Se prorroga el periodo de exclusión del turno de nuevos asuntos al Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, con residencia en Toluca, Estado de México.
El periodo de prórroga de exclusión del turno de nuevos asuntos para el tribunal colegiado antes citado, comprenderá del treinta y uno de agosto al diecinueve de septiembre de dos mil once; por lo tanto, todos los asuntos nuevos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Penal del Segundo Circuito, con residencia en Toluca, Estado de México, se remitirán conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos, a los Tribunales Colegiados Primero, Segundo y Cuarto en ese Circuito y residencia.
Se exceptúan del turno los recursos de reclamación interpuestos en contra de resoluciones dictadas por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, con residencia en Toluca, Estado de México, así como de los recursos de queja por exceso o defecto en el cumplimiento de las resoluciones emitidas por el propio tribunal, que serán de su conocimiento, así como los asuntos relacionados.
SEGUNDO. Al finalizar la prórroga del periodo de exclusión del turno otorgado, los presidentes de los tribunales colegiados de que se trata, deberán informar sobre los resultados obtenidos a la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal.
TERCERO. El Pleno y la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias resolverán las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo, así como acordar la conclusión anticipada o extensión del plazo previsto en el punto primero de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Este acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
EL MAGISTRADO EDWIN NOE GARCIA BAEZA, SECRETARIO EJECUTIVO DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/7/2011, de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la prórroga de la exclusión del turno de nuevos asuntos al Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, con residencia en Toluca, Estado de México, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el veintidós de agosto de dos mil once, por los señores Consejeros: Presidente César Alejandro Jáuregui Robles y Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández.- México, Distrito Federal, a veintidós de agosto de dos mil once.- Conste.- Rúbrica.
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