DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Resolución preliminar de la revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de gatos hidráulicos tipo botella con capacidad de carga de 1.5 a 20 toneladas originarias de la República Popular China. Esta mercancía se clasifica en la fracción arancelaria 8425.42.02 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

Martes 22 de Noviembre 2011
Resolución preliminar de la revisión de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de gatos hidráulicos tipo botella con capacidad de carga de 1
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
RESOLUCION PRELIMINAR DE LA REVISION DE LA CUOTA COMPENSATORIA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE GATOS HIDRAULICOS TIPO BOTELLA CON CAPACIDAD DE CARGA DE 1.5 A 20 TONELADAS ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA. ESTA MERCANCIA SE CLASIFICA EN LA FRACCION ARANCELARIA 8425.42.02 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION.
Visto para resolver en esta etapa procesal el expediente administrativo E.C. 17/10, radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI o Autoridad Investigadora) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes:
RESULTANDOS
A.    Resolución final
1. El 23 de septiembre de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de gatos hidráulicos tipo botella con capacidad de carga de 1.5 a 20 toneladas originarias de China, independientemente del país de procedencia (la "Resolución Final"). Esta mercancía se clasifica en la fracción arancelaria 8425.42.02 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).
B.    Cuota compensatoria
2. En la Resolución Final la Secretaría impuso una cuota compensatoria definitiva de $18 dólares de los Estados Unidos de América ("dólares") por pieza.
C.    Cobertura de producto
3. El 3 de septiembre de 2009 se publicó en el DOF la resolución final del procedimiento administrativo de cobertura de producto, en la que se determinó que no están ni han estado sujetas al pago de la cuota compensatoria provisional ni definitiva las importaciones de los denominados "elementos tipo botella", que se describen en los puntos 13 y 14 de dicha resolución.
D.    Resolución de inicio de los procedimientos de examen y revisión
4. El 3 de septiembre de 2010 se publicó en el DOF la resolución por la que se declaró de oficio el inicio de los procedimientos de examen de vigencia y de revisión de la cuota compensatoria. Se fijó como periodo de examen y de revisión el comprendido del 1 de julio de 2009 al 30 de junio de 2010 y como periodo de análisis de daño a la rama de la producción nacional el comprendido del 1 de julio de 2006 al 30 de junio de 2010.
E.    Convocatoria y notificaciones
5. Mediante la publicación a que se refiere el punto anterior, la Secretaría convocó a los productores nacionales, importadores, exportadores y a cualquier persona que considerara tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento, para que comparecieran a presentar los argumentos y las pruebas que estimaran pertinentes.
6. La Secretaría también notificó el inicio del procedimiento a Urrea Herramientas Profesionales, S.A. de C.V. ("Urrea"), Industrias Tamer, S.A. de C.V. ("Tamer"), Truper Herramientas, S.A. de C.V. ("Truper") y al gobierno de China, que son las partes de las que tuvo conocimiento.
F.    Producto investigado
1.    Características esenciales
a.   Descripción general del producto
7. La mercancía objeto de revisión son los gatos hidráulicos tipo botella con capacidad de carga desde 1.5 hasta 20 toneladas. Estos productos son herramientas o aparatos manuales con forma semejante a una botella, que sirven para levantar cargas pesadas. Deben cumplir con la Norma Oficial Mexicana NOM-114-SCFI.
b.   Clasificación y régimen arancelario
8. El producto objeto de la presente revisión se clasifica de la siguiente manera, de acuerdo con la TIGIE:
Clasificación arancelaria
Descripción
Capítulo 84
Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
Partida 8425
Polipastos; tornos y cabrestantes; gatos.
- Subpartida primer nivel
- Polipastos;
Subpartida segundo nivel
8425.42
- - Los demás gatos hidráulicos.
8425.42.02
Tipo botella con bomba integral, de peso unitario igual o inferior a 20 kg y capacidad máxima de carga de 20 t.
 
9. La unidad de medida que utiliza la TIGIE es la pieza, que también es la que se utiliza en las operaciones comerciales.
c.   Usos y funciones
10. La función principal de los gatos hidráulicos tipo botella es levantar cargas pesadas. Se utilizan de manera primordial para levantar automóviles y facilitar reparaciones mecánicas o cambiar neumáticos. También se utilizan en la industria de la construcción como auxiliares en actividades de nivelación y cimentación, aunque con menor frecuencia.
2.    Información adicional
a.   Tratamiento arancelario
11. De acuerdo con el Sistema de Información Arancelaria Vía Internet, las importaciones de la mercancía que ingresa por la fracción arancelaria 8425.42.02 de la TIGIE están sujetas a un arancel ad valorem del 15 por ciento.
b.   Proceso productivo
12. Los principales insumos para fabricar los gatos hidráulicos tipo botella son barras, tubos y láminas de acero, aceite hidráulico, plástico y pintura a base de pigmentos de óxido e hidróxido. También se usan la energía eléctrica, agua, mano de obra y maquinaria especializada.
13. Las barras, tubos y las láminas de acero se maquinan en las dimensiones necesarias, dependiendo de la capacidad de carga requerida, a fin de obtener las partes principales: pistón, tubo camisa o botella, base del gato, tuerca y tubo cámara; así como para obtener otros componentes o accesorios: manija del gato, tirante de la manija, hexágono, válvula, pistón para hexágono, llave y tornillo de extensión. Las partes se ensamblan, se le pone el aceite hidráulico y se prueba el aparato de conformidad con lo que establece la NOM-114-SCFI-2006. La herramienta se lava, pinta, etiqueta y empaca.
G.    Partes interesadas comparecientes
14. Comparecieron en tiempo y forma al procedimiento las siguientes:
1.    Productoras nacionales:
Tamer
Paseo España No. 90, interior 201
Colonia Lomas Verdes, 3a. Sección
C.P. 53125 Naucalpan, Estado de México.
Truper
Calle D No. 31-A
Colonia Negra Modelo
C.P. 53330 Naucalpan, Estado de México.
2.    Importadora:
Urrea
Av. Santa Margarita 4140,
Interior 26, cuarto piso
Colonia Novaterra
C.P. 45130 Zapopan, Jalisco.
 
H.    Argumentos y medios de prueba
1.    Productores nacionales
a.   Tamer
15.   El 18 de octubre de 2010 Tamer presentó su respuesta al formulario oficial. Argumentó:
A.    No hay un cambio en las circunstancias por las que se impusieron cuotas compensatorias que justifique su eliminación; de eliminarse se repetiría el daño causado por las importaciones chinas.
B.    Actualmente el volumen de importaciones de gatos hidráulicos de China es bajo, se redujo significativamente al pasar de más de 100,000 piezas en 2003 a sólo 805 piezas en el periodo comprendido de julio de 2007 a junio de 2008.
C.    El 71 por ciento de los gatos hidráulicos importados durante el periodo investigado se introdujo al país con precios de entre $7.82 y $9.90 pesos por pieza, precios que no reflejan ni siquiera los costos de los insumos en ningún país del mundo, por lo que, desplazarían fácilmente a los de Tamer.
D.    La cuota compensatoria logró que el principal importador se convirtiera en productor. En 2003 Truper realizaba importaciones de entre 80,000 y 90,000 gatos hidráulicos por año. De eliminarse la cuota compensatoria, esa empresa podría dirigir su actividad a la importación de la mercancía investigada nuevamente.
E.    El precio de exportación a México se obtuvo eliminando las importaciones de orígenes distintos a China y excluyendo las importaciones que se realizaron bajo el régimen de importación temporal, que son un total de 102 gatos hidráulicos. Se obtuvo un precio promedio simple para cada una de las importaciones, a través de la división del valor comercial de la mercancía investigada entre el volumen importado, aunque se desconoce la capacidad del tipo de gato que fue importado por cada empresa, ya que algunas importaciones corresponden a partes y/o refacciones de maquinaria y/o gatos hidráulicos especializados y no a los que son objeto de la revisión.
F.    Estados Unidos es un buen país sustituto de China para determinar el valor normal. Brasil es una segunda opción válida.
a.   Las exportaciones en valor fueron muy similares entre Estados Unidos y China en 2009.
b.   Durante 2009 las importaciones de ambos países fueron superiores a un billón de dólares, mientras que Brasil sólo llega a los $133,000 millones de dólares.
c.   La inversión extranjera directa entre Estados Unidos y China es muy cercana si se comparan con la que tiene Brasil.
d.   Estados Unidos tiene la economía que más se asemeja en el nivel de desarrollo económico a China.
e.   El proceso de producción de los gatos hidráulicos es igual en todo el mundo.
f.    Estados Unidos también es productor y exportador de gatos hidráulicos tipo botella y es el tercer productor de acero en el mundo; en 2008 tenía 116 plantas productoras, con una producción de 113 millones de toneladas, lo que significa que tiene gran disponibilidad de insumos para fabricarlos.
g.   Según la United Nations Commodity Trade Statistics Database (UN COMTRADE Database), Estados Unidos es el principal importador y exportador a nivel mundial de gatos hidráulicos.
h.   En el sector productivo de gatos hidráulicos en Estados Unidos prevalecen condiciones de mercado, que lo hace un candidato ideal para ser país sustituto de China y no se tiene conocimiento de que esté siendo investigado por prácticas de dumping.
i.    Por otra parte, el Banco Mundial que clasifica a los países conforme a su nivel de ingreso, ubica a Estados Unidos en el grupo de países con ingreso alto y, a China y a Brasil en el de ingreso medio.
j.    Brasil tiene un desarrollo económico comparable al de China y un potencial similar de desarrollo.
k.   Ambos son del conjunto denominado BRIC (Brasil, Rusia, India y China) que por su potencial económico pueden tomar un papel dominante dentro de algunas décadas porque comparten características tales como una gran población, un enorme territorio y una gran cantidad de recursos naturales.
 
l.    Ambos han presentado cifras de crecimiento elevadas tanto del Producto Interno Bruto (PIB) como de su participación en el comercio.
m.  Brasil es la economía más grande de América del Sur y es capaz de alcanzar niveles de crecimiento similares a los de Asia.
n.   Brasil ocupa el octavo lugar con la producción del 2 por ciento mundial de acero.
o.   En la resolución preliminar de la investigación antidumping de tubería de acero sin costura, originaria de China, la Secretaría determinó que Brasil era un país sustituto apropiado para China porque ambos cuentan con disponibilidad de los insumos principales utilizados en la producción del producto investigado; tienen un nivel de desarrollo y costos de los factores de producción semejantes y Brasil tiene una economía de mercado que no parece enfrentar distorsiones comerciales.
p.   Brasil tiene un PIB per cápita más similar al de China, sin embargo, los demás indicadores como exportaciones, importaciones e inversión extranjera directa distan mucho con los de China.
q.   Brasil realiza exportaciones de gatos hidráulicos pero su volumen es muy bajo comparado con China y Estados Unidos, incluso su volumen de exportación se redujo prácticamente a la mitad de 2008 a 2009.
r.    Tomando en cuenta lo anterior, Estados Unidos sigue siendo el país que más se parece a China en la fabricación de gatos hidráulicos, si ésta no tuviera una economía centralmente planificada.
G.    La fuente que se utilizó para la obtención del valor normal en Estados Unidos es el listado de precios "Jobber Price Sheet", con vigencia de enero de 2009 a octubre de 2010, que les proporcionó un fabricante de gatos hidráulicos tipo botella en dicho país, que es el precio que se da a distribuidores en Estados Unidos. Los precios son ex fábrica en la planta de US JACK en Michigan, Estados Unidos, por lo que, no se hace ningún ajuste.
H.    Para el caso de que Brasil sea considerado como mejor opción de país sustituto, se proporciona un listado de precios de la empresa fabricante de gatos hidráulicos Metal Tecnica Bovenau Ltd. ("Bovenau"), el cual contempla dos tipos de gatos hidráulicos, los fabricados por la empresa en Brasil con prefijo MT y los de otros orígenes con el prefijo CJ; los precios se consideran ex fábrica en la planta de Bovenau, Sao Paulo, por lo que, el único ajuste fue el 12 por ciento del Impuesto de Circulación Sobre Mercancías y Servicios (ICMS), incluido en el precio del listado.
I.     Durante el último año China exportó 15,352,586 gatos hidráulicos tipo botella al mundo; es lógico que un bajo porcentaje de gatos que ese país destinara a México bastaría para inundarlo con esa mercancía. La razón por la que las exportaciones chinas se destinarían a México sería la demanda de precios bajos, porque en el mercado mexicano el factor precio es el elemento principal en la toma de decisiones de compra.
J.     En 2003 México ocupó el lugar 12 en las exportaciones chinas. De eliminarse la cuota compensatoria México volvería a entrar en los primeros quince lugares.
16.   Presentó:
A.    Listado de importaciones de la mercancía investigada con precios para el periodo comprendido de julio de 2009 a junio de 2010, cuya fuente es la base de datos de la Administración General de Aduanas (AGA) del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
B.    Lista de precios de gatos hidráulicos tipo botella con capacidad de carga de 1 a 20 toneladas, de 2006 a 2011, de las marcas Tamer y Mikel´s.
C.    Impresiones de la página de Internet de la empresa US JACK que es productora de gatos hidráulicos tipo botella en Estados Unidos.
D.    Copia del instrumento notarial 19,033 del 1 de febrero de 1966 que contiene el acta constitutiva de Tamer, que se otorgó ante el Notario Público 62 del Distrito Federal y del 58,781 del 26 de octubre de 1998, que se otorgó por el Notario Público 5 del Distrito Federal, que contiene la protocolización del acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Tamer del 1 de septiembre de 1998.
E.    Copia de la credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral a favor de su representante legal.
 
F.    Norma Oficial Mexicana NOM-114-SCFI-2006 que contiene las especificaciones de seguridad y métodos de prueba para gatos hidráulicos tipo botella.
G.    Informe de evaluación de Tamer, respecto al cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-114-SCFI-2006 de un gato hidráulico de origen chino y certificado de acreditación de Entidad Mexicana de Acreditación a Tamer como laboratorio de pruebas de gatos hidráulicos, vigente del 16 de mayo de 2007 al 16 de mayo de 2011.
H.    Comparativo de insumos de la mercancía investigada con la similar de producción nacional de Tamer.
I.     Proceso productivo de los gatos hidráulicos tipo botella, cuya fuente es Tamer.
J.     Certificados de cumplimiento por el Organismo Nacional de Normalización y Certificación de la Construcción y Edificación, de la NOM-114-SCFI-2006 de los gatos hidráulicos tipo botella fabricados por Tamer.
K.    Listados de precios de gatos de la empresa US JACK de Estados Unidos y Bovenau de Brasil, para determinar el valor normal en esos países.
L.    Listado de precios de un fabricante de gatos hidráulicos tipo botella en China.
b.   Truper
17.   El 18 de octubre de 2010 presentó su respuesta al formulario oficial. Argumentó:
A.    Comparece como productor nacional de gatos hidráulicos tipo botella con capacidad de carga de 1.5 a 20 toneladas.
B.    En la investigación de origen Truper compareció como el principal importador de la mercancía investigada. Derivado de la imposición de la cuota compensatoria, en 2006 instaló una línea de producción de gatos hidráulicos tipo botella, invirtiendo alrededor de $1.5 millones de dólares, en la que laboran 17 personas.
C.    Es procedente e indispensable la continuación y confirmación de la cuota compensatoria, ya que la importación de la mercancía objeto de los presentes procedimientos se efectuaría en condiciones de discriminación de precios, además de que causaría daño a la rama de producción nacional.
D.    Con base en su conocimiento del mercado chino, sabe que existe una gran disponibilidad de capacidad instalada para exportar gatos hidráulicos.
E.    La cuota compensatoria ha logrado que la producción nacional pueda competir en el mercado nacional con las importaciones chinas y de otros orígenes. El consumidor prefiere su producto por calidad, presentación y marca, y no por el precio, como sucedió en la investigación de origen.
F.    Truper puede competir con las importaciones chinas siempre que haya cuota compensatoria que elimine el efecto del dumping, pues de otra forma, los precios a los que llegarían los gatos hidráulicos no representarían ni el costo de los insumos en nuestro país. Los precios a los que se ofertan los gatos chinos son entre $3 y $5 dólares.
G.    De eliminarse la cuota compensatoria se generaría un aumento desmedido de las importaciones lo que generaría un daño en distintas variables de la producción nacional, tales como ventas, participación en el consumo nacional aparente, pérdida de empleos, que provocaría su desaparición a mediano plazo.
H.    También existe amenaza de daño y retraso en la creación de una rama de la producción nacional, pues de eliminarse la cuota compensatoria, afectaría a Truper en sus proyectos de producción y ampliación de su planta productiva, viéndose impactada en el empleo, ya que, de existir importaciones con dumping, se vería obligada a cerrar la línea de producción de gatos hidráulicos e importarlos.
I.     Truper se adhiere a los argumentos y pruebas de daño que presentó Tamer.
18.   Presentó:
A.    Instrumento notarial 5,046 emitido por el Notario Público 247 del Distrito Federal que contiene la compulsa de sus estatutos sociales.
B.    Instrumento notarial 10,665 emitido por el Notario Público 67 del Distrito Federal, en el que consta el poder general para pleitos y cobranzas que otorga Truper a favor de su representante legal.
 
C.    Copia de la credencial de elector emitida por el Instituto Federal Electoral, del título profesional y de la cédula correspondiente al representante legal compareciente.
D.    Indicadores económicos y financieros de Truper con respecto a la mercancía similar a la investigada, de julio de 2006 a junio de 2010, y proyección de julio de 2010 a junio de 2011.
E.    Impresión de la Norma Oficial Mexicana NOM-114-SCFI-2006.
F.    Impresión parcial de las páginas de Internet de las empresas Datong Profesional Tools http://www.tadong.com.cn, Haiyan Jinxing Machigery Co., Ltd. http://www.jxjack.com, Haiyan Emmet Tools Co., Ltd. http://www.emmetjack.com, Linyi AITE Hardware Tools Co., Ltd. y Linyi Mike Imp. & Exp. Co., Ltd. http://www.yuanxingtools.cn, Haining Bal-Mart Machinery Co., Ltd. http://www.chinajacks.com, y Jiangsu Tongrun Machinery & Electrical Group Co., Ltd. http://www.tongrun.com.
G.    Comparativo entre un gato tipo botella de origen chino y uno de Truper.
H.    Diagrama de componentes de un gato hidráulico tipo botella chino y uno de Truper.
I.     Descripción del proceso productivo de los gatos hidráulicos tipo botella de Truper.
2.    Importadora
19. El 18 de octubre de 2010 compareció Urrea para manifestar que debe revocarse la cuota compensatoria pues considera que hubo un cambio en las circunstancias que dieron origen a su imposición, como es la reciente crisis económica y el tiempo que ha transcurrido desde la imposición de la cuota. Presentó una relación de importaciones de gatos hidráulicos tipo botella, de julio de 2006 a junio de 2010, de origen distinto a China. No presentó la respuesta al formulario oficial ni alguna otra información o prueba.
I.     Réplicas
1.    Tamer
20. El 28 de octubre de 2010 compareció Tamer para presentar ad cautelam su réplica a la información presentada por Urrea en el primer periodo de ofrecimiento de pruebas del presente procedimiento. Manifestó:
A.    Urrea carece de interés jurídico en el presente procedimiento, de conformidad con el artículo 51 de la Ley de Comercio Exterior (LCE) para ser parte interesada se debe ser importador de la mercancía investigada, originaria de China, y no de otros orígenes como es el caso de Urrea que manifestó que importa mercancía originaria de Taiwán, por lo que no tiene ningún derecho tutelado que pueda verse afectado con el resultado del presente procedimiento.
B.    Urrea manifiesta que ha habido un cambio en las circunstancias que dieron origen a la cuota compensatoria, sin embargo, no menciona cuál fue el cambio y por qué se justifica la eliminación de la cuota compensatoria.
C.    Urrea manifiesta que el arancel aplicable a las importaciones de la mercancía investigada disminuyó, sin embargo, no se entiende en qué interfiere con el objeto del presente procedimiento.
D.    La mejor información disponible en el presente procedimiento es la que presentan las productoras nacionales, porque la única importadora que compareció no es parte interesada, además de que no presentó el sustento de su petición de eliminar la cuota compensatoria.
2.    Urrea
21.   El 28 de octubre de 2010 presentó un escrito de réplica a la información presentada por Tamer y Truper. Argumentó:
A.    No se debe aceptar el precio de exportación que aportó Tamer, pues no es seguro que sea únicamente de la mercancía investigada. No se consideró que por la misma fracción arancelaria se puede introducir mercancía dañada o incompleta, lo cual puede demeritar su valor comercial.
B.    Tamer ofrece como países sustitutos de China a Estados Unidos y a Brasil, no obstante que existen otras economías que son mejores sustitutos, como la de Taiwán.
C.    Tamer sustenta las referencias de los precios para el valor normal en un número limitado de empresas localizadas en los países propuestos como sustitutos, por lo que carecen de credibilidad, respecto a la situación real del mercado.
 
D.    Es cierto lo afirmado por Truper en relación con que la calidad, presentación y marca distingue a los gatos nacionales de los importados de China y no el precio como en la investigación ordinaria, pues países como Estados Unidos, Japón, Alemania, Italia y otros, realizan importaciones de la mercancía investigada sin que cause daño a sus ramas de producción nacional.
J.     Requerimientos de información a partes interesadas
22.   El 22 de noviembre de 2010 la Secretaría requirió información a:
A.    Truper con respecto a la rama de producción nacional, indicadores económicos y financieros y traducciones de información que acompañó a su respuesta al formulario oficial.
B.    Tamer con respecto a importaciones, precio de exportación, valor normal, rama de producción nacional, capacidad instalada y de producción de China, mercado internacional, indicadores de la industria nacional, estados financieros y valor y volumen de sus ventas.
23.   El 6 de diciembre de 2010 Truper respondió:
A.    Por la imposibilidad de obtener información completa del porcentaje de la producción nacional que representa cada una de las empresas fabricantes de gatos, solicita que se consideren conjuntamente los datos de producción de Truper y Tamer, ya que son los únicos fabricantes de este tipo de mercancía, por lo que, representan el 100 por ciento de la producción nacional.
B.    Se presentaron proyecciones sobre indicadores económicos y financieros de la mercancía similar para el periodo comprendido de julio de 2010 a junio de 2011 que se realizaron considerando la continuación de la vigencia de la cuota compensatoria. Se estimó un crecimiento del 13 por ciento anual respecto al último periodo real que es el comprendido de julio de 2009 a junio de 2010.
C.    Truper cuenta con estados financieros dictaminados para los ejercicios fiscales de 2007, 2008 y 2009, pero para periodos semestrales no existe un formato en el que se pueda presentar para efectos fiscales, por lo que, sólo presenta estados financieros preliminares básicos.
24.   Presentó:
A.    Traducciones al español de las páginas de Internet de las empresas Datong Profesional Tools, http://www.datadong.com.cn; Haiyan Jinxing Machigery Co., Ltd., http://www.jxjack.com; Haiyan Emmet Tools Co., Ltd., http://www.emmetjack.com; Linyi AITE Hardware Tools Co. Ltd. y Linyi Mike Imp. & Exp. Co., Ltd., http://www.yuanxingtools.cn; Haining Bal-Mart Machinery Co., Ltd., http://www.chinajacks.com; Jiangsu Tongrun Machinery & Electrical Group Co., Ltd., http://www.tongrun.com.
B.    Carta membretada por la Asociación Nacional de Fabricantes de Herramientas (ANFHER) del 30 de noviembre de 2010, en la que su Gerente General manifiesta que Tamer y Truper fabrican gatos hidráulicos tipo botella.
C.    Dictamen del contador público de los indicadores económicos y financieros de Truper.
D.    Estados financieros dictaminados de los ejercicios 2007, 2008 y 2009 y estados financieros preliminares básicos como balance general, estado de resultados, estado de cambios en la situación financiera y estado de variaciones en el capital contable del primer semestre de 2009 y 2010 de Truper.
E.    Copia de diversas facturas de Truper.
25.   El 13 de diciembre de 2010 Tamer respondió:
A.    Tamer es fabricante de gatos hidráulicos tipo botella desde hace más de 40 años y en el pasado realizó importaciones de este tipo de mercancías, por lo que tiene conocimiento de los costos de producción tanto en China como en México y de los precios mínimos y máximos a los que se ofertan en ese país.
B.    Por la fracción arancelaria 8425.42.02 de la TIGIE, se importan mercancías diversas a los gatos hidráulicos tipo botella, entre ellas, los gatos hidroneumáticos que tienen características, procesos de producción y funcionamiento distintos al de los gatos hidráulicos. Funcionan utilizando una fuente de generación de aire y cuestan entre 7 y 10 veces más que un gato hidráulico.
 
C.    Para obtener el precio de exportación se tomó el universo de importaciones de origen chino a México durante el periodo comprendido entre julio de 2009 y junio de 2010 y se seleccionaron los precios promedio que no superaron los $60 dólares por pieza, ya que de acuerdo con el mercado nacional un gato de hasta 20 toneladas no sobrepasa ese precio, para luego realizar un ajuste por flete marítimo que se descontó del precio calculado.
D.    No hay cambio que haga suponer que Estados Unidos ya no sean la mejor opción de país sustituto de China para el cálculo del valor normal, ya que así fue determinado en la investigación de origen y actualmente prevalecen las mismas condiciones en la economía y mercado.
E.    Brasil también podría ser un sustituto de China, en función de su grado de desarrollo económico, de nivel medio en cuanto al ingreso, que ambos forman parte del grupo "BRIC" y que no está siendo investigado por algún miembro de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en relación con gatos hidráulicos tipo botella.
F.    En general, en todo el mundo se utiliza el mismo proceso de fabricación de los gatos hidráulicos, las mismas máquinas y la misma forma de ensamblaje. El hierro y el acero constituyen el 95 por ciento de los insumos de los gatos hidráulicos, y tanto Brasil como China tienen amplia disponibilidad de los principales insumos.
G.    China es el principal productor de acero y hierro a nivel mundial, Brasil y Estados Unidos también se encuentran entre los principales productores mundiales.
H.    Tamer en el pasado importó ciertas herramientas de Brasil y supo que existían varios productores de gatos hidráulicos; por su tamaño, Bovenau Ltd., representa al menos el 50 por ciento de la producción nacional de gatos hidráulicos tipo botella en Brasil.
I.     Los insumos de los gatos hidráulicos son commodities, es decir, insumos cuyos precios están definidos internacionalmente, por lo que los precios a los que se consumen estos materiales son prácticamente iguales en todo el mundo, pero China cuenta con políticas de fomento a la producción, además de que, al igual que Brasil, tiene disponibilidad de hierro y acero en su propio territorio.
J.     Los precios relativos de China y Brasil son muy cercanos entre sí pues ambos países tienen niveles de desarrollo comparables, por lo que el valor normal determinado es una aproximación razonable a la que tendría en China la mercancía investigada, si tuviera una economía de mercado.
K.    No se cuenta con información sobre la producción de gatos hidráulicos en China pero se sabe que es el principal exportador.
L.    Entre 2000 y 2004 las importaciones chinas de gatos hidráulicos registraron aumentos de 70.8 por ciento en términos de valor y de 49.3 por ciento en términos de volumen, cifras que superaron los crecimientos de los totales importados por México (63.7 y 23.9 por ciento, respectivamente). A partir de 2005, año en que se impuso la cuota, las importaciones disminuyeron, hasta llegar en 2009, a una participación en términos de volumen del 3.2 por ciento.
M.    Prácticamente la totalidad de las importaciones originarias de Taiwán y China, proceden de Estados Unidos.
N.    México disminuyó los niveles totales de importación de gatos hidráulicos, pero la demanda continúa, por lo que, si se elimina la cuota, las importaciones desde China podrían regresar incluso a los niveles previos a la imposición de la medida.
O.    De 2003 a 2009 la participación de China en las exportaciones mundiales de gatos aumentó de 64.5 a 86.2 por ciento y en 2009 las exportaciones chinas de gatos de todo tipo, superaron los 15 millones de unidades.
P.    Al realizar una proyección de los gatos que México importaría de China si se eliminara la cuota, se estima que entre enero y octubre de 2010 se habrían importado al país 52,900 piezas y anualizando esta cifra se registrarían más de 63,000 unidades.
Q.    Para estimar los indicadores de la industria nacional, Tamer se basó en el conocimiento que tiene del mercado tomando la información que le presentan sus puntos de venta, la que arrojaron las bases de datos sobre importaciones de gatos hidráulicos y el sistema Macola, que es un programa alimentado por todas las áreas de Tamer como producción, ventas, importaciones, exportaciones, entre otras.
 
26.   Tamer presentó los siguientes documentos y pruebas:
A.    Comparación de precios entre gatos hidráulicos e hidroneumáticos de la marca Craftsman, de la página de Internet http://craftsman.com.
B.    Facturas de una empresa naviera por concepto de flete, de octubre y noviembre de 2009 y mayo y junio de 2010.
C.    Clasificación de las economías de China y Brasil por el Banco Mundial, cuya fuente es la página de Internet www.worldbank.org.
D.    Reporte semestral de México a la OMC sobre las investigaciones contra prácticas desleales del primer semestre de 2010.
E.    Prueba del laboratorio de Tamer en la que compara un gato hidráulico tipo botella de origen chino y uno brasileño, del 28 de septiembre de 2010.
F.    Principales países exportadores e importadores a nivel mundial de gatos hidráulicos de 2007 a 2009, de la UN COMTRADE Database.
G.    Lista de los componentes de un gato hidráulico tipo botella y los porcentajes en los que incide cada insumo y proceso productivo de los gatos hidráulicos tipo botella en China y en México.
H.    Lista de precios de gatos hidráulicos tipo botella de la empresa brasileña Bovenau.
I.     Correo electrónico del 30 de noviembre de 2010, en el que un comercializador en Brasil informa a la empresa Mikel´s que habló con una persona (sic) del Ministerio de Desarrollo y que le dijo que no cuenta con información de porcentajes de producción nacional de Brasil y fabricantes de gatos hidráulicos tipo botella, debido a que Brasil está dividido en 26 estados, y que además es información confidencial de las empresas.
J.     Tipo de cambio real-dólar, de enero a diciembre de 2009, cuya fuente es la página de Internet del Banco Central de Brasil http://www4.bcb.gov.br.
K.    Carta de la ANFHER del 30 de noviembre de 2010, en la que señala que Truper y Tamer fabrican gatos hidráulicos tipo botella.
L.    Impresión de anuncios de gatos hidráulicos tipo botella e hidroneumáticos para venta, de la página de Internet Ebay.
M.    Exportaciones de China por país de destino para el periodo comprendido entre 2007 y octubre de 2010, cuya fuente es la aduana de China.
N.    Correo electrónico en el que la empresa Mikel´s pide a un comercializador en Brasil que se le confirme que la lista de precios de la empresa brasileña Bovenau se le envió en febrero de 2010.
O.    Base de datos que contiene las importaciones originarias de China que se realizaron a México, a través de la fracción arancelaria 8425.42.02 de la TIGIE para el periodo comprendido de julio de 2009 a junio de 2010.
P.    Estados financieros al 31 de diciembre de 2009 y 2008, 2008 y 2007, 2007 y 2006 y balance general al 30 de junio de 2010 y 2009.
K.    Requerimientos de información a no partes
27.   La Secretaría requirió información con objeto de identificar el tipo de mercancía que ingresó por la fracción arancelaria 8425.42.02 de la TIGIE y cerciorarse de la exactitud de la información presentada por las partes interesadas:
A.    El 30 de noviembre de 2010 solicitó a agentes aduanales pedimentos de importación, respondieron 34 agentes aduanales.
B.    El 6 de diciembre de 2010 solicitó al SAT los pedimentos de las importaciones que ingresaron a México durante el periodo de examen y de revisión. El SAT presentó 73 pedimentos.
L.    Prórrogas
28. La Secretaría otorgó a Truper y a Tamer una prórroga de 5 días hábiles para presentar la respuesta al requerimiento de información a que se refiere el punto 22 de esta Resolución.
 
CONSIDERANDOS
A.    Competencia
29. La Secretaría de Economía es competente para emitir esta Resolución, conforme a los artículos 16 y 34 fracciones V y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 y 16 fracciones I y V del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 5 fracción VII, 57 fracción I, 67, 68, de la LCE; 99 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior (RLCE); y 11.2 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (el "Acuerdo Antidumping").
B.    Legislación aplicable
30. Son aplicables a este procedimiento el Acuerdo Antidumping, la LCE y su Reglamento, el Código Fiscal de la Federación (CFF) y su Reglamento, la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles, estos cuatro últimos de aplicación supletoria.
C.    Protección de la información confidencial
31. La Secretaría no puede revelar públicamente la información que las partes interesadas presentaron con carácter confidencial, ni la que ella misma se allegó con tal carácter, de conformidad con lo establecido en los artículos 6.5 del Acuerdo Antidumping, 80 de la LCE y 149, 152 y 158 del RLCE. Las partes interesadas pueden solicitar el acceso a la información confidencial, siempre y cuando satisfagan los requisitos establecidos en los artículos 159 y 160 del RLCE.
D.    Interés jurídico de Urrea
32. Tamer argumenta que Urrea carece de interés jurídico en el presente procedimiento, en virtud de que no importa gatos de China y, por lo mismo, no puede ser considerada parte interesada.
33. El argumento es incorrecto. Aun si Urrea no importó gatos hidráulicos de China en el periodo investigado, sí lo hizo de otros orígenes y es probable que la existencia de la cuota compensatoria pudiera ser la causa de que no los hubiera importado de China. Urrea demostró que importa y comercializa gatos hidráulicos tipo botella y ello es suficiente para considerar, congruente con el último párrafo del artículo 6.11 del Acuerdo Antidumping, que tiene interés jurídico en participar en estos procedimientos. Esta determinación es independiente del hecho de que Urrea no respondió el formulario oficial ni presentó las pruebas para sustentar sus argumentos.
E.    Análisis de discriminación de precios
1.    Precio de exportación
34. Tamer presentó el listado de las importaciones de gatos hidráulicos tipo botella que le proporcionó la ANFHER, para el periodo julio de 2009 a junio de 2010. La ANFHER obtuvo ese listado de la AGA. Aclaró que no tuvo acceso a los pedimentos físicos para determinar la capacidad de carga de cada uno de los gatos que se importaron.
35. Los productores nacionales aplicaron la siguiente metodología para calcular el precio de exportación: a) utilizaron las importaciones definitivas; b) excluyeron los precios menores que $4 y mayores que $60 dólares, dependiendo de su capacidad de carga, porque según el conocimiento que afirman tener del mercado, los precios de los gatos que se investigan oscilan en ese rango; y c) calcularon un precio promedio en pesos. Para obtenerlo en dólares por pieza, aplicaron el tipo de cambio que se incluye en la base datos de la AGA.
36. La Secretaría no aceptó la metodología que propone la producción nacional en esta etapa de la investigación, por las siguientes razones: a) tal y como se indica en la Resolución Final, deben considerarse las importaciones totales (definitivas y temporales); b) son objeto del presente procedimiento las operaciones de gatos hidráulicos tipo botella por los que se pagó la cuota compensatoria; y c) no presentó pruebas para demostrar que el rango de los precios de importación oscila entre $4 y $60 dólares por pieza.
37. La Autoridad Investigadora consideró 83 operaciones de importación que se realizaron durante el periodo investigado por la fracción arancelaria 8425.42.02, que pagaron cuota compensatoria, y están amparadas con 78 pedimentos, de acuerdo con la información del GESCOM.
 
38. La Secretaría obtuvo el valor en dólares de las facturas anexas a los pedimentos. De acuerdo con los dichas facturas, este valor no incluye los incrementables (fletes, seguros, embalajes, entre otros), lo cual, es equivalente a obtener el valor a nivel ex fábrica, por lo que no procede realizar ajustes.
39. Con fundamento en los artículos 39 y 40 del RLCE, la Secretaría calculó el precio de exportación promedio ponderado en dólares por pieza para el periodo investigado, por capacidad de carga. La ponderación refiere la participación del volumen de cada capacidad de carga entre el volumen total importado.
2.    Valor normal
a.   País sustituto
40. En la investigación original la Autoridad Investigadora determinó a Estados Unidos como sustituto de China para efecto de determinar el valor normal. En el presente procedimiento la producción nacional manifestó que no ha habido un cambio en las circunstancias que dieron origen a la aplicación de la cuota compensatoria definitiva, por lo que Estados Unidos continúa siendo la mejor opción de país sustituto. No obstante, también propuso a Brasil.
41. Presentó información y pruebas para sustentar que cualquiera de los dos países puede ser sustituto de China:
a.     Indicadores macroeconómicos para 2008 y 2009. Presentó los datos a que se refiere el Cuadro 1, que obtuvo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, la OMC, el Fondo Monetario Internacional, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo y el Banco Mundial.
Cuadro 1
Indicadores de Estados Unidos, Brasil y China
 
 
2008
 
2009
 
Estados
Unidos
Brasil
China
Estados
Unidos
Brasil
China
Población
Millones de Habitantes
304.7
189.6
1,328.0
307.4
191.5
1,334.7
Producto Interno Bruto
Crecimiento real anual
%
0.0
5.1
9.6
-2.6
-0.2
9.1
PIB per cápita
Dólares
43,413
7,184
8,827
41,905
7,101
9,581
Exportaciones
Miles de millones de
dólares
1,287.4
197.9
1,430.7
1,056.9
153.0
1,201.5
Importaciones
Miles de millones de
dólares
2,169.5
182.4
1,132.6
1,603.8
133.6
1,005.7
Saldo de la Balanza
Comercial
Miles de millones de
dólares
-882.0
15.6
298.1
-546.9
19.4
195.8
Ingresos por Inversión
Extranjera Directa
Millones de dólares
324,560
45,058
108,312
129,883
25,949
95,000
Egresos por Inversión
Extranjera Directa
Millones de dólares
330,491
20,457
52,150
248,074
-10.084
48,000
Cuenta Corriente
% del PIB
-4.70
-1.70
3.40
-2.70
-1.50
5.96
Inflación
Variación anual %
3.83
5.67
5.90
-0.40
4.90
-0.70
Tasa de desempleo %
5.78
7.30
7.30
9.25
8.10
4.3
 
b.    Estados Unidos y Brasil son productores y exportadores de gatos hidráulicos. Presentó una impresión de la página de Internet de una empresa estadounidense que fabrica gatos hidráulicos tipo botella e información de una de las principales productoras en Brasil. Obtuvo las estadísticas de exportación para 2009 de la UN COMTRADE Database.
c.     Los principales insumos en la fabricación de los gatos hidráulicos son el hierro y el acero. Estados Unidos ocupa el tercer lugar a nivel mundial en la producción de acero y el séptimo en la de hierro. Brasil es el octavo en la producción de acero y el tercero en hierro. Proporcionó estadísticas por país de 2009 y enero-agosto de 2010 que obtuvo del World Steel Association y del US Geologycal Survey.
Cuadro 2
Producción mundial de acero Miles de toneladas métricas y participaciones %
País
2009
Participación %
2010 Ene-
Ago.
Participación %
Total
1,219,715
100
934,518
100
China
567,842
46.6
426,551
45.6
Japón
87,534
7.2
72,699
7.8
Estados Unidos
58,142
4.8
54,523
5.8
Rusia
59,940
4.9
43,880
4.7
India
56,608
4.6
43,879
4.7
Corea del Sur
48,598
4.0
37,414
4.0
Alemania
32,671
2.7
29,656
3.2
Brasil
26,507
2.2
22,178
2.4
Ucrania
29,757
2.4
21,164
2.3
Turquía
25,304
2.1
18,420
2.0
Italia
19,737
1.6
16,863
1.8
Taiwán
15,747
1.3
12,574
1.3
México
14,172
1.2
11,035
1.2
España
14,300
1.2
11,016
1.2
 
d.    El proceso productivo es el mismo en Estados Unidos, Brasil y China. Presentó un cuadro comparativo entre la manufactura de un gato hidráulico chino y uno brasileño. El laboratorio de
Tamer, que afirma está certificado para hacer análisis y dictámenes con validez oficial, realizó el estudio. Del documento se observa que los gatos hidráulicos chinos y los brasileños tienen las mismas piezas, características, funciones y fueron procesados de la misma forma.
e.     Indicó que en el sector productivo de los gatos hidráulicos en Estados Unidos prevalecen las condiciones de economía de mercado porque convergen productores nacionales, importadores y exportadores de la mercancía que se investiga.
f.     Con respecto al grado de desarrollo económico, demostró que existe una menor diferencia en el nivel de desarrollo entre China y Brasil que entre China y Estados Unidos. Presentó la clasificación de países conforme al nivel de ingresos que realiza el Banco Mundial. Estados Unidos se ubica dentro del grupo de países de ingreso alto y, China y Brasil en el de ingreso medio.
g.    Ni los gatos hidráulicos de Brasil ni los de Estados Unidos enfrentan medidas antidumping o antisubvención en otros países, y tampoco están siendo investigados por otros miembros de la OMC.
h.    Para Estados Unidos, la producción nacional presentó dos listas de precios con vigencia desde enero de 2009 hasta 2010 que le proporcionó un fabricante en ese país. Una se refiere a precios a distribuidores y la otra a precios de venta al consumidor final. En ambas los precios se encuentran a nivel ex fábrica.
i.     Para Brasil presentó una lista de precios de un fabricante brasileño a sus distribuidores. Los precios se reportan en reales por pieza e incluyen el ICMS y un porcentaje de descuento por pronto pago.
42. A partir del análisis integral de los criterios económicos que se describen en el punto anterior, la Secretaría determinó que Brasil es el país sustituto más apropiado de China para propósitos de este procedimiento, debido a que:
a.     Es productor y exportador de gatos hidráulicos tipo botella;
b.    El proceso productivo que se utiliza en la fabricación de gatos hidráulicos es el mismo en todo el mundo;
c.     Dispone en su mercado de los principales insumos que se utilizan en la fabricación de los gatos hidráulicos: el acero y el hierro;
d.    El desarrollo económico de Brasil es más similar al de China que el de Estados Unidos con China; y
e.     La Secretaría también constató en los reportes semestrales de la OMC, que los gatos hidráulicos tipo botella de Brasil no enfrentan medidas antidumping o antisubvención en otros países, ni están siendo investigados por algún miembro de esa organización.
43. En consecuencia, determinó el valor normal a partir de los precios internos en el mercado brasileño.
b.   Valor normal: precios en el mercado interno de Brasil
44. Las productoras presentaron un listado de precios de gatos hidráulicos de un fabricante brasileño a sus distribuidores, entre los que se encuentran los de tipo botella. Los precios incluyen el ICMS y un descuento por pronto pago. Los precios se reportan en reales por pieza para los diferentes gatos, según su capacidad de carga.
45. No se reportan precios para todas las capacidades de carga que se exportaron de China a México, en consecuencia, la Secretaría calculó el valor normal para gatos hidráulicos con capacidades de 2, 8, 12, 15 y 20 toneladas.
46. De conformidad con los artículos 39 y 40 del RLCE, la Secretaría calculó el precio promedio para los gatos hidráulicos en reales por pieza. Para convertirlos a dólares utilizó el tipo de cambio promedio diario que publica el Banco Central de Brasil para cada uno de los meses del periodo objeto de este procedimiento.
47. La Secretaría ajustó los precios internos en Brasil por concepto de ICMS y el porcentaje por pronto pago, con fundamento en los artículos 2.4 del Acuerdo Antidumping y 36 de la LCE y 54 del RLCE.
F.    Determinación
 
48. La Secretaría aceptó calcular el valor normal a partir de los precios en el mercado de Brasil, con base en la información y pruebas que la producción nacional presentó, de conformidad con los artículos 31 y 33 de la LCE.
49. Con base en los argumentos, metodología y pruebas descritos en los puntos 34 al 48 de la presente Resolución y de conformidad con los artículos 2.1, 6.8 y el Anexo II del Acuerdo Antidumping, 30 de la LCE y 38 del RLCE, la Secretaría comparó el valor normal determinado conforme a la metodología de país sustituto a la que se refieren los artículos 33 de la LCE y 48 del RLCE, con el precio de exportación y encontró que las importaciones de gatos hidráulicos tipo botella con capacidad de carga 1.5 a 20 toneladas que ingresan por la fracción arancelaria 8425.42.02 de la TIGIE, se realizaron con un margen de discriminación de precios de $19 dólares por pieza.
50. Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en los artículos 57 fracción I, 67 y 68 de la LCE; 99 del RLCE; y 11.2 del Acuerdo Antidumping, se emite la siguiente:
RESOLUCION
51. Continúan los procedimientos administrativos de examen y de revisión y se modifica la cuota compensatoria de $18 dólares a $19 dólares por pieza impuesta a las importaciones de gatos hidráulicos tipo botella con capacidad de carga de 1.5 a 20 toneladas originarias de China, independientemente del país de procedencia.
52. Compete a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público aplicar la cuota compensatoria a que se refiere el punto anterior, en todo el territorio nacional, independientemente del cobro del arancel respectivo.
53. Con fundamento en los artículos 65 de la LCE y 102 del RLCE los interesados que importen la mercancía objeto de examen y revisión, podrán garantizar el pago de la cuota compensatoria que corresponda, en alguna de las formas previstas en el CFF.
54. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66 de la LCE, los importadores que conforme a esta Resolución deban pagar la cuota compensatoria no estarán obligados a enterarla si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a China. La comprobación del origen de la mercancía se hará conforme a lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las normas para la determinación del país de origen de las mercancías importadas y las disposiciones para su certificación, para efectos no preferenciales (antes Acuerdo por el que se establecen las normas para la determinación del país de origen de las mercancías importadas y las disposiciones para su certificación, en materia de cuotas compensatorias) publicado en el DOF el 30 de agosto de 1994, y sus modificaciones publicadas en el mismo órgano de difusión el 11 de noviembre de 1996, 12 de octubre de 1998, 30 de julio de 1999, 30 de junio de 2000, 1 y 23 de marzo de 2001, 29 de junio de 2001, 6 de septiembre de 2002, 30 de mayo de 2003, 14 de julio de 2004, 19 de mayo de 2005, 17 de julio de 2008 y 16 de octubre de 2008.
55. Con fundamento en el artículo 164 párrafo tercero del RLCE, se concede un plazo de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el DOF para que las partes interesadas comparecientes presenten los argumentos y pruebas complementarias que estimen pertinentes. Este plazo concluirá a las 14:00 horas del día de su vencimiento.
56. La presentación de los argumentos y pruebas complementarias se realizará en la oficialía de partes de la UPCI, sita en Insurgentes Sur 1940, planta baja (área de ventanillas), colonia Florida, código postal 01030, México, Distrito Federal, en original y tres copias, más una para el acuse de recibo.
57. Cada parte interesada deberá remitir a las demás la información y documentos probatorios que tengan el carácter público, de tal forma que los reciban el mismo día que la Autoridad Investigadora, de acuerdo con lo previsto en los artículos 56 de la LCE y 140 de su RLCE.
58. Comuníquese esta Resolución a la AGA del SAT para los efectos legales correspondientes.
59. Notifíquese la presente Resolución a las partes interesadas de que se tenga conocimiento.
60. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
México, D.F., a 14 de noviembre de 2011.- El Secretario de Economía, Bruno Ferrari García de Alba.- Rúbrica.
 

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