DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Nota Aclaratoria del Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Abasto Rural a cargo de Diconsa, S.A. de C.V., para el ejercicio fiscal 2012, publicado el 27 de diciembre de 2011

Martes 10 de Abril 2012
NOTA Aclaratoria del Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Abasto Rural a cargo de Diconsa, S
1. En la Segunda Sección, página 2, el numeral 1. Introducción.
Dice:
"1. Introducción
Uno de los objetivos fundamentales de la Secretaría de Desarrollo Social es contribuir al desarrollo humano sustentable a través del desarrollo de capacidades básicas de educación, salud, nutrición, alimentación y vivienda que permitan una mayor igualdad de oportunidades, en especial para la población en condiciones de pobreza. Una manera de desarrollar las capacidades básicas de alimentación y nutrición es a través del abasto. Sin embargo, en el caso de las familias que habitan en localidades rurales de alta y muy alta marginación, este derecho no es ejercido a plenitud, dadas las condiciones de aislamiento y marginación que dificultan el abasto de alimentos. Esta situación afecta a 74 mil localidades del país con una población aproximada de 17 millones de personas."
Debe decir:
"1. Introducción
Uno de los objetivos fundamentales de la Secretaría de Desarrollo Social es contribuir al desarrollo humano sustentable a través del desarrollo de capacidades básicas de educación, salud, nutrición, alimentación y vivienda que permitan una mayor igualdad de oportunidades, en especial para la población en condiciones de pobreza. Una manera de desarrollar las capacidades básicas de alimentación y nutrición es a través del abasto. Sin embargo, en el caso de las familias que habitan en localidades rurales de alta y muy alta marginación, este derecho no es ejercido a plenitud, dadas las condiciones de aislamiento y marginación que dificultan el abasto de alimentos. Esta situación afecta a 83 mil localidades del país con una población aproximada de 18 millones de personas."
2. En la Segunda Sección, página 5, el numeral 4.2.1. inciso g). 4. Mecánica de Operación. 4.2. Proceso de Operación. 4.2.1. Promoción del Programa para la Apertura de Tiendas. g)
Dice:
"g) Para los efectos del inciso anterior, Diconsa consultará en www.conapo.gob.mx el nivel de marginación de la localidad y tamaño de su población en www.inegi.org.mx.
En caso de que la localidad no cumpla con las características de población y marginación, se informará por escrito a los solicitantes sobre el rechazo de su solicitud en un plazo no mayor de 45 días naturales.
En caso de que la localidad cumpla con las características de población y marginación, Diconsa hará una visita a la localidad en la que se solicita la apertura de la Tienda para determinar si en ella existe disponibilidad de los productos de la Canasta Básica Diconsa (Anexo 2).
Cuando exista disponibilidad de todos los productos de dicha Canasta Básica, se informará por escrito a los solicitantes sobre el rechazo de su solicitud en un plazo no mayor de 45 días naturales a partir de haber recibido la Solicitud de Apertura de Tienda.
En caso de que no exista disponibilidad de todos los productos de dicha Canasta Básica, procederá la apertura de la Tienda y Diconsa realizará un estudio socioeconómico en la localidad en la que se solicita la apertura de la misma. El resultado de dicho estudio servirá de base para determinar la demanda social."
Debe decir:
"g) Para los efectos del inciso anterior, Diconsa consultará en www.conapo.gob.mx el nivel de marginación de la localidad y tamaño de su población en www.inegi.org.mx.
En caso de que la localidad no cumpla con las características de población y marginación, se informará por escrito a los solicitantes sobre el rechazo de su solicitud en un plazo no mayor de 45 días naturales.
En caso de que la localidad cumpla con las características de población y marginación, Diconsa hará una
visita a la localidad en la que se solicita la apertura de la Tienda para determinar si en ella existe disponibilidad de los productos de la Canasta Básica Diconsa (Anexo 2).
Cuando exista disponibilidad de todos los productos de dicha Canasta Básica, se informará por escrito a los solicitantes sobre el rechazo de su solicitud en un plazo no mayor de 45 días naturales a partir de haber recibido la Solicitud de Apertura de Tienda.
En caso de que no exista disponibilidad de alguno de los productos de dicha Canasta Básica, procederá la apertura de la Tienda y Diconsa realizará un estudio socioeconómico en la localidad en la que se solicita la apertura de la misma. El resultado de dicho estudio servirá de base para determinar la demanda social."
3. En la Segunda Sección, página 15, ANEXO 1: GLOSARIO. Término Productos Complementarios.
Dice:
"Productos complementarios.- Se refiere a los productos que se enlistan en el anexo 3 de estas Reglas."
Debe decir:
"Productos complementarios.- Se refiere a los productos que se enlistan en el anexo 3 de estas Reglas diferentes de los contenidos en la Canasta Básica Diconsa."
México, D.F., a 30 de marzo de 2012.- El Director General de Diconsa, S.A. de C.V., Edgar Martín Ramírez Pech.- Rúbrica.
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor.