DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones del Reglamento de Insumos para la Salud

Jueves 17 de Mayo 2012
DECRETO por el que se adicionan diversas disposiciones del Reglamento de Insumos para la Salud
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 368, 370, 376 y 391 Bis de la Ley General de Salud, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE INSUMOS PARA LA SALUD
ARTÍCULO ÚNICO.- Se ADICIONAN un segundo párrafo al artículo 188 y un tercer párrafo al artículo 190 Bis 6 del Reglamento de Insumos para la Salud, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 188. ...
Si el solicitante presenta solicitud de modificación a las condiciones de registro con dictamen favorable expedido por Tercero Autorizado por la Secretaría, ésta la resolverá en un plazo de quince días.
ARTÍCULO 190 Bis 6. ...
...
En el caso de las solicitudes de prórroga, si el solicitante presenta dictamen expedido por Tercero Autorizado por la Secretaría, los plazos se reducirán a la mitad.
TRANSITORIO
Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los catorce días del mes de mayo de dos mil doce.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Salomón Chertorivski Woldenberg.- Rúbrica.
 

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