Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, POR EL QUE SE DETERMINA LA NUEVA FECHA DE INICIO DE FUNCIONES DEL JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO EN EL ESTADO DE JALISCO, CON RESIDENCIA EN ZAPOPAN, PRECISADA EN EL ACUERDO GENERAL 27/2012 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL.
PRIMERO.- La nueva fecha de inicio de funciones del Juzgado Sexto de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan, será el dieciséis de octubre de dos mil doce
SEGUNDO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
TERCERO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
EL MAGISTRADO J. GUADALUPE TAFOYA HERNANDEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se determina la nueva fecha de inicio de funciones del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan, precisada en el Acuerdo General 27/2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de veintiséis de septiembre de dos mil doce, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Juan N. Silva Meza, Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, Juan Carlos Cruz Razo, César Esquinca Muñoa, Jorge Moreno Collado y Manuel Ernesto Saloma Vera.- México, Distrito Federal, a veintiséis de septiembre de dos mil doce.- Conste.- Rúbrica.
|
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición. El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor. |