DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 31/2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al inicio de funciones de los Tribunales Colegiados Séptimo y Octavo de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco

Lunes 15 de Octubre 2012
ACUERDO General 31/2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al inicio de funciones de los Tribunales Colegiados Séptimo y Octavo de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 31/2012, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL INICIO DE FUNCIONES DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS SEPTIMO Y OCTAVO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA TERCERA REGION, CON RESIDENCIA EN GUADALAJARA, JALISCO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, así como del once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando así la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, segundo párrafo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, tiene facultades para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones, entre otras, la creación, distribución de competencias y reglas de turno de los asuntos de los órganos jurisdiccionales federales;
TERCERO. El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
CUARTO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción V, y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal, determinar el número, límites territoriales y en su caso especialización por materia de los tribunales colegiados en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana;
QUINTO. El artículo 81, fracción XXIV, de la citada Ley Orgánica, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias dirigidas para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución, esta última, que se puede ejercer a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, en términos del artículo 46, fracción II, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el tres de febrero de dos mil doce;
SEXTO. Mediante Acuerdo General 18/2008, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, creó el Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guanajuato, Guanajuato, en dicho acuerdo se precisó que el propio Pleno determinaría la fecha de inicio de funciones de los órganos jurisdiccionales que integrarían el Centro Auxiliar;
SEPTIMO. Por Acuerdo General 12/2011 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, se modificó el diverso Acuerdo General 18/2008, por el que se crea el Centro Auxiliar de la Tercera Región, así como los órganos jurisdiccionales que lo integrarán, para incorporar a los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y juzgados de Distrito Auxiliares con residencia en Guadalajara, Jalisco, al mencionado centro;
OCTAVO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal en sesión de seis de abril de dos mil once, aprobó el dictamen relativo a la creación de los Tribunales Colegiados Séptimo y Octavo de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco, con jurisdicción en toda la
República y competencia mixta;
NOVENO. La Comisión de Creación de Nuevos Organos, con apoyo en los análisis estadísticos presentados por la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos, pudo advertir que diversos tribunales colegiados presentan un excesivo remanente, por lo que se estima conveniente otorgarles apoyo de manera temporal, y así estar en posibilidad de hacer efectivo el derecho consagrado en el artículo 17 de la Constitución Federal en beneficio de los justiciables;
DECIMO. De acuerdo con la información proporcionada por la entonces Secretaría Ejecutiva de Obra, Recursos Materiales y Servicios Generales del Consejo de la Judicatura Federal, actualmente se cuenta con la infraestructura física para la instalación de los Tribunales Colegiados Séptimo y Octavo de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco, con jurisdicción en toda la República y competencia mixta, lo cual hace necesario determinar los aspectos inherentes al inicio de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales en cita.
En consecuencia, con fundamento en los artículos constitucionales y legales invocados, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Los Tribunales Colegiados Séptimo y Octavo de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco, tendrán competencia mixta y jurisdicción en toda la República, e iniciarán funciones el dieciséis de octubre de dos mil doce y funcionarán conforme a lo establecido en el Acuerdo General 18/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y sus reformas, por el que se crea el Centro Auxiliar de la Tercera Región.
El domicilio de los nuevos órganos jurisdiccionales será el ubicado en Avenida Patria número 1725, Colonia Agraria, Guadalajara, Jalisco, código postal 44667.
SEGUNDO. Los Tribunales Colegiados Séptimo y Octavo de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco, apoyarán en el dictado de sentencias a los tribunales colegiados de Circuito que determine la Comisión de Creación de Nuevos Organos.
La propia comisión, a propuesta de la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos, determinará el tiempo, número y cualidad de los asuntos que se deberán enviar a los tribunales colegiados auxiliares de nueva creación.
TERCERO. La Oficina de Correspondencia Común del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco, prestará servicio a los órganos jurisdiccionales auxiliares de que se trata.
CUARTO. El Pleno y las Comisiones de Administración; de Carrera Judicial; de Adscripción; y de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, están facultados para interpretar y resolver las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación del presente acuerdo.
QUINTO. Los Presidentes de los Tribunales Colegiados Séptimo y Octavo de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco, deberán levantar acta administrativa de inicio de funciones por duplicado, cuyo formato les será proporcionado por la Oficialía Mayor, por conducto de su Secretaría Ejecutiva de Administración, debiendo enviar un ejemplar a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
EL MAGISTRADO J. GUADALUPE TAFOYA HERNANDEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 31/2012, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al inicio de funciones de los tribunales colegiados séptimo y octavo de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guadalajara, Jalisco, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de diecinueve de septiembre de dos mil doce, por mayoría de seis votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Juan N. Silva Meza, Daniel Francisco Cabeza de Vaca
Hernández, César Esquinca Muñoa, César Alejandro Jáuregui Robles, Jorge Moreno Collado y Manuel Ernesto Saloma Vera; en contra del voto del señor Consejero Juan Carlos Cruz Razo.- México, Distrito Federal, a cuatro de octubre de dos mil doce.- Conste.- Rúbrica.
 

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