Al margen un logotipo, que dice: Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos.
SARA IRENE HERRERIAS GUERRA, Procuradora Social de Atención a las Víctimas de Delitos, con fundamento en los artículos Primero, Quinto, Décimo y Décimo Primero, del Decreto por el que se crea la Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos; 22, fracción I, y 59, fracción V, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y 9, fracciones II y V, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos, he tenido a bien emitir el siguiente:
MANUAL DE ORGANIZACION GENERAL PARA LA PROCURADURIA SOCIAL DE ATENCION A LAS
VICTIMAS DE DELITOS
VICTIMAS DE DELITOS
INDICE
I. Antecedentes
II. Introducción
III. Marco Jurídico
IV. Visión y Misión
V. Objetivo y Fines
VI. Funciones de PROVICTIMA
VII. Estructura Orgánica
VIII. Facultades de los Titulares de Unidades Administrativas
1. Oficina de la Persona Titular de PROVICTIMA
1.1 Secretaría Ejecutiva
1.1.7. Unidad de Género
1.1.8. Unidad de Enlace para el Acceso a la Información Pública Gubernamental
1.1.2. Subprocuraduría de Atención a Víctimas u Ofendidos de Delitos
1.1.2.1. Dirección General de Atención a Víctimas u Ofendidos de Delitos
1.1.2.2. Dirección de Centro de Atención a Víctimas y Ofendidos
1.1.2.3. Dirección General de Contacto, Participación Ciudadana y Registro de Víctimas u Ofendidos
1.1.3. Subprocuraduría de Personas Desaparecidas o No Localizadas
1.1.3.1. Dirección General de Personas Desaparecidas o No Localizadas
1.1.3.2. Dirección General de Vinculación, Protocolos y Registro de Personas Desaparecidas o No Localizadas
1.1.4. Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Procesales
1.1.4.1. Dirección General de Asuntos Procesales
1.1.4.2. Dirección General Jurídico Consultiva
1.1.5. Coordinación General de Administración y Finanzas
1.1.5.1. Dirección General Adjunta de Finanzas
1.1.5.2. Dirección de Recursos Humanos
1.1.5.3. Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales
1.1.5.4. Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
1.1.6. Dirección General de Comunicación Social
I. ANTECEDENTES
El día 6 de septiembre de 2011, mediante Decreto Presidencial se crea la Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos como un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, con el objeto brindar atención oportuna e integral a las víctimas u ofendidos de delitos por sí misma o en coordinación con instituciones especializadas.
El pasado 13 de enero de 2012 durante la segunda sesión ordinaria de la Junta de Gobierno de la Procuraduría Social de Atención a Víctimas de Delitos, se aprobó el Estatuto Orgánico así como la estructura orgánica básica de la Entidad teniendo así a las siguientes Unidades Administrativas:
⢠Oficina de la Persona Titular de PROVICTIMA
⢠Secretaría Ejecutiva
⢠Subprocuraduría de Atención a Víctimas u Ofendidos del Delito
⢠Subprocuraduría de Personas Desaparecidas o no Localizadas
⢠Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Procesales
⢠Coordinación General de Administración y Finanzas
⢠Dirección General de Comunicación Social
⢠Unidad de Género
⢠Unidad de Enlace para el Acceso a la Información Pública Gubernamental
II. INTRODUCCION
La Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas del Delito y del Abuso del Poder, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 29 de noviembre de 1985 es, sin duda, el hito que marca la manifestación de México, junto con otras naciones, sobre la preocupante situación de las víctimas y ofendidos de los delitos respecto de la necesidad de procurarles protección y defensa de sus derechos.
Muy importante precedente internacional es el referente a los Principios y Directrices Básicos sobre el Derecho de las Víctimas de Violaciones de las Normas Internacionales de Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario a Interponer Recursos y Obtener Reparaciones, aprobados por la Organización de las Naciones Unidas el 18 de enero del año 2000 y que México adoptó.
Desde entonces, nuestro país ha venido, de forma paulatina, avanzando en la conformación de una legislación responsable en el reconocimiento de algunos de los derechos de las víctimas del delito en nuestra Constitución Política a partir de la reforma de 1993 y las subsecuentes. A través de esas reformas desde entonces se reconocen a las víctimas y ofendidos del delito, además del derecho de participar activamente en el proceso penal, otros derechos que velan por su particular situación ante la comisión de un delito, como son la atención psicológica, emocional y física.
Así, los derechos de las víctimas o los ofendidos de delitos se traducen en obligaciones directas para el Estado, tal como lo reconoce el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 en su eje 1, denominado "Estado de Derecho y Seguridad", además que en la lucha decidida del Estado mexicano contra el crimen organizado y la criminalidad en general, se ha hecho necesario que de manera paralela se brinde una especial, eficaz y oportuna atención a las víctimas u ofendidos de delitos, en particular a aquellos afectados en su integridad física o psicológica, así como en su patrimonio.
De ello ha resultado demanda constante de la ciudadanía el que se maximicen esfuerzos para poner al alcance de las víctimas u ofendidos del delito instituciones que se identifiquen inequívocamente con ellas y les brinden atención y servicios integrales, inclusive apoyándolas en la defensa legal de sus derechos, sin perjuicio de canalizarlas a las dependencias especializadas según las necesidades particulares de cada persona o, en su caso, a los órdenes de gobierno que resulten competentes.
Si bien es cierto que en el ámbito Federal, tanto en la Procuraduría General de la República como en algunas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, ya existían programas de atención a víctimas u ofendidos de delitos, mediante los cuales se prestaban, entre otros servicios, atención médica y psicológica de urgencia y especializada, asesoría legal, integración de grupos de autoayuda para víctimas u ofendidos, brigadas de apoyo psicoemocional, talleres psicoeducativos de prevención, apoyo en la búsqueda de personas desaparecidas y capacitación en atención a víctimas u ofendidos de delitos, también es cierto que era muy importante contar con una institución que además de prestar los servicios ya mencionados a las víctimas y ofendidos, coordinara las acciones de las instituciones de la Administración Pública Federal en tal materia y sirviera como modelo a seguir en las responsabilidades que les compete tanto a las Entidades Federativas y el Distrito Federal como a los gobiernos municipales en la materia.
Es por esto que el Gobierno Federal se plantea la creación de un organismo especializado para garantizar
una actuación articulada de las instituciones que intervienen en la prestación de servicios de atención integral a las víctimas u ofendidos, por sí mismo o coordinándose con instituciones públicas y privadas, para asegurar la oportuna, adecuada e integral prestación de dichos servicios, y evitar con ello la dispersión e incluso la obstaculización en el otorgamiento de la ayuda que proporciona el Estado a las víctimas u ofendidos para el pleno ejercicio de sus derechos, atendiendo de forma contundente el sentir expresado por diversas organizaciones de la sociedad civil en los diálogos sostenidos con el Presidente de la República el 23 de junio del 2011 y por familiares de víctimas y ofendidos de diversos delitos.
A raíz de estos encuentros se hizo evidente la necesidad de fortalecer al Estado y mejorar su estrategia de atención victimológica. Por ello surgió la determinación de crear una institución que además de lo anterior, recopilara y sistematizara la información relacionada con las víctimas u ofendidos de delitos y con la atención que éstos recibieran, promoviendo la investigación y la elaboración de diagnósticos y estudios sobre su situación y, en su caso, recomendando acciones concretas a los tres órdenes de gobierno para prevenir y eliminar obstáculos que entorpecieran y retardaran la atención integral de las víctimas u ofendidos en los momentos en que más la requieren.
En suma, el organismo creado por el Ejecutivo Federal -Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2011- , tiene como propósito prestar un servicio integral y centralizado de atención a víctimas u ofendidos de delitos, sin perjuicio de la subsistencia de los demás instrumentos y mecanismos con que cuenta el Gobierno Federal y sus diversas instituciones. Además, dicho organismo tiene la obligación de articular los esfuerzos y dar seguimiento a las acciones que en otros ámbitos de la administración pública se realicen en favor de las víctimas y ofendidos de delitos.
A través del Acuerdo número 11-E-IV-1, adoptado en sesión extraordinaria de fecha 30 de agosto de 2011, por la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación se acordó favorablemente la constitución de la Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos, como un organismo descentralizado no sectorizado de la Administración Pública Federal. La Junta de Gobierno de PROVICTIMA, una vez instalada el 7 de octubre de 2011, designó a su titular y puso en marcha su operación como Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos el 10 de octubre del mismo año.
Trasciende en el cumplimiento de la misión institucional el mandato que prevé la "LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCION Y ASISTENCIA A LAS VICTIMAS DE ESTOS DELITOS"-Diario Oficial de la Federación del 14 de junio de 2012-en su artículo 84, estableciendo la participación de la Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos como parte integrante de la Comisión Intersecretarial que tiene por objeto:
i) Definir y coordinar la implementación de una Política de Estado en materia de Trata de Personas y demás objetos previstos en esta Ley;
ii) Impulsar y coordinar en toda la República la vinculación interinstitucional para prevenir y sancionar los delitos objeto de esta Ley;
iii) Inspección y vigilancia de los programas, acciones y tareas; y
iiii) Evaluación, rendición de cuentas y transparencia sin perjuicio de las atribuciones que en dichas materias correspondan a otras instancias.
En consecuencia la Procuraduría Social está obligada a brindar atención oportuna e integral a las víctimas u ofendidos de delitos, por sí misma o en coordinación con instituciones especializadas, en términos de la normativa aplicable; coadyuvando al eficaz desempeño de las autoridades con competencia en esta materia, y diseñando y ejecutando políticas, programas y esquemas de colaboración y coordinación interinstitucional de atención a víctimas u ofendidos de delitos;
III. MARCO JURIDICO
CONSTITUCION
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 05-II-1917, y sus reformas y adiciones. Ultima reforma del 09-VIII-2012.
INSTRUMENTOS INTERNACIONALES
1. Convención sobre la Prevención y el Castigo de Delitos contra Personas Internacionalmente Protegidas, inclusive los Agentes Diplomáticos, Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10-VI-1980.
2. Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de
Poder. Adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas en su resolución 40/34 de 29 de noviembre de 1985.
3. Convención Interamericana sobre el Tráfico Internacional de Menores, Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14-IV-1996.
4. Convención Interamericana contra la Corrupción, Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 09-I-1998.
5. Declaración para el reconocimiento de la competencia del Comité contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10-XII-1998.
6. Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de Niños, la Prostitución infantil y la Utilización de los Niños en la Pornografía, Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22-lV-2002.
7. Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22-IV-2002.
8. Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 06-V-2002.
9. Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que contempla la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10-lV-2003.
10. Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que Contempla la Convención de las Naciones Unidas, contra la Delincuencia Organizada Transnacional, Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10-lV-2003.
11. Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11-lV-2003.
LEYES GENERALES
1. Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14-VI-2012.
2. Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10-I-1936, última reforma del 24-VI-2011.
3. Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11-V-1995, última reforma del 22-XI-1996.
4. Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 02-VIII-2006, última reforma del 06-III-2012.
5. Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30-XI-2010, última reforma del 27-II-2011.
6. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 01-II-2007, última reforma del 14-VI-2012.
7. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 02-I-2009, última reforma del 14-VI-2012.
8. Ley General de Bienes Nacionales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20-V-2004, última reforma del 16-I-2012.
LEYES FEDERALES
1. Ley Federal de las Entidades Paraestatales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14-V-1986, última reforma del 09-IV-2012.
2. Ley Federal de Extinción de Dominio Reglamentaria del Artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29-V- 2009.
3. Ley Federal de Procedimiento Administrativo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 04-VIII-1994, última reforma del 09-IV-2012.
4. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado "B" del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28-XIl-1963, última reforma del 03-V-2006.
5. Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 07-XI-1996, última reforma del 14-VI-2012.
6. Ley Federal de Defensoría Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28-V-1998.
7. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13-lll-2002, última reforma del 15-VI-2012.
8. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11-VI-2002, última reforma del 08-VI-2012.
9. Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11-VI-2003, última reforma del 09-IV-2012.
10. Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 01-XII-2005, última reforma del 28-I-2011.
11. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30-III-2006, última reforma del 09-IV-2012.
12. Ley Federal del Trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 01-IV-1970, última reforma del 09-IV-2012.
13. Ley Federal del Derecho de Autor, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24-XII-1996, última reforma del 27-I-2012.
14. Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16-XI-2011.
LEYES ORGANICAS
1. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29-Xll-1976, última reforma del 14-VI-2012.
2. Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25-V-2009, última reforma del 14-VI-2012.
3. Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 06-XII-2007, última reforma del 03-VI-2011.
LEYES ESPECIALES
1. Ley de la Propiedad Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27-VI-1991, última reforma del 09-IV-2012.
2. Ley de Justicia para Adolescentes para el Distrito Federal. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14-XI-2007, última reforma del 08-II-2011.
3. Ley para el Tratamiento de Menores Infractores, para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia Federal. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 24-XII-1991, última reforma del 23-I-1998.
4. Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores ( «Reglas de Beijing »), A.G. res. 40/33, anexo, 40 U.N. GAOR Supp. (No. 53) p. 207, ONU Doc. A/40/53 el 28-XI-1985.
5. Ley de Seguridad Nacional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31-I-2005, última reforma del 26-XII-2005.
6. Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24-XII-1986, última reforma del 05-VI-2012.
7. Ley de Planeación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 05-I-1983, última reforma del 09-IV-2012.
8. Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12-l-2001, última reforma del 09-IV-2012.
9. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 04-l-2000, última reforma del 16-I-2012.
10. Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29-V-2009, última reforma del 18-VI-2010.
11. Ley de Atención y Protección a la Víctima y al Ofendido para el Estado de Aguascalientes, publicada en el No. 16 del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el 20-IV-2009.
12. Ley de Atención y Protección a la Víctima o el Ofendido del Delito para el Estado de Baja California, publicada en el No. 39 del Periódico Oficial del Estado de Baja California, el 22-VIII-2003, última reforma del 10-IX-2010.
13. Ley que establece el Sistema de Justicia para las Víctimas u Ofendidos de Delito en el Estado de Campeche, Decreto publicado en el Periódico Oficial No. 4705, Segunda Sección del 25-II-2011.
14. Ley para la Protección a Víctimas del Delito en el Estado de Chiapas, publicada en el No. 062 del Periódico Oficial del Estado de Chiapas, el 17-XII-1997, última reforma del 08-XI-2004.
15. Ley de Atención y Protección a Víctimas u Ofendidos del Delito del Estado de Chihuahua, publicada en el No. 84 del Periódico Oficial del Estado de Chihuahua, el 21-X-2006, última reforma del 26-IX-2012.
16. Ley de Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 22-IV-2003, última reforma del 24-V-2011.
17. Ley que crea el Centro de Atención para las Víctimas del Delito para el Estado de Durango, publicada en el No. 51 del Periódico Oficial del Estado de Durango, el 25-VI-1998, última reforma del 25-III-2011.
18. Ley de Atención y Apoyo a la Víctima y el Ofendido del Delito del Estado de Guanajuato, publicada en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Guanajuato No. 86 el 30-V-2006, última reforma publicada en el Periódico Oficial No. 128 el 12-VIII-2011.
19. Ley de Atención y Apoyo a la Víctima y al Ofendido del Delito para el Estado de Guerrero, Número 368, publicada en el No. 94 del Periódico Oficial del Estado de Guerrero, el 16-XI-2004, última reforma del 10-XII-2010.
20. Ley de Atención y Protección a Víctimas del Delito para el Estado de Hidalgo, publicada en el No. 21 del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 24-V-2010.
21. Ley del Centro de Atención para las Víctimas del Delito del Estado de Jalisco, publicada en el No. 22 Sección II del Periódico Oficial del Estado de Jalisco, el 7-III-1998, última reforma del 24-X-2009.
22. Ley de Protección a Víctimas del Delito para el Estado de México, publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, el 23-II-2009, última reforma del 26-X-2011.
23. Ley para la Atención y Protección a las Víctimas u Ofendidos del Delito del Estado de Michoacán de Ocampo, publicada en la Segunda Sección del Número 35 del Periódico Oficial del Estado de Michoacán de Ocampo, el 26-IX-2007.
24. Ley de Atención y Protección a Víctimas del Delito para el Estado de Nayarit, publicada en el Número 87, Sección Vigésima Cuarta del Periódico Oficial del Estado de Nayarit, el 4-VI-2011.
25. Ley de Atención y Apoyo a las Víctimas y a los Ofendidos de Delitos en el Estado de Nuevo León, publicada en el No. 57 del Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, el 18-IV-2007, última reforma del 05-VIII-2011.
26. Ley para la Protección a Víctimas de Delitos del Estado de Puebla, publicada en el No. 52, Tercera Sección del Periódico Oficial del Estado de Puebla, el 04-VI-1996.
27. Ley de Atención a la Víctima del Delito del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, publicada en la Edición Extraordinaria del Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí, el 11-IV-2000, última reforma del 21-IV-2012.
28. Ley de Protección a Víctimas de Delitos para el Estado de Sinaloa, publicada en la Segunda Sección del Número 124 del Periódico Oficial del Estado de Sinaloa, el 16-X-1998.
29. Ley de Atención y Protección a Víctimas del Delito para el Estado de Sonora, publicada en el No. 28 Sección Segunda del Boletín Oficial del Estado de Sonora, el 07-IV-2008.
30. Ley de Protección a las Víctimas de los Delitos para el Estado de Tamaulipas, publicada en el No. 53 del Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, el 05-V-2009, última reforma del 30-VIII-2012.
31. Ley de Atención y Protección a las Víctimas del Delito para el Estado de Yucatán, Ley publicada en el Suplemento del Diario Oficial del Estado de Yucatán el 04-I-2012.
32. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4-I-2000, última reforma 9-IV-2012.
33. Ley del Sistema Nacional Estadística y Geográfica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16-IV-2008.
34. Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31-XII-2008.
CODIGOS
1. Código Penal Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14-VIII-1931, última reforma del 14-VI-2012.
2. Código Federal de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30-VIII-1934, última reforma del 14-VI-2012.
3. Código Fiscal de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31-XII-1981, última reforma del 12-12-2011.
4. Código Civil Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928, última reforma del 9-IV-2012.
5. Código Federal de Procedimientos Civiles, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24-II-1943, última reforma 9-IV-2012.
DECRETO
1. Decreto por el que se crea la Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos, como un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06-IX-2011.
ESTATUTO
1. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26-VII-1994, última reforma del 28-I-2011.
REGLAMENTOS
1. Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28-VI-2006, última reforma del 04-IX-2009.
2. Reglamento del Código Fiscal de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29-II-84, última reforma del 07-XII-2009.
3. Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23-VII-2012, última reforma del 21-IX-2012.
4. Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20-VIII-01, última reforma del 28-VII-2010.
5. Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20-VIII-01, última reforma del 28-VII-2010.
6. Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26-I-1990, última reforma del 23-XI-2010.
7. Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29-IX-2003, última reforma del 18-VII-2012.
8. Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29-IV-2003, última reforma del 17-VIII-2010.
9. Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26-XI-1998, última reforma del 25-IV-2012.
MANUALES
1. Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 9 de agosto de 2010, última reforma publicada DOF 27-06-2011.
2. Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010, última reforma publicada DOF 16-06-2011.
3. Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010, última reforma publicada DOF 11-07-2011.
4. Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de agosto de 2010, última reforma DOF 27-06-2011.
5. Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Financieros, publicado el 15 de julio de 2010, última reforma DOF 15-07-2011.
6. Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010, última reforma publicada DOF 29 de agosto de 2011.
7. Disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2010, última reforma publicada DOF 3-10-2012.
8. Manual Administrativo de Aplicación General en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2011.
9. Manual Administrativo de Aplicación General en las materias de Transparencia y de Archivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010, última reforma publicada DOF 27 de julio de 2011.
PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
1. Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 en su eje 1, denominado "Estado de Derecho y Seguridad".
IV. MISION Y VISION
Misión
Brindar atención a las víctimas u ofendidos de delitos y familiares de personas desaparecidas o no localizadas, por sí misma o en coordinación con otras instituciones públicas y privadas con apego a los principios de integridad, gratuidad y sensibilidad, mediante una eficaz e integral prestación de servicios para el acceso a la justicia y el ejercicio pleno de sus derechos.
Visión
Ser la institución pública reconocida por brindar servicios integrales con equidad, calidad y calidez a las víctimas u ofendidos de delitos y familiares de personas desaparecidas o no localizadas.
V. OBJETIVO Y FINES
Objetivo
Brindar atención oportuna e integral a las víctimas u ofendidos de delitos por sí misma o en coordinación con instituciones especializadas, en términos de la normativa aplicable; coadyuvar al eficaz desempeño de las autoridades con competencia en esta materia y diseñar y ejecutar políticas, programas y esquemas de colaboración y coordinación interinstitucional de atención a víctimas u ofendidos de delitos.
Fines
I. Asegurar el acceso a los servicios multidisciplinarios y especializados que el Estado proporcionará a las víctimas u ofendidos de delitos, para lograr el pleno ejercicio de sus derechos y su reincorporación a la vida cotidiana, por cualquier medio que garantice el contacto entre el organismo y la víctima u ofendido de delitos, incluyendo medios digitales y electrónicos;
II. Diseñar, instrumentar y, en su caso, fortalecer los mecanismos de apoyo a las víctimas u ofendidos de delitos, con el propósito de que su atención sea oportuna, adecuada e integral, y
III. Asesorar a la víctima u ofendido de delitos y proteger y defender sus derechos.
VI. FUNCIONES DE PROVICTIMA
I. Atender a las víctimas u ofendidos de delitos a efecto de orientarlos y prestarles, por sí o en coordinación con las instituciones especializadas, los servicios multidisciplinarios y especializados que requieran para su atención oportuna, adecuada e integral;
II. Proporcionar, por sí misma o en coordinación con las instituciones especializadas competentes, los servicios de atención a víctimas u ofendidos de delitos, los cuales serán, entre otros:
a) Asistencia médica;
b) Asistencia psicológica especializada;
c) Orientación y asesoría jurídica, y
d) Apoyo en la búsqueda de personas desaparecidas.
III. Verificar la oportuna y adecuada actuación de las instituciones especializadas para brindar la atención a víctimas u ofendidos de delitos, así como dar el seguimiento que corresponda;
IV. Tratándose de delitos del fuero común, orientar a la víctima o al ofendido de delitos y, en su caso, canalizarla a las instancias estatales o municipales competentes en la materia;
V. Establecer módulos o unidades dentro del territorio nacional para la debida atención a víctimas u ofendidos de delitos;
VI. Brindar defensa legal gratuita a la víctima o al ofendido de delitos, de conformidad con las bases y criterios que apruebe la Junta de Gobierno; las disposiciones aplicables y las previsiones presupuestarias aprobadas para tal efecto;
VII. Planear, programar, coordinar y dar seguimiento a los servicios de atención a víctimas u ofendidos de delitos, por sí misma o en coordinación con las instituciones especializadas competentes;
VIII. Facilitar ante las autoridades competentes, el acceso a las víctimas u ofendidos de delitos a los subsidios o ayudas previstos en los programas, entre otros, gastos funerarios, becas, compensaciones, seguros médicos o, en su caso, podrá otorgarlos directamente a víctimas u ofendidos de delitos federales, de conformidad con las reglas de operación y demás disposiciones jurídicas aplicables, así como las previsiones presupuestarias aprobadas para tal efecto;
IX. Solicitar a las instituciones públicas involucradas en la investigación de los delitos, la información y apoyo que requiera para el cumplimiento de sus funciones, por sí o por la víctima u ofendido de delitos o su representante legal, cuando así corresponda, atendiendo a la confidencialidad de datos y a la reserva de la averiguación previa;
X. Coordinarse y celebrar convenios de colaboración con instituciones públicas federales, estatales, del Distrito Federal y municipales, así como con organismos e instituciones de carácter social o privado para la atención a las víctimas u ofendidos de delitos;
XI. Recopilar y sistematizar la información relacionada con las víctimas u ofendidos de delitos y con la atención que éstos reciban;
XII. Promover la investigación y elaborar y difundir diagnósticos y estudios sobre la situación de las víctimas u ofendidos de delitos, así como recomendar acciones y reformas al marco jurídico para asegurar su reconocimiento y atención eficaz y oportuna;
XIII. Elaborar y proponer la instrumentación de modelos y protocolos de atención a víctimas u ofendidos de delitos, así como prestar asesoría técnica en esa materia;
XIV. Generar, compilar, manejar y sistematizar la información derivada de los programas y mecanismos de atención a las víctimas u ofendidos de delitos;
XV. Promover la participación de los sectores público, social y privado en las actividades a su cargo;
XVI. Participar en el desarrollo de redes de información sobre la atención a las víctimas u ofendidos de delitos, y
XVII. Las demás que resulten necesarias para el adecuado cumplimiento de su objeto.
VII. ESTRUCTURA ORGANICA
1. Oficina de la Persona Titular de PROVICTIMA;
1.1. Secretaría Ejecutiva;
1.1.2. Subprocuraduría de Atención a Víctimas u Ofendidos de Delitos;
Ë 1.1.2.1. Dirección General de Atención a Víctimas u Ofendidos de Delitos;
Ë 1.1.2.2. Dirección de Centro de Atención a Víctimas y Ofendidos;
Ë 1.1.2.3. Dirección General de Contacto, Participación Ciudadana y Registro de Víctimas u Ofendidos;
1.1.3. Subprocuraduría de Personas Desaparecidas o no Localizadas;
Ë 1.1.3.1. Dirección General de Personas Desaparecidas o no Localizadas
Ë 1.1.3.2. Dirección General de Vinculación, Protocolos y Registro de Personas Desaparecidas o no Localizadas
1.1.4. Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Procesales;
Ë 1.1.4.1. Dirección General de Asuntos Procesales;
Ë 1.1.4.2. Dirección General Jurídico Consultiva;
1.1.5. Coordinación General de Administración y Finanzas;
Ë 1.1.5.1. Dirección General Adjunta de Finanzas
Ë 1.1.5.2. Dirección de Recursos Humanos
Ë 1.1.5.3. Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales
Ë 1.1.5.4. Dirección de Tecnologías de Información y Telecomunicaciones
1.1.6. Dirección General de Comunicación Social;
Ë 1.1.7. Unidad de Género;
Ë 1.1.8. Unidad de Enlace para el Acceso a la Información Pública Gubernamental;
ESTRUCTURA ORGANICA
BASICA DE PROVICTIMA

VIII. FACULTADES DE LOS TITULARES DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS
I. Planear, programar, organizar, dirigir, dar seguimiento, controlar y evaluar las labores, programas y servicios encomendados a su cargo con énfasis en los resultados, asegurándose de guardar apego a lo que manda la normativa federal correspondiente e impulsando el logro de los objetivos y metas institucionales preestablecidos, entre ellos el brindar una atención pertinente y oportuna a víctimas y ofendidos de delito y, en caso de corresponderles, a familiares de personas desaparecidas o no localizadas, que contribuya al carácter integral de la misma, y coordinar mecanismos de integración e interrelación que propicien el óptimo desarrollo de las responsabilidades que son competencia de PROVICTIMA, así como formular los anteproyectos de programas y de presupuesto que, en su caso, les correspondan;
II. Asegurar, dentro del ámbito de su competencia, el funcionamiento adecuado del sistema que controle las operaciones a su cargo;
III. Acordar con su superior jerárquico el despacho de los asuntos de las unidades o áreas adscritas a su cargo y responsabilidad; desempeñar las funciones y comisiones que le encomiende y delegue, nacionales o extranjeras, informando a éste sobre su cumplimiento;
IV. Someter, cuando así se requiera, a la consideración de su superior jerárquico los estudios y proyectos que se elaboren en las unidades o áreas que tengan adscritas;
V. Vigilar que en los asuntos de su competencia se dé cumplimiento a los ordenamientos legales y a las disposiciones que resulten aplicables;
VI. Dictar las medidas necesarias para la modernización, simplificación y mejoramiento administrativo en las unidades o áreas que se les hubieren adscrito, de acuerdo a las normas aplicables y políticas institucionales;
VII. Proporcionar la información o la cooperación que les sean legalmente requeridas, de conformidad con las normas aplicables y políticas institucionales;
VIII. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus facultades y aquellos que les sean señalados por delegación o les correspondan por suplencia;
IX. Proponer la celebración de los instrumentos jurídicos previstos en las fracciones VI y VII del artículo 9 de este estatuto;
X. Emitir o suscribir, en la esfera de la competencia de la unidad administrativa a su cargo, instrumentos jurídicos que faciliten su funcionamiento y operación;
XI. Dar cumplimiento a lo que disponen la ley de transparencia y su reglamento y llevar a cabo la clasificación y reserva de información según corresponda;
XII. Certificar las copias, de los documentos materia de su competencia que obren en sus archivos para ser exhibidos ante diversas autoridades, así como las que sean solicitadas por el público en general en cumplimiento con lo dispuesto en la ley de transparencia y su reglamento;
XIII. Intervenir y participar, sin perjuicio de las atribuciones de la Persona Titular de PROVICTIMA, en el nombramiento, desarrollo, capacitación, promoción y adscripción del personal a su cargo;
XIV. Participar directamente o a través de un representante, en los casos de separación del servicio ya sea por pérdida de confianza o por incumplimiento de los requisitos de ingreso y permanencia en la institución, sanciones, remoción del personal de su responsabilidad, de conformidad con las disposiciones aplicables vigentes, incluyendo aquellas que llegue a emitir la junta de gobierno;
XV. Elaborar análisis, estadísticas y el sistema de registro de los asuntos a su cargo; proporcionar a las Unidades Administrativas la información y cooperación técnica especializada que soliciten, de acuerdo con las políticas y normas institucionales;
XVI. Participar, en el ámbito de su competencia, en el sistema de planeación e innovación gubernamental de la institución;
XVII. Formular los requerimientos de recursos materiales, financieros y humanos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones;
XVIII. Estimular e incorporar la participación de los sectores público, social y privado en las actividades a su cargo y formular propuestas para lograr la cooperación, en la esfera de competencia de la unidad administrativa bajo su cargo, con diversos organismos públicos, sociales y privados para fortalecer y consolidar las funciones de su responsabilidad;
XIX. Formular propuestas a las Unidades Administrativas encargadas de ejecutar las acciones institucionales en materia de publicaciones, ensayos, artículos o estudios y demás publicaciones;
XX. Ejercer y supervisar las facultades que correspondan a las Unidades Administrativas que le estén adscritas, sin perjuicio de que sean desempeñadas por sus respectivos titulares;
XXI. Distribuir y notificar entre el personal bajo su mando las funciones inherentes al cumplimiento de sus atribuciones;
XXII. Solicitar con base en los convenios establecidos y respetando la reserva de las indagatorias, a la Procuraduría General de la República, a la Procuraduría General de Justicia Militar y a las Procuradurías Generales o Fiscalías de Justicia de las Entidades Federativas o sus equivalentes, la información indispensable que coadyuve al objeto, fines y funciones de PROVICTIMA;
XXIII. Proponer los lineamientos e instrumentos jurídicos a fin de contar con los requisitos que la normatividad aplicable establece para el correcto acceso a las bases de datos de las instituciones de seguridad pública, jurisdiccionales y de ejecución de sanciones penales; indispensables para el adecuado desarrollo de las respectivas funciones;
XXIV. Promover que las instancias especializadas del gobierno que resulten competentes brinden esquemas de protección institucional a aquellas víctimas u ofendidas de uno o más delitos respecto de quienes exista la probabilidad de que sean victimizadas nuevamente o cuando exista la probabilidad de que en su contra se realicen o pretendan realizar agresiones en un ánimo de venganza o represalia ya sea por haber acudido a las autoridades o por haber sido rescatadas por éstas;
XXV. Recibir en acuerdo al personal de su adscripción, estableciendo las directrices y mandamientos que habrán de tomar los asuntos de la competencia;
XXVI. Las demás que específicamente les confieran otras disposiciones o la Persona Titular de PROVICTIMA.
1. OFICINA DE LA PERSONA TITULAR DE PROVICTIMA
Misión
Administrar y dirigir a la Entidad-conjuntamente con la Junta de Gobierno-para que las víctimas y ofendidos de delitos, así como de los familiares de personas desaparecidas o no localizadas, asuman una sana cotidianidad, se les restituya en sus derechos vulnerados por el delito, ejerzan de manera plena los derechos que les confiere el marco jurídico, y superen su condición de víctimas. Todo ello a través del liderazgo que ejerza sobre PROVICTIMA en la procuración de servicios y la vinculación interinstitucional con entes públicos, sociales y privados tanto en el ámbito nacional como internacional.
Objetivo
Generar una atención pertinente, oportuna e integral a las víctimas u ofendidos de delitos, así como a los familiares de personas desaparecidas o no localizadas, en sus cuatro vertientes: médica, psicológica, jurídica y de trabajo social, de manera articulada con la Junta de Gobierno, en coadyuvancia con autoridades que tienen competencia en esta materia y en interacción con entes públicos, sociales y privados tanto en el ámbito nacional como internacional.
Funciones
Dirigir y administrar la Procuraduría Social y su funcionamiento global, conjuntamente con la Junta de Gobierno, y conforme a las determinaciones de ésta, y asegurar las condiciones político-administrativas que favorezcan la consolidación de la Entidad;
Asegurar la implementación de la política y estrategias, y demás determinaciones, que para la operación de la Procuraduría Social, establezca la Junta de Gobierno, para atender a las víctimas u ofendidos del delito, así como a los familiares de personas desaparecidas o no localizadas;
Proponer a consideración de la Junta de Gobierno, las decisiones y determinaciones que se enlistan en el marco jurídico administrativo que rige a la Entidad;
Autorizar aquellos actos administrativos relativos a la planeación, programación, presupuesto, ejecución, seguimiento, control y evaluación de la gestión de la Entidad no reservados a la Junta de Gobierno o asignados a alguna Unidad Administrativa de PROVICTIMA;
Asegurar el logro de los objetivos y metas institucionales de la Entidad y de las Unidades Administrativas que la conforman; definiendo las políticas para el control de la consecución de los mismos; tomando las acciones que corrijan deficiencias y presentando a la Junta de Gobierno informes periódicos sobre el cumplimiento de los objetivos del sistema de control, su funcionamiento y programas de mejoramiento;
Promover la asignación de facultades y recursos de la Entidad;
Asegurar el desarrollo de las capacidades institucionales requeridas para el cumplimiento de la misión de la Entidad;
Coordinar las relaciones institucionales para el debido cumplimiento de la misión de la Entidad;
Representar a la Entidad ante instituciones públicas, sociales y privadas, tanto en el ámbito nacional como internacional; y
Las demás que la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el Estatuto Orgánico de PROVICTIMA, y otras disposiciones legales y administrativas le confieran, así como le encomiende el Titular del Ejecutivo Federal y la Junta de Gobierno.
1.1. SECRETARIA EJECUTIVA
Misión
Generar y potenciar resultados en materia de atención a víctimas y ofendidos de delitos, así como a familiares de personas desaparecidas o no localizadas, a través de la articulación de la óptima operación de la Entidad y de las Unidades Administrativas que la conforman, a partir del despliegue de un enfoque estratégico que permee la misma.
Objetivo
Asegurar el óptimo funcionamiento de la Entidad con base en la debida gestión pública que garantice el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales de las Unidades Administrativas que la conforman, para generar valor público en la atención a víctimas y ofendidos de delitos, así como a familiares de personas desaparecidas o no localizadas.
Funciones
Coordinar, en apoyo a la Persona Titular de PROVICTIMA, la organización, funcionamiento y operación de la entidad para el mejor cumplimiento de los fines del organismo de manera tal que se proporcione una atención de calidad a la víctimas y ofendidos que acudan a la Entidad;
Liderar la articulación de las Unidades Administrativas que conforman la Entidad hacia el logro de las sinergias requeridas para potenciar resultados institucionales, mediante el direccionamiento de una adecuada suma de esfuerzos desplegados conjuntamente a partir de los espacios de competencia de cada Unidad Administrativa, de los órganos colegiados existentes al interior de la Entidad y de los grupos de trabajo del gobierno federal;
Conducir los procesos institucionales de planeación estratégica, de desarrollo organizacional, de control interno, de evaluación, y de generación de informes oficiales y reportes a la Presidencia de la República, al Congreso de la Unión y a la Junta de Gobierno;
Proponer a la Persona Titular de PROVICTIMA las políticas que habrán de regir la interacción con otras instituciones de los sectores público, social y privado, para detonar la colaboración e impulsar sinergias con las mismas;
Coordinar la operación en la Entidad de un sistema de información para la toma de decisiones institucionales.
Promover investigaciones, estudios y diagnósticos en materia de victimología, incluyendo aquellas referidas a la atención que reciben en el país las víctimas y ofendidos, así como los familiares de personas desaparecidas o no localizadas, orientados a potenciar la mejora de los servicios que se les brindan;
Coordinar la gestión institucional para la obtención de donativos a la entidad dirigidos a financiar el otorgamiento directo por la Entidad de subsidios o ayudas, entre otros, gastos funerarios, becas, compensaciones, seguros médicos, cumpliendo al realizar la entrega con las condiciones fijadas por el donante, así como otorgarlos directamente con cargo al patrimonio de la Entidad a víctimas u ofendidos de delitos federales y familiares de personas desparecidas o no localizadas con apego a las Reglas de Operación y demás disposiciones jurídicas aplicables, y
Las demás que específicamente les confieran otras disposiciones o la Persona Titular de PROVICTIMA.
1.1.7. UNIDAD DE GENERO
Objetivo
Impulsar y orientar la igualdad y la equidad de género en los programas y la operación de la Entidad;
Funciones
Incorporar en la ejecución de los programas institucionales y especiales, las medidas de carácter temporal y los enfoques de políticas de equidad que sean necesarias para lograr los objetivos de la política nacional de igualdad entre mujeres y hombres en los ámbitos económico, político, social y cultural;
Promover la creación de comisiones, redes de enlace y grupos de trabajo para definir, formular, implementar, dar seguimiento y evaluar los objetivos, componentes y metas de los programas institucionales y especiales desde la perspectiva de género;
Representar a PROVICTIMA en los mecanismos de enlace en materia de género al seno de la Administración Pública Federal;
Generar y operar al interior de PROVICTIMA un mecanismo que establezca, dé seguimiento y evalúe las políticas públicas, los programas y las acciones de atención a víctimas y ofendidos de delitos bajo una perspectiva de género en favor de la igualdad entre hombres y mujeres, así como de la equidad de género, en cumplimiento de la política nacional, tanto hacia el interior de la institución como hacia su exterior;
Implementar un programa continuo estratégico de capacitación de servidores y servidoras públicas en materia de género;
Generar informes periódicos sobre los avances en materia de igualdad entre mujeres y hombres, que den cuenta del progreso y avances en la transversalidad de género, así como las tendencias, resultados y efectos de los programas, planes y políticas en la materia;
Proponer y generar cambios en las estructuras institucionales que se reflejen en los objetivos, las agendas de trabajo, el diseño, la instrumentación, el seguimiento y la evaluación de planes y proyectos tendientes a generar políticas con perspectiva de género;
Proponer los contenidos del programa de cultura institucional con perspectiva de género e implementar las líneas de acción enmarcadas en él; y
Las demás que específicamente les confieran otras disposiciones o la Persona Titular de PROVICTIMA.
1.1.8. UNIDAD DE ENLACE PARA EL ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL
Objetivo
Brindar el acceso a la información de la Entidad a los solicitantes, preservando la debida confidencialidad así como la reserva que la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Funciones
Orientar el trabajo de la Unidad de Enlace para el Acceso a la Información Pública, supervisando que todas sus áreas cumplan con las funciones que tienen establecidas, siendo responsable de todos los documentos que se elaboren y salgan de ésta;
Mantener informado al Secretario Ejecutivo de la Procuraduría Social sobre los cambios que sufra la legislación en materia de acceso a la información y protección de datos, proponiendo los ajustes a los procedimientos en esta materia;
Dar seguimiento al envío de las solicitudes de información, a fin de que dentro del término legal las Unidades Administrativas remitan la información correspondiente;
Supervisar que el área de gestión de solicitudes consolide las respuestas que las Unidades Administrativas de esta Procuraduría Social otorguen a los solicitantes, verificando que estén debidamente requisitadas, a fin de evitar inconformidades de éstos;
Verificar que la gestión de solicitudes de información se lleve a cabo en tiempo y forma que establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental;
Llevar un registro de todas las solicitudes de información, conformando en coordinación con las demás áreas, las estadísticas correspondientes;
Coordinar y supervisar el correcto desempeño del personal bajo su cargo y orientarlos en lo que respecta a la gestión y trámite de las solicitudes recibidas; y
Las demás que específicamente les confieran otras disposiciones o la Persona Titular de PROVICTIMA.
ORGANIGRAMA DE LA SECRETARIA EJECUTIVA

1.1.2. SUBPROCURADURIA DE ATENCION A VICTIMAS U OFENDIDOS DE DELITOS
Misión
Brindar servicios oportunos de atención médica, psicológica, jurídica y de trabajo social a víctimas y ofendidos de delitos, así como de los familiares de personas desaparecidas o no localizadas, de manera que asuman una sana cotidianidad, se les restituya en sus derechos vulnerados por el delito, ejerzan de manera plena, en la etapa de averiguación previa, los derechos que les confiere el marco jurídico, y superen su condición de víctimas, a través de la provisión de servicios.
Objetivo
Proporcionar atención integral, pertinente, oportuna y de calidad a víctimas y/u ofendidos de delito, así como a los familiares de personas desaparecidas o no localizadas, directamente o en coordinación con instituciones especializadas; entes públicos, sociales y privados, nacionales o internacionales; gobiernos de otros países, y organismos internacionales, en los rubros de asistencia médica, psicológica, jurídica, y gestoría de trabajo social, a fin de reintegrarles sus derechos y contribuir al bienestar en su entorno familiar y social.
Funciones
Dirigir y liderar el proceso técnico-administrativo de planeación, programación, organización, formulación de requerimientos de recursos, ejecución, seguimiento, control y evaluación por lo que respecta a la atención especializada integral médica, psicológica, jurídica y de trabajo social, a víctimas u ofendidos de delito, así como a la vinculación, coordinación y colaboración interinstitucional correspondiente;
Dirigir y liderar los procesos específicos de los servicios de atención especializada a víctimas y ofendidos de delito, así como -en lo que no corresponda a la Subprocuraduría de Personas Desaparecidas o No Localizadas- a familiares de éstas, ya sea de forma directa o en coordinación con las instituciones especializadas competentes, asegurando que dicha atención sea oportuna, integral y adecuada;
Asegurar, con la intervención que corresponda a otras instancias, que los servicios de atención especializada a víctimas y ofendidos de delito, así como -en lo que no corresponda a la Subprocuraduría de Personas Desaparecidas o No Localizadas- a familiares de éstas, se brinden por la Subprocuraduría de Atención a Víctimas conforme a protocolos y que la calidad de los servicios brindados sea la adecuada, e implementando los ajustes recomendados en las evaluaciones que periódicamente se practiquen; y establecer los mecanismos para el seguimiento del desahogo de la atención brindada que monitoreen el que dicha atención sea oportuna, integral y adecuada;
Asegurar que, en los casos de urgencia o de tratamientos prolongados y especializados, se valoren las necesidades prioritarias de víctimas y ofendidos de delito, así como a familiares de personas extraviadas y no localizadas, de manera que puedan ser atendidos en el marco de las disposiciones que resulten aplicables, a través de los medios de enlace y mecanismos institucionales establecidos;
Asegurar que operen los mecanismos de vinculación a las instancias competentes de los gobiernos de las Entidades Federativas y Municipios, según las necesidades particulares que cada caso amerite, de los casos de los que tenga conocimiento esta Subprocuraduría;
Determinar la implementación de sistemas estadísticos y redes de información relacionados con víctimas u ofendidos de delitos, en la atención que éstos reciban tanto de PROVICTIMA como de otras instancias públicas federales, en el marco de la colaboración prevaleciente;
Dirigir las gestiones que faciliten la solicitud de información y apoyo a las instituciones públicas, incluidas las involucradas en la investigación de los delitos, que se requieran para la atención especializada a víctimas y ofendidos de delitos, así como a los familiares de éstas, ya sea de forma directa o por instituciones especializadas, procurando el apego debido a la confidencialidad de datos personales y en el caso de la averiguación previa y el juicio penal a la reserva de las mismas;
Ordenar, con la participación que corresponda a la Secretaría Ejecutiva y en coordinación con las otras subprocuradurías, a las instancias adscritas bajo su cargo la implementación de acciones conjuntas con entes públicos, sociales y privados dirigidas a obtener acceso a ayudas previstas en programas, así como apoyos económicos, gastos funerarios, becas, compensaciones a los familiares de éstas, observando, en caso de que los mismos sean otorgados, ya sea por PROVICTIMA o por otra instancia gubernamental, las reglas de operación y demás disposiciones jurídicas aplicables;
Establecer, en el marco de los convenios acordados con las secretarías de la Defensa Nacional, Marina-Armada de México, y de Seguridad Pública, así como con la Procuraduría General de la República, con las Unidades Administrativas determinadas por cada una de ellas, la atención requerida por víctimas y ofendidos colaterales que afirman la participación de miembros de alguna de dichas instituciones en una presunta violación de derechos humanos, dando vista según corresponda a las comisiones de derechos humanos competentes;
Disponer la elaboración de análisis, estudios y estadísticas que permitan determinar la pertinencia, con base en la incidencia delictiva, georreferenciación criminal, factores de riesgo, entre otros, del establecimiento y creación de nuevos centros de atención a víctimas, módulos y unidades de atención en el territorio nacional, tomando en consideración la suficiencia presupuestal y en coordinación con los gobiernos de las Entidades Federativas y los correspondientes a los Municipios y demarcaciones territoriales del D.F.;
Participar en grupos y mesas de trabajo para la gestión e intercambio de información con las instancias gubernamentales de los tres órdenes de gobierno, que requiera la consecución de la misión institucional;
Disponer acciones para detectar las necesidades de capacitación, difusión y fomento de la cultura de la atención y detección de víctimas y ofendidos de delitos en los servidores públicos de la Institución, así como de los organismos de los tres niveles de gobierno, de la sociedad civil y fundaciones, dedicados al apoyo de aquéllas;
Determinar la implementación de sistemas estadísticos y redes de información relacionados con los servicios jurídicos integrales y especializados que brinda la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Procesales, como de aquellos que otorgan otras instancias públicas, en el marco de la colaboración prevaleciente;
Establecer las condiciones para tener acceso a la información, al diálogo, a la consulta y el análisis, en los temas referidos a la esfera de competencia de la Subprocuraduría, mediante seminarios, foros y eventos públicos, materiales de divulgación, grupos de análisis, redes sociales y publicaciones impresas en las que participe la sociedad civil; y
Las demás que específicamente les confieran otras disposiciones o la Persona Titular de PROVICTIMA.
1.1.2.1. DIRECCION GENERAL DE ATENCION A VICTIMAS U OFENDIDOS DE DELITOS.
Objetivo
Brindar atención oportuna, integral, especializada, pertinente y de calidad a víctimas u ofendidos de delito y a familiares de personas desaparecidas o no localizadas, ya sea directamente en oficinas centrales, a través de los centros de atención a víctimas o en coordinación con instituciones especializadas, con la finalidad de restituir a las víctimas u ofendidos el valor vulnerado tutelado por la ley penal; de que éstos ejerzan plenamente sus derechos, y de contribuir a su reincorporación a una sana vida cotidiana.
Funciones
Determinar y coordinar las acciones encaminadas a proporcionar directamente, a través de los Centros de Atención a Víctimas y Ofendidos (CAV ´s) o en coordinación con las instituciones especializadas competentes, los servicios de atención a víctimas y ofendidos de delitos; así como a familiares de personas desaparecidas, no localizadas o en situación de ausencia o extravío, asegurando que dicha atención sea pertinente y oportuna, en las áreas de: asistencia médica; asistencia psicológica especializada; orientación y asesoría jurídica, y gestoría de trabajo social; generando con ello los protocolos de atención especializada y su correcta difusión e implementación;
Establecer los lineamientos para la creación, implementación, recopilación, sistematización y estadística de la información relacionada con las víctimas u ofendidos de delitos, así como con familiares de personas desaparecidas o no localizadas, a fin de consolidar el Registro de Víctimas y Ofendidos de Delitos;
Solicitar a las instituciones públicas información vinculada con las atribuciones propias de la Institución bajo el principio de confidencialidad; así como orientar directa o de manera coordinada con los CAV ´s a las víctimas y ofendidos de delitos; así como a familiares de personas desaparecidas, no localizadas o en situación de ausencia o extravío, en la presentación de denuncias, así como aquellos recursos necesarios en materia procesal en las ramas penal, laboral, familiar, administrativa o civil y, en los casos de delitos de fuero común, vincularlos con las instancias estatales o municipales competentes en la materia;
Recibir las peticiones de ayuda por parte de las víctimas y ofendidos; así como a familiares de las personas desaparecidas, no localizadas o en situación de ausencia o extravío y, gestionar ante las autoridades los subsidios o ayudas previstos en los programas públicos y privados;
Procurar los medios de enlace y mecanismos institucionales de colaboración con entes públicos y privados, gobiernos de otros países, organismos nacionales e internacionales y organizaciones de la sociedad civil y de participación ciudadana, a fin de proporcionar los servicios básicos de atención especializada; así como la obtención de subsidios, apoyos y ayudas, previstos en los programas nacionales e internacionales, a las víctimas, ofendidos de delitos y familiares de personas desaparecidas, no localizadas o en situación de ausencia o extravío; bajo este contexto se realizarán muestras aleatorias, dirigidas a verificar, en la esfera de su competencia, la oportuna y adecuada actuación de las instituciones especializadas;
Evaluar en coordinación con los enlaces designados por las Secretarías de la Defensa Nacional, de Marina-Armada de México, de Seguridad Pública y de la Procuraduría General de la República, la atención a víctimas y ofendidos colaterales, con motivo de acciones efectuadas por personal de dichas Instituciones, de acuerdo con los convenios establecidos para tal efecto. Asimismo, determinar en coordinación con instituciones de servicios de seguridad social la atención y servicios especializados requeridos por víctimas y ofendidos con calidad de servidores públicos y sus derechohabientes;
Planear redes de información sobre la atención a víctimas y ofendidos de delitos y, en caso de corresponderles, a familiares de personas desaparecidas, no localizadas o en situación de ausencia o extravío;
Aprobar, con base en los estudios, estadísticas, reportes, suficiencia presupuestal y demás información relevante, el establecimiento de CAV ´s, así como de módulos y unidades de atención a víctimas, en el territorio nacional; lo anterior en coordinación con los enlaces de los gobiernos estatales y municipales, a fin de lograr el establecimiento y operación de los mismos; y
Las demás que específicamente les confieran otras disposiciones o la Persona Titular de PROVICTIMA.
1.1.2.2. DIRECCION DE CENTRO DE ATENCION A VICTIMAS Y OFENDIDOS
Objetivo
Brindar, dentro de su competencia geográfica, atención integral, especializada y de calidad a víctimas u ofendidos de delito y a familiares de personas desaparecidas o no localizadas, ya sea directamente o en coordinación con instituciones especializadas con la finalidad de restituir a las víctimas u ofendidos sus derechos vulnerados y contribuir al bienestar en su entorno familiar y social.
Funciones
Proporcionar directamente o en coordinación con las instituciones especializadas competentes, los servicios de atención a víctimas u ofendidos de delitos, así como familiares de personas desaparecidas o no localizadas, los cuales serán, entre otros:
A. Asistencia médica;
B. Asistencia psicológica especializada;
C. Orientación, asesoría, acompañamiento y representación jurídicos, y
D. Gestoría de trabajo social y vinculación.
Instrumentar y operar los mecanismos que permitan el acceso inmediato de las víctimas y ofendidos, así como a familiares de personas desaparecidas o no localizadas, a la asistencia social, médica, psicológica y jurídica que proporciona la institución;
Dirigir la atención especializada a víctimas u ofendidos de delitos, así como a familiares de personas desaparecidas o no localizadas, y la administración de los recursos asignados, en los Centros de Atención a Víctimas, así como coordinar las acciones procedentes con las instituciones especializadas competentes;
Recabar elementos para la definición por la Dirección General de Atención a Víctimas de estrategias de asesoría y vinculación de víctimas u ofendidos, cuando se trate de casos que deriven de delitos del fuero común, e instrumentar dichas estrategias;
Instrumentar, en su ámbito de competencia geográfica, las políticas institucionales que fomenten la denuncia de hechos ilícitos padecidos por víctimas u ofendidos, así como la presentación de recursos en materia penal, laboral, familiar, administrativa o civil;
Aplicar, en su ámbito de competencia geográfica, los lineamientos de atención inmediata a víctimas u ofendidos, así como a familiares de personas desaparecidas o no localizadas, en la presentación de denuncias por desaparición, ausencia o extravío de persona, dando la intervención respectiva a la Subprocuraduría de Personas Desaparecidas o no Localizadas;
Establecer, en su ámbito de competencia geográfica, los medios de enlace con las instituciones públicas para obtener información y apoyo que se requiera para el cumplimiento de sus funciones, garantizando la confidencialidad y reserva de datos;
Colaborar con la Dirección General de Contacto, Participación Ciudadana, Registro de Víctimas y Centros de Atención, en la obtención de subsidios o ayudas previstos en programas públicos o privados, nacionales e internacionales que se generen a favor de víctimas u ofendidos, así como a familiares de personas desaparecidas o no localizadas, para quienes estén brindando atención;
Generar y alimentar, en su ámbito de competencia geográfica, el registro y sistematización de la información, relacionada con las víctimas u ofendidos de delitos, así como con familiares de personas desaparecidas o no localizadas, con sus problemáticas y con la atención que éstos reciban tanto de PROVICTIMA como de otras instancias;
Aplicar las políticas, lineamientos y directrices que dicten la Junta de Gobierno, la Persona Titular de PROVICTIMA, la Secretaría Ejecutiva, las Subprocuradurías, la Coordinación General de Administración y Finanzas, la Dirección General de Comunicación Social, la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la Unidad de Género;
Aplicar y vigilar el correcto cumplimiento de los protocolos de atención especializada en PROVICTIMA;
Dirigir y supervisar, en su ámbito de competencia geográfica, la atención, inmediata y en un primer contacto institucional, a víctimas y ofendidos que deseen denunciar la desaparición, ausencia o extravío de alguna persona, dando la intervención respectiva a la Subprocuraduría de Personas Desaparecidas o No Localizadas;
Coordinarse con instituciones, previa validación de la Dirección General de Contacto, Participación Ciudadana y Registro de Víctimas u Ofendidos para que se proporcionen servicios médicos o psicológicos en instituciones especializadas y con fines sociales a las víctimas u ofendidos que lo requieran;
Gestionar ante las autoridades competentes, el acceso de las víctimas u ofendidos de delitos a los subsidios o ayudas previstos en los programas, entre otros, gastos funerarios, becas, compensaciones y seguros médicos;
Supervisar, gestionar y vigilar la correcta aplicación de la política laboral, así como de los recursos financieros, materiales y de tecnologías de información asignados al Centro de Atención a Víctimas, conforme a la normatividad vigente;
Integrar los informes institucionales que le sean requeridos por las áreas competentes de PROVICTIMA; y
Las demás que específicamente les confieran otras disposiciones o la Persona Titular de PROVICTIMA.
1.1.2.3. DIRECCION GENERAL DE CONTACTO, PARTICIPACION CIUDADANA Y REGISTRO DE VICTIMAS U OFENDIDOS
Objetivo
Facilitar los medios, mecanismos y herramientas que favorezcan brindar una atención oportuna, integral y adecuada a las víctimas y ofendidos de delitos, así como a familiares de personas desaparecidas o no localizadas, mediante el diseño de políticas institucionales, programas y esquemas de colaboración y coordinación interinstitucional tanto en el ámbito nacional como internacional; la capacitación e intercambio de buenas prácticas con organismos nacionales y la sociedad civil en su conjunto, así como la coadyuvancia para una adecuada concatenación de acciones coordinadas con autoridades de los tres niveles de gobierno, otros países y organismos multilaterales.
Funciones
Determinar los medios de enlace, mecanismos y herramientas institucionales, tanto en el ámbito nacional como internacional, necesarios para proporcionar a las víctimas y/u ofendidos la atención oportuna, integral y adecuada que requieran, así como para que las propuestas de política, programas y esquemas de colaboración y coordinación interinstitucional de PROVICTIMA en esa materia se ejecuten;
Establecer los enlaces institucionales para facilitar la vinculación a las instancias especializadas de víctimas y ofendidos, así como de personas desaparecidas o no localizadas, que así lo requieran;
Operar mecanismos a partir de muestras aleatorias dirigidas a verificar, en la esfera de competencia de la Subprocuraduría de Atención a Víctimas u Ofendidos, la oportuna y adecuada actuación de las instituciones especializadas en brindar atención a víctimas u ofendidos de delitos, así como a familiares de personas desaparecidas o no localizadas, y dar el seguimiento que corresponda;
Determinar los modelos de vinculación para la atención a víctimas y ofendidos de delitos que deseen denunciar la desaparición, ausencia o extravío de alguna persona con instituciones especializadas;
Establecer e implementar los mecanismos institucionales a través de los cuales se dará aviso al Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, cuando un servidor público de PROVICTIMA tenga conocimiento de la existencia de una persona en este estatus;
Coordinar, en el marco de los convenios establecidos con las Secretarías de la Defensa Nacional, Marina-Armada de México, y de Seguridad Pública, así como con la Procuraduría General de la República, con las Unidades Administrativas determinadas por cada una de ellas, la atención requerida para atender a una víctima u ofendido con motivo de las acciones efectuadas directamente por miembros de alguna de dichas instituciones, dando vista según corresponda a las comisiones de derechos humanos competentes;
Coordinar con las autoridades de los gobiernos federal, de Entidades Federativas y Municipios las acciones que se generen a favor de víctimas y ofendidos de delitos, así como de familiares de personas desaparecidas o no localizadas, para el acceso a subsidios, apoyos y ayudas previstos en programas públicos, sociales y privados, nacionales e internacionales;
Impulsar ante las autoridades de los gobiernos federal y de las Entidades Federativas competentes la creación y establecimiento de subsidios, apoyos o ayudas en programas gubernamentales en beneficio de víctimas y ofendidos de delitos, así como de familiares de personas desaparecidas o no localizadas;
Establecer los mecanismos de colaboración y/o capacitación e intercambio de buenas prácticas con entes públicos, sociales y privados, tales como los de los gobiernos de las Entidades Federativas y Municipios, así como con organizaciones no gubernamentales; y obtener apoyos técnicos de organismos internacionales, gobiernos de otros países y fundaciones internacionales;
Proponer al titular de la Subprocuraduría de Atención a Víctimas u Ofendidos, programas de cooperación con entes públicos, sociales y privados, tanto en el ámbito nacional como internacional, especializados en atención a víctimas y/u ofendidos de delitos, así como a familiares de personas desaparecidas o no localizadas;
Participar e impulsar con diversos actores de la sociedad civil, órganos de gobierno y organismos nacionales e internacionales, para la conformación de redes de asistencia y apoyo para la atención de víctimas y ofendidos de delitos, así como de familiares de personas desaparecidas o no localizadas;
Conducir el registro de redes de apoyo alterno con organismos de la sociedad civil y la vinculación con instituciones especializadas; así como coordinar la recopilación y sistematización de la información, relacionada con la atención de las víctimas y ofendidos de delitos y de familiares de personas desaparecidas o no localizadas;
Proponer al titular de la Subprocuraduría de Atención a Víctimas u Ofendidos, con base en los diagnósticos correspondientes, la creación de CAV's y módulos y unidades de atención a víctimas, en puntos geográficos específicos, en coordinación con los enlaces de los gobiernos de las Entidades Federativas y Municipios; y
Las demás que específicamente les confieran otras disposiciones o la Persona Titular de PROVICTIMA.
ORGANIGRAMA DE LA SUBPROCURADURIA DE ATENCION A VICTIMAS U OFENDIDOS DE DELITOS

1.1.3. SUBPROCURADURIA DE PERSONAS DESAPARECIDAS O NO LOCALIZADAS
Misión
Contribuir a la localización e identificación y, en su caso, recuperación de aquellas personas desaparecidas o no localizadas, cuyos familiares soliciten ayuda a PROVICTIMA mediante la colaboración institucional con la Procuraduría General de la República, y las Procuradurías o Fiscalías Generales de Justicia de las Entidades Federativas, y otras instancias competentes, y la vinculación con instancias de los sectores públicos, social y privados.
Proponer y ejecutar políticas, programas y esquemas de colaboración y coordinación interinstitucional, e implementar los mecanismos de enlace para ello; así como la elaboración, formulación y propuesta de protocolos en la materia.
Objetivo 1
Incrementar la localización e identificación y, en su caso, recuperación de aquellas personas desaparecidas o no localizadas, mediante la promoción de acciones de búsqueda en conjunto con instituciones públicas, sociales y privadas, así como la coadyuvancia con la autoridad competente, y el establecimiento, coordinación y, en su caso, supervisión de mecanismos de colaboración con instituciones de procuración y administración de justicia, SEMEFOs, sector salud, centros de readaptación social, servicios de localización de personas (LOCATEL, INFORMATEL, o cualquier otro).
Objetivo 2
Elevar el número de familiares de personas desaparecidas o no localizadas que soliciten ayuda a PROVICTIMA para su localización e identificación y, en su caso, recuperación; verificando se les brinde la atención oportuna, integral y adecuada que requieran en lo médico, psicológico, jurídico y de trabajo social, para que logren el pleno ejercicio de sus derechos y su reincorporación a la sana vida cotidiana, para lo cual se vincularán con las áreas competentes de la institución.
Funciones
Dirigir y liderar los procesos técnico-administrativo de planeación, programación, organización, formulación de requerimientos de recursos, ejecución, seguimiento, control y evaluación por lo que respecta a la atención especializada integral en la búsqueda, localización, identificación y, en su caso, recuperación de personas desaparecidas o no localizadas y a la vinculación, coordinación y colaboración interinstitucional correspondiente;
Dirigir y liderar los procesos específicos de los servicios de atención especializada a familiares de personas desaparecidas o no localizadas, ya sea de forma directa o en coordinación con las instituciones especializadas competentes, asegurando que dicha atención sea oportuna, integral y adecuada;
Asegurar, con la intervención que corresponda a otras instancias, que los servicios a personas desaparecidas o no localizadas y a familiares de éstas, se brinden por la Subprocuraduría de Personas Desaparecidas o No Localizadas conforme a protocolos y que la calidad de los servicios brindados sea la adecuada, e implementando los ajustes recomendados en las evaluaciones que periódicamente se practiquen; y asegurar que operen los mecanismos para el seguimiento sistemático del desahogo de la atención brindada que monitoreen el que dicha atención sea oportuna, integral y adecuada;
Determinar, con la participación de las instancias de PROVICTIMA que corresponda conforme al Estatuto Orgánico, los lineamientos que regirán la forma en la que se procederá a comunicar de manera inmediata al Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desparecidas del Sistema Nacional de Seguridad Pública cuando al interior de PROVICTIMA se tenga conocimiento de una persona extraviada o se reciba alguna denuncia sobre la desaparición de una persona, así como la forma en que se procederá a informar a ese Registro Nacional de cualquier circunstancia que pudiera contribuir a ampliar la información que obra en el mismo, incluso respecto de personas localizadas sin vida;
Instituir acciones de capacitación en los temas que pueden apoyar la gestión de los casos de personas desaparecidas o no localizadas entre las diferentes instancias involucradas en estas tareas;
Establecer mecanismos de enlace y coordinación con instituciones de los gobiernos Federal, de las Entidades Federativas y de los Municipios, así como instancias sociales y privadas, a efecto de coordinar y colaborar en las acciones de búsqueda, localización, identificación y, en su caso, recuperación de personas desaparecidas o no localizadas en todo el país;
Dirigir las gestiones que faciliten la solicitud de información y apoyo a las instituciones públicas, incluidas las involucradas en la investigación de los delitos, que se requieran para la atención a personas desaparecidas o no localizadas y a familiares de éstas, ya sea de forma directa o por instituciones especializadas, asegurando el apego debido a la confidencialidad de datos personales y en el caso de la averiguación previa y el juicio penal a la reserva de las mismas;
Dirigir las gestiones de coadyuvancia, tanto en gabinete como en campo, ante instituciones públicas, sociales y privadas para la búsqueda, localización, identificación y, en su caso, recuperación de personas desaparecidas o no localizadas;
Ordenar, con la participación que corresponda a la Secretaría Ejecutiva y en coordinación con las otras subprocuradurías, a las instancias adscritas bajo su cargo la implementación de acciones conjuntas con entes públicos, sociales y privados dirigidas a obtener acceso a ayudas previstas en programas, así como a apoyos económicos, gastos funerarios, becas, compensaciones y seguros médicos, entre otros, dirigidos a personas desaparecidas o no localizadas y a los familiares de éstas, observando, en caso de que los mismos sean otorgados, ya sea por PROVICTIMA o por otra instancia gubernamental, las reglas de operación y demás disposiciones jurídicas aplicables;
Establecer las condiciones para tener acceso a la información, al diálogo, a la consulta y el análisis, en los temas referidos a la esfera de competencia de la Subprocuraduría, mediante seminarios, foros y eventos públicos, materiales de divulgación, grupos de análisis, redes sociales y publicaciones impresas en las que participe la sociedad civil;
Establecer, en el marco de los convenios establecidos con las Secretarías de la Defensa Nacional, Marina-Armada de México, y de Seguridad Pública, así como con la Procuraduría General de la República, con las Unidades Administrativas determinadas por cada una de ellas, la atención requerida por personas desaparecidas o no localizadas y a familiares de éstas, que afirman la participación de miembros de alguna de dichas instituciones en una presunta violación de derechos humanos, dando vista según corresponda a las comisiones de derechos humanos competentes;
Establecer mecanismos, a nivel nacional e internacional, de enlace e intercambio de experiencias e información y de acciones de vinculación, entre PROVICTIMA y organizaciones de la sociedad civil, para conocer las técnicas de investigación y resolución de casos en materia de búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas;
Determinar la implementación de sistemas estadísticos y redes de información relacionados con personas desaparecidas o no localizadas y con las familias de éstas, en la atención que éstos reciban tanto de PROVICTIMA como de otras instancias públicas federales, en el marco de la colaboración prevaleciente;
Desplegar la interacción con las diversas instancias directivas y mandos superiores de PROVICTIMA que requiera la consecución de la misión institucional, y participar en deliberaciones colectivas y grupos de trabajo tanto al interior de PROVICTIMA como al exterior de la Institución; así como participar en grupos y mesas de trabajo para la gestión e intercambio de información con las instancias gubernamentales de los tres órdenes de gobierno;
Instituir acciones de capacitación en los temas que pueden apoyar la gestión de los casos de personas desaparecidas o no localizadas entre las diferentes instancias involucradas en estas tareas;
Evaluar las solicitudes que se realicen por sí o por la víctima u ofendido de delitos o su representante legal, estableciendo mecanismos para la integración de los expedientes de búsqueda, localización, identificación, acompañando la ejecución de acciones de investigación y, en su caso, recuperación de personas desaparecidas o no localizadas, a la Procuraduría General de la República y las Procuradurías o Fiscalías Generales de Justicia de las Entidades Federativas o sus equivalentes; cuando así corresponda, guardando en todos los casos el apego debido a la confidencialidad de datos personales y en el caso de la averiguación previa, a la reserva de la misma; y
Las demás que específicamente les confieran otras disposiciones o la Persona Titular de PROVICTIMA.
1.1.3.1. DIRECCION GENERAL DE PERSONAS DESAPARECIDAS O NO LOCALIZADAS
Objetivo 1
Incrementar la localización de personas desaparecidas o no localizadas mediante la generación de mecanismos que permitan alcanzar el éxito en las acciones de búsqueda, localización, identificación y, en su caso, recuperación de personas, a través de la implementación de gestiones conjuntas y coordinadas con los tres ámbitos de gobierno y las instancias sociales o privadas.
Objetivo 2
Proporcionar atención a los familiares de la persona desaparecida o no localizada para asegurarles el acceso a los servicios multidisciplinarios y especializados que PROVICTIMA proporciona de manera oportuna, adecuada e integral, con el objeto de que logren el pleno ejercicio de sus derechos y su reinserción a la vida cotidiana.
Funciones
Establecer mecanismos de enlace y coordinación con entidades de los tres niveles de gobierno, así como instancias sociales y privadas a efecto de colaborar en las acciones de búsqueda, localización, identificación y, en su caso, recuperación de personas desaparecidas o no localizadas en todo el país;
Planear y promover estrategias para la solicitud, recepción e intercambio de información con las autoridades Federales, locales y municipales, respecto de la implementación de acciones de búsqueda, localización, identificación y, en su caso, recuperación de personas desaparecidas o no localizadas. Validando las solicitudes que se realicen por sí o por la víctima u ofendido de delitos o su representante legal, cuando así corresponda, guardando en todos los casos la confidencialidad de datos personales y en el supuesto de la averiguación previa, la secrecía de la misma;
Instituir mecanismos para la integración de los expedientes de búsqueda, localización, identificación y, en su caso, recuperación de personas desaparecidas o no localizadas, dirigiendo las solicitudes de colaboración a las Procuradurías Generales de la República y de Justicia Militar, y a las Procuradurías o Fiscalías Generales de Justicia de las Entidades Federativas o sus equivalentes para coadyuvar en la ejecución de acciones de investigación en la búsqueda de personas reportadas como desaparecidas o no localizadas ante PROVICTIMA;
Establecer e instrumentar los mecanismos y gestiones de coadyuvancia, tanto de gabinete y campo, ante instituciones públicas, sociales y privadas para la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas o no localizadas; y
Las demás que específicamente les confieran otras disposiciones o la Persona Titular de PROVICTIMA.
1.1.3.2. DIRECCION GENERAL DE VINCULACION, PROTOCOLOS Y REGISTRO DE PERSONAS DESAPARECIDAS O NO LOCALIZADAS
Objetivo 1
Impulsar, propiciar y fomentar, a nivel nacional e internacional, proyectos y acciones de vinculación y colaboración con instancias públicas de los diferentes órdenes de gobierno y con organizaciones de la sociedad civil para crear los apoyos y condiciones necesarias para una atención eficaz respecto de los casos de personas desaparecidas o no localizadas y de sus familiares.
Objetivo 2
Diseñar las estrategias y mecanismos que lleven a lograr una mayor eficiencia en la coordinación de las instancias ministeriales en las acciones de búsqueda y localización de personas desaparecidas o no localizadas, así como de los instrumentos de registro necesarios para disponer de información confiable, veraz y oportuna tanto de las personas afectadas como de los resultados de las políticas públicas en la materia.
Funciones
Promover el intercambio de información y de acciones de vinculación a nivel nacional e internacional, entre PROVICTIMA, e Instituciones Públicas Federales, Estatales, municipales y las organizaciones de la sociedad civil;
Proponer el diseño, formulación, y la coordinación de los mecanismos institucionales e interinstitucionales, así como protocolos, criterios, políticas, estrategias y lineamientos que faciliten las acciones de búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas;
Crear las condiciones para tener acceso a la información, al diálogo, a la consulta y al análisis, en los temas referidos a las víctimas del delito, mediante seminarios, foros y eventos públicos, materiales de divulgación, grupos de análisis, redes sociales y publicaciones impresas;
Promover la implantación y ejecución de mecanismos para la captación y registro a nivel nacional de personas desaparecidas o no localizadas;
Apoyar en la gestión e intercambio de información con las instancias gubernamentales de los tres órdenes de gobierno sobre la atención dada en los casos de personas desaparecidas o no localizadas;
Promover acciones de capacitación en los temas necesarios para la resolución de los casos de personas desaparecidas o no localizadas entre las diferentes instancias involucradas en estas tareas; y
Las demás que específicamente les confieran otras disposiciones o la Persona Titular de PROVICTIMA.
ORGANIGRAMA DE LA SUBPROCURADURIA DE PERSONAS DESAPARECIDAS O NO LOCALIZADAS

1.1.4. SUBPROCURADURIA JURIDICA Y DE ASUNTOS PROCESALES
Misión
Liderar la institucionalización de los servicios jurídicos a víctimas y ofendidos de delitos en la fase de juicio penal, así como a las Unidades Administrativas, instancias y mandos superiores del organismo descentralizado, fijando en el marco de las definiciones adoptadas por la Junta de Gobierno y por la persona Titular de PROVICTIMA, las políticas que den orientación estratégica a las Unidades Administrativas adscritas bajo su mando, direccionando la actividad institucional y desempeño organizacional hacia el logro de resultados trascendentes en beneficio de las víctimas y ofendidos de delito.
Objetivo 1
Potenciar la obtención de resultados trascendentes en beneficio de las víctimas y ofendidos de delitos en términos de su acceso a la administración de justicia penal; de una eficaz coadyuvancia con el Ministerio Público en el juicio para la aportación de elementos que lleven al financiamiento de responsabilidad penal al victimario, y de la obtención de una sentencia en la que el juzgador de la causa condene a éste, entre otros, a la reparación integral del daño, todo ello en un marco de respeto y ejercicio de los derechos que a aquéllos les otorga el apartado C del artículo 20 constitucional, a través de definiciones de naturaleza estratégica que rijan la prestación por PROVICTIMA de asesoría, acompañamiento y representación jurídicos a las víctimas y ofendidos de delitos, adoptadas en función de desafíos, problemas recurrentes, objetivos a lograr, metas a alcanzar y capacidades institucionales a desarrollar y desplegar.
Objetivo 2
Potenciar la obtención de resultados trascendentes para PROVICTIMA en términos de apego a la legalidad en su actuación y en sus interacciones tanto con víctimas y ofendidos de delito como con entes públicos, sociales y privados; de desarrollo y pertinencia de la infraestructura normativa del organismo descentralizado; de generación de certeza y seguridad jurídicas en su actuación, así como de promoción y defensa de los derechos y legítimos intereses de la institución, todo ello a través de definiciones de naturaleza estratégica que rijan la prestación de servicios jurídicos a las Unidades Administrativas, instancias y servidores públicos de PROVICTIMA, adoptadas en función de desafíos, problemas recurrentes, objetivos a lograr, metas a alcanzar y capacidades institucionales a desarrollar y desplegar.
Funciones
Dirigir y liderar el proceso técnico-administrativo de planeación, programación, organización, formulación de requerimientos de recursos, ejecución, seguimiento, control y evaluación para el otorgamiento de servicios jurídicos integrales y especializados a víctimas y ofendidos de delitos y familiares de personas desaparecidas o no localizadas en los procesos penales incluyendo los juicios de amparo; así como aquellos servicios legales que se otorguen a las Unidades Administrativas de PROVICTIMA a fin de brindarles certeza y seguridad jurídica, en estricto apego la normatividad vigente y salvaguardando los intereses legítimos de la entidad;
Dirigir y liderar los procesos específicos de los servicios integrales especializados de acompañamiento, asesoría y, en su caso, la representación legal, en los procesos penales incluyendo los juicios de amparo en favor de las víctimas y ofendidos de delitos, así como a familiares de personas desaparecidas o no localizadas, ya sea de forma directa o en coordinación con las instituciones especializadas competentes, asegurando que dicha atención sea oportuna, integral y adecuada; así como aquellos servicios legales que se otorguen a las Unidades Administrativas de PROVICTIMA a fin de que dichos servicios brinden certeza y seguridad jurídica, en estricto apego a la normatividad vigente y salvaguarden los intereses legítimos de la entidad;
Asegurar, con la intervención que corresponda a otras instancias, que los servicios jurídicos integrales y especializados a víctimas y ofendidos de delitos y de familiares de personas desaparecidas o no localizadas, en los procesos penales y en el juicio de amparo, así como el otorgamiento de servicios jurídicos a las Unidades Administrativas de PROVICTIMA, se brinde por la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Procesales conforme a protocolos y que la calidad de los servicios otorgados sea la adecuada, e implementando los ajustes recomendados en las evaluaciones que periódicamente se practiquen; y asegurar que operen los mecanismos para el seguimiento sistemático del desahogo de la atención brindada que monitoreen el que dicha atención sea oportuna, integral y adecuada;
Dirigir las gestiones que faciliten la solicitud de información y apoyo a las instituciones públicas, incluidas las involucradas en la investigación de los delitos, que se requiera para el otorgamiento de servicios jurídicos integrales y especializados, a víctimas y ofendidos de delitos y a familiares de personas desaparecidas o no localizadas, tanto en la fase de proceso penal como en los juicios de amparo, asegurando el apego debido a la confidencialidad de datos personales y a la reserva de la misma;
Dirigir las gestiones de coadyuvancia, en el otorgamiento de servicios jurídicos integrales y especializados
a víctimas y ofendidos de delitos y a familiares de Personas Desaparecidas o No Localizadas, ante el Agente del Ministerio Público tanto en la fase de investigación como en el proceso penal;
Dirigir la resolución oportuna, pertinente y eficaz de las consultas jurídicas que las distintas Unidades Administrativas de la institución, le formulen a la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Procesales, guardando apego en todo momento a lo dispuesto en el marco jurídico aplicable a PROVICTIMA;
Asegurar el establecimiento de un adecuado y actualizado marco normativo interno, para la atención, tanto a las víctimas y ofendidos de delitos y a familiares de personas desaparecidas o no localizadas, como para las diversas actividades que la organización realice, proporcionando regulación, seguridad y certeza jurídica a las Unidades Administrativas y los servidores públicos de PROVICTIMA;
Determinar los aspectos legales de la postura jurídica institucional respecto de las iniciativas de ley o de Decreto o sobre las propuestas de puntos de acuerdo presentadas ante el H. Congreso de la Unión que le encomienden la Junta de Gobierno, la persona Titular de PROVICTIMA o el Secretario Ejecutivo, a efecto de coadyuvar en el diseño de un marco jurídico adecuado en relación a las actividades que sean competencia de la institución;
Dirigir y establecer los criterios normativos que brinden certeza y seguridad jurídica sobre los instrumentos de carácter contractual, que incidan directa o indirectamente los legítimos intereses de PROVICTIMA y que soliciten o remitan las demás Unidades Administrativas de la institución;
Asegurar la promoción y protección de los legítimos intereses jurídicos y patrimoniales de la institución, en los procedimientos y procesos jurisdiccionales, contencioso administrativos y de justicia alternativa que PROVICTIMA deba detonar, desahogar, intervenir o sea parte demandante o demandada;
Determinar la implementación de sistemas estadísticos y redes de información relacionados con los servicios jurídicos integrales y especializados que brinda la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Procesales, como de aquellos que otorgan otras instancias públicas, en el marco de la colaboración prevaleciente;
Desplegar la interacción con las diversas instancias directivas y mandos superiores de PROVICTIMA que requiera la consecución de la misión institucional, y participar en deliberaciones colectivas y grupos de trabajo tanto al interior de PROVICTIMA como al exterior de la Institución; así como participar en grupos y mesas de trabajo para la gestión e intercambio de información con las instancias gubernamentales de los tres órdenes de gobierno sobre los temas responsabilidad de la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Procesales;
Instituir acciones de capacitación en los temas que apoyen la gestión de la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Procesales, tanto para la atención a víctimas y ofendidos de delito y a familiares de personas desaparecidas o no localizadas, como para el mejoramiento de los servicios jurídicos que se brinden a las Unidades Administrativas de PROVICTIMA; y
Las demás que específicamente les confieran otras disposiciones o la Persona Titular de PROVICTIMA.
1.1.4.1. DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS PROCESALES
Objetivo
Establecer las directrices y criterios, así como definir y aprobar los planes, programas y estrategias que deben adoptar y desarrollar los servidores públicos a su cargo respecto del acompañamiento, asesoría y en su caso la representación legal a las víctimas de delitos ante los Juzgados y Tribunales Federales, Superiores de Justicia de las Entidades Federativas y del Distrito Federal para el fortalecimiento de la secuela de los procedimientos incluyendo el juicio de amparo, cuidando en todo momento el seguimiento de las diligencias tendientes a comprobar el cuerpo del delito, la responsabilidad penal de los indiciados, así como la procedencia, monto y pago de la reparación del daño causado.
Funciones
Dictar las directrices y criterios para la debida y adecuada prestación de servicios de asesoría, acompañamiento y representación legal a víctimas y ofendidos, brindada por los servidores públicos a su cargo, así como en el Juicio de Amparo;
Aprobar y fijar la elaboración y presentación de las promociones, trámites y diligencias que se realizan en las diversas direcciones, tendientes a que la autoridad competente compruebe el cuerpo del delito, la responsabilidad penal de los indiciados, y la procedencia, monto y pago de la reparación del daño causado, así como las que correspondan a los medios de impugnación, para satisfacer los derechos y las pretensiones de las víctimas y ofendidos de delitos;
Fijar y determinar las estrategias del litigio que se desarrollarán en cada caso, así como el análisis de las promociones, trámites y diligencias para su desahogo dentro de los plazos y términos procesales, cuidando en todo momento que sean practicadas conforme a la ley;
Organizar y aprobar que la prestación de servicios de asesoría, acompañamiento y representación legal a víctimas y ofendidos en los procesos penales federales y locales, así como en el Juicio de Amparo, se realice de forma oportuna, completa, objetiva, eficiente y eficaz; y que las promociones, trámites y diligencias sean desahogados dentro de los plazos y términos procesales y en estricto apego a la ley;
Fijar los protocolos, lineamientos y demás normatividad que resulten aplicables a la atención de las víctimas u ofendidos de delitos, respecto de los servicios jurídicos que otorgue PROVICTIMA en los procesos penales federales y del ámbito local, a fin de que éstos resulten oportunos, completos, objetivos, eficientes y eficaces;
Aprobar los mecanismos que deberá seguir el personal a su cargo, a fin de que a través de muestras aleatorias, se pueda verificar la oportuna, completa, objetiva, eficiente y eficaz actuación de éste en la atención jurídica brindada a víctimas y ofendidos de delitos; y
Las demás que específicamente les confieran otras disposiciones o la Persona Titular de PROVICTIMA.
1.1.4.2. DIRECCION GENERAL JURIDICO CONSULTIVA
Objetivo 1
Contribuir a que PROVICTIMA cuente con un marco jurídico desarrollado, desplegado y actualizado que le permita ejercer sus atribuciones en apego al derecho victimal mexicano, así como a las disposiciones jurídico-administrativas que regulan el funcionamiento de la Administración Pública Federal y muy especialmente el de los organismos descentralizados, y en congruencia con el mandato que rige a la institución.
Objetivo 2
Contribuir a que los intereses de PROVICTIMA se encuentren debidamente planteados, promovidos y preservados en sus relaciones contractuales, así como en los procesos contenciosos en que la institución tome parte.
Funciones
Conducir la formulación de los proyectos normativos a fin de dar viabilidad, certeza e impulso jurídico a los asuntos competencia de PROVICTIMA y su relación de dependencias de la Administración Pública Federal, para su posterior revisión y aprobación del Subprocurador Jurídico y de Asuntos Procesales;
Administrar la compilación y difusión de contratos, convenios, acuerdos, y demás instrumentos jurídicos, con la finalidad de que dichos ordenamientos contribuyan al óptimo desempeño de las actividades sustantivas de PROVICTIMA;
Ordenar la realización de estudios e investigaciones jurídicas y de Derecho Comparado que requiera el desarrollo de las funciones de PROVICTIMA;
Establecer y coordinar el seguimiento de los proyectos normativos, lineamientos y criterios institucionales de carácter interno y externo, hasta su emisión o, en su caso publicación en el Diario Oficial de la Federación, a fin de dar debido cumplimiento y exacta aplicación, de conformidad con las atribuciones conferidas a PROVICTIMA;
Dirigir y atender la asesoría, consulta y apoyo técnico jurídico, que presenten las Unidades Administrativas y servidores públicos de esta Institución, con la finalidad de contribuir a la correcta interpretación, aplicación y cumplimiento del marco que norma el funcionamiento de esta Procuraduría;
Dirigir la asesoría y orientación jurídica, que las diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal así lo soliciten, así como a las Entidades Federativas, Poder Legislativo y Judicial y particulares en general, en el ámbito de las atribuciones de PROVICTIMA;
Dirigir, instruir y coordinar la elaboración, revisión y, en su caso, suscripción, desde el punto de vista jurídico, de los convenios, contratos y demás actos jurídicos en los que intervenga PROVICTIMA con instituciones públicas y privadas, nacionales o extranjeras, con la finalidad de que los mismos se ajusten a las disposiciones jurídicas que en cada caso resulten aplicables;
Instruir y coordinar las actividades necesarias para someter a consideración de su superior y firma de la Persona Titular de PROVICTIMA, los proyectos de bases, de convenios, contratos, acuerdos y/o tratados que se lleven a cabo con instancias tanto de los tres órdenes de gobierno como del sector privado;
Coordinar y supervisar la promoción y protección legal de los legítimos intereses jurídicos y patrimoniales
de PROVICTIMA, en los procedimientos y procesos jurisdiccionales, contencioso administrativos y de justicia alternativa que PROVICTIMA deba detonar, así como dirigir el desahogo e intervención legal como parte demandante o demandada, tanto en materias de Derecho Público como de Derecho Privado según corresponda;
Participar y/o representar a PROVICTIMA en los órganos colegiados, comités, comisiones, subcomisiones, foros y demás eventos que determine la Persona Titular de PROVICTIMA o el Subprocurador Jurídico, con el propósito de coadyuvar en la atención de asuntos vinculados con el ámbito de su competencia, así como en el cumplimiento de compromisos asumidos; y
Las demás que específicamente les confieran otras disposiciones o la Persona Titular de PROVICTIMA.
ORGANIGRAMA DE LA SUBPROCURADURIA JURIDICA Y DE ASUNTOS PROCESALES

1.1.5. COORDINACION GENERAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
Misión
Administrar los recursos humanos, financieros, materiales y tecnológicos, así como los servicios generales de PROVICTIMA, para el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales de la Entidad, en cumplimiento de la normatividad aplicable y conforme a las políticas dispuestas por la Persona Titular de PROVICTIMA.
Objetivo
Proveer y administrar los recursos financieros, humanos, materiales y tecnológicos, a las Unidades Administrativas de la Entidad para el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, a través de servicios oportunos y de calidad.
Funciones
Administrar los recursos humanos, financieros, materiales y tecnológicos, así como los servicios generales de PROVICTIMA, con base en la normatividad aplicable y conforme a las políticas dispuestas por la Persona Titular de PROVICTIMA;
Proponer a la Persona Titular de PROVICTIMA, la implementación de normas, políticas y lineamientos para la mejor organización, funcionamiento y optimización de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Tecnológicos de la Entidad;
Proponer a la persona Titular de PROVICTIMA el Anteproyecto de Presupuesto de la Entidad, conforme a la normatividad aplicable;
Dirigir y coordinar las acciones para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto anual de la Entidad, conforme a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
Dirigir y coordinar la integración del informe anual de Cuenta Pública;
Administrar el presupuesto anual asignado a la Entidad y vigilar que su ejercicio se aplique con apego a
las disposiciones normativas que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
Fungir como enlace ante las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, a fin de estar en posibilidades de atender los requerimientos que emanen de éstas dentro de su ámbito de competencia;
Celebrar y suscribir los contratos, convenios y cualesquiera otros actos jurídicos que impliquen actos de administración y que comprometan el presupuesto de la Entidad;
Presidir los Comités de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios; de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas; de Bienes Muebles y de Mejora Regulatoria Interna;
Proponer a la Persona Titular de PROVICTIMA los programas en materia administrativa de conformidad a las disposiciones normativas, jurídicas y administrativas aplicables en la materia;
Autorizar las disposiciones de control y operación internas que le proponga la Dirección General Adjunta de Finanzas, en materia de programación, presupuesto y gasto;
Emitir los estados financieros sobre la operación de PROVICTIMA, previa validación de la Dirección General Adjunta de Finanzas;
Planear, y conducir la política de administración y desarrollo de personal, en coordinación con las Unidades Administrativas, y conforme a la normatividad aplicable;
Expedir el nombramiento de personal, y los medios de identificación, previa Autorización de la Persona Titular de PROVICTIMA, y validación de la Dirección de Recursos Humanos, así como de las Unidades Administrativas;
Conducir el proceso de elaboración y actualización, en coordinación con las demás Unidades Administrativas, de los manuales de organización, y procedimientos de PROVICTIMA;
Autorizar las adecuaciones a la estructura orgánica-ocupacional, conforme a la normatividad aplicable, previo análisis y validación de la Dirección de Recursos Humanos; y
Las demás que específicamente les confieran otras disposiciones o la Persona Titular de PROVICTIMA.
1.1.5.1. DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE FINANZAS
Objetivo
Proveer y administrar los recursos presupuestarios y financieros, apoyando a las Unidades Administrativas de la entidad para el cumplimiento de los programas institucionales, a través de servicios oportunos y de calidad en materia de finanzas, programación, presupuesto y contabilidad.
Funciones
Dirigir, supervisar, y asegurar la correcta administración de los recursos financieros de la Entidad, así como asegurar la correcta aplicación y ejercicio del presupuesto, conforme a la normatividad aplicable;
Autorizar las modificaciones presupuestarias internas, y solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la autorización de modificaciones presupuestarias externas;
Difundir a las Unidades Administrativas de la Entidad, las políticas, directrices y criterios técnicos para el proceso interno de programación y presupuesto;
Controlar y registrar el ejercicio del presupuesto, así como la contabilidad de la Entidad;
Evaluar y asegurar el correcto ejercicio presupuestal de la Entidad conforme a la normatividad aplicable;
Operar los sistemas y procedimientos internos para la administración de los recursos financieros de la Entidad;
Dirigir y supervisar, la consolidación de la información contable y presupuestaria de la Entidad conforme a la normatividad aplicable;
Coordinar la operación y actualización de la información financiera en el Sistema Integral de Presupuesto y Contabilidad de la Entidad;
Formular los reportes financieros necesarios para la integración de la Cuenta Pública y el Informe de Avance de Gestión Financiera, así como atender los requerimientos de información periódica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
Presentar las declaraciones de carácter fiscal y efectuar el entero de las retenciones que la Entidad deba realizar por concepto de impuestos, derechos, cuotas de seguridad social y demás contribuciones, en términos de las disposiciones aplicables;
Integrar el Programa Anual de Inversión de la Entidad, así como elaborar y someter a la autorización del Coordinador General de Administración y Finanzas el gasto en los programas y proyectos de inversión pública;
Coordinar y supervisar las actividades del proceso interno de programación y presupuestación de la Entidad;
Elaborar, formular y proponer el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de la Entidad, con la participación de las Unidades Administrativas;
Cumplir con las actividades para la elaboración del programa anual de ingresos y egresos de PROVICTIMA, para su distribución racional y equitativa;
Proponer los sistemas, métodos y procedimientos para la formulación, adecuación, ejercicio y control del presupuesto autorizado de la Entidad;
Atender y suscribir la información requerida por las instancias fiscalizadoras;
Coordinar las actividades para integrar la información contable y presupuestal con el fin de elaborar los reportes correspondientes, asegurando el cumplimiento de las obligaciones legales y fiscales;
Autorizar la aplicación de Cuenta por Liquidación Certificada;
Verificar que, en su caso, se efectúen los enteros a la Tesorería de la Federación por concepto de rendimientos bancarios, recuperación de ejercicios anteriores, recuperación de indemnizaciones, ingresos autogenerados, remanentes del ejercicio anterior, así como ejercer la representación legal de PROVICTIMA, para el pago o entero de contribuciones federales y locales, y de retenciones al personal a favor de terceros;
Establecer los sistemas de control y de autorización para el otorgamiento y comprobación de recursos para viáticos, comisiones, para becarios, cursos, servicio social y demás prestaciones;
Coordinar las operaciones de los sistemas de control presupuestario y contable con el fin de asegurar una buena administración de los recursos financieros, así como vigilar su cumplimiento; y
Las demás que le confieran las disposiciones legales y administrativas o sus superiores jerárquicos.
1.1.5.2. DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS
Objetivo
Proveer y administrar los recursos humanos a las Unidades Administrativas de la entidad, observando la normatividad y lineamientos aplicables en la materia, a efecto de que se logren los objetivos sustantivos generales de la institución.
Funciones
Proponer e instrumentar los procesos y programas para el reclutamiento; selección; capacitación; desarrollo integral; evaluación del desempeño; separación; remuneraciones, y estímulos y recompensas del personal de la Entidad, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
Dirigir y supervisar los procesos en materia de reclutamiento, selección y contratación de personal;
Validar y tramitar los nombramientos del personal, así como determinar los medios y formas de identificación del mismo;
Validar y tramitar la contratación de servicios profesionales bajo el régimen de honorarios o de personal eventual para el cumplimiento de los programas a cargo de la Entidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables;
Administrar la documentación e información relacionada con el personal de la Entidad y resguardar los datos personales, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
Dirigir y supervisar la aplicación de los procedimientos en materia de administración de personal para el pago de remuneraciones y prestaciones, así como terceros institucionales, a fin de vigilar el correcto manejo de los recursos presupuestarios, conforme a la normatividad aplicable;
Dirigir, supervisar y vigilar la correcta asignación de prestaciones de seguridad social, de servicios, y económicas a que tienen derecho los servidores públicos de la Entidad, conforme a la normatividad aplicable;
Autorizar y supervisar la aplicación de incidencias, descuentos y retenciones, así como tramitar y dar seguimiento a la recuperación de pagos y otros conceptos no devengados, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;
Orientar al personal de la Entidad sobre los derechos y obligaciones establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables;
Tramitar, en coordinación con las Unidades Administrativas competentes, el cumplimiento de las resoluciones, laudos o sentencias en que se ordene la restitución de derechos al personal al servicio de la Entidad;
Participar, con asesoría de la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Procesales, en el levantamiento de constancias por incumplimiento de obligaciones del personal de la Entidad; en el trámite y seguimiento para la imposición de sanciones, así como tramitar la suspensión o baja del personal de la misma, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
Integrar, cuando se presuma el incumplimiento de obligaciones del personal de la Entidad, los expedientes respectivos; y cuando corresponda, formular la propuesta de determinación preliminar, y someter a la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Procesales el proyecto de determinación de separación o de archivo de la causa;
Fomentar y establecer la coordinación con instituciones de educación superior para establecer programas de servicio social y prácticas profesionales, acciones de capacitación y de educación profesional y de postgrado para el personal de la Entidad;
Someter a la consideración del Coordinador General de Administración y Finanzas, la celebración de bases, convenios y demás instrumentos jurídicos que resulten necesarios para la adecuada administración del personal de la Entidad;
Coordinar y supervisar el proceso de registro y actualización de la estructura orgánica de la Entidad;
Determinar los lineamientos y criterios internos que permitan llevar a cabo las actividades de modificación y adecuación de la estructura orgánica de la Entidad;
Analizar, integrar y someter a la consideración y autorización del Coordinador General de Administración y Finanzas el proyecto de dictamen de las propuestas de movimientos de estructuras orgánicas, ocupacionales y plantillas de personal que promuevan las Unidades Administrativas;
Realizar estudios y análisis sobre valuación de puestos; políticas de sueldos, salarios, incentivos, estímulos y prestaciones; capacitación y su aprovechamiento y, en general, sobre planeación y administración de personal;
Proponer el desarrollo de prácticas administrativas que contribuyan a mejorar la calidad de los procesos y servicios de la Entidad;
Dirigir y supervisar, la elaboración e integración, con la participación de las Unidades Administrativas de la Entidad, del Manual de Organización General, los manuales de organización específicos, y los manuales de procedimientos específicos, así como mantenerlos actualizados;
Autorizar y coordinar la implementación del Programa Anual de Capacitación realizado previamente con base en la detección de necesidades de capacitación;
Establecer los programas de inducción, capacitación y desarrollo de personal, así como los lineamientos internos para la conducción de las relaciones laborales en la Entidad;
Coordinar y supervisar el diseño del programa de eventos institucionales;
Proponer y operar los programas de actividades sociales, culturales y recreativas para el personal de la Entidad;
Establecer los mecanismos de comunicación interna para la divulgación al personal de las acciones y actividades de la Entidad;
Elaborar en colaboración con la Dirección General Adjunta de Finanzas el Anteproyecto de Presupuesto de Servicios Personales de la Entidad;
Fungir como enlace y representación ante las distintas instancias fiscalizadoras en materia laboral, fiscal, y de seguridad social; y
Las demás que le confieran las disposiciones legales y administrativas o sus superiores jerárquicos.
1.1.5.3. DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
Objetivo
Proveer y administrar los bienes y servicios generales, aplicando la normatividad establecida en la materia, a fin de garantizar el suministro oportuno y racional de los mismos que requiera el personal de la entidad para el logro de sus objetivos y programas.
Funciones
Proporcionar los servicios de apoyo administrativo que requiera la Entidad en materia de servicios generales, conservación y mantenimiento de bienes muebles e inmuebles, adquisiciones suministros, seguridad y vigilancia, y aseguramiento de bienes patrimoniales;
Someter a consideración del Coordinador General de Administración y Finanzas las políticas de recursos materiales y servicios generales que se estime conveniente instrumentar en la Entidad;
Dirigir, coordinar y supervisar la constitución, registro oficial y operación de la comisión de seguridad e higiene, a fin de llevar a cabo las acciones conducentes en la materia con apego a la normatividad aplicable;
Dirigir, supervisar, y asegurar la correcta conducción de los procesos relativos a la adquisición, arrendamiento y contratación de bienes y servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma, que requiera la Entidad, así como para la disposición final de bienes que no resulten útiles, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
Proporcionar, en colaboración con la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Procesales y las demás Unidades Administrativas, los elementos necesarios para el establecimiento de contratos y convenios;
Dirigir y supervisar las acciones relativas a la elaboración de contratos, pedidos y convenios que deriven de los procedimientos de adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como de obra pública de conformidad con la normatividad aplicable;
Tramitar, en coordinación con las Unidades Administrativas requirentes, los convenios y contratos que afecten el presupuesto de la Entidad y los demás actos de administración que deban ser documentados, y someterlos oportunamente a la firma del Coordinador General de Administración y Finanzas, previa revisión de la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Procesales;
Dirigir, coordinar y supervisar las acciones relativas a las rescisiones administrativas por incumplimiento de pedidos y contratos de adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como de obra pública;
Administrar los almacenes y distribuir los bienes e insumos entre las Unidades Administrativas de la Entidad que los requieran para su operación;
Controlar y mantener actualizado el inventario de bienes muebles de que dispone la Entidad, con la participación de las Unidades Administrativas que los tengan asignados, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
Dirigir y supervisar la administración de los bienes muebles e inmuebles a fin de garantizar una asignación programada y racional de los mismos, procurando un máximo aprovechamiento satisfaciendo las necesidades de las Unidades Administrativas para el logro de sus objetivos;
Tramitar el registro y la afectación de los bienes muebles de la Entidad;
Promover y supervisar la baja de bienes muebles que por su deterioro o estado físico e inutilidad, resulten poco o nada aprovechables, con apego a las disposiciones legales aplicables;
Integrar y coordinar la ejecución del Programa Interno de Protección Civil para el personal, instalaciones, bienes e información de la Entidad, conforme a la normatividad aplicable;
Proporcionar a la Entidad el apoyo administrativo en materia de archivo; operar el Sistema de Control de Correspondencia, y coordinar los servicios de mensajería que requieran las Unidades Administrativas;
Integrar los programas anuales de adquisiciones, arrendamientos y servicios; obra pública; bienes muebles e inmuebles; almacenamiento, control y actualización de los inventarios y almacenes; seguridad y vigilancia, protección civil; así como de aseguramiento de bienes patrimoniales de la Entidad, y vigilar su ejercicio conforme a la normatividad aplicable;
Proponer las políticas, normas, sistemas y procedimientos para la administración y control de las adquisiciones, arrendamientos y servicios; de obra pública; de bienes muebles e inmuebles; de almacenamiento, control y actualización de los inventarios y almacenes; de seguridad y vigilancia, protección civil; así como aseguramiento de bienes patrimoniales de PROVICTIMA;
Proporcionar la asesoría y apoyo requeridos por las Unidades Administrativas de la entidad en materia de servicios generales, conservación y mantenimiento de bienes muebles e inmuebles, adquisiciones, suministros, seguridad y vigilancia, protección civil, y aseguramiento de bienes patrimoniales; y
Las demás que le confieran las disposiciones legales y administrativas o sus superiores jerárquicos.
1.1.5.4. DIRECCION DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACIONES
Objetivo
Proveer y Administrar las tecnologías de la información y los sistemas de telecomunicaciones a las Unidades Administrativas, así como los mecanismos necesarios para brindar certeza, seguridad y confiabilidad en el manejo de la información.
Funciones
Brindar los servicios informáticos y de telecomunicaciones que soliciten las diferentes Unidades Administrativas de la Entidad;
Administrar las licencias de software y realizar la distribución de éstas, de acuerdo con su disponibilidad;
Dirigir y coordinar los procesos de mantenimiento preventivo, correctivo y actualización a los sistemas informáticos, plataformas tecnológicas y software implementados;
Revisar periódicamente el desempeño de los sistemas en operación y bases de datos de la Entidad, y proponer las adecuaciones conducentes;
Asegurar la seguridad física y lógica del centro de datos de PROVICTIMA, a fin de proteger la información electrónica resguardada por las Unidades Administrativas y sustantivas de PROVICTIMA;
Proponer la realización de acciones de coordinación con las Unidades Administrativas de la Entidad para promover el uso y aprovechamiento adecuados de las tecnologías de la información;
Proponer los lineamientos en materia informática y de telecomunicaciones, con sujeción a las políticas y normas técnicas que establezca la autoridad competente; planteamientos de simplificación y automatización de procesos; recomendaciones basadas en tecnologías de la información que optimicen los recursos y procesos operativos, propiciando el incremento permanente de la productividad y la eficiencia;
Proponer los lineamientos de actualización tecnológica de los bienes informáticos y de telecomunicaciones de la Entidad;
Proponer, en colaboración con la dirección de recursos materiales y servicios generales, las políticas y lineamientos para la adquisición de tecnologías de la información, sistemas de comunicaciones y software que requieran las Unidades Administrativas para el desarrollo de sus funciones sustantivas;
Promover, diseñar y coordinar programas de capacitación en materia de tecnología de la información dirigidos a los servidores públicos de la Entidad para el adecuado manejo de equipos y paquetería, así como de aplicaciones diseñadas por parte de los servidores públicos de la Entidad; y
Las demás que le confieran las disposiciones legales y administrativas o sus superiores jerárquicos.
ORGANIGRAMA DE LA COORDINACION GENERAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS

1.1.6. DIRECCION GENERAL DE COMUNICACION SOCIAL
Misión
Fomentar el reconocimiento social de la institución como una dependencia confiable en favor de las víctimas u ofendidos de delito.
Objetivo
Crear, mantener y mejorar la imagen institucional con acciones, planes y programas que permitan facilitar el conocimiento público de PROVICTIMA; atender la demanda de información institucional por parte de los medios de comunicación y usuarios de redes sociales, así como detectar y sistematizar toda información y opinión que se publique acerca de PROVICTIMA.
Funciones
Coordinar y aplicar la estrategia y los programas de comunicación social de la Entidad, de conformidad con la política de comunicación social que determine la Persona Titular de PROVICTIMA, así como la normatividad aplicable;
Vigilar el correcto uso de la imagen institucional de la Entidad y las demás que la Junta de Gobierno o la Procuraduría Social determinen;
Coordinar y autorizar el diseño y producción de materiales de difusión impresos y electrónicos respecto de las actividades de la Entidad, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
Difundir los objetivos, programas y acciones de la Entidad;
Informar, a través de los medios de comunicación, sobre las acciones y servicios que presta PROVICTIMA tanto en el ámbito nacional como internacional;
Difundir los contenidos en los medios masivos de comunicación, Internet, página web de la Entidad, y redes sociales que permitan establecer una imagen correcta y proactiva de la Entidad y de sus alcances y beneficios jurídicos y sociales en el contexto político social;
Registrar, analizar, evaluar y procesar la información que difunden los medios de comunicación acerca de la Entidad;
Gestionar ante las autoridades federales competentes en materia de comunicación social, las autorizaciones, consultas, trámites y demás que se requieran conforme a las disposiciones aplicables;
Gestionar ante las autoridades federales competentes en materia de comunicación social, las autorizaciones, consultas, trámites y demás que se requieran conforme a las disposiciones aplicables;
Coordinar la realización de encuestas y sondeos de opinión respecto a las actividades de la Entidad, en el ámbito de su competencia;
Conservar y actualizar el archivo de comunicados, fotografía y de video de las actividades relevantes de la Entidad;
Brindar asistencia técnica y el apoyo necesario a las Unidades Administrativas de PROVICTIMA para la difusión y producción de medios y materiales relacionados con sus actividades; y
Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y las que le encomiende la Persona Titular de PROVICTIMA.
México, D.F., a 25 de octubre de 2012.- La Procuradora Social de Atención a las Víctimas de Delitos, Sara Irene Herrerías Guerra.- Rúbrica.
(R.- 360839)
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