Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Poder Judicial de la Federación, Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 15/2013, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA DENOMINACIÓN, RESIDENCIA, COMPETENCIA, JURISDICCIÓN TERRITORIAL, DOMICILIO Y FECHA DE INICIO DE FUNCIONAMIENTO DEL QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMOCTAVO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN CUERNAVACA, MORELOS.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de circuito y juzgados de distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81, fracciones IV, V y XXIV y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, especialización por materia de los tribunales colegiados de circuito, las que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos del artículo 46, fracción II, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
TERCERO. El artículo 17 Constitucional, segundo párrafo, establece que los tribunales estarán expeditos para impartir justicia en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa, imparcial y gratuita;
CUARTO. A fin de dar cumplimiento al artículo 17 de la Constitución General de la República, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de cinco de diciembre de dos mil doce, aprobó el dictamen relativo a la creación de un Tribunal Colegiado en el Decimoctavo Circuito, con residencia en Cuernavaca, Morelos, quedando pendiente su instalación e inicio de funciones;
QUINTO. De acuerdo con la información proporcionada por la Coordinación de Administración Regional del Consejo de la Judicatura Federal, en la actualidad se cuenta con la infraestructura necesaria para instalar el órgano jurisdiccional referido, lo cual hace necesario proveer, entre otras cuestiones, las relativas a su denominación, competencia, jurisdicción territorial, residencia y fecha de inicio de funciones.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, así como en las consideraciones vertidas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. El nuevo órgano jurisdiccional se denominará Quinto Tribunal Colegiado del Decimoctavo Circuito, con residencia en Cuernavaca, Morelos y tendrá igual residencia, competencia y jurisdicción territorial que los tribunales colegiados del mismo Circuito que actualmente funcionan en Cuernavaca, Morelos.
SEGUNDO. El nuevo órgano jurisdiccional iniciará funciones el dieciséis de mayo de dos mil trece con la plantilla laboral autorizada y tendrá su domicilio en calle de Francisco Leyva número 3, colonia Centro, en Cuernavaca, Morelos, código postal 62000, por lo que a partir de la citada fecha, todas las comunicaciones y asuntos que sean competencia del nuevo órgano jurisdiccional deberán dirigirse a éste en el domicilio indicado.
Los actuales tribunales colegiados del Decimoctavo Circuito conservarán la denominación, competencia, residencia y jurisdicción territorial que tienen asignadas.
TERCERO. Desde la fecha señalada en el punto precedente, la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados del Decimoctavo Circuito, con residencia en Cuernavaca, Morelos, lo será también del nuevo órgano jurisdiccional.
CUARTO. Durante el periodo que comprenderá del dieciséis al treinta de mayo de dos mil trece, los nuevos asuntos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados del Decimoctavo Circuito, se remitirán al Quinto Tribunal Colegiado del Decimoctavo Circuito, conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos.
Lo anterior, con excepción de los asuntos relacionados, los que serán turnados al órgano jurisdiccional correspondiente, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo General 48/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
Se faculta a la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, para concluir de manera anticipada o prorrogar, en su caso, el plazo de la exclusión de turno de nuevos asuntos ordenada en el presente punto de acuerdo. Lo anterior con base en los estudios respectivos que presentará a
su consideración la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos.
Transcurrido el plazo concedido, los asuntos nuevos se distribuirán entre los cinco Tribunales Colegiados del Decimoctavo Circuito, con residencia en Cuernavaca, Morelos, conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos.
El órgano jurisdiccional que inicia funciones deberá remitir dentro de los primeros cinco días naturales de cada mes su reporte estadístico a la Dirección General de Estadística Judicial.
QUINTO. Al finalizar el periodo de exclusión otorgado en el primer párrafo del punto cuarto precedente, los presidentes de los Tribunales Colegiados del Decimoctavo Circuito, con residencia en Cuernavaca, Morelos, deberán informar a la Comisión de Creación de Nuevos Órganos sobre la productividad obtenida.
SEXTO. El órgano jurisdiccional de nueva creación, utilizará libros de gobierno nuevos, los que deberán ser autorizados por el Presidente del Tribunal Colegiado, con la certificación secretarial respectiva, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo General 34/2000 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y sus reformas.
SÉPTIMO. Se modifica el Acuerdo General 3/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por Materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito, publicado el quince de febrero de dos mil trece en el Diario Oficial de la Federación, según se indica a continuación:
Se reforma el punto SEGUNDO del Acuerdo General 3/2013, apartado XVIII. DECIMOCTAVO CIRCUITO, número 1, para quedar como sigue:
"SEGUNDO. Cada uno de los Circuitos a que se refiere el punto primero comprenderá los tribunales colegiados y unitarios de Circuito y los juzgados de Distrito que a continuación se precisan:
I. a XVII. ...
XVIII. DECIMOCTAVO CIRCUITO:
1. Cinco tribunales colegiados con residencia en Cuernavaca.
2. ...
3. ..."
OCTAVO. El Presidente del nuevo tribunal colegiado deberá levantar por duplicado un acta administrativa del inicio de sus funciones, cuyo formato le será proporcionado por la Secretaría Ejecutiva de Administración, debiendo enviar un ejemplar a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos para su archivo.
NOVENO. El Pleno, las Comisiones de Creación de Nuevos Órganos; de Carrera Judicial; y de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, estarán facultados para interpretar y resolver todas las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación del presente acuerdo, en el ámbito de sus respectivas competencias.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
TERCERO. La Secretaría Técnica de la Comisión para la Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, deberá integrar de inmediato el texto de la reforma, al Acuerdo General 3/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los tribunales colegiados y unitarios de Circuito y de los juzgados de Distrito.
EL MAGISTRADO J. GUADALUPE TAFOYA HERNÁNDEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 15/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial, domicilio y fecha de inicio de funcionamiento del Quinto Tribunal Colegiado del Decimoctavo Circuito, con residencia en Cuernavaca, Morelos, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de veinticuatro de abril de dos mil trece, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Juan N. Silva Meza, Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, Juan Carlos Cruz Razo, César Esquinca Muñoa, César Alejandro Jáuregui Robles y Manuel Ernesto Saloma Vera.- México, Distrito Federal, a siete de mayo de dos mil trece.- Conste.- Rúbrica.
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