Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos.
ACUERDO CCNO/4/2013, DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A UNA NUEVA EXCLUSIÓN DEL TURNO DE NUEVOS ASUNTOS A LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO, SEGUNDO Y TERCERO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DECIMOSEXTO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN GUANAJUATO, GUANAJUATO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracciones II y V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO. El artículo 81, fracción XXIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos del artículo 46, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
CUARTO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de veintiocho de enero de dos mil trece, aprobó el Acuerdo General 4/2013 del propio Pleno, relativo a la conclusión de funciones del Segundo Tribunal Colegiado del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guanajuato, Guanajuato, y su transformación en Cuarto Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Decimosexto Circuito, así como a su competencia, jurisdicción territorial, domicilio y fecha de inicio de funciones y a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los tribunales colegiados de las materias, circuito y residencia indicadas, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el quince de febrero de dos mil trece.
En dicho acuerdo, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, determinó que el nuevo órgano jurisdiccional iniciara funciones el dieciséis de febrero de dos mil trece, asimismo, se acordó un periodo de exclusión del turno de nuevos asuntos que comprendió del dieciséis de febrero al quince de marzo de dos mil trece. Lo anterior, con el objetivo de nivelar las cargas de trabajo entre los tribunales colegiados en las materias y Circuito referidos;
QUINTO. Del análisis de los resultados estadísticos proporcionados por los Tribunales Colegiados en Materias Civil y de Trabajo del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Guanajuato, se considera
necesario otorgar un nuevo periodo de exclusión para nivelar las cargas de trabajo entre los referidos órganos jurisdiccionales.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales señaladas, la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Se otorga un nuevo periodo de exclusión del turno de nuevos asuntos a los Tribunales Colegiados Primero, Segundo y Tercero en Materias Civil y de Trabajo del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Guanajuato.
El periodo de exclusión del turno de nuevos asuntos para los tribunales colegiados antes citados, comprenderá del dieciséis al treinta de mayo de dos mil trece; por lo tanto, todos los asuntos nuevos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materias Civil y de Trabajo del Decimosexto Circuito, se remitirán al Cuarto Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Guanajuato, conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos.
Asimismo, los asuntos relacionados, serán turnados al órgano jurisdiccional que tenga los antecedentes, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo General 48/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
SEGUNDO. Al finalizar el periodo de la nueva exclusión del turno otorgado, los presidentes de los tribunales colegiados de que se trata, deberán informar sobre los resultados obtenidos a la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, y a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos.
TERCERO. El Pleno y la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias resolverán las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo, así como acordar la conclusión anticipada o extensión del plazo previsto en el punto primero de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Este acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
EL MAGISTRADO EDWIN NOÉ GARCÍA BAEZA, SECRETARIO EJECUTIVO DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCIÓN Y CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/4/2013, de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a una nueva exclusión del turno de nuevos asuntos a los Tribunales Colegiados Primero, Segundo y Tercero en Materias Civil y de Trabajo del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Guanajuato, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el trece de mayo de dos mil trece, por los señores Consejeros: Presidente en funciones César Alejandro Jáuregui Robles y César Esquinca Muñoa.- México, Distrito Federal, a trece de mayo de dos mil trece.- Conste.- Rúbrica.
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