DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo CCNO/4/2014 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la nueva exclusión del turno de nuevos asuntos del Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, con residencia en Puebla, Puebla

Viernes 31 de Enero 2014
ACUERDO CCNO/4/2014 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la nueva exclusión del turno de nuevos asuntos del Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, con residencia en Pue
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos.
ACUERDO CCNO/4/2014, DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA NUEVA EXCLUSIÓN DEL TURNO DE NUEVOS ASUNTOS DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEXTO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN PUEBLA, PUEBLA.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de circuito y juzgados de distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO. El artículo 81 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal, para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de circuito o de los juzgados de distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, con apoyo en lo que establece el artículo 42 fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
CUARTO. Mediante Acuerdo General 42/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal se determinó la conclusión de funciones del Cuarto Tribunal Colegiado del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con sede en San Andrés Cholula, Puebla y su transformación como Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, con residencia en Puebla, Puebla, así como la fecha de inicio de funcionamiento, competencia, jurisdicción territorial, domicilio y reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos; así como la nueva denominación del Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito y la creación de su oficina de correspondencia común. En el punto Sexto del Acuerdo de mérito se estableció que durante el periodo del primero al quince de diciembre de dos mil trece los asuntos nuevos que se presenten en días y horas hábiles en la Oficina de Correspondencia Común a los Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, se remitieran al Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, con residencia en Puebla, Puebla.
QUINTO. En términos de lo dispuesto por el artículo 84 fracción XXVI, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, corresponde a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos, proponer a la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los órganos jurisdiccionales, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos.
SEXTO. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos advierte que el número de asuntos radicados y en trámite en el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito con residencia en Puebla, Puebla, es elevado, lo cual repercute en el despacho oportuno de los expedientes, además de exceder su carga de trabajo a la que presenta el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, de la misma residencia. Por lo anterior, se considera prudente decretar una nueva exclusión temporal de turno del Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito con residencia en Puebla, Puebla, para conocer de asuntos nuevos que se presenten en días y horas hábiles en la Oficina de Correspondencia Común a los Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, con residencia en dicha ciudad.
Por ello, a fin de evitar que la determinación de transformación e instalación de un nuevo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo en el Sexto Circuito, pierda eficacia, se determina que dicha medida tenga una duración de diez días hábiles, que comprenderán del cuatro al diecisiete de febrero de dos mil catorce, la cual se estima coadyuvará razonablemente al equilibrio de las cargas de trabajo entre los mismos.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, la Comisión de
Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se excluye temporalmente del turno de nuevos asuntos al Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito con residencia en Puebla, Puebla, por el lapso comprendido del cuatro al diecisiete de febrero de dos mil catorce.
Por lo anterior, los nuevos asuntos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común a los Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Sexto Circuito con residencia en Puebla, Puebla, en el periodo del cuatro al diecisiete de febrero de dos mil catorce, se remitirán conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos, al Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito con residencia en Puebla, Puebla, por lo que durante ese periodo no tendrán aplicación las reglas de relación de asuntos fijadas por el Acuerdo General 13/2007, que Regula el Funcionamiento, Supervisión y Control de las Oficinas de Correspondencia Común de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito del Poder Judicial de la Federación, ni sus reformas.
Al concluir la medida temporal de exclusión otorgada, los nuevos asuntos que se presenten, se distribuirán entre los dos Tribunales Colegiados referidos, conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos y al citado Acuerdo General 13/2007 del Pleno.
SEGUNDO. Al finalizar el periodo de exclusión de turno otorgado, los Presidentes de los Tribunales Colegiados referidos, deberán informar sobre los resultados de la medida ordenada a la Comisión de Creación de Nuevos Órganos y a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal.
TERCERO. El Pleno y la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, están facultados para interpretar y resolverán las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo, así como cualquier cuestión relacionada con la conclusión anticipada o extensión del plazo previsto en el punto Primero de este Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
TERCERO. La Oficina de Correspondencia Común que presta servicio a los Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, deberá fijar aviso en lugar visible, comunicando la exclusión de turno de nuevos asuntos al Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del propio Circuito.
EL MAGISTRADO EDWIN NOÉ GARCÍA BAEZA, SECRETARIO EJECUTIVO DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCIÓN Y CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/4/2014, de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la nueva exclusión del turno de nuevos asuntos del Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, con residencia en Puebla, Puebla, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el veinte de enero de dos mil catorce, por los señores Consejeros: Presidente en funciones César Esquinca Muñoa y Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández.- México, Distrito Federal, a veinte de enero de dos mil catorce.- Conste.- Rúbrica.
 

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