DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Nota Aclaratoria a las Reglas de Operación del Fondo Metropolitano, publicadas el 4 de marzo de 2014

Martes 11 de Marzo 2014
NOTA Aclaratoria a las Reglas de Operación del Fondo Metropolitano, publicadas el 4 de marzo de 2014
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Egresos.
Nota aclaratoria a las Reglas de Operación del Fondo Metropolitano
En el tomo DCCXXVI, No. 2, del Diario Oficial de la Federación, correspondiente al martes 4 de marzo de 2014, se publicaron en las páginas 5 a 28 de la Primera Sección, las Reglas de Operación del Fondo Metropolitano.
Dice:
33.   El Consejo para el Desarrollo Metropolitano se integrará, como mínimo, por los siguientes representantes o su equivalente, quienes tendrán el nivel mínimo de Subsecretario o equivalente,
       De las entidades federativas:
a)    Gobernador, quien presidirá el Consejo;
       ...
       De la Federación:
a)    SEDATU (Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio), y
b)    SEMARNAT (Subsecretaría competente).
Debe decir:
33.   El Consejo para el Desarrollo Metropolitano se integrará, como mínimo, por los siguientes representantes o su equivalente, quienes tendrán el nivel mínimo de Subsecretario o equivalente.
       De las entidades federativas:
a)    Gobernador, quien presidirá el Consejo;
       ...
       De la Federación:
a)    SEDATU (Subsecretaría de Ordenamiento Territorial), y
b)    SEMARNAT (Subsecretaría competente).
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 5 días del mes de marzo de dos mil catorce.- El Titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario, Alfonso Isaac Gamboa Lozano.- Rúbrica.
 

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