DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo CCNO/10/2014 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la modificación del turno de nuevos asuntos en días y horas inhábiles a los juzgados de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Saltillo

Viernes 28 de Marzo 2014
ACUERDO CCNO/10/2014 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la modificación del turno de nuevos asuntos en días y horas inhábiles a los juzgados de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos.
ACUERDO CCNO/10/2014, DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA MODIFICACIÓN DEL TURNO DE NUEVOS ASUNTOS EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES A LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, CON RESIDENCIA EN SALTILLO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de circuito y juzgados de distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO. El artículo 81 fracción XXIV de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal, para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de circuito o de los juzgados de distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, con apoyo en lo que establece el artículo 42 fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
CUARTO. Los Juzgados Primero y Segundo de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Saltillo se instalaron el diecisiete de mayo de mil novecientos ochenta y ocho, estableciendo desde entonces las reglas de turno correspondientes.
Asimismo, a partir del primero de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, mediante Acuerdo General 15/1995 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, se autorizó el uso del sistema computarizado de recepción y distribución de los asuntos entre los Juzgados de Distrito de la entidad y sede indicadas. En este entendido, el rol de guardias de los mencionados Juzgados de Distrito, para recibir asuntos en días y horas inhábiles, se llevó a cabo sucesivamente de forma semanal, iniciando a las cero horas de los días lunes, para concluir a las veinticuatro horas de los domingos;
QUINTO. En términos de lo dispuesto por el artículo 84 fracción XXVI, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, corresponde a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos, proponer a la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los órganos jurisdiccionales, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos;
SEXTO. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos, a fin de favorecer la experiencia y práctica que
como impartidores de justicia han venido aplicando los titulares de los juzgados de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Saltillo, en el trámite de los asuntos que ingresan en días y horas inhábiles en el distrito en el que actúan, estima necesario adoptar medidas conducentes a una administración pronta, completa y eficaz de la justicia federal. Por lo anterior, se considera conveniente modificar el turno para recibir asuntos en días y horas inhábiles a los Juzgados Primero y Segundo de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Saltillo.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se modifica el rol de guardias para recibir asuntos en días y horas inhábiles, de los Juzgados de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Saltillo, para quedar como sigue: del treinta y uno de marzo al ocho de abril de dos mil catorce, estará de guardia el Juzgado Primero de Distrito; del ocho al quince de abril de dos mil catorce, estará de guardia el Juzgado Segundo de Distrito; del quince al veintidós de abril de dos mil catorce, estará de guardia el Juzgado Primero de Distrito, y así sucesivamente en ese orden, por periodos de siete días. En el entendido que las guardias semanales para casos urgentes iniciarán a las ocho horas con treinta minutos de los martes y concluirán a las ocho horas con veintinueve minutos de igual día de la semana siguiente.
SEGUNDO. El Pleno y la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, están facultados para interpretar y resolver las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo.
TERCERO. La Secretaría Ejecutiva del Pleno y de la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal, deberá actualizar el Sistema de Turno de Guardias para la recepción de asuntos de nuevo ingreso en días y horas inhábiles de los juzgados de distrito de que se trata.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
EL MAGISTRADO EDWIN NOÉ GARCÍA BAEZA, SECRETARIO EJECUTIVO DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCIÓN Y CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/10/2014, de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la modificación del turno de nuevos asuntos en días y horas inhábiles a los Juzgados de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Saltillo, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el diez de marzo de dos mil catorce, por los señores Consejeros: Presidente en funciones César Alejandro Jáuregui Robles y César Esquinca Muñoa.- México, Distrito Federal, a diez de marzo de dos mil catorce.- Conste.- Rúbrica.
 
 

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