DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa

Lunes 30 de Junio 2014
RESOLUCIÓN que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 190 de la Ley del Mercado de Valores, así como 4, fracciones XXXVI y XXXVIII y 16, fracción I de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y
CONSIDERANDO
Que resulta necesario precisar la fecha en que quedarán derogadas las normas contenidas en las "Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa" tomando en consideración la fecha de entrada en vigor de las "Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa e instituciones de crédito en materia de servicios de inversión", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 24 de abril de 2013; en atención a que el contenido de las normas que habrán de derogarse ha sido incorporado en las disposiciones referidas en segundo lugar, en temas tales como perfiles de inversión de clientes, categorización de productos financieros y comisiones por la prestación de servicios de inversión, ha resuelto expedir la siguiente:
RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS
CASAS DE BOLSA
ÚNICA.- Se REFORMA el artículo Único Transitorio de la "Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de diciembre de 2012 y modificado mediante diversa "Resolución que modifica la Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa", publicada en el citado órgano de difusión con fecha 11 de julio de 2013, para quedar como sigue:
"ÚNICO.- La presente Resolución entrará en vigor el 30 de septiembre de 2014."
TRANSITORIO
ÚNICO.- La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente,
México, D.F., a 26 de junio de 2014.- El Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Jaime González Aguadé.- Rúbrica.
 

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