Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
NOTA ACLARATORIA AL ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA INDÍGENA A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014, PUBLICADAS EL 29 DE DICIEMBRE DE 2013.
NUVIA MAGDALENA MAYORGA DELGADO, Directora General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, con fundamento en los artículos 74, 75, 76 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 174, 175, 176, 178, 179, 180 y 181 de su Reglamento; 30 y 31 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; 2 y 11 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y
CONSIDERANDO
En la Séptima Sección Matutina del día 29 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Infraestructura Indígena a cargo de la Dirección General de Infraestructura de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, para el ejercicio fiscal 2014, dando cumplimiento a la previsión establecida por los artículos 43 y 77 de Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Que esta Comisión recibió el día 3 de junio de 2014 el oficio número COFEME/14/1306, de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, que autoriza y emite el dictamen regulatorio para la publicación del presente documento, por lo que tengo a bien expedir la siguiente:
NOTA ACLARATORIA AL ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL
PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA INDÍGENA A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
INFRAESTRUCTURA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS
INDÍGENAS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACIÓN EL 29 DE DICIEMBRE DE 2013
PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA INDÍGENA A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
INFRAESTRUCTURA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS
INDÍGENAS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACIÓN EL 29 DE DICIEMBRE DE 2013
| UBICACIÓN DEL DOCUMENTO | DICE | DEBE DECIR |
| Página 8. Numeral "2.5.5. Restricciones de los Apoyos" párrafo primero, fracción V. | V. La elaboración, adquisición e instalación de letreros informativos de obra. | Se elimina. |
| Página 8. Numeral "2.5.5. Restricciones de los Apoyos" párrafo segundo, fracción VI. | VI. La elaboración, adquisición e instalación de letreros informativos de obra. | Se elimina. |
| Página 9. Numeral "2.6.1.1. La CDI tendrá derecho de:", fracción I. | I. Abstenerse de ministrar los recursos previstos en los acuerdos de coordinación o en los instrumentos jurídicos que se suscriban, cuando se dé alguno de los supuestos previstos en el apartado de sanciones, cuando la contraparte no realice las aportaciones convenidas o por cualquier otra causa justificada. | I. Abstenerse a suscribir acuerdos de coordinación o instrumentos jurídicos futuros o de ministrar los recursos previstos en los mismos, cuando se dé alguno de los supuestos señalados en el apartado de sanciones, cuando la contraparte no realice las aportaciones convenidas o por cualquier otra causa justificada. |
| Página 13 y 15. Numeral "2.8.6. Dependencia Estatal Responsable", se adiciona fracción XXVI. | | XXVI. Designar a la entidad ejecutora. |
| Página 80 y 82. ANEXO 5, Programa de Infraestructura Indígena, Matriz de Indicadores para Resultados, nombre del indicador C.5. | C.5 Porcentaje de vivienda entregada | C.5. Porcentaje de Población beneficiada con obras de vivienda. |
| Página 80 y 82. ANEXO 5, Programa de Infraestructura Indígena, Matriz de Indicadores para Resultados, método de cálculo C.5.1. | C.5.1 (Número de viviendas nuevas entregadas/Número de viviendas programadas) * 100 | C.5.1 (Población beneficiada con obras de vivienda/Población programada) * 100 |
TRANSITORIOS
PRIMERO.- La presente Nota aclaratoria entrará en vigor al día natural siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los siete días del mes de mayo de dos mil catorce.- La Directora General, Nuvia Magdalena Mayorga Delgado.- Rúbrica.
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